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Gestión para la obtención del beneficio al cobro multiusuario de aseo para la Unidad Residencial Ciudadela Hogares de Soacha (La Esperanza 3)

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Academic year: 2020

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(1)1. GESTIÓN PARA LA OBTENCIÓN DEL BENEFICIO AL COBRO MULTIUSUARIO DE ASEO PARA LA UNIDAD RESIDENCIAL CIUDADELA HOGARES DE SOACHA (LA ESPERANZA 3). TRABAJO DE GRADO PRESENTADO PARA OPTAR AL TÍTULO DE TECNÓLOGO EN GESTIÓN AMBIENTAL Y SERVICIOS PÚBLICOS. MICHAEL STIVEN RATIVA RODRIGUEZ ESTEFANY JAIMES TAMAYO 2018. UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSE DE CALDAS FACULTAD DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES TECNOLOGIA EN GESTION AMBIENTAL Y SERVICIOS PUBLICOS BOGOTA D.C. 2018.

(2) 2. GESTIÓN PARA LA OBTENCIÓN DEL BENEFICIO AL COBRO MULTIUSUARIO DE ASEO PARA LA UNIDAD RESIDENCIAL CIUDADELA HOGARES DE SOACHA (LA ESPERANZA 3). TRABAJO DE GRADO PRESENTADO PARA OPTAR AL TÍTULO DE TECNÓLOGO EN GESTIÓN AMBIENTAL Y SERVICIOS PÚBLICOS. MICHAEL STIVEN RATIVA RODRIGUEZ ESTEFANY JAIMES TAMAYO 2018. Directo: Jose Andelfo Lizcano Caro.. Ingeniero catastral y Geodesta. UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSE DE CALDAS FACULTAD DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES TECNOLOGIA EN GESTION AMBIENTAL Y SERVICIOS PUBLICOS BOGOTA D.C. 2018.

(3) 3. Nota de Aceptación. _______________________________. _______________________________. _______________________________. _______________________________. _______________________________ Director: Jose Andelfo Lizcano Caro.. _______________________________ Evaluador Gustavo Chacón Mejía.

(4) 4. DEDICATORIA. Este trabajo está dedicado a cada persona que hizo parte de este proceso académico formativo, que por sus contribuciones a nuestras vidas hacen que esto sea posible. A nuestras familias que fueron la base moral, espiritual y con sus aportes nos alentaron a continuar, a nuestros maestros que llenaron de conocimientos y habilidad nuestras vidas, a compañeros que hicieron la estadía en la universidad un lugar más grato para el aprendizaje y el crecimiento personal. A cada una de las personas que con su conocimiento o voluntad ayudaron a construir es trabajo de grado para optar por el título como tecnólogos en gestión ambiental y servicios públicos..

(5) 5. AGRADECIMIENTOS. Especial agradecimiento a la comunidad del área residencial ciudadela hogares de Soacha (La esperanza 3) por su diligencia y colaboración oportuna a los requerimientos solicitados al momento de la realización del diseño para la futura implementación del programa para el beneficio multiusuario consagrado en la resolución CRA 233 de 2002. Agradecemos a la universidad Distrital Fráncico José de Caldas y cada uno de los docentes que con su conocimiento contribuyeron a la formación de personas profesionales y comprometidas con sus objetivos, en especial al docente y director de proyecto Édison Angarita Mansalva quien supo dirigir de la mejor manera este proyecto de vida..

(6) 6. CONTENIDO 1. RESUMEN......................................................................................................................... 7 2. INTRODUCCIÓN............................................................................................................. 9 3. OBJETIVOS.................................................................................................................... 11 3.1 OBJETIVO GENERAL............................................................................................ 11 3.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS................................................................................... 11 4. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA...................................................................... 12 5. JUSTIFICACIÓN............................................................................................................ 13 6. MARCO REFERENCIAL ............................................................................................. 14 6.1 MARCO TEORICO ..................................................................................................14 6.2 MARCO CONCEPTUAL..........................................................................................17 6.3 MARCO LEGAL....................................................................................................... 22 6.4 MARCO GEOGRAFICO......................................................................................... 26 7. METODOLOGIA............................................................................................................ 28 7.1 FASES METODOLÓGICAS……………………………………………….……...29 8. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES......................................................................... 32 9. RESULTADOS................................................................................................................ 33 10. ANALISIS DE RESULTADO……………………………………………...…………. 49 11. CONCLUSIONES...……………………………………………………...……………..58 12. RECOMENDACIONES………………………………………………….....………… 60 13. REFERENCIAS............................................................................................................... 62 14. ANEXOS........................................................................................................................... 64.

(7) 7. 1. RESUMEN. El beneficio al cobro de recolección de residuos sólidos denominado multiusuario, es un mecanismo consagrado en la resolución CRA 233 de 2002 que busca generar el cobro efectivo de la recolección de los residuos sólidos originados por los usuarios pertenecientes a propiedades horizontales; esto mediante aforos periódicos realizados por parte del personal de las respectivas empresas prestadoras del servicio de aseo en este caso el municipio de Soacha (Aseo Internacional S.A E.S.P). Este procedimiento tiene la finalidad de establecer el peso y volumen real de los residuos generados por los residentes de las unidades residenciales. El poder acceder a este beneficio representa un alivio económico en los habitantes en este caso en específico los pertenecientes a la comunidad del área residencial ciudadela hogares de Soacha (La esperanza 3); ya que mediante el planteamiento de un esquema se buscara de manera efectiva acceder al ya mencionado mecanismo multiusuario que incorpora la socialización con una muestra de propietarios de la unidad residencial que busca difundir la idea de la disminución en el volumen de residuos sólidos mediante la promoción de la cultura del reciclaje, la reutilización y la reducción de residuos en los hogares, logrando así la disminución del valor a pagar en la tarifa de aseo.. PALABRAS CLAVE: Tarifa, Beneficio Multiusuario, servicio de aseo, Propiedad horizontal, Residuos sólidos, aforo..

(8) 8. ABSTRAC The benefit to the collection of "solid waste" collection is a mechanism enshrined in resolution CRA 233 of 2002 that seeks to generate the real collection of the collection of solid waste originated by users belonging to horizontal properties. (Aseo Internacional SA ESP), a company that provides toilet service in the municipality of Soacha, whose purpose is to establish the weight and volume of the waste for which a charge is collected, this represents a relief economic development in the inhabitants of the residential area of the Ciudadela residential ‘’Hogares de. Soacha (La. Esperanza)’’, since by means of a scheme that allows them later access to the aforementioned multiuser mechanism, which incorporates socialization with a sample of owners, the idea of reducing the volume of solid waste by encouraging the recycling inside the homes, reuse and making use of other techniques that allow the reduction of the solid waste that will be measured in the boxes representing a considerable minimization of the value to be paid in the toilet tariff..

(9) 9. 2. INTRODUCCION Los residuos sólidos han acompañado la humanidad a lo largo de su estancia en el planeta, ya que toda actividad generada por el hombre al igual que una máquina recibe materia que se procesa y trasforma en un producto denominado basura. Estos residuos podrían ser asimilados por los ecosistemas donde el ser humano habitaba ya que además de tratarse de residuos orgánicos provenientes de excreciones humanas y materiales extraídos de la naturaleza, se disponían en cantidades reducidas proporcionales a la población de personas en la tierra; pero el aumento exponencial de habitantes en el planeta agravaron esta situación junto con el tipo de residuos que después de la revolución industrial se disponían en la tierra, ya que a partir de esta se modificaron las estructura moleculares con el uso de materiales sintéticos, lo cual trajo beneficios para la calidad de vida de las personas pero crearon también materiales no biodegradables; lo cual acrecentó el problema de los residuos considerados basuras en el mundo. El mundo produce unos 10.000 millones de toneladas anuales de residuos y no se recoge ni se somete a tratamiento ni la mitad de ellos, según estimaciones de expertos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). Desde los años 50’s el proceso de urbanización en Colombia se ha incrementado de forma significativa, pasando de tener una tasa de urbanización del 30% en 1940 a 76% en 2014 (DANE 2015) y siendo Bogotá el centro urbano más grande del país tienen la demanda de vivienda más grande siendo está la capital del país. Esto obligó el desarrollo de poblaciones periféricas como el municipio de Soacha la cual históricamente han sido de vocación agrícola pero gracias a recibir la llegada masiva de inmigrantes provenientes de Bogotá, por tal motivo esta actividad cambió. Estudios realizados por la universidad de los andes en su investigación denominada ‘’estudio de Soacha, perspectiva de una ciudad invadida’’ Soacha ha recibido en los últimos años una gran.

(10) 10. cantidad de población inmigrante (82% de la población).Se proyecta como una de las ciudades con mayor crecimiento poblacional anual en el mundo (10% aproximadamente). En el municipio de Soacha, según datos encontrados en la actualización del plan de gestión de residuos sólidos (PGRS), en promedio al relleno sanitario se están llevando para disposición 307,8 Ton/día (dato promedio del año 2014), lo que da como resultado una producción per cápita promedio de 0,55 kg.hab/día (alcaldía de Soacha Junio 2016).. La unidad residencial ciudadela hogares de Soacha (La Esperanza 3) está ubicada en el municipio de Soacha y lo que se pretende con este proyecto es acceder al beneficio tarifario para usuarios del servicio de aseo que se encuentran agrupados en unidades inmobiliarias, centros habitacionales, conjuntos residenciales, condominios o similares bajo el régimen de propiedad horizontal vigente y que presenten de manera conjunta los residuos sólidos al agente encargado de la recolección en un mismo sitio. De esta forma se pretende mitigar los impactos ambientales producidos por la generación de residuos sólidos en la unidad residencial hogares de Soacha (La Esperanza 3) al mismo tiempo que se disminuye el costo pagado por el servicio de recolección de residuos sólidos..

(11) 11. 3. OBJETIVOS. 3.1 OBJETIVO GENERAL: Desarrollar y ejecutar las diferentes actividades que lleven a la consecución de la obtención del beneficio tarifario de multiusuario consagrado en la resolución 233 de 2002 en La unidad residencial ciudadela hogares de Soacha (La Esperanza 3).. 3.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS: •. Gestionar la aprobación del beneficio tarifario para propiedades horizontales consagrado en el Decreto CRA 233 del 2002 para La unidad residencial Esperanza 3 de la ciudadela hogares de Soacha.. •. Capacitar una muestra representativa de la población residente de La unidad residencial ciudadela hogares de Soacha la Esperanza 3, en temas de educación ambiental tales como Separación en la fuente, las 3 R’s y el beneficio tarifario para propiedades horizontales descrito en el decreto CRA 233 del 2002.. •. Realizar una evaluación de las condiciones técnicas del cuarto de acopio de residuos sólidos del conjunto residencial ciudadela hogares de Soacha la Esperanza 3, tomando como base de referencia las características técnicas expresas en la norma (decreto 2981 de 2013) requisito indispensable para la obtención del beneficio tarifario..

(12) 12. 4. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA Debido a la gran acogida que han tenido los proyectos de vivienda en el sector de Soacha (Cundinamarca) y a la facilidad de acceder a las unidades residenciales se ha evidenciado una problemática y es la alta producción de residuos sólidos generada por el crecimiento demográfico del sector lo que genera un gran impacto sobre ecosistemas locales. Además del aumento exponencial de residuos sólidos el sector residencial de Soacha al ser proyectos de Vivienda de Interés Social (VIS) y Vivienda de Interés Prioritario (VIP), la gran mayoría de los residentes son personas estratos 1, 2 (DANE2015).. Por lo anterior se identificó una forma de ayudar a esta población reduciendo el costo del servicio de aseo, por lo cual y basándonos en la normatividad actual la resolución CRA 233 de 2002, se presentó ante la junta administradora del conjunto residencial La Esperanza 3, el modelo de proyecto que se ha denominado Gestión para la obtención del Beneficio al cobro multiusuario de aseo para el conjunto residencial La Esperanza 3 (Soacha) con el cual buscamos hacer que los habitantes de la copropiedad se beneficien del descuento que se podría adquirir al disminuir la producción de residuos sólidos que transporta la empresa para hacer disposición final y al mismo tiempo mitigar los impactos ambientales generados por la alta cantidad de residuos sólidos no recuperados dispuestos por los habitantes de la copropiedad..

(13) 13. 5. JUSTIFICACIÓN Soacha como ciudad con un crecimiento demográfico superior a otras ciudades y/o municipios de Colombia que genera una cantidad de residuos sólidos que no son aprovechados ni introducidos al ciclo de uso de los bienes, esto es un gran problema no solo ambiental sino también económico ya que se están perdiendo recursos potenciales por parte de la venta de estos o por medio de la disminución en el cobro de la factura de aseo producto del beneficio tarifario por propiedad horizontal consagrado en la resolución de la CRA 233 del año 2002 que busca que agrupaciones de propiedades generadoras de residuos ,reduzca la cantidad de residuos dispuestos premiándolos con una reducción significativa en el cobro de recolección de residuos. Este proyecto tiene especial importancia para la comunidad del sector unidad residencial ciudadela hogares de Soacha (La Esperanza 3) ya que la cultura del reciclaje, reutilización y reducción no es el común denominador en los habitantes de la comunidad. Lo que se busca es mitigar el impacto ambiental generado por los residuos dispuestos al relleno sanitario y demás fuentes receptoras, que si bien son producidas por miles de habitantes de distintos municipios, el que mayor aporte tiene es el municipio de Soacha y de igual forma disminuir el cobro de la tarifa de aseo en este tipo de viviendas de interés social (VIS) y viviendas de interés prioritario (VIP) que son asignadas a personas con un bajo nivel socioeconómico..

(14) 14. 6. MARCO REFERENCIAL 6.1 MARCO TEÓRICO. En beneficio de los usuarios del servicio público de aseo, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA), ha desarrollado la opción de presentarse como un usuario agrupado (multiusuario) ante los prestadores del servicio, facilitando la medición de los residuos sólidos realmente producidos por este grupo de usuarios y que el cobro del servicio corresponda a su cantidad, peso y volumen. Resolución CRA 233 de 2002 establece una opción tarifaria para los multiusuarios del servicio de aseo; “Que el Decreto 1713 de 2002, en su Artículo 1º, definió al multiusuario del servicio público de aseo en el siguiente sentido: "Son todos aquellos usuarios agrupados en unidades inmobiliarias, centros habitacionales, conjuntos residenciales, condominios o similares bajo el régimen de propiedad horizontal vigente o concentrados en centros comerciales o similares, que se caracterizan porque presentan en forma conjunta sus residuos sólidos a la persona prestadora del servicio en los términos del presente decreto o las normas que lo modifiquen, sustituyan o adicionen y que hayan solicitado el aforo de sus residuos para que esta medición sea la base de la facturación del servicio ordinario de aseo. La persona prestadora del servicio facturará a cada inmueble en forma individual, en un todo de acuerdo con la regulación que se expida para este fin (...)"; (Decreto 1713 de 2002, articulo1). La opción tarifa multiusuarios es una solicitud que pueden realizar propietarios de inmuebles que se encuentren agrupados en unidades inmobiliarias, centros habitacionales, conjuntos residenciales, condominios o similares bajo el régimen de propiedad horizontal vigente o.

