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SONIA PATRICIA CORTES ZAMBRANO

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Academic year: 2018

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EFECTIVIDAD DE LAS AUTORIADES MUNICIPALES EN LA APLICACIÓN DEL PROCESO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO EN MATERIA URBANA EN EL

MUNICIPIO DE VILLAVICENCIO

LUZ ÁNGELA CÁCERES SASTOQUE CARLOS ANDRÉS CÁRDENAS CÁRDENAS

UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS FACULTAD DE DERECHO

ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO ADMINISTRATIVO VILLAVICENCIO VILLAVICENCIO

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EFECTIVIDAD DE LAS AUTORIADES MUNICIPALES EN LA APLICACIÓN DEL PROCESO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO EN MATERIA URBANA EN EL

MUNICIPIO DE VILLAVICENCIO

LUZ ÁNGELA CÁCERES SASTOQUE CARLOS ANDRÉS CÁRDENAS CÁRDENAS

Informe final presentado para optar al título de Especialista en Derecho Administrativo

Asesor

PhD. SONIA PATRICIA CORTES ZAMBRANO Doctor en Derecho

UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS FACULTAD DE DERECHO

ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO ADMINISTRATIVO VILLAVICENCIO VILLAVICENCIO

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Autoridades académicas

P. JUAN UBALDO LÓPEZ SALAMANCA, O.P. Rector General

P. ERICO JUAN MACCHI CÉSPEDES, O.P. Vicerrector Académico General

P. JOSÉ ARTURO RESTREPO RESTREPO O.P. Rector Sede Villavicencio

P. FERNANDO CAJICA GAMBOA, O.P. Vicerrector Académico Sede Villavicencio

Adm. JULIETH ANDREA SIERRA TOBÓN Secretaria de División Sede Villavicencio

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Nota de Aceptación

_______________________________

_______________________________

_______________________________

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SONIA PATRICIA CORTES ZAMBRANO Decana de Facultad Derecho

MAYRA ALEJANDRA GOMEZ PUENTES Coordinador Especialización en Derecho Administrativo

SONIA PATRICIA CORTES ZAMBRANO Director Trabajo de Grado

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Contenido

Pág.

Resumen ... 7

Introducción ... 8

1. Evolución normativa del procedimiento sancionatorio urbanístico ... 10

1.1 Vistos generales de la normatividad urbanística en Colombia ... 10

1.2 Análisis comparativo de Decreto 01 de 1984 frente a la ley1437 de 2011 ... 11

2. Estadísticas de las sanciones urbanísticas impuestas en el Municipio de Villavicencio 13 2.1 Procesos sancionatorios iniciados entre los años 2012 a 2015 frente a demoliciones y sanciones impuestas en el mismo periodo. ... 13

3. Deficiencias y acciones correctivas a tener en cuenta por parte del Municipio de Villavicencio, para la efectividad del procedimiento administrativo sancionatorio urbanístico. . 15

Conclusiones ... 17

(6)

Lista de Tablas

Pág.

Ilustración 1. Normatividad Urbanistica en Colombia ... 10

Ilustración 2. Etapas procedimentales ... 12

Ilustración 3. Procesos Sancionatorios ... 13

(7)

Resumen

El presente artículo tiene como finalidad, realizar un análisis sobre la efectividad de las autoridades Municipales de Villavicencio, en lo que respecta a la aplicación del proceso administrativo sancionatorio en materia urbana durante los años 2012 a 2015. Lo anterior, teniendo en cuenta que es responsabilidad y competencia de cada Municipio, vigilar y controlar que toda obra de construcción que se realiza en su territorio, sea acorde a lo establecido en la normatividad urbana, debiendo contar para ello con los respectivos permisos de licenciamiento urbanístico, a fin de lograr un crecimiento del territorio organizado y evitar la imposición de sanciones de tipo pecuniario y demolición de obra. El análisis se efectuara a partir de una recolección de datos, en lo que respecta al número de procesos sancionatorios iniciados y el total de sanciones impuestas.

Palabras Claves: Autoridades Municipales, Efectividad, Vigilar, Controlar, Licencia, Infracción, Normatividad, Proceso Sancionatorio, Obras de Construcción, Municipio de Villavicencio.

