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Publicación de un reclamo hecho A S. E. El Presidente de la República del Ecuador (Folleto).

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(1)

HECHO

m

DE LA.

R U P Ú B L I C A D E L E C U A D O R ,

POR EL DQR. AGUSTIN SALAZAR,

contra el despojo que ha esperlmentado del empleo de auditor de

guerra del distrito de esta

.

/ L

Q U I T O :

IMPRENTA P? IUYADPNEIR Y C.4

(2)

DEL PUEBLO ECUATORIANO.

A V O S ¡oh fuente excelsa de los poderes de la R e ­ pública! á vos me d irijo cuando con una sensibilidad, so­ bre la que interesan vuestra gloria y porvenir, os de­

nuncio

que el Poder destroza

Constitución.

E l e scr

to que en copia acom paño, os instruirá de esta verdad. Su orijinal se puso en el G ob iern o, á ver si reparaba el nial: m edida que me pareció conveniente para llenar los deberes que aconsejan el respeto y la prudencia. V o s os im pondréis de su resultado: el que si fuese justo, c e ­ derá en lustre dei E je cu tiv o ; y si adverso, menos d o ­ loroso me será por la p arle relativa á mi persona, que por la que m ire á la causa pública, de la que son los derechos que hasta hoi se m uestran ofendidos. C om o ha­

béis siem pre fa vorecid o á mi reputación con con cep to benigno, puedo afirm ar en corresp on d en cia, que en m e­ dio de la depresión que he sufrido, mi alm a se ha halla­ do serena, en razón de estar libre de toda m ancha de delito ó culpa; y ese m ism o dictam en que ocasionó m i vejación, ha obtenido la aprobación común. E sta es mi m ayor satisfacción; no dejar de perten eceros por m ere­ cim iento invariable. V u estro es pues el asunto; y dis­ pensad con la benevolencia que os ca ra cte riza , la co n ­ fianza con que lo ha som etido a vuestra em inente op i­ nión, el m enor de vuestros asociados

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c b e o o o o o o o D e o o o o c o o o e s e o e

íOOOOOOOOwo-

^ o o c o o

Precedente de

la .República del Ecuador,

*/El P o r . A gustín S alazar, separado do la au ditoria (le guerra ti el d istrito de esta ca p ita l, ante V . E . con el debido respeto digo: que estoi ce rcio ra d o de que V . E . m e ha destituido de hecho del destino de auditor que m erecí á la dignación del S uprem o G ob iern o P r o v is o ­ rio, habiendo esta concesión servido de fundamento al H on orable C onsejo de G obiern o para opinar por la sub­ sistencia de ese em pleo, á reserva de que sobré esta se diese cuenta á la próesim a legislatura, con cu yo diclám en se con form ó V . E . Confieso injenuam ente, S eñ or, que la resolución de V . E . preventiva de la p rivación esp resa - da, no ha alterado en nada la tranquilidad de mi es­ p íritu, porque no he dado ni podido p resta r m érito á ella, y ciertam ente me desentendería de este recla m o, si á pesar de tener tal cualm enle sentada una reputa­ ción favorable, no estuviera, com o tod o hom bre, inter­ pelado por un deber relijioso y natural á velar sobre Ja conservación de mi buen nom bre. C on este o b je to en que uso de una garantía constitucional, me p erm itirá V . E . que traiga á consideración lo m otiv o del lance, Jos d erech os que han padecido con él, y unas pocas re- flecsiones que hagan al caso, para que á vista de to d o , eñ que p rocu ra ré ser lo mas co n ciso , se sirva V . E , espedir, com o suplico, una resolución u lte rio r que am ­ pare á satisfacción de las leyes, el con cep to á que es a- creed or un honrado ecu atorian o.