(15) 15. concentrados en centros comerciales o similares, con el fin de reducir costos en la facturación de acuerdo al volumen de residuos sólidos generados. La resolución CRA 236 de 2002, establece el cobro del servicio de aseo a multiusuarios, según la producción y aforo de sus residuos. Los usuarios agrupados del servicio ordinario de aseo podrán presentar solicitud al prestador de este servicio para que su facturación se realice de acuerdo con la producción real de residuos presentados, los cuales serán aforados por la persona prestadora. Para acceder a esta opción tarifaria, los multiusuarios deberán cumplir con los requisitos contenidos en el Artículo 4º de esta resolución. El prestador del servicio, una vez verificado el cumplimiento de dichos requisitos, deberá otorgar la opción tarifaria solicitada e informar el procedimiento a seguir para realizar el aforo de los residuos sólidos, contenido en el Artículo 12 de esta resolución. “Requisitos que el usuario agrupado debe cumplir para acceder a la opción tarifaria: a) Presentar la solicitud a la persona prestadora del servicio ordinario de aseo, a la cual se deberá adjuntar el Acta del Acuerdo en la que conste la decisión de acogerse a la opción tarifaria, suscrita por la asamblea de copropietarios o la autorización firmada por el propietario de cada uno de los inmuebles que conforman el usuario agrupado, en los casos en que no exista copropiedad. Adicionalmente, en la solicitud debe indicarse la persona designada como responsable de firmar las actas de producción de residuos resultado del aforo. b) Indicar el sitio de presentación de los residuos y disponer de las cajas de almacenamiento para el aforo de la producción de residuos sólidos. c) Disponer de una unidad de almacenamiento de residuos sólidos que cumpla, como mínimo, con los requisitos establecidos en el Decreto 1713 de 2002 o la norma que lo derogue, modifique o adicione..

(16) 16. d) Presentar los residuos sólidos en un lugar común para la recolección y aforo. e) Presentar la relación de usuarios que solicitan acceder a la opción tarifaria, con sus datos identificadores, de acuerdo con el catastro de usuarios. También se deberá informar la existencia de inmuebles desocupados. f) Indicar la forma como será asumida la producción de residuos por cada uno de los usuarios individuales que conforman el multiusuario, esto es, por coeficiente de propiedad horizontal, por coeficiente simple de acuerdo con el número de usuarios que conforman el usuario agrupado, o por la distribución porcentual que el usuario agrupado reporte.” Articulo 4 res 233(Resolución 233 de 2002, articulo 4) Para adoptar la tarifa de aseo al multiusuario la Empresa Prestadora del Servicio público de aseo deberá realizar un debido aforo de los residuos generados por el multiusuario, la resolución CRA 236 de 2002, lo definió como: •. Aforo para multiusuarios: Es el resultado de las mediciones puntuales de la cantidad de residuos sólidos presentados en forma conjunta por el multiusuario para su recolección, efectuadas en cada una de las visitas por parte de la persona prestadora del servicio público de aseo.. •. Generador Multifamiliar, Generador Comercial y Generador Institucional: Es responsable de ejecutar con sus residentes programas de educación, minimización, separación y selección en la fuente, almacenamiento selectivo y presentación diferenciada, que permita la recolección selectiva.. •. Generador Domiciliario Unifamiliar: es responsable de la separación, selección en la fuente y presentación diferenciada de los residuos, que permita la recolección selectiva de los mismos..

(17) 17. 6.2 MARCO CONCEPTUAL • Aforo: Es el resultado de las mediciones puntuales, que realiza un aforador debidamente autorizado por la persona prestadora, respecto de la cantidad de residuos sólidos que produce y presenta un usuario de manera individual o conjunta al prestador del servicio de aseo. (Ministerio de Medio Ambiente Decreto 2831 de 2013, diciembre) • Aprovechamiento: Es la actividad complementaria del servicio público de aseo que comprende la recolección de residuos aprovechables separados en la fuente por los usuarios, el transporte selectivo hasta la estación de clasificación y aprovechamiento o hasta la planta de aprovechamiento, así como su clasificación y pesaje.(Ministerio de Medio Ambiente Decreto 2831 de 2013, diciembre) • Contaminación: Es la alteración del medio ambiente por sustancias o formas de energía puestas allí por la actividad humana o de la naturaleza en cantidades, concentraciones o niveles capaces de interferir con el bienestar y la salud de las personas, atentar contra la flora y/o la fauna, degradar la calidad del medio ambiente o afectar los recursos de la Nación o de los particulares. (Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Económico. Decreto 1713 de 2002, Agosto) • Generador o productor: Persona que produce y presenta sus residuos sólidos a la persona prestadora del servicio público de aseo para su recolección y por tanto es usuario del servicio público de aseo. (Ministerio de Medio Ambiente Decreto 2831 de 2013, Diciembre) • Gestión integral de residuos sólidos: Es el conjunto de actividades encaminadas a reducir la generación de residuos, a realizar el aprovechamiento teniendo en cuenta sus características, volumen, procedencia, costos, tratamiento con fines de valorización energética, posibilidades de.

(18) 18. aprovechamiento y comercialización. También incluye el tratamiento y disposición final de los residuos no aprovechables. (Ministerio de Medio Ambiente Decreto 2831 de 2013, Diciembre). • Factura de servicios públicos: Es la cuenta que una persona prestadora de servicios públicos entrega o remite al usuario, por causa del consumo y demás servicios inherentes en desarrollo de un contrato de prestación de servicios públicos. (Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Económico. Decreto 1713 de 2002, Agosto). • Manejo: Es el conjunto de actividades que se realizan desde la generación hasta la eliminación del residuo o desecho sólido. Comprende las actividades de separación en la fuente, presentación, recolección, transporte, almacenamiento, tratamiento y/o la eliminación de los residuos o desechos sólidos. (Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Económico. Decreto 1713 de 2002, Agosto) • Multiusuarios del servicio público domiciliario de aseo: Son todos aquellos usuarios agrupados en unidades inmobiliarias, centros habitacionales, conjuntos residenciales, condominios o similares bajo el régimen de propiedad horizontal vigente o concentrados en centros comerciales o similares, que se caracterizan porque presentan en forma conjunta sus residuos sólidos a la persona prestadora del servicio en los términos del Decreto 1713 de 2002. Persona prestadora del servicio público de aseo: Es aquella encargada de una o varias actividades de la prestación del servicio público de aseo, en los términos del artículo 15 de la Ley 142 de 1994 y demás que la modifiquen o complementen.(Ministerio de Medio Ambiente Decreto 2831 de 2013, Diciembre) • Presentación de los residuos sólidos: Es la actividad del usuario de colocar los residuos sólidos debidamente almacenados, para la recolección por parte de la persona prestadora del servicio público de aseo. La presentación debe hacerse, en el lugar e infraestructura prevista para ello, bien sea en el área pública correspondiente o en el sitio de presentación conjunta en el caso de.

(19) 19. multiusuarios y grandes productores. (Ministerio de Medio Ambiente Decreto 2831 de 2013, Diciembre) • Reciclador de oficio: Es la persona natural o jurídica que se ha organizado de acuerdo con lo definido en el artículo 15 de la Ley 142 de 1994 y en este decreto para prestar la actividad de aprovechamiento de residuos Sólidos .(Ministerio de Medio Ambiente Decreto 2831 de 2013, Diciembre) • Reciclaje: Es el proceso mediante el cual se aprovechan y transforman los residuos sólidos recuperados y se devuelve a los materiales su potencialidad de reincorporación como materia prima para la fabricación de nuevos productos. El reciclaje puede constar de varias etapas: procesos de tecnologías limpias, reconversión industrial, separación, recolección selectiva acopio, reutilización, transformación y comercialización. (Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Económico. Decreto 1713 de 2002, Agosto) • Residuo sólido: Es cualquier objeto, material, sustancia o elemento principalmente sólido resultante del consumo o uso de un bien en actividades domésticas, industriales, comerciales, institucionales o de servicios, que el generador presenta para su recolección por parte de la persona prestadora del servicio público de aseo. Igualmente, se considera como residuo sólido, aquel proveniente del barrido y limpieza de áreas y vías públicas, corte de césped y poda de árboles. Los residuos sólidos que no tienen características de peligrosidad se dividen en aprovechables y no aprovechables. (Ministerio de Medio Ambiente Decreto 2831 de 2013, Diciembre) • Residuo sólido aprovechable: Es cualquier material, objeto, sustancia o elemento sólido que no tiene valor de uso para quien lo genere, pero que es susceptible de aprovechamiento para su reincorporación a un proceso productivo. (Ministerio de Medio Ambiente Decreto 2831 de 2013, Diciembre).

