CAPÍTULO VI. POLÍTICAS INTERNACIONALES Y NACIONALES DE EQUIDAD
6.1 Transversalidad de la Perspectiva de Género en las Políticas Públicas
La transversalidad de la perspectiva de género en las políticas públicas se refiere a la influencia de los acuerdos internacionales en la implementación de acciones a nivel nacional, estatal y municipal.
Al respecto, Alberti (2004:10) distingue dos tipos de transversalidad de género: la
vertical y la horizontal. La primera la define como: “el enfoque que considera los
lineamientos sobre igualdad que vinculan el contexto internacional con el nacional
y local. (…) El hilo conductor de esta transversalidad son los Institutos de la mujer
de los tres niveles”, es decir, que las acciones encaminadas a la igualdad y
equidad de género entre mujeres y hombres que se aplican en el municipio de Tepeaca, Puebla, deben responden a las normatividades establecidas a nivel nacional y estatal. En cuanto a la que la transversalidad horizontal de género la
autora la interpreta “como el enfoque que considera los lineamientos realizados
por un gobierno concreto en todas sus dependencias, a favor de la igualdad”, en
este caso se refiere a las acciones efectuadas, a cualquier nivel de gobierno, para fomentar la perspectiva de género.
A continuación, se muestra en la Tabla 5, cuáles de las políticas internacionales, se ven reflejadas en el municipio de Tepeaca. De manera transversal vertical en acuerdo con el Artículo 3, de la CEDAW, llevada a cabo en 1979, México ha creado dos leyes para promover el desarrollo de las mujeres, las cuales son:
- Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en 2006 que orienta
a la Nación hacia el cumplimiento de la igualdad sustantiva en los ámbitos público y privado.
- Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vía Libre de Violencia en
2007, la cual busca que las mujeres tengan una vida libre de violencia para garantizar la democracia y el desarrollo integral y sustentable
136
Tabla 5. Transversalización de la perspectiva de género en las políticas públicas
Normatividad Estatal Normatividad Municipal
CEDAW IV Conferencia Mundial sobre la Mujer. Beijing 1995 Ley general para la igualdad entre Mujeres y Hombres
Política Nacional de Igualdad entre Mujeres y Hombres 2007-
2012
El Plan Nacional de Desarrollo 2013-
2018
Ley para la igualdad entre mujeres y hombres del
estado de Puebla
Plan Municipal de Desarrollo 2011-2014
Art. 57.“El éxito de las políticas
y de las medidas destinadas a respaldar o reforzar la promoción de la igualdad de género y la mejora de la condición de la mujer debe basarse en la integración de una perspectiva de género en las políticas generales relacionadas con todas las esferas de la sociedad, así como en la aplicación de medidas positivas con ayuda institucional y financiera
adecuada en todos los niveles”
Art. 16. Implementar
políticas en materia de igualdad en concordancia con la política nacional, y locales. -Coadyuvar a los gobiernos federal y Estatal en la consolidación de los programas de igualdad. -Proponer al ejecutivo las necesidades
presupuestales para los programas de igualdad.
Eje transversal 3. Perspectiva de Género Fomentar un cambio profundo empezando por las instituciones de gobierno
Art. 3.Municipios tienen la obligación de colaborar y coordinar sus actuaciones en materia de igualdad. Habrán de incorporar las perspectivas de género en todas sus políticas y acciones, objetivo general de eliminar las desigualdades y promover la igualdad. Misión: Promover equidad de ciudadanía en un contexto de participación, desarrollando políticas con un enfoque de derechos con el fin de contribuir al desarrollo inclusivo Art. 3. Se deben tomar medidas (legislativas) para asegurar el desarrollo y adelanto de las mujeres con el fin de garantizar el ejercicio pleno de sus derechos humanos
Art. 189. Los gobiernos deben promover una política activa y visible de incorporación de la perspectiva de género en todas las políticas y programas para analizar los efectos en cada género
Art. 5. Incorporar la perspectiva de género para valorar las implicaciones de las mujeres y hombres en cualquier acción que se programe, tratándose de legislaciones, políticas, públicas, actividades administrativas, económicas y culturales Objetivo 2.2 Transitar hacia una sociedad equitativa e incluyente Se debe de tener reconocer los problemas y necesidades de todos los sectores de la población en el momento de articular políticas
Art. 24 Promover la
coordinación institucional por medio de la realización de convenios o acuerdos entre los Municipios y los demás poderes del estado y el Instituto Poblano de las Mujeres, con el objetivo de fortalecer la igualdad y eliminar la discriminación. (También se relaciona con el tema de igualdad)
Visión: Lograr un municipio democrático incluyente que contribuya a garantizar los derechos ciudadanos con desarrollo consolidando un modelo de gobernabilidad para la equidad Meta 2 México Incluyente Valor de Equidad: Búsqueda de la justicia social, asegurando todas las personas, condiciones de vida y trabajo digno e igualitario sin hacer diferencias Normatividad Internacional Temática Transversalidad de la Perspectiva de Género en las Políticas Públicas
Objetivo 1. Institucionalizar una política transversal con perspectiva de género en la Administración Pública Federal y construir los mecanismos para contribuir a su adopción en los Poderes de la Unión, en los órdenes de gobierno y en el sector privado. plantea la estrategia de lograr la Institucionalización y la aplicación del Programa Fondo para el Desarrollo de las Instancias Municipales de la Mujer FODEIMM. Para la creación de Instancias Municipales de las Mujeres (IMM) y Apoyo a proyectos para la participación de las mujeres en el de desarrollo local. Para logara incorporar la perspectiva de género en las políticas públicas del municipio desde la visión del desarrollo humano y local
Normatividad Nacional
Fuente: Elaboración propia basada en normatividades internacionales, nacionales, estatales y municipales.
