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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN RAFAEL

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ORDENANZA MUNICIPAL Nº 14-2019-MDSR-A

29 de noviembre de 2019

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN RAFAEL

POR CUANTO:

El Concejo Municipal de la Municipalidad DISTRITAL DE SAN RAFAEL, en Sesión Ordinaria de la

fecha 28 de noviembre 2019;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades provinciales

y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los

asuntos de su competencia. Asimismo, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica

de Municipalidades, prescribe que la autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades

radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al

ordenamiento jurídico;

Que, el Art. 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, en el primer párrafo establece

que, las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales en materia de su competencia, son

las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa Municipal, por medio de

los cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión, de los servicios

públicos y las materias en la que las Municipalidades tienen competencia Normativas;

Que, el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los Concejos

Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdo. Así

mismo, conforme establece el Inc. 8 del artículo 9º ut supra, es atribución de Concejo Municipal aprobar,

modifi ca, derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos de Consejo;

Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es un instrumento de gestión, que

conforme a lo establecido en el artículo 37º Ley Nº 27444 debe contener la relación de procedimientos

respecto de aquellos servicios prestados en exclusividad por la Entidad, la descripción clara de los

requisitos exigidos, la califi cación de cada procedimiento entre otros aspectos de importancias;

Que, dentro del proceso de Modernización de la Gestión del Estado y la Mejora Continua de los

Procedimientos Administrativos, resulta necesaria la actualización de los documentos de gestión con la

norma vigente;

Que, a efecto de dar estricto cumplimiento a los considerandos precedentes se ha formulado un nuevo

Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) – 2019, de la Municipalidad Distrital de San Rafael,

en estricto cumplimiento a las normas vigentes;

Que, conforme a lo dispuesto a lo dispuesto en el artículo 36º, numeral 36.1 de la Ley Nº 27444 Ley del

Procedimiento Administrativo General, los procedimientos, requisitos y costos administrativos establecen

exclusivamente en el caso de gobiernos locales, mediante Ordenanza Municipal los mismos que deben

ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA);

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM, se aprueba el Formato del Texto Único de

Procedimientos Administrativos (TUPA) siendo el único de Procedimientos administrativos, requisitos,

plazos, derechos de tramitación, entre otros que legalmente se encuentran obligadas a solicitar a los

ciudadanos, en cumplimiento del artículo 37 de la Ley Nº 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo

General;

Que, en virtud de lo descrito en el párrafo anterior, es preciso anotar que el Texto Único de Procedimientos

Administrativos (TUPA) es el documento de gestión pública que compila los procedimientos administrativos

y servicios exclusivos que regula y brinda la entidad pública. Este documento debe estar a disposición de

los ciudadanos de acuerdo a ley a fi n de que éstos puedan hacer las gestiones que consideren pertinentes

en igualdad de condiciones y con sufi ciente información. Es importante porque ordena de manera de

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para realizar la gestión ante la entidad respectiva;

Que, en este contexto se pretende que la gestión sea efi ciente y efi caz en la realización de las

actividades y procedimientos administrativos en benefi cio de la población, alcanzando progresivamente

mayores niveles de productividad y calidad en la prestación de los servicios y mejora de los productos

municipales; para su elaboración se ha tomado en cuenta las políticas y los objetivos trazados en los

planes y presupuestos de la municipalidad;

Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) y 9) del artículo 9º de la

Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y además normas pertinentes, con el VOTO UNÁNIME

de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, SE

APROBÓ, la siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) – 2019 DE LA MUNICIPALIDAD

DISTRITAL DE SAN RAFAEL

Artículo Primero.- Aprobar, EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA)

– 2019 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN RAFAEL, el mismo que como anexo I forma parte

integrante de la presente Ordenanza.

Artículo Segundo.- Deróguese, toda disposición municipal, así como todo acto administrativo o de

administración que contravenga lo dispuesto en la presente Ordenanza.

Artículo Tercero.- Encargar, a la Gerencia Municipal, para que en coordinación con la Gerencia de

Planeamiento y Presupuesto implemente las acciones administrativas establecidas en las normas de la

materia, para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente disposición Municipal.

Artículo Cuarto.- Dispóngase, que la presente Ordenanza, será publicado en el Portal de la Página

Ofi cial de la Municipalidad Distrital de San Rafael.

Artículo Quinto.- Encargar, el fi el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza, a todas las

unidades orgánicas que integran la Municipalidad Distrital de San Rafael.

Artículo Sexto.- Establecer, que el TUPA – 2019 de la Municipalidad Distrital de San Rafael, entrará

en vigencia a partir del día siguiente de la publicación.

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

JOEL SIMEI CRUZ GUTIERREZ

Alcalde Distrital de San Rafael - Huánuco

(3)

ATENCIÓN DE SOLICITUDES DE INFORMACION PÚBLICA QUE POSEA

O PRODUZCA LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN RAFAEL 1.Solicitud simple dirigido al Alcalde, 7 (siete) SECRETARIA

especificando la información. días GENERAL

BASE LEGAL: 2.Recibo de pago de tramitación Ó

RESPONSABLE DESIGNADO POR RESOLUCIÓN DE

ALCALDÍA - Ley N° 27806 (03/08/2002) Transparencia y -Pago copias certificado o fedateada

por hoja 2.50

Acceso a la Información Pública. -Pago por copia simple por hoja. 0.20

- D.Leg. N° 1246 (09/10/2016) -Pago por constancia ó certificado

fedateada 3.00

- D.Leg. N° 1272 (20/12/2016) (por folio).

-Pago por impresión por hoja blanco y negro

0.20 por hoja.

- Pago por impresión por hoja a colores 0.50 -Información en C.D. 1.00 - Transcripciones 6.00 - Búsqueda de documentos (a más de 3 años 8.00 de antigüedad)

AUTORIZACIÓN MUNICIPAL PARA ESPECTACULOS PÚBLICOS DEPORTIVOS Y NO DEPORTIVOS REALIZADOS EN RECINTOS O EDIFICACIONES DISEÑADAS PARA TAL FIN QUE REQUIERAN EL ACONDICIONAMIENTO O INSTALACIÓN DE ESTRUCTURAS TEMPORALES QUE INCIDAN DIRECTAMENTE EN EL NIVEL DE RIESGO CON EL CUAL OBTUBIERON SU CERTIFICADO DE ITSE.

(HASTA 3,000 ESPECTADORES). REQUISITOS GENERALES:

1- Solicitud de Licencia de Funcionamiento con carácter de declaración jurada que incluye:

Base legal:

1.1 Persona Jurídica u otros entes colectivos, su número de RUC y su número de DNI o Carné de extranjería de su representante legal. 1.2 Persona natural, N° de su RUC y DNI o Carné de extranjería, y si actúan con representante, también adjuntar su N° DNI o Carné de extranjería del representante.

- LOM N° 27972 (27.05.2003) Art. 79° numeral 3.6.4.

1.3 Copia del recibo de pago en caja de la Municipalidad derechos de Licencia de funcionamiento.

INICIO DE

PROCEDIMIEN

TO

COMPETENTE

PARA

RESOLVER

RECONSIDERA

CION

APELACION

POSITIVA

NEGATIVA

AUTOMATICA

PLAZO PARA

RESOLVER (En

dias habiles)

Nº DE ORDEN

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

NUMERO Y

DENOMINACION

FORMULARIO/

CODIGO/UBICA

CIÓN

EN S/

SECRETARIA GENERAL 1 x SUB GERENCIA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO Y ARCHIVO GERENCIA MUNICIPAL ALCALDIA

SUB GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIO Y RENTAS

(4)

CION

NUMERO Y

DENOMINACION

CODIGO/UBICA

CIÓN

- Dec. Sup. N° 006-2017-JUS, TUO de la Ley 27444 (20.03.2017) Art. 42,

47, 51 y 52.

2- Plano de distribución y copia simple de la memoria descriptiva del equipo a instalar y el detalle de la actividad a realizar, acompañada de la declaración jurada del administrado a cerca de la autenticidad. 3- Copia simple del contrato suscrito con una empresa de seguridad privada para custodia perimétrica de la zona destinada al espectáculo público no deportivo acompañado de declaración jurada, respecto a su autenticidad.

- Dec. Legislativo 1246 Aprueba diversas medidas de simplificación

Administrativa. (publicado 10.11.2016) Art. 2, 3, 4 y 5.

