CAPÍTULO III. PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA
3.4. Validación de la propuesta
Para validar de la presente propuesta de tesis, se han considerado los criterios de los siguientes expertos en derecho: 1° Dr. Nelson Aníbal Jaramillo Tulcán, Coordinador de la Unidad de Mediación y Paz del Carchi; 2° Dr. Jairo Xavier Revelo Ortega y 3° Dr. Wilson Raúl Tandazo Estrada, Secretario de la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Tulcán. De los profesionales que validaron esta propuesta investigativa, detallo a continuación sus datos informativos:
a) Nombres y Apellidos: Nelson Aníbal Jaramillo Tulcán Nº de Cédula: 0400987624
Título de mayor jerarquía: Doctor en Jurisprudencia
Institución en la que labora: Corte Provincial de Justicia del Carchi Cargo actual: Coordinador de la Unidad de Mediación y Paz del Carchi Años de servicio: 2 años
Experiencia profesional: 11 años
b) Nombres y Apellidos: Wilson Raúl Tandazo Estrada Nº de Cédula: 0401065628
Título de mayor jerarquía: Doctor en Jurisprudencia y Abogado de los Tribunales Institución en la que labora: Corte Provincial de Justicia del Carchi
Cargo actual: Secretario de la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Tulcán Años de servicio: 1 año 5 meses
Experiencia profesional: 6 años
c) Nombres y Apellidos: Jairo Xavier Revelo Ortega Nº de Cédula: 0401231899
Título de mayor jerarquía: Abogado de los Juzgados y Tribunales de la República del Ecuador
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Institución en la que labora: Corte Provincial de Justicia del Carchi
Cargo actual: Coordinador de la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Tulcán Años de servicio: 1 año 10 meses
Experiencia profesional: 7 años
3.4.1. Validación de los Resultados de la Propuesta
El primer indicador de calidad, correspondiente al “Rigor Científico” de la propuesta desplegada en el presente trabajo de investigación y que ha sido revisada de forma minuciosa por expertos en la materia de derecho, de los cuales dos de los expertos han manifestado que el rigor jurídico ha sido manejado de una forma excelente y uno de los ellos lo considera muy bueno; razón por la cual se determina que el trabajo investigativo corresponde a una realidad nacional que engloba problemas de índole jurídico y que requieren de forma urgente la reforma de las sanciones administrativas dirigidas a los infractores que realicen actividades contrarias a la Ley de Sanidad Animal y su Reglamento y que se ajusten a la realidad actual de nuestro país.
Tabla 1.- Rigor Científico
INDICADOR FRECUENCIA % Excelente 2 67% Muy bueno 1 33% Bueno 0 0% Regular 0 0% Malo 0 0% TOTAL 3 100%
Fuente: Investigación de Campo - Elaborado por: Rolando Fabián Ortiz Rosero
El segundo indicador corresponde a la “Estructura Metodológica de la propuesta” llevada a cabo en la presente investigación. De forma unívoca todos los validadores han coincidido en que la estructura metodológica es excelente, ya que se ha empleado los métodos y técnicas de investigación que han determinado la existencia de un problema jurídico que requiere la reforma urgente de la sanción administrativa que permita sancionar de forma proporcional al infractor de la ley de Sanidad Animal y garantizar de esta manera la vida y salud de las personas y los derechos de la naturaleza.
53 Tabla 2.- Estructura Metodológica de la propuesta
INDICADOR FRECUENCIA % Excelente 3 100% Muy bueno 0 0% Bueno 0 0% Regular 0 0% Malo 0 0% TOTAL 3 100%
Fuente: Investigación de Campo - Elaborado por: Rolando Fabián Ortiz Rosero
El tercer indicador de calidad corresponde a la “Organización de Procesos” desarrollada en el presente tema de investigación, dos de los expertos están de acuerdo con la clasificación de los temas abordados, indicando que es excelente dicho procedimiento; por su parte uno de los validadores lo considera muy bueno.
Tabla 3.- Organización de Procesos
INDICADOR FRECUENCIA % Excelente 2 67% Muy bueno 1 33% Bueno 0 0% Regular 0 0% Malo 0 0% TOTAL 3 100%
Fuente: Investigación de Campo - Elaborado por: Rolando Fabián Ortiz Rosero
Con respecto al cuarto índice de calidad, referente a viabilidad para la aplicación práctica, relacionada al presente trabajo de investigación, los expertos concuerdan que al existir un problema real dentro del campo jurídico administrativo, es urgente y necesaria la reforma de las sanciones aplicadas actualmente dentro de la Ley de Sanidad Animal, estableciendo una debida proporcionalidad entre la infracción y la sanción que esté de conformidad a nuestra realidad y que esto permita garantizar los derechos a la vida y salud de las personas y los derechos de la naturaleza.