i

H abiéndosem e pasado p or la Com andancia jenerai

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•- 4. B . * . . • . > '

cionados. o tro s pertenecientes á la lista de transeúntes y residentes por sus le tr a s ''d e T e t ir o 'Ó cédula de invá­ lidos. y algunos individuos d e;> la - clase ^de tropa, todos los que aparecían pesquisados en una cuerda com o por un juzgado de com isión / cuando los prim eros debían ser­

lo por el oficial que designase la Com andancia je peral, los segundos, en m edio del im pedim ento que resultaba del S eñor Com andante de arm as de esta provincia, por el de la mas in m elia ta , según el a rt. Í9 de la lei de de 7 de abril de 1937, el cual jefe se hallaba op ortu ­ nam ente en esta plaza; y por último los individuos de tro p a por el sárjen lo m ayor en su cuerpo. Presupuesta pues, la disposición de la lei del proee.Jitniento crim inal, p ara que sin eseepcion de las causas por conspiración, se guardasen con los m ilitares las reglas de sus juicios, m e denegué en virtud de lo antedicho y por lo pronto á la transición á proceso, é instruí el m odo sencillo con que se debían ordenar las actuaciones, que en su caso se verían separadam ente en C onseio de oLciales genera­ les, y en consejo ordinario de guerra, según el ca rá cte r

ó

condición de los acus idos. Y com o al m ism o tiem po n oté que el fundamento de lo obrad o por la autoridad m ilitar había sido un testim onio de varias inform aciones co rrid a s por el juzgado de letras, aconsejó para que I

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jueces fiscales no reincidiesen en d efectos, que se le­

galizase esa pieza, lo m ismo que cualesquiera o tra s que sé com pulsasen, con Cuya dilijencia se ven Iría á su­ p lir lo orípnal con que se form alizasen las causas, y se rectificaran los juram entos de las d ecla ra cio­

nes de que constaba el cita d o testim onio, en qué no se in stru ía . uno bien tom ad o, ó en su oaso, con las for-r realidades con que por la real orden de 30 de m arzo dé #7^7 que se halla -en p rá ctica , se reciben en el fuero civ il esos aétos á los oficiales. Indiqué tam bién qué se tupiese Cuidado en la ob servan cia del a rt. lid - de t a íe í fundam ental, p a ta no ecsijir testim onios oon tra sí p ro­ pios a -que apareciesen com plicados, ni á tos allega*

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oonsawgufhl-dad y segundo de afinioonsawgufhl-dad, porque v i,e n ,;e l* testimonio-, y en lo continuado, que después de que resultó indicia*-, do el ciudadano M a u ricio San migue! se tom ó declara­ ción jurada á su herm ano el T en iente coron el . V íc t o r A n ton io Sanm iguel, sin que constase que este se hubiese o fre cid o voluntariam ente á em itiría, y arrancándole á consecuencia de una pregunta que se le h izo, una e s c la - m acion para que no se le urjiese á sacrificar su p rop ia 6angre; y que las m ism as testificaciones se ; tom aron á la m ujer de un sarjento V é le z , y al alférez R afael C h i- riboga que hasta fue confrontado con su p rim o el te­ niente N icolá s Z a m b ra n o , cuando este y V é le z se halla­

ban'pesquisados. Y agregué por últim o, á virtu d de que igualm ente demandaban reparo estos puntos, que no se anticipasen ca reos entre reos y testigos, y que para que declarasen estos siendo de otra s jurisdicciones, se pidie­ se perm iso á los jueces de quienes dependiesen, sin suplir esta form alidad con o cu rrir á la p olicía, com o se ha­ bía verificado. T o d o lo que a rregla d o, si se adoptaban las advertencias, podrían volver los autos al auditor.

