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Tipificación de los actos producidos a causa de un incendio en la legislación

CAPÍTULO I. MARCO TEÓRICO

1.3. Tipificación de los actos producidos a causa de un incendio en la legislación

1.3.1. Delitos contra el ambiente y la naturaleza o Pacha Mama

El nuevo ámbito Constitucional incorpora un sistema de protección del medio ambiente como parte fundamental del Buen Vivir y un derecho colectivo es asi que la Constitución del 2008 en su artículo 71 prescribe que:

"La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos.

Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública el cumplimiento de los derechos de la naturaleza. Para aplicar e interpretar estos derechos se observarán los principios establecidos en la Constitución, en lo que proceda.

El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los colectivos, para que protejan la naturaleza, y promoverá el respeto a todos los elementos que forman un ecosistema". (Constitucion de la República del Ecuador, 2008)

Claramente podemos ver que una de las obligaciones del estado ecuatoriano es la protección de la naturaleza y todo lo que ella significa para el ser humano dado que es el lugar donde vivimos y donde se desarrollan las futuras generaciones , convirtiendo al cuidado del habitad natural en unos de los principales deberes del gobierno y la justicia ya que para poder preservarlo tiene que tipificarse aquellas conducta que perjudican al libre desarrollo de la naturaleza con todos sus componentes y de esta manera establecer un ordenamiento jurídico que sancione a quienes causen daño .

Así mismo en la página web de la Revista Jurídica de la Universidad Santiago de Guayaquil en su artículo Delitos y Contravenciones Penales Ambientales cita a Postiglione quien define al delito ambiental como "Hecho antijurídico, previsto por el derecho positivo, lesivo del derecho al ambiente, o sea al aspecto esencial de la personalidad humana, individual y social, en relación vital con la integridad y el equilibrio del ambiente, determinado por nuevos trabajos o acciones sobre el territorio y por

alteraciones voluntarias, químicas o físicas o por cualquier otro atentado o perjuicio, directo o indirecto, o en uno o más componentes naturales o culturales y las condiciones de vida de los seres vivientes". (Revista Juridica Online, 2008).

De acuerdo a lo descrito en el artículo podemos ver que el derecho del ambiente reconoce esta estrecha relación del hombre con la naturaleza y el daño que se produce el momento que por diversas circunstancias este vínculo se vea afectado, ya que el ser humano busca su desarrollo en un ambiente sano donde lo que se promueva es un total y profundo respeto a la naturaleza y la eliminación de peligros que puedan alterar el correcto desarrollo de la protección del ecosistema.

1.3.2. Incendios forestales y de vegetación

Los incendios son de varios tipos no se refieren únicamente a las estructuras de construcciones habitables , sino también los flagelos producidos en la naturaleza en especial en la vegetación dando lugar a los incendios forestales en especial en las zonas agrícolas en la época de verano.

La recientemente normativa legal de ámbito penal incorporada en nuestro ordenamiento jurídico tipifica ya este tipo de delitos es así que el Código Orgánico Integral Penal en su artículo 246 declara que:

"La persona que provoque directa o indirectamente incendios o instigue la comisión de tales actos, en bosques nativos o plantados o páramos, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.

Se exceptúan las quemas agrícolas o domésticas realizadas por las comunidades o pequeños agricultores dentro de su territorio. Si estas quemas se vuelven incontrolables y causan incendios forestales, la persona será sancionada por delito culposo con pena privativa de libertad de tres a seis meses.

Si como consecuencia de este delito se produce la muerte de una o más personas, se sancionará con pena privativa de libertad de trece a dieciséis años" (Asamblea Nacional, 2014).

Luego de analizada la norma cabe manifestar que cada año en la época de verano se producen gran cantidad de alertas por incendios forestales, los cuales causan gran devastación en la vegetación además de pedidas agrícolas en aquellos casos en los

que a causa de quemas controladas dejan un suelo erosionado e inútil para posteriores plantaciones.

