CAPÍTULO 1.0 GENERALIDADES DE LOS RESIDUOS Y DESECHOS QUÍMICOS
1.12 Transporte de los residuos y desechos peligrosos
El transporte de los residuos y desechos peligrosos es una etapa del ciclo de vida de las sustancias, residuos y desechos peligrosos en El Salvador (Ver Figura 1.12). Corresponde a una etapa intermedia entre la recolección y almacenamiento en el lugar de generación, y el tratamiento o disposición final.
Con el objetivo de lograr que el transporte de residuos peligrosos se realice con riesgos mínimos tanto para los operadores como para el resto de la población y el medio ambiente, muchos países han definido las condiciones en que debe realizarse esta actividad, así como las responsabilidades correspondientes.
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Figura 1.12 Ciclo de vida de las sustancias, residuos y desechos en El Salvador
Según M. Sc. Ing. Qco. Javier Martínez, el generador, el transportista y el destinatario de los residuos deberán coordinar esfuerzos para asegurase que los residuos peligrosos se transporten en tiempo y forma hacia su destino. En términos generales las responsabilidades del transportista pueden ser:
58 b. Acondicionar correctamente los residuos en contenedores adecuados, debidamente
etiquetados, atendiendo los requerimientos del transportista y del destinatario. c. Emitir la documentación de la carga con los datos sobre la empresa generadora,
información sobre los residuos a ser transportados y el destino de los mismos. d. Proporcionar al transportista (en caso de que éste no los posea) la información sobre
procedimientos de emergencia y precauciones a ser tomadas.
e. Indicar al transportista el equipo de seguridad necesario con que debe contar en caso de accidente.
f. Proporcionar al transportista (en caso de que éste no los posea) los carteles con las indicaciones de peligro que deberá instalar en las unidades, de acuerdo al tipo de residuo peligroso.
g. Verificar que la empresa transportista esté debidamente autorizada y que la unidad de transporte cumpla con las especificaciones necesarias para el transporte del tipo específico de residuo peligroso involucrado.
h. Verificar que la operación de carga sea realizada por operarios capacitados, provistos de equipamiento de protección personal.
Algunas de las responsabilidades del transportista pueden ser:
a) Contar con la autorización para el trasporte del tipo específico de residuos de que se trate.
b) Contar con unidades adecuadas a las características de los residuos peligrosos que transportan.
c) Identificar la unidad de transporte con los datos de la empresa (razón social, dirección y teléfono).
d) Colocar señalizaciones de peligro, de acuerdo a las características de los residuos transportados.
e) Transportar sólo los residuos correctamente acondicionados, etiquetados y documentados.
f) Utilizar rutas de bajo riesgo, previamente establecidas. g) Proteger la carga durante el transporte de minimizar riesgos. h) Capacitar a los choferes
i) Someter a los vehículos a inspecciones técnicas periódicas.
j) Gestionar adecuadamente los documentos de la carga, de acuerdo a las exigencias correspondientes.
k) La unidad debe contar con equipo de comunicaciones.
l) Garantizar que las maniobras de carga y descarga se realicen por personal capacitado, con el equipo de protección personal adecuado y de manera de minimizar los riesgos, siguiendo protocolos establecidos.
m) Conocer los planes a seguir en caso de emergencias y contar con los elementos necesarios para su implementación.
59 Continua… n) Mantener estadísticas de accidentes e incidentes tanto de las unidades como del
personal e implementar medidas de mejora continua (Martínez, 2005)
En El Salvador existe un listado de las entidades autorizadas para el transporte de materiales peligrosos (Residuos y desechos), publicado por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN) el 16 de febrero de 2017 (Ver ANEXO E).
En materia de transporte de sustancias, residuos y desechos, el Decreto N° 41 “Reglamento especial en materia de sustancias, residuos y desechos peligrosos” establece:
Art. 52. - “El titular de las actividades dedicadas al transporte de sustancias, residuos y desechos peligrosos, además del Permiso Ambiental correspondiente, deberá contar para cada acción de transporte particular, con un documento de transporte en el que conste la información necesaria para la identificación de los materiales peligrosos transportados, indicando nombres, clasificación de riesgo, número de identificación, tipo y número de envases y embalaje.”
