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Sistema Peruano de Información Jurídica

Lunes, 26 de setiembre de 2011

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

Autorizan viaje de Ministro de Salud a Estados Unidos para participar en el 51º Consejo Directivo de la Organización Panamericana de la Salud, y encargan su Cartera a la Ministra de Educación

RESOLUCION SUPREMA Nº 280-2011-PCM Lima, 25 de septiembre del 2011

CONSIDERANDO:

Que, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, se llevará a cabo el 51 Consejo Directivo de la Organización Panamericana de la Salud, del 26 al 30 de setiembre de 2011;

Que, mediante Nota Informativa Nº 269-2011-OGCI/MINSA, de fecha 15 de setiembre de 2011, la Directora General de la Oficina General de Cooperación Internacional del Ministerio de Salud, informa que la Organización Panamericana de la Salud ha cursado invitación al señor Ministro de Salud para participar en el precitado evento, el cual tiene como finalidad aprobar importantes resoluciones sobre temas de salud urbana, cambio climático, seguridad vial, plan de acción para reducir el consumo de sustancias psicoactivas y la salud pública, entre otros;

Que, siendo el Perú miembro de la Organización Mundial de la Salud - OMS y de la Organización Panamericana de la Salud - OPS; y, que el Consejo Directivo es el órgano máximo de decisión de la Organización Panamericana de la Salud - OPS, en el que se debaten los asuntos técnicos y sanitarios, políticos y administrativos, resulta de suma relevancia la participación del Ministro de Salud en el precitado evento;

Que, la Oficina General de Administración, mediante Memorándum Nº 1796-2011-OGA-OE/MINSA ha otorgado disponibilidad presupuestal para cubrir los gastos de participación en el citado evento, los cuales serán asumidos con cargo al Pliego 011: Ministerio de Salud;

Que, en tal sentido resulta necesario autorizar el viaje del señor Ministro de Salud a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América y disponer las acciones pertinentes a fin de asegurar el normal funcionamiento del Ministerio de Salud;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; en la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Carlos Alberto Tejada Noriega, Ministro de Estado en la Cartera de Salud, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 26 al 29 de setiembre de 2011, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán asumidos por la Unidad Ejecutora 001 Administración Central - MINSA del Pliego 011 - Ministerio de Salud, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días del término del citado evento, conforme al siguiente detalle:

- Pasajes Aéreo : US$ 1,698.14

(Incluye Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto)

- Viáticos (US$ 220.00 x 4 días) : US$ 880.00

- Total : US$ 2,578.14

Artículo 3.- Encargar la Cartera de Salud a la señora Emma Patricia Salas O’Brien, Ministra de Educación, en tanto dure la ausencia del titular.

Artículo 4.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de ninguna clase o denominación.

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Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Salud y el Presidente del Consejo de Ministros.

Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO

Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS

Presidente del Consejo de Ministros CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud

Autorizan viaje de miembro del Consejo Directivo de OSIPTEL a España, en comisión de servicios RESOLUCION SUPREMA Nº 281-2011-PCM

Lima, 25 de septiembre de 2011

Vista, la Carta Nº 0619-GG.GPP/2011 del Gerente General del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL;

CONSIDERANDO

Que, la Asociación Iberoamericana de Centros de Investigación y Empresas de Telecomunicaciones (AHCIET) y la Diputación Foral de Bizkaia han invitado a un miembro del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, a participar en el “XII Encuentro Iberoamericano de Ciudades Digitales”, a llevarse a cabo en la ciudad de Bilbao, Reino de España, del 28 al 30 de setiembre de 2011;

Que, el Encuentro Iberoamericano constituye un referente internacional en el ámbito del gobierno electrónico y el desarrollo de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) en las ciudades iberoamericanas;

Que, este año el Encuentro se realizará bajo el lema “La ciudad digital como espacio de innovación y conocimiento”, con la finalidad de sensibilizar a los participantes sobre la importancia de la creación de ciudades inteligentes que constituyan las bases para el desarrollo económico y social de los ciudadanos;

Que, la participación del OSIPTEL en el Encuentro se considera importante, al constituir una oportunidad para el intercambio entre expertos y autoridades de gobierno que compartirán sus experiencias en las conferencias y sesiones programadas, las cuales enfatizarán en los principales temas y desafíos de la Administración Electrónica;

Que, de acuerdo con la invitación recibida de la AHCIET y la Diputación Foral de Bizkaia, el evento se organiza anualmente desde el año 1998 con el objetivo de exponer y transferir buenas prácticas en la aplicación de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) en la gestión de las Administraciones Locales, demostrando los beneficios en la calidad del servicio a los usuarios actuales y futuros;

Que, los temas abordados en el Encuentro concuerdan con la agenda prioritaria de dicho organismo regulador, orientada a la calidad, inclusión de zonas aisladas y acceso universal;

Que, por lo expuesto, la participación del OSIPTEL a través del señor Víctor Jesús Revilla Calvo, miembro del Consejo Directivo de dicha reguladora, constituye una oportunidad para acceder al intercambio de las mejores prácticas y referentes existentes en la región iberoamericana, lo cual constituye un beneficio para la gestión del organismo regulador;

Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos, que incluye la TUUA, y viáticos, que comprende dos (2) días por instalación, serán cubiertos por el OSIPTEL con cargo a su presupuesto institucional;

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De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; y,

Estando a lo acordado; SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor VÍCTOR JESÚS REVILLA CALVO, miembro del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, a la ciudad de Bilbao, Reino de España, del 26 de setiembre al 1 de octubre de 2011, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del OSIPTEL, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes (TUUA incluido) US$ 3 184,13

Viáticos US$ 1 300.00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar a su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados.