4- Copia simple de la póliza de seguros de responsabilidad civil que cubra accedentes personales, muerte, invalidez temporal o permanente de los asistentes al espectáculo púbico no deportivo, acompañando declaración jurada de la autenticidad. 5- Copia simple de la autorización del sector correspondiente en caso que la actividad así lo requiera para el caso de exposiciones, acompañada de la declaración jurada de autenticidad. - Dec. Sup. N° 002-2018-PCM, Reglamento de Inspecciones Técnicas de

Seguridad en Edificaciones (05.01.2018) Art. 42 y 43°.

6- Número y fecha del informe de ECSE (hasta 3000 personas) o número de solicitud del procedimiento de ECSE.

7- Copia simple de la autorización de la DISCAMEC si la actividad incluye material pirotécnico para el desarrollo del espectáculo público no deportivo y de actividades sociales, acompañada de la declaración jurada de su autenticidad.

- Ley 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de desastres y modificatorias (SINAGERD) (Publicado 19.02.2011) numeral 14.8 del artículo 14°.

NOTA:

- Decreto Legislativo N° 1271, que modifica la

a-Se encuentran comprendidos como sujetos obligados a solicitar una ECSE los organizadores o promotores de espectáculos públicos deportivos y no deportivos que realizan estos tipos actividades y requieran el acondicionamiento o instalación de estructuras temporales que incidan directamente en el nivel de riesgo con el cual obtuvieron el Certificado de ITSE. Art. 42 del Dec. Sup. N° 002-2018 PCM.

Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento

SUB GERENCIA DE ADM. TRIBUTARIO Y RENTAS GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN ALCALDÍA 2 80.00 x 15 (quince) días SUB GERENCIA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO Y ARCHIVO

4

(5)

CION

NUMERO Y

DENOMINACION

CODIGO/UBICA

CIÓN

- Decreto Legislativo N° 1452, que modifica la

b-El organizador y/o promotor deberá solicitar previo al evento y/o espectáculo la evaluación de las condiciones de seguridad en los espectáculos públicos deportivos y no deportivos (ECSE) en un plazo que no podrá exceder los 7 días hábiles antes de la fecha de su realización. Numeral 47.1 del Art. 47 del Dec. Sup. N° 002-2018-PCM.

Ley N° 27444, Ley de Procedimientos Administrativo General (2018).

- D.S. N° 004-2019-JUS (TUO-2019)

c- En el caso de un espectáculo público deportivo o no deportivo que precise más de siete (7) días hábiles para la ejecución de la instalación, montaje o acondicionamiento, la solicitud se debe presentar antes del inicio de estas actividades. - Decreto Legislativo. N° 1272 (20/12/2016)

-

AUTORIZACIÓN MUNICIPAL PARA ESPECTACULOS PÚBLICOS DEPORTIVOS Y NO DEPORTIVOS REALIZADOS EN RECINTOS O EDIFICACIONES CUYA ACTIVIDAD ES DISTINTA A LA FINALIDAD PARA LA CUAL SE OTORGÓEL CERTIFICADO DE ITSE (HASTA 3000 ESPECTADORES).

REQUISITOS GENERALES:

1- Solicitud de Licencia de Funcionamiento con carácter de declaración jurada que incluye:

Base legal:

1.1 Persona Jurídica u otros entes colectivos, su número de RUC y su número de DNI o Carné de extranjería de su representante legal.

1.2 Persona natural, N° de su RUC y DNI o Carné de extranjería, y si actúan con representante, también adjuntar su N° DNI o Carné de extranjería del representante.

- LOM N° 27972 (27.05.2003) Art. 79° numeral 3.6.4.

1.3 Copia del recibo de pago en caja de la Municipalidad derechos de Licencia de funcionamiento.

- Dec. Legislativo 1246 Aprueba diversas medidas de simplificación

Administrativa. (publicado 10.11.2016) Art. 2, 3, 4 y 5.

2- Plano de distribución y copia simple de la memoria descriptiva del equipo a instalar y el detalle de la actividad a realizar, acompañada de la declaración jurada del administrado a cerca de la autenticidad.

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CION

NUMERO Y

DENOMINACION

CODIGO/UBICA

CIÓN

3- Copia simple del contrato suscrito con una empresa de seguridad privada para custodia perimétrica de la zona destinada al espectáculo público no deportivo acompañado de declaración jurada, respecto a su autenticidad.

80.00

- Dec. Sup. N° 002-2018-PCM, Reglamento de Inspecciones Técnicas de

Seguridad en Edificaciones (05.01.2018) Art. 42 y 43°.

4- Copia simple de la póliza de seguros de responsabilidad civil que cubra accedentes personales, muerte, invalidez temporal o permanente de los asistentes al espectáculo púbico no deportivo, acompañando declaración jurada de la autenticidad. 5- Copia simple de la autorización del sector correspondiente en caso que la actividad así lo requiera para el caso de exposiciones, acompañada de la declaración jurada de autenticidad. - Ley 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de

desastres y modificatorias (SINAGERD) (Publicado 19.02.2011) numeral 14.8 del artículo 14°.

6- Número y fecha del informe de ECSE (hasta 3000 personas) o número de solicitud del procedimiento de ECSE.

7- Copia simple de la autorización de la DISCAMEC si la actividad incluye material pirotécnico para el desarrollo del espectáculo público no deportivo y de actividades sociales, acompañada de la declaración jurada de su autenticidad.

- Decreto Legislativo N° 1271, que modifica la

NOTA:

Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento

- Decreto Legislativo N° 1452, que modifica la

d-Se encuentran comprendidos como sujetos obligados a solicitar una ECSE los organizadores o promotores de espectáculos públicos deportivos y no deportivos que realizan estos tipos actividades y requieran el acondicionamiento o instalación de estructuras temporales que incidan directamente en el nivel de riesgo con el cual obtuvieron el Certificado de ITSE. Art. 42 del Dec. Sup. N° 002-2018 PCM.

Ley N° 27444, Ley de Procedimientos Administrativo General (2018).

- D.S. N° 004-2019-JUS (TUO-2019)

e-El organizador y/o promotor deberá solicitar previo al evento y/o espectáculo la evaluación de las condiciones de seguridad en los espectáculos públicos deportivos y no deportivos (ECSE) en un plazo que no podrá exceder los 7 días hábiles antes de la fecha de su realización. Numeral 47.1 del Art. 47 del Dec. Sup. N° 002-2018-PCM. - Decreto Legislativo. N° 1272 (20/12/2016) SUB GERENCIA DE ADM. TRIBUTARIO Y RENTAS GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN ALCALDÍA 3 X 15 (quince) días SUB GERENCIA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO Y ARCHIVO

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(7)

CION

NUMERO Y

DENOMINACION

CODIGO/UBICA

CIÓN

f- En el caso de un espectáculo público deportivo o no deportivo que precise más de siete (7) días hábiles para la ejecución de la instalación, montaje o acondicionamiento, la solicitud se debe presentar antes del inicio de estas actividades.

AUTORIZACIÓN MUNICIPAL PARA ESPACTACULOS PÚBLICOS DEPORTIVOS Y NO DEPORTIVOS REALIZADOS EN RECINTOS O EDIFICACIONES DISEÑADAS PARA TAL FIN QUE REQUIEREN EL ACONDICIONAMIENTO O INSTALACIÓN DE ESTRUCTURAS TEMPORALES QUE INCIDAN DIRECTAMENTE EN EL NIVEL DE RIESGO CON EL CUAL OBTUBIERON SU CERTIFICADO DE ITSE (MÁS DE 3,000 ESPECTADORES.

REQUISITOS GENERALES:

1- Solicitud de Licencia de Funcionamiento con carácter de declaración jurada que incluye:

Base legal:

1.1 Persona Jurídica u otros entes colectivos, su número de RUC y su número de DNI o Carné de extranjería de su representante legal. 1.2 Persona natural, N° de su RUC y DNI o Carné de extranjería, y si actúan con representante, también adjuntar su N° DNI o Carné de extranjería del representante.

- LOM N° 27972 (27.05.2003) Art. 79° numeral 3.6.4.

1.3 Copia del recibo de pago en caja de la Municipalidad derechos de Licencia de funcionamiento.

- Dec. Sup. N° 006-2017-JUS, TUO de la Ley 27444 (20.03.2017) Art. 42,

47, 51 y 52.

2- Plano de distribución y copia simple de la memoria descriptiva del equipo a instalar y el detalle de la actividad a realizar, acompañada de la declaración jurada del administrado a cerca de la autenticidad. 3- Copia simple del contrato suscrito con una empresa de seguridad privada para custodia perimétrica de la zona destinada al espectáculo público no deportivo acompañado de declaración jurada, respecto a su autenticidad.