Art. 53. - “Por cada volumen de transporte, el generador o el almacenador, según sea el caso, deberá entregar al transportista un documento de transporte debidamente firmado en original y dos copias...”
Art. 54. - “Todo vehículo que transporte sustancias, residuos o desechos peligrosos, debe portar en lugar visible y fácilmente distinguible, un cartel que contenga el color indicador de la clase de riesgo, el número o nombre de esa clase y el número de identificación de las sustancias, residuos o desechos peligrosos, según las reglas técnicas, normas y disposiciones legales aplicables. Cada extremo y cada lado de un vehículo de motor, carro de ferrocarril, contenedor de carga o tanque portátil que contenga materiales peligrosos debe tener un rótulo en forma de diamante según los materiales que transporte...”
La simbología utilizada para el transporte de sustancias peligrosas mencionada en el Art. 54 se puede ver en la Tabla 1.15.
Tabla 1.15 Clasificación de riesgo y su simbología para transporte de sustancias, residuos y desechos peligrosos en El Salvador
CLASIFICACIÓN
DE RIESGO DIVISIÓN SÍMBOLO
1. Explosivos
1.1 Materiales que presentan un riesgo de explosión de toda la masa 1.2 Materiales que presentan un riesgo de proyección, pero no un riesgo de explosión de toda la masa 1.3 Materiales que presentan un riesgo de incendio y un riesgo de
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(Continuación)
Continua…
Tabla 1.15 Clasificación de riesgo y su simbología para transporte de sustancias, residuos y desechos peligrosos en El Salvador
CLASIFICACIÓN
DE RIESGO DIVISIÓN SÍMBOLO
que se produzcan pequeños efectos de onda de choque o proyección, o ambos efectos, pero no un riesgo de explosión de toda la masa.
1.4 Materiales que no presentan ningún riesgo considerable
1.5 Materiales muy insensibles que presentan un riesgo de explosión de toda la masa
2. Gases
2.1 Gas inflamable 2.2 Gas no inflamable 2.3Gas venenoso (tóxico)
3. Líquidos Inflamables
3.1 Líquidos con punto de inflamabilidad bajo 3.2 Líquidos con punto de inflamabilidad medio. Igual o superior a 18 °C e inferior a 23 °C 3.3 Líquidos con punto de
inflamabilidad elevado. Igual o superior a 23 ° C pero no superior a 61 °C
4. Solidos Inflamables
4.1 Solidos Inflamables 4.2 Materiales que pueden experimentar combustión espontánea
4.3 Materiales que al contacto con el agua o con el aire, desprenden gases inflamables 5. Oxidantes y Peróxidos Orgánicos 5.1 Oxidantes 5.2 Peróxidos Orgánicos 6. Materiales Venenosos 6.1 Materiales venenosos 6.2 Materiales Nocivos 6.3 Materiales Infecciosos
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(Continuación)
Tabla 1.15 Clasificación de riesgo y su simbología para transporte de sustancias, residuos y desechos peligrosos en El Salvador
CLASIFICACIÓN
DE RIESGO DIVISIÓN SÍMBOLO
7. Materiales Radiactivos N/A 8. Corrosivos N/A 9. Materiales Peligrosos Varios N/A Fuente: (Decreto N° 41, 2000)
Este reglamento también establece algunos criterios que deben tomarse en cuenta para el envasado y embalaje de las sustancias peligrosas que serán transportadas, así como el manejo de estos envases.
Art. 65. – “Para el transporte, tránsito y almacenaje, el envase y el embalaje de sustancias, residuos o desechos peligrosos deberán cumplir con las especificaciones y características que garanticen la gestión adecuada de las mismas.”
Art. 66. – “El envase y embalaje, antes de ser entregado para su transporte, deberá ser inspeccionado, para cerciorarse de que no presente corrosión, materiales extraños u otro tipo de deterioro.”