Artículo 4.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO

Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS

Presidente del Consejo de Ministros

DEFENSA

Autorizan viaje de Personal de la Marina de Guerra del Perú a Bolivia, en comisión de servicios RESOLUCION SUPREMA Nº 399-2011-DE-MGP

Lima, 25 de septiembre de 2011

Visto el Oficio P.200-1305 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 20 de julio de 2011; CONSIDERANDO:

Que, dentro del marco de los lineamientos de política internacional, la Marina de Guerra del Perú y la Armada de Bolivia, vienen participando en Reuniones de Estados Mayores desde el año 1997 y en Reuniones Bilaterales de Inteligencia desde año 1988; habiéndose llevado a cabo en nuestro país en el mes de octubre de 2009, la IX Reunión de Estados Mayores y XIV Reunión Bilateral de Inteligencia, en forma simultánea, considerándose para el año 2011, la realización de la X Reunión de Estados Mayores y XV Reunión Bilateral de Inteligencia, en la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, del 26 al 30 de setiembre de 2011;

Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2011, la designación y autorización de viaje de cinco (5) Oficiales, para que participen en las mencionadas Reuniones;

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Que, el citado viaje se encuentra incluido en el Rubro 5: Medidas de Confianza Mutua, Ítem 100, Anexo 1 (RO), del Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa Año Fiscal 2011, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 015-2011-DE/SG de fecha 13 de enero de 2011 y sus modificatorias;

Que, en consecuencia, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio de Personal Naval, para que participe en la X Reunión de Estados Mayores y XV Reunión Bilateral de Inteligencia entre la Marina de Guerra del Perú y la Armada de Bolivia, a realizarse en la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, del 26 al 30 de setiembre de 2011; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú;

De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE/ de fecha 29 de marzo de 2011, la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del siguiente Personal Naval, para que participe en la X Reunión de Estados Mayores y XV Reunión Bilateral de Inteligencia entre la Marina de Guerra del Perú y la Armada de Bolivia, a realizarse en la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, del 26 al 30 de setiembre de 2011:

X Reunión de Estados Mayores

GRADO NOMBRES Y APELLIDOS CIP. DNI.

1 Contralmirante José Carlos Benjamín ACHA 02798633 43664042

Pacheco

2 Capitán de Navío Edwin Rafael ZEGARRA Valdivia 00802190 43345039

3 Capitán de Fragata Jorge Moisés PADILLA Ramón 01800747 09431798

4 Teniente Primero Liliana GARCÍA Lazo De La Vega 00003815 41938096

CJ.

XV Reunión Bilateral de Inteligencia

GRADO NOMBRES Y APELLIDOS CIP. DNI.

1 Capitán Rogelio Eduardo Jorge Guillermo 04829281 43427399

FERNANDEZ Del Castillo

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasajes aéreos: Lima - La Paz (BOLIVIA) - Lima

US$ 812.32 x 5 personas = US$ 4,061.60 (Incluye TUUA) Viáticos:

US$ 200.00 x 5 días x 5 personas

Artículo 3.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.

Artículo 4.- El Personal Naval comisionado, deberá cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentación de viáticos.

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Artículo 5.- El mencionado Oficial Almirante, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 6.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 7.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO

Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS

Presidente del Consejo de Ministros DANIEL MORA ZEVALLOS

Ministro de Defensa

Autorizan viaje de Oficiales de las Fuerzas Armadas a Argentina para participar en calidad de Observadores en el Ejercicio “INTEGRACIÓN 2011”

RESOLUCION SUPREMA Nº 400-2011-DE- Lima, 25 de septiembre de 2011

Visto, la Carta S/Nº del Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de la República Argentina de fecha 23 de agosto de 2011.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 del Reglamento de Cooperación en Materia de Desastres entre las Fuerzas Armadas de Argentina y del Perú, establece que la Cooperación en Materia de Desastres entre las Fuerzas Armadas de Argentina y Perú, tiene por finalidad contribuir al fortalecimiento del espíritu de solidaridad existente entre ambos países, mediante la implementación de acciones a ejecutar en el marco del “Acuerdo entre la República Argentina y la República del Perú sobre Cooperación en Materia de Desastres” firmado en junio de 2004, y de normas jurídicas vigentes en ambos países;

Que, en el Entendimiento Tercero del Acta de la X Ronda de Conversaciones entre el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de la República Argentina y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas de la República del Perú, aprobada el 17 de noviembre de 2010 y ratificada mediante la Resolución Ministerial Nº 114-2011-DE/CCFFAA de fecha 08 de febrero de 2011, ambas delegaciones acordaron las Bases para la confección de la Directiva del Ejercicio Conjunto Combinado “INTEGRACION 2011” que orientará a los Comandos responsables de la ejecución del mismo, y contemplará el ingreso de los elementos de las Fuerzas Armadas del Perú y Bolivia a territorio Argentino, para proporcionar asistencia humanitaria a grupos humanos en riesgo en el sector de la ciudad de Salta - Argentina, afectada por un desastre derivado de un terremoto. Asimismo, acordaron realizar DOS (2) Reuniones de Planeamiento en la República de Argentina, en los meses de abril y junio del año 2011;

Que, mediante la Carta S/Nº del Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de la República Argentina de fecha 04 de marzo de 2011, se dirige al Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú, con relación al Ejercicio Conjunto Combinado “INTEGRACIÓN 2011” a llevarse a cabo en la República Argentina, entre el Estado Mayor Conjunto de dicho país, el Comando en Jefe de las Fuerzas Armadas del Estado Plurinacional de Bolivia y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú, los días 26 al 30 de septiembre del año en curso; y cursa invitación para que representantes de las Fuerzas Armadas del Perú participen de las Reuniones de Coordinación y Planeamiento a realizarse en la ciudad de Salta, provincia de Salta - Argentina, en las siguientes fechas: Primera reunión del 25 al 29 de abril de 2011; Segunda Reunión del 27 de junio al 01 de julio de 2011;