(20) 20. • Residuo sólido especial: Es todo residuo sólido que por su naturaleza, composición, tamaño, volumen y peso, necesidades de transporte, condiciones de almacenaje y compactación, no puede ser recolectado, manejado, tratado o dispuesto normalmente por la persona prestadora del servicio público de aseo. El precio del servicio de recolección, transporte y disposición de los mismos será pactado libremente entre la persona prestadora y el usuario, sin perjuicio de los que sean objeto de regulación del Sistema de Gestión Pos consumo. (Ministerio de Medio Ambiente Decreto 2831 de diciembre 2013) •Residuo sólido ordinario: Es todo residuo sólido de características no peligrosas que por su naturaleza, composición, tamaño, volumen y peso es recolectado, manejado, tratado o dispuesto normalmente por la persona prestadora del servicio público de aseo. El precio del servicio de recolección, transporte y disposición final de estos residuos se fija de acuerdo con la metodología adoptada por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico. (Ministerio de Medio Ambiente Decreto 2831 de 2013, Diciembre) • Separación en la fuente: Es la clasificación de los residuos sólidos, en aprovechables y no aprovechables por parte de los usuarios en el sitio donde se generan, de acuerdo con lo establecido en el PGIRS, para ser presentados para su recolección y transporte a las estaciones de clasificación y aprovechamiento, o de disposición final de los mismos, según sea el caso. (Ministerio de Medio Ambiente Decreto 2831 de 2013, Diciembre) • Servicio público domiciliario de aseo: Es el servicio definido como servicio ordinario por este decreto. (Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Económico. Decreto 1713 de 2002, Agosto) • Unidad de almacenamiento: Es el área definida y cerrada, en la que se ubican las cajas de almacenamiento o similares para que el usuario almacene temporalmente los residuos sólidos, mientras son presentados a la persona prestadora del servicio público de aseo para su recolección y transporte. (Ministerio de Medio Ambiente Decreto 2831 de 2013, Diciembre).

(21) 21. • Usuario residencial: Es la persona que produce residuos sólidos derivados de la actividad residencial y se beneficia con la prestación del servicio público de aseo. Se considera usuario residencial del servicio público de aseo a los ubicados en locales que ocupen menos de veinte (20) metros cuadrados de área, exceptuando los que produzcan más de un (1) metro cúbico mensual. (Ministerio de Medio Ambiente Decreto 2831 de 2013, Diciembre) • Vehículo recolector: Es el vehículo utilizado en las actividades de recolección de los residuos sólidos desde los lugares de presentación y su transporte hasta las estaciones de clasificación y aprovechamiento, plantas de aprovechamiento, estaciones de transferencia o hasta el sitio de disposición final. (Ministerio de Medio Ambiente Decreto 2831 de 2013, diciembre).

(22) 22. 6.3 MARCO LEGAL CONSTITUCIÓN POLITICA DE COLOMBIA DE 1991 CAPITULO III TITULO II: Consagra lo referente a los derechos colectivos y del ambiente, específicamente en su artículo 79 establece el derecho de todos los colombianos a gozar de un ambiente sano y el artículo 80 el cual le otorga al estado esta facultad. CONSTITUCIÓN POLITICA DE COLOMBIA DE 1991 ARTÍCULO 365: Dispone que los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado. Es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional CONSTITUCIÓN POLITICA DE COLOMBIA DE 1991 ARTICULO 370: Prevé que corresponde al Presidente de la República señalar, con sujeción a la ley, las políticas generales de administración y control de eficiencia de los servicios públicos domiciliarios y ejercer, por medio de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, el control, la inspección y vigilancia de las entidades que los presten. LEY 142 DE 1994. ARTICULO 68:. Régimen de los Servicios Públicos Domiciliarios,. establece que el Presidente de la República señalará las políticas generales de administración y control de eficiencia de los servicios públicos domiciliarios, que le encomienda el Artículo 370 de la Constitución Política, y de los demás a los que se refiere esta Ley, por medio de las comisiones de regulación de los servicios públicos, si decide delegarlas. LEY 142 DE 1994. ARTÍCULO 3: Señala, que constituyen instrumentos para la intervención. estatal en los servicios públicos todas las atribuciones y funciones asignadas a las entidades, autoridades y organismos de que trata esta ley, especialmente las relativas a, entre otras, la regulación de la prestación de los servicios públicos teniendo en cuenta las características de cada.

(23) 23. región; fijación de metas de eficiencia, cobertura y calidad, evaluación de las mismas, y definición del régimen tarifario. LEY 675 DE 2001. ARTÍCULO 80: Señala que las empresas prestadoras de servicios públicos. domiciliarios elaborarán las facturas en forma individual RESOLUCIÓN NO. 15 DE 1997 DE LA CRA: Mediante la cual se establecen los criterios y metodologías para el cálculo de costos y tarifas máximas con arreglo a las cuales las entidades tarifarias locales deben determinar las tarifas de prestación del servicio ordinario de aseo; hoy incorporada en la Resolución CRA 151 de 2001; RESOLUCIÓN NO. 19 DE 1996 CRA. Mediante la cual se establecen los criterios y se adopta. la metodología con arreglo a los cuales las entidades prestadoras del servicio público domiciliario de aseo con menos de ocho mil usuarios deben determinar las tarifas de prestación del servicio ordinario; hoy incorporada en la Resolución 151 de 2001 Decreto 1713 de 2002 DE LA CRA ARTICULO 1: Definió al multiusuario del servicio público de aseo en el siguiente sentido: "Son todos aquellos usuarios agrupados en unidades inmobiliarias, centros habitacionales, conjuntos residenciales, condominios o similares bajo el régimen de propiedad horizontal vigente o concentrados en centros comerciales o similares, que se caracterizan porque presentan en forma conjunta sus residuos sólidos a la persona prestadora del servicio en los términos del presente decreto o las normas que lo modifiquen, sustituyan o adicionen y que hayan solicitado el aforo de sus residuos para que esta medición sea la base de la facturación del servicio ordinario de aseo. La persona prestadora del servicio facturará a cada inmueble en forma individual, en un todo de acuerdo con la regulación que se expida para este fin (...)";.

(24) 24. Decreto 1713 de 2002 DE LA CRA: Artículo 115 Estableció que la persona prestadora del servicio público de aseo tendrá la obligación de facturar el servicio de forma tal que se identifique para usuarios residenciales la frecuencia y valor del servicio, y para usuarios no residenciales la producción y el valor del servicio RESOLUCIÓN 233 DE 2002: Por la cual se establece una opción tarifaria para los Multiusuarios del servicio de aseo, se señala la manera de efectuar el cobro del servicio ordinario de aseo para inmuebles desocupados y se define la forma de acreditar la desocupación de un inmueble LEY 9 DE 1979 CODIGO SANITARIO NACIONAL: Es un compendio de normas sanitarias relacionadas con la afectación de la salud humana y el medio ambiente .Esta ley desarrolla parcialmente algunos de los más importantes aspectos relacionados con el manejo de los residuos. DECRETO LEY 2811 DE 1974 CODIGO DE LOS RECURSOS NATURALES: Consagra el derecho a un ambiente sano al determinar que “la ley regulará las acciones populares para la protección de los derechos e intereses colectivos, relacionados con el patrimonio, el espacio, la seguridad y la salubridad públicos, la moral administrativa, el ambiente (...)”.este código es la base para las concesiones y autorizaciones para el uso y el aprovechamiento de los recursos naturales y define los procedimientos generales para cada caso. De la misma forma, en el libro primero, parte iv sobre las normas de preservación ambiental, relativas a elementos ajenos a los recursos naturales en los siguientes artículos se establece: el artículo 34 trata sobre los residuos, basuras, desechos y desperdicios, se establecen las reglas con relación a los mismos. RESOLUCION CRA 351: Por la cual se establecen los regímenes de regulación tarifaria a los que deben someterse las personas prestadoras del servicio público de aseo y la metodología que deben.