El quinto índice de calidad, se refiere a establecer que el trabajo es “Oportuno”, urgente de efectuarlo por existir un problema latente dentro de la sociedad ecuatoriana, por lo que al hacer la revisión de la investigación planteada en este trabajo, los expertos lo califican de
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excelente por que han observado que es un tema actual que no ha sido analizado y que es trascendente para garantizar los derechos garantizados en la Constitución 2008.
Tabla 4.- Oportuno INDICADOR FRECUENCIA % Excelente 3 100% Muy bueno 0 0% Bueno 0 0% Regular 0 0% Malo 0 0% TOTAL 3 100%
Fuente: Investigación de Campo - Elaborado por: Rolando Fabián Ortiz Rosero
Conclusiones parciales del capítulo.
En la Ley de Sanidad Animal es necesario que se aplique eficazmente el principio de proporcionalidad en la imposición de la sanción pecuniaria al presunto infractor, tomando en consideración que en la actualidad la sanción impuesta en su artículo 30 es irrisoria. El faenamiento de animales de consumo ha sido una costumbre que cierto sector de la
población tulcaneña ha realizado como actividad económica durante muchos años. Pero al no contar con los conocimientos, técnicas, ni el lugar idóneo para la realización de esta actividad, ponen en riesgo la vida y salud de las personas y los derechos de la naturaleza. Es esencial la validación realizada por profesionales expertos en tema objeto del presente
trabajo de tesis, por cuanto se ha justificado de forma satisfactoria la aplicación del método empírico del conocimiento, su estructura metodológica aplicación práctica y de actualidad jurídica que demuestran la viabilidad de la investigación efectuada.
55 CONCLUSIONES GENERALES
Una vez concluido el presente trabajo investigativo, se concluye:
Desde la creación misma de la Ley de Sanidad Animal, se obvió analizar los posibles efectos que podrían producir sus sanciones administrativas, dejando indefensas a las personas que han venido siendo afectadas en su derecho a la vida y salud y la repercusión que se ha venido dando en la naturaleza.
De los resultados obtenidos se concluye como urgente la reforma al Artículo 30 de la Ley de Sanidad Animal que versa sobre la aplicación de una irrisoria sanción pecuniaria contra quienes realizan faenamiento de animales destinados al consumo humano en el sentido de que se debe establecer una sanción administrativa que sea proporcional a la infracción cometida.
Al hacer un análisis de los efectos que produce la desproporcionalidad de la sanción administrativa establecida en la Ley de Sanidad Animal, afecta directamente a ciertos derechos establecidos en el régimen del buen vivir establecidos en la Constitución 2008. El principio de proporcionalidad va encaminado a que se cumpla con lo establecido en el
artículo 76 numeral 6 de la Constitución de la República del Ecuador, garantizando que se haga efectivo el cumplimiento de este precepto fundamental.
Expertos en el tema refieren su análisis al contenido jurídico y social de esta investigación, debido a que el artículo 30 de la Ley de Sanidad Animal al establecer que se apliquen sanciones pecuniarias irreales que no corresponden a nuestra realidad, deben ser modificadas de forma urgente, a fin de evitar que se continúe con la vulneración de derechos constitucionales, por lo que ha considerado oportuno el tema investigado, razón por la cual se ha procedido a validar esta propuesta, indicando que es un tema actual y factible de ejecutarlo.
56 RECOMENDACIONES
A la Asamblea Nacional del Ecuador, que dentro de sus funciones y atribuciones establecidas el artículo 9 numeral 6 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa está el
“Expedir, codificar, reformar y derogar las leyes…”, para que envíe a la respectiva Comisión, la reforma urgente al artículo 30 de la Ley de Sanidad Animal, que establezca una sanción proporcional al daño causado para quienes incumplan con las normas requeridas para el faenamiento de animales de consumo humano, a fin de garantizar que no se vulnere el derecho a la vida y salud de las personas y derechos de la naturaleza.