- Dec. Legislativo 1246 Aprueba diversas medidas de simplificación

Administrativa. (publicado 10.11.2016) Art. 2, 3, 4 y 5.

4- Copia simple de la póliza de seguros de responsabilidad civil que cubra accedentes personales, muerte, invalidez temporal o permanente de los asistentes al espectáculo púbico no deportivo, acompañando declaración jurada de la autenticidad. 5- Copia simple de la autorización del sector correspondiente en caso que la actividad así lo requiera para el caso de exposiciones, acompañada de la declaración jurada de autenticidad. - Dec. Sup. N° 002-2018-PCM, Reglamento de Inspecciones Técnicas de

Seguridad en Edificaciones (05.01.2018) Art. 42 y 43°.

6- Número y fecha del informe de ECSE (hasta 3000 personas) o número de solicitud del procedimiento de ECSE.

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CION

NUMERO Y

DENOMINACION

CODIGO/UBICA

CIÓN

7- Copia simple de la autorización de la DISCAMEC si la actividad incluye material pirotécnico para el desarrollo del espectáculo público no deportivo y de actividades sociales, acompañada de la declaración jurada de su autenticidad.

- Ley 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de desastres y modificatorias (SINAGERD) (Publicado 19.02.2011) numeral 14.8 del artículo 14°.

NOTA:

- Decreto Legislativo N° 1271, que modifica la

a-Se encuentran comprendidos como sujetos obligados a solicitar una ECSE los organizadores o promotores de espectáculos públicos deportivos y no deportivos que realizan estos tipos actividades y requieran el acondicionamiento o instalación de estructuras temporales que incidan directamente en el nivel de riesgo con el cual obtuvieron el Certificado de ITSE. Art. 42 del Dec. Sup. N° 002-2018 PCM.

Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento

- Decreto Legislativo N° 1452, que modifica la

b-El organizador y/o promotor deberá solicitar previo al evento y/o espectáculo la evaluación de las condiciones de seguridad en los espectáculos públicos deportivos y no deportivos (ECSE) en un plazo que no podrá exceder los 7 días hábiles antes de la fecha de su realización. Numeral 47.1 del Art. 47 del Dec. Sup. N° 002-2018-PCM.

Ley N° 27444, Ley de Procedimientos Administrativo General (2018).

- D.S. N° 004-2019-JUS (TUO-2019)

c- En el caso de un espectáculo público deportivo o no deportivo que precise más de siete (7) días hábiles para la ejecución de la instalación, montaje o acondicionamiento, la solicitud se debe presentar antes del inicio de estas actividades. - Decreto Legislativo. N° 1272 (20/12/2016) SUB GERENCIA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO Y ARCHIVO SUB GERENCIA DE ADM. TRIBUTARIO Y RENTAS GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN ALCALDÍA 4 80.00 X 15 (quince) días

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CION

NUMERO Y

DENOMINACION

CODIGO/UBICA

CIÓN

AUTORIZACIÓN MUNICIPAL PARA ESPACTACULOS PÚBLICOS DEPORTIVOS Y NO DEPORTIVOS REALIZADOS EN RECINTOS O EDIFICACIONES CUYA ACTIVIDAD ES DISTINTA A LA FINALIDAD PARA LA CUAL SE OTORGÓ EL CERTIFICADO DE ITSE (MÁS DE 3,000 ESPECTADORES

REQUISITOS GENERALES:

1- Solicitud de Licencia de Funcionamiento con carácter de declaración jurada que incluye: 1.1 Persona Jurídica u otros entes colectivos, su número de RUC y su número de DNI o Carné de extranjería de su representante legal.

Base legal:

1.2 Persona natural, N° de su RUC y DNI o Carné de extranjería, y si actúan con representante, también adjuntar su N° DNI o Carné de extranjería del representante.

1.3 Copia del recibo de pago en caja de la Municipalidad derechos de Licencia de funcionamiento. - LOM N° 27972 (27.05.2003) Art. 79° numeral 3.6.4.

2- Plano de distribución y copia simple de la memoria descriptiva del equipo a instalar y el detalle de la actividad a realizar, acompañada de la declaración jurada del administrado a cerca de la autenticidad.

- Dec. Sup. N° 006-2017-JUS, TUO de la Ley 27444 (20.03.2017) Art. 42,

47, 51 y 52.

3- Copia simple del contrato suscrito con una empresa de seguridad privada para custodia perimétrica de la zona destinada al espectáculo público no deportivo acompañado de declaración jurada, respecto a su autenticidad. 4- Copia simple de la póliza de seguros de responsabilidad civil que cubra accedentes personales, muerte, invalidez temporal o permanente de los asistentes al espectáculo púbico no deportivo, acompañando declaración jurada de la autenticidad.

- Dec. Legislativo 1246 Aprueba diversas medidas de simplificación

Administrativa. (publicado 10.11.2016) Art. 2, 3, 4 y 5.

5- Copia simple de la autorización del sector correspondiente en caso que la actividad así lo requiera para el caso de exposiciones, acompañada de la declaración jurada de autenticidad. 6- Número y fecha del informe de ECSE (hasta 3000 personas) o número de solicitud del procedimiento de ECSE.

- Dec. Sup. N° 002-2018-PCM, Reglamento de Inspecciones Técnicas de

Seguridad en Edificaciones (05.01.2018) Art. 42 y 43°.

7- Copia simple de la autorización de la DISCAMEC si la actividad incluye material pirotécnico para el desarrollo del espectáculo público no deportivo y de actividades sociales, acompañada de la declaración jurada de su autenticidad.

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CION

NUMERO Y

DENOMINACION

CODIGO/UBICA

CIÓN

- Ley 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de desastres y modificatorias (SINAGERD) (Publicado 19.02.2011) numeral 14.8 del artículo 14°.

NOTA:

- Decreto Legislativo N° 1271, que modifica la

a- Se encuentran comprendidos como sujetos obligados a solicitar una ECSE los organizadores o promotores de espectáculos públicos deportivos y no deportivos que realizan estos tipos actividades y requieran el acondicionamiento o instalación de estructuras temporales que incidan directamente en el nivel de riesgo con el cual obtuvieron el Certificado de ITSE. Art. 42 del Dec. Sup. N° 002-2018 PCM.

Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento

b- El organizador y/o promotor deberá solicitar previo al evento y/o espectáculo la evaluación de las condiciones de seguridad en los espectáculos públicos deportivos y no deportivos (ECSE) en un plazo que no podrá exceder los 7 días hábiles antes de la fecha de su realización. Numeral 47.1 del Art. 47 del Dec. Sup. N° 002-2018-PCM.

- Decreto Legislativo N° 1452, que modifica la

Ley N° 27444, Ley de Procedimientos Administrativo General (2018).

c- En el caso de un espectáculo público deportivo o no deportivo que precise más de siete (7) días hábiles para la ejecución de la instalación, montaje o acondicionamiento, la solicitud se debe presentar antes del inicio de estas actividades. - D.S. N° 004-2019-JUS (TUO-2019) - Decreto Legislativo. N° 1272 (20/12/2016) 15 (quince) días SUB GERENCIA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO Y ARCHIVO SUB GERENCIA DE ADM. TRIBUTARIO Y RENTAS GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN ALCALDÍA 5 80.00 X

10

(11)

CION

NUMERO Y

DENOMINACION

CODIGO/UBICA

CIÓN

CAMBIO DE RAZON SOCIAL DE UNA LICENCIA DE APERTURA DE

ESTABLECIMIENTO A. Requisitos Generales

1 Solicitud para cambio de razón

social. X

Base legal:

2 Declaración Jurada de permanencia en el giro de negocio conforme a la Licencia Municipal de Funcionamiento otorgada inicialmente.

150.00

3 Vigencia de poder de representante legal, cuando es persona jurídica. - LOM N° 27972 (27.05.2003) Art. 83° numerales 1.1., 3.1., 3.6

4 Para persona natural, Número de DNI o carta poder con firma legalizada.

- Dec. Sup. N° 046-2017-PCM, TUO de la Ley 28976 (20.4.2017) Art. 5, 7

y 8 numeral 8.1, 8.2 literal a)- 9-A, 11. 15.

5 Recibo de pago por derecho de cambio de licencia.

6 Copia del Certificado de ITSE de acuerdo a ley.

- Dec. Sup. N° 006-2017-JUS, TUO de la Ley 27444 (20.03.2017) Art. 42,

47, 51 y 52.