D espachado el asunto con poca diferencia en esos térm inos, encam inados á que se guardasen las fórm ulas legales, y hallándom e yo en el oficio público del e scri­ bano de guerra Juan B au tista C astrillon, se presentó de repente el Señor .leneral C om andante jeneral F ern an ­ do A y a rza , y me d ijo, á presencia de personas y desdé, la puerta á que m e acerqué para saludarle, que ya

saL^

bia el contenido de mi diclám en, y que no se co n for­ m aría con que los oficiales del ca rá cte r de retira d os fuesen juzgados p or el S o r. Com andante de arm as d e la provincia mas inm ediata. M e quedé callado á la re ­ probación que escuché, ^porque asi lo estim é debido; pe­

ro com o sin em bargo el S o r. Jeneral insistiese en el pun­ t o , arguyendo me con que había un d e cre to del G o b ie r­ no en favor. de su co n ce p to , se m e hizo indispensable es- ponerle que aquel d e cre to habia s¡3o para una causa de­ term inada, y que sob re tod o, en con flicto de leyes y

d ecretos, estaría siem pre p or las prim eras y no p or los

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f^ d ñ d o s , dé la m ism a m a ñ e r a 'q u e cáíifiéarí’á! mié: jltl- ciÓS IW S u p e rn a C o r té m arcial. É sta o cu rre n cia fu é m u í ptíqttéñfy y 's in la m enor falta dé m oderación^ mas pótf óiertó éspiritú que penétre en el; S or. Jeneral, coi?, iju é'én tóíice

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sé re tiró , presentí al m om en to’ que sé' mé*

áéeroaba uñ disgusto, y se lo di á co n o ce r al actitérío. B l Y & u llád o lo 1 ha conñrm adoi E l Jefe sé d irijió á pav feícloí ; én el a cto parece que V . E . dispuso mi lanza­ m iento: él ÍT. S or. M inistro de H acienda encargado d ef despacho de G u erra D o r . M anuel; B ustam ante, estuvo* p ron to á m andar este n ie r el nom bram iento qué autoría

en íiivor del sucesor, el que com o es visto, habría: Aceptado' el ca rg o, aunque fuese á costa* de Un balazo á la1 inocencia? se le* tom ó' el juram ento; y en m enos dé dos! hora?, sin mas trá m ites, fué consum ado el despojo, siív que lo resuelto' en 11 del mes de julio precedente, se: Hubiese' puesto en mi conocim iento hasta el 24 en qué ha! Comandancia' jeneral me lo p a rticip ó por una1 nota1 fechada en 14. ¡Ah* Señor! H ago á V , É . el honor que se m erezca, considerando que alim enta eñ el áñim ó' iri- ténCiohés mui sanas; pero sobre principios com o los des- cripíos> una1 Cspulsion tan humillante, es cosa que hacé tém er que sea’ triste el destino de la P a tria . Una‘ p ro ­ videncial sem ejante se parece á un anatem a del cielo

con tra los que la dictan. P e r a no; no será asi: V . E , con tribu irá eficazm ente á orla r’ á la N ación con j rayb^ tán herm osos y vitales corno los del sol en sus aséen­ o s .

Sipientiscst mutare consiliurn;

y á esta sentencié

d'é D ios, por la que se declara que la prim era virtud del sabio es la* docilidad, no puede dudarse que V . E l rendirá hom enaje, obrando en mi desagravió con la* dé-í cisioh qüe! correspon de, elV fuerza- dé los ápuntámientoá dé derech o que siguen.

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(^cT(5(?T5^0'©^cr(!fOT3r0i3i?ac o o o o© ©©©©©o©é ©e> ©

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loar C om andante? jenerales*; sino qtfe gozálr una< repre~ eentacion mas estensa y gravea c o n 'la qué interv$enen¡T en lbs‘ aclo3 del despacho de justicia* m ilitar» sustanciar»- hasta cie rto térm ino las causas; y ensus^ Casos figuran' de jueces; cuyas diversas funciones- designan e l olojia d o cód igo d e l e jé r c ito 1 y Ihs reales órdenes espedida? hasta*

