FACULTAD LATINOAMERICANA DE CIENCIAS SOCIALES
SEDE ECUADOR
PROGRAMA DE POLÍTICAS PÚBLICAS
CONVOCATORIA 2010-2012
TESIS PARA OBTENER EL TÍTULO DE MAESTRÍA EN POLÍTICAS
PÚBLICAS
LA CONSTRUCCIÓN DEL ESTADO ECUATORIANO Y DE SU CIUDADANÍA
TRIBUTARIA A LA LUZ DEL DIEZMO (1861-1889)
ERNESTO ESPÍNDOLA OLEAS
ABRIL, 2013
FACULTAD LATINOAMERICANA DE CIENCIAS SOCIALES
SEDE ECUADOR
PROGRAMA DE POLÍTICAS PÚBLICAS
CONVOCATORIA 2010-2012
TESIS PARA OBTENER EL TÍTULO DE MAESTRÍA EN POLÍTICAS
PÚBLICAS
LA CONSTRUCCIÓN DEL ESTADO ECUATORIANO Y DE SU CIUDADANÍA
TRIBUTARIA A LA LUZ DEL DIEZMO (1861-1889)
ERNESTO ESPÍNDOLA OLEAS
ASESORA DE TESIS: VALERIA CORONEL
LECTORES/AS: CATALINA LEÓN Y CARLOS ESPINOSA
ABRIL, 2013
DEDICATORIA
AGRADECIMIENTOS
Mi interés por la obligación tributaria en el Ecuador nació a raíz de mi trabajo en el Banco del Estado en los años 2009-2010. Las sugerencias de Diego Aulestia, a quien agradezco, fueron centrales en mi decisión de abordar el tema de manera histórica.
En mi paso por FLACSO (2010-2012) conté con la colaboración de varias personas. De manera especial quiero agradecer a Valeria Coronel, quien a pesar de no haberme tratado como su estudiante, apostó por mi propuesta desde un inicio, asesorándome de manera pertinente y entusiasta. A través de clases, reuniones y charlas, Rosario Coronel, Carlos Espinosa y Julio Oleas también supieron guiarme en mi primera investigación con fuentes primarias. A ellos hago extensivo mi agradecimiento.
ÍNDICE
Contenido
Páginas
RESUMEN ... 7
INTRODUCCIÓN ... 8
CAPÍTULO I ... 21
CONSTRUCCIÓN DE UN PODER POLÍTICO MODERNO Y DE UNA CIUDADANÍA TRIBUTANTE. UN MARCO TEÓRICO ... 21
Poder pastoral, hierocracia y gubernamentalización del Estado ... 21
El problema de la centralización del poder político en la modernidad ... 26
Ilegitimidad tributaria por ausencia de pacto tierra comunal-tributo ... 34
“Administración privada de poblaciones” y “ciudadanía del sentido común” ... 38
Hegemonía como lucha. Construcción subalterna de Estado y ciudadanía ... 41
Derechos y obligaciones como resultado de una negociación ... 44
CAPÍTULO II ... 46
REFERENCIAS HISTÓRIOGRÁFICAS PARA COMPRENDER EL DIEZMO EN SUS ÚLTIMAS DÉCADAS DE VIDA EN EL ECUADOR ... 46
El tributo indígena y el problema de la tierra. Un antecedente para entender la inviabilidad del diezmo en la república ... 47
Chimborazo: un “laboratorio” de la sierra central en materia de ilegitimidad impositiva gravada al indígena usufructuario de la tierra ... 52
Marcismo, Garcianismo y Progresismo. Sus proyectos de país ... 59
El surgimiento del Marcismo ... 59
El fin del Marcismo y el paulatino ascenso de una élite costeña... 64
García Moreno y su intento por construir un Estado fuerte y moderno ... 67
La reforma electoral de 1861 ... 77
El Progresismo: republicanismo liberal y catolicismo moderado ... 79
CAPÍTULO III ... 83
CONFLICTIVIDAD LOCAL EN TORNO AL DIEZMO EN CHIMBORAZO ... 83
El diezmo dispuesto desde arriba. El Estado, la iglesia y la venta al mejor postor ... 84
El diezmo visto y resistido desde abajo. El levantamiento de Daquilema ... 88
El diezmo en Guano. Un caso de administración privada de poblaciones y de diferenciación ciudadana evidenciada en la justicia ... 92
El diezmo en Alausí. Construcción subalterna de ciudadanía tributante ... 94
Riobamba. Un caso que muestra el nexo entre el diezmo y el hacendado... 96
Licto. Inconsistente alianza entre Estado y su agente recaudador ... 98
Sicalpa. Solicitud al Estado para autorizar la coacción privada local ... 100
CAPÍTULO IV ... 104
REFOMA ABOLICIONISTA DEL DIEZMO ... 104
Conservadurismo y liberalismo: marcos conceptuales e intereses de clase ... 104
El debate en la Constituyente de 1883-84 ... 105
La acción diplomática de Antonio Flores Jijón ... 115
El debate en el Congreso de 1888 en la víspera de la reforma ... 120
CONCLUSIONES ... 128
7 RESUMEN
Premoderno y de origen eclesiástico, el diezmo en el Ecuador pervivió hasta 1889, año en el que fue sustituido por impuestos a la tierra y al cacao. En el análisis sobre sus efectos (los del diezmo) socioeconómicos y políticos durante sus tres últimas décadas de existencia se descubre la complejidad en el proceso republicano de construcción estatal y de ciudadanía tributante. Para la década de 1880, solamente Bolivia y Ecuador –dentro de la región- mantenían pendiente la tarea de eliminar un tributo que fue contraproducente para la producción en el agro así como para la centralización, profesionalización y laicización del poder político. ¿Cuál fue el significado de la supervivencia y fin del diezmo entre 1861 y 1889 en la construcción estatal y de ciudadanía tributante republicana en el Ecuador?
8 Introducción
La historia del diezmo en América Latina se retrotrae al inicio de la época colonial, período en el que el poder político fue compartido por autoridades regias y eclesiásticas. Como lo sostiene Moscoso, una vez que España conquistó América, los Reyes Católicos peticionaron al Papa Alejandro VI para que autorizara a la Monarquía a cobrar el 10% sobre la producción agropecuaria del propietario de un predio en América. El justificativo fue sostener el culto que deseaban difundir entre los nativos de América así como financiar la conquista. En 1501 el Vaticano otorgó este derecho a la Corona con la condición de que una parte del ingreso debía corresponder al sostenimiento de las iglesias y su clero. A medida que avanzó la era colonial y después la republicana, la parte correspondiente a la iglesia del total obtenido tras un remate público fue decreciendo en favor del Estado. La evangelización del pueblo conquistado, la supremacía de la iglesia y la costumbre hicieron del diezmo un impuesto que duró más de tres siglos en esta región (Moscoso, 1994: 128-129).
9 mayordomos y empleados de hacienda para cobrar su derecho adquirido. Fuera de la hacienda, se prefería el cobro a pequeños propietarios (en su mayoría indígenas) ya que con frecuencia su producción agropecuaria no alcanzaba las diez unidades; así, del prorrateo se extraía un porcentaje mayor al 10%, situación distinta en las haciendas donde las mayores unidades producidas por el hacendado impedían el mismo nivel de discrecionalidad en la repartición de la “décima parte”. Los mecanismos a los que los indígenas fueron sometidos por la codicia de los diezmeros -encarcelamiento privado, torturas, amenazas de muerte, obligación de hilar algodón, montos de cobranza superiores al 10%, entre otros- podían y en algunos casos fueron denunciados por ellos frente al “protector de naturales” (Moscoso, 1994: 129-133, 135-137).
