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BASES DE LICITACIÓN LICITACION LC MSJ NOG

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BASES DE LICITACIÓN

LICITACION LC 04-2015 MSJ “NOG-4077741”

La Municipalidad de San Juan Sacatepéquez del departamento de Guatemala, invita a participar en la licitación para la construcción del proyecto “AMPLIACION CALLE CASERIO REALHUIT, ALDEA SACSUY, SAN JUAN SACATEPEQUEZ”

Información general del proyecto:

Nombre: AMPLIACION CALLE

Ubicación: CASERIO REALHUIT, ALDEA SACSUY, SAN JUAN SACATEPEQUEZ Unidad ejecutora: Municipalidad de San Juan Sacatepéquez

Descripción: El proyecto consiste en la ampliación de la calle existente y se conformara de la siguiente manera:

Pavimentación de concreto de 2500 m2 en donde se realizará trazo y nivelación, corte de terreno y construcción de cunetas.

DOCUMENTOS DE LICITACIÓN

ANALISIS DE BASES DE LICITACION: Los oferentes deben analizar con atención la totalidad de los documentos de Licitación y todas las adendas que se hubiese emitido, y se tendrá por informado sobre todas las condiciones que pudieran en cualquier forma, afectar el costo o la ejecución de los trabajos. La omisión de estos extremos será de riesgo exclusivo del oferente y no se concederá ningún descargo por errores y/o omisiones que le sean atribuibles. La presentación de una oferta será considerada evidencia suficiente de que el oferente tiene pleno conocimiento y acepta todas y cada una de las condiciones establecidas en la presente Licitación. Los documentos de licitación son la agrupación de documentos que se integran por: Bases de licitación, especificaciones generales, especificaciones técnicas, disposiciones especiales y planos, según artículo 18 de la Ley de Contrataciones del Estado. Los documentos de licitación norman el procedimiento que rige la licitación desde la convocatoria inicial; proveyendo la información para que el oferente pueda presentar su oferta con pleno conocimiento de los aspectos legales, administrativos y financieros que rigen la licitación, contratación, ejecución y gestión del proyecto que se está licitando, con base en la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento y todas aquellas disposiciones legales, técnicas y administrativas aplicables.

Definiciones: Siempre que en los documentos de licitación se usen los términos indicados a continuación, su objeto y significado deberá entenderse así: Ley: Ley de Contrataciones del Estado, Decreto 57-92 del Congreso de la Republica; Reglamento: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, Acuerdo Gubernativo No. 1056-92 del 22 de diciembre de 1992; Normas de transparencia: Normas de transparencia en los procedimientos de compra o contratación pública, Acuerdo Ministerial 24-2010 del Ministerio de Finanzas Publicas:

Estimación: documento formulado por el contratista en papel simple sin membretes de acuerdo a formato requerido por la Municipalidad, conciliado por el supervisor y autorizado por la Municipalidad que incluye la cantidad estimada de cada renglón de trabajo ejecutado en un periodo de tiempo específico, de acuerdo con el contrato, los planos, las especificaciones y documentos debidamente aprobados; Oferente, Adjudicatario, Contratista, Plazo Contractual, Vigencia del Contrato, Autoridad Administrativa Superior de la Entidad Interesada o Autoridad Administrativa Superior, Autoridad Superior: Términos definidos en el artículo 78 del Reglamento; Junta o Junta de Licitación: Órgano integrado como lo establece el artículo 11 de la Ley, que le compete recibir, calificar las ofertas y adjudicar la licitación, de acuerdo al artículo 10 de la Ley. Oferta: propuesta que presenta cada oferente para la ejecución del objeto del contrato; Renglones de trabajo: partes en que se divide convencionalmente el proyecto para fines de la oferta, medición, programación y pago; Unidad o Unidad de Trabajo:

unidad de medida que se establece como base para cuantificar cada renglón de trabajo, para fines de programación, medición y pago;

Supervisor: persona individual o jurídica designada por la Municipalidad que tiene a su cargo la supervisión de la ejecución del proyecto contratado, que comprende los asuntos técnicos relacionados con la ejecución del contrato correspondiente; el supervisor puede ser un Delegado Residente específico para el proyecto o un supervisor municipal que tenga a su cargo varios proyectos al mismo tiempo. Cuando por cualquier motivo relacionado con la magnitud del proyecto o la falta de disponibilidad presupuestaria, no fuera posible contratar un supervisor, las actividades relacionadas estarán a cargo del Director Municipal de Planificación, pudiendo auxiliarse del personal a su cargo; Precio unitario: la medida y el pago de la actividad, en la forma que indican los diferentes renglones o actividades que contemplan la modalidad de pago por precio unitario y la cantidad total a pagar será computada al precio unitario contenido en la oferta. Documento de cambio: documento que contiene uno o más de los documentos a los que se refiere el artículo 52 de la Ley definidos en el artículo 28 del Reglamento, el cual debe ser justificado, formulado, conciliado, avalado y autorizado, previo a que el supervisor ordene su ejecución; se origina cuando -durante la ejecución de un contrato- se encuentran situaciones no previstas o no detectadas y no incluidas en los estudios de los documentos de licitación, que imposibilitan o dificultan el cumplimiento normal de lo pactado o la terminación del proyecto.

La municipalidad se reserva los siguientes derechos: 1.1. La Junta de Licitación podrá rechazar, sin responsabilidad de su parte, las ofertas que no se ajusten a los requisitos establecidos en los documentos de Licitación. 1.2 Si ocurriere un caso fortuito o fuerza mayor que impidiese la continuación del proceso de Licitación, se prescindirá de la negociación de Acuerdo con el Artículo 37 de la Ley de Contrataciones del Estado y Artículo 6 del Decreto 11-2006 del Congreso de la República. Modificación de las bases de licitación: La Municipalidad de San Juan Sacatepéquez expresamente se reserva el derecho de modificar, cualquier parte de las bases de Licitación, en cualquier momento anterior a los quince (15) días calendario previos a la fecha de presentación y recepción de ofertas estipuladas en la Convocatoria de Licitación.

Las modificaciones, si las hubiese, se darán en forma de adenda o anexos, que serán proporcionadas a todos los oferentes a través de GUATECOMPRAS, si el caso lo amerita, se otorgará un plazo adicional para la presentación de ofertas de conformidad con lo establecido en el Artículo 19 (bis) de la Ley de Contrataciones del Estado.

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1. BASES DE LICITACIÓN

Las bases de licitación establecen los requisitos solicitados para ofertar, las condiciones que deben reunir los oferentes y las obligaciones y derechos del adjudicatario y contratista durante la gestión del proyecto.

