El sur del sur: los intereses estratégicos de la Patagonia Otro sur, el del territorio de nuestro país, también ocupa un lugar estra-
3.1 UNA MIRADA HISTÓRICA: LAS LEYES QUE AMPARARON
EL SAQUEO EN LA PATAGONIA1
Hecha la ley, hecha la trampa Fernando Kosovsky2
En primer lugar, tenemos que aclarar que detrás de los conflictos de tierras subyace una historia, muy reciente, que tiene un punto discrecional de ini- cio. Con la constitución del estado argentino, entre 1853 y 1860, podemos encontrar algunos hitos para ir comprendiendo que hoy no llegamos a esto casualmente ni por descuido, sino que hay un plan sistemáticos de sectores del poder -que siguen hoy en el poder- que fue y es pensado por ideólogos que sostienen a empresarios que están disfrazados de políticos o viceversa.
Podemos comenzar con la presidencia de Bartolomé Mitre en 1862, con la ley nacional Nº 28, que decía que todo lo que no estaba dentro de las provincias históricas -la Patagonia no estaba en ese momento en lo que era jurisdicción nacional- iba a pasar a ser jurisdicción nacional. O sea, 1 Intervención en el seminario: “Patagonia: nuevos escenarios de conflicto por el territorio y construc- ción de resistencias”, realizado en la ciudad de El Bolsón, los días 21,22 y 23 de septiembre de 2007. 2 Miembro del GAJAT (Grupo de Apoyo Jurídico por el Acceso a la Tierra) y asesor legal de la Co- munidad Mapuche Santa Rosa Leleque.
el que iba a decidir en los conflictos que se presentaran allí iba a ser el estado nacional, no los gobiernos de las provincias. Mitre es el fundador del diario La Nación y pertenecía a un partido autodenominado Liberal. En 1865, en la ley Nº 215, ya no se habla sólo de los territorios fuera de las provincias, sino de los territorios indígenas que están fuera de las pro- vincias, pasan al estado argentino. En 1867, en las postrimerías del fin de la Guerra de Paraguay, se dicta otra ley -como cierre de la presidencia de Mitre- que aprueba la campaña militar en el congreso de nación. Ésta es la autodenominada “Campaña al desierto”. Sin embargo, en ese momento, el estado argentino no tenía los recursos para hacer esta campaña, porque se los había gastado en la Guerra del Paraguay, porque subsidiaba con sus aduanas al comercio de la oligarquía de los distintos partidos que estaban en el gobierno. Es por eso que en 1874 se sanciona la denominada Ley de Expansión de Fronteras, cuando era presidente Nicolás Avellaneda y Julio Argentino Roca, Ministro de Guerra. Esta ley, que no hablaba de “fronte- ra” sino de “fronteras”, permitió que el estado nacional contrajera deuda externa e interna para financiar esta campaña, que se había aprobado siete años antes. Aprobada esa ley, se comprueba en los balances de las finanzas públicas que quienes habían hecho los mayores aportes para esta ley de créditos de guerra -la podemos llamar así- eran los mismos miembros de la oligarquía gobernante y las empresas inglesas. Los dos partidos gober- nantes que se alternaban en el gobierno, Liberal y Autonomista, habían aprobado por consenso estas leyes que tendían a la apropiación de territo- rio. Con estas aclaraciones estoy tratando de terminar con esta fantasía de que existía una discusión hacia adentro del estado argentino, en relación a que había un sector ilustrado, como el partido de Sarmiento, que decía que había que colonizar e implementar una política de farmers o pequeños esta- blecimientos agropecuarios. Si bien esto se planteaba desde el discurso, la realidad era que había que generar un espacio vacío en estas nuevas tierras, para seguir sosteniendo a esa oligarquía en el poder para lograr financiar la toma de esas tierras y el envío de los recursos a la metrópoli, que en ese momento era Inglaterra.
