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sector privado, la descentralización y el SWAP (NWDR, 2006).

DOCUMENTO Nº1

ANEJO Nº7: LEGISLACIÓN Y NORMATIVA

3

CLAUDIA ALESSANDRA PILLA MÍGUEZ

E.T.A.P Y ABASTECIMIENTO DEL

ASENTAMIENTO DE REFUGIADOS BIDIBIDI (UGANDA)

E.T.S de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos

• La Constitución de la República de Uganda de 1995:

La Constitución de la República de Uganda sienta las bases de todas las leyes que influyen en el sector del agua. La Constitución establece los objetivos y principios nacionales de la Política de Estado. En general, la Constitución prevé los recursos naturales entre los que el agua forma parte integrante. Aclara que la gestión de los recursos hídricos es un deber del Estado a menos que el parlamento decida lo contrario. El gobierno, ya sea local o central, posee recursos naturales en fideicomiso para los ugandeses de conformidad con las disposiciones de la Constitución. Como fideicomisario, el gobierno solo tiene poderes para otorgar concesiones, licencias o permisos con respecto a los recursos naturales listed. The specific constitutional requirements with a direct bearing on the water sector include:

(a) Tomar todas las medidas prácticas para promover buenos sistemas de gestión del agua a todos los niveles; b) Promover el desarrollo sostenible y la sensibilización del público sobre la necesidad de gestionar los recursos de la tierra, el aire y el agua de manera equilibrada y sostenible para las generaciones presentes y futuras, y la utilización de los recursos naturales de manera que satisfagan las necesidades ambientales y de desarrollo de las generaciones presentes y futuras.

• Estatuto del agua, 1995:

Esta es la ley principal para el sector del agua, que combina la legislación para la gestión de los recursos hídricos y el suministro de agua y saneamiento. El Estatuto del Agua es una ley de agua moderna, en la medida en que es flexible, difiriendo todos los detalles de las reglamentaciones que pueden reformarse más fácilmente a medida que las condiciones cambian y ponen a disposición la delegación de poderes y amplias exenciones de la regulación. Al principio, el Estatuto confirma que el agua en Uganda se confía en el gobierno y los derechos para usar el agua; para construir u operar cualquier obra; o para contaminar el agua, solo se puede deliberar bajo las disposiciones del Estatuto. Además de los derechos generales de uso del agua para uso doméstico, riego de jardines de subsistencia y extinción de incendios, el Estatuto no aprueba la asignación de derechos de agua permanentes, sino que otorga la emisión de autorizaciones de tiempo limitado para extraer agua, construir obras hidráulicas y descargar desechos La base básica de la mayoría de las disposiciones del Estatuto es la comprensión entre la protección del medio ambiente y la disponibilidad suficiente de agua y calidad para la población. Los objetivos centrales del Estatuto son:

(a) Promover el manejo y uso racional de las aguas de Uganda a través de:

 Introducción progresiva y aplicación de normas y técnicas apropiadas para la investigación, uso, control,

protección, gestión y administración de los recursos hídricos;

 Coordinación de todas las actividades públicas y privadas que puedan influir en la calidad, cantidad,

distribución, uso o gestión de los recursos hídricos, y

 Coordinación, asignación y delegación de responsabilidades entre los ministros y las autoridades para la

investigación, el uso y el control, protección, gestión o administración de recursos hídricos;

(b) Promover la provisión de un suministro de agua limpia, segura y suficiente para fines domésticos a todas las personas;

(c) Permitir el desarrollo y uso ordenado de recursos hídricos para animales, irrigación, usos industriales, comerciales y mineros, energía, navegación, pesca, preservación de flora y fauna y recreación de manera que se minimicen los efectos dañinos para el medio ambiente; y

(d) Para controlar la contaminación y también para promover el tratamiento de almacenamiento seguro, la descarga y la eliminación de desechos que pueden contaminar el agua o dañar el medio ambiente y la salud humana.

Las disposiciones del Estatuto están dadas por el efecto de las Regulaciones de Recursos Hídricos (1998), Regulaciones de Descarga de Desechos (1998), Regulaciones de Abastecimiento de Agua (1999) y las Regulaciones de Alcantarillado (1999).

• Estatuto de la Corporación Nacional del Agua y Alcantarillado, 1995:

El Estatuto instituye la NWSC como una Autoridad de Agua y Alcantarillado y le ofrece el mandato de funcionar y proporcionar servicios de agua y alcantarillado en las áreas asignadas sobre una base comercial sólida y factible. El Estatuto requiere que el ministro responsable de Asuntos Hídricos celebre un contrato de desempeño con NWSC relacionado con sus operaciones de acuerdo con las disposiciones del Estatuto del Agua. El Estatuto le permite al NWSC poseer activos en sus áreas donde presta servicios sin la necesidad de compensación con respecto a la transferencia de dichos activos.

• Estatuto Nacional del Medio Ambiente, 1995:

Este Estatuto Nacional del Medio Ambiente establece la Autoridad Nacional de Gestión del Medio Ambiente (NEMA) como el organismo general, con la responsabilidad de coordinar y supervisar todos los problemas de gestión ambiental en el país. El Estatuto faculta a NEMA, en consulta con las agencias principales, a emitir directrices y prescribir medidas y estándares para la gestión sostenible y la conservación de los recursos naturales y el medio ambiente en general.

• Regulaciones para la Extracción de Agua y Descarga de Aguas Residuales, 1998:

Esto establece el establecimiento de regulaciones para controlar la extracción de agua y la descarga de aguas residuales mediante el uso de permisos. El sistema de permisos se asegura de que el uso de los recursos hídricos sea respetuoso con el medio ambiente y aliente el desarrollo sostenible. Estos controles también aseguran que el agua no se trata como un bien gratuito sino como un bien con un valor a pagar. Los diferentes tipos de Permisos provistos bajo las Regulaciones son Permiso de Extracción de Agua Superficial, Permiso de Extracción de Agua Subterránea, Permiso de Perforación y Permiso de Construcción.

• Ley de gobierno local de 1997:

Define las funciones de los diferentes niveles de gobierno en la provisión y gestión de las actividades relacionadas con el agua y el saneamiento. La Ley específica que el papel de los gobiernos locales en relación con el Ministerio responsable de asuntos relacionados con el agua es la provisión de agua y el mantenimiento de las instalaciones. La Ley faculta a los diferentes niveles de gobierno para planificar e implementar intervenciones de desarrollo de acuerdo con las prioridades locales identificadas.

• Land Act, 1998:

The Land Act confiere todos los derechos sobre los recursos hídricos en manos del Gobierno. Faculta al ministro responsable del agua para controlar la gestión y la utilización de dicha agua. La Ley permite el uso razonable por el ocupante o propietario de un terreno, de agua para fines agrícolas domésticos y de pequeña escala. La Ley estipula que el gobierno o gobierno local posee tierras en fideicomiso para las personas y protege áreas ambientalmente sensibles como lagos naturales, ríos, aguas subterráneas, estanques naturales, arroyos naturales, humedales, reservas forestales, parques nacionales y cualquier otra tierra reservada para fines ecológicos. y fines turísticos para el bien común de los ciudadanos de Uganda.

DOCUMENTO Nº1

ANEJO Nº7: LEGISLACIÓN Y NORMATIVA

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CLAUDIA ALESSANDRA PILLA MÍGUEZ

E.T.A.P Y ABASTECIMIENTO DEL

ASENTAMIENTO DE REFUGIADOS BIDIBIDI (UGANDA)

E.T.S de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos