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Observatorio de medios para el estudio del cubrimiento de los casos de siete ex jefes paramilitares extraditados en el marco de la ley de justicia y paz : casos El Tiempo y El Espectador

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Academic year: 2017

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OBSERVATORIO DE MEDIOS PARA EL ESTUDIO DEL CUBRIMIENTO DE LOS CASOS DE SIETE EX JEFES PARAMILITARES EXTRADITADOS EN EL MARCO DE LA LEY DE

JUSTICIA Y PAZ. CASOS EL TIEMPO Y EL ESPECTADOR

AUTORA

NATALIA RIVEROS ANZOLA

PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA

FACULTAD DE COMUNICACIÓN Y LENGUAJE

COMUNICACIÓN SOCIAL

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OBSERVATORIO DE MEDIOS PARA EL ESTUDIO DEL CUBRIMIENTO DE LOS CASOS DE SIETE EX JEFES PARAMILITARES EXTRADITADOS EN EL MARCO DE LA LEY DE

JUSTICIA Y PAZ. CASOS EL TIEMPO Y EL ESPECTADOR

AUTORA

NATALIA RIVEROS ANZOLA

TRABAJO DE GRADO PARA OPTAR POR EL TÍTULO DE COMUNICADORA SOCIAL

PERIODISMO

DIRECTORA

MARISOL CANO BUSQUETS

PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA FACULTAD DE COMUNICACIÓN Y LENGUAJE

COMUNICACIÓN SOCIAL

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ARTÍCULO 23

DE LA RESOLUCIÓN No. 13 DE JUNIO DE 1946

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Bogotá, 29 de mayo de 2011

Señor Decano

JOSÉ VICENTE ARIZMENDI Facultad de Comunicación y Lenguaje Pontificia Universidad Javeriana La ciudad

Cordial saludo,

Por medio de esta carta tengo el gusto de presentarle mi trabajo de grado titulado OBSERVATORIO DE MEDIOS PARA EL ESTUDIO DEL CUBRIMIENTO DE LOS CASOS DE SIETE EX JEFES PARAMILITARES EXTRADITADOS EN EL MARCO DE LA LEY DE JUSTICIA Y PAZ. CASOS EL TIEMPO Y EL ESPECTADOR, con el cual aspiro al título de Comunicadora Social, con énfasis en Periodismo. Considero pertinente que los estudiantes de periodismo nos interesemos por investigar y analizar cómo estamos narrando temas tan álgidos e importantes como los del conflicto armado interno colombiano, con el fin de aportar en alguna medida a la memoria histórica del país.

Agradezco su atención,

Cordialmente,

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Bogotá, mayo 29 de 2011 Señor Decano

JOSE VICENTE ARIZMENDI Facultad de Comunicación y Lenguaje Pontificia Universidad Javeriana Ciudad

Apreciado Decano:

Me complace presentar el Trabajo de Grado de la estudiante del campo de periodismo Natalia Riveros Anzola, ―Observatorio de medios para el estudio del cubrimiento de los casos de siete ex jefes paramilitares extraditados en el marco de la Ley de Justicia y Paz. Casos El Tiempo y El Espectador‖, que indaga por los estándares de calidad informativa en el cubrimiento de los casos puntuales de siete ex jefes paramilitares extraditados a Estados Unidos el 13 de mayo de 2008, después de haberse acogido a la Ley de Justicia y Paz. El interés de la estudiante fue evidenciar tanto las fortalezas como las debilidades del periodismo colombiano en el cubrimiento de temas relacionados con el conflicto interno.

Natalia trabajó con rigor y cuidado en el marco histórico de la extradición en Colombia, así como en la inmersión, conocimiento y apropiación de un proceso político, social y judicial muy complejo como el que ha enfrentado nuestro país con la desmovilización de parte de la estructura del paramilitarismo, en el marco de la conocida Ley de Justicia y Paz. Para ello, estudió conceptos, profundizó en el marco legal y jurídico de nuestro país e hizo un seguimiento detallado al desarrollo noticioso del tema en observación.

Con destreza supo articular ese conocimiento con el ya adquirido de una metodología de investigación en la que trabaja la Facultad, como es la del observatorio de medios. Aplicó en este trabajo de grado lo aprendido durante su formación como periodista e indagó con especialistas en el tema para construir una matriz de recolección de información y de análisis adecuada a su objeto de estudio.

Teniendo en cuenta las preocupaciones de la estudiante por asuntos relativos a los elementos esenciales del periodismo, así como por el devenir político y de las estructuras criminales de nuestro país, merece destacarse el aporte que hace con este observatorio, con el que da muestra de la solidez de su formación.

Afectuosamente,

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FACULTAD DE COMUNICACIÓN Y LENGUAJE

Carrera de Comunicación Social - Coordinación de Trabajos de Grado

FORMATO PROYECTO TRABAJO DE GRADO (Único formato aceptado por la Facultad)

Profesor Proyecto Profesional II: Marisol Cano Busquets.

Fecha: Noviembre 30/2010 Calificación: 4,4

Asesor Propuesto: Marisol Cano Busquets Vo.Bo. Coordinador de Campo (Opcional): Coordinación Trabajos de Grado:

Fecha inscripción del Proyecto: Noviembre 30/2010

I. DATOS GENERALES

Estudiante(s): Natalia Riveros Anzola.

Modalidad del trabajo:

Monografía teórica Producto

x Análisis de contenido Práctica por Proyecto

Sistematización de experiencias Asistencia en investigación

Título propuesto: (Provisional, corto, creativo, con subtítulo explicativo)

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II. INFORMACIÓN BÁSICA

A. Problema

1. ¿Cuál es el problema? ¿Qué aspecto de la realidad considera que merece investigarse? Planteamiento del problema que se va a investigar. Un párrafo conciso definiendo el problema.

El problema que se pretende abordar en esta tesis es la precariedad en los perfiles, la dispersión de información y el tratamiento a nivel mediático en el caso de los 14 extraditados en el marco de la Ley de Justicia y Paz. La información sobre estos personajes relacionados directamente con el conflicto colombiano, es dispersa y está en construcción constante, por lo que en varias ocasiones llega a ser confusa e inexacta.

Se pretende abordar la información de siete de los 14 ex jefes paramilitares desde la perspectiva de la calidad periodística y sus elementos esenciales. Se busca evidenciar los vacíos y falencias en los elementos esenciales del periodismo y encontrar respuestas a esta pregunta: ¿por qué en un tema coyuntural la información que se transmite no es rigurosa ni clara, por qué hay vacíos en la misma?

2. ¿Por qué es importante investigar ese problema? Enumere las razones que justifican la investigación que se propone, su pertinencia e importancia, desde para el campo profesional y para la comunicación.

a. De estos 14 extraditados, hay mucha información, pero se encuentra fragmentada, dispersa y desigual en los diferentes medios de comunicación y en los estudios académicos e investigaciones de ONG que se han realizado sobre paramilitarismo y extradición. Se ha consignado la información, pero de manera desordenada, sin constatar y sin verificar datos en muchas ocasiones, dándole más prominencia a algunos perfiles y a otros dejándolos cerca del anonimato.

b. Es necesario retomar las bases del periodismo, entender su proceder dentro del marco de la Ley de Justicia y Paz y el cubrimiento a los casos de los 14 extraditados a Estados Unidos.

c. Comprender este trabajo como aquel en el que los hechos están en desarrollo permanente, porque la información pertinente al tema, se construye día a día, se generan referencias constantemente y esto puede generar una creciente confusión pública, por lo que es necesario organizar esta información, darle cuerpo y así, ayudar en la comprensión del fenómeno del que trata el presente trabajo.

d. El papel del periodismo en un tema nacional de relevancia como el que se pretende estudiar, es el de aportar la investigación, la verificación de datos e informaciones, la construcción de fuentes y la orientación al lector sobre un caso del que se ha hablado pero no con el rigor que se requiere. Otras disciplinas aportarán la visión desde su razón de ser y las metodologías con las que estructuran sus conocimientos, pero el periodismo generará y abrirá las puertas a un proyecto que recopilará lo necesario para emprender y en desarrollos posteriores, la búsqueda y la corrección de vacíos en la información.

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3. ¿Qué se va investigar específicamente? (Defina el objeto o corpus de la investigación ¿Con qué materiales, entidades, espacios, textos, etc. va a trabajar?