1.1 Condiciones que deben reunir los oferentes: Podrán participar en la licitación las personas individuales o jurídicas que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases y demás documentos de licitación, en la Ley, su Reglamento y todas aquellas disposiciones legales y administrativas aplicables; Estar inscrito en el Registro Mercantil; Estar inscrito en la Superintendencia de Administración Tributaria; Estar inscrito en el Registro de Precalificados de Obras del Ministerio de Comunicaciones; No estar comprendido entre las prohibiciones a que se refiere el Artículo 80 de la Ley. El oferente que resulte adjudicado deberá emplear profesionales afines a la materia del proyecto, colegiados activos, para la dirección técnica del mismo.

Queda entendido que el oferente, ha investigado y está enterado de las condiciones que encontrara en el terreno y los servicios existentes donde se ejecutara el proyecto, asimismo, que conoce los requisitos de la licitación y que acepta en forma expresa estas bases y especificaciones generales y las condiciones contenidas en los documentos de la licitación, la presentación de una oferta será considerada como evidencia concluyente que el oferente ha efectuado tal investigación y conoce las condiciones que afectaran la ejecución del contrato. Errores, faltas y omisiones en la información y cualquier omisión del oferente en la obtención de la información, no lo eximirá de la responsabilidad de apreciar adecuadamente las dificultades y los costos para la ejecución satisfactoria del proyecto, de tal forma que quede completamente terminado y los equipos cuenten con todos sus accesorios para que puedan operar eficientemente y así se dé el complimiento a las obligaciones que se derivan de los documentos de la licitación y el contrato, debiendo entenderse que todos los costos corren por cuenta del contratista.

1.2 Listado de documentos que debe contener la plica: Se deberá presentar la Oferta firmada por el representante legal de la empresa oferente, en papel simple de acuerdo al modelo de oferta incluido en las disposiciones especiales, indicando en letras y números su valor incluyendo el IVA y que acepta la forma de pago que se señala en los documentos de licitación. Como parte de la oferta se deberá presentar en original y dos copias debidamente foliados, los siguientes documentos:

1.2.1 Garantía de sostenimiento de oferta por el equivalente al 5% del valor de la Oferta, constituida a favor de la Municipalidad de San Juan Sacatepéquez, Guatemala.

1.2.2 Constancia de inscripción en el registro tributario unificado de la Superintendencia de Administración Tributaria.

1.2.3 Constancia de inscripción en el Registro de Precalificados de Obras del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda.

1.2.4 Constancia específica para ejecutar el proyecto, emitida por el Registro de Precalificados de Obras.

1.2.5 Copia de Patente de Comercio de Empresa.

1.2.6 Copia de Documento personal de identificación (DPI) del representante legal del oferente.

1.2.7 Cuadro de oferta con indicación de precios unitarios y totales de los renglones de trabajo, conforme al modelo que se incluye en las disposiciones especiales.

1.2.8 Programa preliminar de inversión y ejecución que concuerde con el plazo ofertado, indicando la inversión en cada periodo de tiempo de ejecución de cada renglón o actividad y los porcentajes correspondientes; de conformidad con el modelo que se incluye en disposiciones especiales.

1.2.9 Integraciones de precios unitarios de los renglones de trabajo de su oferta, desglosando los materiales, mano de obra y sus prestaciones, equipo y otros para el costo directo, más el porcentaje de costos indirectos, en la forma que se indica en el modelo que se incluye en las disposiciones especiales.

1.2.10 Declaración Jurada del oferente y su representante legal, con firma autenticada o en acta notarial, de no estar comprendido en ninguno de los casos a que se refieren los artículos 19 inciso 10, 26 y 80 de la Ley, indicando además en forma expresa que acepta las condiciones establecidas en los documentos de licitación y que no ejerce autoridad ni es empleado de ninguna Entidad Estatal, de conformidad con el modelo incluido en disposiciones especiales.

1.2.11 Declaración jurada que haga constar; que toda la información y documentos anexos proporcionados por el oferente al Registro de Proveedores adscrito al Ministerio de Finanzas Públicas está actualizada y es de fácil acceso; y sobre la inexistencia de conflicto de interés entre el oferente y el Banco que acredite la titularidad de sus cuentas bancarias.

1.2.12 Certificación Bancaria que acredite la titularidad de las cuentas y operaciones bancarias que posee el oferente. Para el efecto deberá contener la información siguiente: 1) Identificación del cuentahabiente; 2) Tipo de cuentas que posee en la entidad bancaria; 3) Promedio de cifras antes del punto decimal de los saldos que posee; 4) Tiempo de manejo de la cuenta; 5) Clase de cuentahabientes; 6) Determinación si posee créditos; 7) Saldo del deudor; y 8) Clasificación o categoría del deudor de conformidad con la normativa correspondiente.

En el caso de sociedades mercantiles, se deberá adicionar a la plica, los siguientes documentos:

1.2.13 Certificación que enumera e identifica a los actuales accionistas, directivos o socios que conforman la entidad, según corresponda. (En el caso de sociedades mercantiles, únicamente podrán participar las que emitan acciones nominativas).

1.2.14 Copia de Patente de Sociedad, según corresponda.

1.2.15 Fotocopia legalizada que acredite la personalidad jurídica del oferente debidamente inscrito en el Registro Mercantil, según corresponda.

1.2.16 Fotocopia legalizada del nombramiento debidamente inscrito en el Registro Mercantil, en el que se acredite la personería jurídica del representante legal del oferente, según corresponda.

1.2.17 Constancias de estar inscrito en el registro de proveedores del sistema Guatecompras

1.2.18 Acta Notarial de Declaración Jurada en la que se haga constar que el oferente no ha sido declarado No Elegible por supuestas prácticas corruptivas.

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1.3 Lugar, fecha y hora para efectuar la presentación, recepción de ofertas y apertura de plicas: La convocatoria del presente PROCESO se está efectuando a través de la publicación en GUATECOMPRAS correspondiente al presente PROCESO. En dicho NOG 4077741 se pueden descargar sin costo alguno los DOCUMENTOS y seguir el desarrollo del PROCESO.

Transcurridos treinta (30) minutos de la hora señalada para la presentación y recepción de ofertas, no se aceptará alguna más y se procederá al acto público de apertura de plicas. Artículo 23 de la LEY, Artículo 8 del REGLAMENTO y Articulo 11 de las Normas para el Uso del Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Resolución No. 11-2010 del Ministerio de Finanzas Públicas. De todo lo actuado se levantará acta correspondiente en forma simultánea, en conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Ley.