Por su parte el Estado de Puebla en el año 2007, atendiendo a la política nacional, crea:
- La Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del
Estado de Puebla
- Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Puebla en el
137
A nivel municipal, Tepeaca se encuentra regido por el Bando de Policía y Buen Gobierno, el cual fue aprobado y elaborado en el 2004. No obstante, este Bando Municipal únicamente contempla como infracciones lo relacionado al maltrato de animales, árboles, flores, adultos mayores, personas con capacidades diferentes, o niñ@s (pero en lugares públicos); así como ejercer la prostitución en la vía pública.
En cuanto a los acuerdos 57 y 189 de la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer llevada a cabo en 1995, nuestro país expresa su compromiso en los Artículos 5 y 16, en los que se establece que deben articularse políticas con perspectiva de género para que vayan dirigidas hacia las necesidades y problemáticas de mujeres y hombres de manera diferenciada. Por esta razón, el Artículo primero, de la Política Nacional de Igualdad entre Mujeres y Hombres de la administración federal 2007-2012, promueve por medio del Programa FODEIMM la creación de Instancias Municipales de las Mujeres y el apoyo a proyectos que promuevan el desarrollo local incluyente.
Por su parte, el Plan Nacional de Desarrollo (PND) de la administración Federal 2013-2018, estipula que para lograr un México Incluyente, es necesario tener en cuenta los problemas de toda lo población, lo cual se logra a través de políticas públicas con perspectiva de género. Expresa que como estrategia transversal horizontal llevar a cabo acciones gubernamentales con enfoque de género con el fin de propiciar cambios al interior de las instituciones de gobierno.
Como respuesta de la política transversal horizontal y vertical el Gobierno Ejecutivo de Puebla, implementa desde el año 2011 el Modelo de Equidad de Género en todas sus instancias de gobierno, además de que cuenta con una instancia de atención a las mujeres encargada de promover acciones y políticas públicas que logren el ejercicio pleno de los derechos de las mujeres. De acuerdo con la Directora Estratégica para la Institucionalización de la Perspectiva de Género del Instituto Poblano de las Mujeres (IPM), éste se creó en 1999, y nació
138
como una instancia pública para dar cumplimiento a los compromisos que establece México como Estado ante la ONU, al respecto relató:
“En 1999 se crea el Instituto Poblano de las Mujeres, en el 2000 se
crea el INMUJERES, o sea es un año después, como una política pública que nos va a ayudar a guiar el rumbo para que se establezca
como un principio la equidad de género,(…) desde un principio de
justicia ¿no? Para que se pudieran ver cuáles eran las necesidades reales de las mujeres y cuáles eran las desventajas que tenían con relación a los hombres y, ahorita ya vamos por la cuestión de la
igualdad (…) en el acceso a servicios, de oportunidades, en el
respeto a los derechos, en la participación política, igualad en todo pues, entonces, aparte somos como lugares donde se debe estar gestionando, al interior de la Administración Pública, lo que pueda haber, o todos los planes y programas que puedan salir con
perspectiva de género(…)” (Directora Estratégica para la
Institucionalización de la Perspectiva de Género del Instituto Poblano de las Mujeres, Puebla, 2013)
De acuerdo con la Directora Estratégica, el Instituto Poblano de las Mujeres ofrece:
- Orientación psicológica y asesoría jurídica;
- Área de ludoteca para hijos e hijas de las usuarias del Instituto,
- Kiosco de promoción de empleo, donde se cuenta con una bolsa de trabajo; - Capacitación para mujeres en empleos no tradicionales como: carpintería, reparación de electrodomésticos, elaboración de productos de limpieza, computación, así como empleos tradicionales: repostería, puesta de uñas de acrílico, entre otros;
- Talleres a la población sobre violencia, prevención de la violencia en el noviazgo y derechos sexuales y reproductivos,
- Talleres a funcionarias y funcionarios públicos en temas de: equidad de género, violencia, prevención del acoso y hostigamiento sexual, discriminación, derechos humanos de las mujeres y lenguaje incluyente.