(25) 25. utilizar para el cálculo de las tarifas del servicio de aseo de residuos ordinarios y se dictan otras disposiciones RESOLUCION CRA 352: Por la cual se definen los parámetros para la estimación del consumo en el marco de la prestación del servicio público domiciliario de aseo y se dictan otras disposiciones DECRETO 1140 DE 2003: Por el cual se modifica parcialmente el decreto 1713 de 2002, en relación con el teman de las unidades de almacenamiento, y se dictan otras disposiciones. RESOLUCIÓN CRA 236 DE 2002: Por el cual se establece la metodología para la realización de aforos a multiusuarios y se modifica resolución 233 de 2002. DECRETO 1713 DE 2002: Por el cual se reglamenta la ley 142 de 1994, la ley 632 de 2000 y la ley 689 de 2001, en relación con la prestación del servicio público de aseo, y el decreto ley 2811 de 1974 y la ley 99 de 1993 en relación con la gestión integral de residuos sólidos..

(26) 26. 6.4 MARCO GEOGRÁFICO. El municipio de Soacha, Cundinamarca es uno de los municipios contiguo a la ciudad de Bogotá D.C. Su extensión es de 184.45 Km2, su extensión urbana es de: 19 Km2. El territorio del municipio de Soacha limita con: los municipios de Bojacá y Mosquera al norte, al sur con los municipios de Sibaté y Pasca, al oriente con el Distrito Capital y al occidente con los municipios de Granada y San Antonio del Tequendama. La población del municipio de Soacha se divide entre: El número de habitantes en la cabecera (393.009) y número de habitantes en la zona rural (5.289) para un total de 398.298 habitantes. Soacha se encuentra dividido en catorce veredas en el área rural y seis comunas en su área urbana (Comuna 1: Compartir, Comuna 2: Centro, Comuna 3: La Despensa, Comuna 4: Cazuca, Comuna 5: San Mateo y Comuna 6: San Humberto), el conjunto residencial Esperanza III, se encuentra ubicado dentro de la comuna 1. El conjunto residencial Esperanza III, se encuentra ubicado en la ciudadela Hogares Soacha, dirección KR 19 B N° 01 SUR 43, cuenta con 31 torres y 744 apartamentos, parqueadero comunal, tres salones comunales, un parque infantil y zonas verdes..

(27) 27. Imagen 1. Fotografía Satelital del Conjunto Residencial La Esperanza III Fuente: Google Maps. Imagen 2. Fotografía Frente del Conjunto Residencial La Esperanza III Fuente: Google Maps..

(28) 28. 7. METODOLOGÍA. La fase metodológica prospectiva y estudio de caso serán las faces metodológicas que se emplearan para el desarrollo de este proyecto. Para la gestión del beneficio multiusuario aplicada al conjunto residencial Hogares Soacha la esperanza 3 se empleó el enfoque metodológico cualitativo, ya que el espíritu del proyecto es netamente conceptual, de modo que se interpreta la normativa vigente (resolución 233 de 2002) y con base en están se realizan una serie de pasos y trámites administrativos de enfoque cualitativo describiendo con esto el proceso minucioso para la consecución del beneficio tarifario. Se desplegaron una serie de esfuerzos encaminados a la compilación de información del catastro de los usuarios del servicio público de aseo, con este dato se logra generar una base de datos la cual servirá de insumo para el proceso de obtención del beneficio. De igual manera al momento de exponer la propuesta ante los residentes del conjunto residencial hogares de Soacha la esperanza 3 se hizo uso del recurso metodológico cualitativo el cual se enfocó en la resolución de los cuestionamientos acerca del proyecto del ¿Qué? , ¿Por qué?, ¿Cómo? y ¿para qué? Preguntas que fueron solucionadas al detalle con base en la experiencia de proyectos académicos y laborales anteriores. El proceso de análisis normativo fue de especial cabalidad, se examinó los requerimientos y características de infraestructuras como el del cuarto de acopio el cual se rige por ciertos parámetros que requieren de rigurosidad al momento de su evaluación, un punto realmente importante si lo que se quiere es acceder al beneficio multiusuario. Basándose en la observación y recolección de datos se realizaron las respectivas capacitaciones a los usuarios del servicio de aseo del conjunto residencial, la intervención social que tuvo como contenido principal la separación en la fuente, labor imperativa para la obtención del beneficio,.

(29) 29. pero la capacitación además de realizarse por ser un requisito expreso en la obtención del benéfico también se realizó para concientizar a los residentes del impacto ambiental producto de la generación masiva de residuos sólidos por lo que también se trataron temas de reducción de residuos sólidos y alternativas al desecho como la reutilización.. 7.1 FASES METODOLÓGICAS.. •. Fase 1: Consecución de la propiedad horizontal sujeta del beneficio tarifario multiusuarios.. Por medio de la observación se logró identificar una problemática generalizada en el conjunto residencial Hogares de Soacha la esperanza 3, conjunto residencial en el cual los usuarios manifestaban un alto precio en la tarifa del servicio público de aseo, por lo que se decidió trabajar con base en el problema evidenciado mediante los conocimientos adquiridos acerca de la gestión comercial de los servicios públicos. Se procedió con el acercamiento a las instalaciones de la unidad residencial para coordinar acciones con la administradora de la propiedad horizontal y así generar un plan de ejecución del proyecto de grado que tendría como criterio la resolución 233 del 2002. •. Fase 2: Intervención en la asamblea de copropietarios.. El conjunto residencial realizo en marco de la rendición de cuentas de la actual administración una asamblea de copropietarios donde fueron citados todos los propietarios y/o usuarios del servicio público de aseo, espacio donde aparte de exponer el plan de acción de la administración se expuso a los usuarios el b beneficio tarifario para propiedades horizontales consagrado en el decreto 233 del 2002, donde se respondieron a los cuestionamientos del ¿Qué? , ¿Por qué?, ¿Cómo? y ¿para.

(30) 30. qué? Del proyecto, de esta forma terminada la exposición de nuestra propuesta los residentes decidieron aceptar y acogerse al beneficio tarifario. •. Fase 3: Visita al cuarto de almacenamiento.. Se realiza una visita técnica teniendo en cuenta lo consignado en el decreto 2981 de 2013 el cual reglamenta las características técnicas del cuarto de acopio de residuos sólidos de la propiedad horizontal, con estos conocimientos previos se realizó la inspección de la estructura para posteriormente hacer las respectivas observaciones de mejora para cumplir a cabalidad con la norma. •. Fase 4: Capacitación. Se llevó a cabo la sensibilización a los usuarios del servicio de aseo del conjunto residencial Hogares de Soacha la esperanza 3 mediante capacitaciones para la debida separación de los residuos sólidos generados desde la fuente logrando la disminución de estos y a la vez minimizar impactos negativos al medio ambiente. Se conceptualizo la información mediante; Folletos con información recopiladas de la cartilla emitida por la alcaldía mayor de Bogotá para las propiedades horizontales (multiusuario de aseo reduzca el valor de su tarifa de aseo) , la normatividad establecida sobre multiusuarios y usuarios de aseo, textos relacionados a la Gestión Integral de Residuos Sólidos, estos fueron entregados e implementados durante la capacitación de copropietarios que se realizó en las instalaciones de la propiedad horizontal. •. Fase 5: Radicación de opción tarifaria.

(31) 31. Se recopilaron los documentos tales como; copia del acta de la asamblea de propietarios donde queda expreso la intención de la comunidad de la propiedad horizontal de acceder al beneficio multiusuario, una relación de usuario, cuenta contrato y porcentaje correspondiente de la tarifa de aseo, una carta de solicitud por parte de la administración donde manifieste sus intenciones de realizar el proceso para la obtención del beneficio. Documentos necesarios para cumplir con los requisitos para acceder a la opción tarifaria multiusuarios del servicio de aseo en el Conjunto Residencial Hogares de Soacha la esperanza 3..

(32) 32. 8. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES Nombre del Gestión para la obtención del beneficio al cobro multiusuario de aseo para la unidad proyecto residencial ciudadela hogares de Soacha (la esperanza 3) MAYO JUNIO FEBRERO MARZO ABRIL OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE ENERO Mes 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 Semana FASE 1 Presentación del proyecto a administrativos FASE 2 Reconocimient o de normatividad. FASE 3 Presentación de proyecto frente a la comunidad. FASE 4 Estudio de requerimientos exigidos por la norma. FASE 5 Actividades de sensibilización. FASE 6 Inicio de proceso con la empresa de Aseo. FASE 7 Acompañamien to en la visita realizada por la empresa.. CONVENCIONES. Año 2017 Año 2018 Fechas propuestas Posibles fechas.