1.4 Recepción de ofertas, apertura de plicas y adjudicación: Las ofertas deberán ser entregadas en el lugar, fecha y hora indicados, en sobre manila un (01) documento original y tres (03) copias autenticadas cerrados y sellados conteniendo en su interior la oferta según modelo y los documentos indicados en el numeral 1.3 de este documento debidamente foliados y ordenados de acuerdo a modelo de índice de contenido interno de la plica y en su portada exterior el oferente deberá pegar una etiqueta que contenga información general del proyecto, de la plica y del oferente según modelo adjunto. En la plica no se debe incluir folios con separadores ni títulos de los documentos, todos los documentos deben ser foliados y tomando en cuenta ambas caras en las hojas de los documentos que presenten información al reverso. Recepción de ofertas y apertura de plicas:

transcurridos 30 minutos después de la hora señalada para la presentación y recepción de ofertas, no se aceptará ninguna más y la junta de licitación procederá de acuerdo al procedimiento que determina el artículo 29 de la Ley. Adjudicación: Considerando únicamente las ofertas aceptadas por la junta de licitación para su calificación durante el procedimiento seguido de acuerdo al artículo 29 de la Ley; en un plazo de 5 días hábiles posteriores a la recepción de ofertas, la junta de licitación procederá a la adjudicación y elaboración del acta de adjudicación.

1.5 Cuadro de oferta: El número o código, nombre, unidad y cantidad de cada uno de los renglones de trabajo del proyecto están contenidos en la información del modelo de cuadro de oferta incluido en las disposiciones especiales; el oferente deberá completarlo con los precios unitarios integrados y totales y adjuntarlo a la plica de su oferta. Este cuadro de oferta contiene supletoriamente el formulario de licitación y forma parte de los documentos de licitación.

1.6 Carta para notificación de cualquier documentación faltante en proceso de revisión de plicas y ejecución del proyecto:

El oferente deberá señalar lugar para recibir notificaciones, emplazamiento, citaciones y correspondencia, dirección exacta, correo electrónico, número de teléfono y número de fax.

1.7 Normas de transparencia y cláusula relativa al cohecho: De conformidad con lo establecido en las Normas de transparencia, en las presentes bases se incluye la cláusula siguiente relativa al cohecho: “CLAUSULA RELATIVA AL COHECHO: Yo el Contratista, manifiesto que conozco las penas relativas al delito de cohecho así como las disposiciones contenidas en el Capítulo III del Título XIII del Decreto 17-73 del Congreso de la República, Código Penal. Adicionalmente, conozco las normas jurídicas que facultan a la Autoridad Superior de la entidad afectada para aplicar las sanciones administrativas que pudieren corresponderme, incluyendo la inhabilitación en el Sistema GUATECOMPRAS.”; la cual será parte del contrato correspondiente que se suscriba con el adjudicatario.

1.8 Experiencia General y Específica en ejecución de proyectos.

1.8.1 Finiquitos de las obras contratadas y construidas durante los últimos cinco (5) años.

1.8.2 Experiencia en ejecución de obras de infraestructura similares al objeto de la Licitación.

1.8.3 Trabajos que esté realizando u obligaciones asumidas por el oferente.

1.9 Hoja de vida del profesional que se asignará para Delegado Residente: En la ejecución del contrato objeto de esta Licitación;

anexar el compromiso de trabajo de dicho personal y constancia de colegiación activa la cual deberá estar vigente durante la entrega y el periodo de ejecución de los trabajos.

1.10 11.2 Errores aritméticos. Siempre y que la oferta se ajuste a los documentos de licitación, la Junta de Licitación corregirá los errores aritméticos de la siguiente manera:

1.11 Errores subsanables

i. Si existiese discrepancia entre un precio unitario y el precio total que se obtenga multiplicando ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario. El precio total será corregido a menos que, a criterio de la Junta de Licitación, exista un error obvio en la colocación del punto decimal del precio unitario en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado y se corregirá el precio unitario;

ii. Si existiese un error en un precio total como consecuencia de la suma o resta de subtotales, prevalecerán los subtotales y el precio total será corregido; y

iii. Si existiese discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras, salvo que la cantidad expresada en palabras tenga relación con un error aritmético, en cuyo caso prevalecerá el monto en cifras.

1.12 Garantías:

Los oferentes deberán presentar de acuerdo al listado de documentos que debe contener la plica; Garantía de sostenimiento de oferta por el equivalente al 5% del valor de la Oferta, constituida a favor de la Municipalidad de San Juan Sacatepéquez, Guatemala. Tendrá una vigencia de ciento veinte (120) días contados a partir de la fecha programada de recepción de ofertas y apertura de plicas. Los oferentes que ocupen el tercer lugar y los siguientes podrán cancelar esta garantía al ser notificados de la aprobación de la adjudicación; el oferente calificado en segundo lugar podrá cancelar esta garantía al ser notificado de la aprobación del contrato; y el adjudicatario podrá cancelar esta garantía hasta que la sustituya la garantía de cumplimiento de contrato. Son causas para hacer efectiva la garantía de sostenimiento de oferta: a) Si el adjudicatario no sostiene su oferta; b) Si no concurre a suscribir el contrato respectivo dentro del plazo que determina el artículo 47 de la Ley o, si habiéndolo hecho no presenta la garantía de cumplimiento dentro del plazo de quince (15) días siguientes a la firma del contrato. En estos casos, quedará sin efecto la adjudicación de la negociación, debiéndose emitir la resolución que así lo disponga y mande a ejecutar la garantía. El adjudicatario que no suscribiere el contrato dentro del plazo que se le señale, será suspendido por el plazo de un año, en el Registro de Precalificados, correspondiente; sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de sostenimiento de oferta. En caso de reincidencia se cancelará en forma definitiva la respectiva inscripción.

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El adjudicatario deberá presentar y constituir en los plazos y condiciones que fija la Ley y el Reglamento, las garantías siguientes:

1. De Cumplimiento. Para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones estipuladas en el contrato, el contratista deberá prestar fianza, depósito en efectivo o constituir hipoteca constituida por el diez por ciento (10%) del monto del contrato respectivo.

La garantía de cumplimiento deberá estar vigente, hasta que la MUNICIPALIDAD extienda la constancia de haber recibido a su satisfacción la garantía de conservación de obra. Causas para hacer efectiva la fianza de cumplimiento: Que el contratista no cumpla con las condiciones y obligaciones establecidas en el Contrato, incluyendo el plazo contractual convenido para la entrega de lo pactado en el contrato, o que no principie la ejecución de mismo dentro del plazo estipulados para el efecto; Que el contratista suspenda unilateralmente la ejecución del contrato sin causa justificada; Que el avance de la ejecución del contrato no se ajuste al programa de trabajo aprobado y que a juicio del supervisor sea por evidente negligencia y debido a insuficientes recursos económicos, mano de obra, materiales, equipo o recursos técnicos; Que los trabajos no se ajusten a los requisitos establecidos en estas bases y especificaciones generales, especificaciones técnicas y en las disposiciones especiales; Que el contratista fuera declarado en quiebra o le fuera embargad el equipo, maquinaria, materiales y fondos que se estén usando en la ejecución del contrato, o los trabajos, siempre y cuando dicho embargo le impida cumplir con sus obligaciones; Que el contratista no constituya las garantías de conservación de obra o de calidad o de funcionamiento y de saldos deudores, de acuerdo a lo estipulado en los artículos 55, 67, 68 y 69 de la Ley respectivamente. Si el contratista cometiera actos dolosos o culposos en perjuicio de la hacienda pública o del proyecto contratado. La fianza de cumplimiento se hará efectiva, con fundamento en el informe que rinda el supervisor, de dicho informe se dará audiencia por diez días a las partes interesadas, para que expresen lo que estimen pertinente, efectuado lo cual, o vencida la audiencia, sin que se presente ningún descargo, sin más trámite se ordenara hacer efectiva la fianza mencionada, lo cual se hará dentro del plazo de treinta días contados a partir de la fecha en que se efectuó el requerimiento, sin formación de juicio aluno, articulo judicial y/o expediente administrativo; 2. De Anticipo. Previo a recibir cualquier suma por concepto de anticipo, el contratista constituirá garantía mediante fianza o hipoteca por el monto de un cien por ciento (100%) del mismo. La garantía podrá reducirse en la medida que se amortice el valor del anticipo cubriendo siempre el máximo del saldo deudor y estará vigente hasta su total amortización. Junto con esta garantía, el Contratista deberá entregar el Programa de Inversión del Anticipo y presentar constancia de pago para la autorización del libro que se utilizará como Bitácora; 3. De Conservación de Obra. El contratista responderá por la conservación de la obra, mediante depósito en efectivo, fianza, hipoteca o prenda, a su elección, que cubra el valor de las reparaciones de las fallas y desperfectos que le sean imputables y que aparecieren durante el tiempo de responsabilidad de dieciocho (18) meses contados a partir de la fecha de recepción de la obra. La garantía de conservación de obra, deberá otorgarse por el equivalente al quince por ciento (15%) del valor original del contrato, como requisito previo para la liquidación de la obra; la garantía de conservación de obra la presenta el contratista sin perjuicio de sus responsabilidades por el plazo de cinco años señalados en el último párrafo del artículo 67 de la Ley; 4. De Saldos Deudores. Para garantizar el pago de saldos deudores que pudieran resultar a favor de LA MUNICIPALIDAD o de terceros en la liquidación, el contratista deberá prestar fianza, depósito en efectivo, constituir hipoteca o prenda, a su elección, por el cinco por ciento (5%) del valor original del contrato. Esta garantía deberá otorgarse como requisito previo para la liquidación de la obra. Aprobada la liquidación, si no hubiere saldos deudores, se cancelará esta garantía.

Formalidades: Las fianzas a que se refieren los documentos de licitación, deberán formalizarse mediante póliza emitida por instituciones autorizadas para operar en Guatemala. Las fianzas no deben perforarse, y para evitar cualquier deterioro se sugiere colocarlas en una bolsa de plástico antes de sujetarlas; este documento no debe ser firmado ni sellado por los oferentes o contratista. Cuando las garantías consistieren en depósitos, deberá hacerse en quetzales o por medio de cheque certificado.

Cuando sea hipoteca o prenda a través de Escritura Pública, debidamente registrada. En todo caso quedará a criterio de los oferentes y contratista las garantías a proporcionar. Base legal: Artículo 69 de la Ley.

1.13 Otros documentos: Durante el desarrollo del contrato deberá presentar, la documentación escrita y digitalizada que se le solicite para facilitar el manejo de estimaciones de trabajo, informes de supervisión y en general cualquier documentación relacionada con la gestión del proyecto.

1.14 Forma de pago: Anticipo: De acuerdo a lo estipulado en el artículo 58 de la Ley, se otorgará un anticipo equivalente al 20% del valor original del contrato, que se hará efectivo de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 66 de la Ley, 33 y 34 de su Reglamento; Pagos parciales por estimaciones: Se harán pagos parciales por estimaciones periódicas de trabajo ejecutado y aceptado por el Supervisor, como lo estipulan los artículos 59 de la Ley y 33, 34 y 35 del Reglamento, descontando el porcentaje de anticipo que corresponda. Cada periodo de tiempo correspondiente a cada estimación, el contratista someterá a consideración del supervisor el avance de los trabajos. Con la conciliación y el aval del supervisor, el contratista presentará a la Municipalidad el requerimiento de pago, adjuntando los cuadros de cantidades de trabajo ejecutado y fotocopia de los folios utilizados de la bitácora durante el periodo de la estimación correspondiente. Con la documentación completa, la autoridad superior autorizará el pago correspondiente. De conformidad con su disponibilidad presupuestaria sin limitación de plazos para la liquidación correspondiente; Falta de Disponibilidad Presupuestaria: Cuando los montos de los recortes presupuestarios del Ministerio de Finanzas, superen la Disponibilidad Presupuestaria Municipal tanto del año fiscal en curso así como la proyectada o estimada de los años siguientes; la municipalidad lo hará del conocimiento del contratista, para coordinar el seguimiento que se le dé al proyecto.

2. ESPECIFICACIONES GENERALES:

Definen y norman requisitos, trabajos y actividades técnicas y administrativas las cuales no tienen relación directa con los renglones que figuran en el cuadro de oferta; para su futuro cumplimiento, los oferentes deberán considerar en sus costos indirectos todos los costos que a su criterio puedan darse, exceptuando aquellos trabajos, insumos o componentes que por sus características deban formar parte de los costos directos de determinados renglones de trabajo.

2.1 Bitácora: Como requisito para el inicio de la obra, el contratista gestionará ante la Contraloría General de Cuentas, la autorización del libro que se utilizará como bitácora y será el responsable del manejo del mismo, el cual permanecerá en obra desde el inicio hasta la recepción de la misma y las anotaciones e instrucciones que se hagan serán coordinadas con el supervisor municipal y estarán relacionadas con el desarrollo de los trabajos y deberá ser entregada a la Comisión receptora y liquidadora cuando se reciba el proyecto.

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2.2 Jerarquía de los documentos:

Cualquier requisito estipulado en los documentos de licitación y contrato es obligatorio, su objeto es la mutua complementación para describir y definir la ejecución de la obra; en caso de discrepancia, la prevalencia de los mismos será en el orden en que se cita a continuación: Disposiciones Especiales, Especificaciones Técnicas, Especificaciones Generales, Planos y Bases de Licitación según lo indicado en el artículo 5 del Reglamento.