SOS

, que se hallan declaradas en observancia:' A> pre^ séncia de esas reglas^ el clásico D on F é lix Colon* *0*- comendó- ' ‘ a los capitanes jenerales la« obligación que les* "a sistía de atfciiiar las providen cia? judiciales del a u d i-: " t o r , para que de tocia la je n lc de gu erra fuesen obede- "cid¿rs, y este

ministro

respetado com o corresp on d e á " la distinción de su em pleo y c a r á c t e r ." Y si- cuando1 hacen la? veces de con sejeros, sus dictám enes- no satis1 faciesen á los Com andantes jenerales, con quienes* eir la R epública form an el tribunal de distrito,, es cierto- qué estos puedan separarse de su m odo de pensar, pero es” entóneos trasladando á si los jefes la responsabilidad y obligándose- á consultar c o n ,lo s fundamentos que tuvie~ ren1 para disentir á la Suprem a C o rte m a rcial, que1 entre nosotros sostituye á su m odo- al R ea l y Suprem o Consejo de guerra de E spaña, á que en su vista reca i­ ga la resolución conveniente. H é aquí1 cuanto por lo j e - noral se: ha debido considerar del em pleo de "auditor, y tam bién e l circu lo á que se d ebió ceñir la Com andan­ cia jeneral,- en el evento que no le hubiese a com odad o el dictam en que di en la pesquisa seguidá sobre con s­ piración; pues esta conducta se le halla p rescrita p o r los artículos 5 . ° y 6 . ° de rea l órden vijeñte de 29 de enero de lS O l,/com u nicacíá á la antigua P resid en cia d e esta capital* ¿ Y se ha hecho esto, ó se ha resp etad o áqueíloV4 N ada por cie rto . P e r o vam os á v e r dé unai atañera mas con traida, c o m o en el ecsarru ptó d e mi- se1 paracion sé han violad o los d erech os fundam entales d e íá N a ción 1.

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iú-«— * v

© © © © © © © © © © © ooooooooo© © © © © © © © © © © © © © © © © © © © ;

r a d o .'P ó r el artícu lo 70, atribución se hallan r e s -’ trinjidas las facultades del P o d e r E je cu tiv o para rem o-- v é r librem ente á solos

tos empleados en la administran

don de la hacienda nacional,

y para

suspender con­

causa á los empleados pólétiéos, entregándolos di juez

competente;

y el destino de au d itor no es de hacienda ni es político. P o r el articulo. TI se prohíbe al m ism o E je cu tiv o im poner pena á nadie, y y o he sufrido la de privación de Un em pleo ó ca rg o público, que el artícu-- lo 20 dé la lei del procedim iento crim inal revela entre las mas graves. P o r el a rt. 93, “ los m inistros y jueces 'M e cualquiera tribunal no podrán ser suspensos de su3‘ "d estin os, sino por acusación adm itida, ni depuestos sino’ " p j r sentencia judicial con a rreglo á las le y e s," y: yo he sido destituido sin delito, ni siquiera una reconvención.' P o r el a rt. 120 “ ningún ecuatoriano podra ser privado de " s u pvopiedad ó del derecho que á ella tuviere, sino en vir- " t ú d de sentencia ju d icia l," y desatendiéndose este reque­ rid o con ocim ien to y toda guarda de órden, sem e ha quitado la auditoría que obtenía en propiedad, en cuyo serv icio habia sido continuado com o se me confirió al principio* sin que conspire á desvirtuar mi derecho la cuenta que se anunció se daria con el d ecre to de subsistencia ..del em pleo á la p rócsim a lejislatura, porque antes de esta cuenta se m e ha separado, y porque tam p oco la dura­ ción del tiem po altera en nada el título inviolable do sem ejantes destinos, com o sucede hoi en Jos m inisterios «lo las C ortes y en las alcaldías de todo jénero, á me­ nos que aquellos ó estas se confieran en clase de intet riñas ó accidentales, lo que no ha sucedido en mi caso. E n suma resulta hasta apercibida con el suceso la li­ bertad de los jueces, y se^un el artícu lo 75, Jas facul­ tades extraordinarias que a V . E . se hayan concedido, no alcanzan á justificar las transgresiones indicadas.

