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EL SECRETARIO DE HACIENDA DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA

In document I SECCION ADMINISTRATIVA DECRETO (página 58-60)

RESOLUCION SALTA, 27 SEP

EL SECRETARIO DE HACIENDA DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA

RESUELVE:

ARTICULO 1º.-TENER por aceptada la compensación de créditos entre uno existente a favor de la Municipalidad de Salta por la suma de $ 2.578.922,37 (Pesos dos millones quinientos setenta y ocho mil novecientos veintidós con 37/100) derivado de la obra “Desagües Pluviales - Canal Tres Cerritos “Licitación Publica Nº 42/12, con otro a favor de la empresa IN.CO.VI S.R.L. por la suma de $ 4.567.378,69 (pesos cuatro millones quinientos sesenta y siete mil trescientos setenta y ocho con 69/100) derivado de la obra “Construcción Casa Terapéutica – Certificado Parcial Nº 4 “Licitación Publica Nº 5/15”. -

ARTICULO 2º.-DAR por cancelada la Orden de Pago Nº 12.909 de fecha 11 de Noviembre del 2015, conforme la compensación de créditos dispuesta por el Artículo 1º y por los motivos expuestos en los considerandos.

ARTICULO 3º.-REMITIR el expediente con copia legalizada del presente instrumento legal al Tribunal de Cuentas, conforme lo establecido por el Articulo 15 de la Ordenanza Nº 5552, modificada por Ordenanza Nº 14.257 y 15.211.-

ARTICULO 4°.-CUMPLIDO con el trámite y procedimiento de lo dispuesto en el Artículo que antecede, notificar la Resolución a la empresa IN.CO.VI. S.R.L..-

ARTICULO 5º.- TOMAR razón Secretaria de Hacienda con sus dependencias intervinientes.-

ARTICULO 6°.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.- GAUFFIN *-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-* SALTA, 07 DE SEPTIEMBRE DE 2017 RESOLUCION Nº______238_______.- SECRETARIA DE HACIENDA.-

REFERENCIA: EXPTE. N° 56998-SG-15 y NOTA SIGA Nº18941/15.- VISTO el Recurso Jerárquico interpuesto a fs. 34/42 por la Cra. María Soledad Fassora Apoderada de la firma Productos Alimenticios Sofía S.A., en contra de la Resolución S/Nº de fecha 11/11/2015 (fs. 32), emitida por la entonces Dirección General de Rentas, y;

CONSIDERANDO:

QUE en el citado instrumento legal no se hace lugar a la presentación efectuada por la mencionada firma, con respecto a la Tasa de Inspección Sanitaria e Higiénica de Productos y Animales;

QUE a fs. 48/50 Dirección General de Asesoría Legal de esta Secretaría emite Dictamen Nº 219/17 en el cual manifiesta que en primer término se procede a verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad formal exigidos por el art. 76 y ccs. del Código Tributario Municipal. Atento a que la Resolución S/Nº de fecha 11/11/2015 fué notificada el día 13/11/2015, y que la presentación del Recurso se formalizó el día 02/12/2015 se concluye que fué presentado en legal tiempo y forma;

QUE el Departamento de Introducción de Alimentos (fs. 18), manifiesta que la actividad de control sanitario sobre alimentos transportados consiste en la verificación del certificado que emite SENASA, conjuntamente con la revisión de los equipos de frio de los vehículos y que el dominio de los vehículos de transporte y los precintos colocados por la Autoridad Sanitaria Nacional coincidan con el certificado de SENASA;

QUE la Constitución Nacional ha consagrado en sus artículos Nºs 5 y

123 la autonomía municipal. Nuestra Constitución Provincial, en su artículo 175 inciso 4 expresa que constituyen recursos propios de los municipios las tasas. Y continúa en su artículo 176 expresando que son competencias de los municipios establecer por Ordenanzas tasas y tarifas. Finalmente nuestra Carta Orgánica Municipal en su artículo 57 inciso d, dispone que son recursos municipales las tasas;