La combinación de planos y especificaciones definen razonablemente las características físicas, técnicas y operativas del proyecto; en caso de discrepancia entre dichos documentos, regirá la prevalencia siguiente: los dibujos de detalle rigen sobre los generales, los dibujos a escala mayor rigen sobre los de escala menor y las dimensiones acotadas en los planos rigen sobre las dimensiones tomadas a escala. Adicionalmente, el supervisor y contratista podrán tomar en cuenta cuando sea necesario, además de los documentos de licitación, las normas de otras instituciones y códigos de diseño.

Cuando se estipulen especificaciones o normas extranjeras o de cualquier otra entidad en el contrato o en la documentación complementaria, deberá interpretarse, que se refiere a la edición más reciente a la fecha de anuncio de la licitación.

Para los casos en los que en las Especificaciones Técnicas, Disposiciones Especiales o en los planos se defina algún material o equipo, según lo producido por algún fabricante; debe entenderse que es sólo con el objeto de determinar el tipo y calidad. El contratista podrá suministrar productos de otro fabricante, que sean equivalentes o mejoren la calidad aunque no se indique en las Especificaciones, si previamente han sido aprobados por el contratante, con base en la documentación que éste someta a consideración.

Cualquier duda que surgiera en la interpretación de los documentos de licitación, debe someterse a consideración del supervisor, quien velará por los intereses municipales.

Las decisiones que se tomen ante las discrepancias que puedan darse entre dos o más documentos de licitación no deben restringir o limitar la calidad, cantidad o listado de trabajos que de acuerdo a especificaciones estén incluidos para ejecutar un determinado renglón de trabajo.

2.3 Variaciones del valor del contrato: Las variaciones del valor del contrato pueden efectuarse hasta en un veinte por ciento (20%) en más o en menos del valor original del mismo, por medio de documentos de cambio que contengan Ordenes de Cambio para disminuir las cantidades de trabajo contratadas, Ordenes de Trabajo Suplementario para aumentar las cantidades contratadas o Acuerdos de Trabajo Extra para incluir nuevos renglones; cuando las variaciones excedan del porcentaje antes indicado y no sobrepasen el cuarenta por ciento (40%) del valor original ajustado del Contrato, se celebrará un nuevo contrato adicional, según Artículo 28 del Reglamento. Para ejecutar los trabajos con base en un acuerdo de trabajo extra por tratarse de nuevos renglones, se seguirá el procedimiento siguiente: 1. La formulación de nuevos renglones debe contener diseño, especificaciones y presupuesto elaborados por la Dirección Municipal de Planificación; 2. opinión técnica; 3. aprobación de la autoridad municipal; 4. integración de precios unitarios del contratista con la conciliación o aval del supervisor; 4. aprobación de la autoridad superior; 5. Orden del supervisor para que el contratista ejecute los trabajos. Todo documento de cambio debe ser justificado, formulado y avalado, previo a ser aprobado y autorizado por la entidad contratante; con la aprobación y autorización respectiva el supervisor podrá ordenar ejecutar los trabajos relacionados con los cambios; en los casos que el valor del contrato sea incrementado por un documento de cambio, debe contarse inicialmente con dictamen favorable sobre disponibilidad presupuestaria municipal. Los trabajos por cambios que se ejecuten sin la autorización y orden respectiva, serán a cuenta y riesgo del Contratista. Los planos que se elaboren relacionados con documentos de cambio, formaran parte de los planos finales o como adición a los planos de los documentos de licitación, según corresponda.

2.4 Rotulo: el contratista colocará un rotulo en el proyecto, con las características, dimensiones, logotipo e información que la Municipalidad requiera. La colocación de rótulo es requisito para el pago de la primera estimación.

2.5 Planos finales: en caso que el proyecto haya tenido cambios apreciables respecto a lo indicado en los planos de los documentos de licitación, como requisito para la recepción del proyecto el contratista deberá presentar al supervisor, planos finales de todo el proyecto; y cuando los cambios no hayan sido de consideración o bien siendo de consideración solo ameritan ser complementados, a criterio del supervisor, el contratista solo presentará planos finales relacionados con dichos cambios. En el primer caso, los planos finales sustituyen a los planos de los documentos de licitación, en el segundo caso los complementan.

En todo caso, los planos finales deberán reflejar la inclusión de cualquier modificación hecha a los planos de los documentos de la licitación, que haya sido incorporada por cambios de ubicación, de distribución, por documentos de cambio o por otros motivos.

Si el proyecto se ejecutara sin sufrir cambios, no será necesario realizar planos finales.

2.6 Control de los trabajos: El supervisor decidirá las cuestiones relativas a los trabajos cubiertos por el Contrato, con excepción de los casos en que deba modificarse sustancialmente los planos u otros documentos de licitación, lo que someterá a la decisión del contratante. Decidirá dentro de los límites estipulados en las Especificaciones, todas las cuestiones que surjan con respecto a la calidad, cantidad y aceptación de los materiales suministrados, forma de ejecución, ritmo del progreso de la obra, la interpretación de los planos, especificaciones, el correcto y satisfactorio cumplimiento de los términos del Contrato, el control de la obra en su desarrollo velando por que se ejecute con base en los documentos de licitación, el programa de trabajo y los dibujos o esquemas generados durante la ejecución, tendrán autorización para dictar las medidas necesarias para rechazar los materiales que no se ajusten a las especificaciones, así como suspender temporalmente el trabajo cuando se presente un problema, hasta que se resuelva lo pertinente.

El contratista deberá cumplir todas las instrucciones del supervisor y deberá dejar constancia gráfica del avance de la obra y si las circunstancias lo ameritan de los principales renglones de trabajo, inclusive las órdenes verbales que se dicten por emergencia, las que deberán ser confirmadas a la brevedad por escrito. En ausencia del supervisor o bajo la autoridad de éste, podrá contarse con auxiliares de supervisión, quienes tendrán las mismas atribuciones y autoridad en su relación con el contratista. Cuando sea necesario introducir cambios en las especificaciones o disposiciones u otros documentos, se emitirá el apéndice correspondiente, del cual contará con copia el contratista. Toda instrucción, orden o sugerencia que el supervisor haga al contratista y su personal, podrá efectuarse verbalmente; sin embargo, ante la falta de cumplimiento o acuerdos en forma oportuna, el supervisor lo hará por escrito.