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-= 1 1 -=

© OOOOOO© O© OO© OOOGO© OGOOOO© OOOO0 © C© OO© OO©

t o que los em picados m ilitares puedan ser desposeí­ dos

wl nuiwn

? P e r o á mas de esto si ha creíd o el

autor del razonam iento, que porque I

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auditores sir­

van al e jé r c ito sean soldados, se ha engañado torp e ­ m ente, m anifestando que entónces según, su. co n cep to, ■ serian tam bién soldados los subdelegados castrenses y sus dependientes por la adm inistración de sacram en tos, los tesoreros de la R epública porque plata en mano pa­ gan á la trop a , y los mé Jicos porque la curan. U na

cosa es que todos estos funcionarios gozen del fuero p o lítico de gu erra, y o tra que puliesen ser m ilitares.

•La ordenanza y C olon frecuentem ente, llaman,

ministres

á los auditores y no soldados. E se có d ig o no los in­

clu ye en el E sta d o > i to , sino que los c o ­

loca p or separado adtñjnji^HyCion de justicia. D e ­

sengañémonos que

A i?'

los '/iinda'roém os de una ordenan­ za, de un testo dléV, d érech oY cp n íin p a trio, ni de un e scrito r de m érito, ¿e tkqljf i/n ¿golpe al poder ju­

dicial, y que por onnSigiff e ■ >.¿e/ ha/n traspasado á m as

de Jos a rtícu los precitados,’

'ctjfá

v/m a s de nuestra

ca rta que lijan su iim ^ ^ u d q n íí& v í^ om o aquel a b o rto ha sido estrep itoso por su^ei+^rd^íancias, y en tre estas p o r la víctim a que es un ciudadano con ocid o por sus opinio­ nes propias y corazón r e c to , hasta en una lejislatura de C olom bia a que tuvo la honra de p erten ecer, un cú ­ mulo de deberes acia la P a tr ia , ine fo rz a rá á poner .en con ocim ien to del S uprem o C on greso p róesim o el a ca e ­

cid o, si V . E . no lo enm ienda: porque no quiero que se noten escesos tales sin rem edio en nuestro g o b ie r ­ no; que haya pueblos del. e s t e r io r que crean que no thai garantías en el E cu ad or; que aunque am en á la N a ció n , la com padezc¿m y nadie envidie su m archa a d m in is tr a tiv a ,^ que lo que es vergon zoso hasta lo sum o, digan no sjn

razón nuestros asociados, que fueron mas felices los

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a*-ño 19 un P a d re Y e d r o s Gura de N abon con ese t í­ tulo; en que igual salvaguardia tenían los em pleos m e­ nos significantes, com o p o co antes se lo p rov ó un po­

b re D on Manuel O rte g a p ro te cto r de indijenas de -Latacunga á un fiscal del R e y , causándole m alos ra­ to s ; y en fin en que se d octrin ó, que en odio del des­ p o jo, se debía am parar en la posesión m omentánea bas­ ta á los ladrones.

S e aconseja que en lances com o el presente ten-r ga lugar en el fo r o la dem ostración de servicios h e-\ chos al público. N o tengo algunos que alegar, porque la P a tr ia es acreed ora á mas de los que le hubiere tribu tado, y porque cualesquiera que fuesen ellos, de>- berian quedar necesariam ente obscurecidos por el b r i­ llo su perior de tantas acciones heróicas com o con ­ tiene la h istoria del país. S o lo pues en esta situa­ ción m e será lícito aducir algunos puntos que hagan mas bien relación á mi m oral, á cuya presencia y a - ten ta la escasa dotación 1 de la -¿auditoría, no p o ­

