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DEUDA ASOCIADA CON EL PROYECTO DEL PLAN DEPARTAMENTAL DE AGUAS DE CÓRDOBA

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Colombia

Reporte de calificación

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DEUDA ASOCIADA CON EL PROYECTO

DEL PLAN DEPARTAMENTAL DE AGUAS

DE CÓRDOBA

Comité Técnico: 24 de septiembre de 2018 Acta número: 1435

Contactos:

Juan Sebastián Rodríguez Briceño [email protected]

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DEUDA ASOCIADA CON EL PROYECTO DEL PLAN

DEPARTAMENTAL DE AGUAS DE CÓRDOBA

Resumen

 Confirmamos la calificación de capacidad de pago de ‘AA-’ de la Deuda asociada con el proyecto del

Plan Departamental de Aguas de Córdoba.

 A la fecha de esta revisión el proyecto no había iniciado su ejecución, por lo tanto, se mantienen las

mismas condiciones crediticias de la calificación inicial.

 La calificación incorpora la pignoración del 60% de los recursos del Sistema General de

Participaciones de Agua Potable y Saneamiento Básico (SGP-ASPB), para atender el servicio de la deuda proyectada. Estos dineros tienen una alta calidad crediticia puesto que provienen de la Nación y están definidos constitucionalmente.

 Adicionalmente, ponderamos positivamente el giro directo de los recursos al patrimonio autónomo

FIA, quien se encargará de atender el servicio de la deuda.

 Con base en nuestras proyecciones la cobertura mínima que tendría el flujo de caja para pagar el

servicio de la deuda sería de 2,7 veces (x) en los próximos 10 años.

Acción de Calificación

Bogotá, 24 de septiembre de 2018.- El Comité Técnico de BRC Investor Services S.A. SCV en revisión periódica confirmó la calificación de capacidad de pago de ‘AA-’ a la Deuda asociada con el proyecto del Plan Departamental de Aguas de Córdoba.

I. INTRODUCCIÓN

INFORMACIÓN BÁSICA DE LA DEUDA

Deudor Aguas de Córdoba S.A. E.S.P.

Descripción de la deuda

Deuda garantizada por los recursos provenientes del sistema general de participaciones de agua potable y saneamiento básico (SGP-APSB) asignados por la Nación al Departamento de Córdoba.

Deuda proyectada COP40.000 millones.

Condiciones de la deuda Plazo 10 años, 2 años de gracia a capital, tasa compensada (por definir). Pago de capital e intereses Trimestral.

Calificación del gobierno asociado Departamento de Córdoba (No disponible).

Patrimonio autónomo Consorcio Fiduciario FIA

Aguas de Córdoba adquirirá un crédito por valor de $40.000 millones de pesos colombianos (COP) con la banca comercial bajo una línea compensada de Findeter, para el desarrollo de cuatro proyectos de

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De acuerdo con información del ente gestor (Aguas de Córdoba) el crédito se desembolsará de acuerdo con los requerimientos de avance de la obra con un plazo máximo de pago de 10 años, entre 2018 y 2028, una tasa variable por definir, un periodo de gracia a capital de 2 años y amortizaciones trimestrales.

La Nación girará los recursos del SGP directamente al patrimonio autónomo FIA, lo que en nuestra opinión es un factor positivo. Es el FIA quien se encargará de administrar los recursos en diferentes fondos y de atender oportunamente el servicio de la deuda. El contrato fiduciario obliga a alimentar un fondo de reserva para el servicio de la deuda, el cual deberá garantizar una cobertura del 120% del pago de capital e

intereses. De igual manera, dicho contrato define una cascada de pagos con prioridad para las obligaciones financieras en general. Cabe destacar que dicho contrato no establece ninguna prioridad en caso de haber varias obligaciones financieras razón por la cual en caso de garantizarse otra deuda con los mismos recursos comprometidos podría haber una baja en la calificación.

Adicionalmente, el Plan Departamental de Aguas adopta mecanismos de control sobre las obras y seguimiento del avance de la construcción a través de una interventoría por parte de un tercero.

