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CÓDIGO DE ÉTICA PARA LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA

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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE CHOTA

(CREADA POR Ley Nro. 29531)

VICEPRESIDENCIA DE INVESTIGACIÓN

Oficina General de Investigación

CÓDIGO DE ÉTICA PARA LA

INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA

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PRESENTACIÓN

La Vicepresidencia de Investigación de la Universidad Nacional Autónoma de Chota (UNACH) fomenta la adopción de un código de principios éticos y morales que propicie una conducta responsable en investigación científica, ceñida al respeto de la vida, la dignidad humana, los derechos fundamentales, la vida animal, la biodiversidad y el medio ambiente. En ese sentido, quienes pregonamos la investigación científica, tecnológica y humanística en la UNACH estamos convencidos de la necesidad de extender educación de calidad a la mayor cantidad posible de personas. De ahí el rol central de los códigos de ética, implícitos o explícitos, llamados a convertir las instituciones educativas en verdaderas escuelas del saber ciudadano, inspiradas en un auténtico espíritu progresista, en las que se enseñe y aprenda a pensar correctamente ejerciendo el derecho de participar democráticamente en las actividades de investigación.

Este documento de gestión de investigación de la UNACH, incorpora e implementa a través de declaraciones de principios y valores, fundamentos morales y éticos de carácter universal, dentro de la vida diaria de la Universidad, permitiendo contar con lineamientos claros que establecen pautas de conducta que deben respetarse tanto por los docentes, estudiantes y directivos que realizan investigación y por parte de todos quienes forman la comunidad universitaria en sus acciones diarias.

Concibiendo así nuestro rol universitario, nuestro Código de Ética que aquí se presenta define la actuación y las relaciones entre los integrantes de la comunidad universitaria de la UNACH, dentro de las acciones y actividades a realizarse antes, durante y después el proceso de investigación científica, con o sin financiamiento de la UNACH.

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CAPITULO I

OBJETIVO Y AMBITO

Artículo 1. Del objetivo

El presente Código de Ética tiene como objetivo impulsar y resaltar los principios y valores éticos que guían la conducta, acciones y toma de decisiones de los investigadores, dentro de su actividad investigativa en la UNACH, acorde a su visión y misión, para servir como guía antes, durante y después de la elaboración y ejecución de propuestas de investigación, y adicionalmente protegiendo a los participantes de estas investigaciones, especialmente cuando se trate de poblaciones vulnerables.

Artículo 2. Ámbito de Aplicación

El cumplimiento de este Código de Ética es obligatorio para los investigadores,

docentes, estudiantes y administrativos de la UNACH.

La Vicepresidencia de Investigación, a través de sus direcciones generales; y

las Facultades con sus carreras Profesionales, deben garantizar el

cumplimiento del presente Código de Ética.

Todos los servicios de consultorías solicitadas por la UNACH, que cuenten con

un componente de investigación, deben cumplir con los principios normados por

este Código de Ética, de tal manera que el incumplimiento de cualquiera de sus

principios, tendrá como consecuencia, según su gravedad, la suspensión del

proyecto y la sanción del investigador.

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CAPITULO II

DE LOS PRINCIPIOS ÉTICOS

Artículo 3. Principios éticos

El investigador de la UNACH debe seguir estos principios éticos:

a) Protección del ser humano. A la persona que va a ser sometida al experimento, hay que explicarle la naturaleza, duración y propósito del mismo.

b) Formulación y ejecución de proyectos de investigación que contribuyan al bienestar de la población en general.

c) Libertad en su labor para determinar los métodos de solución de problemas dentro del marco del código de ética y acorde a las normas institucionales y gubernamentales que regulan la investigación.

d) Uso racional de los fondos otorgados para realizar su investigación, por lo tanto, deben observar principios de gestión financiera correcta, transparente y eficaz. e) Trato humanitario a los animales, dándoles el bienestar animal.

f) Respeto a los trabajos ajenos siendo meticuloso en citar las fuentes de referencia cuando se utilice ideas de otros autores.

g) Investigación exhaustiva y desde diferentes enfoques, aplicando el pensamiento crítico a todas las consultas e investigaciones.