2.7 Dibujos de trabajo: Por falta de detalles en los planos de los documentos de licitación u otros motivos o cuando las circunstancias lo ameriten; El contratista elaborará dibujos de trabajo y los entregará al supervisor; El Supervisor los revisará y devolverá al contratista en dos copias marcadas con alguna de las siguientes formas: aprobado, aprobado con anotaciones, devuelto para corrección o rechazado; Cuando el Contratista reciba los dibujos marcados “aprobado” podrá proceder con el trabajo; Cuando los

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reciba marcados “aprobado con anotaciones” podrá proceder a la fabricación o construcción de los elementos, siguiendo las anotaciones del supervisor o bien, lo devolverá a este, con sus comentarios; Los que reciban marcados “devueltos para corrección”, deberán ser nuevamente estudiados para efectuar una nueva presentación al supervisor; Los trabajos que digan “Rechazados”

deberán replantearse nuevamente a efecto que llene los requisitos establecidos en el tipo de obra que se esté construyendo; Cualquier construcción, fabricación o instalación que se efectué con base en dibujos de trabajo devueltos para corrección o que no haya sido aprobado por el supervisor, serán considerados como hechos a costa y riesgo del contratista; Cuando el contratista efectué cualquier nueva corrección o cambio adicional a los dibujos de trabajo, antes de ser nuevamente devueltos al supervisor, deberán ser marcados como corrección o cambio en forma clara y cercana a la corrección o cambio efectuado; Adicionalmente, estas correcciones o cambios deben ser anotados e identificados en un cuadro al pie de los dibujos, con fecha y breve descripción; La aprobación de estos, por parte del supervisor, no relevará al contratista de su responsabilidad respecto a la calidad de la obra, de los materiales o equipos, su funcionamiento, ni a la precisión y exactitud de los mencionados dibujos; Cuando así se requiera, el contratista deberá enviar adicionalmente, la información descriptiva que complementará todos aquellos aspectos que sean necesarios aclarar para su aprobación. Se presentará en dos copias al supervisor, quien devolverá una, marcada de la misma forma que los dibujos de trabajo.

Adicionalmente en los dibujos de trabajo e información autorizada que se devuelvan al contratista, el supervisor deberá indicar si esos documentos deben anexarse o incluirse en los planos finales.

2.8 Control de materiales: Requisitos de calidad de los materiales: Todos los materiales y equipo que suministra el Contratista, deberán llenar los requisitos y condiciones que se señalan en las Especificaciones Técnicas. Las aprobaciones del Supervisor no relevan al Contratista de su responsabilidad por el equipo y materiales que suministre. Inspección y análisis en fuentes de abastecimiento: El supervisor o las personas que se nombren para este fin, deberán tener libre acceso en todo momento a las plantas dedicadas a la fabricación o producción de los materiales, a determinar si éstos se ajustan a lo requerido. El supervisor podrá aceptar un certificado extendido por el laboratorio de confianza e independiente, previamente aprobado por él, en el que se garantice que el material cumple con las Especificaciones Técnicas y Disposiciones Especiales y esté satisfactoriamente fabricado. Todos los materiales aprobados y aceptados en las fuentes de abastecimiento, podrán ser analizados cuando así lo disponga el Supervisor, después de que hayan sido entregados en la obra y los materiales que al analizarse de nuevo no se ajusten a los requisitos establecidos para estos casos, serán rechazados en definitiva. Almacenaje de materiales: Todos los materiales deberán ser almacenados en tal forma que se garantice la preservación de su calidad o idoneidad para el trabajo y ser colocados de modo que puedan ser inspeccionados fácilmente, en cualquier momento. Los que se encuentren impropiamente almacenados, deberán ser rechazados sin analizarlos, exigiéndose su retiro inmediatamente de la obra. El contratista manipulará todos los materiales y equipos almacenados en forma tal, que éstos no se dañen y en todo caso deberán seguir las instrucciones que le imparta el Supervisor.

Materiales defectuosos: Todos los materiales que no llenen los requisitos de las Especificaciones Técnicas y Disposiciones Especiales, los que hayan sido en cualquier forma dañados, o los que se hayan mezclado con material nocivo, serán considerados defectuosos. Instrucciones de los fabricantes: Todos los artículos manufacturados, materiales y equipos que deban ser incorporados en la obra, serán almacenados, manejados, instalados, erigidos, empleados y acondicionados, de conformidad con las instrucciones que indiquen los fabricantes. El contratista remitirá al Supervisor, copia de todas las instrucciones que reciba por parte de los fabricantes. Aparatos, materiales y procedimientos patentados: Si cualquier orden o instrucción del Supervisor o de la autoridad inmediata superior (Director de la Dirección Municipal de Planificación y/o Alcalde Municipal), que el Contratista reciba después de firmado el Contrato, atenta contra el derecho de patente, marcas registradas, derechos del autor, etc. Se deberá sujetar a lo que indican las especificaciones.

2.9 Equipo de construcción: El contratista deberá disponer en todo momento, de equipo adecuado y en suficiente cantidad. El supervisor podrá requerir el uso de equipo adicional y demás elementos que se necesite, a fin de que el progreso real de la obra sea el planificado. Deberá tenerse cuidado que la toma de decisiones de este tipo no dañe la planificación de la obra, salvo por causas de fuerza mayor y con el aval de autoridad competente. Mantenimiento del equipo: El contratista deberá mantener el equipo en buenas condiciones de trabajo durante todo el período que sea requerido. El supervisor podrá exigir la sustitución de éste, cuando no se encuentre en condiciones aceptables y cuyo empleo pueda producir trabajo defectuoso o llegue a constituir un riesgo para trabajadores, empleados o propiedades. Remoción del equipo y maquinaria: Los equipos de construcción, maquinaria, material, etc., destinadas a efectuar los trabajos contratados, no podrán ser retirados del lugar sin previa autorización por escrito del Supervisor.

2.10 Licencias y permisos: La gestión, tramitación y obtención de Licencias y Permisos ante las dependencias oficiales municipales y/o particulares correspondientes, será responsabilidad del Contratista, quién deberá cumplir con las disposiciones legales que afecten la obra a construirse. Deberá llenar los requisitos exigidos, hacer las notificaciones necesarias y procedentes, así como los pagos respectivos. El contratista cubrirá todas las responsabilidades legales y técnicas que se deriven de esos compromisos. Las licencias y permisos deberán obtenerse en su debida oportunidad, para lo cual, el contratante, dará la información y facilidades necesarias. El Contratista, para estimar el monto total de la oferta deberá incluir los gastos en que incurrirá por este renglón y tomar en cuenta el tiempo de tramitación, aprobación de licencias y permisos, para estimar el tiempo de ejecución de la obra que incluirá en su oferta. En caso que el Contratista inicie trabajos que requieran licencia o permiso previo, la hará por su cuenta y riesgo siendo el único responsable de dicha acción, así como las consecuencias subsiguientes, exonerando a la Unidad ejecutora y a sus funcionarios de cualquier demanda o reclamo por el incumplimiento de dichos requisitos

2.11 Instalaciones provisionales: El Contratista será el responsable de efectuar las instalaciones provisionales de agua potable, drenajes, electricidad y otro tipo de instalación provisional que su personal o el proyecto requiera, para garantizar el suministro de las mismas durante la construcción de la obra objeto del Contrato. Las instalaciones provisionales deberán mantenerse durante todo el desarrollo de la obra y podrán sustituirse o complementarse para pasar a ser definitivas de acuerdo al objeto del contrato, a fin de poder efectuar en todo momento las pruebas de funcionamiento especificadas y que se consideren necesarias según criterio del supervisor.