Durante la época colonial los poderes político y eclesiástico convivieron de manera “simbiótica”, no sin conflictos, por supuesto. Llegada la transformación republicana, la relación mando-obediencia buscó ser legitimada a través de un discurso liberal-contractual. De esta doctrina se podía inferir que todos quienes forman parte de una misma “nación” conducida por un Estado democrático moderno e “imparcial” debían contribuir con algo de sus haberes para mantener el aparataje institucional construido, en teoría, para su beneficio. Ergo la tributación constituía un asunto de pura lógica. Pero para que aquélla sea legítima en la práctica, el impuesto debía provenir de un excedente económico que viabilizara su pago, así como constituir la contraparte de algún beneficio concreto para el ciudadano contribuyente. En los hechos, esta concepción de la construcción estatal y de la subsecuente obligación ciudadana a la tributación no se materializó de manera universal, sino a través de una diferenciación ciudadana de acuerdo a visiones estamentales y raciales. De esta manera, las comunidades “nacionales” que surgieron tras la Independencia estuvieron fuertemente jerarquizadas y en conflicto entre estamentos.
10 eclesiásticas-. En otras palabras, y como se detalló párrafos arriba (Moscoso), se continuó con el remate estatal anual y con la posibilidad de la posterior cadena de sub-arrendatarios, dinámica en razón de la cual cada recaudador (dentro de la cadena descendente de cobradores) buscó extraer el mayor margen de ganancia, cobrándose en los hechos más del 10% de lo producido a los labradores de la tierra, en su mayoría campesinos indígenas.
11 El complejo traspaso de sociedades tradicionales a modernas ha sido objeto de estudio de muchos teóricos de las ciencias sociales, quienes han analizado la problemática en distintas regiones del mundo. Para un teórico como Barringtoon Moore, Jr, el cómo las clases altas rurales y el campesinado francés reacciona frente al reto de la agricultura comercial –proceso concomitante a la revolución burguesa- influye en el tipo de centralización del poder, ergo en el régimen político subsecuente. Aunque su resultado político fue inestable en las primeras décadas, tras la Revolución (la que eliminó el diezmo) la burguesía logró centralizar el poder político en detrimento del poder de la aristocracia rural y de la iglesia (Barringtoon Moore, Jr., 1973: cap. II). Este argumento central, explicado con mayor detalle en nuestro marco teórico, será de suma utilidad para comprender la postura adoptada por la élite terrateniente y el campesinado en el Ecuador en materia de modernización estatal y económica a la luz del diezmo.
En López-Alves encontramos a un teórico del proceso latinoamericano de formación estatal durante un período caracterizado por un difícil traspaso de una era colonial a otra republicana (también explicado en el capítulo 1). Este autor enfatiza en el rol de los partidos políticos en la construcción de los Estados en la región. De manera distinta a Europa, continente en el que primero se formó el Estado y después los partidos políticos, López-Alves arguye que en América Latina los partidos políticos fueron los constructores de éste (Estado), delimitando la ciudadanía y la nacionalidad, a la vez que daban forma al ejército. De igual modo, los partidos hablaron en nombre de los intereses de las clases altas, bajas y del Estado al que iban conformando, aunque a veces también sirvieron de resistencia regional a éste (López-Alves, 2000: 31-32). Este complejo rol jugado por los partidos políticos en la construcción de Estados quedará manifiesto en el debate entre conservadores y liberales en el Congreso ecuatoriano a la hora de plantearse la reforma abolicionista del diezmo.
12 los casos peruano, colombiano y ecuatoriano. En primer lugar, existe una explicación “fiscal” de la reforma, sustentada en la viabilidad financiera de sustituir un impuesto por otro. En segundo lugar, un enfoque “ideal” basado en el predominio del liberalismo al momento de la reforma. Finalmente, se ha encontrado una tercera concepción que entiende al fin de este tributo como el resultado del predominio de un interés de clase.
Según García, el decaimiento del agro durante la primera década del siglo XIX sumió al Perú en una crisis económica que, entre otras consecuencias, redujo el ingreso por diezmos. En general, Perú manejó una “débil fiscalidad” tras la independencia, buscando compensar sus ingresos a través de impuestos aduaneros, prediales, de patentes y de la contribución personal de indígenas. El Estado, sitiado por una recurrente necesidad de incrementar sus ingresos, no solamente se hallaba interesado en apropiarse de las tierras del clero para subastarlas, “sino también de rebajar los diezmos y aranceles percibidos por la Iglesia para asegurarse así una menor resistencia entre una población que debía continuar pagando los impuestos al Estado” (García, 1991: 70).
Por otro lado, Thurner aborda la relación entre tributación y ciudadanía nacional en el Perú gracias a los hallazgos encontrado en la región de Huaylas-Ancash. Los intentos de San Martín y Bolívar por abolir la contribución personal indígena en pos de lograr coherencia en la fundación de una comunidad republicana de iguales se vieron truncados a inicios de la república por razones de premura fiscal. Recién en la década de 1850, y gracias a un nuevo ingreso fiscal provisto por el guano, la república pudo abolir dicha contribución. En el Perú, el tributo se había integrado institucionalmente a la república: “ser un buen republicano en el sentido nacional más amplio de un indígena contribuyente significaba que uno pagaba la contribución a la caja fiscal (y no al jefe étnico, como sucediera en el virreinato)” (Thurner, 2006: 78).
13 Fue bajo un gobierno liberal que Perú, al igual que el Ecuador, vio fenecer el tributo de indios en un contexto en el que éste contrariaba el discurso modernizante del oficialismo. Como lo plantea Thurner, la “revolución liberal” liderada por Castilla en 1854 puso fin a la contribución personal de indígenas. Pero esta reforma implicó que Lima se alejara cada vez más de las regiones del interior que mantenían su lazo político con el gobierno central en razón de la fiscalidad tributaria (Thurner, 2006: 94-95, 107-108).
De este modo y contra los planes integracionistas y liberales de Castilla, la abolición sin reemplazo del “tributo” efectuada en 1855 tuvo el efecto de separar a la sociedad andina del estado central en Lima, y de permitir que el conflicto de clases agrario se desarrollara sin control alguno en el interior. La ausencia del estado liberal al interior del país hizo que para los hacendados fuera tanto más fácil cercar los ejidos, cobrar derechos de acceso y conseguir para sus haciendas trabajadores indios sin tierras y cargados de deudas (Thurner, 2006: 96-97).
Como se deduce del planteamiento de García, el Parlamento peruano pudo ser sede de tempranos debates (1849) tendentes a la abolición del diezmo dada la creciente demanda de guano -y el respectivo ingreso que esto significaría para el erario-. Una vez en el poder, el General Castilla convocó a una Convención Nacional en 1854. Allí los liberales pro abolición del diezmo reactivaron su propuesta. En julio de 1855 se presentaron dos proyectos. En general, el consenso sobre la necesidad de suprimir el diezmo fue mayoritario por sus desincentivos al sector agrícola y por sus abusos en la cobranza. No obstante esta realidad, los informes de la curia señalaron que este tipo de reforma legislativa quitaría independencia al clero así como contrariaría una “costumbre” de raigambre católica (García, 1991: 111-12). . El poder de los liberales se impuso cuando en 1856 la Convención sancionó la eliminación de los diezmos, primicias y otro tipo de prerrogativas parroquiales.
14 parcialmente, el que las élites costeñas no hayan enfrentado una oposición parlamentaria unificada al momento de eliminar el diezmo.
¿Implicó la abolición del diezmo en la década de 1850 en Perú la iniciación de un Estado que había logrado monopolizar su poder en una instancia central? Según lo argumenta Flores Galindo, durante todo el siglo XIX el Estado debió enfrentar alzamientos de caudillos rurales que lideraron facciones armadas que se enfrentaron contra hacendados enemigos, demostrando su poderío local, desafiante del poder central. “Esta autonomía, que expresa la esencia del gamonalismo, fue una consecuencia del desorden administrativo y de la debilidad del gobierno central durante el siglo XIX” (Flores Galindo, 1991: 104). En suma, el guano desterró al diezmo. Pero la desaparición de éste no significó una modernización estatal en términos de centralización del poder político. Se deduce que la reforma se dio, predominantemente, gracias a un temprano factor externo que repercutió favorablemente en el Fisco: la mayor demanda de guano por parte de Inglaterra y otros países europeos, asunto que benefició a la élite exportadora costeña de Lima.