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Que, mediante la Carta del visto, el Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de la República Argentina se dirige al Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú, y hace de conocimiento que de las reuniones de planeamiento efectuadas se ratifica la fecha del Ejercicio “INTEGRACIÓN 2011” a llevarse a cabo del día 26 al 30 de setiembre del año en curso en la ciudad de Salta - Argentina, sin embargo al no contarse con el marco legal que permita el ingreso a su país de fracciones orgánicas de Fuerzas Armadas de terceros países, recomienda se reduzca la participación de los representantes y hacerlo sólo en calidad de Observadores, que coadyuven al desarrollo del ejercicio;

Que, es conveniente por ser interés del Estado, asegurar una permanente y constante participación entre las Fuerzas Armadas de Argentina y del Perú, teniendo por finalidad el fomento de la confianza mutua y el desarrollo de una concepción de seguridad integral, dentro de un marco regional sudamericano que propicie una estrecha amistad y creciente cooperación entre ambas naciones; en tal sentido, es pertinente autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a Personal Militar para que participe en calidad de Observadores en el Ejercicio “INTEGRACION 2011”;

Que, el viaje de Personal Militar, para que participe en el ejercicio antes descrito, se encuentra incluido en el Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa Año 2011, aprobado con Resolución Suprema Nº 015-2011-DE/SG de fecha 13 de enero de 2011, y su modificatoria, aprobada con Resolución Suprema Nº 251-2011-015-2011-DE/SG de fecha 21 de junio de 2011 y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 - Normas reglamentarias sobre las autorizaciones de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Decreto Supremo Nº 002-2004/DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, para participar en calidad de Observadores en el Ejercicio “INTEGRACION 2011”, en la ciudad de Salta, provincia de Salta - Argentina, del 26 de setiembre al 01 de octubre de 2011, al personal militar siguiente:

- Mayor General FAP Raúl HOYOS DE VINATEA

- Coronel EP Luis Alberto ALVA DÁVILA

- Comandante FAP Eleazar Eduardo MORENO GARCÍA

- Capitán de Corbeta AP Pablo Gustavo PORTEROS BARRAGAN

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasajes (Lima - Buenos Aires - Salta / Salta - Buenos Aires - Lima:

US $ 1,380 x 04 Oficiales (Incluye TUUA) = US$ 5,520.00

Viáticos:

US $ 200.00 x 04 Oficiales x 06 días = US$ 4,800.00

TOTAL: US$ 10,320.00

Artículo 3.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término de la autorización a que se refiere el Artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.

Artículo 4.- Los Oficiales comisionados mediante la presente Resolución, deberán cumplir con lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, respecto a la obligación de sustentar viáticos; asimismo, dentro de los quince (15) días calendarios de su retorno al país, presentarán un informe detallado ante el titular de la entidad describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 5.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

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Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO

Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS

Presidente del Consejo de Ministros DANIEL MORA ZEVALLOS

Ministro de Defensa

Autorizan viaje de Director y Sub Director de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau” a Argentina, en comisión de servicios

RESOLUCION SUPREMA Nº 401-2011-DE-MGP Lima, 25 de septiembre de 2011

Visto el Oficio G.502-0843, del Director de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau” de fecha 24 de agosto del 2011, y;

CONSIDERANDO:

Que, según lo establecido en la Organización y Funciones de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, aprobadas por Decreto Supremo Nº 070-DE/SG de fecha 30 de diciembre de 1999, son funciones del Director, entre otras, planear las actividades educativas, administrativas y productivas de la Escuela, así como orientar, aprobar y formular los Planes Anuales de Actividades y Programas de Formación Profesional, Perfeccionamiento, Capacitación y Entrenamiento; y, asimismo, son funciones del Sub Director, entre otras, las de coordinar las actividades académicas y de formación disciplinaria, para que se ejecuten de acuerdo a la Política y Disposiciones impartidas por el Director de dicho centro superior de estudios;

Que, es conveniente para los intereses Institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío Percy Dany Zuazo Del Águila y del Capitán de Fragata Jean Pierre Francois Jaureguy Robinson, Director y Sub Director de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, respectivamente, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 26 al 30 de setiembre del 2011, para realizar una visita protocolar con la finalidad de concretar la suscripción de un convenio de cooperación académica y de instrucción con la Escuela Nacional de Náutica “Manuel Belgrano”, orientado al intercambio de cadetes de ambos centros de estudios, así como la realización de planes, proyectos, programas y actividades académicas de interés común para las partes;

Que, el viaje se encuentra comprendido en el Plan de Viajes al Exterior para el Año Fiscal 2011 de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 352-2011 DE, de fecha 24 de agosto del 2011;

De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley Nº 29605, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE/, de fecha 29 de marzo del 2011, la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio del 2002 y el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío Percy Dany Zuazo Del Águila y del Capitán de Fragata Jean Pierre Francois Jaureguy Robinson, Director y Sub Director de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, respectivamente, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 26 al 30 de setiembre del 2011, para realizar una visita protocolar con el fin de concretar la suscripción de un convenio de cooperación académica y de instrucción con la Escuela Nacional de Náutica “Manuel Belgrano”,

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orientado al intercambio de cadetes de ambos centros de estudios, así como la realización de planes, proyectos, programas y actividades académicas de interés común para ambas partes.

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, Unidad Ejecutora 008, efectuará los pagos que correspondan con cargo a Recursos Directamente Recaudados y de acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasaje aéreo (Lima - Buenos Aires - Lima) US$ 713.00 x 2 personas (Incluye TUUA) Viáticos:

US$ 200.00 x 5 días para cada persona

Artículo 3.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados, y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre de los participantes.