Cuatro años más tarde, también en la presidencia de Avellaneda, se san- ciona la ley Nº 947, que es la de la fijación de límites en los territorios por ocupar. Es decir, todavía no habían sido conquistados militarmente pero ya estaban fijados los límites, que son casi los mismos que hoy tenemos en las provincias patagónicas, y en ese momento eran los territorios naciona- les de La Pampa, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego. Estos límites, que delimitaban los territorios por ocupar, iban consolidando la idea de que desde Buenos Aires, esta oligarquía, este gobierno ilustrado, iba a decidir el destino de toda la población que estaba en estos territorios. Y había una sociedad que habitaba en estas fronteras, en la que convivían los pueblos originarios y gente pionera, mestiza; seguramente tenían con- flictos pero coexistían. La ley de expansión de fronteras arrasó con esta sociedad, que deja de existir como tal y nace un espacio vacío. En este proceso, tenemos dos leyes claves, la Ley del Hogar, Nº 1201, que permitía donar hasta 625 has. o sea un cuarto de legua, y la Ley Nº 1285 que es la Ley de Tierras, la primera después de la Ley de Enfiteusis previa al estado nacional, que establecía topes máximos para la venta de las tierras de hasta 40.000 has.. La condición para entregar concesiones, para eventualmente después vender las tierras, era que los concesionarios iban a colonizar, a crear pequeñas comunas, donde se desarrollasen las actividades que exis- tían en los lugares donde ya el estado tenía una presencia. La justificación de la presencia del estado era que, en este lugar llamado luego región pa- tagónica, había bárbaros que no sabían administrarlo, que malgastaban los recursos existentes y que era necesaria la presencia del estado para generar colonias de familias provenientes de Europa, donde sí se sabía trabajar la tierra y explotarla -ya se empiezan a introducir estos conceptos-. Sin embargo vemos que ninguno de estos conceptos, que eran los que justifi- caban la presencia del estado, se cumplió. Tenemos el caso paradigmático de la Compañía de Tierras inglesa que recibió 620.000 has en concesión y no formó ninguna colonia.
Además, la justificación de la presencia del estado era poder administrar adecuadamente. Hay un contrasentido en intentar administrar desde Bue-
nos Aires la Patagonia, cosa imposible. Ni siquiera los municipios de la propia Patagonia logran administrar adecuadamente sus propios territo- rios. En aquella época, con la dificultad en las comunicaciones y la falta de información, era imposible administrar adecuadamente esos territorios. De todas formas, suponiendo que se podía, no se hizo. A diferencia de lo que sí hacían los que iban a ser los concesionarios, que ya habían hecho expediciones, investigaciones, relevamientos de cuáles eran los mejores lugares, el gobierno no lo había hecho. Estos concesionarios se quedaron con las mejores tierras y además, alteraron los límites de las concesiones, quedándose con más tierras de las que les habían concedido. Esto lo digo porque he visto los títulos que presentó Benetton en el juicio para despo- jar a la Comunidad Mapuche Santa Rosa Leleque. En esos títulos aparecen 16.919 has en exceso, que se entregaron en una sola concesión de 80.000 has, hecho confesado por el propio agrimensor. En segundo lugar, el es- tado nacional, que también se planteaba como correcto administrador, no tenía infraestructura, no tenía agrimensores, y los que hacían las mensu- ras eran agrimensores particulares puestos por las compañías. Estamos en 1896, y más de cien años después, seguimos igual. Así se forman los latifundios de la Patagonia.
La última ley, que consolida la formación de estos latifundios, se sanciona en 1891 y se llama, sin ningún tipo de vergüenza, Ley de Liquidación. Comparando con la ley anterior, la de Avellaneda, que daba las concesio- nes a cambio de colonizar en los mejores lugares, en las mejores pasturas, el Nahuel Huapi, la zona de la Comarca, la Ley Nº 2875 de Liquidación reconoce que todos violaron la ley y que si se daban tierras de más en las concesiones después se podían comprar. El fraude y la dilapidación de los recursos, que en ese momento ya eran públicos porque ya se había termi- nado oficialmente la guerra, se logran a partir del desconocimiento, la des- información, el engaño sistemático y la falsa idea de que el estado-nación es capaz de administrar adecuadamente estos recursos y conflictos. Hasta ahora han demostrado que no lo es. Este planteo es para tratar de desmi- tificar la idea de que el estado todo lo puede o la idea de que el estado-
nación es infalible. Cuando se leen los diarios de sesiones del Senado de la Nación de los años posteriores a la campaña, aparecen los colonos, no los pobladores originarios que se habían tenido que refugiar en la cordillera, o que habían sido cautivados y mandados a vagar por la isla Martín García, o de esclavos a las estancias de la oligarquía o a los ingenios azucareros. Los colonos, que convivían en esta sociedad transfronteriza, le reclamaban al estado la adjudicación de tierras que el ejército a su paso les había confis- cado y que les paguen las deudas por alimentos, porque habían tenido que sostener a ese ejército. Esas tierras siguen hoy en poder de los mismos que financiaron esa campaña.