Para el caso de Colombia, es harto conocido que el Estado en el siglo XIX tuvo varias dificultades para centralizar su poder. Como lo plantea López-Alves, este siglo estuvo caracterizado por un desarrollo económico precario, una lenta urbanización, escasa comunicación, esclavitud en ciertos lugares, una élite hacendada conservadora muy ligada a la iglesia, mano de obra intensiva controlada localmente, violencia rural y una debilidad estatal y del ejército tras las guerras de Independencia (López-Alves, 2003: 145-146). En materia impositiva, esta falta de centralización del mando político también fue evidente para la mayor parte del siglo XIX.
En efecto, la recaudación de impuestos, un buen indicador de la fuerza del Estado, mostraba niveles desoladores en Colombia. Los diversos impuestos, incluso los aduaneros, generaban escasos ingresos, frustrando las esperanzas de destacados legisladores a mediados de la década de 1840. La demografía de Colombia contribuía a los bajos ingresos tributarios…Hacia 1832, el tributo de indios se había eliminado, y para 1842 el diezmo también se hallaba en declinación, desapareciendo finalmente en 1856 (López-Alves, 2003: 151).
15 1853 estableció el voto universal, directo y libre de restricciones. Pero el federalismo hizo que en los hechos las reformas democráticas fueran limitadas en función de cada región. La Carta Magna de 1858 permitió la tenencia particular de armas, lo que otorgó mayor poder a las “milicias partidistas locales” en detrimento del Estado central (López-Alves, 2003: 153, 155-56). Ya desde las elecciones de 1849 se visibilizaron “maquinarias partidistas”: una liberal y otra conservadora, fuerzas políticas cuyas acciones moldearon la fragmentación del poder estatal a nivel regional. De esta manera:
las alianzas entre las regiones entre élites bajo el rótulo de Conservador o Liberal provinieron en gran medida de la necesidad de resolver las luchas regionales con asistencia militar externa. En el contexto de un ejército débil y de un Estado débil, las élites del campo y las pequeñas ciudades buscaban a menudo el apoyo de los caudillos vecinos y sus milicias (López-Alves, 2003: 147).
Según Arias, entre las reformas radicales más visibles del liberalismo para separar Estado de iglesia, caben destacar las siguientes: el fin del patronato y declaración de Colombia como país libre de religión oficial en 1855, el matrimonio civil, divorcio, libertades individuales, abolición del diezmo, libre comercio, eliminación de “tierras muertas” de la iglesia en 1861. En los hechos, no sólo se anhelaba la separación de ambos poderes sino también el debilitamiento de la iglesia (y consecuentemente del poder de los conservadores) y su respectiva influencia en la sociedad colombiana, “pues para el liberalismo, hijo de las Luces, la iglesia católica representa uno de los mayores obstáculos para el desarrollo material, el progreso de la razón y la consolidación de la virtud” (Arias, 2003: 32). Pero esta disputa no tenía asidero en un ateísmo liberal. De hecho, como lo arguye Arias Venegas, el que el catolicismo fuera o no un referente de moralidad o civilización no constituía el meollo de la discrepancia entre conservadores y liberales. Era sobre si la comunidad nacional debía o no entenderse como una familia religiosa, tesis defendida por los primeros y rechazada por los segundos. “Para los liberales el problema no radicaba en el catolicismo como tal, sino en ciertas prácticas y en las instituciones eclesiásticas percibidas como fruto del oscurantismo” (Arias Vanegas, 2005: 15). El fin del diezmo fue una conquista –entre otras- del liberalismo en boga de mediados del siglo XIX, el que se proponía combatir a un tributo ajeno al “progreso” individual y material.
costeño-16 oligárquico unido por la renta del guano y por la desunión de la terratenencia como en Perú. De hecho, fue gracias al fuerte influjo del liberalismo radical, sostenido por alianzas locales de las “clases bajas”, que Colombia logra llevar a cabo una cantidad de reformas “modernizadoras”, entre ellas el fin del diezmo en 1856. Y esto, justamente, a pesar de no contar con suficientes recursos estatales como tampoco con un commoditty como el guano para saldar ese vacío. De esta manera, podría argumentarse que la hegemonía liberal fue suficiente para abolir el diezmo en un país cuyo Estado era débil. Fue el catolicismo el que dentro de la Regeneración constituyó el elemento unificador de la “nación”, viabilizando la centralización del poder político. El boom del café a finales del siglo coadyuvó parcialmente al financiamiento de este proceso.
Para el caso del Ecuador, Cárdenas sostiene que la “endémica penuria financiera” por la que atravesaron los gobiernos ecuatorianos una vez iniciada la república hizo del diezmo un recurso de sencillo acceso. Éste reportó mayores ingresos en la sierra hasta 1857, año después del cual la costa, y principalmente Guayaquil, empezó a tomar la delantera. Desde 1830 hasta 1863 el Estado fue acreedor de la tercera
parte de la renta decimal y la iglesia del restante (Cárdenas, 2007: 4-5). “Las modificaciones del Concordato de 1862, adoptado en 1867, elevaron la
participación del gobierno de un tercio a la mitad, y en 1872 subió a los dos tercios” (Schodt, 1987: 32 en Cárdenas, 2007: 4). La falta de una burocracia profesional para administrar el diezmo, así como la dudosa “honradez” de los recaudadores particulares hizo de éste un tributo anacrónico que debía ser suprimido. Y si bien el Vaticano estuvo de acuerdo con el Gobierno de Flores para su sustitución por otros impuestos,
la Iglesia nacional, ligada a los sectores reacios a abandonar sus prácticas pre-capitalistas de producción, protestaba temiendo por su subsistencia (…) Tampoco estaban dispuestos a la supresión los grandes hacendados, a quienes el remate de diezmos otorgaba un poder de control social y político (Cárdenas, 2007: 5).
17 el bando liberal, al considerarlo un óbice para el desarrollo agrícola así como una fuente de “especulación”, apoyó su sustitución. El Presidente Flores abogó por la reforma sustitutiva, la cual fue respaldada por los liberales bajo la cabeza de Luis Felipe Borja. Pero el poder de los eclesiásticos en el Senado y el de los conservadores lograron frenar la reforma en 1888, autorizándole al Ejecutivo únicamente a convenir la reducción del impuesto con el Vaticano. En junio de 1889 León XIII avaló la sustitución (Cordero, 1981: 258, 260-261).
Los discursos político-ideológicos se entrelazan siempre con intereses económicos. Consecuentemente, y como pertinentemente arguye Ayala Mora, además del trasfondo político, también existían razones de carácter económico que motivaban a los legisladores ligados al liberalismo a apoyar una abolición que ya se había dado en la gran mayoría de las repúblicas latinoamericanas. (Para 1880 -década en la que fenece el diezmo- el Ecuador ya ocupaba un lugar particular en la división internacional del comercio). “…Los productores y exportadores cacaoteros argumentaron que (el diezmo) deprimía la agricultura y que el cacao ecuatoriano tenía que competir con el de otros países que no pagaban el diezmo” (Ayala Mora, 2008: 42)
Existe otro autor con una interpretación similar a la de Ayala Mora respecto del meollo en la reforma ecuatoriana del diezmo. Para Ortiz Crespo, tanto la disputa de ideas liberales y católico-conservadoras como los abusos cometidos por el diezmo en las localidades no constituyeron el meollo de la discordia. Por el contrario, hubo un claro interés de clase tanto de los terratenientes costeños como de los serranos. Los primeros no querían entregar un décimo de una producción que podía ser exportada en su totalidad dada la demanda internacional. Los segundos, y a pesar de pagar el diezmo, se oponían a abolirlo pues su sustitución implicaba mayores costos. Cuando la reforma triunfó, los nuevos impuestos a la tierra y al cacao exportado fueron más onerosos en términos relativos para la terratenencia serrana que para la costeña -la que incrementaba sus extensiones en función de mayor producción- (Ortiz Crespo, 1996: 258-264).
