RESOLUCION SALTA, 27 SEP
EL SUBSECRETARIO DE TRANSITO Y SEG VIAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA
RESUELVE:
ARTICULO 1º. -ORDENAR la Instrucción del Sumario Administrativo al Insp. ELIO JORGE GUERRA DNI Nº 20.247.715 en las actuaciones de referencia en virtud de lo expuesto en los considerando.-
ARTICULO 2º.-NOTIFIQUESE al interesado con la previsiones del articulo 176 de la ley de Procedimiento Administrativo.-
ARTICULO 3º.- COMUNIQUESE, Publíquese en Boletín Oficial y archívese.- Garrido *-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-* SALTA, 15 de Agosto de 2017 RESOLUCION Nº 0151 REFERENCIA: Expte. Nº 18.591- SV-2017 -
VISTO las actuaciones de referencia, y; CONSIDERANDO:
QUE a fs.01 rola Expte Nº 18.591-SV-2017 en la cual el Insp. Ricardo Amadeo Nieva, denuncia a la Insp. Roxana Salva, por incumplimiento en sus funciones y constante llamado de atención en relación al servicio, lo que motiva agresividad, insultos y amenazas, solicitando se tome medidas al respecto, como así también radica denuncia policial Nº 864/17, contra dicha inspectora.-
QUE a fs. 02 rola Denuncia Policial Nº 864/2017, en contra de la Insp. Salva.
QUE a fs. 08 rola comparendo de la Insp. Roxana Salva, quien declara en su parte pertinente: …”que nunca falto el respeto al superior, …que suele reclamarle por cualquier cosa sin motivo alguno,… sin dejar dar explicaciones solo suele reclamar y en voz alta lo hace y además se comunica con la base a través de handy y delante del compareciente diciendo que la misma no se encontraba en el lugar asignado…, este inspector realiza siempre lo mismo levanta la voz no dejando dar explicaciones alguna modula por radio y se retira del lugar así que nunca pudo dirigirse de manera impropia con el Insp. Nieva, que además este Insp. suele ir a realizar los controles y se le siente el olor etílico…”.-
QUE a fs. 10 comparece el Insp. Julio Alberto Ferreira, quien declara: “Que por manifestación en forma verbal de la Insp. Roxana Salva tomo conocimiento de tal situación. También quiere dejar asentado el compareciente que no tuvo en el lugar del hecho denunciado por el Insp. Nieva Ricardo, por lo que no puede declarar nada mas”.- QUE a fs. 15 con fecha 10/07/2017, el Director de Control y Fisc. Informa que la Insp. Salva Roxana registra antecedentes similares en el año en curso, con relación a la falta de respeto a un superior, el que se tramite por Expte Nº 4816-SV-2017.-
QUE a fs. 16 rola Dictamen Legal del Dr. Soto Rene que comparte el Director Gral. de Asuntos Legales y Jurídicos de la Subsecretaria de Transito y Seguridad Vial en la que recomienda se eleve a Sumario las presentes actuaciones.-
QUE a los fines de lograr una permanente mejora en la gestión de esta Subsecretaria de Transito y Seguridad Vial, con el objetivo de asegurar los servicios públicos necesarios y esenciales que la comunidad requiere, es necesario la aplicación de sanciones ejemplificativas.- QUE de acuerdo a lo establecido en el Dcto.530, los hechos informados a fs. 01 configuran una FALTA MUY GRAVE según lo establecido en el art.62 inc.C pto.2, el que establece: “cualquier acto de irrespetuosidad hacia el Superior Jerárquico que no esta calificado como delito,…” QUE en virtud del Decreto antes mencionado y demás normas ctes., la Insp. Salva, con su supuesta actitud o conducta configura una falta de respeto hacia su superior Jerárquico y más aun, que existe denuncia reiterada de su supuesta mala conducta, lo que institución no puede permitir.-
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE TRANSITO Y SEG. VIAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA
RESUELVE:
ARTICULO 1º. -ORDENAR la Instrucción del Sumario Administrativo a la Insp. ROXANA IRMA SALVA DNI Nº 28.260.035, en las actuaciones de referencia en virtud de lo expuesto en los considerando.-
ARTICULO 2º.-NOTIFIQUESE al interesado con la previsiones del articulo 176 de la ley de Procedimiento Administrativo.-
ARTICULO 3º.- COMUNIQUESE, Publíquese en Boletín Oficial y archívese. Garrido *-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-* SALTA, 15 de Agosto de 2017 RESOLUCION Nº 0152 REFERENCIA: Expte. Nº 79.364- SV-2016 -
VISTO las actuaciones de referencia, y; CONSIDERANDO:
QUE a fs.01 rola Expte Nº 79.364-SV-2016 de Novedad Interna Nº 13846/16, por el cual en fecha 03/12/16, el Insp. Pedro Dall Armelina informa la sustracción de la base del cargador de handy.-
QUE a fs. 02 rola Denuncia Policial Nº 3710/
QUE a fs. 06 comparece el Isnp. Adrián Pascual Aparicio y declara:”…que en hora de la tarde,…salio a la calle a controlar al personal, y que al regresar a la oficina de Guardia y al querer poner el handy a cargar, se da con la novedad de que el cargador no se encontraba en su lugar, por lo que le pregunte al jefe de guardia, Insp. Dall Armelina Pedro de tal aparato y el jefe de guardia lo busca en todas partes de la oficina siendo negativa tal búsqueda..”