drá dudarse com o lo aguardo, que se atribuya al p a­ trio tism o la adm icion que hice de ella al conferírsem e; p a ra a rreg la r su despacho y realzar su dignidad co m o son cosas notorias, para obtener en su desem peño la a- cep ta cion de hom bres de v o to , para m erecer las bendi­ cion es de la Iglesia, co m o en Jos asuntos atinjentés á un relijioso Gura de B añ os y recientem ente al P a d re G a rrid o , en los que he a cred ita d o mi reverencia y

tin o con esa jurisdicción santa, y en fin para r e ­

cib ir las m uestras de un con cep to distinguido del S u­ p rem o Tribunal de la R ep ú blica al haberse con form a ­ do con el dictámen-: de su mui franco, luminnoso y dig­

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al*-gun tanto p o r sentim ientos de m oderación , usaré del dfc-; , reclio que m e he reservado y continuaré eñ m i' p ro p ^ * * ^ ; sito.

E l am or de la. P a tr ia , ya se v e que un am or p u ro,‘ liberal y bien entendido, ha sido mi divisa y m e ha d o­ m inado com o una pasión fuerte. P o r ella y p or m is ín­ tim os convencim ientos, he dado cu lto cieg o a la ju sticia , ignorando el a rte de saber vivir á su costa en el gra n mundo, y escitando por lo m ism o la indulgencia de los hom bres pio

3

y jenerosos cuando se hayan resentido de

mis fallos. M i aplicación ha sido tal, que á ella he a- tribu ido que en diez anos de m ajistrado de esta C o r te •Superior, y dos de teniente asesor de la provincia de C h im borazo, jam ás se me llegó por recursos ulteriores á im poner responsabilidad alguna, p ero ni aun e s p e ri- m entá revocatorias de mis sentencias, hasta, el térm in o •de que cuando en las votaciones tuve que ceder á la

m ayoría y salvé mis dictám enes, al fin p revalecieron es­ tos, com o p or un clá sico docu m en to o to rg a d o por órden de Ja C o r te , después de que voluntariam ente ya no le pertenecía, lo espresan am bos secretarios p re­ sentes de la Suprem a y de la S u p erior, á vista de los libros de salvar v otos y de los procesos que reposan en sus arch ivos, puntualizando resp ecto del honor que m e­ recieron mis votos salvados, las interesantes causas so­ bre m iles de las Señoras A scásubis con el finado

nuel B on illa, del Señor Jencral Jacin to L a ra co n el S or. C ristova l A r m e r o , y otra s que m encionan. A c e r c a de mi desinterés hablen las renuncias de destinos de c a ­ teg oría que he em itido, y hable el H . S o r. V ice n te , Ro^ ca fu erte, en cuyo p eríodo presidencial co m o em peñado ese Señor en p roteje r mi suerte, m e confirió casi á u n tiem po los em pleos de oficial m ayor de la S e cre ta ría del In te r io r y R elaciones E s te rio re s , m e n om bró redac­ to r de la G a ceta de G obiern o, defensor de las rentas unidas de eseñanza pública y d ir e c to r de la - academ ia de d erech o p rá ctico del d istrito judicial, to d o después que m e m anifestó no ser de su agrado la renuncia -que

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hice de la presidencia p rop ietaria de esta C o r le S uperior, y que quiso que con ei m ism o realce pasara á la del d istrito de G uayaquil, á pesar de cuyos favores á que siem pre ha sido consecuente mi gratitud, m e observó in­ variablem ente inclinado a las dulzuras de una vida pri­ vada y hlosóbca. ián favor de mi actividad, jeneral pa­ ra todos los destinos que he obtenido, c r e o no la nega­ rán mas de trecien tos discípulos que me honran dentro y fu era de la R epública, y al ca b o de 23 anos de ser­

