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TOTAL 9,375,860.91 Habiendo analizado el contenido completo del expediente de referencia y analizando los

In document Gaceta Municipal No. 10 (página 126-130)

fracción VIII de la Ley General de Asentamientos Humanos, se entiende por Desarrollo Urbano al proceso de planeación y regulación de la fundación,

TOTAL 9,375,860.91 Habiendo analizado el contenido completo del expediente de referencia y analizando los

considerandos del presente, los antecedentes y los argumentos vertidos en la reunión de las Comisiones Unidas de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública y de Obras y Servicios Públicos, elaboran, autorizan y ratifican el contenido de la presente resolución y someten a la consideración de este H. Ayuntamiento para su aprobación, el siguiente:

A C U E R D O

PRIMERO.-Con fundamento legal en lo dispuesto por los artículos 15 de Ley de Obra Pública del Estado de Querétaro; 30, fracción XII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro y 116 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Corregidora, Querétaro, se autorizan las modificaciones de diversas disposiciones al Programa de Obra Anual (POA) del Ejercicio Fiscal 2016 conforme a los términos que se describen en los Considerandos 17, 18,19 y 20 del presente Acuerdo.

Gaceta

Gaceta Municipal No. 10 29 de agosto de 2016

e.- Fue autorizado en acta de Copladem del día 3 de agosto de 2016 que por término de obras y existen saldos presupuestales en GASTO DIRECTO 2015 que ascienden a un monto de $ 398,866.98

PROYECTO OBRA PRESUPUESTO EJERCIDO SALDO REDUCE

60184

BARDA COLINDANCIA PARQUE SAN CARLOS CON ZONA

HABITACIONAL 350,000.00 347,369.31 2,630.69 60191 ALUMBRADO PÚBLICO 1,500,000.00 1,103,763.71 396,236.29

DIRECTO 2015

SALDO 398,866.98 f.- En sesión ordinaria de cabildo de fecha 09 de marzo de 2016 se

autorizaron modificaciones diversas al POA entre ellas la siguiente obra.

OBRA AUTORIZADO

CONSTRUCCIÓN DE OFICINAS ANEXAS A PRESIDENCIA MUNICIPAL 6,000,000.00 GASTO DIRECTO 2016

TOTAL 6,000,000.00 En razón de lo antes señalado se solicita autorización para cancelar la obra “Construcción de oficinas anexas a Presidencia Municipal” ya que el INAH (Instituto Nacional de Antropología e Historia) se solicitó suspender los trabajos que se pretenden realizar.

RESUMEN DE FONDOS A REASIGNAR

FONDO MONTO GASTO DIRECTO 2013 128,359.23 GASTO DIRECTO 2014 32,581.33 GASTO DIRECTO 2015 95,404.22 HÁBITAT 2015 1,698,164.35 PREP 2015 38,005.13 MULTA POR PENALIZACIONES 984,479.67

GASTO DIRECTO 2015

(sesión cabildo 03-08-2016) 398,866.98

Gaceta Municipal No. 10 29 de agosto de 2016 GASTO DIRECTO 2016

(cancelación de construcción

oficinas anexas presidencia) 6,000,000.00

SALDO 9,375,860.91

De los puntos antes señalados se solicita autorización para que el monto de $9,375,860.91 de saldo presupuestal con recurso propio Municipal sea dispuesto para obtener suficiencia en las obras que a continuación se detallan.