A las Instituciones que controlan la actividad pecuaria en la ciudad de Tulcán, para que realicen campañas de socialización en la prevención de enfermedades de los animales destinados al faenamiento y les brinden un trato adecuado previo su sacrificio, para que el producto sea el adecuado al momento de llegar a los hogares.
A los Ministerios de Agricultura Ganadería Acuacultura y Pesca, Ministerio de Salud Pública y entidades que aportan en la prevención y control del consumo de productos de origen animal para que concienticen a los usuarios de los servicios ganaderos a fin de que cumplan la normativa y eviten la vulneración de derechos constitucionales.
A la ciudadanía en general, que conozca del funcionamiento de camales clandestinos, realice las denuncias correspondientes ante las autoridades de AGROCALIDAD, MAGAP y demás órganos de control que velan por los derechos de las personas y de la naturaleza. A los estudiantes de la carrera de Derecho de la Universidad Regional Autónoma de los
Andes, UNIANDES, para que utilicen el presente material de estudio, como fuente de consulta para la realización de investigaciones futuras en la aplicación de casos análogos que les servirá de referente para la obtención de sus resultados.
BIBLIOGRAFÍA
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A N E X O S
Anexo 1. Aprobación del Perfil de Tesis Anexo 2. Casos Prácticos
Anexo 3. Validación de la Propuesta Anexo 4. Glosario
Anexo 4. Glosario
Ambiente.- Se entiende al ambiente como un sistema global integrado por componentes naturales y sociales, constituidos a su vez por elementos biofísicos en su interacción dinámica con el ser humano, incluidas sus relaciones socio-económicas y socio-culturales. Autoridad Ambiental Competente (AAC): Son competentes para llevar los procesos de prevención, control y seguimiento de la contaminación ambiental, en primer lugar el Ministerio del Ambiente y por delegación, los gobiernos autónomos descentralizados provinciales, metropolitanos y/o municipales acreditados.
Compensación por daño socio-ambiental.- Resarcir de forma equivalente y colectiva, los daños ambientales generados durante la ejecución de una obra, actividad o proyecto, que causan pérdidas de los bienes o servicios ambientales temporal o permanentemente y que puedan afectar a las actividades humanas relacionadas a la presencia y funcionamiento de dichos bienes y servicios. Las acciones de inversión social que ejecuta el Estado y las actividades de responsabilidad social de una empresa, no deben ser consideradas como sinónimos de este concepto, que aplica exclusivamente a aquellos daños directa o indirectamente relacionados con el daño ambiental.
Contaminación.- La presencia en el medio ambiente de uno o más contaminantes o la combinación de ellos, en concentraciones tales y con un tiempo de permanencia tal, que causen en este condiciones negativas para la vida humana, la salud y el bienestar del hombre, la flora, la fauna, los ecosistemas o que produzcan en el hábitat de los seres vivos, el aire, el agua, los suelos, los paisajes o los recursos naturales en general, un deterioro importante.”
Daño ambiental.- Es el impacto ambiental negativo irreversible en las condiciones ambientales presentes en un espacio y tiempo determinado, ocasionado durante el desarrollo de proyectos o actividades, que conducen en un corto, mediano o largo plazo a un desequilibrio en las funciones de los ecosistemas y que altera el suministro de servicios y bienes que tales ecosistemas aportan a la sociedad.
Emisión.- Liberación en el ambiente de sustancias, preparados, organismos o microorganismos durante la ejecución de actividades humanas.
Hábitat.- Son las diferentes zonas terrestres o acuáticas diferenciadas por sus características geográficas, abióticas y bióticas, relativas en su extensión y ubicación a los organismos
que las ocupan para realizar y completar sus ciclos de nacimiento, desarrollo y reproducción.
Incidente ambiental.- Es cualquier percance o evento inesperado, ya sea fortuito o generado por negligencia, luego del cual un contaminante es liberado al ambiente o una infraestructura se convierte en una fuente de contaminación directa o indirecta, lo que causa una alteración de las condiciones naturales del ambiente en un tiempo determinado.
Anexo 5. Artículo Científico
Argumentación Jurídica sobre la desproporción en la Ley de Sanidad Animal y la violación de derechos fundamentales
Universidad Autónoma de los Andes – UNIANDES - Tulcán
Facultad de Jurisprudencia Carrera de Derecho
Rolando Fabián Ortiz Rosero
Dirección electrónica: [email protected] Tecnólogo en Administración Aduanera Egresado en derecho
Celular 0992950906 Tulcán, marzo 2017 Resumen
El propósito de la “Argumentación jurídica sobre la desproporción en la Ley de Sanidad Animal y la violación de derechos fundamentales” es la aplicación del principio de proporcionalidad consagrado en la Constitución de la República del Ecuador que garantice el cumplimiento del debido proceso.