El establecer una sanción para quienes tengan responsabilidad en el ocasiona miento de incendios forestales crea una norma incluso de carácter preventivo para quienes con el justificativo de realizar quemas de limpieza agrícola producen un gran daño en el ecosistema, es en los sectores rurales en donde se produce con mayor frecuencia este tipo de incidencias y al existir una pena para estos actos los informes donde se indique quien y de qué manera inicio un incendio forestal contribuirán de manera significativa reducir el número de quemas agrícolas en las zonas donde se producen la mayor parte de incendios.

Por su parte el autor Alberto Wladimir Javita Yépez (2013) en su tesis sobre “Incidencia de los riegos naturales y antrópicos que ocasionan los Incendios Forestales, en el Distrito Metropolitano de Quito manifiesta que:

“son uno de los fenómenos de carácter antrópico, que dentro del entorno como una sequía, producto de una escasez de lluvias; puede ocasionar una situación de riesgo para las personas, además que constituyen un problema ambiental, muy grave. Convirtiéndose en un problema de gran impacto social el cual ataca directamente a la integridad física, psicológica y económica de las personas, para mitigar esto deben dar una adecuada información ambiental eficaz.”

El autor hace referencia a una de las principales causas de incendio forestal en el territorio y esta es la intervención de la mano del hombre o causas humanas convirtiéndose en un peligro para la flora y fauna que sin parte principal de la naturaleza.

La Guía práctica para Comunicadores, ( 2010) al referirse al fuego indica que "El fuego puede tener una influencia positiva en la Naturaleza, pues ayuda a mantener la biodiversidad. Pero cuando se utiliza de forma irresponsable o se produce por alguna negligencia, puede convertirse en un incendio forestal de consecuencias devastadoras para el medioambiente, incluso para la salud seguridad de las personas.” (pág.5). Entonces la utilización de las quemas agrícolas controladas y guidas por expertos también pueden ayudar a eliminar aquella vegetación que causa perjuicios en áreas de vegetación determinadas, pero al realizarlas sin ninguna supervisión ni precaución se producen alertas de incendios forestales

1.3.3. Delitos contra la estructura del estado constitucional

Los sitios donde existe gran concentración de personas ya sean locales comerciales o de diversión debe cumplir con varios requerimientos en normas de prevención contraincendios instalados de manera técnica y estratégica para evitar que se puedan suscitar emergencias de incendios o su accionar como primeros respondientes no sea efectivo pese a existir planes de evacuación y brigadas en este tipo de centros donde existe gran aforo de personas

Dentro de este contexto el Código Orgánico Integral Penal en su artículo 352.- donde habla del Ocultamiento de objetos para el socorro nos indica que:

"La persona que sustraiga, dificulte, oculte o inutilice en ocasión de un incendio, inundación, naufragio u otra calamidad, cualquier objeto material u otro medio destinado a socorro, salvamento o a combatir el peligro, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años"

Como ya hemos manifestado cuando se producen flagelos en locales comerciales o lugares de concentración masiva se tiene previsto el accionar de las brigadas contraincendios capacitadas con anterioridad por los bomberos, quienes están en la capacidad de utilizar aquellos equipos de primera respuesta o diseñados para brigadistas, cuán importante es que aquellos equipos contraincendios se encuentren en su lugar y habilitados para su uso inmediato en cualquier momento.

La importancia del cumplimiento de la norma de prevención en la ubicación de equipos contraincendios en locales comerciales radica en que de suscitarse un incendio los primeros respondientes puedan aplicar sus conocimientos y de esta manera evitar que un conato de incendio se pueda convertir en un evento de gran magnitud, es por eso que el personal de bomberos realiza constantes inspecciones en estos sitios para evitar que aquellos equipos puedan encontrase obsoletos o no estén aptos para ser utilizados cuando las circunstancias así lo requieran.