OBRA AUTORIZADO

TRABAJOS DE VIALIDAD CAMINO A LAS FLORES 6,650,000.00 TORRENTERA PLUVIAL EN AVENIDA CUMBRES 718,000.00 NICHO PARA IMAGEN EN PARQUE RIBERA DEL RIO 625,000.00 LIMPIEZA Y RETIRO DE ESCOMBROS ÁREA ADJUNTA A OFICINAS

PRESIDENCIA MUNICIPAL 600,000.00

BARDA COLINDANTE EN ZONA DE BOMBAS DE AGUA CEA Y APLANADO

DE MURO EN PARQUE LINEAL RIBERA DEL RIO 430,000.00 REINTEGRO DE ANTICIPO NO AMORTIZADO SEGÚN CEDULA DE

OBSERVACIÓN No. 2 DE LA AUDITORÍA QRO/PNPD-

AYTO/CORREGIDORA/16/2A027-16 DE LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA POR LA OBRA “INSTALACIÓN DE LUMINARIAS

SENDEROS SEGUROS” 342,857.14

BOLSA COMÚN 10,003.77

GASTO DIRECTO 2016

TOTAL 9,375,860.91 Habiendo analizado el contenido completo del expediente de referencia y analizando los considerandos del presente, los antecedentes y los argumentos vertidos en la reunión de las Comisiones Unidas de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública y de Obras y Servicios Públicos, elaboran, autorizan y ratifican el contenido de la presente resolución y someten a la consideración de este H. Ayuntamiento para su aprobación, el siguiente:

A C U E R D O

PRIMERO.-Con fundamento legal en lo dispuesto por los artículos 15 de Ley de Obra Pública del Estado de Querétaro; 30, fracción XII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro y 116 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Corregidora, Querétaro, se autorizan las modificaciones de diversas disposiciones al Programa de Obra Anual (POA) del Ejercicio Fiscal 2016 conforme a los términos que se describen en los Considerandos 17, 18,19 y 20 del presente Acuerdo.

Gaceta

Municipal la Pirámide

Corregidora

Gaceta Municipal No. 10 29 de agosto de 2016

SEGUNDO.- Con fundamento legal en lo dispuesto por el artículo 129 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, se autoriza e instruye las Secretarías de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, Servicios Públicos Municipales, de Tesorería y Finanzas, de Desarrollo Social y de Administración, para que den puntual cumplimiento al presente Acuerdo, dentro del ámbito de competencia administrativa que a cada una de ellas corresponda y remitan las constancias de cumplimiento a la Secretaría del Ayuntamiento.

TERCERO.-Se instruye a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas para que dé seguimiento al cumplimiento del presente Acuerdo y deberá informar de ello a la Secretaría del Ayuntamiento.

CUARTO.- Los rubros no modificados en el presente instrumento quedan intocados por lo que se deberá dar cumplimiento a ello de manera concreta y precisa hasta su liquidación.

T R A N S I T O R I O S

PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación en la Sesión de Cabildo correspondiente.

SEGUNDO.- Publíquese el presente Acuerdo por una sola ocasión en la Gaceta Municipal y en el periódico oficial de Gobierno del Estado, “La Sombra de Arteaga”, a costa del Municipio.

TERCERO.- Se instruye a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas a publicar la presente modificación al Programa de Obra Anual, en un periódico de mayor circulación en el Estado y a dar aviso a la Secretaría de Planeación y Finanzas en los términos que correspondan.

CUARTO.- Comuníquese lo anterior a la Entidad Superior de Fiscalización del Estado de Querétaro, a las Secretarías de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del Municipio, de Desarrollo Social y de Tesorería y Finanzas, Contraloría Municipal todas del Municipio de Corregidora, así como al Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal de Corregidora, Qro…”

EL PUEBLITO CORREGIDORA, QRO., A 30 (TREINTA) DE AGOSTO DE 2016 (DOS MIL DIECISÉIS) ATENTAMENTE.: LIC. MAURICIO KURI GONZÁLEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL Y DE LAS COMISIONES; LIC. ALMA IDALIA SÁNCHEZ PEDRAZA, SÍNDICO INTEGRANTE; LIC. LUIS ALBERTO VEGA RICOY, SÍNDICO INTEGRANTE; C. MAGDALENA PUEBLITO ESPINOSA RODRÍGUEZ, REGIDORA INTEGRANTE; LIC. ERIKA DE LOS ÁNGELES DÍAZ VILLALÓN, REGIDORA INTEGRANTE; LIC. OMAR HERRERA MAYA, REGIDOR INTEGRANTE; ING.

