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SECCIÓN C-17 MULTAS
a. El Contratista deberá dar inicio a los trabajos a más tardar dentro de los diez (10) días calendario posteriores a la fecha establecida en la Orden de Inicio; por cada día de demora en el inicio de los trabajos, se le aplicará una multa de TRESCIENTOS LEMPIRAS (L 300.00) por cada millón o fracción del monto del contrato, deducibles del pago de la primera Estimación de Obra.
b. En caso de no cumplirse el inciso anterior, se aplicará el artículo 58 de la Ley de Contratación del Estado.
c. El Contratista estará obligado a ejecutar los trabajos dentro del plazo estipulado en la Cláusula III: ORDEN DE INICIO Y PLAZO del contrato de construcción a suscribirse; cada día de demora en la ejecución y entrega de la obra, dará derecho al Gobierno a deducir la cantidad contemplada en la sección A-2 de este documento, hasta la debida entrega y recepción de la obra, deducibles del pago de la última Estimación de Obra.
d. El Contratista está obligado a mantener un Superintendente colegiado y solvente con el Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras para la ejecución de las obras de conformidad a la Cláusula XII: PERSONAL, del contrato de construcción a suscribirse. El incumplimiento de esta disposición contractual dará lugar a que el Gobierno deduzca al Contratista en concepto de multa la cantidad de L 60,000.00 (SESENTA MIL LEMPIRAS) mensuales. Para garantizar la aplicación de esta Cláusula, el Contratista deberá adjuntar a cada solicitud de pago mensual una constancia firmada por el Ingeniero Supervisor, en la que se establezca que el Superintendente ha permanecido en el sitio de la obra en el mes objeto de pago y que el mismo está realizando sus actividades en el proyecto, esta multa será aplicada en forma proporcional en relación a los días de permanencia del ingeniero en el proyecto, deducible del pago de la Estimación de Obra del mes correspondiente.
e. El Contratista esta obligado a colocar dentro de los quince días (15) días calendario después de recibida la notificación del supervisor sobre la indicación del lugar de la colocación de los dos rótulos de acuerdo al modelo especificado en este documento. Estos deberán identificar el nombre del proyecto, financiamiento y cualquier otra información de interés para el Gobierno. En caso de que por causa imputable al contratista, los rótulos no sean colocados en el plazo establecido, este pagara una multa de SIETE MIL LEMPIRAS (L 7,000.00) por rotulo, por cada mes de retraso, aplicada proporcionalmente para una cantidad de días menor a un mes, deducible del pago de la Estimación de Obra del mes correspondiente.
f) Todo el personal del contratista está obligado a utilizar chalecos de seguridad y/o camisetas, con los respectivos logos identificativos del Fondo Vial, así como cascos, guantes, mascarillas y anteojos cuando estén ejecutando actividades que lo ameriten. Asimismo se deberán incorporar en las obras puntuales del proyecto las señales requeridas de advertencia de peligro, solicitadas por el Supervisor de acuerdo a las indicaciones emitidas por el Fondo Vial, tal y como lo manifiesta la Sección C-7 de este documento. El incumplimiento total o parcial de cualquiera de estas obligaciones después de transcurridos 30 días de girada la Orden de Inicio o durante la ejecución del proyecto, dará lugar a que el gobierno deduzca al Contratista en concepto de multa la cantidad de TRES MIL LEMPIRAS MENSUALES (L 3,000.00), deducible del pago de la Estimación de Obra del mes correspondiente, la cual deberá ser acreditada mediante certificación por parte de la Supervisión, mostrando copias de las notas enviadas al contratista con evidencia fotográfica de dicho incumplimiento,.
g) En caso de que el Supervisor informe sobre la falta de algún equipo necesario para la ejecución de las obras definidas en el Programa de Trabajo, se deberá aplicar una Multa de DIEZ MIL LEMPIRAS MENSUALES (L 10,000.00), por cada máquina que no se encuentre en el proyecto, que no sea sustituida cuando el caso lo amerite en un período máximo de 7 días calendario, después de ser retirada la máquina faltante; conforme lo establecido en la Sección C-10, inciso a) y b). Esta multa será aplicada en forma proporcional en relación a los días que la máquina no ha permanecido en el Proyecto, deducible del pago de la Estimación de Obra del mes correspondiente.
h) El Contratista deberá presentar su solicitud de pago mensual (Estimación), con la documentación de soporte completa, dentro de los primeros diez (10) días calendario del mes
siguiente, en caso de incumplimiento se le aplicará una multa de MIL LEMPIRAS (L 1,000.00), por cada día de retraso, deducible del pago de la Estimación de Obra del mes
correspondiente.