Abstract

This article aims to carry out of the effectiveness of the municipal authorities of Villavicencio, in regards to the implementation of the sanctioning administrative process in the urban area during the years 2012 to 2015. The above, considering that it is the responsibility and competence of each municipality, watch and control that all work construction that is performed in its territory, it is according to established in the regulations urban, having to do this with the respective licensing permissions urban, in order to achieve a growth of organized territory and to avoid the imposition of financial sanctions and demolition work.

The analysis is done from a collection of data, in terms of the number of bidding processes initiated and the total of sanctions imposed.

(8)

Introducción

A nivel nacional existe normatividad que rige el tema urbanístico en Colombia, la cual debe de ser acogida y aplicada por cada uno de los Municipios del País y de esa manera coadyuvan a que las ciudades tengan un crecimiento ordenado y armónico con sus planes de ordenamiento territorial. En ese orden de ideas, se tiene que la Alcaldía de Villavicencio cuenta con la Secretaria de Control Físico, la cual es la encargada de dar ejecución a lo estipulado en la mencionada normatividad y en razón a que en el Municipio no existe un proceso sancionatorio especial en materia urbanística, esta Secretaria hace uso del proceso administrativo sancionatorio consagrado en la Ley 1437 de 2011 para la aplicación de las normas urbanísticas, en apego a la ley 810 de 2003.

En materia urbana la ciudad de Villavicencio en los últimos tiempos ha tenido un incremento notable en la ejecución de obras de construcción para vivienda y uso comercial, pero el referido incremento se ha dado de manera desorganizada y violando las normas urbanísticas, en virtud a que se ha visto que muchos de los constructores han realizado sus construcciones sin contar con la respectiva licencia urbanística de construcción, la cual es considerada como el permiso que otorgada las curadurías urbanas para el inicio de las mismas.

Por lo anterior, el objetivo del presente artículo es demostrar la efectividad de la Alcaldía de Villavicencio en la aplicación del procedimiento administrativo sancionatorio a las construcciones que se realizaron entre los años 2012 a 2015 y que al momento del inicio de las mismas, sus constructores no contaban con la respectivos permisos de licenciamiento urbanístico, generándose así una violación no solo a la normatividad que regula todo lo relacionado al ámbito urbano sino también a los parámetros establecidos para el desarrollo de las obras tanto en el casco urbano como rural.

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el desarrollo de la investigación se utilizaron métodos como tablas, cuadros y conteos a partir de la información aportada por la Secretaria de Control Físico en lo concerniente al total de procesos sancionatorios iniciados y el número de sanciones impuestas por infracción a las normas urbanísticas en los años 2012, 2013, 2014 y 2015.

Una vez recolectados los datos, se observó que en los últimos años (2012 a 2015) la Secretaria de Control Físico de la Alcaldía de Villavicencio, como ente encargado de controlar que las obras de construcción que se realizan en el Municipio se hagan respetando las normas urbanísticas de construcción, NO fue efectiva en la aplicación del proceso sancionatorio administrativo, pues se pudo determinar que en cada año fueron abierto más de mil procesos pero las sanciones impuestas en esos mismo años fueron en un rango de cuarenta a sesenta, dejando un margen de más o menos ochocientos procesos sin concluir en cada año.

(10)

1. Evolución normativa del procedimiento sancionatorio urbanístico

Colombia es considerada como un País altamente urbanizado, y en virtud a ese crecimiento urbano, varios municipios se vieron obligados a implementar una normatividad que regulara todo lo relacionado en materia urbana, como las obras de construcción, redes de acueducto, alcantarillado y saneamiento, estructuras sismoresistentes, etc.

Solarte (2012) afirma que: A principios de los años 80, en varios municipios empezaron a surgir normas de todo tipo que pretendían controlar y regular los principales elementos del desarrollo urbano como el transporte, la vivienda, los servicios públicos, etc., así mismo, se implementó el Código Urbano y surgió el de Construcciones, normas legales que trataron especialmente de sismoresistencia, volumetría y materiales de construcción (p. 229).