7 Devolución de la licencia de funcionamiento original. 8 Recibo de pago en caja por el derecho solicitado. - Dec. Legislativo 1246 Aprueba diversas medidas de simplificación

Administrativa. (publicado 10.11.2016) Art. 2, 3, 4 y 5.

- Decreto Legislativo N° 1271, que modifica la Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento - Decreto Legislativo N° 1452, que modifica la

Ley N° 27444, Ley de Procedimientos Administrativo General (2018). - D.S. N° 004-2019-JUS (TUO-2019)

- Decreto Legislativo. N° 1272 (20/12/2016)

CESE DE ACTIVIDADES (TITULAR DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO)

REQUISITOS GENERALES: Base legal:

1- Solicitud de Licencia de Funcionamiento con carácter de declaración jurada que incluye: a- Persona Jurídica u otros entes colectivos, su número de RUC y su número de DNI o Carné de extranjería de su representante legal.

- LOM N° 27972 (27.05.2003) Art. 79° numeral 3.6.4.

b- Persona natural, N° de su RUC y DNI o Carné de extranjería, y si actúan con representante, también adjuntar su N° DNI o Carné de extranjería del representante.

c- Nombre del Titular de la Licencia de Funcionamiento y número del expediente del cual se solicita el cese de actividades

- Dec. Sup. N° 046-2017-PCM, TUO de la Ley 28976 (20.4.2017) Art. 12°.

d- Copia del recibo de pago en caja de la Municipalidad derechos de Licencia de funcionamiento. 6 4 (cuatro) días SUB GERENCIA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO Y ARCHIVO SUB GERENCIA DE ADM. TRIBUTARIO Y RENTAS GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN ALCALDÍA

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(12)

CION

NUMERO Y

DENOMINACION

CODIGO/UBICA

CIÓN

- Dec. Sup. N° 006-2017-JUS, TUO de la Ley 27444 (20.03.2017) Art. 42°.

2- En el caso de persona jurídica u otros entes colectivos, Declaración jurada del representante legal o apoderado, señalando que su poder se encuentra vigente, consignando el número de partida electrónica y asiento de inscripción en la SUNARP. 3- Tratándose de representación de personas naturales, adjuntar carta poder simple firmado por el poderdante indicando de manera obligatoria el número de su DNI, salvo que se trate de apoderado con poder inscrito en la SUNARP, en cuyo caso basta una declaración jurada en los mismos términos establecidos para personas jurídicas.

- Dec. Legislativo 1246 Aprueba diversas medidas de simplificación

Administrativa. (publicado 10.11.2016) Art. 2, 3, 4 y 5.

- Decreto Legislativo N° 1271, que modifica la Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento - Decreto Legislativo N° 1452, que modifica la

Ley N° 27444, Ley de Procedimientos Administrativo General (2018). - D.S. N° 004-2019-JUS (TUO-2019)

- Decreto Legislativo. N° 1272 (20/12/2016)

CESE DE ACTIVIDADES (PROPIETARIO Y/O TERCERO CON LEGITIMO

INTERES) REQUISITOS GENERALES:

1- Solicitud de Licencia de Funcionamiento con carácter de declaración jurada que incluye:

Base legal:

a- Persona Jurídica u otros entes colectivos, su número de RUC y su número de DNI o Carné de extranjería de su representante legal. b- Persona natural, N° de su RUC y DNI o Carné de extranjería, y si actúan con representante, también adjuntar su N° DNI o Carné de extranjería del representante.

- LOM N° 27972 (27.05.2003) Art. 79° numeral 3.6.4.

c- Nombre del Titular de la Licencia de Funcionamiento y número del expediente del cual se solicita el cese de actividades

d- Copia del recibo de pago en caja de la Municipalidad derechos de Licencia de funcionamiento.

- Dec. Sup. N° 046-2017-PCM, TUO de la Ley 28976 (20.4.2017) Art. 12°.

SUB GERENCIA DE

GERENCIA DE

ADMINISTRACIÓN ALCALDÍA

7 GRATUITO X 15 (quince) días

SUB GERENCIA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO Y ARCHIVO SUB GERENCIA DE ADM. TRIBUTARIO Y RENTAS

12

(13)

CION

NUMERO Y

DENOMINACION

CODIGO/UBICA

CIÓN

2- En el caso de persona jurídica u otros entes colectivos, Declaración jurada del representante legal o apoderado, señalando que su poder se encuentra vigente, consignando el número de partida electrónica y asiento de inscripción en la SUNARP.

- Dec. Sup. N° 006-2017-JUS, TUO de la Ley 27444 (20.03.2017) Art. 42°.

3- Tratándose de representación de personas naturales, adjuntar carta poder simple firmado por el poderdante indicando de manera obligatoria el número de su DNI, salvo que se trate de apoderado con poder inscrito en la SUNARP, en cuyo caso basta una declaración jurada en los mismos términos establecidos para personas jurídicas.

- Dec. Legislativo 1246 Aprueba diversas medidas de simplificación

Administrativa. (publicado 10.11.2016) Art. 2, 3, 4 y 5.

COMPENSACIÓN DE DEUDA TRIBUTARIA CON CRÉDITOS POR PAGOS INDEBIDOS O EN EXCESO

1-Solicitud de Trámite Administrativo, fundamentado la deuda 2-Materia de compensación, tipo de tributo y periodo.

Base Legal: 3-Poder Notarial simple (en caso de

terceras personas).

Ley Nº 27444 (11/04/2001) 4-certificado vigente de poder simple(en caso de ser

D.S. Nº 133-13-EF (21/06/2013) Persona juridica).

D.S. Nº 156-2004-EF (15/11/2004) 5-Documento (s) sustentatorio (s).

D.Leg. N° 1272 (20/12/2016) recibo de pago por compensación de

deuda tributaria con créditos

D.Leg. N° 1246 (09/10/2016) por pagos indebidos o en exceso

D.S. N° 004-2019-JUS (TUO-2019)

Ley N° 30490 "Del Adulto No Pensionista" Nota:

D.L. N° 1452 (Modifica la Ley 27444 2018) el crédito a su favor.a) El Administrado deberá acreditar

DEDUCCIÓN DE LA BASE IMPONIBLE DEL IMPUESTO PREDIAL PARA

PENSIONISTAS (50 UIT) POR PRIMERA VEZ. 1-Solicitud de Trámite Administrativo.

Base Legal: 2-Última Boleta de Pago o Cupón del

Cheque.

Ley Nº 27444 (11/04/2001) 3-Declaración Jurada (Formato PEN)

D.L. Nº 776 (31/12/1993) y su modificatoria. 4-Recibo de pago por Inspección D.S. Nº 156-2004-EF (15/11/2004) Art. 18 y 19 5-Por Inspección. D.S. Nº 133-13-EF (21/06/2013) D.Leg. N° 1272 (20/12/2016) D.Leg. N° 1246 (09/10/2016) D.S. N° 004-2019-JUS (TUO-2019) GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN ALCALDÍA 10 F.D.50 UIT-BIP 20.00 X 15 DIAS SUB GERENCIA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO Y ARCHIVO SUB GERENCIA DE ADM. TRIBUTARIO Y RENTAS 30 DIAS SUB GERENCIA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO Y ARCHIVO SUB GERENCIA DE ADM. TRIBUTARIO Y RENTAS GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN ALCALDÍA SUB GERENCIA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO Y ARCHIVO SUB GERENCIA DE ADM. TRIBUTARIO Y RENTAS GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN ALCALDÍA 9 FUT MDSR 10.00 X

8 GRATUITO X 20 (veinte) días

(14)

CION

NUMERO Y

DENOMINACION

CODIGO/UBICA

CIÓN

Ley N° 30490 "Del Adulto No Pensionista" D.L. N° 1452 (Modifica la Ley 27444 2018)

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA EDIFICACIONES CALIFICADAS

CON UN NIVEL DE RIESGO BAJO. REQUISITOS GENERALES: (CON ITSE POSTERIOR AL OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE

FUNCIONAMIENTO)

1- SOLICITUD DE Licencia de Funcionamiento con carácter de declaración jurada que incluye:

Base legal:

a- Persona Jurídica u otros entes colectivos, su número de RUC y su número de DNI o Carné de extranjería de su representante legal. b- Persona natural, N° de su RUC y DNI o Carné de extranjería, y si actúan con representante, también adjuntar su N° DNI o Carné de extranjería del representante.

- LOM N° 27972 (27.05.2003) Art. 79° numeral 3.6.4.

c- Copia del recibo de pago en caja de la Municipalidad por derechos de licencia de funcionamiento. d- Número de Reporte de nivel de riesgo

- Dec. Sup. N° 046-2017-PCM, TUO de la Ley 28976 (20.4.2017) Art. 5,7y 8 numeral 8.1, 8.2 literal a)- 9-A, 11. 15.

