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4.3. INFRAESTRUCTURA CARCELARIA O PENITENCIARIA

4.3.2. Ubicación y descripción de la infraestructura

a) Ubicación.

Se encuentra ubicado en la Av. José Santos Chocano S/N, de la urbanización “La Capilla”, distrito de Juliaca, provincia de San Román, región Puno, con capacidad para albergar a 420 internos.

b) Infraestructura para al Régimen de Vida.

El establecimiento penitenciario de Juliaca, pertenece a un establecimiento de RÉGIMEN CERRADO, y dentro de este régimen penitenciario, funciona el régimen cerrado ordinario y el régimen cerrado especial.

En el RÉGIMEN CERRADO ORDINARIO, funciona las tres etapas, la etapa de máxima seguridad, etapa de mediana seguridad y la etapa de mínima seguridad, y en el RÉGIMEN CERRADO ESPECIAL, solamente funciona la ETAPA “C”, y para cada una de estas etapas se ha habilitado un pabellón, si bien es cierto se cumple con lo establecido en el artículo 11-C del Código de Ejecución Penal, sin embargo, lo más importante para el tratamiento, es que no se cumple con la separación de acuerdo a lo que establece el artículo 11 del Código de Ejecución Penal, ni tampoco se cumple lo prescrito en el artículo 46 del Reglamento del Código de Ejecución Penal, por cuanto de la visita realizada al interior del establecimiento penal, se ha constatado que los internos están mesclados, es decir, conviven, los primarios, los reincidentes y los multireincidentes. Esta falta de separación de internos según la norma de ejecución penal, es una de las causas del fracaso de los programas y métodos de tratamiento penitenciario en el establecimiento penal de Juliaca y además viola la Regla 8 de las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente.

c) Infraestructura destinada a los internos para pernoctar

La infraestructura diseñada para pernoctar en el establecimiento penal de Juliaca, también viola las reglas 9, 10, 11, 12, 13 y 14 de las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente. Por cuanto, las celdas y los ambientes destinados para el aislamiento no cuenta con ventanas, luz natural, sin aire fresco, sin ventilación, sin las instalaciones sanitarias (baño y de ducha) adecuadas para un ser humano. Si bien es cierto, cada ambiente tiene su propio lavadero y servicio sanitario, muchos de los cuales están deteriorados y no funcionan. Todos los pabellones del penal cuentan con patio anexo que sirve como cancha de fulbito, para recreación, es decir es destinado para todo tipo de recreación.

Se observa de la propia estructura arquitectónica del penal de Juliaca, no está concebida en función de una intervención resocializadora sino más bien en función de la seguridad, así de esta forma busca evitar la evasión o la fuga, así como para dominar al interno y obligarle a la sumisión. Por otro lado, como se puede observar que no permite disponer de espacios especiales suficientes para separar a los sentenciados de los procesados, circunstancia que obliga a una común convivencia

Lo ideal sería que el penal de Juliaca, estuviese ubicado en una zona más alejada del casco urbano de la ciudad y con un área de gran extensión, que permita no solamente la construcción de celdas y patios suficientes para el número de internos que tiene, sino con espacios de

mayor tamaño, para la instalación de más talleres como carpintería, tejidos, etc.

Esos terrenos, además, permitirían la construcción de escenarios deportivos, pues esta actividad es desarrollada ahora en los pequeños espacios (patios) con los que cuenta el penal.

La infraestructura respecto de los servicios higiénicos debe cumplir con mínimos requerimientos, pues al no cumplir con estos mínimos requerimientos se violan los derechos de los internos, que están consagrados en pactos internacionales sobre derechos humanos, por cuanto son factores de elemental convivencia. En los días de visita, la deficiencia se hace más notoria, pues se genera mayor hacinamiento y riesgo de contagio de enfermedades entre la población penitenciaria y la visita.

Como puede verse, si bien es una edificación moderna, sin embargo no tiene ambientes para brindar un tratamiento adecuado, al parecer su finalidad era solo albergar y de castigo, lo cual es también una causa de la ineficacia de los programas y métodos de tratamiento penitenciario, por cuanto hay una relación directa.

Es posible que en el tiempo en que se construyó era suficiente para albergar a un número racional de internos, ofreciéndoles unas condiciones bastante aceptables en ambientes y servicios higiénicos; sin embargo, desde hace pocos años con el incremento de los índices de criminalidad

en la región y en el país se han elevado su población penal sobrepasando largamente su capacidad de albergue.

Con las tendencias progresivas en el tratamiento penitenciario, el futuro inmediato exige en la ampliación de este establecimiento penal de Juliaca, ya que la resocialización implica desarrollar todos los elementos del tratamiento penitenciario como el trabajo, la educación, la salud, la asistencia social, la asistencia legal, así como, la asistencia religiosa en grandes espacios abiertos debidamente adecuados.

En la cárcel se puede ver realmente el carácter aflictivo del sistema de justicia penal. En los últimos años el estado inconstitucional de cosas ha sido motivado por un inflacionismo punitivo, representando básicamente en la creación de innecesarios tipos penales y el incremento irracional de las penas drásticas, legisladas por la coyuntura, ha llevado a tener los índices de hacinamiento más alto.