Artículo 4.- Los Oficiales comisionados deberán cumplir con lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio del 2002, relacionado con la sustentación de viáticos.

Artículo 5.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO

Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS

Presidente del Consejo de Ministros DANIEL MORA ZEVALLOS

Ministro de Defensa

ECONOMIA Y FINANZAS

Aprueban resultados de la evaluación del cumplimiento de las metas anuales del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal correspondiente al primer semestre de 2011

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 015-2011-EF-50.01 Lima, 22 de setiembre de 2011

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29332 y modificatoria, se crea el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, con el objeto de incentivar a los gobiernos locales a mejorar los niveles de recaudación de los tributos municipales, la ejecución del gasto en inversión y la reducción de los índices de desnutrición crónica infantil a nivel nacional;

Que, conforme al literal b) de la Primera Disposición Transitoria del Decreto Supremo Nº 183-2010-EF, que aprueba los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, se señala que la asignación de los recursos se realiza en función al cumplimiento de las metas correspondientes al primer semestre del año 2011, señalándose que la evaluación del cumplimiento de la meta asociada a la recaudación del impuesto predial, se realiza sobre la base de la información del Sistema Integrado de Administración Financiera - SIAF-SP hasta el 30 de junio de 2011; la evaluación del cumplimiento de la meta asociada a la implementación de la focalización de hogares se realiza sobre la base de la información de la herramienta SISFOH, hasta el 30 de junio de 2011; y, la evaluación del cumplimiento de la meta asociada al registro del Código Único de Identidad de nacimientos, se realiza en base a la información del Registro Nacional de Identidad y Estado Civil;

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Que, mediante los Memorandos Nº 186-2011-EF/64.05 y Nº 053-2011-EF/51.05, la Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales; y, la Dirección General de Contabilidad Pública, respectivamente; así como el Registro Nacional de Identidad y Estado Civil a través de los Oficios Nº 003462-2011/GRC/SGGTNRC/RENIEC, Nº 001855-2011/GPP/RENIEC y Nº 1093-2011/SGEN/RENIEC; informaron sobre los resultados relacionados con el cumplimiento de las metas por parte de las municipalidades;

Que, en el último párrafo del artículo 7 de los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, se establece que los resultados de las evaluaciones son aprobados mediante Resolución Directoral de la Dirección General de Presupuesto Público. De este modo, mediante el Informe Nº 018-2011-EF/50.05 se establecen los resultados de la evaluación de las metas referidas en los considerandos precedentes por las municipalidades;

En uso de las facultades conferidas en el artículo 13 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3 y 4 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y el artículo 7 de los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, aprobados por el Decreto Supremo Nº 183-2010-EF;

SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto

Aprobar los resultados de la evaluación del cumplimiento de las metas anuales del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal correspondiente al primer semestre del año 2011, referidas a la recaudación del impuesto predial, al gasto en las funciones de saneamiento y salud, y la implementación de la focalización de hogares, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución Directoral.

Artículo 2.- Publicación

Disponer la publicación del Anexo de la presente Resolución Directoral en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas: http://www.mef.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO ACUÑA NAMIHAS

Director General (e)

Dirección General de Presupuesto Público

EDUCACION

Aceptan renuncia y encargan funciones de Director de Educación Comunitaria y Ambiental, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0494-2011-ED Lima, 23 de setiembre de 2011

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0158-2011-ED, se designó a don Armando Martín Barrantes Martínez, como Director de Educación Comunitaria y Ambiental, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica, cargo considerado de confianza;

Que, el citado funcionario ha formulado su renuncia al cargo que venía desempeñando;

De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios; en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510; y en el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED;

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Sistema Peruano de Información Jurídica

Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Armando Martín Barrantes Martínez, Director de Educación Comunitaria y Ambiental, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, cargo considerado de confianza, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- Encargar al señor Armando Ruíz Tuesta, Director General de Educación Básica Alternativa, las funciones de Director de Educación Comunitaria y Ambiental, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, cargo considerado de confianza.

Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN

Ministra de Educación

ENERGIA Y MINAS

Reconocen servidumbre convencional de ocupación a favor de Luz del Sur S.A.A. RESOLUCION MINISTERIAL Nº 415-2011-MEM-DM

Lima, 13 de setiembre de 2011

VISTO: El Expediente Nº 31215911, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de servidumbre convencional de ocupación sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalación de la Subestación de Distribución Eléctrica compacta pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 6064;

CONSIDERANDO:

Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de servidumbre convencional de ocupación sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalación de la Subestación de Distribución Eléctrica compacta pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 6064, ubicada con frente a la Calle y Av. Cerros de Camacho, constituido por el Lote 2 de la manzana C, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente;

Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupación sobre bienes de propiedad privada, para la Subestación de Distribución Eléctrica compacta pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 6064, conforme consta en el Testimonio de Escritura Pública de fecha 09 de noviembre de 2009, cuya copia obra en el Expediente;

Que, el artículo 217 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades eléctricas, pueden solicitar al Ministerio de Energía y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicación a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes;

Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 217 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas;

Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 221-2011-DGE-DCE;

Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE:

Artículo 1.- RECONOCER, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupación sobre bienes de propiedad privada, para la instalación de la

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Subestación de Distribución Eléctrica compacta pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 6064, ubicada con frente a la Calle y Av. Cerros de Camacho, constituido por el Lote 2 de la manzana C, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, constituida mediante Contrato de Servidumbre de Ocupación, conforme consta en el Testimonio de Escritura Pública de fecha 09 de noviembre de 2009, en los términos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:

Expediente Descripción de la servidumbre Área de Tipo de Tipo de Servidumbre Propiedad terreno

31215911 Subestación de Distribución Eléctrica

Nº 6064 Suelo: 9,90 m² Privada Urbano

Ubicación: distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima

Servidumbre de ocupación

Coordenadas UTM:

Vértice Norte Este A 8 663 616,456 286 690,451 B 8 663 619,319 286 691,347 C 8 663 620,305 286 688,198 D 8 663 617,442 286 687,302

Artículo 2.- Son de aplicación a la servidumbre reconocida en el artículo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes.