v icio s á la U niversidad, lia visto esta ilustre c o r p o r a ­ ción el fe rv o r con que, co m o si ahora em pezara esa Carrera, m e he hallado con tra id o al desem peño de la enseñanza y mas deberes que le son ancosos. N o puedo a tribu ir á otra s prendas que al con cepto de mi hon­

radez, la conducta que conm igo ob serv ó el L ib e rta d o r, e ste héroe en tre los héroes y gran con oced or de los hom­

bres, el que sin mas que haber oido mi vez tres vece?,' se em peñó en que le siguiese al sur, o! recién lom e la au­ d itoría jeneral de la división de C olom bia en el P erú ,

con cin co mil pesos de renta anual, la plaza de C o ro ­ nel y el haber correspondiente á este puesto: fué el S e­ ñ or D o c to r ¿losé F é lix V a ld iv ieso el con du cto de esa

insinuación, que aquí se hizo constante á m uchos. P a ­ r e c e que sin engañarm e podría espiiear por la m ism a naturaleza de m i honradez, tantas confianzas y distincio­ nes que me han dispensado los hom bres grandes que héritos con ocid o, em pezando de los inm ortales próceros de 1800. y de los ¡lustres Señores olientes jenerales D on

G a rlos M ontuca r, y D on F ra n cisco C alderón con

el que en la guerra de la independencia estuve por un tiem ­ p o unido en la provincia hoi de Im bahu fa, en la clase d e :im com p a ñ ero distinguido. Ú nicam ente mi decisión p o r una gloria sólida, me condujo en esos tiem pos pa­

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blos de esa p a rte, m ediante una Operación a trevid a y feliz que com biné y ejecuté el 5 de .setiem bre de 1812, con solos ochenta hom bres, sesenta quiteñes y veinte caucanos todos entónces infortunados pero prontos á m o- rir por la P a tr ia , con tra mas de mil soldados orgu llo­ sos que nos am enazaban con un triunfo que habían re ­ p ortad o en C alam bu co sobre el denodado C oronel D on A leja n d ro M acaulay, que tra ía instrucciones de P o p a ­ yan para unirse con su espedicion á la nuestra que lo esperaba y constaba de 600 cole cticio s de caballo, 80 es­ cop eteros y cin co cañones pesados de á cu a tro; logrando a consecuencia del golpe con que abatim os á los enem igos, que se cubriesen perfectam ente las via¿ del C arch i, cuyas poblaciones inm ediatas del A n jel, T usa, G uaca y T u lcan habían sido p oco ántes invadidas cruelm ente por ellos y libertadas por nuestra parte, y que p or el m ism o g o l­ pe se dilatase en esa época la de la pérdida de esta capital, á cuyo heroísm o asestaban vivam ente por las dem ás ave­ nidas enem igos poderosos, que al fin interrum pieron el p ro ­ g reso p olítico de cu atro años precedentes de g loria , por el casual é im prop orcion ad o encuentro de Y a'gu arcocha y los esfuerzos tan honoríficos corno á su vez- desgraciados en la C o sía , después de la cruenta batalla de San A n ­ tonio en que quedando eesánimes, vencieron los restos de nuestras divisiones de sur y n orte arm adas por la indepen­ dencia y libertad: hecho filé el del 5 de setiem bre que. á mas de la notoriedad, se recon oció, com p rob ó y auten­

tic ó ante S. E . el G ran M ariscal de A y a cu ch o A n ton io J osé S u cre, confiriéndosem e un testim onial que con servo au­ toriza d o y com pulsado por el escribano público del núm ero M iguel M unive; y credencial es este, en que se rejisíran va­ rios sacrificios y o tro s a cto s intérpretes de mi fidelidad, co m o el. ocu rrid o un año ántes en los cam pos del C on tad ero de los F a sto s, en los que ecsactam en le practicad a p or órden su perior una m aniobra, m e introduje en seguida