Lo que se va a investigar es el cubrimiento que diferentes medios y periodistas hicieron sobre la extradición de siete de los ex jefes paramilitares, teniendo en cuenta los vacíos en la información y sus vacíos. Igualmente se pretende emprender un análisis de los imaginarios, adjetivos y lugares comunes que esta información ha desatado, entender la caracterización de cada uno de los personajes a investigar.

En este trabajo de tesis, se limitó la investigación a siete de los 14 ex jefes paramilitares, luego de que se hiciera evidente que ex jefes como Salvatore Mancuso, Diego Fernando Murillo Bejarano; alias Don Berna, Rodrigo Tovar Pupo; alias Jorge 40 y Francisco Zuluaga Lindo; alias Gordolindo tenían un despliegue mucho mayor, se consideró necesario efectuar una investigación sobre los personajes que también son importantes por el contexto en el que se movilizan en la opinión pública, pero que no han tenido tanta relevancia en los medios.

Se pretende entonces, organizar y sistematizar la información recopilada, para poder dar luces a lectores interesados en el tema y consignar este ejercicio como el comienzo de un estudio rigoroso sobre el retorno a las bases del periodismo, que son las que darán el camino correcto para una investigación concreta y útil. Se realizará la investigación en tres bloques, una parte teórica en la que se expondrán los conceptos de extradición, Ley de Justicia y Paz y paramilitarismo. El segundo bloque con una realización de un cuadro en el que se crucen los datos de los paramilitares, este punto estará mediado por el observatorio, para así exponer algunos de los medios que han hecho cubrimiento del suceso y finalmente, un análisis acompañado de fuentes como periodistas de conflicto y que han trabajado con los temas expuestos anteriormente, para comprender el por qué de estos vacíos y debilidades de información en un tema tan importante dentro del contexto colombiano.

El periodo de tiempo escogido para este trabajo será de cinco años, comprendidos entre enero de 2003, año clave de desmovilizaciones paramilitares; 2005, año en que la Ley de Justicia y Paz es aprobada; 2007, año previo a la desmovilización de los 14 ex jefes paramilitares; 2008, año de la extradición y el primer semestre del año 2010.

Los siete ex jefes paramilitares de los cuales se recopilará la información son: Nodier Giraldo Giraldo, alias El Cabezón o Jota; Hernán Giraldo Serna, alias El Patrón, El Viejo, El Tigre, Taladro o El Señor; Martín Peñaranda Osorio, alias El Burro; Juan Carlos Sierra Ramírez, alias El Tuso, El Primo, El Duro o El Patrón; Diego Alberto Ruiz Arroyave, alias Diego Arroyave, El Primo o Andrés; Guillermo Pérez Alzate, alias Pablo Sevillano, William Naranjo, Pablo, Memo Fantasma o El Patrón y Manuel Enrique Torregrosa Castro, alias Chang.

El observatorio de medios se realizará en los siguientes medios de prensa escrita: El Tiempo El Espectador, Revista Semana, El Heraldo, El Colombiano y El País.

B. Objetivos

1. Objetivo General: ¿Qué busca alcanzar? Párrafo puntual donde define la meta general que se propone para el trabajo.

Realizar un análisis de medios en el cubrimiento de la información de siete de los 14 ex jefes paramilitares.

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a. Comprender el concepto de extradición y su aplicación en Colombia.

b. Comprender el proceso de Ley de Justicia y Paz y sus versiones libres, pertinentes en la investigación y documentación requerida para el trabajo.

c. Analizar la información que se ha publicado sobre siete de los 14 extraditados a Estados Unidos a partir de categorías básicas propias de los observatorios de medios haciendo énfasis en una mirada a los elementos esenciales del periodismo.

d. Establecer cuáles han sido las deficiencias en el cubrimiento de estos perfiles.

III. FUNDAMENTACIÓN Y METODOLOGÍA

A. Fundamentación Teórica

1. ¿Qué se ha investigado sobre el tema? Antecedentes de investigación. Revisión de la bibliografía pertinente. Para trabajos con producción, ¿hay producciones que trabajen el mismo tema o alguno similar? ¿Existen manuales semejantes? ¿Textos de apoyo a su trabajo?

El 13 de mayo de 2008, el gobierno colombiano extraditó a 14 jefes de las Autodefensas Unidas de Colombia, posterior a que Estados Unidos los pidiera por delitos de narcotráfico. El proceso de extradición, seguido de la decisión del presidente Álvaro Uribe Vélez de explicar que algunos de estos paramilitares habían reincidido en el delito, no habían cumplido la reparación a las víctimas, o no cooperaban debidamente con la justicia, luego de someterse a la ley 975 de 2005. Para que se pueda hablar de una reparación justa y correcta, es necesario remitirse a la ley de Justicia y Paz, en su artículo 8: el derecho de las víctimas a la reparación comprende las acciones que propendan por la restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción; y las garantías de no repetición de las conductas.

Entre las garantías de no repetición, se comprende entonces, la desmovilización y el desmantelamiento de los grupos armados al margen de la ley. Es así como estos 14 jefes paramilitares desmovilizados, Nodier Giraldo Giraldo, Hernán Giraldo Serna, Edwin Mauricio Gómez Luna, Eduardo Enrique Vengoechea Mola, Martín Peñaranda Osario, Rodrigo Tovar Pupo; alias Jorge 40, Salvatore Mancuso, Juan Carlos Sierra Ramírez, Diego Fernando Murillo Bejarano; alias Don Berna, Diego Alberto Ruiz Arroyave, Ramiro Vanoy; alias Cuco Vanoy, Francisco Zuluaga Lindo; alias Gordolindo, Guillermo Pérez Alzate y Manuel Enrique Torregrosa Castro, algunos de ellos desmovilizados desde 2004, al entrar en vigencia la ley de Justicia y Paz se acogieron a los beneficios legales pero a la fecha no han cumplido con todos los requerimientos de verdad, reparación y reconciliación.

Desmovilización de paramilitares

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Acuerdo de paz con los paramilitares

En el año 2002, el Comisionado de Paz, Luis Carlos Restrepo y jefes de las Autodefensas (AUC), se reunieron para pactar un cese de hostilidades. En esta reunión secreta, donde asistieron Carlos Castaño, Salvatore Mancuso, quien para ese entonces el jefe del Bloque Catatumbo; Ramón Isaza de las Autodefensas Campesinas del Magdalena Medio, el sacerdote y obispo de Montería Julio César Vidal, y Germán García, de la Diócesis de Apartadó, junto con otros paramilitares.

En esta reunión, Carlos Castaño aconsejaba a los otros integrantes de presionar para que el gobierno los considerara un actor político del conflicto, por lo que esperaba que la salida fuera política. Exponía para ese entonces que ―el tema de la extradición, es inconveniente incluirlo en la agenda de trabajo con el gobierno‖. Este líder paramilitar estaba en contra de que grandes narcotraficantes se camuflaran de paramilitares, para poder se cobijados e incluidos dentro de los acuerdos de negociación con las AUC.

Luego de este encuentro, los paramilitares se comprometieron a decretar un cese al fuego unilateral el 1 de diciembre del mismo año. El 23 del mismo mes, el presidente Álvaro Uribe firmó la Ley 782, con la cual se le hacían cambios a la Ley 418 de 1997. El cambio más importante era que no era necesario reconocer el estatus político a los grupos armados ilegales, de esta manera se daba la oportunidad de negociar con las AUC.

Ley de Justicia y Paz

El 25 de julio de 2005, el Congreso de Colombia decretó la ley 975 de 2005, por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional y se dictan otras disposiciones para acuerdos humanitarios.

La ley se instaura luego de más de dos décadas de negociaciones de paz con grupos armados ilegales, unos de izquierda, entre los que se desmovilizaron el EPL (Esperanza, Paz y Libertad); M19 (Movimiento 19 de abril); movimiento indígena Quintín Lame; CRS (Corriente Renovación Socialista); y el PRT (Partido Revolucionario de los Trabajadores). El ELN y las FARC, no se acogieron a las oportunidades de diálogo ofrecidas por el gobierno y continuaron delinquiendo, utilizando la fuerza con fines políticos.

Ante la ausencia del Estado en algunas zonas del territorio colombiano, grupos de derecha, pretendieron sustituirlo. Los llamados ―otros ejércitos de Colombia‖ o grupos paramilitares iniciaron alrededor de comienzo de los años 80, luego de que Carlos Castaño reuniera una pequeña banda de campesinos para vengar la muerte de su padre, a manos de guerrilleros de izquierda. En 1985 nace el grupo autodefensa de Córdoba y Urabá. La población civil es y ha sido siempre la que se ha visto inmersa entre dos fuerzas que promulgan luchar por los derechos del pueblo, uno que han perdido de vista.

En el artículo 1 de la Ley de Justicia y Paz, se comprende su objeto: ―facilitar los procesos de paz y la reincorporación individual o colectiva a la vida civil de miembros de grupos armados al margen de la ley, garantizando los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación‖.

El derecho a la verdad, se hace explícito en el artículo 7 de la ley, en los siguientes términos: ―La sociedad y en especial las víctimas tienen el derecho inalienable, pleno y efectivo de conocer la verdad sobre los delitos cometidos por los grupos armados organizados al margen de la ley, y sobre el paradero de las víctimas de secuestro y desaparición forzada‖.

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beneficio de la alternatividad penal, de 5 a 8 años, que se concede al beneficiario por contribuir a la paz, la justicia, la resocialización y la reparación a las víctimas.

Para quienes hubieran decidido acogerse a la Ley de Justicia y Paz y podérseles otorgar los beneficios de la misma, era necesario, como se establece en el artículo 10 en el caso de la desmovilización colectiva que se dieran los siguientes requerimientos:

1. Que el grupo armado organizado de que se trata se haya desmovilizado y desmantelado en cumplimiento de acuerdo con el gobierno nacional.

2. Que se entreguen los bienes producto de la actividad ilegal.

3. Que el grupo ponga a disposición del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar la totalidad de menores de edad reclutados.

4. Que el grupo cese toda interferencia al libre ejercicio de los derechos políticos y libertades públicas y cualquiera otra actividad ilícita.

5. Que el grupo no se haya organizado para el tráfico de estupefacientes o el enriquecimiento ilícito. 6. Que se liberen las personas secuestradas, que se hallen en su poder.

En el caso de la desmovilización individual, la ley exige que se entregue información para el desmantelamiento del grupo al que pertenecía.

El tercer eje hace referencia al derecho a la reparación integral de las víctimas, la cual debe comprender la restitución, rehabilitación, indemnización, medidas de satisfacción y garantías de no repetición. Es necesario también comprender la definición de víctima para efectos de la ley 975 de 2005, ―se entiende por víctima la persona que individual o colectivamente haya sufrido daños directos tales como lesiones transitorias o permanentes que ocasionen algún tipo de discapacidad física, psíquica y/o sensorial (visual y/o auditiva), sufrimiento emocional pérdida financiera o menoscabo de sus derechos fundamentales (…)‖.

Como expone Roberto Mora Sarasti en el artículo ―Ley de Justicia y Paz y Justicia Transicional: un avance significativo‖, no se trata de una ley de punto final, esto significa que tanto la sociedad como las víctimas tienen la posibilidad de denunciar a quienes se desmovilizaron por hechos no manifestados, en caso en que el beneficiario haya omitido datos intencionalmente, no tendrá derecho a ningún beneficio que promulga la ley.

El artículo 21 de la ley, establece que ―si el imputado o acusado acepta parcialmente los cargos se romperá la unidad procesal respecto de los no admitidos‖. Si en algún momento los jefes paramilitares y miembros de sus bloques que se hubieran acogido a la ley no cumplían con los requerimientos, no se les concedería el beneficio de la alternatividad penal.

Este fue el caso de algunos de los 14 jefes paramilitares extraditados a Estados Unidos el 13 de mayo de 2008, luego de que Álvaro Uribe expresara que algunos seguían delinquiendo y porque Estados Unidos los pidió en extradición para que respondieran por cargos de narcotráfico.

Jefes paramilitares extraditados a Estados Unidos Los 14 extraditados a Estados Unidos son los siguientes:

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Santander Lozada, Triple Cero, José Manuel o El Cacique, desmovilizado del Bloque Norte, Catatumbo y Córdoba; Juan Carlos Sierra Ramírez, alias El Tuso, El Primo, El Duro o El Patrón, desmovilizado del Bloque Héroes de Granada.

Diego Fernando Murillo Bejarano, alias Don Berna, Adolfo Paz, Ñato Berna o Patepalo, desmovilizado del Bloque Cacique Nutibara, Diego Alberto Ruiz Arroyave, alias Diego Arroyave, El Primo o Andrés, desmovilizado del Bloque Centauros; Ramiro Vanoy Ramírez, alias Cuco Vanoy, Cuco o Marcos, desmovilizado del Bloque Mineros; Francisco Javier Zuluaga, alias Gordo Lindo, Gabriel Galindo, El Gordo o El Pingüino, desmovilizado del Bloque Pacífico o Héroes del Chocó; Juan Guillermo Pérez Alzate, alias Pablo Sevillano, William Naranjo, Pablo, Memo Fantasma o El Patrón, desmovilizado del Bloque Libertadores Sur, perteneciente al Bloque Central Bolívar y Manuel Enrique Torregrosa Castro, alias Chan.

Investigaciones periodísticas previas

La información sobre los ex jefes paramilitares extraditados a Estados Unidos ha involucrado diferentes conceptos que, en ocasiones, han dilucidado varias dudas y han contribuido a la memoria histórica de Colombia. El tema de paramilitarismo y de conflicto armado lo ha trabajado el portal periodístico Verdad Abierta.com, en donde recopila la historia del conflicto desde los años 80, su reactivación en los años 1992 a 1996, la expansión del conflicto entre 1997 y 2002 y la desmovilización de actores del conflicto entre 2003 y 2006.

Este portal de Internet, aglutina información sobre los victimarios y las víctimas. Los primeros, los divide entre bloques, jefes y desmovilizados, y a los segundos, les da la oportunidad de ser visibles, a partir de historias de vida. Reconstruyendo sus experiencias trágicas, pero que corresponden a la verdad de aquellos que vivieron el terror de la guerra.

Además, presenta secciones que pretenden visibilizar cómo los grupos paramilitares han tenido incidencia en diferentes actos del conflicto armado, por ejemplo, en masacres, asesinatos de sindicalistas, periodistas, defensores de derechos humanos e integrantes del partido político Unión Patriótica; desaparecidos, desplazados, reclutamiento de menores, secuestrados y violencia contra la mujer.

Es muy importante el recuento que hacen de la Ley de Justicia y Paz, porque actualizan constantemente todo lo que acontece relacionado con Ésta. Por ejemplo, qué ha pasado con los ex jefes paramilitares extraditados, sus versiones libres, las imputaciones, los juicios y la restitución de bienes. El portal periodístico tiene una sección de 52 perfiles breves sobre los jefes de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), específicamente sobre el trabajo de esta tesis, presenta información sobre siete de los 14 ex jefes, pero de los previamente escogidos para la investigación final, sólo presenta información sobre dos: Hernán Giraldo Serna y Guillermo Pérez Alzate.

Verdad Abierta.com también le brinda a la comunidad la posibilidad de informarse sobre cómo el paramilitarismo se ha visto involucrado en la política y en la economía, en diferentes regiones del país.

Finalmente, hace un recuento actual del conflicto y de los actores armados, como el ELN, las FARC, rearmados y otras bandas criminales.

Por otro lado, la Corporación Nuevo Arco iris es una organización no gubernamental colombiana, que se ha consolidado desde 1994 como un centro de pensamiento y acción política para la paz y el desarrollo. Trabajan temas del posconflicto, el desarrollo regional, el fortalecimiento y apoyo a las iniciativas ciudadanas por la paz y el análisis riguroso del conflicto.

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2. ¿Cuáles son las bases conceptuales con las que trabajará? ¿Qué conceptos, categorías, relaciones conceptuales básicas va a utilizar? Descríbalas brevemente.

Para este trabajo de tesis se trabajará con las siguientes bases conceptuales: Ley de Justicia y Paz, Extradición y Paramilitarismo. Además, se abordarán las categorías propias utilizadas por los observatorios de medios: Construcción informativa, Autoría de las piezas periodísticas, ubicación de las piezas según secciones, género de las piezas periodísticas, despliegue de la nota periodística, modalidad, epicentro de los acontecimientos, temáticas de la información, recursos visuales (imágenes que acompañan al texto y el origen de las imágenes), sujeto de las imágenes (dónde ponen la mirada los medios), protagonistas, fuentes, ética periodística, enfoque informativo, características del lenguaje y el origen de la información.

