Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
Tipo de resolución
77
1222074 FELIPE REBOLLEDO STIGLICH, en representación de ERGO MUSIC SPA
Mixta ERGOSTRAPS Certifico que la tasa pagada mediante el formulario de
Tesorería General de la República F10 Folio 251393, ascendente a $91.998 y que tuvo por finalidad cumplir con el pago de derechos que establece la Ley 19.039, respecto de la solicitud N° 1222074, referida a Marca de P&S de la(s) clase(s) 15 y 25, extendido a nombre de ERGO MUSIC SpA, RUT N° 76.639.496-5, fue acompañado en el expediente de la solicitud antes aludida para acreditar el pago de la tasa inicial.
Según consta en la base de datos del Instituto Nacional de Propiedad Industrial, INAPI, atendido el estado de
tramitación, la resolución de fecha 05/07/2017 y
habiéndose declarado abandonada la solicitud en el año 2017, procede la devolución de la tasa cuya orden de pago se individualiza en el párrafo precedente.
Como se pide, procédase a la devolución de tasas, debiendo requerir ante este Instituto el correspondiente certificado a efectos de la devolución.
El certificado de devolución de tasa estará disponible para su entrega en las oficinas de INAPI, de acuerdo al calendario mensual de entrega y previo pago de $500 según lo estipulado en la resolución exenta N°78 del 2011. Registro - Res. Favorable Escrito Devolución
1231344 Cabello Hormazabal Carlos felipe Mixta CAB A lo principal: visto que en el presente expediente no ha
sido acreditado el pago objeto de la pretensión, no ha lugar a la devolución; al otrosi: téngase presente, lo que en derecho corresponda.
Registro - Res. Desfavorable Escrito
1235980 SERMACO & CIA. LTDA., en representación de SOCIEDAD COMERCIAL TECPRO LTDA
Mixta TECPRO A lo principal: visto que en el presente expediente no ha
sido acreditado el pago objeto de la pretensión, no ha lugar a la devolución; al otrosi: téngase presente, lo que en derecho corresponda.
Registro - Res. Desfavorable Escrito
1252415 JOHANSSON & LANGLOIS, en representación de AEB SPA
Mixta AEB Como se pide.
Sección M11:
Resoluciones Varias
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
Tipo de resolución
78
1264397 JOHANSSON & LANGLOIS, en representación de AAMP of Florida, Inc.
Denominativa AAMP GLOBAL Téngase presente limitación de cobertura.
Fondo - Res. Favorable Escrito
1265353 RODRIGO FERNANDO FLORES ORTIZ Denominativa TELAS LA TALQUINA Vistos la devolución de carta certificada, se resuelve: Adjúntese el documento a sus antecedentes. Registro - Res. Desfavorable Escrito
1265944 Sargent & Krahn, en representación de Spectrum Cannabis Canada Ltd.
Denominativa SPECTRUM A lo ppal, téngase presente; Al primer otrosí, téngase presente; Al segundo otrosí, téngase presente documento depositado bajo el n°108885.
Fondo - Res. Favorable Escrito
1265944 Sargent & Krahn, en representación de Spectrum Cannabis Canada Ltd.
Denominativa SPECTRUM A lo ppal, por contestada la observación de fondo; Al otrosí, téngase presente.
Fondo - Res. Favorable Escrito
1265944 Sargent & Krahn, en representación de Spectrum Cannabis Canada Ltd.
Denominativa SPECTRUM Se reconsidera la observación de fondo fundada en el
registro 838385, toda vez que el ámbito de protección de la marca solicitada es diferente y no se encuentra
relacionado con los campos operativos del signo registrado fundante de la observación de fondo, y teniendo en cuenta el principio de especialidad de las marcas, se puede presumir que es perfectamente posible una coexistencia pacífica en el mercado.
Respecto al registro 939255 y atendidas las diferencias gráficas y fonéticas existentes se procede a reconsiderar la observación de fondo.
Respecto a los registros 1213547 y 844456 se ratifica la observación de fondo.
Resolución de aceptación parcial a registro
1266032 Christian Ernst Suárez, en representación de Microsoft Corporation
Denominativa HALO Visto lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley N°19.039,
suspendase la tramitación de la solicitud por el plazo de 60 díasa fin de que el solicitante presente en original o mediante documento autenticado acuerdo de coexistencia celebrado con el titular del registro base de la observacion de fondo. Todo, sin perjuicio de lo que se resuelva en definitiva.