PARTE D CONDICIONES LABORALES
El Contratista se compromete a dar cumplimiento a las leyes laborales contempladas en el Código de Trabajo del país, así mismo como a todo lo relativo al empleo de personal para la ejecución de las obras, lo mismo que con las Disposiciones y Decretos que en materia laboral sean aprobados en futuro por el Congreso Nacional de la República. Asimismo será responsable de las siguientes regulaciones:
SECCION D-1 PAGO DE MANO DE OBRA
Los libros de las planillas del Contratista y los sub Contratistas, estarán disponibles en cualquier momento para inspecciones del Gobierno. El salario de los obreros y empleados será pagado en moneda de uso legal de la República de Honduras.
En general, los pagos por mano de obra deberán regirse por las leyes laborales del país.
PARTE E CONDICIONES ESPECIALES
SECCIÓN E-1 ASPECTOS AMBIENTALES
El Contratista deberá tomar en forma absoluta todas las prevenciones del caso, con el propósito de preservar el medio ambiente al ejecutar los trabajos de construcción, controlando y evitando la erosión en laderas y taludes de pendientes pronunciadas, conformando canales de entrada en estructuras de drenaje mayor y menor, que garanticen el flujo natural de aguas pluviales, eliminando escombros, vegetación, troncos, etc, que como producto de las actividades que ejecute en la zona se encuentren en las inmediaciones de las estructuras de drenaje.
Asimismo, ejecutará los trabajos requeridos para evitar altos riegos de inundaciones aguas abajo de las estructuras de drenaje, removiendo el sedimento o vegetación que obstruya el flujo de agua, así como canalizando adecuadamente los cauces receptores.
El Contratista preservará y protegerá la vegetación tales como árboles, arbustos y grama, en el sitio del trabajo o adyacentes al mismo, así como las estructuras que no necesiten ser removidas y que no interfieran razonablemente con la ejecución de las obras de este contrato. El Contratista únicamente eliminará los árboles cuando específicamente se le haya ordenado hacerlo, y evitará dañar los árboles que quedarán en pie. Si cualquiera de las ramas de los árboles se rompe durante la ejecución de los trabajos, debido al descuido del equipo o de los trabajadores, el Contratista podará tales ramas con un corte limpio el cual deberá ser pintado con una solución especial para podar como le sea indicado por el Ingeniero Supervisor.
En los casos en que se ordene el corte de árboles, el Contratista deberá sembrar por cada árbol cortado, veinte del mismo tipo en la zona de descombre o aledaña al sitio de descombro según el criterio del Ingeniero Residente, considerando la separación recomendada según la especie. Esta actividad se pagará a través del concepto de Administración Delegada. De presentarse esta situación, el Supervisor emitirá una certificación de que el Contratista ha cumplido con el requisito solicitado, asimismo, deberá presentar fotografías de la actividad de reforestación realizada. Dicha certificación deberá ser avalada por la Unidad Municipal Ambiental de la alcaldía correspondiente.
Para el cumplimiento de estos aspectos ambientales:
a) El Contratista deberá confinar sus operaciones dentro de los límites del derecho de vía y prevenir la colocación de rocas, material de excavación, troncones y otros desperdicios fuera de tales límites, según lo indique el Ingeniero Supervisor.
b) Las operaciones serán realizadas y encausadas para minimizar la erosión y prevenir la sedimentación de corrientes, sistemas de irrigación y embalses (lagos, represas, etc..). No se permitirá la descarga de combustibles, lubricantes, asfaltos, aguas crudas y otros materiales dañinos en o cerca de ríos, corrientes, embalses o en canales naturales o artificiales. El agua proveniente del lavado o del desperdicio del concreto o de operaciones de lavado de agregados, no se permitirá arrojarlos crudos a las corrientes sin antes haber sido tratados por filtración, u otros medios para reducir el sedimento contenido. No se permitirá la operación de equipo en corrientes limpias sin el consentimiento previo del Ingeniero Supervisor.
c) Prevención de derrames de aceite. Si el Contratista mantiene facilidades de almacenamiento para aceites o productos derivados del petróleo dentro del área del proyecto; deberá tomar las medidas preventivas para asegurarse que cualquier aceite o de algún derivado del petróleo no se derrame en ninguna corriente o cualquier depósito de agua. El área del taller mecánico debe estar provista de un piso impermeable para impedir la entrada de sustancias petrolíferas al suelo. Los residuos deben ser dispuestos convenientemente.
d) Basuras y Desperdicios. El Contratista recogerá su propia basura y/o desperdicios del área de trabajo contratado. El material que debe recoger incluirá, pero no se limitará, al aceite quemado, filtros de aceite, latas de aceite y de grasa, desperdicios del componente, como el papel, plásticos, latas, etc. Estos desperdicios deberán ser depositados en áreas apropiadas o señaladas según el caso por el Ingeniero Supervisor. Además eliminará la posibilidad de formación o incremento de los focos de reproducción de insectos transmisores de enfermedades contagiosas, debido a aguas estancadas, asegurándose que el agua de lluvia drene normalmente hacia cauces naturales.
e) No se depositarán los materiales sobrantes de los trabajos en el camino, en sitios donde existen correderos de agua, quebradas, ríos o vaguadas, para evitar daños de deposición de sedimentos y alteración al medio ambiente.