(33) 33. 9. RESULTADOS •. Capacitación de los Copropietarios.. Después de haber asistido a la asamblea de copropietarios se generó el compromiso de asistir a una capacitación a los residentes del conjunto residencial la esperanza 3, capacitación en la cual se sensibilizaría a los usuarios del servicio público de aseo en temas de separación en la fuente, esta tarea con la finalidad de lograr dos metas; la primera es mitigar el impacto ambiental generado por los residentes de la Copropiedad al disminuir el volumen de residuos que tendrían como lugar de disposición final el relleno sanitario doña Juana el cual, actualmente tiene problemas e capacidad. El segundo objetivo cumplido con la capacitación sería el de apoyar la gestión del beneficio multiusuario de tal manera que los usuarios al reconocer la importancia y conocer de qué forma separar los residuos sólidos, disminuirá la cantidad de residuos que el operador de aseo se lleva en el servicio de recolección de residuos sólidos. Al mismo tiempo se realiza una encuesta con la cual se busca conocer el grado de conocimiento en temas de separación en la fuente que tienen los residentes del conjunto residencial la esperanza 3, las preguntas están enfocadas en básicamente evaluar las competencias y saberes sobre la actividad de separación en la fuente. El formato de encuesta se encuentra en los anexos. La capacidad de apartamentos que tiene el conjunto residencial Hogares de Soacha la Esperanza 3 es de 737 apartamentos. Una población objetivo muy grande, teniendo en cuenta el método de difusión de información el cual sería aplicado (Puerta a Puerta), por lo que decidimos realizar la capacitación y encuesta a una muestra representativa del universo de residentes. Usando el cálculo de muestra finita de la siguiente manera. Calculo de muestra finita:.

(34) 34. En donde: n: Tamaño de la muestra buscado N: Tamaño de la población universo Z: Parámetro estadístico que depende del nivel de confianza (NC) e: Error de estimación máximo aceptado. p: Probabilidad de que ocurra el evento estudiado (éxito). q: Probabilidad de que no ocurra el evento estudiado (Fracaso).. Teniendo en cuenta esta ecuación se realizó el cálculo para la obtención de la población objeto de la capacitación y encuesta, cabe aclarar que el método utilizado para la difusión de la información fue el puerta a puerta, método que no fue escogido arbitrariamente sino que se determinó como método de difusión ya que la capacitación de manera magistral, no pudo realizarse por inasistencia de los residentes del conjunto. El tamaño de la población universo se tomó del catastro otorgado por la administración del conjunto, el cual determinó que eran 737 apartamentos los cuales pertenecían al mobiliario del conjunto infiriendo que por cada apartamento habite una unidad familiar. El parámetro estadístico de nivel de confianza lo determinamos con base en la siguiente tabla:.

(35) 35. Nivel Confianza 99.7% 99% 98% 96% 95% 90% 80% 50%. de Z alfa 3 2.58 2.33 2.05 1.96 1.645 1.28 0.674. Donde sí se decía obtener un nivel de confianza muy alto, la contante (Z) seria proporcionalmente elevada. Para el proyecto, se determinó un nivel de confianza del 80%, valor el cual proporcionaba fiabilidad, aunque si bien no del más alto nivel de confiabilidad, si el necesario para el tipo de estudio que se realizara con un coeficiente de 1.28. El error de estimación máximo aceptado se estableció con el criterio de no superar el 10% porque si bien se necesitan certezas el estudio de caso no implicaba una exactitud milimétrica, lo cual da un margen de error más amplio pero tolerable. Los parámetros p y q se toman con base en experiencias pasadas, de estudios de caso similares en los que se examina la probabilidad de acierto y de fracaso de que ocurra el evento esperado, para lo cual se fijó el valor de 50%, 50% respectivamente ya que no se conoce información al respecto se le da la misma valoración a la posibilidad de que ocurra como de que no ocurra. Precisados los valores anteriormente mencionados se procedió al cálculo de la población objeto de la capacitación y respectiva encuesta arrojando como resultado que el tamaña de la muestra seria de 75.17 hogares, procediendo a la capacitación y posterior encuesta de los 76 residentes..

(36) 36. Por ello el día sábado 11 de agosto se realizó la capacitación a los residentes del conjunto residencial la esperanza 3, utilizando el método de difusión puerta a puerta, capacitando de manera breve a los residentes del conjunto residencial Hogares de Soacha la Esperanza 3 en temas de separación en la fuente y El beneficio tarifario para propiedades horizontales. Utilizando como recursos físicos y tecnológicos:. Ilustración 1 volante separación en la fuente.

(37) 37. Ilustración 2 Volante Beneficio tarifario multiusuario.. Ilustración 3 • Formatos registro de recepción de la información..

(38) 38. Ilustración 4 Afiche pedagógico separación en la fuente.. La metodología realizada para la sensibilización e los propietarios fue: 1. Visitar los usuarios puerta a puerta alrededor de las 31 torres que componen el conjunto residencial, donde se realizaría la posterior capacitación..

(39) 39. 2. Tocar la puerta del apartamento y A continuación se realizaba la encuesta donde se intentaba evaluar el conocimiento preliminar de los usuarios acerca de la separación en la fuente y el beneficio tarifario. 3. Hacer entrega de la información acerca de la separación en la fuente, aclarando las implicaciones positivas que esto traería no solo para el ambiente sino para la tarifa del servicio público de aseo después de la gestión del beneficio con la empresa prestadora y la explicación del beneficio tarifario. Usando el como material de apoyo los volantes y el afiche pedagógico. De no encontrar a las personas en las unidades familiares se procedía a entregar el material de apoyo debajo de las puertas. 4. Inmediatamente después de entregada la información se llena el Formato registro de recepción de la información, terminando así con el proceso de capacitación en la unidad residencial. Se logró capacitar las 76 personas, las cuales eran la meta propuesta según el cálculo realizado para hallar la muestra representativa, dejando como producto de esta capacitación un registro de 76 residentes capacitados..

(40) 40. Ilustración 5 Registro de Residentes capacitados 1/3..

(41) 41. Ilustración 6 Registro de Residentes capacitados 2/3..

(42) 42. Ilustración 7 Registro de Residentes capacitados 3/3.. Ilustración 8Evidencia fotográfica capacitación 1/2..

(43) 43. Ilustración 9 Evidencia fotográfica capacitacion2/2.. Evaluación de las condiciones del cuarto de almacenamiento. Para la evaluación el cuarto de almacenamiento se consultó lo previsto en el decreto 2981 de 2013 el cual "Por el cual se reglamenta la prestación del servicio público de aseo", decreto el cual aborda todo lo concerniente para el servicio público de aseo domiciliario. Dentro de este decreto en el titulo 1 capitulo 2 se reglamenta el ALMACENAMIENTO Y Presentación de los residuos sólidos que generan los usuarios previo a la recolección, si bien habla de usuarios en general y como deben ser presentados los residuos también habla de las obligaciones de los usuarios del servicio público de aseo, en cuanto. Al almacenamiento y la presentación de residuos sólidos:.

(44) 44. 1. Almacenar y presentar los residuos sólidos, de acuerdo a lo dispuesto en este decreto, en el Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos de los municipios o distritos, en los respectivos programas para la prestación del servicio público de aseo, aspectos que deben estar definidos en el Contrato de Servicios Públicos. 2. Realizar la separación de residuos en la fuente, tal como lo establezca el Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos del respectivo municipio o distrito para su adecuado almacenamiento y posterior presentación. 3. Presentar los residuos sólidos para la recolección en recipientes retornables o desechables, de acuerdo con lo establecido en el PGIRS de forma tal que facilite la actividad de recolección por parte del prestador. Preferiblemente la presentación de los residuos para recolección se realizará en recipientes retornables. 4. Almacenar en los recipientes la cantidad de residuos, tanto en volumen como en peso, acorde con la tecnología utilizada para su recolección. 5. Ubicar los residuos sólidos en los sitios determinados para su presentación, con una anticipación no mayor de tres (3) horas previas a la recolección de acuerdo con las frecuencias y horarios establecidos por el prestador. 6. Almacenar y presentar los residuos sólidos provenientes del barrido de andenes, de manera conjunta con los residuos sólidos originados en el domicilio. 7. Presentar los residuos en área pública, salvo condiciones pactadas con el usuario cuándo existan condiciones técnicas y operativas de acceso a las unidades de almacenamiento o sitio de presentación acordado. (Decreto 2981 de 2013 art 17) Estas son las obligaciones que en general deben cumplir los usuarios del servicio. Pero el decreto también provee a los usuarios que presentan los residuos sólidos en un mismo punto a lo cual se.