18 En los casos peruano, colombiano y ecuatoriano atestiguamos sociedades poscoloniales en las cuales la Iglesia católica cumplió un rol muy influyente como autoridad social. La reforma del diezmo en Perú y Colombia se dio en una época en la que, por distintas razones, el Estado no había logrado centralizarse. Mientras que en Perú el fin del diezmo implicó un paso importante en la separación entre Estado e Iglesia (gracias a la fuerte influencia de la élite costeña de Lima en la vida nacional), el fin de este tributo católico en Colombia no impidió la posterior confesionalización del Estado a fines del siglo XIX con la Regeneración. Se ha visto, según algunos autores, que para el primer caso fue la alternativa fiscal del ingreso por concepto de guano aquello que viabilizó la reforma en 1859, y esto a pesar de la debilidad del Estado peruano. Para el segundo caso, el fin del diezmo se dio gracias a la fuerza del temario liberal hegemónico (en algunos puntos discrepantes con la prédica eclesiástica) frente a un Estado débil. Por otro lado, y desde una visión “material”, fue la élite costeña en el Ecuador (y su interés de clase) lo que logró imponer una reforma favorable a sus utilidades en detrimento del latifundio relativamente menos productivo de la sierra.
En este contexto comparado, el caso ecuatoriano posee algunas particularidades. De manera parecida a Colombia en la etapa de la Regeneración, en Ecuador hubo un intento de centralización del Estado (1861-1875) en una alianza con la iglesia durante el Garcianismo.1 No obstante, el diezmo en el Ecuador fue abolido de manera tardía en 1889 bajo un gobierno progresista, casi tres décadas después de la misma reforma en sus hermanas repúblicas (Perú y Colombia). A diferencia del radicalismo liberal colombiano, fue el Progresismo en el Ecuador (proyecto liberal y católico que buscó una gradual modernización del Estado y de la economía) el que promovió la reforma abolicionista en el Congreso. Similarmente al guano en el Perú, Ecuador comenzó a ver los frutos fiscales del boom cacaotero a partir de la segunda mitad del siglo XIX. No obstante, retardó la reforma hasta casi entrado el siglo XX.
¿A qué se debió el “retraso” ecuatoriano para abolir el diezmo? ¿Permitía éste un control social de la élite hacendaria en las localidades a las cuales no accedía el Estado porque no quería o no podía? ¿Basta con decir que el diezmo era un impuesto menos oneroso que el impuesto a la tierra para el latifundismo serrano, y por ende éste se oponía a la sustitución del mismo por otros impuestos? ¿Qué significó que el Ecuador
1
19 intentara modernizar el Estado en la era garciana y progresista mientras el diezmo pervivía? ¿Fue una modernización exitosa? En suma, ¿qué significado tuvo la supervivencia del diezmo en el Ecuador hasta casi entrado el siglo XX para la modernización del Estado y la construcción de una ciudadanía tributante republicana? De esta pregunta central se deduce que la modernización estatal y la construcción de ciudadanía tributante republicana constituyen nuestras variables dependientes (a ser explicadas), siendo el diezmo la variable interviniente. En el marco teórico desarrollaremos las variables independientes (categorías analíticas explicativas).
Creemos que la historia se construye desde la institucionalidad del poder así como desde la sociedad civil. Estudios como los de Roseberry en México (2002) y Méndez (2008) en el Perú (autores también desarrollados en el marco teórico) muestran que los Estados democráticos y la ciudadanía también se fueron edificando, en parte, gracias al accionar de los “subalternos”. Es decir, por las acciones de todos aquellos actores “no poderosos” (campesinos indígenas, peones, entre otros) en un contexto histórico dado. Éstos, además de interactuar entre sí en base a sus intereses, a veces resistieron los mandatos de las élites, mientras que en otras ocasiones cooperaron con éstas, negociando de esta manera sus derechos. Como intentaremos demostrar en la presente investigación, esta visión sobre la construcción compartida de la historia queda manifiesta a través del estudio de la pervivencia y fin de un impuesto como el diezmo. Nos proponemos analizar el significado del diezmo (Ecuador, 1861-1889) y su impacto en la construcción de Estado y ciudadanía tributante republicana, tanto desde la conflictividad local como desde el accionar del deber ser del poder central. En las posturas a favor o en contra del diezmo por parte del campesinado, de la iglesia y de la élite terrateniente en el Congreso analizaremos qué actores (y por qué razón) fueron o no coadyuvantes (y en qué grado) a la modernización política y económica del país.
21 CAPÍTULO I
CONSTRUCCIÓN DE UN PODER POLÍTICO MODERNO Y DE UNA CIUDADANÍA CONTRIBUYENTE. UN MARCO TEÓRICO
En el presente capítulo desarrollaremos las categorías analíticas con las cuales abordaremos los conflictos en torno a la cobranza del diezmo en Chimborazo y la disputa entre liberales y conservadores durante la reforma abolicionista de dicho tributo.
Poder pastoral, hierocracia y gubernamentalización del Estado
En el devenir de la historia occidental muchas han sido las formas a través de las cuales las comunidades y sociedades se han organizado políticamente. Para un autor como Foucault, el poder político occidental en la Modernidad (organizado en Estados nacionales) tiene un antecedente histórico ligado a la religión y, más concisamente, a la idea de gobierno de los hombres por un pastor. Pero su origen debe buscarse en Oriente, uno primero precristiano y después cristiano. Esto es, en Egipto, Asiria, Mesopotamia y en el pueblo hebreo, principalmente. “En su forma plena y positiva…, la relación pastoral es en esencia la relación de Dios con los hombres. Es un poder de tipo religioso que tiene su principio, su fundamento y su perfección en el poder que Dios ejerce sobre su pueblo” (Foucault, 2006: 153).
En su esencia, la noción pastoral de mando debe entenderse como un poder benévolo que busca la salvación, la subsistencia de su rebaño. Además, este poder cuida del rebaño en su conjunto, aunque nunca descuida de ninguno de sus integrantes. “Por una parte, el pastor debe tener los ojos puestos sobre todos y sobre cada uno…, que va a ser precisamente el gran problema de las técnicas de poder…modernas…” (Foucault, 2006: 157). Si bien este tipo de poder de conducción de hombres se desarrolla en Oriente, aquél ve su introducción en Occidente a través de la iglesia cristiana. El hombre occidental, a diferencia de cualquier griego o romano, continúa el autor, aprendió a entenderse a sí mismo como una oveja dentro de un rebaño, oveja que constantemente pedía por su salvación a su pastor. De esta forma,
22 El estudio de la división social del trabajo, sin bien muy tratada por autores modernos, surge ya en autores clásicos de la Antigüedad. Como lo sostiene Foucault al reinterpretar y revitalizar las enseñanzas del texto El político de Platón, la conducción de los asuntos políticos debe romper con la lógica de la unicidad del poder pastoral. La unicidad propia del pastor-Dios no se condice con las necesidades de gobierno, y esto porque los cuidados de alimentación, terapéutica, medicinales, regulación, entre varios otros, requieren de la cooperación de otras personas distintas a las del líder todo-poderoso (pastor). Y es por ello que surge la política como “arte del tejido”, cuando los buenos tiempos han pasado y la acción deliberada de los hombres es requerida. “La política, como el arte del tejedor, sólo puede desarrollarse a partir y con la ayuda de una serie de acciones adyuvantes o preparatorias” (Foucault, 2006: 174). Para Platón, en síntesis –según Foucault-, el poder pastoral no debía ser abolido pero sí subordinado al poder político, puesto que el segundo corresponde a aquellas actividades “necesarias” para la ciudad (ibídem). A pesar de esta enseñanza platónica, en Occidente, de acuerdo con Foucault, el gobierno pastoral de los hombres se consolidó como soberano con el cristianismo medieval.
Un proceso por el cual una religión, una comunidad religiosa, se constituyó como Iglesia, es decir, como una institución con pretensiones de gobierno de los hombres en su vida cotidiana, so pretexto de conducirlos a la vida eterna en el otro mundo, y esto a escala no sólo de un grupo definido, no sólo de una ciudad o un Estado, sino de la humanidad en su conjunto (…) Eso es la Iglesia, y no existe ningún otro ejemplo en la historia de las sociedades (…) (Foucault, 2006: 177) El poder pastoral…sólo se ocupa del alma de los individuos en la medida en que esa dirección de las almas implica también una intervención, y una intervención permanente, en la conducta cotidiana y el manejo de la vida, pero igualmente en los bienes, las riquezas, las cosas (Foucault, 2006: 185).
