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DESARROLLO DE LA PROPUESTA

7.2. VALORACIÓN DEL CASO

Fundamentación de la demanda

Fundamenta su demanda en el Art. No. 252 numeral 2 del Código Civil que dice: “El reconocimiento podrá ser impugnado por toda persona que pruebe interés actual en ello”; y, con esto, en relación a los fundamentos de hecho consignados en la demanda contextualizan la pretensión del accionante en una acción judicial que no es de impugnación de la paternidad sino de Impugnación del Reconocimiento de Paternidad y que se declare que el accionante, señor Ramón Alexander Zambrano Sánchez no es su padre, por haberse tratado de un acto ajeno a su voluntad en procura de que el adolescente Gabriel Alexander Mejía Mejía cuente con una “apellido paterno”,

30 Las acciones de impugnación

Las acciones de impugnación de acta de reconocimiento y de paternidad son acciones que si bien tienen similitud en cuanto a los efectos que producen respecto de la persona legitimada en forma pasiva el hijo o hija son esencialmente distintas en razón de la naturaleza que acompaña a cada una de ellas.

Al verificarse la práctica del examen de ADN, considerada en los casos de investigación o impugnación de la paternidad como de obligatoria aplicación y observación por parte de los jueces de instancia en fallos de triple reiteración de la Corte Suprema de Justicia, puesto que esta prueba pericial reúne requisitos científicos que permiten tener certeza respecto de la filiación que se reclama o impugna, criterio que prevalece en las sentencias que se expiden por parte de la Corte Nacional de Justicia con la sentencia N.- 99-2013 que dice en su parte pertinente: “Cabe puntualizar que el derecho a la identidad del menor, en las acciones de investigación de paternidad, maternidad, o de su impugnación, por lo cual se demostró que no tenían ninguna relación biológica.

Importancia de la prueba del ADN

La prueba biológica del ADN es trascendental para establecer la investigación y búsqueda de la verdadera paternidad biológica, siempre y cuando no se lleve a la práctica en forma irregular o se la realice vulnerando otros derechos igualmente protegidos”, además si se hubiera realizado dicho examen en la demanda presentada el tres de abril del dos mil catorce, a las once horas y tres minutos, el proceso seguido por Ester María Mejia Mejia, donde el juez resuelve declararla con lugar imponiéndole una pensión alimenticia de cien dólares con 00/100 dólares ($100.00), pagaderos desde la presentación de la demanda, más los beneficios legales, por mesadas adelantadas, conforme lo dispone el Art. Innumerado 14 de la Ley Reformatoria del Código de la Niñez y Adolescencia, ello apegado a la Tabla de Pensiones Mínimas.

31 CONCLUSIONES

Desde la fundamentación teórica de la investigación se estableció con criterios de reconocidos autores como Cabanellas, García, Rodríguez entre otros sobre la práctica de la prueba de ADN en la impugnación de paternidad, demostrando la manera adecuada de plantear esta demanda donde se plasmó dentro del estudio realizado.

Desde el procedimiento metodológico desarrollado en la presente investigación se observó cómo no se aplicaban en forma correcta la obtención en la práctica de la prueba de ADN en la impugnación de paternidad, donde el alimentante al no tener los recursos para esta prueba el juez resolvió en base a la rebeldía, donde después de unos años se demostró su equivocación perjudicando ahora a la parte actora de esta causa.

Desde el análisis jurídico del caso se expresa que el señor juez le causó un daño irreparable al alimentante, ya que se le estaban cobrando pensiones alimenticias por un hijo que no era suyo, solo por el simple hecho de no contar con los recursos para realizarse la prueba de ADN, además también se le vulneró el derecho a la libertad ya que se giró boleta de apremio, ahora después al iniciar este incidente de impugnación de reconocimiento de paternidad demostró fehacientemente que él no era el padre, pero ya se lo perjudicó emocional y financieramente.

32 8.- BIBLIOGRAFÍA

Anbar, (2001) Diccionario Jurídico con Legislación Ecuatoriana. Cuenca-Ecuador: Editorial Fondo de la Cultura Ecuatoriana.

Andrade, F. (2008). Diccionario Jurídico Educativo de los Derechos de la Niñez y Adolescencia. Quito-Ecuador: Editorial Jurídica.

Aquino, M., (2001). Justicia y paz. Estados Unidos, London: Ed. Dykinson S.A.

Bosserte, G y Zannoni, E., (2004). Manual de Derecho de Familia. Editorial Astrea de Alfredo y Ricardo Depalma.

Cabanellas. G., (2001). Diccionario Jurídico Elemental. Argentina: Editorial Heliasta,

Cabrera, J., (2010). Interés Superior del Niño. Quito-Ecuador: Ed. Cevallos Librería Jurídica

Castillejo, R., (2007). Guardia y Custodia de Hijos Menores: Las Crisis Matrimoniales y de Parejas. Madrid- España: Editorial La Ley.

Cabanellas, G. (2003). Diccionario Jurídico Elemental. Buenos Aires-Argentina: Editorial Heliasta.

Cevallos, J. (2009). Derecho de Alimentos, Filiación y Paternidad. Quito-Ecuador: Ed. Gráficas Ruíz.

De Santo, V., (1999). Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas, Sociales y de Economía. Buenos Aires-Argentina: Editorial Jurídica Universidad.

33 García, J., (2009). Manual Teórico. Quito-Ecuador: Ediciones Rodin.

García, J. (2013). Declaración de Paternidad. Revista Judicial.

Gascón, M., (2011) “Validez y Valor de las Pruebas Científicas: La Prueba del ADN”, Revista monografías jurídicas UCLM,

Karp, G., (2009). Biología celular y molecular. México: Editorial Mcgraw-Hill / Interamericana de México.

Larronde, H. (2011). Derecho de Familia. Chile: ED. Legal Publishing Chile.

López, F. (2007). Tomo II Derecho de familia. Caracas-Venezuela: Editorial Universidad Católica Andrés Bello.

Madé. S., (2006). Metodología de la investigación. México: Editora Mac Graw Hill.

Ossorio, M., (2012). Diccionario de Ciencias Jurídicas y Sociales, Editorial Heliasta,

Palacio, L. (1973). Manual de Derecho Procesal Civil. Tomo I. (p.554). Buenos Aires: Abeledo Perrot.

Puig, F. (1976). Compendio de Derecho Civil Español. Madrid-España: Ediciones Pirámide, S.A.

Ramos. R., (2009). Derecho de Familia. Santiago de Chile-Chile: Editorial Jurídica de Chile.

Rodríguez, E., (2005). Metodología de la investigación Moguel. Juárez-México: Editorial Universidad de Juárez Autónoma de Tabasco.

34 Rudolf, J (2011). El espíritu del derecho romano en las diversas fases de su desarrollo.

Editorial Comares.

Tama, M., (2006). La demanda, prosas y reminiscencias. Guayaquil-Ecuador: Editorial. Edilex S.A.

Torres, C. A. (2006). Metodología de la investigación. Bogotá-Colombia: Editorial Pearson.

Lexigrafía.

Constitución de La República del Ecuador, 2008.

Código General de Procesos, 2016

Código Civil del Ecuador, 2014

Código Orgánico de la Función Judicial, 2014.

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