Además de las bases conceptuales y de las categorías utilizadas en el observatorio de medios, se trabajará con los elementos esenciales del periodismo, retomando a Bill Kovach, cuando menciona que el periodismo sirve principalmente para ―proporcionarle a los ciudadanos la información que necesitan para ser libres y capaces de gobernarse a sí mismos‖ (Kovach, 2003, p. 24).

Entendiendo la importancia del periodismo que menciona el autor, es claro que después de este se desprenderán diferentes elementos para la correcta transmisión de la información, sobre todo, en el cubrimiento de temas de conflicto, como la desmovilización, la extradición, la Ley de Justicia y Paz y el entendimiento que proveen los medios sobre personajes coyunturales como lo son los ex jefes paramilitares mencionados anteriormente.

El primer elemento que establece Kovach es la verdad. ―Es en realidad, de mayor ayuda y más adecuado, entender la verdad periodística como un proceso –o un viaje prolongado– que comienza con el artículo de presentación de una noticia y se va construyendo a lo largo del tiempo‖ (Kovach, 2003, p. 61). Lo anterior, comprendiendo que podría pensarse que la verdad está ligada a la subjetividad por las múltiples miradas que puede haber sobre un mismo hecho, pero aunque la verdad puede ser un fenómeno contradictorio, ―el periodismo intenta llegar a la verdad en un mundo confuso procurando discernir en primer lugar lo que es información fidedigna de todo lo que son informaciones erróneas, desinformación o información interesada, para luego dejar que la comunidad reacciones y el proceso de discernimiento continúe. La búsqueda de la verdad se convierte en diálogo‖. (Kovach, 2003, p. 63).

Es así como aunque la verdad parezca esquiva, en realidad se construye en un proceso ligado a otros elementos esenciales del periodismo. El segundo que establece Kovach, se refiere a que el periodismo debe lealtad ante todo a los ciudadanos, más allá de su vínculo con el medio y con quienes establecen las prácticas periodísticas dentro de una empresa, se busca entonces la independencia mas no el aislamiento del profesional, porque el periodista se entiende como un intermediario entre la realidad y sus acontecimientos y la manera en que la comunidad pueda entenderla, debatirla y reproducirla de la manera adecuada.

Por eso en el caso de los siete ex jefes paramilitares, se necesita la verificación constante de fuentes, de datos y de información precisa. Desde lo más elemental como el año de nacimiento o el lugar y luego, de datos de alta importancia en la coyuntura actual como por qué fueron juzgados, en qué masacres participaron y su situación legal, entre otros.

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En varias ocasiones, en el afán de informar, varios de los elementos esenciales del periodismo, se pasan por alto, siempre excusándose en el mecanismo de las rutinas periodísticas de tener la información, aunque esto represente no verificarla ni contrastarla y adoptar el lenguaje de las fuentes. Los datos escuetos y desordenados no generan el debate y el diálogo requerido con la comunidad, se crean distorsiones y confusiones, lo que genera un desentendimiento altísimo del tema, sin aporte mayor desde el periodismo.

Lo anterior corresponde a otro elemento que menciona Kovach, el periodismo como foro público, para la crítica y el comentario. ―Todas las modalidades del periodismo deben contribuir a la función de la creación de un foro público llamando la atención del ciudadano sobre determinadas cuestiones de tal modo que alienten su reflexión‖. Lo anterior es sólo posible cuando el ciudadano confía en que la información que está recibiendo es correcta y adecuada, además, si está ligada a la verdad, la transparencia y la verificación, alejándose de la manipulación de las fuentes. Si el ciudadano no confía en quien le informa, el foro público no será sobre la realidad nacional sino sobre el papel de los medios.

Sobre los 14 ex jefes paramilitares, hay bastante información, pero es necesario que esta sea exhaustiva y proporcionada. En este caso no lo es, por ejemplo, las noticias sobre Salvatore Mancuso, alias Don Berna, alias Gordolindo y Cuco Vanoy tienen más despliegue que las noticias sobre los otros personajes. No hay equidad en lo que se informa, por eso, muchos son mencionados pero la comunidad no tiene claro quiénes son, en cambio, la sobre exposición de un tema, puede generar el distanciamiento del ciudadano con el mismo.

Es así, como se trabajarán los diferentes elementos esenciales del periodismo, relacionándolos con las categorías del observatorio de medios y a medida en que se recopile más información, se propondrán unas nuevas categorías directamente vinculadas con los siete ex jefes paramilitares para obtener un análisis relacionado con lo que están informando los medios, para así contrastar la información. Estas categorías serían: Lugar de nacimiento, fecha de nacimiento, bloque de las AUC, cargo, inicios, año de desmovilización, cargos.

B. Fundamentación metodológica

1. ¿Cómo va a realizar la investigación? ¿Cómo va a alcanzar los objetivos propuestos? ¿Con qué tipo de metodología? ¿Qué instrumentos y técnicas de investigación va a trabajar? En trabajos con producción, ¿cómo lo va a realizar? ¿Supone diagnósticos previos?, ¿Entrevistas?, ¿Observación?, ¿Encuestas?, etc.

La investigación se realizará haciendo un observatorio de seis medios colombianos, entre los que se encuentran: El Tiempo, El Espectador, Semana, El Heraldo, El País, El Colombiano. El periodo de tiempo está comprendido de la siguiente manera: será de cinco años, entre enero de 2003, año clave de desmovilizaciones paramilitares; 2005, año en que la Ley de Justicia y Paz es aprobada; 2007, año previo a la desmovilización de los 14 ex jefes paramilitares; 2008, año de la extradición y el primer semestre del año 2010.

Los objetivos propuestos se lograrán en la medida en que se vaya recolectando la información pertinente que pueda orientar el estudio y el análisis de cómo han informado los medios anteriormente mencionados, en el caso de estos siete ex jefes paramilitares.

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Luego se procederá a hacer un análisis sobre los elementos fundamentales del periodismo, como lo son: la verdad, la disciplina de la verificación, lealtad ante los ciudadanos, independencia, ofrecer un foro político para la crítica y el comentario y generar noticias exhaustivas y proporcionales.

Después se realizará el observatorio de medios de estos siete ex jefes paramilitares: Nodier Giraldo Giraldo, Hernán Giraldo Serna, Martín Peñaranda Osorio, Juan Carlos Sierra Ramírez, Diego Alberto Ruiz Arroyave, Guillermo Pérez Alzate y Manuel Enrique Torregrosa Castro.

Finalmente se dará paso a las conclusiones sobre el tipo de información que se está generando en los medios sobre un tema de coyuntura en Colombia y permitirle al lector un análisis del sujeto que están presentando los medios.

2. ¿Qué actividades desarrollará y en qué secuencia? Cronograma. Especifique tareas y tiempo aproximado que le tomará cada una. Recuerde que tiene un semestre (18 semanas) académico para desarrollar su proyecto.

# SEMANA ACTIVIDAD OTROS

1 29

noviembre

Recolección de datos:

- Hernán Giraldo Serna - El Tiempo - Martín Peñaranda - El Tiempo - - Juan Carlos Sierra - El Tiempo

Vacaciones.

2 6 diciembre Recolección de datos:

- Diego Alberto Ruiz - El Tiempo. - Guillermo Pérez Alzate - El Tiempo. - Manuel Enrique Torregrosa - El

Tiempo.

Vacaciones.

3 13 diciembre Recolección de datos:

- Martín Peñaranda - El Espectador. - Juan Carlos Sierra - El Espectador. - Diego Alberto Ruiz Arroyave – El

Espectador.

Vacaciones.

4 3 enero Recolección de datos:

- Guillermo Pérez Alzate – El

Espectador.

- Manuel Enrique Torregrosa – El

Espectador.

- Nodier Giraldo Giraldo – El

Colombiano.

Vacaciones.

5 10 enero Recolección de datos:

- Hernán Giraldo Serna – El

Colombiano.

- Martín Peñaranda – El Colombiano. - Juan Carlos Sierra – El Colombiano.

Vacaciones.

6 17 enero Recolección de datos:

- Diego Alberto Ruiz – El

Colombiano.

- Guillermo Pérez Alzate – El

Colombiano.

- Manuel Enrique Torregrosa – El

Colombiano.

Vacaciones.

7 24 enero Recolección de datos:

(16)

- Hernán Giraldo Serna – El País. - Martín Peñaranda – El País.