Art. 67. – “Las sustancias, residuos y desechos peligrosos sólo deberán contenerse en envases y embalajes que tengan la resistencia suficiente para soportar la presión interna que pudiese desarrollarse en condiciones normales de transporte, tránsito y almacenamiento.”
Art. 68. – “Todo envase y embalaje que haya contenido sustancias, residuos o desechos peli- grosas y sea descartado, deberá ser considerado residuo o desecho peligroso” (Decreto N° 41, 2000).
Según el Acuerdo Ejecutivo No.17 del 7 de Junio de 2005 (publicado en el Diario Oficial No.110, Tomo 367 del 15 de junio de 2005) de El Salvador, se aprueba la normativa emanada del Órgano Ejecutivo, cuya finalidad es regular la importación, transporte, almacenamiento y el proceso de sustancias peligrosas en El Salvador.
Por lo tanto, cualquier persona natural o jurídica que desee importar, transportar, almacenar o procesar sustancias peligrosas, deberá presentar el Formulario Ambiental correspondiente para obtener un Permiso Ambiental (Ver ANEXO F), en el Art. 1 y 2 de este acuerdo se deja
62 claro que la vigencia del permiso ambiental es de un año y toda persona natural o jurídica que se dedique a estas actividades debe realizar el proceso de ley para el otorgamiento de un nuevo permiso.
Los requisitos y documentos para presentar para la solicitud de este permiso son diferentes dependiendo de si el responsable de esta actividad será una persona natural o jurídica. Los requisitos a presentar para una persona natural son:
a) Formulario ambiental, lleno a máquina o letra de molde, presentar original y dos copias.
b) DUI y NIT del titular del proyecto.
c) Documento que demuestre la propiedad o tenencia del inmueble o terreno donde se pretende desarrollar el proyecto.
d) Escritura de poder, cuando fuere el caso. e) DUI y NIT del apoderado.
f) Croquis de Ubicación del proyecto.
g) Plano de Curva de Nivel y accidentes naturales.
h) Certificado vigente del cuerpo de bomberos de El Salvador por cada uno de los vehículos a utilizar.
i) Tarjetas de circulación de los vehículos a utilizar en original y copia. j) DUI y licencias de cada motorista en original y copia.
k) Si los vehículos no son de propiedad del titular, presentar documento que acredite la tenencia o el uso de los vehículos.
l) Plan de contingencia (Como reacciona la empresa en caso de accidente). m) Fichas técnicas del producto.
n) Hojas de Seguridad. (MARN, 2013)
Los requisitos a presentar para una persona jurídica son:
a) Formulario ambiental, lleno a máquina o letra de molde, presentar original y dos copias. b) Escritura de constitución de la sociedad o asociación.
c) Modificación de escritura de constitución de la sociedad, cuando fuera el caso. d) Credencial vigente de elección de junta directiva o administrador único. e) NIT de la sociedad o asociación.
f) DUI y NIT del representante de la sociedad o asociación. g) Escritura de poder, cuando fuere el caso.
h) DUI y NIT del apoderado.
i) Documento privado autorizando un tercero para realizar trámites, cuando fuere el caso. j) DUI y NIT de la persona autorizada.
63 l) Documento que demuestre la propiedad o tenencia del inmueble o terreno donde se
pretende desarrollar el proyecto. m) Croquis de Ubicación del proyecto. n) Plano de distribución del proyecto.
o) Plano de Curva de Nivel y accidentes naturales.
p) Certificado vigente del cuerpo de bomberos de El Salvador por cada uno de los vehículos a utilizar.
q) Tarjetas de circulación de los vehículos a utilizar en original y copia. r) DUI y licencias de cada motorista en original y copia.
s) Si los vehículos no son de propiedad del titular, presentar documento que acredite la tenencia o el uso de los vehículos.
t) Plan de contingencia (Como reacciona la empresa en caso de accidente). u) Fichas técnicas del producto.
v) Hojas de Seguridad. (MARN, 2013)