No obstante, las normas urbanas en razón a ese desarrollo urbanístico han venido siendo reformadas por medio de otras normas, con el fin de que en ellas queden plasmados los cambios generados en el ámbito territorial. Dichas reformas a la normatividad han sido las siguientes:

1.1Vistos generales de la normatividad urbanística en Colombia

Ilustración 1. Normatividad Urbanistica en Colombia

Ley/Decreto Aspectos generados en la normatividad

Ley 88 de 1947 Con esta ley se elaboraron los primeros planes de planificación para las ciudades de Bogotá, Medellín y Cali

Ley 61 de 1978

Dispuso la elaboración del Plan integral de desarrollo, para la reorganización de las grandes ciudades a fin de controlar y regular el desenfrenado crecimiento.

Ley 9 de 1989 “ley de reforma Urbana” introdujo los llamados instrumentos de planificación, presenta vigencia actualmente.

Ley 388 de 1997

Introdujo al País los denominados Planes de ordenamiento Territorial y estableció el procedimiento para su adopción en los diferentes Municipios.

Decreto 1052 de 1998 Reglamento disposiciones referentes a las licencias urbanísticas y curadores urbanos (derogado)

Decreto 1600 de 2005

(11)

Tabla 1. Contiuación

Decreto 564 de 2006

Reglamento disposiciones relativas a las licencias urbanísticas; al reconocimiento de edificaciones; a la función pública que desempeñan los curadores urbanos y la legalización de asentamientos humanos constituidos por viviendas de Interés Social (vigente art 122 a 131).

Decreto 1469 de 2010

Reglamento disposiciones relativas a las licencias urbanísticas; al reconocimiento de edificaciones; a la función pública que desempeñan los curadores urbanos (Derogado)

Decreto 019 de 2012

Con el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública (Capitulo XIV) Art 180 y sig. (vigente) Decreto 1077 de 2015 Se expide como decreto único reglamentario del sector vivienda

ciudad y territorio. (vigente) Fuente: Elaboración propia,

De igual manera, debido a la falta de atención por parte del Gobierno en lo que concierne al desarrollo urbano, hoy día no existe un procedimiento sancionatorio específico en materia urbana. Por tanto, las entidades, como la Secretaria de Control Físico, encargadas de iniciar procesos sancionatorios cuando se evidencia una infracción a las normas urbanísticas, han tenido que acudir a lo establecido en su primer momento en el Decreto 01 de 1984 (Código Contencioso Administrativo) y actualmente a la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo) que reemplazo el Decreto 01 de 1984 en los siguientes aspectos:

1.2Análisis comparativo de Decreto 01 de 1984 frente a la ley1437 de 2011

(12)

Los preceptos de este Código se aplicarán también en lo no previsto por dichas leyes y las siguientes etapas procedimentales:

Ilustración 2. Etapas procedimentales

Fuente: Elaboración propia,

Averiguaciones preliminares

Art47 No hay merito

(mediante A.A. así lo proferirá comunica a

terceros y archiva)

Si hay merito

(A.A. de formulación de Cargos) sin recursos

El investigado dentro de los 15 días hábiles siguientes a la notificación, podrá presentar

DESCARGOS y presentar PRUEBAS

Periodo PROBATORIO hasta por 30 días (opcional cuando se

requiera)

Citación a notificación personal (art 68) en su defecto

por aviso (art 69)

Mediante A.A. motivado se rechazaran

las pruebas impertinentes, inconducentes y

superfluas

Traslado por 10 días para ALEGATOS RESPECTIVOS

Mediante Resolución DECISIÓN DE FONDO

(30 días)

Proceden los RECURSOS (Art 74 y

siguientes-) INICIO

(13)

2. Estadísticas de las sanciones urbanísticas impuestas en el Municipio de Villavicencio

Durante la recolección y sistematización de la información en relación a las sanciones impuestas, demoliciones realizadas, procesos sancionatorios iniciados, se encontró que la Secretaria de Control Físico inicio en cada año (2012 a 2015) más de mil procesos sancionatorios urbanísticos. Sin embargo, el número de demoliciones y sanciones impuestas por la entidad en cada año, no se vieron reflejas en igual o menor proporción frente a los procesos administrativos sancionatorios iniciados anualmente, como se puede ver a continuación:

2.1Procesos sancionatorios iniciados entre los años 2012 a 2015 frente a demoliciones y sanciones impuestas en el mismo periodo.