QUE a fs. 08 comparece el jefe de Guardia, Insp. Pedro José Dall Armelina, quien declara.”…y con relaciona la desaparición del cargador…,que se ratifica en todos tal como lo informo oportunamente en la novedad interna Nº 13846/16,…que hasta el día de hoy no apareció tal artefacto, hace notar que el cargador fue previsto para cargar el handy de los oficiales de servicios.-
QUE a fs. 10 comparece la Insp. Lucia Elena Salvatierra y declara; “…y con relación a la desaparición del cargador… que por intermedio del jefe de Guardia, Insp. Dall Armelina Pedro, toma conocimiento de tal situación, ignorando quien o quienes se apoderaron del aparato en cuestión, haciendo notar la dicente que en la oficina de guardia ingresan muchas personas, tanto uniformados y de civil..”.-
QUE a fs. 14 comparece el Insp. Adrian Pascual Aparicio, y declara: “Que tal situación el ignora y deslinda responsabilidad totalmente …ratifica en la totalidad de los vertidos oportunamente..”.-
QUE a fs. 15 rola Dictamen Legal del Dr. Soto Rene que comparte el Director Gral. de Asuntos Legales y Jurídicos de la Subsecretaria de Transito y Seguridad Vial en la que recomienda se eleve a Sumario las presentes actuaciones.-
QUE de las presentes actuaciones surge la supuesta violación del régimen disciplinario del Dcto.530, que rige para el personal uniformado de esta Subsecretaria, a causa del hurto del cargador de Handy a cargo de la Oficial de Guardia.-
QUE de acuerdo al Art.57º del Dcto.530. Las faltas disciplinarias que cometan el personal uniformado de la Dirección General de Transito se clasificaran en Leves, Graves y Muy Graves, Las que serán sancionadas conforme se indica a continuación:
1. Falta Leves: con apercibimiento o
suspensión de hasta cinco(5) días.-
2. Faltas Graves: con suspensión de
seis (6) a quince (15) días….-
3. Faltas muy Graves: Con
suspensión de dieciséis (16) a treinta días, baja o exoneración.- QUE supuestamente el hecho se encuentra encuadrado en el Art.62 inc.B) Falta Grave- punto 24 del Dcto.530: Extraviar por culpa o negligencia en su guarda y cuidado los objetos…”
QUE el hecho de extravió o de hurto del cargador, genera un daño al patrimonio municipal, independientemente a la sanción que pueda corresponder a la persona o personas que tenían la guarda o cuidado de dicho elemento u objeto.