Sección M11:
Resoluciones Varias
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
Tipo de resolución
79
1266598 Francisca Figueroa Illanes, en representación de Ball y Compañía Ltda.
Mixta wave Vistos la devolución de carta certificada, se resuelve:
Adjúntese el documento a sus antecedentes. Registro - Res. Desfavorable Escrito
1270954 MIÑO GESTION ASOCIADOS LTDA., en representación de AGRIC. Y COM. URETA Y CORREA SPA
Mixta CAMINO EL BOLDAL Certifico que la tasa pagada mediante el formulario de Tesorería General de la República F10 Folio 357998, ascendente a $46.786 y que tuvo por finalidad cumplir con el pago de derechos que establece la Ley 19.039, respecto de la solicitud N° 1270954, referida a Marca de P&S de la(s) clase(s) 35, extendido a nombre de AGRIC. Y COM. URETA Y CORREA SpA, RUT N° 76.705.529-3, fue acompañado en el expediente de la solicitud antes aludida para acreditar el pago de la tasa inicial.
Según consta en la base de datos del Instituto Nacional de Propiedad Industrial, INAPI, atendido el estado de
tramitación, la resolución de fecha 04/05/2018 y
habiéndose declarado abandonada la solicitud en el año 2018, procede la devolución de la tasa cuya orden de pago se individualiza en el párrafo precedente.
Como se pide, procédase a la devolución de tasas, debiendo requerir ante este Instituto el correspondiente certificado a efectos de la devolución.
El certificado de devolución de tasa estará disponible para su entrega en las oficinas de INAPI, de acuerdo al calendario mensual de entrega y previo pago de $500 según lo estipulado en la resolución exenta N°78 del 2011.
Registro - Res. Favorable Escrito Devolución
1272227 Patricio Eduardo Aguilera Diaz, en representación de Maestra Madre Crin SpA y Agrupación de Artesanas de Rari
Denominativa CRIN DE RARI Vistos la devolución de carta certificada, se resuelve: Adjúntese el documento a sus antecedentes.
Sección M11:
Resoluciones Varias
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
Tipo de resolución
80
1272872 ALESSANDRI & COMPAÑIA, en representación de VITRO, S.A.B. DE C.V.
Denominativa VITRO CERTIFIED Suspéndase la tramitación del procedimiento hasta la resolución de los siguientes trámites: ;Anotación 285515 (Anotación de Transferencia total)Suspendase la solicitud hasta la completa tramitación de la anotación n°285515 a favor de Vitro, S.A.B. de C.V..
Resolución de suspensión de procedimiento de marca
1272872 ALESSANDRI & COMPAÑIA, en representación de VITRO, S.A.B. DE C.V.
Denominativa VITRO CERTIFIED A lo ppal, como se pide; Al otrosí, por acompañado.
Fondo - Res. Favorable Escrito
1273674 Covarrubias & Cia, en representación de Mitsubishi Logisnext Co., Ltd.
Denominativa LOGISNEXT VISTOS,
Que es un hecho público y notorio el terremoto que ha afectado a la población que habita el Estado del Japón. Que los hechos mencionados anteriormente han causado graves dificultades en general a la población japonesa de diversa índole, entre quienes se encuentran solicitantes de derechos de propiedad industrial ante este Instituto. Que el artículo 26º de la Ley Nº 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, señala que la Administración, salvo disposición en contrario, podrá conceder, de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de terceros.
Que atendido los hechos descritos precedentemente y las facultades concedidas en la norma recién transcrita, y considerando especialmente que el solicitante o su
representante es una persona con domicilio informado ante INAPI en la zona señalada, se estima aconsejable ampliar los plazos en el presente procedimiento administrativo llevado adelante ante este Servicio, considerando además que con ello no se afectan derechos de terceros,
RESUELVO
Concédase una ampliación del plazo administrativo
Sección M11:
Resoluciones Varias
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
Tipo de resolución
81
extendiéndose en 15 días para presentar escrito de cumplimiento de observación de forma, venciendo el nuevo plazo el día 19 de octubre de 2018, conforme lo autoriza el artículo 26º de la Ley Nº 19.880.
1273949 Maria Paulina Bardón Calvo, en representación de HGST Netherlands B.V.
Denominativa G-TECHNOLOGY A lo ppal, por contestada la observación de fondo; Al primer otrosí, por acompañados; Al segundo otrosí, téngase presente.