ALFREDO PIÑÓN ESPINOZA, REGIDOR INTEGRANTE, RUBRICAN.---

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Gaceta Municipal No. 10 29 de agosto de 2016 SE EXPIDE LA PRESENTE CERTIFICACIÓN, PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR, EN EL PUEBLITO, CORREGIDORA, QRO., A LOS 30 (TREINTA) DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2016 (DOS MIL DIECISÉIS).---

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---DOY FE ---

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A T E N T A M E N T E

LIC. JOSÉ ERNESTO BEJARANO SÁNCHEZ SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO

RÚBRICA

Gaceta

Gaceta Municipal No. 10 29 de agosto de 2016

SEGUNDO.- Con fundamento legal en lo dispuesto por el artículo 129 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, se autoriza e instruye las Secretarías de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, Servicios Públicos Municipales, de Tesorería y Finanzas, de Desarrollo Social y de Administración, para que den puntual cumplimiento al presente Acuerdo, dentro del ámbito de competencia administrativa que a cada una de ellas corresponda y remitan las constancias de cumplimiento a la Secretaría del Ayuntamiento.

TERCERO.-Se instruye a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas para que dé seguimiento al cumplimiento del presente Acuerdo y deberá informar de ello a la Secretaría del Ayuntamiento.

CUARTO.- Los rubros no modificados en el presente instrumento quedan intocados por lo que se deberá dar cumplimiento a ello de manera concreta y precisa hasta su liquidación.

T R A N S I T O R I O S

PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación en la Sesión de Cabildo correspondiente.

SEGUNDO.- Publíquese el presente Acuerdo por una sola ocasión en la Gaceta Municipal y en el periódico oficial de Gobierno del Estado, “La Sombra de Arteaga”, a costa del Municipio.

TERCERO.- Se instruye a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas a publicar la presente modificación al Programa de Obra Anual, en un periódico de mayor circulación en el Estado y a dar aviso a la Secretaría de Planeación y Finanzas en los términos que correspondan.

CUARTO.- Comuníquese lo anterior a la Entidad Superior de Fiscalización del Estado de Querétaro, a las Secretarías de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del Municipio, de Desarrollo Social y de Tesorería y Finanzas, Contraloría Municipal todas del Municipio de Corregidora, así como al Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal de Corregidora, Qro…”

EL PUEBLITO CORREGIDORA, QRO., A 30 (TREINTA) DE AGOSTO DE 2016 (DOS MIL DIECISÉIS) ATENTAMENTE.: LIC. MAURICIO KURI GONZÁLEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL Y DE LAS COMISIONES; LIC. ALMA IDALIA SÁNCHEZ PEDRAZA, SÍNDICO INTEGRANTE; LIC. LUIS ALBERTO VEGA RICOY, SÍNDICO INTEGRANTE; C. MAGDALENA PUEBLITO ESPINOSA RODRÍGUEZ, REGIDORA INTEGRANTE; LIC. ERIKA DE LOS ÁNGELES DÍAZ VILLALÓN, REGIDORA INTEGRANTE; LIC. OMAR HERRERA MAYA, REGIDOR INTEGRANTE; ING.

ALFREDO PIÑÓN ESPINOZA, REGIDOR INTEGRANTE, RUBRICAN.---

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Gaceta Municipal No. 10 29 de agosto de 2016 SE EXPIDE LA PRESENTE CERTIFICACIÓN, PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR, EN EL PUEBLITO, CORREGIDORA, QRO., A LOS 30 (TREINTA) DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2016 (DOS MIL DIECISÉIS).---

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---DOY FE ---

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A T E N T A M E N T E

LIC. JOSÉ ERNESTO BEJARANO SÁNCHEZ SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO

RÚBRICA

Gaceta

Municipal la Pirámide

Corregidora

Gaceta Municipal No. 10 29 de agosto de 2016

El suscrito Ciudadano, Lic. José Ernesto Bejarano Sánchez, Secretario del Ayuntamiento de Corregidora, Qro., en uso de las facultades que me confiere el artículo 15 fracciones I, IV y V del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Corregidora, Querétaro, hago constar y;