h) Preservación de los datos tal como ocurrieron, en aras de la veracidad de los resultados sin importar la existencia de un posible desacuerdo con los mismos. i) Profesionalismo que implica la no divulgación de datos relevantes en caso de que

se haya acordado así con quien proporcionó la información para la investigación. j) Confiabilidad de los datos recolectados, evitando omitir deliberadamente aquellos

que contradigan la hipótesis planteada.

k) Honestidad, veracidad al reportar los resultados de la investigación. l) Rigurosidad científica al argumentar los resultados de manera correcta.

m) Preservación de la biodiversidad y el ecosistema, en el sentido que toda investigación debe evitar acciones lesivas a la naturaleza y a la biodiversidad, lo que implica el respeto a los factores bióticos y abióticos que se interrelacionan en el sistema ecológico de la zona de influencia del proyecto.

n) Responsabilidad y buena conducta científica en relación con la validez, fiabilidad y credibilidad de sus métodos, fuentes y datos.

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CAPITULO III

DE LAS ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN

Artículo 4. Actividades de investigación con personas

Los docentes, estudiantes y directivos que realizan actividades de investigación deben: a) Proteger la integridad física y bienestar de las personas que participa en la

investigación, respetando su idiosincrasia y solicitando su consentimiento expreso e informado.

b) Guardar la discreción pertinente sobre los datos de la persona comprometida en la investigación, garantizando su anonimato, salvo que se acuerde lo contrario.

Artículo 5. Actividades de investigación con animales

Los docentes, estudiantes y directivos que realizan actividades de investigación deben:

a) Proteger la integridad física y bienestar de los animales que participan en experimentos científicos con fines zootécnicos.

b) Garantizar un adecuado transporte con la respectiva seguridad del alojamiento temporal o permanente, evitando riesgos de infección y/o contaminación, preferentemente con el uso de la etnoterapia.

Artículo 6. Actividades de investigación con plantas

Los docentes, estudiantes y directivos que realizan actividades de investigación deben:

a) Mantener en primer plano la protección del medio ambiente y la biodiversidad ante algún impacto adverso producto de las actividades investigativas.

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CAPITULO IV

DEL COMITÉ DE ÉTICA DE INVESTIGACIÓN

Artículo 7. Comité de Ética

Es un equipo humano que será el encargado de vigilar y garantizar la aplicación y el cumplimiento del Código de Ética en la UNACH. Para los casos en contradicción con el presente Código de índole académica y administrativa, el Comité receptará, conocerá, investigará y resolverá los mismos, además de emitir recomendaciones y acciones morales paralelas a las sanciones administrativas contempladas en la normativa vigente, que procuren una modificación en el comportamiento y la convivencia institucional. En caso de actos que ameriten sanciones civiles o penales, se derivará el conocimiento de los mismos a la instancia competente.

Artículo 8. Conformación

a) Un Docente nombrado y excepcionalmente contratado designado en Sesión de la Comisión Organizadora de la UNACH de la terma emitida por el Vicepresidente de Investigación.

b) Jefe de la Oficina General de Investigación o quien haga sus veces, quien actuará con voz y voto.

c) Jefe de la Oficina General de Bienestar Universitario o quien haga sus veces con voz y voto.

d)

Un estudiante que será designado en Sesión de la Comisión Organizadora de la UNACH de la lista emitida por Vicerrectorado Académico, dependencia que se encargará de elaborar la lista con un estudiante de cada Facultad con mayor puntaje

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CAPITULO V

DE LA HONESTIDAD CIENTÍFICA

Artículo 9. Comportamiento honesto

Los docentes, estudiantes y directivos que realizan actividades de investigación deben: a) Evitar los fraudes y mantener el principio de la honestidad y la verdad en la

divulgación de los resultados de la investigación. b) Eludir la cita bibliográfica sin mención de sus autores.

c) Citar correctamente la fuente original de las ideas, gráficos y textos, siendo explícitos en su reconocimiento.

d) Exponer las conductas de plagio detectadas en cualquier trabajo de investigación, previo intento de medidas correctivas.

e) Para figurar como autor de una publicación científica se tiene que haber participado activamente en el trabajo de investigación.

f) Evitar los conflictos de interés en investigación

CAPITULO VI

DISPOSICIONES FINALES

Todos los aspectos no contemplados en el presente Código de Ética serán resueltos

por el Comité de Ética de Investigación y/o la Vicepresidencia de Investigación de

la UNACH.

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