Fondo - Res. Favorable Escrito
1276234 JOHANSSON & LANGLOIS, en representación de SHANGHAI XIAOYI TECHNOLOGY CO., LTD.
Mixta YI
Resolución de aceptación parcial a registro 1276234 JOHANSSON & LANGLOIS, en representación de
SHANGHAI XIAOYI TECHNOLOGY CO., LTD.
Mixta YI A lo ppal, téngase presente la limitación de cobertura; Al
primer otrosí, por contestada la observación de fondo; Al tercer otrosí, no habiéndose acompañado documento alguno, no ha lugar; Al cuarto otrosí, a solicitud de suspensión fundado en la interposición de una demanda de nulidad en contra del registro, no ha lugar por cuanto el registro se encuentra vigente.
Fondo - Res. Favorable Escrito
1276589 GIOVANNI GIUSSEPE BAVESTRELLO PELAYO Mixta SANTA TERESA DE JESÚS Vistos la devolución de carta certificada, se resuelve: Adjúntese el documento a sus antecedentes. Registro - Res. Desfavorable Escrito
1277340 JORGE GARAY PÉREZ, en representación de NIO NEXTEV LIMITED
Denominativa NIO PILOT A lo ppal, como se pide; Al otrosí, téngase presente.
Fondo - Res. Favorable Escrito
1277580 CLAUDIA ANDREA MARÍN RUBILAR, en
representación de ALBERTO ENRIQUE FRANCO CORTÉS
Mixta E Evaluar.cl Vistos la devolución de carta certificada, se resuelve:
Adjúntese el documento a sus antecedentes.
Registro - Res. Desfavorable Escrito 1278142 CARLOS SAAVEDRA LARRAÍN, en
representación de ALKARIM SHAMSHUDIN LALJI
Denominativa SmarTek21 Vistos la devolución de carta certificada, se resuelve: Adjúntese el documento a sus antecedentes.
Registro - Res. Desfavorable Escrito 1278210 S P Mark Ltda., en representación de
COMERCIAL VERMONT SPA
Denominativa COOK & STORE A lo ppal, por contestada la observación de fondo; Al primer otrosí, téngase presente; Al segundo otrosí, no ha lugar al patrocinio constitúyase en la oportunidad y ante Fondo - Res. Favorable Escrito
Sección M11:
Resoluciones Varias
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
Tipo de resolución
82
quién corresponda. 1278211 S P Mark Ltda., en representación de
COMERCIAL VERMONT SPA
Denominativa COOK & STORE A lo ppal, por contestada la observación de fondo; Al primer otrosí, téngase presente; Al segundo otrosí, no ha lugar al patrocinio constitúyase en la oportunidad y ante quién corresponda.
Fondo - Res. Favorable Escrito
1278212 S P Mark Ltda., en representación de COMERCIAL VERMONT SPA
Denominativa COOKSTORE A lo ppal, por contestada la observación de fondo; Al primer otrosí, téngase presente; Al segundo otrosí, no ha lugar al patrocinio constitúyase en la oportunidad y ante quién corresponda.
Fondo - Res. Favorable Escrito
1278213 S P Mark Ltda., en representación de COMERCIAL VERMONT SPA
Denominativa COOKSTORE A lo ppal, por contestada la observación de fondo; Al primer otrosí, téngase presente; Al segundo otrosí, no ha lugar al patrocinio constitúyase en la oportunidad y ante quién corresponda.
Fondo - Res. Favorable Escrito
1278249 CLAUDIA ANDREA CELEDÓN ZAMORANO Denominativa naturadermis Vistos la devolución de carta certificada, se resuelve: Adjúntese el documento a sus antecedentes. Registro - Res. Desfavorable Escrito
1278974 S P Mark Ltda., en representación de COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS Y SERVICIOS ARCALAUQUEN S.A.
Denominativa DIARCA.CL A lo ppal, por contestada la observación de fondo; Al primer otrosí, téngase presente; Al segundo otrosí, no ha lugar al patrocinio constitúyase en la oportunidad y ante quién corresponda.
Fondo - Res. Favorable Escrito
1279313 JUAN CARLOS AGUILERA GUTIÉRREZ, en representación de LGBTI LINK SpA
Denominativa LGBTI LINK Sin protección a "LGBTI" de forma aislada.