23 En Max Weber encontramos una categoría complementaria al poder pastoral en Foucault. El estudio del diezmo debe tomar en cuenta la dominación del Estado sobre su población al igual que el de la Iglesia sobre sus feligreses. Para este último tipo de dominio, la noción de “hierocracia” coadyuvará al entendimiento del papel de la Iglesia en la reforma del diezmo:
Por asociación hierocrática debe entenderse una asociación de dominación, cuando y en la medida en que aplica para la garantía de su orden la coacción psíquica, concediendo o rehusando bienes de salvación (coacción hierocrática). Debe entenderse por iglesia un instituto hierocrático de actividad continuada, cuando y en la medida en que su cuadro administrativo mantiene la pretensión al monopolio legítimo de la coacción hierocrática (Weber, 2005: 44)
¿Qué sucede con el advenimiento de la Modernidad? Para Foucault (2007) son las condiciones de la Modernidad las que conducen a una mayor complejización del ejercicio del poder político, principalmente por el cambio de la administración económica en tanto asunto familiar a la administración (económica) estatal de las poblaciones.
Gobernar un Estado será, pues, poner en práctica la economía, una economía a nivel de todo el Estado, es decir, tener con respecto a los habitantes, a las riquezas, a las conductas de todos y cada uno, una forma de vigilancia, de control, no menos atenta que la del padre de familia sobre todos los de casa y sus bienes (Foucault, 2007:196).
Según Foucault (2007), en la medida en que el proceso de producción y distribución de bienes ya no pasa exclusivamente por el ámbito familiar (oikos), el regular qué se hace con un supuesto excedente en la producción se convierte en ámbito de intervención del Estado. De esta forma, las personas en la Modernidad, el territorio en el que habitan y su propiedad pasan a ser variables administradas por el Estado a través de prácticas cada vez más sofisticadas que buscan “mejorar” su situación de vida. Estamos entonces frente a una administración estatal de poblaciones que exige una “gubernamentalización” del Estado, esto es, una proliferación de prácticas burocráticas (racionales) volcadas al control de la población. La idea antedicha se condensa en la noción de “gubernamentalidad”, por la que el autor alude, aunque no de manera exclusiva como se verá más adelante, a las
24 forma primordial de saber, la economía política, y como instrumento
técnico esencial, los dispositivos de seguridad” (Foucault, 2007: 213).
Como se observará en el capítulo cuatro sobre el debate parlamentario a la luz de la reforma del diezmo, a pesar de la complejización de las condiciones modernas para gobernar, el poder pastoral perdurará como discurso de ciertas élites conservadoras. Pero éstas, al final del camino, perderán la batalla frente a un proceso de “gubernamentalización del Estado”, esto es, de una progresiva institucionalización de prácticas burocráticas para gobernar a una población en base al conocimiento de la actividad económica de los administrados. La idea de un gobierno de poblaciones, siguiendo con el autor y su obra citada, condujo al desarrollo de una cantidad de saberes nuevos, siendo la estadística un claro ejemplo. Y de lo anterior se entiende que el catastro constituye un instrumento estatal moderno de economía política para gobernar a la población y sus riquezas. En el capítulo cuatro plantearemos que el fin del diezmo significó el traspaso de una tributación premoderna a otra moderna (al proponerse la creación de un catastro central con un criterio moderno de progresividad impositiva) y gubernamentalizada en beneficio de nuevos intereses.
Aclaramos que nuestro uso de la categoría “gubernamentalidad” en el capítulo del debate parlamentario será parcial. Y esto puesto que lo que nos interesa alumbrar es el traspaso de una visión premoderna del control estatal de las poblaciones (a través de una pastoral cristiana impresa en el diezmo defendida por los conservadores católicos) a una moderna en virtud de la propuesta liberal de un catastro. En todo caso, corresponde aclarar que por “gubernamentalidad” el autor en cuestión alude no solamente a las “técnicas de poder” sino a una “confluencia” entre éstas y las “técnicas de sí mismo” (véase más adelante). Ocupado por la historia “de las diferentes maneras en que los hombres, en nuestra cultura, elaboran un saber sobre sí mismos: economía, biología, psiquiatría, medicina y criminología” (Foucault, 2010: 1070), el autor citado exhorta a que esta “pretendida” ciencia (siendo la economía aquel saber que aplica al tema de la tributación) sea analizada como un “juego de verdad” vinculado con “técnicas específicas” usadas por las personas en pos de “comprender quiénes son” (“hermenéutica de sí”).
25 técnicas de sistemas de signos…; 3) las técnicas de poder que
determinan la conducta de los individuos…; 4) las técnicas de sí, que permiten a los individuos efectuar, solos o con la ayuda de otros, algunas operaciones sobre su cuerpo y su alma, sus pensamiento, sus conductas y su modo de ser... Aunque cada uno de estos cuatro tipos de técnicas está asociado a una forma definida de dominación, no es usual que funcionen por separado. Cada tipo implica modos concretos de educación y de transformación de los individuos, en la medida en que, evidentemente, no sólo se trata de adquirir determinadas aptitudes, sino también de adquirir ciertas actitudes. (…) Llamo “gubernamentalidad” a la confluencia entre las técnicas de dominación ejercidas sobre los otros y las técnicas de sí mismo (Foucault, 2010: 1070-1071).2
Así, la “gubernamentalidad” en la Modernidad, además de implicar una racionalización de prácticas estatales (imbuida del liberalismo) para el control de la población en tanto técnica de dominio, también alude a la interacción de ésta con las “técnicas de sí”.Un estudio de la formación del Estado y de su ciudadana tributaria a la luz del diezmo en base a la propuesta de Foucault implicaría un análisis sobre la “confluencia” entre las “técnicas de poder” (Estado, iglesia y diezmeros) y las “técnicas de sí mismo” (por ejemplo la técnica de “examen de sí mismo” en lo atinente al no pago del diezmo por su ilegitimidad).3
No obstante la aclaración del párrafo anterior, nuestro estudio sobre la formación estatal y de ciudadanía tributaria a la luz del diezmo prescindirá del análisis de las “técnicas de sí mismo” de los contribuyentes del diezmo. Y esto en razón del alto nivel de abstracción (ergo poca especificidad contextual) de esta noción foucaultiana de una “hermenéutica de sí”. Por “gubernamentalidad” nos circunscribiremos, entonces, a las “técnicas de poder” defendidas por liberales y conservadores en el Congreso. Las propuestas de autores como Platt (1982) y Guerrero (2010) -desarrolladas más adelante en este capítulo-, entre otros, permitirán un estudio más acotado y específico sobre la tributación y su “cultura” resultante. La ilegitimidad tributaria dado el fin del “pacto colonial” (tierras comunales-tributación) propuesta por Platt, al igual que los conceptos de “administración privada de poblaciones” y “ciudadanía del sentido común”
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Las negritas son nuestras.
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26 desarrollados por Guerrero, constituyen elementos teóricos propios para un estudio de las realidades socioeconómicas y políticas del mundo andino decimonónico.
El problema de la centralización del poder político en la modernidad
De la convergencia de parte de los planteamientos a cargo de Weber (2005), Barrington Moore Jr. (1973) y López-Alves (2003), por centralización del poder político moderno entenderemos un proceso a través del cual la coerción política otrora dispersa de manera policéntrica en manos de varios actores dentro de un territorio busca ser monopolizada, estructurada y legitimada paulatinamente por un aparato institucional central, regido por criterios impersonales y de competencia profesional.