2- En el caso de persona jurídica u otros entes colectivos, Declaración jurada del representante legal o apoderado, señalando que su poder se encuentra vigente, consignando el número de partida electrónica y asiento de inscripción en la SUNARP.

240.00

- Dec. Sup. N° 006-2017-JUS, TUO de la Ley 27444 (20.03.2017) Art. 42, 47, 51 y 52.

3- Tratándose de representación de personas naturales, adjuntar carta poder simple firmado por el poderdante indicando de manera obligatoria el número de su DNI, salvo que se trate de apoderado con poder inscrito en la SUNARP, en cuyo caso basta una declaración jurada en los mismos términos establecidos para personas jurídicas.

4- Declaración jurada del cumplimiento de las condiciones de seguridad en la edificación para edificaciones calificadas con riesgo bajo, adjuntar a la solicitud de licencia de funcionamiento.

- Dec. Sup. N° 002-2018-PCM, Reglamento de Inspecciones Técnicas de

Seguridad en Edificaciones (05.01.2018) Art. 4° numeral 4.1, literal a);Art. 6 y 20° numeral 20.1.

5-Adjuntar copia del recibo de pago por ITSE en edificaciones posterior al otorgamiento de licencia de funcionamiento, adjuntando los formatos correspondientes del manual de Inspecciones técnicas Art. 6° del Dec. Sup. 002-2018-PCM. 6- Certificado de zonificación y compatibilidad de uso

(15)

CION

NUMERO Y

DENOMINACION

CODIGO/UBICA

CIÓN

- Resolución Jefatural N° 016-2018-CENEPRED/J. Manual de Ejecución

de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (23.01.2018) numeral 1.1.1 y 1.1.2 del numeral 1.1 literal a) del numeral II.

7-REQUISITOS ESPECIALES: en los supuestos que a continuación se detallan:

- Decreto Supremo N° 006-2013-PCM. 10.01.2013) Aprueba la relación

de autorizaciones sectoriales de las Entidades del poder ejecutivo que deben ser exigidas como requisito previo al otorgamiento de la licencia de funcionamiento. Art. 3 ° y anexo.

a- Declaración jurada de contar con título profesional y habilitación vigente

del colegio profesional

correspondiente, en caso de servicios relacionados con la salud. - Dec. Legislativo 1246 Aprueba diversas medidas de simplificación

Administrativa. (publicado 10.11.2016) Art. 2, 3, 4 y 5.

b- Declaración jurada de contar con el número de estacionamientos exigibles de conformidad con el artículo 9-A del Decreto Supremo N° 046-2017-PCM. c- Declaración jurada de contar con la autorización sectorial respectiva, en el caso de actividades que conforme a ley la requieren de manera previa al otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento.

- Ley N° 30619 Ley que modifica la vigencia del Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (publicado el 27.07.2017) artículo único.

d- Cuando se trate de un inmueble declarado Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación presentar copia simple de autorización expedido por el Ministerio de Cultura conforme a la Ley 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; excepto, en los casos en que el Ministerio de Cultura haya participado en las etapas de remodelación y monitoreo de ejecución de obras previas inmediatas a la solicitud de la licencia del local. La exigencia de la autorización del Ministerio de Cultura

para otorgar licencia de

funcionamiento se aplica

exclusivamente para los inmuebles declarados Monumentos Integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación.

- Decreto Legislativo N° 1271, que modifica la Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento - Decreto Legislativo N° 1452, que modifica la

Ley N° 27444, Ley de Procedimientos Administrativo General (2018). - D.S. N° 004-2019-JUS (TUO-2019) - Decreto Legislativo. N° 1272 (20/12/2016) GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN ALCALDÍA 11 X 04 (Cuatro) días SUB GERENCIA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO Y ARCHIVO SUB GERENCIA DE ADM. TRIBUTARIO Y RENTAS

15

(16)

CION

NUMERO Y

DENOMINACION

CODIGO/UBICA

CIÓN

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA ESTABLECIMIENTOS

CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO MEDIO. (CON ITSE POSTERIOR AL OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO).

REQUISITOS GENERALES:

Base legal:

1- SOLICITUD DE Licencia de Funcionamiento con carácter de declaración jurada que incluye: a- Persona Jurídica u otros entes colectivos, su número de RUC y su número de DNI o Carné de extranjería de su representante legal.

- LOM N° 27972 (27.05.2003) Art. 79° numeral 3.6.4.

b- Persona natural, N° de su RUC y DNI o Carné de extranjería, y si actúan con representante, también adjuntar su N° DNI o Carné de extranjería del representante.

c- Copia del recibo de pago en caja de la Municipalidad derechos de Licencia de funcionamiento.

- Dec. Sup. N° 046-2017-PCM, TUO de la Ley 28976 (20.4.2017) Art. 5, 7 y 8 numeral 8.1, 8.2 literal a)- 9-A, 11. 15.

d- Número de Reporte de nivel de riesgo

- Dec. Sup. N° 006-2017-JUS, TUO de la Ley 27444 (20.03.2017) Art. 42, 47, 51 y 52.

2- En el caso de persona jurídica u otros entes colectivos, Declaración jurada del representante legal o apoderado, señalando que su poder se encuentra vigente, consignando el número de partida electrónica y asiento de inscripción en la SUNARP. 3- Tratándose de representación de personas naturales, adjuntar carta poder simple firmado por el poderdante indicando de manera obligatoria el número de su DNI, salvo que se trate de apoderado con poder inscrito en la SUNARP, en cuyo caso basta una declaración jurada en los mismos términos establecidos para personas jurídicas.

- Dec. Sup. N° 002-2018-PCM, Reglamento de Inspecciones Técnicas de

Seguridad en Edificaciones (05.01.2018) Art. 4° numeral 4.1, literal a);Art. 20° numeral 20.1.

4- Declaración jurada del cumplimiento de las condiciones de seguridad en la edificación para edificaciones calificadas con riesgo bajo, adjuntar a la solicitud de licencia de funcionamiento.

5-Adjuntar copia del recibo de pago por ITSE en edificaciones posterior al otorgamiento de licencia de funcionamiento, adjuntando los formatos correspondientes del manual de Inspecciones técnicas Art. 6° del Dec. Sup. 002-2018-PCM. - Resolución Jefatural N° 016-2018-CENEPRED/J. Manual de Ejecución

de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (23.01.2018) numeral 1.1.1 y 1.1.2 del numeral 1.1 literal a) del numeral II.

6- Certificado de zonificación y compatibilidad de uso

- Decreto Supremo N° 006-2013-PCM. 10.01.2013) Aprueba la relación

de autorizaciones sectoriales de las Entidades del poder ejecutivo que deben ser exigidas como requisito previo al otorgamiento de la licencia de funcionamiento. Art. 3 ° y anexo.

7-REQUISITOS ESPECIALES: en los

supuestos que a continuación se detallan: SUB GERENCIA DE ADM. TRIBUTARIO Y RENTAS GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN ALCALDÍA 12 250.00 X 4 (Cuatro) días SUB GERENCIA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO Y ARCHIVO

16

(17)

CION

NUMERO Y

DENOMINACION

CODIGO/UBICA

CIÓN

- Dec. Legislativo 1246 Aprueba diversas medidas de simplificación Administrativa. (publicado 10.11.2016) Art. 2, 3, 4 y 5.

a- Declaración jurada de contar con título profesional y habilitación vigente

del colegio profesional

correspondiente, en caso de servicios relacionados con la salud. b- Declaración jurada de contar con el número de estacionamientos exigibles de conformidad con el artículo 9-A del Decreto Supremo N° 046-2017-PCM.

- Ley N° 30619 Ley que modifica la vigencia del Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (publicado el 27.07.2017) artículo único.

c- Declaración jurada de contar con la autorización sectorial respectiva, en el caso de actividades que conforme a ley la requieren de manera previa al otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento.

d- Cuando se trate de un inmueble declarado Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación presentar copia simple de autorización expedido por el Ministerio de Cultura conforme a la Ley 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; excepto, en los casos en que el Ministerio de Cultura haya participado en las etapas de remodelación y monitoreo de ejecución de obras previas inmediatas a la solicitud de la licencia del local. La exigencia de la autorización del Ministerio de Cultura

para otorgar licencia de

funcionamiento se aplica

exclusivamente para los inmuebles declarados Monumentos Integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación

- Decreto Legislativo N° 1271, que modifica la Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento - Decreto Legislativo N° 1452, que modifica la

Ley N° 27444, Ley de Procedimientos Administrativo General (2018). - D.S. N° 004-2019-JUS (TUO-2019)

- Decreto Legislativo. N° 1272 (20/12/2016)

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA ESTABLECIMIENTOS CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO ALTO. (CON ITSE PREVIA AL OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO).