Resolución de aceptación parcial a registro
1279686 EDISON ALEJANDRO GALLARDO LLANOS Mixta #YANOESTANSOLOS Vistos la devolución de carta certificada, se resuelve: Adjúntese el documento a sus antecedentes. Registro - Res. Desfavorable Escrito
1279693 DIEGO ESTEBAN SECO FARÍAS Mixta CIELOS DEL VALLE Atendido lo dispuesto en la Resolución Exenta N°78 de
INAPI de 2011, que fija el arancel a pagar por las certificaciones de este Instituto, y considerando que el pago antes mencionado debe ser efectuado en las dependencias de INAPI al retirar el respectivo certificado, Resuelvo: no ha lugar a lo solicitado.
Registro - Res. Desfavorable Escrito
1280622 Keng-Chin Chang Denominativa MK BRAKE Vistos la devolución de carta certificada, se resuelve:
Adjúntese el documento a sus antecedentes. Registro - Res. Desfavorable Escrito
Sección M11:
Resoluciones Varias
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
Tipo de resolución
83
1281477 RODRIGO ANDRÉS SCHEEL COSTER, en representación de Los Rayos Limitada
Denominativa SOLPED Hágase efectivo apercibimiento decretado con fecha 27 de
agosto de 2018 y téngase por no presentado el escrito de contestación de fecha 24 de julio del presente.
Fondo - Res. Desfavorable Escrito
1281737 Pineda Muñoz Carlos, en representación de Narbona Rodriguez Pedro Fernando
Mixta NARBONA WINES A lo ppal, téngase presente la solicitud; Al otrosí, por contestada la observación de fondo.
Fondo - Res. Favorable Escrito 1281979 Marino Gerónimo Porzio Bozzolo, en
representación de Start Today Co., Ltd.
Denominativa be unique, be equal VISTOS,
Que es un hecho público y notorio el terremoto que ha afectado a la población que habita el Estado del Japón. Que los hechos mencionados anteriormente han causado graves dificultades en general a la población japonesa de diversa índole, entre quienes se encuentran solicitantes de derechos de propiedad industrial ante este Instituto. Que el artículo 26º de la Ley Nº 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, señala que la Administración, salvo disposición en contrario, podrá conceder, de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de terceros.
Que atendido los hechos descritos precedentemente y las facultades concedidas en la norma recién transcrita, y considerando especialmente que el solicitante o su representante es una persona con domicilio informado ante INAPI en la zona señalada, se estima aconsejable ampliar los plazos en el presente procedimiento administrativo llevado adelante ante este Servicio, considerando además que con ello no se afectan derechos de terceros,
RESUELVO
Concédase una ampliación del plazo administrativo
extendiéndose en 15 días para presentar escrito de Forma - Res. de Mero Trámite
Sección M11:
Resoluciones Varias
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
Tipo de resolución
84
cumplimiento de observación de forma, venciendo el nuevo plazo el día 26 de octubre de 2018, conforme lo autoriza el artículo 26º de la Ley Nº 19.880.
1281980 MARINO PORZIO, en representación de Start Today Co., Ltd.
Figurativa VISTOS,
Que es un hecho público y notorio el terremoto que ha afectado a la población que habita el Estado del Japón. Que los hechos mencionados anteriormente han causado graves dificultades en general a la población japonesa de diversa índole, entre quienes se encuentran solicitantes de derechos de propiedad industrial ante este Instituto. Que el artículo 26º de la Ley Nº 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, señala que la Administración, salvo disposición en contrario, podrá conceder, de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de terceros.
Que atendido los hechos descritos precedentemente y las facultades concedidas en la norma recién transcrita, y considerando especialmente que el solicitante o su representante es una persona con domicilio informado ante INAPI en la zona señalada, se estima aconsejable ampliar los plazos en el presente procedimiento administrativo llevado adelante ante este Servicio, considerando además que con ello no se afectan derechos de terceros,
RESUELVO
Concédase una ampliación del plazo administrativo
extendiéndose en 15 días para presentar escrito de cumplimiento de observación de forma, venciendo el nuevo plazo el día 26 de octubre de 2018, conforme lo autoriza el artículo 26º de la Ley Nº 19.880.
Sección M11:
Resoluciones Varias
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
Tipo de resolución
85
1282059 Alex Aguilera Morales, en representación de INDAHTEC DESARROLLO Y COMERCIO DE TECNOLOGIA CHILE COMPAÑIA LIMITADA
Denominativa LION HEART A lo Principal: Por contestada observación; Al Primer Otrosí: Por acompañadas copias simples; Al Segundo Otrosí: Téngase presente; Al Tercer Otrosí: Constitúyase patrocinio en la oportunidad, con las formalidades y ante quien corresponda.