Existen por supuesto diferencias entre estos autores. El argumento de Barrington Moore Jr. (2002: prólogo) respecto de cómo la postura del “señor” y del campesino frente a la introducción de la agricultura comercial condicionó el tipo de régimen político resultante no se cumple a cabalidad, según López-Alves, en la historia de América Latina. Justamente debatiendo con Moore Jr., para López-Alves (2003: cap. I) la inserción de esta región en el circuito agro-exportador internacional generó cambios en las “coaliciones” dominantes, mas no necesariamente en el régimen político resultante. No obstante sus diferencias entre uno y otro (y con respecto a Weber), en Moore y López-Alves pervive –de manera implícita- la noción weberiana de que la centralización del poder acarrea el monopolio de la coerción “legítima” a costa del poder de dominio local de otros actores no estatales sobre el campesinado. “Una pregunta central, en este caso, es de qué manera y hasta qué punto la organización denominada “Estado” logra controlar los principales medios de coerción dentro de un territorio definido” (López-Alves, 2003: 24).4
El Estado ha sido concebido y definido de distintas maneras en función de las particularidades contextuales que lo han acompañado en el transcurso de la historia. Consideramos que la sociología de vertiente weberiana constituye un punto de partida fructífero para caracterizar la esencia estatal moderna. Como lo define Max Weber, el Estado moderno consiste en “aquella comunidad humana que en el interior de un
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27 determinado territorio…reclama para sí (con éxito) el monopolio de la coacción física legítima” (Weber, 2005: 1056). A diferencia de la tradición y el carisma, el factor que legitima el mando y la obediencia en el mundo secularizado es aquel “en virtud de “legalidad”, o sea en virtud de la creencia en la validez de un estatuto legal y de la “competencia” objetiva fundada en reglas racionalmente creadas…” (Weber, 2005: 1057). Así pues, para analizar un proceso moderno de construcción estatal es primordial tener en cuenta el grado de “éxito” y “legitimidad” en dicha “reclamación”. Sólo así se puede indagar en la consistencia-inconsistencia de una “racionalización” del poder en una instancia central.
Max Weber tradujo el carácter de la centralización…en aquél… del “monopolio de la fuerza legítima”. Esta denominación permite comprender mejor el significado histórico de la centralización…. La historia del nacimiento del estado moderno es la historia de esta tensión: del sistema policéntrico y complejo de los señoríos de origen feudal se llega al estado territorial centralizado y unitario, mediante la llamada racionalización del poder –y por tanto, de la organización política- dictada por la evolución de las condiciones históricas materiales (Bobbio et. al, 2005: 564).
Weber establece una analogía entre el Estado moderno y una empresa capitalista en su modus operandi. Ambas instituciones deben calcular racionalmente sus medios en función de fines. Asimismo, requieren de reglas estipuladas y conocidas por todos los participantes para evitar injusticias propias de la parcialidad. Consiguientemente, el Estado, para saberse moderno en tanto “empresa de dominio”, requiere de una profesionalización de su cuadro administrativo para garantizar su continuidad en base a la competencia. Este funcionariado burocrático debe contar con una preparación profesional que lo haga técnicamente competente, imparcial y a-partidario; debe contar con un sueldo, una pensión y la posibilidad de ascender en el escalafón estatal, no pudiendo ser propietario de los medios materiales y militares con los que dispone para la gestión pública, evitando así el conflicto de intereses particulares. “En el Estado moderno, el verdadero dominio… se encuentra necesariamente en manos de la burocracia, tanto militar como civil” (Weber, 2005: 1060).
28 “asociaciones de poder teocráticas o patrimoniales del Asia y del pasado occidental” de cuya irracionalidad en la administración y justicia “permite que surjan y subsistan…todas aquellas otras modalidades del capitalismo pre-racionalista…y, en particular, el capitalismo de aventureros y de rapiña enraizado sobre todo como tal en la política, el ejército y la administración” (Weber, 2005: 1062). Estas administraciones no racionales fueron ejercidas por “estamentos”, quienes por “derecho propio” o por “poderes de dominio personal”, fueron los poseedores de medios militares y económicos para la administración de lo público (Weber, 2005: 1063, 1066). En este marco interpretativo, como se verá al momento del análisis de las fuentes primarias, el diezmo fue una institución que generó irracionalidades económicas en la administración estatal al igual que un “capitalismo de rapiña”.
El diezmo fue un impuesto que vinculó al campesinado con la élite terrateniente al tener ésta los medios para adquirir el derecho de cobranza. Ergo de su estudio (relación campesinado-“aristocracia rural”) se desprende un laboratorio para el análisis del conflicto entre actores agrarios y su relación con el proceso de centralización estatal en la modernidad. Es en este punto donde la propuesta de Barrington Moore Jr. cobra sentido. En el traspaso de sociedades agrarias a sociedades industriales modernas, este autor (2002: prólogo) subraya cómo la posición en pro o en contra adoptada por las élites terratenientes y el campesinado con respecto a la agricultura comercial constituyó un importante condicionante del régimen político resultante.
Para resumirlo con la mayor concisión posible, nos mueve el propósito de comprender el papel de las clases altas rurales y de los campesinos en las revoluciones burguesas que condujeron a la democracia capitalista, las revoluciones burguesas abortadas que condujeron al fascismo y las revoluciones burguesas que condujeron al comunismo. Las formas como las clases altas rurales y los campesinos reaccionaron al reto de la agricultura comercial fueron factores decisivos para que se dieran determinados resultados políticos (Barrington Moore, Jr., 2002: 18).
29 lana, el mercado de tierras iniciado a fines del siglo XVI, los cercamientos de los lords of manors o sus farmers (algunos de éstos usurparon tierra otrora de uso comunal) y las leyes que negaban el derecho de cultivo a los campesinos constituyeron factores que poco a poco dieron fin al campesinado bajo. La particularidad del proceso inglés yace en que dentro de las capas superiores del campesinado (yeomenry) también hubo un espíritu emprendedor, el que los condujo a la crianza de ovejas y al cultivo de cereales para su comercialización. Los intereses económicos de la yeomenry y de la aristocracia rural generaron una alianza que, de hecho, entró en conflicto con los monopolios reales. Esta convergencia de intereses entre hombres de comercio y aristocracia rural conformó una alianza que resultó en un parlamentarismo con dos cámaras en el Legislativo y con un rey limitado en sus poderes. O, dicho en otras palabras, la anuencia a acogerse a la agricultura comercial de manera aliada fue determinante en el tipo de régimen político resultante tras la Gloriosa Revolución (Barrington Moore Jr., 1973: cap. I).
Siguiendo con el mismo autor para el caso de Francia, y de manera distinta al caso inglés, la alianza entre aristocracia rural y burguesía se dio por acción real y no en su contra. El hecho de que la aristocracia rural pasara a ser la “escolta decorativa” del rey, y no una clase comercialmente emprendedora, coadyuvó a su destrucción una vez triunfada la Revolución. Durante algunos siglos, los campesinos en Francia fueron objeto de fuertes imposiciones tributarias exigidas por los señores rurales. Cuando técnicas capitalistas comenzaron a introducirse en el campo francés, la élite rural mantuvo su tradición de extraer el fruto del trabajo campesino para venderlo a las masas urbanas. Este factor indujo a una creciente resistencia por parte de los campesinos, la que generó mayor unidad en el Tercer Estado. A su vez, un intento de cercado de las tierras por parte del rey reforzó dicha oposición. Rebeliones en el campo se repitieron en algunas ocasiones a lo largo y ancho de Francia antes de la Revolución (Barrington Moore Jr., 1973: cap. II).
30 citadina de alimentos, cuestión que conllevó a una inestabilidad política durante los sucesivos gobiernos instaurados a partir de 1789 (contrariamente a la estabilidad parlamentaria obtenida tras 1688 en Inglaterra). De hecho, hubo tres momentos de “convulsiones populares”: el primero cuando acaece la toma de la Bastilla; el segundo, la toma de las Tullerías en 1792 que condujo a la decapitación del rey; y el tercer levantamiento en 1793, el que posicionó a Robespierre en el poder e instauró la etapa del “terror” en Francia.
El principal impulso que determinó cada flujo procedía de los sans-culottes parisienses. Y el éxito de las sucesivas oleadas duraba siempre tan sólo lo que el apoyo activo del campo. Cuando ése cesaba, cuando las exigencias de los sans-culottes entraban en conflicto con las de los campesinos propietarios, el impulso motor de la revolución radical se iba agotando, y sus residuos urbanos eran fácilmente reprimidos. Por eso es justo sostener que el campesinado, aun no siendo la principal fuerza propulsora, fue el árbitro de la Revolución, una fuerza muy importante, en una medida responsable de lo que, retrospectivamente, parece el logro más importante y perdurable de la Revolución: el desmantelamiento del feudalismo (Barrington Moore, Jr., 1973: 72-73).