REQUISITOS GENERALES:

Base legal:

1- Solicitud de Licencia de Funcionamiento con carácter de declaración jurada que incluye: a- Persona Jurídica u otros entes colectivos, su número de RUC y su número de DNI o Carné de extranjería de su representante legal.

(18)

CION

NUMERO Y

DENOMINACION

CODIGO/UBICA

CIÓN

- LOM N° 27972 (27.05.2003) Art. 79° numeral 3.6.4.

b- Persona natural, N° de su RUC y DNI o Carné de extranjería, y si actúan con representante, también adjuntar su N° DNI o Carné de extranjería del representante.

c- Copia del recibo de pago en caja de la Municipalidad derechos de Licencia de funcionamiento.

- Dec. Sup. N° 046-2017-PCM, TUO de la Ley 28976 (20.4.2017) Art. 5, 7 y 8 numeral 8.1, 8.2 literal a)- 9-A, 11. 15.

d- Número de Reporte de nivel de riesgo

- Dec. Sup. N° 006-2017-JUS, TUO de la Ley 27444 (20.03.2017) Art. 42, 47, 51 y 52.

2- En el caso de persona jurídica u otros entes colectivos, Declaración jurada del representante legal o apoderado, señalando que su poder se encuentra vigente, consignando el número de partida electrónica y asiento de inscripción en la SUNARP. 3- Tratándose de representación de personas naturales, adjuntar carta poder simple firmado por el poderdante indicando de manera obligatoria el número de su DNI, salvo que se trate de apoderado con poder inscrito en la SUNARP, en cuyo caso basta una declaración jurada en los mismos términos establecidos para personas jurídicas.

- Dec. Sup. N° 002-2018-PCM, Reglamento de Inspecciones Técnicas de

Seguridad en Edificaciones (05.01.2018) Art. 4° numeral 4.1, literal a);Art. 25°, 26°, 27° Y 28°.

4-Para el ITSE previa al otorgamiento de la Licencia de funcionamiento el administrado debe presentar conjuntamente con la solicitud de licencia, los documentos técnicos en copia simple, firmado por el profesional o empresa responsable,

cuando corresponda de los

documentos que a continuación se indican:

a-Croquis de ubicación. - Resolución Jefatural N° 016-2018-CENEPRED/J. Manual de Ejecución

de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (23.01.2018) numeral 1.1.1 y 1.1.2 del numeral 1.1 literal a) del numeral II.

b- Plano de arquitectura de la distribución existente y detalle del cálculo de aforo.

c- Plano de distribución de tableros eléctricos, diagramas unilaterales y cuadro de cargas.

- Decreto Supremo N° 006-2013-PCM. 10.01.2013) Aprueba la relación

de autorizaciones sectoriales de las Entidades del poder ejecutivo que deben ser exigidas como requisito previo al otorgamiento de la licencia de funcionamiento. Art. 3 ° y anexo.

d- Certificado vigente de medición de resistencia del sistema de puesta a tierra.

e- Plan de seguridad del

establecimiento Objeto de Inspección.

- Dec. Legislativo 1246 Aprueba diversas medidas de simplificación Administrativa. (publicado 10.11.2016) Art. 2, 3, 4 y 5.

f-Memoria o protocolo de pruebas de operatividad y/o mantenimiento de los equipos de seguridad y protección contra incendio.

5.Certificado de zonificación y compatibilidad de uso

- Ley N° 30619 Ley que modifica la vigencia del Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (publicado el 27.07.2017) artículo único. NOTA: 10 (Diez) días SUB GERENCIA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO Y ARCHIVO SUB GERENCIA DE ADM. TRIBUTARIO Y RENTAS GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN ALCALDÍA 13 500.00 X

18

(19)

CION

NUMERO Y

DENOMINACION

CODIGO/UBICA

CIÓN

No son exigibles el croquis ni planos a que se refieren los numerales 1), 2) y 3) del literal precedente en el caso de edificaciones que cuentan con conformidad de obra y no han sufrido modificaciones, siempre que se trate

de documentos que fueron

presentados a la municipalidad durante los cinco (5) años anteriores inmediatos, de conformidad con los establecido en el Art. 48 del TUO de la Ley 27444.

5-REQUISITOS ESPECIALES: en los

supuestos que a continuación se detallan:

a- Declaración jurada de contar con título profesional y habilitación vigente

del colegio profesional

correspondiente, en caso de servicios relacionados con la salud. b- Declaración jurada de contar con el número de estacionamientos exigibles de conformidad con el artículo 9-A del Decreto Supremo N° 046-2017-PCM. c- Declaración jurada de contar con la autorización sectorial respectiva, en el caso de actividades que conforme a ley la requieren de manera previa al otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento.

d- Cuando se trate de un inmueble declarado Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación presentar copia simple de autorización expedido por el Ministerio de Cultura conforme a la Ley 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; excepto, en los casos en que el Ministerio de Cultura haya participado en las etapas de remodelación y monitoreo de ejecución de obras previas inmediatas a la solicitud de la licencia del local. La exigencia de la autorización del Ministerio de Cultura

para otorgar licencia de

funcionamiento se aplica

exclusivamente para los inmuebles declarados Monumentos Integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA ESTABLECIMIENTOS CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO MUY ALTO. (CON ITSE PREVIA AL OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO).

REQUISITOS GENERALES:

Base legal:

1- Solicitud de Licencia de Funcionamiento con carácter de declaración jurada que incluye:

X

(20)

CION

NUMERO Y

DENOMINACION

CODIGO/UBICA

CIÓN

a- Persona Jurídica u otros entes colectivos, su número de RUC y su número de DNI o Carné de extranjería de su representante legal.

700.00

- LOM N° 27972 (27.05.2003) Art. 79° numeral 3.6.4.

b- Persona natural, N° de su RUC y DNI o Carné de extranjería, y si actúan con representante, también adjuntar su N° DNI o Carné de extranjería del representante.

c- Copia del recibo de pago en caja de la Municipalidad derechos de Licencia de funcionamiento.

- Dec. Sup. N° 046-2017-PCM, TUO de la Ley 28976 (20.4.2017) Art. 5, 7 y 8 numeral 8.1, 8.2 literal a)- 9-A, 11. 15.

d- Número de Reporte de nivel de riesgo

- Dec. Sup. N° 006-2017-JUS, TUO de la Ley 27444 (20.03.2017) Art. 42, 47, 51 y 52.

2- En el caso de persona jurídica u otros entes colectivos, Declaración jurada del representante legal o apoderado, señalando que su poder se encuentra vigente, consignando el número de partida electrónica y asiento de inscripción en la SUNARP. 3- Tratándose de representación de personas naturales, adjuntar carta poder simple firmado por el poderdante indicando de manera obligatoria el número de su DNI, salvo que se trate de apoderado con poder inscrito en la SUNARP, en cuyo caso basta una declaración jurada en los mismos términos establecidos para personas jurídicas.

- Dec. Sup. N° 002-2018-PCM, Reglamento de Inspecciones Técnicas de

Seguridad en Edificaciones (05.01.2018) Art. 4° numeral 4.1, literal a);Art. 25°, 26°, 27° Y 28°.

4-Para el ITSE previa al otorgamiento de la Licencia de funcionamiento el administrado debe presentar conjuntamente con la solicitud de licencia, los documentos técnicos en copia simple, firmado por el profesional o empresa responsable,

cuando corresponda de los

documentos que a continuación se indican:

a-Croquis de ubicación. - Resolución Jefatural N° 016-2018-CENEPRED/J. Manual de Ejecución

de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (23.01.2018) numeral 1.1.1 y 1.1.2 del numeral 1.1 literal a) del numeral II.

b- Plano de arquitectura de la distribución existente y detalle del cálculo de aforo.

c- Plano de distribución de tableros eléctricos, diagramas unilaterales y cuadro de cargas.

- Decreto Supremo N° 006-2013-PCM. 10.01.2013) Aprueba la relación

de autorizaciones sectoriales de las Entidades del poder ejecutivo que deben ser exigidas como requisito previo al otorgamiento de la licencia de funcionamiento. Art. 3 ° y anexo.

d- Certificado vigente de medición de resistencia del sistema de puesta a tierra.

e- Plan de seguridad del

establecimiento Objeto de Inspección.