Artículo 3.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.

RICARDO E. GIESECKE SARA LAFOSSE Ministro del Ambiente

Encargado del Despacho del Ministerio de Energía y Minas

Reconocen servidumbre convencional de ocupación y de tránsito a favor de Luz del Sur S.A.A. RESOLUCION MINISTERIAL Nº 416-2011-MEM-DM

Lima, 13 de setiembre de 2011

VISTO: El Expediente Nº 31216211, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de servidumbre convencional de ocupación y de tránsito sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalación de la Subestación de Distribución Eléctrica compacta pedestal subterránea para Servicio Público de Electricidad Nº 5948;

CONSIDERANDO:

Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de servidumbre convencional de ocupación y de tránsito sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalación de la Subestación de Distribución Eléctrica compacta pedestal subterránea para Servicio Público de Electricidad Nº 5948, ubicada en la Av. Circunvalación Nº 347-359, Lotización del Club de Golf Los Incas Sección 4, Lote 2, Sub Lote B, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente;

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Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupación y de tránsito sobre bienes de propiedad privada, para la Subestación de Distribución Eléctrica compacta pedestal subterránea para Servicio Público de Electricidad Nº 5948, conforme consta en el Testimonio de Escritura Pública de fecha 10 de junio de 2008, cuya copia obra en el Expediente;

Que, el artículo 217 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades eléctricas, pueden solicitar al Ministerio de Energía y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicación a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes;

Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 217 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas;

Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 220-2011-DGE-DCE;

Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE:

Artículo 1.- RECONOCER, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupación y de tránsito sobre bienes de propiedad privada, para la instalación de la Subestación de Distribución Eléctrica compacta pedestal subterránea para Servicio Público de Electricidad Nº 5948, ubicada en la Av. Circunvalación Nº 347-359, Lotización del Club de Golf Los Incas Sección 4, Lote 2, Sub Lote B, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, constituida mediante Contrato de Servidumbre de Ocupación y Tránsito de Abril de 2008, conforme consta en el Testimonio de Escritura Pública de fecha 10 de junio de 2008, en los términos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:

Expediente Descripción de la servidumbre Área de Tipo de Tipo de Servidumbre Propiedad terreno

31216211 Subestación de Distribución Eléctrica Nº 5948

Ubicación: distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima

SERVIDUMBRE DE OCUPACIÓN (a Privada Urbano nivel subterráneo) Suelo: 16,02 m²

Coordenadas UTM:

Vértice Norte Este J 8 664 440,481 287 013,956 I 8 664 438,703 287 011,442 C 8 664 435,344 287 015,087 D 8 664 437,552 287 017,122 E 8 664 438,718 287 015,857 F 8 664 439,828 287 016,880 L 8 664 440,763 287 015,865 K 8 664 439,659 287 014,848 SERVIDUMBRE DE TRÁNSITO

a nivel de piso) Suelo: 26,72 m² Privada Urbano y sus aires

Coordenadas UTM:

Vértice Norte Este

A 8 664 442,082 287 012,206 B 8 664 440,339 287 092,667

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C 8 664 435,344 287 015,087 D 8 664 437,552 287 017,122 E 8 664 438,718 287 015,857 F 8 664 439,828 287 016,880 G 8 664 442,032 287 014,488 H 8 664 441,156 287 013,211

Artículo 2.- Son de aplicación a la servidumbre reconocida en el artículo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes.

Artículo 3.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.

RICARDO E. GIESECKE SARA LAFOSSE Ministro del Ambiente

Encargado del Despacho del Ministerio de Energía y Minas

Dan por terminada designación y encargan funciones de Director de la Oficina de Administración Documentaria y Archivo Central del Ministerio

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 430-2011-MEM-DM Lima, 23 de setiembre de 2011

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 390-2007-MEM/DM del 20 de agosto de 2007, se designó al Lic. Adm. JORGE ANTONIO VLADIMIR ALEGRÍA DEL ÁGUILA, en el cargo de Director, Nivel D-3 (F-3), CAP Nº 3069 de la Oficina de Administración Documentaria y Archivo Central del Ministerio de Energía y Minas;

Que, se ha considerado por conveniente dar por terminada la mencionada designación;

Que, por convenir al servicio, y con la finalidad de no interrumpir la gestión administrativa del Ministerio de Energía y Minas, es necesario proceder a encargar el despacho del Director de la Oficina de Administración Documentaría y Archivo Central del Ministerio de Energía y Minas en tanto se designa al titular;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y la Ley que regula la Participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos - Ley Nº 27594;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por terminada la designación del señor Lic. Adm. JORGE ANTONIO VLADIMIR ALEGRÍA, efectuada mediante Resolución Ministerial Nº 390-2007-MEM/DM, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- Encargar las funciones del Director de la Oficina de Administración Documentarla y Archivo Central del Ministerio de Energía y Minas al señor Daniel Gregorio Herrera Bazán, Director General de Administración del Ministerio de Energía y Minas.

Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS HERRERA DESCALZI Ministro de Energía y Minas

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Dan por concluida la designación de Jefe Zonal Cajamarca de la Unidad Gerencial de Articulación y Seguridad Alimentaria y Nutricional del PRONAA

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 343-2011-MIMDES Lima, 24 de setiembre de 2011

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 238-2007-MIMDES publicada el 8 de mayo de 2007, se designó al señor Oscar Bengamin Sanchez Cubas, en el cargo de confianza de Jefe Zonal Cajamarca de la Unidad Gerencial de Articulación y Seguridad Alimentaria y Nutricional del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES;

Que, el Despacho Ministerial estima pertinente dar por concluida la citada designación, sin perjuicio de las acciones que correspondan;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley Nº 29597 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Dar por concluida la designación del señor OSCAR BENGAMIN SANCHEZ CUBAS en el cargo de confianza de Jefe Zonal Cajamarca de la Unidad Gerencial de Articulación y Seguridad Alimentaria y Nutricional del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES.

Regístrese, comuníquese y publíquese. AIDA GARCIA NARANJO MORALES Ministra de la Mujer y Desarrollo Social

Encargan el puesto de Director Ejecutivo del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA RESOLUCION MINISTERIAL Nº 344-2011-MIMDES

Lima, 24 de setiembre de 2011 CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 303-2011-MIMDES se designó al señor Dante Javier Mendoza Antonioli, en el cargo de Director Ejecutivo del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES;

Que, el Despacho Ministerial estima pertinente dar por concluida la citada designación, sin perjuicio de las acciones que correspondan;

Que, en ese sentido, es necesario encargar dicho puesto, en tanto se designe al Titular;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley Nº 29597 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES;

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Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor DANTE JAVIER MENDOZA ANTONIOLI, al cargo de Director Ejecutivo del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES.

Artículo 2.- Encargar al señor EDUARDO BALLÓN ECHEGARAY el puesto de Director Ejecutivo del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, en tanto se designe al Titular.

Regístrese, comuníquese y publíquese. AIDA GARCIA NARANJO MORALES Ministra de la Mujer y Desarrollo Social

SALUD

Designan Directora General de la Oficina de Descentralización del Ministerio RESOLUCION MINISTERIAL Nº 665-2011-MINSA

Lima, 5 de setiembre del 2011

Vista la renuncia presentada por el médico cirujano Pedro Octavio Marroquín Osorio; CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 271-2011/MINSA, del 12 de abril de 2011, se designó al médico cirujano Enrique Octavio Marroquín Osorio, en el cargo de Director General de la Oficina de Descentralización del Ministerio de Salud;

Que, por convenir al servicio resulta necesario aceptar la renuncia presentada por el médico cirujano Pedro Octavio Marroquín Osorio al cargo antes citado y designar en su reemplazo a la profesional propuesta;

Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y,

De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en el literal l) del artículo 8 de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por el médico cirujano Enrique Octavio Marroquín Osorio, al cargo de Director General, Nivel F-5, de la Oficina de Descentralización del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- Designar a la economista Eva Herminia Guerrero Caballero de López, en el cargo de Directora General, Nivel F-5, de la Oficina de Descentralización del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud

Encargan la coordinación de la Estrategia Sanitaria Nacional de Prevención y Control de la Tuberculosis de la Dirección General de Salud de las Personas

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Lima, 23 de setiembre del 2011

Visto el Expediente Nº 11-075636-001, que contiene el Oficio Nº 4287-2011-DGSP/MINSA, de la Dirección General de Salud de las Personas;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 771-2004/MINSA de fecha 27 de julio de 2004, se estableció, entre otras, a la Estrategia Sanitaria Nacional de Prevención y Control de la Tuberculosis, la cual está adscrita a la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud;

Que, el artículo 2 de la precitada Resolución Ministerial establece que las Estrategias Nacionales Sanitarias, estarán a cargo de un Coordinador Nacional, quien será nominado por Resolución Ministerial;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 574-2009/MINSA de fecha 27 de Agosto de 2009, se nominó como Coordinador Nacional de la Estrategia Sanitaria Nacional de Prevención y Control de la Tuberculosis, al Médico Cirujano Héctor Oswaldo Jave Castillo;

Que, en atención a lo solicitado en el documento del visto, resulta necesario dar término a la nominación dispuesta en la mencionada Resolución Ministerial y adoptar las acciones que resulten pertinentes, a fin de asegurar el normal funcionamiento de la Estrategia Sanitaria Nacional de Prevención y Control de la Tuberculosis;

Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud;

De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8 de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por concluida la nominación del Médico Cirujano Héctor Oswaldo Jave Castillo como Coordinador Nacional de la Estrategia Sanitaria Nacional de Prevención y Control de la Tuberculosis, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- Encargar al señor Luis Miguel León García, la coordinación de la Estrategia Sanitaria Nacional de Prevención y Control de la Tuberculosis de la Dirección General de Salud de las Personas, en adición a sus funciones de Director Ejecutivo de la Dirección de Atención Integral de la Salud.

Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal de Internet del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/portada/transparencia/normas.asp.

Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud

Encargan la coordinación de la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Bucal de la Dirección General de Salud de las Personas

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 706-2011-MINSA Lima, 23 de setiembre del 2011

Visto el Expediente Nº 11-075625-001, que contiene el Oficio Nº 4285-2011-DGSP/MINSA de la Dirección General de Salud de las Personas;

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Que, mediante Resolución Ministerial Nº 649-2007/MINSA de fecha 08 de agosto de 2007, se estableció la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Bucal dependiente de la Dirección General de Salud de las Personas;

Que, el artículo 2 de la mencionada Resolución Ministerial establece que la Estrategia Sanitaria de Salud Bucal estará a cargo de un Coordinador Nacional, quien será nominado por Resolución Ministerial;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 368-2008/MINSA de fecha 26 de Mayo de 2008, se nominó como Coordinador Nacional de la Estrategia Nacional de Salud Bucal al Cirujano Dentista Jim Tulio Romero Lloclla;

Que, en atención a lo solicitado en el documento del visto, resulta necesario dar término a la nominación dispuesta por la mencionada Resolución Ministerial y adoptar las acciones que resulten pertinentes, a fin de asegurar el normal funcionamiento de la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Bucal de la Dirección General de Salud de las Personas;

Con el visado del Director General de la Oficina General de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud;

De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8 de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por concluida la nominación del Cirujano Dentista Jim Tulio Romero Lloclla como Coordinador Nacional de la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Bucal, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- Encargar al señor Luis Miguel León García, la coordinación de la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Bucal de la Dirección General de Salud de las Personas en adición a sus funciones de Director Ejecutivo de la Dirección de Atención Integral de la Salud.

Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal de Internet del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/portada/transparencia/normas.asp.

Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud

Crean Comisión Sectorial encargada de formular el proyecto de Reglamento de la Ley Nº 29761, Ley de Financiamiento Público de los Regímenes subsidiado y semicontributivo del Aseguramiento Universal en

Salud

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 707-2011-MINSA Lima, 23 de setiembre del 2011

Visto, el Expediente Nº 11-074898-001 que contiene el Memorándum Nº 466-2011-DVM/MINSA del Despacho Viceministerial; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 9 de la Constitución Política del Perú, el Estado determina la política nacional de salud, el Poder Ejecutivo norma y supervisa su aplicación y en tal sentido, es responsable de diseñarla y conducirla en forma plural y descentralizadora para facilitar a todos el acceso equitativo a los servicios de salud;

Que, el Título Preliminar de la Ley Nº 26842 “Ley General de Salud”, establece que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo; que la protección de la salud es de interés público y por tanto es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; que es de interés público la provisión de servicios de salud, cualquiera sea la persona o institución que los provea,

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siendo responsabilidad del Estado promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población, en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad;

Que, el artículo 2 de la Ley Nº 27657 “Ley del Ministerio de Salud”, señala que el Ministerio de Salud, como órgano del Poder Ejecutivo es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervención del Sistema Nacional de Salud, con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana a través de la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona, desde su concepción hasta su muerte;

Que, asimismo, el literal a) del artículo 3 de la mencionada Ley establece como parte de las competencias de rectoría sectorial del Ministerio de Salud, la conducción y planeamiento estratégico sectorial de salud;

Que, según el artículo 1 de la Ley Nº 29344 “Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud”, el aseguramiento universal en salud es un proceso orientado a lograr que toda la población residente en el territorio nacional disponga de un seguro de salud que le permita acceder a un conjunto de prestaciones de salud de carácter preventivo, promocional, recuperativo y de rehabilitación, en condiciones adecuadas de eficiencia, equidad, oportunidad, calidad y dignidad, sobre la base del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS);

Que, la Ley Nº 29761 “Ley de Financiamiento Público de los Regímenes subsidiado y semicontributivo del Aseguramiento Universal en Salud” tiene como objeto establecer los principios y el financiamiento para la atención de las personas afiliadas a los regímenes subsidiado y semicontributivo del aseguramiento universal en salud, garantizando la sostenibilidad e implementación progresiva del aseguramiento universal en salud;

Que, mediante el documento del visto, el Despacho Viceministerial de Salud solicita conformar la Comisión Sectorial encargada de elaborar el Reglamento de la Ley Nº 29761, de conformidad con lo establecido en su Única Disposición Complementaria Final;

Que, el artículo 35 de la Ley Nº 29158 “Ley Orgánica del Poder Ejecutivo” establece que las Comisiones del Poder Ejecutivo son órganos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades;

Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y,

De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8 de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud y en el artículo 35 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Creación y objetivos

Créase la Comisión Sectorial encargada de formular el proyecto de Reglamento de la Ley Nº 29761, Ley de Financiamiento Público de los Regímenes subsidiado y semicontributivo del Aseguramiento Universal en Salud.

Dicha Comisión Sectorial emitirá un Informe Final con el Proyecto correspondiente, así como las propuestas y recomendaciones a que hubiera lugar.

Artículo 2.- Conformación

La Comisión Sectorial a que se hace referencia en el artículo precedente, estará conformada por los siguientes miembros:

- Un representante de la Alta Dirección, quien la presidirá. - Un representante del Seguro Integral de Salud;

- Un representante del Fondo Intangible Solidario de Salud - FISSAL;

- Un representante de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud - SUNASA; - Un representante de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;

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- Un representante de la Dirección General de Salud de las Personas.

Los miembros de la Comisión Sectorial serán designados mediante comunicación escrita dirigida a la Alta Dirección.

Artículo 3.- Instalación y periodo de vigencia

La Comisión Sectorial deberá instalarse en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente Resolución.

El plazo de vigencia de dicha Comisión para el cumplimiento del objetivo señalado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, será de treinta (30) días calendario contados a partir de su instalación.

Artículo 4.- Del apoyo de órganos y dependencias

La Comisión Sectorial contará con el apoyo de los Órganos y Dependencias del Ministerio de Salud, para el mejor cumplimiento de los fines y objetivos para los cuales se ha constituido.

Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud

Designan funcionarios en la Dirección de Salud V Lima Ciudad RESOLUCION MINISTERIAL Nº 708-2011-MINSA

Lima, 23 de setiembre del 2011

Visto el expediente Nº 11-078015-001, que contiene el Oficio Nº 4156-2011-DG-DISA.V.LC., del Director General de la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 874-2008/MINSA del 17 de diciembre de 2008, se designó, entre otros, al Abogado Julio César Niño Bazalar en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Oficina Ejecutiva de Administración; y al Bachiller en Ciencias Contables y Financieras Jorge Víctor Torres Paredes en el cargo de Director de la Oficina de Logística, Nivel F-3, de la Oficina Ejecutiva de Administración de la Dirección de Salud V Lima Ciudad;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 107-2011/MINSA del 08 de febrero de 2011, se designó a la Contadora Pública Colegiada Norma Irene Felices Mendoza en el cargo de Directora, Nivel F-3, de la Oficina de Economía de la Oficina Ejecutiva de Administración de la Dirección de Salud V Lima Ciudad;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 096-2009/MINSA del 17 de febrero de 2009, se designó al Médico Cirujano Edson Valdivia Vera en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Oficina de Planeamiento Estratégico de la Dirección de Salud V Lima Ciudad;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 148-2009/MINSA del 12 de marzo de 2009, se designó a la Médico Cirujano María Ynés Bonzan Rodriguez en el cargo de Directora Ejecutiva, Nivel F-4, de la Dirección Ejecutiva de Promoción de la Salud de la Dirección de Salud V Lima Ciudad;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 042-2011/MINSA del 14 de enero de 2011, se designó, entre otros, a la Licenciada en Obstetricia Doris Felipa Alvarado Michue en el cargo de Directora, Nivel F-3, de la Dirección de Educación para la Salud de la Dirección Ejecutiva de Promoción de Salud de la Dirección de Salud V Lima Ciudad;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 903-2008/MINSA del 31 de diciembre de 2008, se designó, entre otros, al Químico Farmacéutico Yovani Víctor Olivera Gallegos en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Dirección Ejecutiva de Medicamentos, Insumos y Drogas de la Dirección de Salud V Lima Ciudad;

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Que, mediante Resolución Ministerial Nº 097-2009/MINSA del 17 de febrero de 2009, se designó, entre otros, a la Químico Farmacéutico Doris Marilú David Suárez en el cargo de Directora, Nivel F-3, de la Dirección de Fiscalización, Control y Vigilancia Sanitaria de la Dirección Ejecutiva de Medicamentos, Insumos y Drogas de la Dirección de Salud V Lima Ciudad;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 109-2009/MINSA del 20 de febrero de 2009, se designó, entre otros, al abogado Eddy Sernaque Jáuregui en el cargo de Director, Nivel F-3, de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección de Salud V Lima Ciudad;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 874-2008/MINSA del 17 de diciembre de 2008, se designó, entre otros, al Médico Cirujano Luis Rosales Pereda en el cargo de Director Ejecutivo de la Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental, Nivel F-4, de la Dirección de Salud V Lima Ciudad;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 042-2011/MINSA del 14 de enero de 2011, se designó, entre otros, al Médico Cirujano Pedro Javier Navarrete Mejía en el cargo de Director de la Oficina de Informática, Telecomunicaciones y Estadística, Nivel F-3, de la Dirección de Salud V Lima Ciudad;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 903-2008/MINSA del 31 de diciembre de 2008, se designó, entre otros, al Médico Cirujano Nora Zulema Ojeda Celi en el cargo de Directora de la Dirección de Acceso y Uso Racional de Medicamentos, Nivel F-3, de la Dirección Ejecutiva de Medicamentos, Insumos y Drogas, de la Dirección de Salud V Lima Ciudad;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 383-2009/MINSA del 11 de junio de 2009, se designó al Médico Cirujano Carlos Alberto Espinoza Barreto en el cargo de Director, Nivel F-3, de la Dirección de Ecología, Protección del Medio Ambiente y Salud Ocupacional, de la Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental de la Dirección de Salud V Lima Ciudad;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 011-2009/MINSA del 15 de enero de 2009, se designó, entre otros, al Médico Cirujano Juan José María Pizarro Laderas en el cargo de Director de la Dirección de Saneamiento Básico, Higiene Alimentaria y Zoonosis, Nivel F-3, de la Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental de la Dirección de Salud V Lima Ciudad;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 151-2009/MINSA del 12 de marzo de 2009, se designó al Médico Cirujano Germán Felipe Rivera del Río en el cargo de Director de Sistema Administrativo I, Nivel F-3, de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico de la Dirección de Salud V Lima Ciudad;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 761-2009/MINSA del 06 de noviembre de 2009, se designó, entre otros, a la Contadora Pública Colegiada Doris Aurora Padilla Conde en el cargo de Directora, Nivel F-3, de la Oficina de Administración de la Red de Salud San Juan de Lurigancho de la Dirección de Salud IV Lima Este;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 993-2010/MINSA del 20 de diciembre de 2010, se designó al Cirujano Dentista César Antonio Torres Nonajulca en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Dirección de Participación Comunitaria de la Dirección General de Promoción de la Salud del Ministerio de Salud;

Que, de conformidad con el Cuadro para Asignación de Personal 2011, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 294-2011/MINSA del 20 de abril de 2011, a los responsables de las Oficinas de Logística, Economía, Asesoría Jurídica y Comunicaciones se les ha asignado la denominación de Jefe/a; y a los responsables de la Dirección Educativa para la Salud de la Dirección Ejecutiva de Promoción de la Salud; Dirección de Fiscalización Control y Vigilancia Sanitaria; Acceso y Uso Racional de Medicamentos de la Dirección Ejecutiva de Medicamentos, Insumos y Drogas; Dirección de Ecología Protección del Medio Ambiente y Salud Ocupacional; Saneamiento Básico Higiene Alimentaria y Zoonosis de la Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental; y Centro de Prevención y Control de Emergencia y Desastres, la denominación de Supervisor/a II;

Que, estando a lo solicitado con el documento de visto, resulta necesario dar término a las designaciones antes citadas y designar a los profesionales propuestos;

Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y,

De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de

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