2.12 Uso del predio y terrenos comprendidos en la obra: El contratista tendrá a su disposición el solar o terreno requerido donde se ubicarán las construcciones en caso de obra nueva o bien donde se ejecutarán las reparaciones de los proyectos motivo del contrato, después que el contrato quede formalizado y según las condiciones que se fijen en el mismo. Podrá usar el terreno o solar para construir sus bodegas, para el almacenaje de materiales y equipo, así como para sus oficinas del campo, siempre y cuando no interfiera con las operaciones de construcción y cumplir con las instrucciones del supervisor en cuanto al uso de éste. En todo caso, el contratista

(7)

deberá restringir el uso de su equipo, almacenaje del material y las operaciones de sus trabajadores a los límites fijados por las leyes, disposiciones y permisos, así como las instrucciones del supervisor. Deberá mantener limpias a plena satisfacción y aprobación del supervisor, todas las áreas de construcción, tanto en lo referente a desechos de los trabajos de construcción propiamente dichos, o de los componentes, así como el lugar y la forma de disponer de éstos.

2.13 Limpieza final: Al finalizar los trabajos, antes que se inicie la inspección y recepción definitiva de la obra, el contratista deberá limpiar y remover de los alrededores, así como áreas adyacentes, todo el equipo, materiales sobrantes, desechos y estructuras provisionales;

restaurando en forma aceptable, las propiedades tanto públicas como privadas que hayan sido alteradas durante la ejecución de los trabajos. La disposición de estos trabajos, equipo o desechos, en las propiedades colindantes, con o sin el consentimiento escrito de los propietarios, no constituirán cumplimiento satisfactorio de la obligación de su eliminación del sitio de la obra.

3. DISPOSICIONES ESPECIALES

Desglosan instrucciones particulares para la licitación y el proyecto.

3.1 Visita de Campo: Los interesados en participar en el evento, deberán asistir a la visita de campo programada al día siguiente de publicado el evento en el Diario Oficial (Diario de Centro América), para lo cual deberán estar presentes a las 08:00 am en la Municipalidad de San Juan Sacatepéquez, debiendo presentar carta de solicitud de participación indicando el número de evento y nombre del proyecto, dirigida a la Junta de Licitación, tomar en cuenta que se extenderá carta de asistencia de visita de proyecto.

3.2 Criterios para calificar las ofertas: Para determinar la oferta más conveniente y favorable, la junta de licitación utilizará los criterios y ponderaciones siguientes: Precio de la oferta 25%; plazo de la oferta 25%; razonabilidad en el detalle de la integración de precios unitarios 25%; especialidades técnicas básicas e inherentes a los trabajos ofertados 25%. En la aplicación de porcentaje de calificación, por cada criterio a calificar, a la empresa mejor calificada se le asignará 25%, a la segunda mejor calificada 20%, a la tercera mejor calificada 15%; a la cuarta mejor calificada 10%; y al resto de empresas 5%. No serán tomadas en consideración las ofertas en que se compruebe: 1. la existencia de convenios, arreglos o participación con otros oferentes (colusión), procediéndose de acuerdo a lo estipulado en los artículos 25 de la Ley y 11 del Reglamento; 2. Que estén subordinadas a la aceptación de otras ofertas; 3. Con apego a lo establecido en el artículo 30 de la Ley se rechazarán las ofertas si así procediere, o se prescindirá de la negociación si fuera imposible continuarla, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 37 de la Ley.

3.3 Normas de Transparencia y veracidad de información contenida en la plica: “En cualquier fase del procedimiento de contratación pública en la que el funcionario o empleado público responsable tenga duda razonable de la veracidad de los documentos o declaraciones presentadas por el oferente o adjudicatario, deberá requerir a éste por escrito, la información y constancias que permitan disipar la duda en un plazo que no exceda de dos días hábiles de conocido el hecho, la cual deberá anexarse al expediente respectivo. Para el efecto, la autoridad concederá al oferente o adjudicatario, audiencia por dos días hábiles y resolverá dentro de un plazo similar. En caso el oferente o adjudicatario no proporcione la información y constancias requeridas o persista la duda, el funcionario o empleado público responsable de la etapa en que encuentre el proceso de compra o contratación, resolverá: a) Rechazar la oferta; o b) Improbar lo actuado. En los casos arriba señalados se deberá denunciar el hecho ante el Ministerio Público, sin perjuicio de las demás responsabilidades administrativas o sanciones que le fueran aplicables, debiendo ser inhabitado en el Sistema GUATECOMPRAS para ser proveedor del Estado, cuando proceda, bajo la responsabilidad de la Autoridad Superior de la entidad que promueve el proceso de contratación.”

3.4 Requisitos fundamentales: Son aquellos requisitos cuyo incumplimiento en el contenido de una plica motiva el rechazo de la oferta correspondiente. Conforme al artículo 30 de le Ley, son requisitos fundamentales los señalados en los numerales 1.1 y 1.2 de las bases de licitación y 4.1, 4.2 y 4.3 de las disposiciones especiales. Los requisitos formales y no fundamentales que no se hubieren cumplido al presentar la oferta que puedan figurar en las bases y que la junta de licitación los considere como tales, podrán satisfacerse en la propia oferta o dentro del plazo de 16 horas hábiles a partir de la notificación correspondiente.

4. PLANOS DE CONSTRUCCION: Como requisito previo a la recepción del proyecto, el Contratista entregará a la Municipalidad de San Juan Sacatepéquez un juego de planos finales en original no reproducible, aprobados por el Supervisor de la obra (contratista), y en disco compacto con software actualizado, presentando los cambios y modificaciones introducidas que ocasionaron variantes a los planos originales; el costo de los planos finales deberá considerarlo dentro de sus gastos administrativos, por lo que no tienen renglón especial de pago, es carácter obligatorio la entrega de planos finales aunque el proyecto no presentara modificaciones.