31 Pero además del factor cultural antedicho, hubo otra razón que también coadyuvó a que esta revolución modernizadora tuviera el apoyo campesino. Tanto los Tokugawa como los Meijii siempre mantuvieron imposiciones tributarias que no desincentivaran la producción en el agro. Asimismo, el señor feudal -posteriormente el terrateniente del campo nipón- mantuvo una estrecha relación con la aldea campesina que dirigía, estableciéndose una precisa y solidaria división del trabajo en el interior de la comunidad, algo muy distinto a la lejanía del aristócrata francés respecto de su tierra. Todas estas razones hicieron que tanto las élites agrarias y el campesinado se plegaran al proceso estatal de revolucionar política y económicamente a la nación nipona una vez que la agricultura comercial se introdujo. Muestra de esto es que en 1873 el Estado adoptó una normativa centralizadora llamada Contribución Territorial, la que implicó una constante transferencia de recursos –vía impuestos- del campo a la ciudad para financiar la industrialización. Campesinos, señores de la tierra y Estado se aliaron para un mismo objetivo (ibíd.).
En el traspaso de sociedades pre-capitalistas a capitalistas acaeció una centralización del poder cuyos caracteres variaron para cada caso. Hemos resaltado determinados aspectos de los casos inglés, francés y japonés al considerarlos tres ejemplos de un mismo suceso económico (introducción de la agricultura comercial) con resultados políticos distintos. En el caso inglés se vio un proceso en el que la aristocracia rural jugó un rol central en la construcción de un Estado monárquico-parlamentario estable, contrariamente al caso francés en el que la élite terrateniente, desposeída de un espíritu emprendedor como su par inglés –con la consecuente respuesta campesina-, influyó en la inestabilidad del régimen político resultante. Para el caso japonés, el control del samurái en el campo y la lealtad entre estamentos, así como una viable carga tributaria y un trabajo cercano del señor de la tierra con los labradores explican el éxito de una revolución conservadora iniciada desde arriba, modernización en la que tanto “señores” rurales como campesinos se plegaron favorablemente al reto de la agricultura comercial.
32 esquema teórico de Barrington Moore Jr. será de gran utilidad para comprender el “origen social” del régimen político de la segunda mitad del siglo XIX en el Ecuador gracias al análisis del diezmo.
El feudalismo corresponde a un período histórico vivido en Europa y no en América Latina, el que constituyó la antesala del Renacimiento. Como lo precisa López-Alves (2000), en América Latina, a diferencia de Europa, no hubo feudalismo, como tampoco revolución industrial y, consecuentemente, la burguesía se desarrolló de manera tardía y poco fuerte. Asimismo, la región fue objeto del colonialismo sin poseer colonias en el extranjero5. Tanto Mann (1993) como Tilly (1990), según sostiene López-Alves (2000: 18), han planteado que históricamente los Estados europeos han intentado asegurar sus fronteras a través de la guerra, facilitando éstas las alianzas de clase que han fortalecido o debilitado a los Estados. Así, la guerra permitió controlar recursos, impuestos y la construcción de un ejército central. Pero a diferencia de lo sucedido con Prusia y Rusia en donde la presión del conflicto bélico obligaba a que la maquinaria estatal creciera de manera coercitiva, en América Latina los nacientes Estados no pudieron presionar de manera efectiva en el cobro de impuestos en las poblaciones rurales. Tras la independencia, “…ningún Estado en América Latina logró hacer cumplir la política tributaria de manera eficiente, las ciudades comenzarían a dominar las áreas rurales, y la coerción laboral directa no siempre fue posible” (López-Alves, 2000: 18).
Según López-Alves, mientras que en Chile, Argentina y México sus sociedades lograron fortalecer sus instituciones estatales y monopolizar la coerción, en Uruguay, Venezuela y Colombia las instituciones estatales se mantuvieron débiles durante la mayor parte del siglo XIX, ajenas en general a la realidad rural. El autor explica estas diferencias en virtud de su “argumento”, el que comprende cuatro afirmaciones entrelazadas: 1) A partir de las guerras independentistas, si la formación del ejército y la incorporación de las milicias a éste se dieron en el campo, el ejército no generó mayor autonomía ni lealtad hacia el poder central urbano ligado a las élites. Así, el Estado creció débil y esto coadyuvó parcialmente al fortalecimiento de los partidos políticos y al surgimiento de regímenes menos autoritarios (Uruguay, Colombia). Pero si el ejército mantuvo el lazo con las élites urbanas, el Estado creció fuerte, los partidos débiles y el
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33 régimen más autoritario que otros (caso argentino). 2) No existe una correlación simétrica entre tipo de coalición dominante y sistema político resultante. Para explicar por qué coaliciones parecidas en distintos países convivieron con sistemas políticos divergentes y viceversa, es preferible enfocarse en los desenlaces de los conflictos y las concomitantes acciones colectivas. 3) Mayor desarrollo económico no necesariamente conduce a regímenes más democráticos e inclusivos (López-Alves, 2003: 24, 66-80).
En todos los casos principales, el cambio (agricultura comercial de exportación) alteró la composición de las coaliciones, pero no afectó necesariamente la conformación institucional y las nuevas coaliciones que surgieron no fueron necesariamente más democráticas (López-Alves, 2003: 75).
El autor antes citado postula que dado que el trabajo rural era escaso en las sociedades agrícolas latinoamericanas postcoloniales, las élites buscaron el apoyo de la fuerza de trabajo en términos económicos y políticos. Y es así que López-Alves llega a la cuarta afirmación: la forma de incorporación de los “pobres rurales” a la política y a la guerra moldeó “sustancialmente” al régimen político resultante. Frente a rebeliones locales, guerras externas o civiles, hubo tres formas de incorporación de los “pobres rurales”: a) mediante un ejército leal al poder central, b) mediante un partido o partidos, c) y a través de ejércitos de caudillos desconectado directamente del Gobierno o de un partido (ibíd.). A estas cuatro afirmaciones el autor las compendia en la siguiente tesis:
En las sociedades agrícolas postcoloniales, los tipos de guerra y el tipo y alcance de la movilización de los pobres de las zonas rurales durante la formación del Estado dieron forma a las instituciones, las relaciones entre civiles y militares y los regímenes resultantes (López-Alves, 2003: 80).
34 Más que en ninguna otra área…, los partidos en las Américas
contribuyeron a trazar los límites de la ciudadanía y la nacionalidad, y a construir el ejército. En su mayor parte, la actividad de la milicia latinoamericana no se mantuvo sujeta al Estado, ni a bandas mercenarias, sino a los partidos. Los partidos se formaron al lado del Estado y se convirtieron en hacedores del Estado; al mismo tiempo, la organización partidaria se convirtió en la forma más común de resistencia regional al Estado (López-Alves, 2000: 31-32).
En el tipo de respuesta del campesino y el “señor” (Barrington Moore Jr.) frente al reto de la agricultura comercial en el Ecuador indagaremos en qué grado el contribuyente del diezmo y la élite terrateniente ligada al negocio de éste apoyaron o no la modernización estatal. ¿Qué postura tomó la aristocracia rural serrana frente a la necesidad comercial de abolir el diezmo? ¿Qué pensaba el campesino libre y propietario frente a la carga del diezmo? ¿Fue la élite terrateniente una aliada estatal en su proceso modernizador? ¿En qué grado contribuyó el campesinado a esta modernización? En suma: ¿cómo estas posturas influyeron en la construcción estatal y de ciudadanía tributante (asuntos que constituyen parte de una organización política) desde la realidad local? Todas interrogantes a ser tratadas en el capítulo tres.