(45) 45. denomina los sistemas de almacenamiento colectivo de residuos sólidos. Todo usuario agrupado del servicio público de aseo, deberá tener una unidad de almacenamiento de residuos sólidos que cumpla como mínimo con los siguientes requisitos: •. Los acabados deberán permitir su fácil limpieza e impedir la formación de ambientes propicios para el desarrollo de microorganismos.. •. Tendrán sistemas que permitan la ventilación, tales como rejillas o ventanas, y de prevención y control de incendios, como extintores y suministro cercano de agua y drenaje.. •. Serán construidas de manera que se evite el acceso y proliferación de insectos, roedores y otras clases de vectores, y que impida el ingreso de animales domésticos.. •. Deberán tener una adecuada ubicación y accesibilidad para los usuarios.. •. Deberán contar con recipientes o cajas de almacenamiento de residuos sólidos para realizar su adecuado almacenamiento y presentación, teniendo en cuenta la generación de residuos y las frecuencias y horarios de prestación del servicio de recolección y transporte.. Parágrafo 1. Los usuarios serán los responsables de mantener aseadas, desinfectadas y fumigadas las unidades de almacenamiento, atendiendo los requisitos y normas para esta última actividad. Parágrafo.2. Cuando se realicen actividades de separación, las unidades de almacenamiento deberán disponer de espacio suficiente para realizar el almacenamiento de los materiales, evitando su deterioro. Parágrafo 3. El usuario agrupado podrá elegir entre la presentación de los residuos en el andén o en la unidad de almacenamiento cuando así se pacte y las condiciones técnicas así lo permitan. En todo caso, deberá contar con los recipientes suficientes para el almacenamiento, de acuerdo con la.

(46) 46. generación de residuos, y las frecuencias y horarios de prestación del servicio de aseo. (Decreto 2981 de 2013, art 21) De esta forma se reglamenta las características técnicas que deben cumplir los cuartos de almacenamiento mal denominados Shuts de basuras. El decreto también aborda las características técnicas que deben tener los recipientes anteriormente nombrados que contienen los residuos sólidos en los centros de acopio de cada unidad residencial, esto con el fin de evitar vectores indeseables que proliferen microorganismos y demás agentes anti sanitarios; que pongan en riesgo la salud de los residentes. Para esto la norma delimita las condiciones técnicas de dos tipos de recipientes, los recipientes retornables para almacenamiento de residuos sólidos y los recipientes no retornables para el almacenamiento de residuos sólidos: Características de los recipientes retornables para almacenamiento de residuos sólidos: Los recipientes retornables, utilizados para almacenamiento y presentación de los residuos sólidos deberán tener las siguientes características básicas: 1. Proporcionar seguridad, higiene y facilitar el proceso de recolección de acuerdo con la tecnología utilizada por el prestador, tanto para la recolección de residuos con destino a disposición final como a procesos de aprovechamiento. 2. Tener una capacidad proporcional al peso, volumen y características de los residuos que contengan. 3. Ser de material resistente, para soportar la tensión ejercida por los residuos sólidos contenidos y por su manipulación y se evite la fuga de residuos o fluidos..

(47) 47. Parágrafo. En los casos de manipulación manual de los recipientes, este y los residuos depositados no deben superar un peso de 50 Kg. Los recipientes retornables para el almacenamiento de residuos sólidos en el servicio, deberán ser lavados por el usuario de tal forma que al ser presentados estén en condiciones sanitarias adecuadas. (Decreto 2981 de 2013 art 18) Características de los recipientes no retornables para almacenamiento de residuos sólidos. Los recipientes no retornables, utilizados para almacenamiento y presentación de los residuos sólidos deberán tener las siguientes características básicas: 1. Proporcionar seguridad, higiene y facilitar el proceso de recolección de acuerdo con la tecnología utilizada por el prestador, tanto para la recolección de residuos con destino a disposición final como a procesos de aprovechamiento. 2. Tener una capacidad proporcional al peso, volumen y características de los residuos que contengan. 3. De material resistente para soportar su manipulación. 4. Facilitar su cierre o amarre. (Decreto 2981 de 2013 art 19) La presentación de los residuos, hablando de la ubicación de estos también esta consignada y reglamentada en el decreto en la cual busca que el servicio de aseo sea prestado de una manera eficiente y eficaz armonizando las condiciones de recolección de esta manera la presentación de los residuos se podrá realizar, en la unidad de almacenamiento o en el andén en el caso de multiusuarios. Los demás usuarios deberán presentarlos en el andén del inmueble del generador, salvo que se pacte con el prestador otro sitio de presentación. La presentación de los residuos sólidos, deberá cumplir lo previsto en el presente decreto, evitando la obstrucción peatonal o vehicular y con respeto de las normas urbanísticas vigentes en el.

(48) 48. respectivo municipio o distrito, de tal manera que se facilite el acceso para los vehículos y personas encargadas de la recolección y la fácil limpieza en caso de presentarse derrames accidentales. (Decreto 2981 de 2013, art 22)..

(49) 49. 10. ANÁLISIS DE RESULTADOS Para este análisis se tuvieron en cuenta las fases anteriormente mencionadas y el siguiente modelo de encuesta que se le aplico a un porcentaje representativo de la población. Encuesta. Nombre: __________________ Torre y Apto: _________ Edad: ________ ¿Usted realiza separación en la fuente de los residuos en bolsa blanca y negra para aprovechables y no aprovechables? o Si o No ¿Qué porcentaje de los residuos que usted dispone en el shut de basura considera que es reciclable? o o o o o. De 0% a 20% De 21% a 40% De 42% a 60% De 61% a 80% De 81% a 100%. ¿Cree usted que al acceder al beneficio multiusuario la tarifa de aseo disminuirá? o Si o Aumentara o Se mantendrá igual ¿Cree usted que el conjunto La esperanza 3 realiza un correcto manejo de los residuos sólidos? o Si o No o No sabe ¿Conoce usted términos de educación ambiental tales como separación en la fuente, reciclar, las 3 R’s, consumo responsable y pos consumo? o Algunos.

(50) 50. o Ninguno o Todos. La encuesta se realizó a una muestra representativa de 75 personas del total de residentes que habitan el conjunto Hogares de Soacha La esperanza 3, de manera presencial se generaron 5 preguntas cada una de opción múltiple en las instalaciones del conjunto, con las que se busca evaluar cualitativa y cuantitativamente aspectos relevantes para tener en cuenta al momento de acceder al beneficio multiusuario consagrado en el decreto 233 del 2002 y su vez analizar el comportamiento y manejo de residuos en el centro de acopio de la unidad residencial. 1. ¿Usted realiza separación en la fuente de los residuos en bolsa blanca y negra para aprovechables y no aprovechables? Según los resultados arrojados en la tabulación de las encuestas que los resultados cuantitativos arrojaron que 57 moradores no realizaban la correspondiente separación en la fuente y solo 18 de una muestra total de 75 si lo hacían. Solo el 24% de los residentes. encuestados realizan la separación para el posterior. aprovechamiento, lo que deja ver la poca educación ambiental que manejan los residentes un problema a la hora de la aplicación del beneficio, ya que el nivel de aprovechamiento va directamente relacionado con la disminución de la tarifa..