Ilustración 3. Procesos Sancionatorios

Procesos abiertos Sanciones impuestas Demoliciones de obras

2012 1012 42 0

2013 1572 57 0

2014 1685 68 0

2015 1727 78 0

Fuente: Elaboración propia,

Según lo plasmado en la tabla de datos arriba expuesta, durante el año 2012 la Secretaria de Control Físico inicia 1012 procesos sancionatorios por infracción a las normas urbanísticas, pero en ese mismo año solo impone 42 sanciones pecuniarias y no realiza ninguna demolición de obra. En el siguiente año (2013), la entidad apertura en el transcurso del mismo 1572 procesos sancionatorios, impone 52 sanciones y no registra demolición alguna. Para el año 2014 la Secretaria inicia 1685 procesos sancionatorios, expide 68 sanciones y reporta 0 demoliciones.

(14)

Para una mayor ilustración, a continuación se presenta una gráfica en donde se puede observar de manera detallada la diferencia encontrada entre los procesos sancionatorios iniciados y las sanciones y demoliciones impuestas por la Secretaria de Control Físico.

Ilustración 4. Procesos Sancionatorio 2

Fuente: Elaboración propia,

Conforme a lo expuesto, se evidencia claramente que la Secretaria de Control Físico no es efectiva en el desarrollo y aplicación del proceso administrativo sancionatorio urbanístico a las personas naturales o jurídicas que inician obras de construcción sin contar con los licenciamientos exigidos por la normatividad urbana. Lo anterior, teniendo en cuenta que el margen de diferencia entre los procesos sancionatorios iniciados y las sanciones y demoliciones impuestas es enorme, pues se tiene que de más de mil procesos abiertos en cada año solo el 5.8% de ellos termina con una sanción pecuniaria y sin ninguna demolición de obra.

De igual forma, durante la investigación se observó que a medida que se da inicio a un nuevo año, la Secretaria de Control Físico se enfoca en dar impulso a los procesos sancionatorios que son iniciados en ese año, generando de esta manera que los procesos del año anterior sean dejados en el archivo de la entidad, sin que se les realice ningún trámite ni sean terminados, ocasionando que con el pasar de los años los procesos sancionatorios queden caducados en virtud a que el artículo 52 de la Ley 1437 de 2011, señala que la facultad sancionatoria de las autoridades caduca a los tres años de ocurrido el hecho, ocasionando un detrimento patrimonial para el Municipio.

0 500 1000 1500 2000

2012 2013 2014 2015

Procesos abiertos

Sanciones impuestas

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3. Deficiencias y acciones correctivas a tener en cuenta por parte del Municipio de Villavicencio, para la efectividad del procedimiento administrativo sancionatorio

urbanístico.

En el desarrollo del presente trabajo, se han encontrado diferentes amenazas que atentan contra la efectividad, en la aplicación del procedimiento administrativo sancionatorio urbanístico y de las cuales se tienen, en primer lugar, pese a que existe una reglamentación actualizada del procedimiento (formato MECI 1402-P-CUE-01-V2) y ajustada a lo ordenado en la Ley 1437 de 2011, en donde se indican claramente los términos y etapas del mismo, el desconocimiento de éstas por parte de los funcionarios a cargo de tramitar e impulsar los procesos sancionatorios urbanísticos ocasiona vencimiento en los términos procesales, generando de esta manera un retardo en la expedición del acto administrativo que ponga fin a la controversia.

Igualmente, se tiene que otra amenaza que atenta contra la efectividad, es la poca capacidad operativa y recurso humano de que disponen las autoridades municipales encargas de la ejecución del procedimiento administrativo sancionatorio urbanístico. Como quiera que revisada la planta de personal del Municipio de Villavicencio, se encontró que la Secretaria de Control Físico, cuenta con un personal adscrito a la Dirección de Control Urbano de apenas ocho funcionarios públicos, de los cuales solo un Abogado, se encuentran vinculado como profesional universitario quienes son los encargados de instruir e impulsar los más de 4.000 de procesos iniciados entre los años 2012 a 2015, lo cual redunda en la gran probabilidad, que un alto porcentaje de sus procesos caduquen por falta de capacidad sancionatoria.