- Dec. Legislativo 1246 Aprueba diversas medidas de simplificación Administrativa. (publicado 10.11.2016) Art. 2, 3, 4 y 5.

f-Memoria o protocolo de pruebas de operatividad y/o mantenimiento de los equipos de seguridad y protección contra incendio. 5. Certificado de zonificación y compatibilidad de uso SUB GERENCIA DE ADM. TRIBUTARIO Y RENTAS GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN ALCALDÍA 14 10 (Diez) días SUB GERENCIA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO Y ARCHIVO

20

(21)

CION

NUMERO Y

DENOMINACION

CODIGO/UBICA

CIÓN

- Ley N° 30619 Ley que modifica la vigencia del Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (publicado el 27.07.2017) artículo único.

NOTA:

No son exigibles el croquis ni planos a que se refieren los numerales 1), 2) y 3) del literal precedente en el caso de edificaciones que cuentan con conformidad de obra y no han sufrido modificaciones, siempre que se trate

de documentos que fueron

presentados a la municipalidad durante los cinco (5) años anteriores inmediatos, de conformidad con los establecido en el Art. 48 del TUO de la Ley 27444.

5-REQUISITOS ESPECIALES: en los

supuestos que a continuación se detallan:

a- Declaración jurada de contar con título profesional y habilitación vigente

del colegio profesional

correspondiente, en caso de servicios relacionados con la salud. b- Declaración jurada de contar con el número de estacionamientos exigibles de conformidad con el artículo 9-A del Decreto Supremo N° 046-2017-PCM. c- Declaración jurada de contar con la autorización sectorial respectiva, en el caso de actividades que conforme a ley la requieren de manera previa al otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento.

d- Cuando se trate de un inmueble declarado Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación presentar copia simple de autorización expedido por el Ministerio de Cultura conforme a la Ley 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; excepto, en los casos en que el Ministerio de Cultura haya participado en las etapas de remodelación y monitoreo de ejecución de obras previas inmediatas a la solicitud de la licencia del local. La exigencia de la autorización del Ministerio de Cultura

para otorgar licencia de

funcionamiento se aplica

exclusivamente para los inmuebles declarados Monumentos Integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO CESIONARIOS PARA

ESTABLECIMIENTOS CALIFICADAS CON UN NIVEL DE RIESGO BAJO. REQUISITOS GENERALES:

(22)

CION

NUMERO Y

DENOMINACION

CODIGO/UBICA

CIÓN

(CON ITSE POSTERIOR AL OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE

FUNCIONAMIENTO).

1- Solicitud de Licencia de Funcionamiento con carácter de declaración jurada que incluye:

Base legal:

a- Persona Jurídica u otros entes colectivos, su número de RUC y su número de DNI o Carné de extranjería de su representante legal. b- Persona natural, N° de su RUC y DNI o Carné de extranjería, y si actúan con representante, también adjuntar su N° DNI o Carné de extranjería del representante.

- LOM N° 27972 (27.05.2003) Art. 79° numeral 3.6.4.

c- Copia del recibo de pago en caja de la Municipalidad derechos de Licencia de funcionamiento.

d- Número de Reporte de nivel de riesgo

- Dec. Sup. N° 046-2017-PCM, TUO de la Ley 28976 (20.4.2017) Art. 5, 7 y 8 numeral 8.1, 8.2 literal a)- 9-A, 11. 15.

2- En el caso de persona jurídica u otros entes colectivos, Declaración jurada del representante legal o apoderado, señalando que su poder se encuentra vigente, consignando el número de partida electrónica y asiento de inscripción en la SUNARP.

- Dec. Sup. N° 011-2017-PRODUCE, que aprueba los lineamientos para determinar los giros afines o complementarios entre sí para el otorgamiento de licencia de funcionamiento y listado de actividades simultaneas y adicionales que pueden desarrollar con la presentación de una declaración jurada ante la Municipalidad (publicado 21.08.2017) Art.1 y 2, numeral 6.5 lineamiento 5.

3- Tratándose de representación de personas naturales, adjuntar carta poder simple firmado por el poderdante indicando de manera obligatoria el número de su DNI, salvo que se trate de apoderado con poder inscrito en la SUNARP, en cuyo caso basta una declaración jurada en los mismos términos establecidos para personas jurídicas.

4- Declaración jurada del cumplimiento de las condiciones de seguridad en la edificación para edificaciones calificadas con riesgo bajo, adjunta a la solicitud de licencia de Funcionamiento.

- Dec. Sup. N° 006-2017-JUS, TUO de la Ley 27444 (20.03.2017) Art. 42, 47, 51 y 52.

5-Adjuntar copia del recibo de pago por ITSE en edificaciones posterior al otorgamiento de licencia de funcionamiento, adjuntando los formatos correspondientes del manual de Inspecciones técnicas Art. 6° del Dec. Sup. 002-2018-PCM. 6- Certificado de zonificación y compatibilidad de uso

- Dec. Sup. N° 002-2018-PCM, Reglamento de Inspecciones Técnicas de

Seguridad en Edificaciones (05.01.2018) Art. 4° numeral 4.1, literal a);Art. 20°, numeral 20.1.

7-REQUISITOS ESPECIALES: en los

supuestos que a continuación se detallan:

- Resolución Jefatural N° 016-2018-CENEPRED/J. Manual de Ejecución

de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (23.01.2018) numeral 1.1.1 y 1.1.2 del numeral 1.1 literal a) del numeral II.

e- Declaración jurada de contar con título profesional y habilitación vigente

del colegio profesional

correspondiente, en caso de servicios relacionados con la salud.

4(Cuatro) días SUB GERENCIA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO Y ARCHIVO SUB GERENCIA DE ADM. TRIBUTARIO Y RENTAS GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN ALCALDÍA 15 240.00 X

22

(23)

CION

NUMERO Y

DENOMINACION

CODIGO/UBICA

CIÓN

- Decreto Supremo N° 006-2013-PCM. 10.01.2013) Aprueba la relación

de autorizaciones sectoriales de las Entidades del poder ejecutivo que deben ser exigidas como requisito previo al otorgamiento de la licencia de funcionamiento. Art. 3 ° y anexo.

f-Declaración jurada de contar con el número de estacionamientos exigibles de conformidad con el artículo 9-A del Decreto Supremo N° 046-2017-PCM. g- Declaración jurada de contar con la autorización sectorial respectiva, en el caso de actividades que conforme a ley la requieren de manera previa al otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento.

- Dec. Legislativo 1246 Aprueba diversas medidas de simplificación Administrativa. (publicado 10.11.2016) Art. 2, 3, 4 y 5.

h- Cuando se trate de un inmueble declarado Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación presentar copia simple de autorización expedido por el Ministerio de Cultura conforme a la Ley 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; excepto, en los casos en que el Ministerio de Cultura haya participado en las etapas de remodelación y monitoreo de ejecución de obras previas inmediatas a la solicitud de la licencia del local. La exigencia de la autorización del Ministerio de Cultura

para otorgar licencia de

funcionamiento se aplica

exclusivamente para los inmuebles declarados Monumentos Integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación

- Ley N° 30619 Ley que modifica la vigencia del Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (publicado el 27.07.2017) artículo único.

- Decreto Legislativo N° 1271, que modifica la Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento - Decreto Legislativo N° 1452, que modifica la

Ley N° 27444, Ley de Procedimientos Administrativo General (2018). - D.S. N° 004-2019-JUS (TUO-2019)

- Decreto Legislativo. N° 1272 (20/12/2016)

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA CESIONARIOS EN

ESTABLECIMIENTOS CALIFICADAS CON UN NIVEL DE RIESGO MEDIO.REQUISITOS GENERALES: (CON ITSE POSTERIOR AL OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE

FUNCIONAMIENTO).

1- Solicitud de Licencia de Funcionamiento con carácter de declaración jurada que incluye:

(24)

CION

NUMERO Y

DENOMINACION

CODIGO/UBICA

CIÓN

Base legal:

a- Persona Jurídica u otros entes colectivos, su número de RUC y su número de DNI o Carné de extranjería de su representante legal. b- Persona natural, N° de su RUC y DNI o Carné de extranjería, y si actúan con representante, también adjuntar su N° DNI o Carné de extranjería del representante.