QUE por lo expuesto se desprende que la Municipalidad goza de autonomía plena y es competente para la creación de tasas;

QUE el Código Tributario Municipal regla en su artículo Nº 172 que.- “Corresponderá el pago del tributo de este Título, conforme a los montos y formas que se establezcan en la Ordenanza Tributaria Anual, por los servicios de inspección sanitaria e higiénica que la Municipalidad efectúe sobre: a) Productos destinados a ser consumidos o industrializados en el ejido municipal, cuando se elaboren produzcan, fraccionen y/o comercialicen en un establecimiento situado fuera del mismo y, por consiguiente, no sometidos a la habilitación, control e inspección sanitaria de la Municipalidad de Salta, b) los animales que se faenen en establecimientos debidamente autorizados dentro del ejido municipal”;

QUE por todo lo expuesto Dirección General de Asesoría Legal de esta Secretaría sugiere rechazar el Recurso Jerárquico interpuesto por la firma Productos Alimenticios Sofía S.A., en contra de la Resolución S/Nº de fecha 11/11/2015, emitida por la entonces Dirección General de Rentas; POR ELLO: EL SECRETARIO DE HACIENDA DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA RESUELVE: ARTICULO 1°.-RECHAZAR el Recurso Jerárquico interpuesto por la firma Productos Alimenticios Sofía S.A., representada por Apoderada Cra. María Soledad Fassora D.N.I. Nº 25.801.103 en contra de la Resolución S/Nº de fecha 11/11/2015 y confirmar la misma en todas sus partes.-

ARTICULO 2°.-TOMAR razón la AGENCIA DE RECAUDACIÓN MUNICIPAL con sus respectivas dependencias.-

ARTICULO 3°.-NOTIFICAR a la Cra. María Soledad Fassora, apoderada de la firma Productos Alimenticios Sofia S.A., del contenido de lo dispuesto en el presente instrumento legal.-

ARTICULO 4°.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.- GAUFFIN *-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-* SALTA, 19 DE SEP 2017 RESOLUCION Nº_____248______ SECRETARIA DE HACIENDA.- REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 61370 -SG-2017.- VISTO las actuaciones de referencia y;

CONSIDERANDO:

QUE a fojas 01 la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana Arq. María Blanco, solicita se autorice la liquidación de viáticos y pasajes a la Ciudad de Buenos Aires vía aérea (Empresa Aerolíneas Argentinas), para el Subsecretario de Obras Públicas Arq. Ignacio Pancetti, quien viajará en misión oficial con fecha de salida el día 19/09/17 a hs. 15:15, regresando el día 21/09/17 a hs. 20:00;

QUE a fojas 06 Dirección de Rendición de Cuentas informa que el importe total a liquidar es de $ 14.127,40;

QUE a fojas 08 Dirección de Presupuesto informa la imputación presupuestaria para afrontar el gasto en cuestión;

QUE a fs. 09 Subsecretaria de Finanzas informa que la factibilidad financiera está dada de manera genérica dispuesta por Resolución Nº 009/17- anexo II emanada por esta Subsecretaria;

QUE además de la rendición de fondos, deberá incluirse un informe sobre las actividades llevadas a cabo en gestión oficial, durante el periodo por el cual se solicitan los viáticos;

QUE resulta necesario emitir el instrumento legal pertinente, ello conforme lo dispuesto por Decreto N° 0479/16 y su modificatorio Nº 0514/17; POR ELLO: EL SECRETARIO DE HACIENDA DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA RESUELVE:

ARTICULO 1°.- AUTORIZAR la suma de $ 14.127,40 (Pesos Catorce Mil Ciento Veintisiete con 40/100), en concepto de liquidación de VIÁTICOS: (GRUPO “B”) - 132 UT A $6,35 = $ 838,20 P/DIA Y 88 UT A 6,35 = $558,80 2/3 DE DIA– Viáticos 2 (dos) días y 2/3 a razón de $ 838,20 p/día (desde el 19 al 21/09/17) $ 2.235,20, HOSPEDAJE (GRUPO “C”) – 286 UT A 6,35 = $ 1.816,10- Hospedaje 2 (dos) días a razón de $ 1.816,10 por día (desde el 19 al 21/09/17) $ 3.632,20 TRASLADO: pasajes vía aérea Salta - Buenos Aires - Salta (Empresa Aerolíneas Argentinas) $ 8.260,00, con oportuna rendición de cuentas, a favor del Sr. IGNACIO JOSE PANCETTI-SUBSECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS-SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y PLANIFICACION URBANA, debiendo asimismo incluir un informe sobre las actividades llevadas a cabo en gestión oficial, durante el período detallado.-