(51) 51. 2. ¿Qué porcentaje de los residuos que usted dispone en el shut de basura considera que es reciclable? A lo que los redientes respondieron 13 personas de (0% a 20 %) lo que corresponde a un 17% de la población estudiada, 15 usuarios del servicio de recolección de (21% a 40%) lo que equivale al 20% de la muestra, 28 personas de ( 41% a 60% ) lo que equivale al 38%, 12 residentes del ( 61% a 80%) lo que representan tan solo el 16% de la muestra total y por último la opción de (81% a 100%) la cual 7 personas respondieron, lo que nos representa un 9%. De lo anterior se puede inferir que la gran mayoría de los residentes no creen que el material aprovechable tiene mucha participación dentro de los residuos que disponen para su tratamiento final, esto coincide con la anterior pregunta donde en la gran mayoría de hogares del conjunto no se realizaba la separación en la fuente, pues ya que se tiene la creencia de que el material aprovechable que no representa mucho no se realiza la separación.. 3. ¿Cree usted que al acceder al beneficio multiusuario la tarifa de aseo disminuirá? Donde 58 usuarios del servicio de recolección manifestaron creer que el beneficio les representaría una disminución lo que es una mayoría del 77%, tan solo 5 persona cree que la tarifa no.

(52) 52. disminuiría su valor actual, lo que equivale al 7% y 12 personas piensan que la tarifa se mantendrá y estas representan un 16% del total de la muestra. Lo anterior representa las expectativas que tienen los propietarios frente al beneficio, pues un una gran parte de los residentes creen que el componente de aseo en su factura tendrá disminuciones y por ello estarían prestos a realizar la separación en la fuente además de acceder al beneficio.. 4. ¿Cree usted que el conjunto La esperanza 3 realiza un correcto manejo de los residuos sólidos? Los usuarios respondieron de la siguiente manera: 2 personas manifestaron que si realizan un correcto manejo de los residuos dolidos dentro del centro de acopio del conjunto residencial, lo que representa un 3% de la muestra total, 85% de la muestra piensan que no se realiza una correcta disposición de residuos y 9 residentes manifestaron que no saben de qué manera se clasifican los residuos. Lo que nos permite validar que el problema surge desde la separación en la fuente por parte de cada domiciliado del conjunto residencial..

(53) 53. 5. ¿Conoce usted términos de educación ambiental tales como separación en la fuente, reciclar, las 3 R’s, consumo responsable y pos consumo? Se puede extrapolar datos como que de los conceptos mencionados en la pregunta, tan solo 2 personas que representa un 3% conocen la totalidad de los conceptos nombrados, 72% conocen algunos de ellos y 19 personas manifestaron no tener conocimiento de ninguno de ellos. Por lo que una capacitación acerca de educación ambiental y manejo de residuos sólidos, es lo pertinente para aclarar la correcta clasificación dentro de los inmuebles de cada usuario y el centro de acopio. Dentro de esta charla se reforzaron y aclararon los conceptos básicos ambientales en cuanto a residuos..

(54) 54. Dentro de los aspectos importantes a analizar esta el centro de acopio de residuos sólidos de la unidad residencial La Esperanza 3. Se hicieron algunos hallazgos de la inspección de la visita técnica al sistema de almacenamiento colectivo de residuos sólidos. Con los resultados obtenidos de la observación de las características físicas y técnicas del cuarto de almacenamiento se pudieron evidenciar ciertas recomendaciones al respecto, pero con base en la siguiente matriz se podrán analistas mejor los datos o registros obtenidos Matriz de cumplimiento del cuarto de almacenamiento:. Parámetro. Extintor. Separación en la fuente. Rejilla. Poceta. Condiciones de lavado. Superficies. Ventilación. Normatividad. Dec 2981/13 art 21 punto 2. Dec 2981/13 art 17. Dec 2981/13 art 21 punto 2. Dec 2981/13 art 21 punto 2. Dec 2981/13 art 21 punto 1. Dec 2981/13 art 21 punto 2. Cumplimiento. X. o. o. O. Dec 2981/13 art 21 Parágrafo 1 o. Condiciones de los recipientes Dec 2981/13 art 18 y 19. O. o. O. Donde equis (X) no cumple y circulo (o) si cumple..

(55) 55. Aunque el cuarto de almacenamiento de residuos sólidos contaba con una poceta que intentaba suplir las funciones del extintor, se evidencio la inexistencia de este dentro de las instalaciones del centro de acopio, situación que puede generar riesgo, por ello se hace la recomendación de la adquisición de este elemento que permite la prevención y mitigación de riesgos al interior del centro de acopio. La estructura técnicamente cumple con las especificación de tener las disposiciones físicas para cumplir con la labor de la separación en la fuente ya que como se pudo evidenciar en el registro fotográfico existían compuertas para depositar los diferentes tipos de residuos sólidos producidos por los usuarios de la unidad residencial, aunque se pudo identificar por la actividad de verificación y por testimonios de integrantes de la comunidad del centro residencial, que los residuos no están siendo separados correctamente y que aunque la estructura estuviera dispuesta para que se realizara la efectiva separación en la fuente, los usuarios simplemente no realizaban la labor por desconocimiento de esta obligación o por simple negligencia, por esta razón cabe hacer la sugerencia de ejecutar capacitaciones periódicas en las instalaciones del conjunto residencial, esto para hacer de la separación en la fuente un habito en lo residentes del conjunto. Las rejillas de ventilación estaban correctamente instaladas y cumplían con su función básica la cual es evitar la acumulación de gases producto de la descomposición de residuos sólidos orgánicos, esto en pro de evitar posibles factores de riesgo. La poceta del centro de acopio de residuos sólidos se encontraba en las instalaciones del mismo con sus características de funcionamiento óptimas, además con enchapado lo que facilitaba su fácil limpieza y mitigación de generación de micro organismos en el sistema de almacenamiento..

(56) 56. El encargado del centro de almacenamiento de residuos sólidos expreso que la limpieza de este se realizaba periódicamente, en un estimado de 1 vez a la semana, esto con el fin de evitar la propagación de posibles bacterias poniendo en riesgo no solo la salud de las personas que habitan la copropiedad sino del ambiente mismo. El centro de acopio además contaba con pareces enchapadas lo que facilitaba su fácil lavado igualmente. la poceta con la que cuenta la. infraestructura permite un lavado efectivo. Las superficies de la estructura de almacenamiento cumplían con la normatividad vigente del decreto 2981 del 2013 art 20 el cual exige que los acabados deberán permitir su fácil limpieza e impedir la formación de ambientes propicios para el desarrollo de micro organismos, porque si bien las superficies verticales están enchapadas, el piso no pero ello no quiere decir que se puedan generar focos de infección ya que se identificó la textura lisa del piso con nula rugosidad ni porosidad lo que mitiga la formación de micro fauna . Los envases retornables con los que cuenta el conjunto residencial se encuentran en las condiciones que exige el decreto 2981 del 2013 articulo 18 ya que proporcionan seguridad e higiene gracias a las buenas condiciones en las que se encuentran, igualmente tienen la capacidad proporcional de peso volumen de los residuos que producen los residentes del conjunto residencial asimismo el material del que están hechos es un plástico rígido que soporta la tención ejercida por los residuos sólidos contenidos evitando así fugas de residuos y fluidos. Por otra parte el decreto 233 del 2002, en su Artículo 4, nos exige declarar los inmuebles desocupados dentro de la propiedad horizontal que está solicitando el aforo para acceder al beneficio multiusuario; por tal motivo dentro de nuestro estudio de la población encontramos que los inmuebles vacíos son:.

(57) 57. TORRE. APARTAMENTO. ESTADO DEL INMUEBLE. 12 13 14 14 15 15 16 16 17 31. 601 101 503 603 404 502 403 601 304 504. Desocupado Desocupado Desocupado Desocupado Desocupado Desocupado Desocupado Desocupado Desocupado Desocupado. De los cuales se hace el respectivo aviso a la empresa de Aseo Internacional, en el momento de solicitar el beneficio..

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Ilustración 1 volante separación en la fuente
Ilustración 3 • Formatos  registro de recepción de la información.
Ilustración 4 Afiche pedagógico separación en la fuente.
Ilustración 5 Registro de Residentes capacitados 1/3.
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Referencias

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