45on quince hom bres en tre docientos co n tra rio s

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je-fes, los: mandé m ilitarm ente no sin g ra ve riesgo, hasta que tod os fueron apresados, y con ese rasgo de co n ­ d u cta contribuí á que sin sangre alguna se desbarata^ se una com binación adversa basada sobre ,csa jente, y á que se depurase de enem igos nuestra reta gu a r­ dia cuando proseguim os á • las faustas jornadas de T e - llez, C alabozo y llio b la n co (* ). E n fin ha debido*ser m i zelo p or el bien píiblico, el que m e ha granjeado las com isiones de instituir cátedras en los colejios, de visitar la casa de m oneda, de form ar estando en la r e ­ presentación municipal la hijuela m atriz de largo y pe­ noso tra b a jo, cuyo orijinal se había perdido en uno de los accidentes de la guerra, y tantas otra s por las que aparece m i nom bre in scrito con lustre en las actas de casi todas las corporacion es distinguidas de Q u ito. E n m edio de la m oralidad que se p ercibe, no he abrigado la venganza; y baste con esto de la reseña que me p r o ­ puse, en la que si hai algo aceptable, mas que m ía es una propiedad de la N a ción , que al presante m e m ira com o á uno de sus asociados mas gravem ente vejado y oprim ido. S olon decía que el agravio inferido á un ciu­ dadano, se debía entender hecho á la com unidad, y está verdad se reputa co m o dogm ática éntra los filántropos del dia. P o r t o d o — ' • - < i ‘ • ; < ,

>

A V .v E . re ite ro se digne p rov eer co m o he pedido

en el eesordio* y espero en Q u ito , á

?

de \;de

1846

, •' ' *• '

E scm o. S o r. u

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(* ) N O T A — E l credencial que se ha referido con­ tiene las piezas siguientes; un inform e del S o r. C om an­ dante en jefe de ía . espedicion del norte en I 3 í l f CorOr nel D on P e d r o IYIontufar: un oficio debidam ente recon o­

cid o del S o r. D o r . S alvador M urgueytio, com o M inistro quo fue de E sta d o en el despacho suprem o de guerra de 312: unas declaraciones juradas con cita ción fiscal, de Jos individuos que ecsistian de la plana m ayor c o rre s ­

pondiente á la división del n orte en el ano cita d o de 12: •otras testificaciones de los Señores M inistros del T r i ­

bunal de justicia D o cto re s F id e l Quijano y Manuel E s ­ pinosa, a que se sigue otra del D o r . José M aría V e r - gara, abogado de los T ribunales de la R epública; sirvien­ do de com plem ento á esa s'exp osicion es de personas p re ­ senciales y de toda fe, un inform e orijinal del siem pre esclarecido p a triota , antiguo arcediano de esta Santa iglesia C atedral S o r. D o r . Manuel José C aiced o, re si­ dente en la ciudad de C ali, com o que estuvo en el e jé r ­ c ito del n orte de diputado de guerra p or el gobiern o de 812. H ablando el S or- Com andante en jefe de las fuerzas de SU en ese lado, a cerca de la pacificación del C on tad ero, espresa que fue

brillante

el m anejo en ella del D o r . A gustín S alazar entónees ayudante m a yor y secreta rio de la m ism a Com andancia, y que por el se le hicieron los m ejores elojios por el Com andante y mas oficiales de la división de lie s: espresion a que se llam a la atención, porque com o es sabido tienen p or la ordenanza el predicam ento de distinguidas sem ejantes o - peraciones, cuando atentas las circunstancias co n cu rre sobre ellas la calificación del Jeneral según aquí se ha recom endado. E l credencial pues, lo podrá v e r el que quiera en poder del S or. C o n ce je ro M unicipal D o r . M a ­ nuel M a rtín ez, en cuya im prenta se consigna para el e- fe c to , junto con los dem as docum entos que pudieran a- p etecerse a ce rca de la reseña m oral, co m o son el c e r ­

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