(8)

ANEXOS

Modelos de los documentos que cada oferente debe, completar, firmar, sellar y adjuntar a la plica.

1. Modelo de Cuadro de oferta

2. Programa preliminar de inversión y ejecución 3. Modelo de integración de precios unitarios 4. Modelo de declaración jurada

5. Modelo de etiqueta exterior de la plica

6. Modelo de Índice interior de la plica

(9)

1. Modelo de Cuadro de oferta

CUADRO DE OFERTA

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN SACATEPÉQUEZ, DEPARTAMENTO DE GUATEMALA

PROYECTO: ______________________________________________________________________

OFERENTE: ___________________________________

FECHA: _____________

No. RENGLON UNIDAD CANTIDAD P.U. EN Q TOTAL EN Q

1

2

3

4

5 6 7

TOTAL

TOTAL EN LETRAS

Todos los valores incluyen el impuesto al valor agregado

f) ________________

Representante legal

2. Modelo de programa preliminar de inversión y ejecución

(10)

PROGRAMA PRELIMINAR DE INVERSIÓN Y EJECUCIÓN

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN SACATEPÉQUEZ, DEPARTAMENTO DE GUATEMALA

PROYECTO: ______________________________________________________________________

OFERENTE: ___________________________________

FECHA: _____________

No. RENGLON MES 1 MES 2 MES. MES ... MES … MES N

1

2

3

4

5 6 7

INVERSION MENSUAL

PORCENTAJE MENSUAL

INVERSION MENSUAL ACUMULADA

PORCENTAJE MENSUAL ACUMULADO

Todos los valores incluyen el impuesto al valor agregado

f) ________________

Representante legal

(11)

3. Modelo de integración de precios unitarios

INTEGRACION DE PRECIOS UNITARIOS

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN SACATEPÉQUEZ, DEPARTAMENTO DE GUATEMALA PROYECTO

OFERENTE FECHA

RENGLON DE TRABAJO CODIGO

NOMBRE UNIDAD CANTIDAD

DESCRIPCION UNIDAD CANTIDAD COSTO

UNITARIO

COSTO DIRECTO

MATERIALES:

TOTAL DE MATERIALES

MANO DE OBRA:

PRESTACIONES

TOTAL DE MANO DE OBRA

EQUIPO:

TOTAL DE EQUIPO

OTROS:

TOTAL DE OTROS

COSTO UNITARIO DIRECTO INDIRECTOS PRECIO UNITARIO Todos los valores incluyen el impuesto al valor agregado

f) ________________

Representante legal

(12)

4. Modelo de declaración jurada

DECLARACIÓN JURADA DE NO ESTAR COMPRENDIDO EN NINGUNO DE LOS CASOS A QUE SE REFIERE LOS ARTICULOS DIECINUEVE (19) NUMERAL DIEZ (10), VEINTE Y SEIS (26) Y OCHENTA (80) DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO. ---

YO, ______________________, de _______ años de edad, (Estado civil profesión nacionalidad) con domicilio en ____________________ y vecino de _____________________________, me identifico con cédula de vecindad Numero de Orden _____ y número de registro _________________(o DPI No. ____________________); extendida en la Municipalidad de __________________ del departamento de ____________________ (o Registro Nacional de las Personas); con residencia en _____________________en mi calidad de ___________________, de la empresa _______________________. Inscrita en el Registro Mercantil General de la República con Patente de Comercio número ___________________, BAJO SOLEMNE JURAMENTO DE LEY de conducirme con la verdad y enterado de las sanciones que establecen las leyes penales vigentes del País por el delito de PERJURIO, DECLARO: Que yo, la Empresa antes citada, (actuales accionistas, directivos y socios que conforman la empresa, según corresponda); no estamos comprendidos en las circunstancias enumeradas en los Artículos diez y nueve (19) numeral diez (10), veintiséis (26) y ochenta (80) del Decreto numero cincuenta y siete guion noventa y dos (57-92) del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado;

aceptamos las condiciones establecidas en los documentos de licitación del proyecto __________; y no ejercemos autoridad ni somos empleados de ninguna Entidad Estatal.

____________________, ___ de ___________________de 201___.

f) ________________

Representante legal Ante mi……

5. Modelo de etiqueta exterior de la plica

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN SACATEPÉQUEZ, DEPARTAMENTO DE GUATEMALA PROYECTO:

NUMERO DE OPERACIÓN EN GUATECOMPRAS (NOG):

EMPRESA OFERENTE:

REPRESENTANTE LEGAL:

DIRECCIÓN PARA RECIBIR NOTIFICACIONES:

TELEFONO (S):

f)

Representante legal

(13)

6. Modelo de Índice interior de la plica

INDICE

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN SACATEPÉQUEZ, DEPARTAMENTO DE GUATEMALA PROYECTO: ____________________________________________________

OFERENTE: ___________________________________

FECHA: _____________

CONTENIDO FOLIOS

Índice Oferta

Garantía de sostenimiento de oferta

Constancia de inscripción en el registro tributario unificado de la Superintendencia de Administración Tributaria.

Constancia de inscripción en el Registro de Precalificados de Obras del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda.

Constancia específica para ejecutar el proyecto, emitida por el Registro de Precalificados de Obras.

Copia de Patente de Comercio de Empresa.

Copia de DPI del representante legal del oferente.

Cuadro de oferta

Programa preliminar de inversión y ejecución Integraciones de precios unitarios

Declaración Jurada del oferente y su representante legal, de no estar comprendido en ninguno de los casos a que se refieren los artículos 19 inciso 10, 26 y 80 de la Ley de Contrataciones del Estado.

Declaración jurada que hace constar: que toda la información y documentos anexos proporcionados por el oferente al Registro de Proveedores adscrito al Ministerio de Finanzas Públicas está actualizada y es de fácil acceso; y la inexistencia de conflicto de interés entre el oferente y el Banco que acredite la titularidad de sus cuentas bancarias.

Certificación Bancaria que acredite la titularidad de las cuentas y operaciones bancarias que posee el oferente.

Certificación que enumera e identifica a los actuales accionistas, directivos o socios que conforman la entidad

Copia de Patente de Sociedad

Fotocopia legalizada que acredite la personalidad jurídica del oferente debidamente inscrito en el Registro Mercantil

Fotocopia legalizada del nombramiento debidamente inscrito en el Registro Mercantil, en el que se acredite la personería jurídica del representante legal del oferente

Otros documentos: especificarlos adjuntando únicamente los documentos que el oferente considere importantes para el presente evento y que constituyan o tengan relación con requisitos fundamentales, no fundamentales o formales; y otros que el oferente considere que la junta pueda tomar como referente del proyecto y sus características.

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