8 31 enero Recolección de datos:

- Juan Carlos Sierra – El País. - Diego Alberto Ruiz – El País. - Guillermo Pérez Alzate – El País.

9 7 febrero Recolección de datos:

- Manuel Enrique Torregrosa – El

País.

- Nodier Giraldo Giraldo – El Heraldo. - Hernán Giraldo Serna – El Heraldo.

10 14 febrero Recolección de datos:

- Martín Peñaranda – El Heraldo. - Juan Carlos Sierra – El Heraldo. - Diego Alberto Ruiz – El Heraldo. - Guillermo Pérez Alzate – El Heraldo.

11 21 febrero Recolección de datos:

- Manuel Enrique Torregrosa El País. 12 28 febrero Ingresar datos al observatorio de medios. 13 7 marzo Ingresar datos al observatorio de medios. 14 14 marzo Ingresar datos al observatorio de medios. 15 21 marzo Ingresar datos al observatorio de medios. 16 28 marzo Ingresar datos al observatorio de medios. 17 4 abril Ingresar datos al observatorio de medios. 18 11 abril Escribir documento.

19 18 abril Escribir documento. 20 25 abril Escribir documento. 21 2 mayo Escribir documento. 22 9 mayo Conclusiones. 23 16 mayo Conclusiones.

24 23 mayo Conclusiones. Semana previa a la

entrega de la tesis.

3. Bibliografía básica: Escriba todos los datos bibliográficos completos de aquellos documentos, textos, artículos, fuentes que serán fundamentales en la realización del trabajo.

Colombia, Congreso Nacional de la República. (2005, 25 de julio), ―Ley 975 del 25 de julio de 2005, por medio de la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional y se dictan otras disposiciones para acuerdos humanitarios‖, adoptada en Bogotá, Colombia, en Diario Oficial, núm. 45.980.

Colombia, Presidencia (1997), La Cámara de Representantes escucha al pueblo de Colombia Audiencias públicas sobre extradición, Imprenta Nacional.

Benítez, J. (1981), Manual de técnica periodística, Lima, Editorial Causachun.

Castillo, F. (2001), ―La extradición‖, en Los jinetes de la cocaína, Bogotá, Editorial Planeta.

(17)

Fonnegra, G. (1984), La prensa en Colombia. ¿Cómo informa? ¿De quién es? ¿A quién le sirve?, Bogotá, El Ancora Editores.

Granados, J. (2005, enero-febrero) ―La extradición como elemento político‖, en Revista Javeriana, 2005, pp. 44-47.

Hoyos, J. (2003), Escribiendo historias. El arte y el oficio de narrar en el periodismo, Medellín, Editorial Universidad de Antioquia.

Kapuscinski, R. (2005), Los cinco sentidos del periodista (estar, ver, oír, compartir pensar), México, Fundación Nuevo Periodismo Iberoamericano.

Kovach, B. (2003), Los elementos del periodismo, Bogotá, El País.

Mora, R. (2005, julio), ―Ley de Justicia y Paz y Justicia Transicional: Un avance significativo‖, en Internacional Law Revista Colombiana de DDII, núm. VI, 2005, pp. 119 – 157.

Rey, G. (dir.), (2004), Calidad informativa y cubrimiento del conflicto, Bogotá, Fondo Editorial CEREC.

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El Tiempo (2008, 13 de mayo), ―'Paras' Extraditados Seguían Delinquiendo E Incumplían Compromisos

De Ley De Justicia Y Paz: Uribe‖ [en línea], disponible en:

http://www.eltiempo.com/archivo/documento/CMS-4162180, recuperado: 18 de febrero de 2010.

―La desmovilización: el proceso de paz (2003-2006)‖ (2008) [en línea], disponible en: http://www.verdadabierta.com/la-historia/periodo4, recuperado: 18 de febrero de 2010.

―'El mono Mancuso', Salvatore Mancuso‖ [en línea], disponible en:

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―Habla Salvatore Mancuso‖ [en línea], disponible en: http://www.verdadabierta.com/victimarios/los-jefes/320-habla-mancuso, recuperado: 18 de febrero de 2010.

―Un año después de la extradición de 14 ex jefes paramilitares‖ [en línea], disponible en: http://www.verdadabierta.com/justicia-y-paz/extraditados/1239-un-ano-despues-de-la-extradicion-de-14-ex-jefes-paramilitares-el-pais, recuperado: 18 de febrero de 2010.

―El ventilador de Mancuso‖ [en línea], disponible en: http://www.verdadabierta.com/victimarios/los-jefes/322-el-ventilador-de-mancuso-, recuperado: 18 de febrero de 2010.

―Salvatore Mancuso‖ [en línea], disponible en:

http://www.verdadabierta.com/editores/multimedias/jefes/jefe42.html, recuperado: 18 de febrero de 2010.

―Ramiro Vanoy‖ [en línea], disponible en:

(18)

―Diego Fernando Murillo Bejarano‖ [en línea], disponible en: http://www.verdadabierta.com/editores/multimedias/jefes/jefe42.html, recuperado: 18 de febrero de 2010.

―Hernán Giraldo Serna‖ [en línea], disponible en:

http://www.verdadabierta.com/editores/multimedias/jefes/jefe42.html, recuperado: 18 de febrero de 2010.

―Francisco Javier Zuluaga‖ [en línea], disponible en:

http://www.verdadabierta.com/editores/multimedias/jefes/jefe42.html, recuperado: 18 de febrero de 2010.

―Rodrigo Tovar Pupo‖ [en línea], disponible en:

http://www.verdadabierta.com/editores/multimedias/jefes/jefe42.html, recuperado: 18 de febrero de 2010.

―Guillermo Pérez Alzate‖ [en línea], disponible en:

http://www.verdadabierta.com/editores/multimedias/jefes/jefe42.html, recuperado: 18 de febrero de 2010.

―Presidente duró una semana madurando la idea‖ (2008) [en línea], disponible en:

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El Heraldo ―Perfiles de los 14 jefes ´paras ´extraditados´‖ [en línea], disponible en: http://www.elheraldo.com.co/ELHERALDO/BancoConocimiento/K/knacioperfiles/knacioperfiles.asp, recuperado: 28 de abril de 2010.

―Las confesiones de los jefes ´paras´‖ (2010) [en línea], disponible en: http://www.semana.com/noticias-nacion/confesiones-jefes-paras-extraditados/138856.aspx, recuperado: 14 de mayo de 2010.

―Ex jefes de AUC: más silencio que verdad‖ (2010) [en línea], disponible en: http://www.elcolombiano.com/BancoConocimiento/E/ex_jefes_de_auc_mas_silencio_que_verdad/ex_jefe s_de _auc_mas_silencio_que_verdad.asp?CodSeccion=185, recuperado: 20 de mayo de 2010.

Organización de Estados Americanos – Secretaría General. (Febrero de 2007). Octavo informe trimestral del Secretario General al Consejo Permanente sobre la Misión de Apoyo al Proceso de Paz en Colombia (MAPP/OEA). Documento disponible en Internet: www.mapp-oea.org

Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación. (agosto de 2007). Disidentes, rearmados y emergentes ¿bandas criminales o tercera generación paramilitar?, Bogotá, Comisión Nacional de Reparación y Rehabilitación.

(19)

FORMATO RESUMEN DEL TRABAJO DE GRADO CARRERA DE COMUNICACIÓN SOCIAL Este formato tiene por objeto recoger la información pertinente sobre los Trabajos de Grado que se presentan para sustentación, con el fin de contar con un material de consulta para profesores y estudiantes. Es indispensable que el Resumen contemple el mayor número de datos posibles en forma clara y concisa.

FICHA TÉCNICA DEL TRABAJO

Autor (es): Nombres y Apellidos completos en orden alfabético)

Nombre(s): Natalia Apellido(s): Riveros Anzola

Campo profesional: Periodismo

Asesor del Trabajo Marisol Cano Busquets

Título del Trabajo de Grado: OBSERVATORIO DE MEDIOS PARA EL ESTUDIO DEL

CUBRIMIENTO DE LOS CASOS DE SIETE EX JEFES PARAMILITARES EXTRADITADOS EN EL MARCO DE LA LEY DE JUSTICIA Y PAZ. CASOS EL TIEMPO Y EL ESPECTADOR

Tema central:

Extradición de ex jefes paramilitares a Estados Unidos

Subtemas afines:

Extradición en Colombia, Ley de Justicia y Paz, Paramilitarismo en Colombia, Calidad periodística, observatorio de medios sobre el conflicto en Colombia.