C E R T I F I C O

Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 29 (veintinueve) de agosto de 2016 (dos mil dieciséis), el H. Ayuntamiento de Corregidora, Qro., aprobó el Acuerdo por el que se autoriza el Bando de las Fiestas Patrias para el año 2016, mismo que se transcribe textualmente a continuación:

“Miembros del H. Ayuntamiento:

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 115 fracciones I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; 2, 3, 30, fracciones I, y XII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro; 15 fracciones I, II y XXV del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Corregidora, Querétaro; corresponde a este Cuerpo Colegiado conocer y resolver el Acuerdo por el que se autoriza el Bando de las Fiestas Patrias para el año 2016; y

C O N S I D E R A N D O

1. Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 115, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; 2 y 30, fracción I de la Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular y la competencia que la Constitución otorga al Gobierno Municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el Gobierno del Estado.

2. Que en este sentido, los Ayuntamientos son competentes para aprobar los bandos de policía y gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, que regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y que aseguren la participación ciudadana y vecinal.

3. Que de conformidad con los dispuesto por los artículos 30 fracción XII y 15 fracción I de la Ley Orgánica Municipal y del Reglamento Interior del Ayuntamiento respectivamente; es facultad de este Municipio manejar y Administrar el patrimonio del municipio conforme a la Ley y vigilar, a través del Presidente Municipal y de los órganos de control que se establezcan del propio ayuntamiento, la correcta aplicación del Presupuesto de Egresos.

4. Que todos los países del mundo guardan en su memoria fechas simbólicas generalmente relacionadas con su fundación o inicio. En México, quizá la fecha más

Gaceta Municipal No. 10 29 de agosto de 2016

representativa de su memoria histórica sea el 15 de septiembre, en cuanto punto de partida del movimiento independentista, que finalmente concluiría con la separación o independencia de la Nueva España del reino de España.

Es por ello que al hablar de las Fiestas Patrias nos referimos a las actividades que como pueblo mexicano realizamos con el fin de conmemorar la fundación de los actuales estados nacionales como independientes de España. La conmemoración de un año más de libertad, se lleva a cabo a través de diversas actividades y ceremonias, las cuales son programas desde el seno facultativo de las entidades federativas, estatales y municipales.

5. Que para continuar con la tradición de la emisión del Bando de las Fiestas Patrias en el Municipio de Corregidora, Querétaro, los integrantes de la Comisión de Educación y Cultura se dieron a la tarea de analizar las propuestas de las diversas actividades que se llevarán a cabo en el Municipio, para estar en posibilidades de emitirlo de forma clara y concisa.

Por lo expuesto, fundado y motivado, el Presidente Municipal somete a la consideración de este H. Ayuntamiento la aprobación del siguiente:

A C U E R D O

PRIMERO.- Se autoriza el Bando de las Fiestas Patrias para el año 2016, mismo que se adjunta al presente acuerdo como anexo.

SEGUNDO.- Se instruye a la Secretaría de Tesorería y Finanzas a erogar los recursos necesarios para la organización de los Festejos Patrios.

TERCERO.- Se instruye a la Secretaría de Desarrollo Social, realizar todas y cada una de las gestiones y acciones que deriven del presente instrumento para llevar a cabo los eventos descritos en el Bando.

T R A N S I T O R I O S

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de su aprobación. SEGUNDO.- Publíquese por una sola ocasión en la Gaceta Municipal.

TERCERO.- Notifíquese el presente acuerdo las Secretarias de Tesorería y Finanzas y Desarrollo Social de esta Municipalidad, a fin de que dé cumplimiento con el presente proveído y a la Contraloría para conocimiento…”

EL PUEBLITO CORREGIDORA, QRO., A 29 (VEINTINUEVE) DE AGOSTO DE

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