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE TRANSITO Y SEG. VIAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA
RESUELVE:
ARTICULO 1º. -ORDENAR la Instrucción del Sumario Administrativo a los Insp. PASCUAL ADRIAN APARICIO DNI Nº 10.624.502 y el
Insp. PEDRO JOSE DALL ARMELINA DNI Nº 11.944.254 y la Insp. LUCIA ELENA SALVATIERRA DNI Nº 16.578.863, en las actuaciones de referencia en virtud de lo expuesto en los considerando.-
ARTICULO 2º.-NOTIFIQUESE al interesado con la previsiones del articulo 176 de la ley de Procedimiento Administrativo.-
ARTICULO 3º.- COMUNIQUESE, Publíquese en Boletín Oficial y archívese.- Garrido *-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-* SALTA, 18 de Agosto de 2017 RESOLUCION Nº 0153 REFERENCIA: Expte. Nº 25.994- SV-2017 -
VISTO las actuaciones de referencia, y; CONSIDERANDO:
QUE a fs.01 rola Expte Nº 25.994-SV-2017 por el cual Sr. Daniel Alejandro Corregidor denuncia al Sr. Diego Chilo, que con fecha 07/01/2017 le secuestro una motocicleta y desde allí es que conoce a este Inspector y que no pudo retirarla por problemas administrativos y por esa razón, tuvo que adquirir una nueva.-
QUE a partir que tiene la nueva motocicleta, el inspector Chilo donde lo ve, lo hace parar y le solicita dinero para dejarlo circular y el día sábado 22/04/2017, fui interceptado en control vehicular que realizaba el Insp, Chilo junto a otros dos Inspectores motoristas en la calle Esteco al 300, solicitándole la documentación, la que fue entregada, posteriormente el inspector se le acerca y le extiende el talonario de multa y de manera atrevida y prepotente le dice TOMA y FIRMA, negándose el denunciante a firmarla por no haber cometido ninguna falta.-
QUE a fs. 02 rola Denuncia Policial Nº 1787/2017, en contra del Insp. Diego CHilo.
QUE a fs. 06 comparece y declara, el Insp. Chilo: “Que venia circulando sin casco el denunciante, por lo que se lo detiene…”.-
QUE a fs. 07 rolan dos actas de comprobación.-
QUE a fs. 12 rola declaración del Insp. Diego Hidalgo, el que declara; “… que no recuerda de tal hecho…”.-
QUE a fs. 13/14 rolan, Cedula de Identificación y Acta de Incomparecencia del Insp. Néstor Bordón.-
QUE a fs. 23, consta informe que los Insp. Diego Hidalgo y Néstor Bordón se encontraban fuera de la zona o cuadrante asignado y dichos Insp. no detallo en la hoja de ruta el control realizado en calle Esteco al 400.-
QUE a fs. 24 rola Dictamen Legal del Dr. Soto Rene que comparte el Director Gral. de Asuntos Legales y Jurídicos de la Subsecretaria de Transito y Seguridad Vial en la que recomienda se eleve a Sumario las presentes actuaciones.-
QUE de los presentes obrados, surge anomalías o irregularidades, en el procedimiento realizado por los Insp. Chilo, Hidalgo y Bordón, el día 22/04/2017, en la calle Esteco al 400.Que en el caso de los Insp. Bordon e Hidalgo, se encontraban en una zona no designada, por lo que se encuadraría en el Art.62 inc.C- punto 17 del Dcto. 530, abandono de Servicio o Parada.-
QUE en el caso del Insp. Chilo, su proceder es dudoso, haber realizado dos actas de infracción al mismo contribuyente, además de realizar un procedimiento junto con los otros dos Inspectores, los cuales, tenían asignado un sector distinto al de Insp. Chilo, lo cual es necesario una
investigación, a fin de establecer si los hechos denunciados por el Sr. Daniel Alejandro Corregidor, son ciertos y lo que estaría encuadrado el Art.62 inc.C- puntos 3,6,19 y cte. Del Dcto.530.-
QUE de lo expuesto y en virtud de los art.57 y 58 de dicha normal legal, la sanción que le correspondería, es de 16 a 30 días de suspensión, bajo o exoneración, que por tal razón, se debería elevar a sumario, las presentes actuaciones, a fin de determinar, la existencia o no de la falta disciplinaria.-
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE TRANSITO Y SEG. VIAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA
RESUELVE:
ARTICULO 1º. -ORDENAR la Instrucción del Sumario Administrativo a los Insp. DIEGO ALEJANDRO CHILO DNI Nº 29.629.565, DIEGO FABIAN HIDALGO DNI Nº 37.799.896 y NESTOR ANDRES BORDON Nº 28.262.395, en las actuaciones de referencia en virtud de lo expuesto en los considerando.-
ARTICULO 2º.-NOTIFIQUESE al interesado con la previsiones del articulo 176 de la ley de Procedimiento Administrativo.-
ARTICULO 3º.- COMUNIQUESE, Publíquese en Boletín Oficial y archívese.- Garrido *-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-* SALTA, 18 de Agosto de 2017 RESOLUCION Nº 0154 REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 41042-SV-2017.-
VISTO las actuaciones de referencia, que a fs. 01, el Sr. PUCA OSCAR VICTOR DNI 10.400.21 solicita la transferencia de la licencia de Taxi-Flet Nº 29, parada 2 a nombre del Sr. YAPURA FERMIN VICTOR, DNI: 21.314.337, quien ya venía prestando servicios mediante Expte. Nº 28610/88 (Resolución Nº 07/90). A su vez solicita baja del dominio VBJ- 898 y el alta del dominio FKE -291;
CONSIDERANDO:
QUE a fs. 02 a 04 rola Fotocopia del Título del Automotor, Cedula de Identificación de Automotor, Póliza de Seguro con detalle de cobertura emitida por La Cooperativa AGROSALTA, Recibo de pago por póliza de seguro, documentación perteneciente al dominio FKE-291.-
QUE a fs. 05 A 07 y 11,12, 14 rola Fotocopia del DNI, Licencia de Conducir, CUIL, Certificado de Antecedentes Penales y Policiales, Certificado de Residencia, documentación perteneciente al Sr. YAPURA FERMIN VICTOR.-
QUE a fs. 08 a 10/13 rola Certificado de RTO, Planilla de Revisión Técnica, Certificado de Libre Deuda, documentación perteneciente al dominio FKE-291.-
QUE a fs. 16 rola fotocopia del cuaderno de habilitaciones informando que se procedió a la verificación del dominio VBJ-898 dicha inspección fue realizada por el Departamento de Pericias Mecánicas que la unidad está en condiciones técnico mecánicas.-
QUE a fs. 17 rola fotocopia del cuaderno de habilitaciones informando que el dominio FKE-291 se encuentra en condiciones técnico- mecánicas, emitido por la Dirección de General de Transito.
QUE a fs. 19 obra informe de la Dirección de Transporte Público Impropio que el Titular del Vehículo con dominio VBJ-898, cumplió con todos los requisitos exigidos por la normativas vigentes para dar de baja el mismo y posterior transferencia de la licencia de Taxi- Flet 29, parada 2, de acuerdo a la Ordenanza 4921/87 y su Modificatoria 5770/89 a favor del Sr. YAPURA
FERMIN VICTOR, afectando para tal fin al vehículo Marca Ford F-100,
Modelo 2006, Dominio FKE-291.- QUE a fs. 22 rola Dictamen emitido por la Asesoría Legal dependiente de la
Dirección de Transporte Publico Impropio y Taxi-Flet haciendo lugar a la baja del dominio VBJ-898 y Alta del dominio FKE-291 con transferencia de Licencia de Taxi- Flet Nº 29, Parada 2 a nombre de YAPURA FERMIN VICTOR. Con previa presentación de la documentación actualizada.-
QUE a tal efecto es necesario emitir el instrumento legal pertinente; POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- DAR DE BAJA al dominio VBJ-898 perteneciente al Sr. Puca Oscar Víctor, D.N.I.Nº 10.400.201, con Domicilio en Deán Funes Nº 1896 - Bº El Pilar, de esta Ciudad, y el ALTA del dominio marca Ford F-100, modelo 2006, dominio FKE-291 y TRANSFERENCIA de la licencia de Taxi-Flet 29, parada 2 al Sr. Yapura Fermín Víctor, DNI 21.314.337, con Domicilio en Rio del Valle Nº 2714 - Va Lavalle, de esta Ciudad, de acuerdo a los fundamentos
expuestos en el considerando.
ARTICULO 2°.-DISPONER que actualice documentación correspondiente previa adjudicación y que en el término de 48 hs. de notificada la presente se proceda a la verificación del vehículo con Dominio FKE-291 por el Departamento de Accidentologia Vial Pericias Mecánicas a fin de constatar que el mismo no tiene inscripto en sus puertas la licencia dada de baja.-