(16)

la realidad es la Secretaria de Planeación -Dirección de Ordenamiento Territorial- quien viene ejerciendo dicha función.

Por lo anterior se hace necesario que el Municipio de Villavicencio y más específicamente, que las autoridades municipales de vigilancia y control del desarrollo urbano de la ciudad, procedan a la actualización de sus procedimientos internos, en aplicación de un procedimiento administrativo sancionatorio que cuenta con unos términos relativamente agiles, para el logro e imposición de sanciones, con que se establezca en un alto grado, frenar el crecimiento urbano desordenado del Municipio, exhortando y coaccionando a la comunidad a la adecuación de sus obras a la norma urbanística.

De igual manera, se debe revisar por parte del Municipio de Villavicencio, su estructura orgánica y funcional, en procura del fortalecimiento logístico y humano de las dependencias y una distribución armónica de las funciones de vigilancia y control, que lleven al logro de objetivos y hacer efectivo una herramienta vital, como lo es el procedimiento administrativo sancionatorio urbanístico.

(17)

Conclusiones

Teniendo en cuenta lo desarrollado en el presente artículo de investigación, se llegó a la conclusión que las autoridades municipales, en este caso, la Secretaria de Control Físico no ha sido efectiva en la aplicación del proceso sancionatorio por infracción a las normas urbanísticas pues se encontraron las siguientes falencias:

 Anualmente la entidad da inicio a más de mil procesos sancionatorios, no obstante, solo un porcentaje mínimo llega a su fin mediante acto administrativo donde se impone una sanción pecuniaria, pero ninguno de ellos termina con una demolición de obra.

 Los procesos sancionatorios urbanísticos que no terminan por medio de acto administrativo definitivo, tampoco son impulsados por la entidad, razón por la cual terminan siendo caducado, generándose así un menoscabo en el patrimonio del Municipio de Villavicencio.

 La Secretaria de Control Físico no cuenta con el recurso humano suficiente y capacitado para dar trámite y llevar a su fin todos los procesos sancionatorios urbanísticos, pues solo se asigna un abogado para cada año, es decir que a ese abogado le corresponde tramitar más de mil procesos.

(18)

Referencias bibliográficas

Colombia, Concejo Municipal de Villavicencio, Acuerdo No. 172 (17 de Diciembre de 2012).

Obtenido de

http://villavicencio.gov.co/index.php?option=com_phocadownload&view=category&download= 573:acuerdo-no-172-del-17-de-diciembre-de-2012&id=3:acuerdos&Itemid=212&start=25.

Colombia, Congreso de la república, Ley 88 (15 de Diciembre de 1947). Obtenido de http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=8226

Colombia, Congreso de la república, Ley 61 (15 de Diciembre de 1978). Obtenido de http://amco.gov.co/Archivos/Otros/ley_0061_151278.pdf

Colombia, Congreso de la república, Ley 9 (11 de Enero de 1989). Obtenido de http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1175

Colombia, Congreso de la república, Ley 388 (18 de Julio de 1997). Obtenido de http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=339

Colombia, Congreso de la república, Ley 810 (13 de Junio de 2003). Obtenido de http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=8610

Colombia, Congreso de la república, Ley 1437 (18 de Enero de 2011). Obtenido de http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249

(19)

Colombia, Presidencia de la república (Decreto 1052 10 de Junio de 1998). Obtenido de http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1464

Colombia, Presidencia de la república, Decreto 1600 (20 de Mayo de 2000). Obtenido de http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16545

Colombia, Presidencia de la república, Decreto 564 (24 de Febrero de 2006). Obtenido de http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=19163

Colombia, Presidencia de la república, Decreto 1469 (30 de Abril de 2010). Obtenido de http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=39477

Colombia, Presidencia de la república, Decreto 019 (10 de Enero de 2012). Obtenido de http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=45322

Colombia, Presidencia de la república, Decreto 1077 (26 de Mayo de 2015). Obtenido de http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62512

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Ilustración 2. Etapas procedimentales
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