Fondo - Res. Favorable Escrito
1282061 Alex Aguilera Morales, en representación de INDAHTEC DESARROLLO Y COMERCIO DE TECNOLOGIA CHILE COMPAÑIA LIMITADA
Denominativa FRUTILLA A lo Principal: Por contestada observación; Al Primer Otrosí: Por acompañadas copias simples digitalizadas; Al Segundo Otrosi: Téngase presente; Al Tercer Otrosi: Constitúyase patrocinio en la oportunidad, con las formalidades y ante quien corresponda.
Fondo - Res. Favorable Escrito
1282218 FRANCISCO GARBESI Denominativa GREEN BRIQ Por contestada observación.
Fondo - Res. Favorable Escrito
1282242 SILVA Y CIA., en representación de Manager Software S.A.
Mixta FLEXLINE A lo Principal: Por contestada observación; Al Primer
Otrosí: Téngase presente; Al Segundo Otrosí: Por acompañadas copias simples Al Tercer Otrosí: Atendido el estado de tramitación de las anotaciones, no ha lugar; Al Cuarto Otrosí: Constitúyase patrocinio en la oportunidad, con las formalidades y ante quien corresponda.
Fondo - Res. Favorable Escrito
1282277 PUGA ORTIZ PROPIEDAD INTELECTUAL LIMITADA, en representación de TIME OUT SPA
Mixta THE LOOP Por contestada observación.
Fondo - Res. Favorable Escrito
1282775 YORDAN BASTIÁN EMILIO PONCE GONZÁLEZ, en representación de YORDAN BASTIÁN EMILIO PONCE GONZÁLEZ y NICOLÁS IGNACIO MUÑOZ MOLINA
Mixta AVALANCHA SPORT Certifico que la tasa pagada mediante el formulario de Tesorería General de la República F10 Folio 388377, ascendente a $47.301 y que tuvo por finalidad cumplir con el pago de derechos que establece la Ley 19.039, respecto de la solicitud N° 1282775, referida a Marca de P&S de la(s) clase(s) 41, extendido a nombre de YORDAN BASTIAN EMILIO PONCE GONZALEZ, RUT N° 18.766.170-6, fue acompañado en el expediente de la solicitud antes aludida para acreditar el pago de la tasa inicial.Según consta en la base de datos del Instituto Nacional de Propiedad Industrial, INAPI, atendido el estado de tramitación, la resolución de fecha 08/06/2018 y
Sección M11:
Resoluciones Varias
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
Tipo de resolución
86
habiéndose declarado abandonada la solicitud en el año 2018, procede la devolución de la tasa cuya orden de pago se individualiza en el párrafo precedente.
Como se pide, procédase a la devolución de tasas, debiendo requerir ante este Instituto el correspondiente certificado a efectos de la devolución.
El certificado de devolución de tasa estará disponible para su entrega en las oficinas de INAPI, de acuerdo al calendario mensual de entrega y previo pago de $500 según lo estipulado en la resolución exenta N°78 del 2011.
1282831 GABRIEL IGNACIO GONZÁLEZ CASTILLO Mixta HELYARM Certifico que la tasa pagada mediante el formulario de
Tesorería General de la República F10 Folio 388486, ascendente a $47.301 y que tuvo por finalidad cumplir con el pago de derechos que establece la Ley 19.039, respecto de la solicitud N° 1282831, referida a Marca de P&S de la(s) clase(s) 28, extendido a nombre de GABRIEL IGNACIO GONZALEZ CASTILLO, RUT N° 19.182.744-9, fue acompañado en el expediente de la solicitud antes aludida para acreditar el pago de la tasa inicial.Según consta en la base de datos del Instituto Nacional de Propiedad Industrial, INAPI, atendido el estado de tramitación, la resolución de fecha 08/06/2018 y
habiéndose declarado abandonada la solicitud en el año 2018, procede la devolución de la tasa cuya orden de pago se individualiza en el párrafo precedente.
Como se pide, procédase a la devolución de tasas, debiendo requerir ante este Instituto el correspondiente certificado a efectos de la devolución.
Sección M11:
Resoluciones Varias
Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones
Tipo de resolución
87
El certificado de devolución de tasa estará disponible para su entrega en las oficinas de INAPI, de acuerdo al calendario mensual de entrega y previo pago de $500 según lo estipulado en la resolución exenta N°78 del