- LOM N° 27972 (27.05.2003) Art. 79° numeral 3.6.4.

c- Copia del recibo de pago en caja de la Municipalidad derechos de Licencia de funcionamiento.

d- Número de Reporte de nivel de riesgo

- Dec. Sup. N° 046-2017-PCM, TUO de la Ley 28976 (20.4.2017) Art. 5, 7

y 8 numeral 8.1, 8.2 literal a)- 9-A, 11. 15.

2- En el caso de persona jurídica u otros entes colectivos, Declaración jurada del representante legal o apoderado, señalando que su poder se encuentra vigente, consignando el número de partida electrónica y asiento de inscripción en la SUNARP.

- Dec. Sup. N° 011-2017-PRODUCE, que aprueba los lineamientos para

determinar los giros afines o complementarios entre sí para el otorgamiento de licencia de funcionamiento y listado de actividades simultaneas y adicionales que pueden desarrollar con la presentación de una declaración jurada ante la Municipalidad (publicado 21.08.2017) Art.1 y 2, numeral 6.5 lineamiento 5

3- Tratándose de representación de personas naturales, adjuntar carta poder simple firmado por el poderdante indicando de manera obligatoria el número de su DNI, salvo que se trate de apoderado con poder inscrito en la SUNARP, en cuyo caso basta una declaración jurada en los mismos términos establecidos para personas jurídicas.

4- Declaración jurada del cumplimiento de las condiciones de seguridad en la edificación para edificaciones calificadas con riesgo bajo, adjunta a la solicitud de licencia de Funcionamiento.

- Dec. Sup. N° 006-2017-JUS, TUO de la Ley 27444 (20.03.2017) Art. 42,

47, 51 y 52.

5-Adjuntar copia del recibo de pago por ITSE en edificaciones posterior al otorgamiento de licencia de funcionamiento, adjuntando los formatos correspondientes del manual de Inspecciones técnicas Art. 6° del Dec. Sup. 002-2018-PCM. 6- Certificado de zonificación y compatibilidad de uso

- Dec. Sup. N° 002-2018-PCM, Reglamento de Inspecciones Técnicas de

Seguridad en Edificaciones (05.01.2018) Art. 4° numeral 4.1, literal a); Art. 6° y 20°, numeral 20.1.

7-REQUISITOS ESPECIALES: en los

supuestos que a continuación se detallan:

- Resolución Jefatural N° 016-2018-CENEPRED/J. Manual de Ejecución

de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (23.01.2018) numeral 1.1.1 y 1.1.2 del numeral 1.1 literal a) del numeral II.

i- Declaración jurada de contar con título profesional y habilitación vigente

del colegio profesional

correspondiente, en caso de servicios relacionados con la salud.

4 (Cuatro) días SUB GERENCIA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO Y ARCHIVO SUB GERENCIA DE ADM. TRIBUTARIO Y RENTAS GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN ALCALDÍA 16 250.00 X

24

(25)

CION

NUMERO Y

DENOMINACION

CODIGO/UBICA

CIÓN

- Decreto Supremo N° 006-2013-PCM. 10.01.2013) Aprueba la relación

de autorizaciones sectoriales de las Entidades del poder ejecutivo que deben ser exigidas como requisito previo al otorgamiento de la licencia de funcionamiento. Art. 3 ° y anexo.

j-Declaración jurada de contar con el número de estacionamientos exigibles de conformidad con el artículo 9-A del Decreto Supremo N° 046-2017-PCM. k- Declaración jurada de contar con la autorización sectorial respectiva, en el caso de actividades que conforme a ley la requieren de manera previa al otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento.

- Dec. Legislativo 1246 Aprueba diversas medidas de simplificación Administrativa. (publicado 10.11.2016) Art. 2, 3, 4 y 5.

l- Cuando se trate de un inmueble declarado Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación presentar copia simple de autorización expedido por el Ministerio de Cultura conforme a la Ley 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; excepto, en los casos en que el Ministerio de Cultura haya participado en las etapas de remodelación y monitoreo de ejecución de obras previas inmediatas a la solicitud de la licencia del local. La exigencia de la autorización del Ministerio de Cultura

para otorgar licencia de

funcionamiento se aplica

exclusivamente para los inmuebles declarados Monumentos Integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación.

- Ley N° 30619 Ley que modifica la vigencia del Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (publicado el 27.07.2017) artículo único.

- Decreto Legislativo N° 1271, que modifica la Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento - Decreto Legislativo N° 1452, que modifica la

Ley N° 27444, Ley de Procedimientos Administrativo General (2018). - D.S. N° 004-2019-JUS (TUO-2019)

- Decreto Legislativo. N° 1272 (20/12/2016)

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA CESIONARIOS EN ESTABLECIMIENTOS CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO ALTO. (CON ITSE PREVIA AL OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE

FUNCIONAMIENTO). REQUISITOS GENERALES: Base legal:

1- Solicitud de Licencia de Funcionamiento con carácter de declaración jurada que incluye:

(26)

CION

NUMERO Y

DENOMINACION

CODIGO/UBICA

CIÓN

a- Persona Jurídica u otros entes colectivos, su número de RUC y su número de DNI o Carné de extranjería de su representante legal.

- LOM N° 27972 (27.05.2003) Art. 79° numeral 3.6.4.

b- Persona natural, N° de su RUC y DNI o Carné de extranjería, y si actúan con representante, también adjuntar su N° DNI o Carné de extranjería del representante.

c- Copia del recibo de pago en caja de la Municipalidad derechos de Licencia de funcionamiento.

- Dec. Sup. N° 046-2017-PCM, TUO de la Ley 28976 (20.4.2017) Art. 5, 7 y 8 numeral 8.1, 8.2 literal a)- 9-A, 11. 15.

d- Número de Reporte de nivel de riesgo

- Dec. Sup. N° 011-2017-PRODUCE, que aprueba los lineamientos para

determinar los giros afines o complementarios entre sí para el otorgamiento de licencia de funcionamiento y listado de actividades simultaneas y adicionales que pueden desarrollar con la presentación de una declaración jurada ante la Municipalidad (publicado 21.08.2017) Art.1 y 2, numeral 6.5 lineamiento 5

2- En el caso de persona jurídica u otros entes colectivos, Declaración jurada del representante legal o apoderado, señalando que su poder se encuentra vigente, consignando el número de partida electrónica y asiento de inscripción en la SUNARP. 3- Tratándose de representación de personas naturales, adjuntar carta poder simple firmado por el poderdante indicando de manera obligatoria el número de su DNI, salvo que se trate de apoderado con poder inscrito en la SUNARP, en cuyo caso basta una declaración jurada en los mismos términos establecidos para personas jurídicas.

- Dec. Sup. N° 006-2017-JUS, TUO de la Ley 27444 (20.03.2017) Art. 42,

47, 51 y 52.

4- Para el ITSE previa al otorgamiento de la Licencia de funcionamiento el administrado debe presentar conjuntamente con la solicitud de licencia, los documentos técnicos en copia simple, firmado por el profesional o empresa responsable,

cuando corresponda de los

documentos que a continuación se indican:

a-Croquis de ubicación. - Dec. Sup. N° 002-2018-PCM, Reglamento de Inspecciones Técnicas de

Seguridad en Edificaciones (05.01.2018) Art. 4° numeral 4.1, literal a);Art. 25°, 26°, 27° Y 28°.

b- Plano de arquitectura de la distribución existente y detalle del cálculo de aforo.

c- Plano de distribución de tableros eléctricos, diagramas unilaterales y cuadro de cargas.

- Resolución Jefatural N° 016-2018-CENEPRED/J. Manual de Ejecución

de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (23.01.2018) numeral 1.1.1 y 1.1.2 del numeral 1.1 literal a) del numeral II.

d- Certificado vigente de medición de resistencia del sistema de puesta a tierra.

e- Plan de seguridad del

establecimiento Objeto de Inspección. - Decreto Supremo N° 006-2013-PCM. 10.01.2013) Aprueba la relación

de autorizaciones sectoriales de las Entidades del poder ejecutivo que deben ser exigidas como requisito previo al otorgamiento de la licencia de funcionamiento. Art. 3 ° y anexo.

f-Memoria o protocolo de pruebas de operatividad y/o mantenimiento de los equipos de seguridad y protección contra incendio.

5. Certificado de zonificación y compatibilidad de uso

- Dec. Legislativo 1246 Aprueba diversas medidas de simplificación

Administrativa. (publicado 10.11.2016) Art. 2, 3, 4 y 5.

10 (Diez) Dias SUB GERENCIA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO Y ARCHIVO SUB GERENCIA DE ADM. TRIBUTARIO Y RENTAS ALCALDÍA 17 500.00 X

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