139
Otra de las estrategias que lleva a cabo el Instituto Poblano de las Mujeres, es la elaboración de proyectos para promover la equidad de género, la igualdad de oportunidades, acciones que dan cumplimiento con el objetivo 1 de la Política Nacional de Igualdad entre mujeres y hombres. La Directora Estratégica para la Institucionalización de la Perspectiva de Género del IPM, detalló que en el 2012, se trabajó con dos proyectos: 1) Protocolos de Atención a la Violencia en los que se capacitaron a funcionarias y funcionarios públicos, 2) Implementación de metodologías para la aplicación de la perspectiva de género en las aulas, por medio de las y los profesores, por lo que se trabajó junto con la Secretaría de Educación Pública.
En resumen, el gobierno de Puebla ha impulsado acciones que se reflejan como una política transversal de género a nivel vertical, ya que propicia el cumplimiento de acuerdos internacionales por medio de acciones legislativas como la promulgación de leyes para la igualdad y contra la violencia, así como la creación del Instituto Poblano de la Mujer, por medio del cual se han puesto en marcha proyectos y apoyos para atender los problemas de estereotipos, discriminación y violencia a los que se enfrenta las mujeres poblanas. De manera interna, ha llevado a cabo una política que se traduce como transversal de género vertical, por medio de la Institucionalización de la perspectiva de género con la aplicación del Sistema de Gestión de Equidad de Género del MEG en sus instancias de gobierno.
Derivado de lo anterior y de los Artículos 3 y 24 de la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres de Puebla, así como del Objetivo 1 de la Política Nacional de Igualdad, que buscan lograr la transversalización de la perspectiva de género, por medio de acciones institucionales, el municipio de Tepeaca crea en el trienio 2008- 2011 el Instituto Municipal de las Mujeres de Tepeaca (IMMT). De acuerdo con los testimonios de la Directora del Instituto Municipal de las Mujeres de Tepeaca y la Regidora de Derechos Humanos, Juventud y Equidad de Género, el IMMT se abre con el fin de promover la equidad de género y la igualdad de derechos de las mujeres en relación con los hombres, además de surgir como una iniciativa
140
derivada de la preocupación del Ejecutivo Municipal ante las demandas constantes de mujeres víctimas de violencia en el Ministerio Público. Al respecto, amas autoridades comentaron lo siguiente:
“El instituto surge, y yo me imagino que es por la cuestión esta de tanta
violencia, que se demanda en el Ministerio Público, (…) el índice de violencia
está muy, muy alto acá” (Directora del Instituto Municipal de las Mujeres de
Tepeaca, 2013).
“(…) hasta donde yo tengo entendido el Presidente tenía esa inquietud de que
habían muchas mujeres que pedían ese apoyo, porque había maltrato, venían a pedir apoyo de que el esposo los había abandonado y entonces psicológicamente, jurídicamente, ellas pedían un apoyo, o sea el DIF siempre
ha existido y las ha apoyado pero hasta cierta limitante (…). Entonces, se hizo
el Instituto de la Mujer, mediante el programa de FODEIMM, que es el
Fortalecimiento de las Instancias Municipales de las Mujeres, (…) y les
otorgaron mobiliario y les otorgaron también recursos, para que dieran pláticas
sobre equidad de género, (…) incluso al Ayuntamiento se le capacitó en
equidad de género, en programas de equidad de género, entonces así fue como se fue fortaleciendo, en ese entonces el Instituto Municipal de las Mujeres, en ese trienio solamente se participó me parece que en un proyecto
del FODEIMM” (Regidora de Derechos Humanos, Juventud y Equidad de
Género, Tepeaca, 2013).
En seguimiento al programa FODEIMM, la Directora del IMMT acudió a las capacitaciones correspondientes para comenzar con el diseño del nuevo proyecto de equidad de género, el cual contempla los temas de empoderamiento de las mujeres y la actualización del Bando de Policía y Buen Gobierno de Tepeaca con perspectiva de género y, con ello contribuir al desarrollo incluyente que se plantea en la Misión del Plan Municipal de Desarrollo 2011-2014, descrita en la Tabla 5. De igual forma que el gobierno de Puebla, el Ayuntamiento de Tepeaca para dar cumplimiento con los acuerdos y artículos expuestos en la Tabla 5, consiguió certificarse en el Modelo de Equidad de Género (MEG) a partir del 30 de julio de
141
2010, permitiéndole conformar una Política de Equidad de Género en donde se estipula el compromiso del Ayuntamiento para promover la equidad de género entre sus trabajadoras. Será en el siguiente capítulo en donde se describirá a detalle la forma en la que se aplica el MEG en Tepeaca. No obstante, se reconoce, que dentro de esta temática, el Ayuntamiento de Tepeaca ha impulsado estrategias que cumplen con las normatividades tanto internacionales como nacionales y estatales, lo que refleja un avance importante en materia de género; sin embargo, y a pesar de que se ha manejado la propuesta de la actualización con perspectiva de género al Bando Municipal, la escueta atención hacia los problemas de género en el Ayuntamiento en cuanto a sus medidas legislativas, representa una carencia en cuanto al cumplimiento al artículo tres de la CEDAW, por lo tanto, un inconveniente para promover el ejercicio pleno de los derechos de las mujeres.