Dentro de la Ley de Sanidad Animal, referente a las infracciones y sanciones administrativas, se crea la necesidad de reformar el artículo 30 en el que se plantean sanciones pecuniarias irrisorias contra quienes hacen faenamiento de animales de consumo de forma ilegal, mediante la imposición de rubros significativos que permitan concientizar al presunto infractor sobre los daños que puede ocasionar contra la vida y salud de las personas y derechos de la naturaleza.
Palabras clave:
Abstract
The purpose of the "Legal Argumentation on disproportion in the Animal Health Law and violation of fundamental rights" is the application of the principle of proportionality enshrined in the Constitution of the Republic of Ecuador to ensure compliance with due process.
Within the Animal Health Law, concerning infractions and administrative sanctions, there is a need to reform Article 30, which considers pecuniary sanctions against those who make illegal consumption of animals through the imposition of meaningful items to make the alleged offender aware of the harm that can be done against the life and health of people and the rights of nature.
Keywords:
Legal Argumentation, Legal Method, Animal Health Law Introducción
Para llevar adelante el presente trabajo de Tesis, realicé mi fundamentación en el artículo 30 de la Ley de Sanidad Animal, para lo cual, luego de revisar la investigación documental en los repositorios de tesis de Derecho y Ciencias Jurídicas, no se ha realizado el tema que he presentado.
La problemática en la cual basé mi investigación fue la vulneración que la Ley de Sanidad Animal ejerce sobre los derechos fundamentales consagrados en la Constitución de la República del Ecuador, en relación al artículo 76, numeral 6; tomando en consideración lo expuesto, se procedió a la elaboración del siguiente problema científico: La irrisoria sanción establecida en el artículo 30 de la ley de Sanidad Animal, vulnera los derechos constitucionales a la vida y salud de las personas y derechos de la naturaleza; precepto fundamental que está establecido en la Constitución de la República en el artículo 76 numeral 6.
El propósito de la investigación fue diseñar un anteproyecto de reforma al artículo 30 de la Ley de Sanidad Animal, reformando la sanción pecuniaria impuesta en dicho artículo, que establezca una sanción que esté acorde con la infracción cometida y el daño causado, aplicando el principio de proporcionalidad, respetando así el cumplimiento de las garantías
básicas del debido proceso establecidas en la Constitución de la República del Ecuador; se logró establecer que existen falencias graves y que son de orden jurídico en la elaboración de la Ley de Sanidad Animal, en relación a la Constitución de la República del Ecuador. Materiales y métodos
La metodología de la investigación científica utilizada para la realización de la argumentación jurídica sobre la desproporción de la Ley de Sanidad Animal, se fundamentó en la Investigación documental, utilizada para determinar las fuentes de derecho documental como la Constitución de la República del Ecuador, códigos, leyes y ordenanzas dentro del ordenamiento jurídico ecuatoriano; además se basó en la observación científica, dentro de un territorio específico; además se aplicó la investigación jurídica, propia de la Carrera de Derecho lo que permitió estudiar varias normas legales que se refieren a la ley de Sanidad Animal, el principio de proporcionalidad y derechos fundamentales
Resultados y Discusión
La investigación se realizó en la ciudad de Tulcán, Provincia del Carchi en las oficinas del MAGAP, AGROCALIDAD, Centro de Faenamiento Municipal del Cantón Tulcán, abogados en libre ejercicio profesional y personas que laboran en el sector privado y que están relacionadas directamente con el transporte y comercialización de animales de abasto como son frigoríficos y tercenas de la localidad; además se consultó del tema, objeto de esta investigación a las personas que acuden a realizar la adquisición de estos productos para su consumo. La muestra aplicada fue a 100 personas, conocedoras del tema a investigarse.
Tabulación de Resultados
De la encuesta aplicada a funcionarios del MAGAP, AGROCALIDAD, Camal Municipal del Cantón Tulcán, Unidad Judicial de lo Civil con Sede en el Cantón Tulcán, Abogados en libre ejercicio profesional y ciudadanía en general, se logró evidenciar los resultados