Por razones de pertinencia con nuestros hallazgos de archivo para los capítulos tres y cuatro, de la propuesta teórica de López-Alves únicamente tomaremos su idea del partido político latinoamericano como actor constructor del Estado, así como su conclusión de que un cambio de “coalición dominante” no necesariamente modifica un régimen político. Esto quedará manifiesto durante el debate parlamentario entre liberales y conservadores en el Congreso ecuatoriano al momento de debatir la reforma abolicionista del diezmo. Los partidos conservador y progresista cumplieron un rol tripartito: abogaron por los intereses de las clases “altas”, así como por aquellos de las clases “bajas” y, finalmente, también por los intereses de un Estado en construcción. Esta complejidad propia del partido político latinoamericano permitirá evidenciar cómo y en qué términos se va construyendo y delimitando la nacionalidad y la ciudadanía (tributante para nuestro estudio) en la república del Ecuador.
Ilegitimidad tributaria por ausencia de pacto tierra comunal-tributo
35 del indio en la república mejoró (o no) en relación a su estatus en la Colonia. Para el caso de los ayllus norpotosinos –antigua provincia de Chayanta-, Platt (1982) analiza la relación tierra-tributos en la era republicana. En ésta se pasa de un régimen de tenencia comunal del suelo por parte de los indígenas a un régimen de privatización de aquél. Durante la era colonial boliviana, el “modelo cacical” de “mercantilismo agrario” de los indios de Chayanta permitió cierta bonanza económica en sus comunidades. De hecho, la legitimidad en el cobro del tributo indígena estuvo garantizada por el “pacto de reciprocidad” establecido entre autoridades coloniales e indios propietarios de tierras comunales. El cacique, o “curaca” en aquel entonces, hacía las de administrador y cabeza política del ayllu –tierra de propiedad y trabajo común-. En el caso de Chayanta, fueron la producción y comercialización del trigo y del maíz lo que conllevó a épocas de riqueza, factor que generó una factibilidad tributaria.
Frente a sus ayllus, el curaca se presentaba como el encargado del Estado de confirmar a cada unidad doméstica en la posesión de sus tierras, y de asegurar la cancelación del tributo (a veces a través de la comercialización de los excedentes producidos en las tierras “de la comunidad”) y las demás obligaciones exigidas por el Estado colonizador. A través del curaca, el rey de España podía presentarse ante los indios como el sucesor legítimo del Inca: ambas jefaturas reclamaban un derecho eminente sobre todas las tierras cultivadas… (Platt, 1982: 28-29).
36 internos los factores que permitieron a los indígenas tributar sin empobrecerse, gracias a esta lógica grupal de producción, comercialización y redistribución.
No hay ninguna razón para suponer que cada unidad doméstica se encargara individualmente de la venta de su propio excedente triguero (…) Aquí vuelve a presentarse la posibilidad de un “modelo cacical” de tributo, basado en la movilización de la fuerza de trabajo colectiva para el cultivo de ciertos productos en tierras “de la comunidad”, encargándose el mismo curaca de la comercialización de las cosechas, a la vez que se devolvía una porción a los cultivadores en señal de redistribución (Platt, 1982: 38).
Platt postula que mientras el régimen del ayllu existió, los indios ocuparon varias regiones ecológicas para sembrar sus productos, lo que generó una dispersión en la tenencia de tierras. Este punto, una vez iniciada la república, entró en conflicto con la racionalidad estatal, la que desconoció a los “ayllus-multicantonales” ubicados en varias regiones ecológicas. La fragmentación de éstos pasó a ser orden del día, aspecto que minó el éxito agrario otrora basado en un criterio multi-ecológico (Platt, 1982: 48, 55). Durante la vigencia del tributo de indios, las resoluciones sobre el monto imponible eran primero discutidas en las “mesas revisitadoras” con la participación de las autoridades indígenas, estos es, recolectores y jueces internos. Este procedimiento hacía del sistema un “gobierno indirecto” que otorgaba legitimidad al proceso impositivo. Con el fin del tributo y del ayllu, la legitimidad tributaria sobre el indígena quedó trastocada desde una visión liberal de la ciudadanía (Platt, 1982).
37 cuando planteaban la consolidación de la tenencia individual…” de la tierra (Platt, 1982: 41).
Este relato del caso boliviano sobre el fin de una estructura socioeconómica que permitía el comercio interregional y el pago del tributo al Estado por parte de los ayllus (desde “por lo menos” el siglo XVIII) nos da cierta luz para comprender una realidad similar en el caso ecuatoriano. La noción de esta desarticulación del régimen de propiedad comunal indígena permitirá entender con mayor profundidad la relación tierra-diezmo-indígena en la segunda mitad del siglo XIX en el Ecuador. Sin duda, el trabajo de Platt revela la complejidad de la legitimidad tributaria una vez terminada la Colonia en relación a los contribuyentes indígenas de la región andina.
La ley de venta de tierras comunales de 1874 en Bolivia encuentra su correlato en el Ecuador con las políticas de Estado iniciadas ya desde la Gran Colombia y continuadas durante el Floreanismo y después profundizadas con el Garcianismo. Justamente, como lo plantea Coronel A., Juan José Flores contó con el respaldo de las élites regionales para iniciar su presidencia. Entre sus medidas en materia tributaria, Flores decidió reinstaurar el tributo de indios. También decretó, en septiembre de 1833, el proceso de de-corporativización de tierras de tenencia comunal a través de la venta de “tierras baldías”. Esta política se caracterizó por irregularidades de forma y fondo contra el campesinado en la región de la sierra central. La expansión de la frontera de la hacienda en esta región–expropiación mediante- se dio a costa de estas tierras comunales. Por otro lado, el decreto del 1ero de julio de 1843 prohibió que tierras de propiedad privada pudieran ser compradas por indígenas (Coronel A., 2011: 65-68). “Así, esta legislación hizo que la autonomía económica de las comunidades se tornaran menos sostenibles y se instituyeron obstáculos para la participación de sus miembros en proceso de comercialización” (Coronel V., 2011: 70).
38 colonial por la cual las comunidades, a través de sus caciques, coordinaban el acceso de otras comunidades a sus plantaciones en zonas discontinuas (íbid.).
Vemos aquí, de manera similar al proceso boliviano descrito por Platt, cómo la obligación tributaria para el indígena en la sierra central del Ecuador se deslegitimó una vez que sus tierras comunales empezaron a ser rematadas así como sus “ayllus multi-cantonales” resquebrajados. El despojo de las tierras a los indígenas, la prohibición para su adquisición y cultivo en varias zonas ecológicas fueron todos factores que redujeron su capacidad contributiva, es decir, su excedente económico.
“Administración privada de poblaciones” y “ciudadanía del sentido común”
La brecha entre el discurso del Estado central y lo realmente sucedido en la instancia local nos exige que como analistas tengamos una mirada crítica respecto de ciertos discursos propios de la Ilustración. Así, como lo argumenta Guerrero para el caso ecuatoriano, es posible hablar de una segunda mitad del siglo XIX y de todo un siglo XX en tanto escenario social en el cual el proceso de construcción de ciudadanía se convirtió en un “campo social donde se arman y se juegan relaciones de dominación” desde una esfera no estatal (Guerrero, 2010 VI: 413)6. En este tipo de contexto existieron ciudadanos “naturales” quienes ejercieron poder, sobreentendiéndose a sí mismos como interpares, integrantes “naturales” de una “comunidad legítima” que comparte “fronteras internas” en base a una historia y cultura comunes (el término de “fronteras internas” nace con J.G. Fichte). Estos criterios religiosos, raciales, de lengua, etc. que definen a la “comunidad interna” pueden variar si bien son siempre “arbitrarios”. Al definirse desde el sentido común cuál es la “comunidad legítima”, ésta se atribuye la potestad de administrar a quienes son considerados, por el contrario, como extrapares, como lo fue el caso de los indígenas en el Ecuador. Esta administración puede ser pública o devenir en privada cuando “es dejada a las escaramuzas de los micropoderes que despliegan los ciudadanos particulares en la vida cotidiana, en su mundo efectivamente al alcance de la mano” (Guerrero, 2010 VI: 414).
Para Guerrero, la ubicación ocupada por los extrapares en la lógica de la igualdad ciudadana y de la ley nacional es la de los “estados de excepción ínsitos” en la
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