II. FUNDAMENTOS DE LA CALIFICACIÓN:

La calificación de la Deuda asociada al proyecto del Plan Departamental de Aguas de Córdoba se sustenta en la pignoración del 60% de los recursos SGP-ASPB. De acuerdo con nuestras estimaciones, entre 2018 y 2028 el monto total asignado equivaldría a COP105.844 millones a precios corrientes, cuya fuente es la Nación y que están definidos constitucionalmente. Por otro lado, ponderamos positivamente el giro directo de los recursos al patrimonio autónomo FIA, quien se encargará de atender el servicio de la deuda.

Dentro de la estructura de todos los PDA y con el fin de lograr una adecuada coordinación financiera y operativa, cada plan puede contar con un ente gestor quien será responsable de la centralización de los dineros y la realización de las obras. En este caso, es Aguas de Córdoba S.A. ESP (calificación ‘BB-’ septiembre de 2018) la encargada de la administración y ejecución de los proyectos desde 2008.

Para financiar la ejecución de las obras, la administración departamental comprometerá, entre 2018 y 2028, el 60% las transferencias de la Nación del Sistema General de Participaciones de Agua Potable y

Saneamiento Básico (SGP-APSB) asignadas al departamento. La distribución de estos recursos se realiza según los criterios establecidos en la ley 1176 de 2007 y se giran mensualmente. Adicionalmente, los recursos del SGP los transfiere directamente la Nación al Consorcio Fiduciario FIA, entidad encargada de la administración de los dineros quien se encarga de cumplir con el servicio de la deuda.

Entre 2012 y agosto de 2018 el SGP–APSB registró un crecimiento promedio de 3,0%, comportamiento que está en línea con las asignaciones presupuestales al ente territorial. Para los próximos tres años,

proyectamos un crecimiento promedio anual de 2,4% que corresponde a la tendencia basada en el comportamiento histórico de esta fuente (ver Gráfico 1). De acuerdo con los resultados, la fuente de pago comprometida sería suficiente para cubrir el servicio de la deuda.

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Gráfico 1: Dinámica histórica y proyectada SGP-APSB

Fuente: Aguas de Córdoba S.A. E.S.P.. Cálculos: BRC Investor Services S.A. SCV, Cifras en millones de COP

Un análisis de estacionalidad permite observar que entre 2012 y agosto de 2018, las transferencias del SGP-ASPB presentaron un retraso máximo de 2 meses al año (ver Tabla 1). Esta situación se encuentra justificada por las demoras del gobierno nacional al inicio de cada vigencia para transferir los recursos dadas las aprobaciones necesarias en el Consejo Superior de Política Fiscal (CONFIS). No obstante, esta

situación, por lo general, se normaliza antes de finalizar el primer trimestre de cada año. Este retraso es igual al que presentan otros entes territoriales y de acuerdo con la información suministrada, el giro de la Nación al FIA es el de mayor estabilidad. Para los próximos años proyectamos un retraso similar al histórico, de máximo tres meses, el cual no representaría ningún riesgo para atender oportunamente el servicio de la deuda.

Histórico Proyectado

Crecimiento promedio anual 3,0%

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Tabla 1: Estacionalidad giro SGP Córdoba

2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018

Enero 7,0% 0,0% 8,3% 0,0% 0,0% 0,0% 0,0% Febrero 0,0% 8,3% 0,0% 8,3% 8,3% 8,3% 8,3% Marzo 18,0% 16,7% 16,7% 8,3% 0,0% 16,7% 16,7% Abril 8,3% 8,3% 8,3% 8,3% 25,0% 8,3% 8,3% Mayo 8,3% 8,3% 8,3% 16,7% 8,3% 8,3% 8,3% Junio 8,3% 8,3% 8,3% 8,3% 8,3% 8,3% 8,3% Julio 8,3% 8,3% 8,3% 8,3% 8,3% 8,3% 8,3% Agosto 8,3% 8,3% 8,3% 8,3% 8,3% 8,3% 8,3% Septiembre 8,3% 8,3% 8,3% 8,3% 8,3% 8,3% 8,3% Octubre 8,3% 8,3% 8,3% 8,3% 8,3% 8,3% 8,3% Noviembre 8,3% 8,3% 8,3% 8,3% 8,3% 8,3% 8,3% Diciembre 8,3% 8,3% 8,3% 8,3% 8,3% 8,3% 8,3%

Total 100,0% 100,0% 100,0% 100,0% 100,0% 100,0% 100,0%

Fuente: Aguas de Córdoba S.A. E.S.P. N.D. No disponible

Al proyectar los recursos que esperamos del SGP para el periodo 2018-2028 y las estimaciones del servicio de deuda a partir del último trimestre de 2018 y una tasa similar al promedio de mercado (DTF+4%), la cobertura mínima para atender el servicio de la deuda del crédito es de 2,7 veces (x) a partir de los recursos disponibles. Si bien estas ratios demuestran que la capacidad de la estructura es muy fuerte para cumplir con sus obligaciones financieras, reiteramos la importancia que tienen las trasferencias oportunas por parte de la Nación a la estructura puesto que, un retraso superior a 5,5 meses en el giro de los recursos

garantizados tendría como consecuencia la omisión del servicio de la deuda trimestral en algunos periodos de pago. Adicionalmente, la calificación pondera la dependencia administrativa que tiene

III. Oportunidades y amenazas

Qué puede llevarnos a subir la calificación

BRC identificó las siguientes oportunidades que podrían mejorar la calificación actual:

 Las garantías adicionales o covenants que fortalezcan la fortaleza de la estructura y garanticen frente a cualquier escenario adverso el giro de los recursos,

Qué podría llevarnos a bajar la calificación

BRC identificó los siguientes aspectos de mejora y/o seguimiento de la compañía y/o de la industria que podrían afectar la calificación actual:

 Las coberturas del servicio de la deuda inferiores a 1,2x en cualquiera de las vigencias de pago.

 Las demoras en la entrega de los recursos del SGP-APSB superiores a 5,5 meses.

 Los nuevos endeudamientos garantizados con la misma fuente de pago.

 Los cambios en la normatividad que reduzcan los ingresos del SGP-APSB.

El Decreto 1068 del 26 de mayo de 2015 reglamenta la obligación de calificar la capacidad de pago de las entidades descentralizadas como condición para gestionar endeudamiento o efectuar operaciones de crédito público externo o interno con plazos superiores a un año. El proceso de calificación que llevó a cabo BRC S&P cumplió con lo exigido por el artículo 2.2.2.2.2.: análisis de las características de la entidad, de las actividades propias de su objeto y de la composición general de sus ingresos y gastos.

La visita técnica para el proceso de calificación se realizó con la oportunidad suficiente por la disponibilidad del emisor calificado y la entrega de la información se cumplió en los tiempos previstos y de acuerdo con los requerimientos de BRC Investor Services S. A. SCV.

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BRC Investor Services S.A. SCV no realiza funciones de auditoría, por tanto, la administración de la entidad asume entera responsabilidad sobre la integridad y veracidad de toda la información entregada y que ha servido de base para la elaboración del presente informe. Por otra parte, la calificadora revisó la información pública disponible y la comparó con la información entregada por el emisor calificado.

Una calificación de riesgo emitida por BRC Investor Services S.A. –Sociedad Calificadora de Valores– es una opinión técnica y en ningún momento pretende ser una recomendación para comprar, vender o mantener una inversión determinada y/o un valor, ni implica una garantía de pago del título, sino una evaluación sobre la probabilidad de que el capital del mismo y sus rendimientos sean cancelados oportunamente. La información contenida en esta publicación ha sido obtenida de fuentes que se presumen confiables y precisas; por ello, no asumimos responsabilidad por errores u omisiones o por resultados derivados del uso de esta información.

En caso de tener alguna inquietud en relación con los indicadores incluidos en este documento puede consultar el glosario en

www.brc.com.co

Para ver las definiciones de nuestras calificaciones visite www.brc.com.co o bien, haga clic aquí.

IV. MIEMBROS DEL COMITÉ TÉCNICO

Las hojas de vida de los miembros del Comité Técnico de Calificación se encuentran disponibles en nuestra página web

Referencias

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