Fecha de presentación: Mes: Mayo

Año: 2011

Páginas: 98

II. RESEÑA DEL TRABAJO DE GRADO

1. Objetivo o propósito central del trabajo:

(20)

2. Contenido (Transcriba el título de cada uno de los capítulos del Trabajo)

Introducción

Capítulo 1. Extradición y su aplicación en Colombia

Capítulo 2. Ley de Justicia y Paz

Capítulo 3. Paramilitarismo en Colombia

Capítulo 4. Relación del conflicto con los medios: breve aproximación a investigaciones y análisis

Capítulo 5. Principios fundamentales del periodismo y la calidad periodística

Capítulo 6. Observatorio de medios para el estudio del cubrimiento de los casos de siete ex jefes paramilitares extraditados en el marco de la Ley de Justicia y Paz

Capítulo 7. Matriz de análisis

Capítulo 8. Resultados del observatorio

Capítulo 9. Conclusiones

Bibliografía

3. Autores principales (Breve descripción de los principales autores referenciados)

 Bill Kovack y Tom Rosenthiel, quienes establecen los elementos fundamentales del periodismo.  César Mauricio Velásquez, quien da un recorrido por la extradición de los líderes de las autodefensas,

en el libro Parapolítica: verdades y mentiras.

 Germán Rey, Jorge Iván Bonilla, Camilo Tamayo, quienes realizaron el observatorio de Calidad informativa y cubrimiento del conflicto armado en Colombia, trabajo que fue fundamental para este trabajo de grado.

4. Conceptos clave (Enuncie de tres a seis conceptos clave que identifiquen el Trabajo).

(21)

5. Proceso metodológico. (Tipo de trabajo, procedimientos, herramientas empleadas para alcanzar el objetivo).

Este trabajo de grado es una investigación fundamentada en el observatorio de medios y la consulta bibliográfica. Los documentos consultados fueron de tipo teórico/académico y piezas informativas de diferentes medios de comunicación.

6. Reseña del Trabajo (Escriba dos o tres párrafos que, a su juicio, sinteticen el Trabajo).

El 13 de mayo del 2008, en el gobierno de Álvaro Uribe Vélez, fueron extraditados 14 ex jefes paramilitares a Estados Unidos, luego de haberse acogido a la Ley de Justicia y Paz. Este suceso generó tanto críticas favorables como desfavorables en esferas públicas, políticas y académicas.

En la investigación previa a este trabajo de grado fue evidente que la información sobre estos 14 ex jefes paramilitares extraditados tenía vacíos, presentaba incoherencias y no estaba totalmente ligada a los estándares de calidad periodística, por lo que se escogieron siete líderes de las autodefensas que no habían tenido un amplio despliegue en medios como los otros siete, para evidenciar tanto las falencias como las fortalezas del periodismo colombiano en temas del cubrimiento del conflicto armado interno.

(22)

Agradecimientos

(23)

TABLA DE CONTENIDO

INTRODUCCIÓN

CAPÍTULO I – EXTRADICIÓN Y SU APLICACIÓN EN COLOMBIA 1.1 Definición del término

1.2 La Extradición aplicada al caso de los 14 ex jefes paramilitares 1.3 Los 14 extraditados a Estados Unidos

1.4 Recuento de análisis realizados sobre la extradición de los siete ex jefes paramilitares desde los medios de comunicación y otras áreas

CAPÍTULO II – LEY DE JUSTICIA Y PAZ 2.1 Definición

2.2 Cinco años de la Ley de Justicia y Paz 2.3 Actualidad de la Ley de Justicia y Paz

2.4 Aplicación a la situación judicial de los 14 extraditados

CAPÍTULO III – PARAMILITARISMO EN COLOMBIA 3.1 Historia del fenómeno

3.2 Acuerdo de paz con los paramilitares

CAPÍTULO IV RELACIÓN DEL CONFLICTO CON LOS MEDIOS: BREVE APROXIMACIÓN A INVESTIGACIONES Y ANÁLISIS

CAPÍTULO V – PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL PERIODISMO Y LA CALIDAD PERIODÍSTICA

5.1 Los nueve principios fundamentales según Bill Kovach y Tom Rosenstiel

CAPÍTULO VI – OBSERVATORIO DE MEDIOS PARA EL ESTUDIO DEL CUBRIMIENTO DE LOS CASOS DE SIETE EX JEFES PARAMILITARES EXTRADITADOS EN EL MARCO DE LA LEY DE JUSTICIA Y PAZ

(24)

CAPÍTULO VIII – RESULTADOS DEL OBSERVATORIO A. Análisis El Tiempo

1. Autoría 2. Sección 3. Despliegue 4. Género

5. Coherencia informativa 6. En caso de incoherencia

7. Coherencia entre la calificación del medio para nombrar los hechos y el contenido 8. Exactitud de la información

9. Número de fuentes

10. Contraste de versiones de las fuentes 11. Naturaleza de las fuentes

12. Identificación de las fuentes

13. Espacio/Tiempo ocupado por las fuentes de información 14. Asuntos de la información

15. Sujetos de la información 16. Forma de nombrar al extraditado 17. Información sobre los extraditados 18. Paramilitar mencionado

19. Relación paramilitar con entidad del Estado 20. Relación paramilitar con funcionario del Estado 21. Contexto informativo

22. Precisión del vocabulario 23. Calidad del vocabulario

24. Origen de la información proporcionada por el periodista 25. Indicadores de ética periodística

B. Análisis El Espectador 1. Autoría

2. Sección 3. Despliegue 4. Género

5. Coherencia informativa 6. En caso de incoherencia

(25)

8. Exactitud de la información 9. Número de fuentes

10. Contraste de versiones de las fuentes 11. Naturaleza de las fuentes

12. Identificación de las fuentes

13. Espacio/Tiempo ocupado por las fuentes de información 14. Asuntos de la información

15. Sujetos de la información 16. Forma de nombrar al extraditado 17. Información sobre los extraditados 18. Paramilitar mencionado

19. Relación paramilitar con entidad del Estado 20. Relación paramilitar con funcionario del Estado 21. Contexto informativo

22. Precisión del vocabulario 23. Calidad del vocabulario

24. Origen de la información proporcionada por el periodista 25. Indicadores de ética periodística

CAPÍTULO IX – CONCLUSIONES

(26)

INTRODUCCIÓN

Durante el primer semestre del año 2011, se realizó un observatorio de medios de la información de dos diarios de cobertura nacional, El Tiempo y El Espectador, que pretendió indagar por los estándares de calidad informativa en el cubrimiento de los casos puntuales de siete ex jefes paramilitares extraditados a Estados Unidos el 13 de mayo de 2008, después de haberse acogido a la Ley de Justicia y Paz.

El interés de este análisis fue evidenciar tanto las fortalezas como las debilidades del periodismo colombiano en el cubrimiento de temas relacionados con el conflicto interno, como en este caso, la extradición de los jefes paramilitares a Estados Unidos, obstaculizando el proceso de verdad, justicia, reparación y reconciliación de las víctimas.

Fueron analizadas 100 piezas, 66 de El Tiempo y 34 de El Espectador, correspondientes a los meses de mayo y junio del año 2008. En principio, la investigación estaba enfocada y pretendía analizar cinco diarios y una revista, entre los que se encontraban El Tiempo, El Espectador, El Colombiano, El País, El Heraldo y la revista Semana, con el fin de comprender el cubrimiento no solamente nacional sino regional, diarios dispuestos según la zona de influencia de muchos de los jefes paramilitares; Antioquia, la zona norte del país, Cali y la zona Andina. Además, se tenía como objetivo evidenciar el cubrimiento en cinco años, 2003 por motivos de la desmovilización, 2005 por ser el año en el que se promulgó la Ley de Justicia y Paz, 2007, por ser un año previo a la extradición de los jefes paramilitares, 2008 por ser el año de la extradición y 2010 por ser el año en el que se cumplían cinco de la Ley de Justicia y Paz.

(27)

Murillo, Ramiro Vanoy y Francisco Javier Zuluaga, en cambio, personajes como Manuel Enrique Torregrosa, Edwin Mauricio Gómez Luna, Nodier Giraldo, Eduardo Enrique Vengoechea, Martín Peñaranda, entre otros, no tenían un amplio despliegue en medios.