ARTICULO 2°.-DAR por la DIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO la imputación presupuestaria correspondiente.- ARTICULO 3°.-TOMAR conocimiento por SUBSECRETARIA DE FINANZAS con sus respectivas dependencias.-

ARTICULO 4º.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.- GAUFFIN *-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-* SALTA, 19 SEP 2017 RESOLUCION Nº___249_____ SECRETARIA DE HACIENDA.- REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 61371-SG-2017.- VISTO las actuaciones de referencia, y;

CONSIDERANDO:

QUE a fojas 01 la Arq. María Beatriz Blanco – Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana, solicita la liquidación de viáticos y pasajes vía aérea Salta-Bs. As.-Salta (Empresa Aerolíneas Argentinas), quien viajará a dicha ciudad en gestión oficial, con el objeto de gestionar distintos proyectos encomendados por el Sr. Intendente en la ciudad de Bs. As. Fecha de partida 19/09/2017 a Hs. 15:15, con regreso el día 21/09/2017 a Hs. 20:00;

QUE a fojas 06 Dirección de Rendición de Cuentas informa que el importe total a liquidar es de $ 15.333,90;

QUE a fojas 08 Dirección General de Presupuesto informa la imputación presupuestaria para afrontar el gasto en cuestión;

QUE a fojas 09 Subsecretaria de Finanzas informa que la factibilidad financiera está dada de manera genérica dispuesta por Resolución N° 009/17 – Anexo II emanada por esa Subsecretaria;

QUE además de la rendición de fondos, deberá incluirse un informe sobre las actividades llevadas a cabo en gestión oficial, durante el periodo por el cual se solicitan los viáticos;

QUE resulta necesario emitir el instrumento legal pertinente, ello conforme lo dispuesto por Decreto Nº 0479/16 y su modificatorio Decreto Nº 514/17;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE HACIENDA DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA

RESUELVE:

ARTICULO 1°.-AUTORIZAR la suma de $ 15.333,90 (Pesos Quince mil Trescientos Treinta y Tres con 90/100), en concepto de liquidación de VIÁTICOS (GRUPO “A”) – 156 UT A $ 6,35 = $ 990,60 P/DIA Y 104 UT A $ 6,35 = $ 660,40 2/3 DE DIA viáticos 2 (Dos) días y 2/3 a razón de $ 990,60 por día (desde el 19 al 21/09/17), $ 2.641,60, HOSPEDAJE: (GRUPO “B”) – 349 UT A 6,35 = $ 2.216,15 hospedaje 2 (Dos) días a razón de $ 2.216,15 por día (desde el 19 al 21/09/17) $ 4.432,30 y TRASLADO Pasajes vía aérea SALTA- BUENOS AIRES- SALTA (Empresa Aerolíneas Argentinas) $ 8.260,00, con oportuna rendición de cuentas a favor de la Arq. MARIA BEATRIZ BLANCO – SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y PLANIFICACION URBANA, debiendo asimismo incluir un informe sobre las actividades llevadas a cabo en gestión oficial, durante el periodo detallado:

ARTICULO 2°.-DAR por la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO la imputación presupuestaria correspondiente.-

ARTICULO 3°.-TOMAR conocimiento por SUBSECRETARIA DE FINANZAS con sus respectivas dependencias.-

ARTICULO 4º.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-

GAUFFIN

SALTA, 19 DE SETIEMBRE DE 2017.-

In document I SECCION ADMINISTRATIVA DECRETO (página 58-60)