1.3.4. Delitos de incendio

El delito de incendio se encuentra tipificado y sancionado en la normativa legal vigente correspondiente al ámbito penal, pero es importante analizar cual son aquellos derechos que se vulneran el momento que se sucinta este tipo de delitos y por lo tanto es importante citar algunos criterios que ayuden a conocer sobre este tema y así tenemos

que "Cuando una persona provoca un incendio puede atacar, entre otros a una pluralidad de bienes jurídicos protegidos como: vida propiedad privada, salud, medio ambiente, etc. El delito de incendio es un acto antijurídico de resultado y a la vez de riesgo, por eso es suficiente poner en peligro los bienes jurídicos protegidos por nuestro ordenamiento jurídico ( medio ambiente, vida, etc.) sin que sea necesario un daño o perjuicio, para su sanción (Veiga, 2014, pág. 17)

De lo mencionado por el autor se pude resumir que el delito de incendio no afecta únicamente a un solo bien jurídico protegido, ya que el incendio puede ser no únicamente estructural de viviendas, industrias o vehículos donde la afectación se produzca en bienes, también existe o puede existir pérdidas humanas a causa de este tipo de flagelos y sin dejar de lado las perdidas el medio ambiente cuando se producen los incendios forestales donde las pérdidas son incalculables dado la gran afectación que se produce en el ecosistema con la deforestación ,muerte de fauna silvestre y la contaminación ambiental que se produce el momento en que existe gran cantidad de monóxido de carbono que desplaza cada vez más el oxigeno del aire.

También el Código Orgánico Integral Penal en su artículo 364 manifiesta que "la persona que incendie los bienes o lugares enumerados en el presente artículo, será sancionada con pena privativa de libertad de diez a trece años:

1. Embarcaciones, aeronaves, transporte terrestre, almacenes, astilleros, edificios o cualquier otro lugar que sirva de habitación y mantenga en su interior a una o más personas en el momento del incendio.

2. A todo lugar, incluso inhabitado, que contenga depósitos de pólvora u otras materias explosivas" (Codigo Organico Integral Penal, 2014).

Según lo manifiesta este articulo existe una sanción aquellas personas responsables de un incendio de lugares donde se encuentren personas en su interior, es decir sitios que sirvan como vivienda o aquellos donde exista aforo de personas o aquellos que sirvan como trasporte de los mismos. También menciona aquellos sitios de almacenamiento de materiales explosivos, ya que son lugares en los cuales el momento de producirse un simple conato de incendio causan grandes estragos debido al material combustible que se consume el momento del incendio.

Los informes de incendio realizados por el personal de bomberos contiene toda la información que fue encontrada el momento del flagelo y es de gran importancia en

especial si se trata de sitios donde existieron pérdidas humanas o a causa de ellos se puso en peligro lugares aledaños como es el caso de las bodegas de explosivos ya que son sitios donde las condiciones de almacenamiento deben ser de gran seguridad contraincendios pero de no ser el caso también puede considerarse como una inobservancia de las normas de prevención.

1.3.5. El asesinato cometido mediante un incendio

El delito de asesinato se encuentra tipificado en el numeral 3 del artículo 140 del Código Orgánico Integral Penal donde se indica que : “La persona que mate a otra…3. Por medio de inundación, envenenamiento, incendio o cualquier otro medio que ponga en peligro la vida o la salud de otras personas” (Asamblea Nacional, 2014, pág. 25); será sancionado con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años, por el delito de asesinato al tenor de dicha circunstancia.

Según lo manifestado cabe estudiar más profundamente esta circunstancia ocurrida para que se consume el delito es por eso que según Jiménez de Ausa manifiesta que " el resultado solo puede ser incriminado si existe un nexo causal o una relación de causalidad entre el acto humano y el resultado producido" (Vasconcelos, 1993, pág. 117).

Según lo indicado por el autor vemos que la circunstancias en que se produce la muerte de una persona mediante un incendio debe ser comprobado de acuerdo al nexo causal, es decir la intención que tiene la persona de causar un daño y que el resultado sea el esperado es decir el causarle la muerte a esa persona, pero la sanción se dará únicamente si existe evidencias o pruebas de que fue causado por voluntad humana.