Por este motivo, se decidió que el análisis cualitativo se realizaría a los casos de los siguientes extraditados:

 Diego Alberto Ruiz Arroyave  Hernán Giraldo Serna

 Juan Carlos Sierra  Martín Peñaranda  Nodier Giraldo Serna  Guillermo Pérez Alzate

 Manuel Enrique Torregrosa Castro

Con el fin de evidenciar cuál fue el cubrimiento en materia biográfica y criminal de los implicados y además de este análisis cualitativo, se realizó uno cuantitativo sobre los siguientes apartados, tomando como referencia el observatorio de medios dirigido por Germán Rey, titulado ―Calidad informativa y cubrimiento del conflicto‖, donde se analizaron los estándares de calidad periodística en el cubrimiento del conflicto armado en Colombia.

Los apartados de este observatorio de medios fueron: 1. Despliegue y construcción de la información 2. Fuentes de información

3. Asuntos de la información

4. Análisis cualitativo de los sujetos de información

(28)

La unidad de análisis de este observatorio es toda información periodística que contiene titular y cuerpo informativo, no se tuvieron en cuenta los apoyos visuales. Es pertinente mencionar que la información fue recogida de la versión online de los diarios, lo que puede significar diferencias en los titulares y despliegue de las notas, respecto de su versión física.

Para realizar el análisis de la calidad periodística respecto al cubrimiento sobre el tema de la extradición y sobre los sujetos de la información, previamente delimitados, se definieron las siguientes categorías de análisis:

1. Construcción y ubicación de la información

Con esta categoría se analizaron las siguientes unidades: autoría, sección informativa, despliegue informativo, género periodístico.

2. Coherencia informativa

En esta categoría se analizaron los siguientes elementos: coherencia informativa, exactitud de la información, incoherencia informativa, coherencia entre la calificación del medio para nombrar los hechos y el contenido.

3. Manejo de las fuentes de información

En esta categoría se analizaron los elementos tales como: número de fuentes, contraste de versiones, naturaleza, identificación, naturaleza y espacio/tiempo ocupado por las fuentes de información.

4. Asuntos de la información

Se establecieron temas como extradición, versiones libres, parapolítica y reparación como los temas más mencionados en las piezas de análisis.

5. Sujetos de la información

En esta categoría se analizaron elementos como la manera de nombrar al extraditado, la información presentada sobre los extraditados, qué paramilitar era mencionado y si tenía relación con alguna entidad o funcionario del Estado y finalmente qué otros sujetos eran mencionados en las piezas periodísticas.

6. Calidad periodística

Esta categoría midió elementos como la contextualización de la información presentada, la precisión y calidad del vocabulario y el despliegue de la pieza informativa.

7. Origen de la información

Se analizaron elementos tales como el origen de la información proporcionada por el periodista. 8. Ética periodística

(29)

información, si era respetuoso de la honra de quienes eran mencionados en la pieza periodística, entre otros.

(30)

1

“El saber gobernará siempre a la ignorancia. El pueblo que quiera ser su propio gobernante debe contar con el poder que da el saber. Un gobierno popular sin información popular o sin los medios de adquirirla es tan sólo el prólogo de una farsa, de una tragedia o quizá de ambas cosas”.

James Madison

CAPÍTULO I

EXTRADICIÓN Y SU APLICACIÓN EN COLOMBIA

1.1. Definición del término

La extradición es el acto de cooperación judicial internacional, por el cual un Estado solicita, ofrece o decide la entrega de un delincuente a otro Estado interesado para los efectos del juicio penal o la ejecución de una sentencia condenatoria, según el derecho penal. El proceso también es conocido como ―la entrega que un Estado hace a otro Estado de un individuo acusado o condenado, que se encuentra en su territorio, para que en este país se le enjuicie penalmente o se ejecute la pena por un delito que se cometió fuera del Estado que entrega‖ (Jiménez de Asúa, citado en Granados, 2005).

La Constitución de 1991, originalmente prohibió la extradición de ciudadanos colombianos. El Congreso de la República, a través del Acto Legislativo 01 de 1997, reformó el artículo 35 de la carta magna, el cual establecía que se prohibía ―la extradición de colombianos por nacimiento. No se concederá la extradición de extranjeros por delitos políticos o de opinión. Los colombianos que hayan cometido delitos en el exterior, considerados como tales en la legislación colombiana, serán procesados y juzgados en Colombia‖.

(31)

2

por delitos políticos. No procederá la extradición cuando se trate de hechos cometidos con anterioridad a la presente norma"1.

Antes de la aprobación del acto legislativo anteriormente mencionado, se había aprobado el tratado de extradición entre Colombia y los Estados Unidos, por medio de la Ley 27 de 19802, ―por medio de la cual se aprueba el ´Tratado de Extradición entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América´, firmado en Washington el 14 de septiembre de 1979‖.3

Este tratado, de 21 artículos, estaba enfocado hacia el deseo de ambas naciones ―de hacer más eficaz la cooperación entre los dos Estados para la represión de delitos y animados por el deseo de concertar un nuevo Tratado para la recíproca extradición de delincuentes‖, por lo que se convino en el artículo número 2 que los delitos que darían lugar a la extradición serían los delitos punibles conforme a las leyes de la República de Colombia y a las leyes federales de los Estados Unidos. De esta manera, no se concedería la extradición cuando el delito fuera de carácter político ni de naturaleza estrictamente militar, como se estableció en el artículo número 4 de la Ley.

Aunque en la Ley mencionada las partes no estaban obligadas a entregar a sus nacionales, se establecieron dos excepciones a la regla en el artículo 8, parágrafo 1: ―ninguna de las Partes Contratantes estará obligada a entregar a sus propios nacionales, pero el Poder Ejecutivo del Estado requerido podrá entregarlos si lo considera conveniente.

De esta manera, se concedería la extradición de nacionales en los siguientes casos:

a) Cuando el delito comprenda actos que se hayan realizado en el territorio de ambos Estados con la intención de que sea consumado en el Estado requirente.

b) Cuando la persona cuya extradición se solicita haya sido condenada en el Estado requirente por el delito por el cual se solicita la extradición.4

1 El texto original de la Constitución Política, para el artículo 35 indicaba lo siguiente: Se prohíbe la extradición de

colombianos por nacimiento. No se concederá la extradición de extranjeros por delitos políticos o de opinión. Los colombianos que hayan cometido delitos en el exterior, considerados como tales en la legislación nacional, serán procesados y juzgados en Colombia.

2 Tratado de extradición firmado en el Gobierno de Julio César Turbay Ayala, en octubre de 1979.

3 Tratado de extradición entre Colombia y los Estados Unidos (2011) [en línea], disponible en: http://www.elabedul.net/Articulos/Reserva/ley_27_de_1980.php, recuperado: abril 17 de 2011.

4 Colombia. Congreso de la República (1979, octubre). ―Ley 27 del 14 de noviembre de 1980, por medio de la cual

(32)

3

El ministro de Relaciones Exteriores de ese gobierno, Diego Uribe Vargas, mencionó en su ponencia sobre la extradición en la Asamblea Nacional Constituyente que la Corte Suprema de Justicia había declarado inexequible la Ley en la medida en que había estimado que tenía un vicio de forma por ―haber sido sancionada por el Ministro Delegatario, y no por el Presidente de la República de ese entonces, como ordena la Constitución Nacional, cuando se trata de leyes aprobatorias de tratados públicos‖.5

Uribe Vargas menciona que durante el breve periodo de aplicación del Tratado de Extradición, se evidenciaron las dificultades en su aplicación y la falta de garantías procesales a las personas reclamadas, por lo que considera que la experiencia de Colombia en lo referente a la extradición de nacionales ha sido desfavorable.

1.2. La extradición aplicada al caso de los 14 ex jefes paramilitares

El 13 de mayo de 2008, el gobierno colombiano extraditó a 14 jefes de las Autodefensas Unidas de Colombia, posterior a que Estados Unidos los pidiera por delitos de narcotráfico. El proceso de extradición, seguido de la decisión del presidente Álvaro Uribe Vélez de explicar que algunos de estos paramilitares habían reincidido en el delito, y no habían cumplido la reparación a las víctimas o no cooperaban debidamente con la justicia luego de someterse a la Ley 975 de 2005.

Para que se pueda hablar de una reparación justa y correcta, es necesario remitirse a la Ley de Justicia y Paz, en su artículo 8: ―el derecho de las víctimas a la reparación comprende las acciones que propendan por la restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción; y las garantías de no repetición de las conductas‖. Entre las garantías de no repetición, se comprende entonces la desmovilización y el desmantelamiento de los grupos armados al margen de la ley.

De esta manera, estos 14 jefes paramilitares desmovilizados, Nodier Giraldo Giraldo, Hernán Giraldo Serna, Edwin Mauricio Gómez Luna, Eduardo Enrique Vengoechea Mola, Martín Peñaranda Osario, Rodrigo Tovar Pupo —alias Jorge 40—, Salvatore Mancuso, Juan Carlos Sierra Ramírez, Diego Fernando Murillo Bejarano —alias Don Berna—, Diego Alberto Ruiz Arroyave, Ramiro Vanoy —alias Cuco Vanoy—, Francisco Zuluaga Lindo —alias Gordolindo—, Guillermo Pérez Alzate y Manuel Enrique Torregrosa Castro, algunos de ellos desmovilizados desde 2004, al entrar en vigencia la Ley de Justicia y Paz se acogieron a los beneficios legales de la norma, pero a 2011 no han cumplido con todos los requerimientos de verdad, reparación y reconciliación exigidos.

(33)

4

1.3. Los 14 extraditados a Estados Unidos

El Gobierno Colombiano ordenó el traslado de los 14 jefes paramilitares que se habían acogido a la Ley de Justicia y Paz, desmovilizando sus bloques, tal como lo acordaron en el pacto de Santa Fe de Ralito. Estos líderes de las Autodefensas permanecían recluidos en las cárceles de Itagüí, Barranquilla y La Picota, en Bogotá.

En el aeropuerto de Catam, miembros de la DEA, Agencia Antidrogas de Estados Unidos, los trasladarían a Estados Unidos luego de que este gobierno los solicitara por narcotráfico.

Los jefes paramilitares extraditados desde la cárcel de máxima seguridad de Itagüí fueron:

 Salvatore Mancuso, alias El Mono Mancuso, Santander Lozada, Triple Cero, José Manuel o El Cacique, desmovilizado del Bloque Norte, Catatumbo y Córdoba el 10 de diciembre de 2004.  Juan Guillermo Pérez Alzate, alias Pablo Sevillano, William Naranjo, Pablo, Memo Fantasma o

El Patrón, desmovilizado del Bloque Libertadores Sur, perteneciente al Bloque Central Bolívar el 30 de julio de 2005.

 Martín Peñaranda, alias El Burro, desmovilizado del Frente Resistencia Tayrona el 3 de febrero de 2006.

 Ramiro Vanoy Ramírez, alias Cuco Vanoy, Cuco o Marcos, desmovilizado del Bloque Mineros el 21 de enero de 2006.

 Juan Carlos Sierra Ramírez, alias El Tuso, El Primo, El Duro o El Patrón, desmovilizado del Bloque Héroes de Granada.

 Edwin Mauricio Gómez Luna, alias El pobre Mello o El repetido, desmovilizado del Frente Resistencia Tayrona el 16 de agosto de 2006.

 Diego Alberto Ruiz Arroyave, alias Diego Arroyave, El Primo o Andrés, desmovilizado del Bloque Centauros el 16 de agosto de 2006.

Los jefes paramilitares extraditados desde el patio de Justicia y Paz de Barranquilla fueron:

 Rodrigo Tovar Pupo, alias Jorge 40, Papá Tovar o Papá, desmovilizado del Bloque Norte el 10 de marzo de 2006 en el caserío El Mamón, vereda La Mesa, Valledupar.

(34)

5

 Nodier Giraldo Giraldo, alias El Cabezón o Jota, desmovilizado del Bloque Resistencia Tayrona el 3 de febrero de 2006.

 Hernán Giraldo Serna, alias El Patrón, El Viejo, El Tigre, Taladro o El Señor, desmovilizado del Frente Resistencia Tayrona, del Bloque Norte el 3 de febrero de 2006.

Los jefes paramilitares extraditados desde la cárcel La Picota, en Bogotá fueron:

 Manuel Enrique Torregrosa Castro, alias Chang, considerado uno de los lugartenientes más cercanos a Jorge 40 en el Bloque Norte de las AUC, el 3 de marzo de 2006 en el corregimiento La Mesa, municipio de Valledupar.

 Diego Fernando Murillo Bejarano, alias Don Berna, Adolfo Paz, Ñato Berna o Patepalo, desmovilizado del Bloque Cacique Nutibara el 23 de noviembre de 2003.

 Francisco Javier Zuluaga, alias Gordo Lindo, Gabriel Galindo, El Gordo o El Pingüino, desmovilizado del Bloque Pacífico o Héroes del Chocó en agosto de 2005 a pesar de haber sido señalado como narcotraficante y no como paramilitar.

1.4. Recuento de análisis realizados sobre la extradición de los 7 ex jefes paramilitares desde los medios y otras áreas

Varios han sido los actores y las voces que han estado en desacuerdo con la extradición de los ex jefes paramilitares a Estados Unidos dentro del marco de la Ley de Justicia y Paz. En primera instancia, porque en la mayoría de los casos se considera que la decisión de extraditarlos fue improvisada y quebrantaba muchos de los principios de esta Ley que pretendía visibilizar la verdad para cumplir con la reparación de las víctimas y la reconciliación del país.

María Teresa Ronderos, columnista de El Espectador expone en su columna de opinión de julio de 2010, titulada Los ´paras´ extraditados, Justicia y Paz que el argumento del gobierno de que la extradición era válida, en tanto estos personajes seguían delinquiendo desde las cárceles donde se encontraban recluidos y que no se les podía garantizar a las víctimas la no repetición de crímenes atroces, ―parece no justificar la súbita extradición de mayo de 2008‖.6 Hace un recuento general del

encuentro organizado por la Fundación Ideas para la Paz, donde se discutieron dichos efectos de la extradición a Estados Unidos de los 14 jefes paramilitares y comenta que la mayoría de asistentes ―concluyó que dicha extradición masiva había quebrado el proceso de Justicia y Paz‖.

(35)

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Las razones de dicha conclusión fueron las siguientes: las teleconferencias para realizar las audiencias son costosas y complejas, la disolvencia del incentivo de rebajarles las penas a cambio de colaborar con la justicia, la verdad y la reparación, por el hecho de que a los fiscales en Estados Unidos sólo les interesan los datos que puedan dar ser útiles en las investigaciones sobre narcotráfico. Otra razón es que los ex paramilitares no tenían interés en decir la verdad si sabían que en Colombia sus familias estaban en riesgo. ―Es verdad que las cabezas visibles del aparato de terror ahora pagarán más años de cárcel que si hubieran cumplido con Justicia y Paz, que les ofrecía una pena máxima de ocho años. Pero también lo es que sin la confesión de los jefes, seguirán en la impunidad la gran mayoría de sus cómplices militares, ganaderos y empresarios‖, señala Ronderos.

El análisis que realiza la columnista es interesante porque plantea el debate de lo justo para el Estado contra lo justo para las víctimas y es que aunque estos ex jefes paramilitares deberán pagar varios años de cárcel en Estados Unidos, hubiera sido más edificante para la sociedad y hubiera aportado más el hecho de que estos victimarios se presentaran ante sus víctimas y expusieran toda la verdad, para lograr de alguna u otra manera la tranquilidad de tantos que no saben qué pasó con sus familiares y amigos. Además, hubiera resultado de gran beneficio que estos personajes dieran cuenta de los intereses políticos y económicos que se forjaron tras su actuar, para comenzar a desmantelar qué actores hicieron parte de la criminalidad y qué tanto podían saber de una realidad escondida tras los gobernantes de miles de pueblos azotados por la violencia.

Ronderos finaliza su columna con las posibles únicas dos salidas a esta encrucijada: ―la primera, que propone la Comisión Colombiana de Juristas, es que Estados Unidos los devuelva a Colombia para que enfrenten sus procesos aquí. La otra, más viable, es que el gobierno de Santos convenza a Estados Unidos de que ponga en marcha junto con sus fiscales federales, que allá nombra el Ejecutivo, una política que dé beneficios a los paramilitares a cambio de colaboración efectiva y comprobable con el proceso de Justicia y Paz colombiano‖ y agrega, ―esa política le convendría a una paz de largo plazo en Colombia, y es parte del interés estratégico regional estadounidense que la paz en Colombia sea sostenible‖.

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