LA GACETA
DIARIO OFICIAL
Teléfonos: 2228-3791 / 2222-7344 Tiraje:750 Ejemplares 40 Páginas Valor C$ 45.00 CórdobasAÑO CXVI
Managua, Miércoles 25 de Abril de 2012
No. 75
2961
SUMARIO
Pág. MINISTERIO DE SALUD Licitación LS-BCIE-22-04-2012...2962 Licitación LS-23-04-2012...2962 Licitación LS-29-04-2012...2962 MINISTERIO DE EDUCACIONContadores Públicos Autorizados...2963
MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS
Acuerdo Ministerial No. 014-DM-332-2012...2964 Acuerdo Ministerial No. 016-DM-334-2012...2966
INSTITUTO NICARAGÜENSE DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA
Licitación Selectiva No. 04-2012...2969
EMPRESA NICARAGÜENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS SANITARIOS Licitación...2970 EMPRESA NACIONAL DE TRANSMISION ELECTRICA Aviso...2970 ALCALDIAS
Alcaldía Municipal de Nueva Guinea
Compra por Cotización...2971
Alcaldía Municipal de El Almendro
Licitación No. 07-2012...2972 Licitación No. 08-2012...2972
Alcaldía Municipal de San Nicolás
Licitación No. 10-2012...2973 Licitación No. 11-2012...2973 Licitación No. 12-2012...2973
Alcaldía Municipal de San Ramón
Aviso...2974
Alcaldía Municipal de Waspán, RAAN
Programa General de Adquisiciones...2974
Alcaldía Municipal de Cárdenas
Programa General de Adquisiciones...2975
Alcaldía Municipal de El Sauce
Programa General de Adquisiciones...2979
UNIVERSIDADES
MINISTERIO DE SALUD
Reg. 6319 - M. 52995 - Valor C$ 190.00
AVISO DE LICITACIÓN
Adquisición de ultrasonido de diagnóstico para el Hospital Manuel de Jesús Rivera, La Mascota
LS-BCIE-22-04-2012
El Ministerio de Salud (MINSA), invita a las personas naturales o jurídicas autorizadas en nuestro país para ejercer la actividad comercial e inscritas en el Registro Central de Proveedores del Estado del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a presentar ofertas en sobres sellados para la “Adquisición de Ultrasonido de Diagnóstico para el Hospital Manuel de Jesús Rivera, La Mascota”.
Los licitantes interesados pueden obtener la información completa, incluyendo el Pliego de Bases y Condiciones en la siguiente dirección:
Complejo Nacional de Salud “Doctora Concepción Palacios”, costado oeste de la Colonia Primero de Mayo.
Teléfono: 2289-4700 (Ext. 1424).
C o r reo el ect r ó n i co : ad q u is i ci o n es@ mi n s a. gob . n i / C C : [email protected]
Además pueden dirigirse a los portales: www.nicaraguacompra.gob.ni
www.minsa.gob.ni
Atentamente,
(f) Lic. Ramón Enrique Cortés Mayorga, Director General de
Adquisiciones. Ministerio de Salud.
Managua, Nicaragua
25 de abril del 2012.
---AVISO DE LICITACIÓN Rehabilitación de Muro Perimetral en el Hospital Santiago de Jinotepe
LS-23-04-2012
El Ministerio de Salud (MINSA), invita a las personas naturales o jurídicas autorizadas en nuestro país para ejercer la actividad comercial e inscritas en el Registro Central de Proveedores del Estado del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a presentar ofertas en sobres sellados para la “Rehabilitación de Muro Perimetral en el Hospital Santiago de Jinotepe”.
Los licitantes interesados pueden obtener la información completa, incluyendo el Pliego de Bases y Condiciones en la siguiente dirección:
Complejo Nacional de Salud “Doctora Concepción Palacios”, costado oeste de la Colonia Primero de Mayo.
Teléfono: 2289-4700 (Ext. 1424).
C o r reo el ect r ó n i co : ad q u is i ci o n es@ mi n s a. gob . n i / C C : [email protected]
Además pueden dirigirse a los portales: www.nicaraguacompra.gob.ni
www.minsa.gob.ni
Atentamente,
(f) Lic. Ramón Enrique Cortés Mayorga, Director General de
Adquisiciones. Ministerio de Salud.
Managua, Nicaragua
25 de abril del 2012.
---Reg. 6326 - M. 53514 - Valor C$ 95.00
AVISO DE LICITACION “Compra de Material de Reposición Periódica II Semestre – 2012 CMP-MINSA”
LP-29-04-2012
El Ministerio de Salud (MINSA) según Resolución Ministerial Nº
310-2012, invita a las personas naturales o jurídicas autorizadas en
nuestro país para ejercer las actividades comerciales e inscritas en el Registro Central de Proveedores del Estado del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a presentar ofertas en sobre sellados para la “Compra de Material de Reposición Periódica II Semestre – 2012 CMP-MINSA”.
Los licitantes interesados pueden obtener la información completa, incluyendo el Pliego de Bases y Condiciones en la siguiente dirección:
Complejo Nacional de Salud “Dra. Concepción Palacios”, Costado Oeste de la Colonia Primero de Mayo.
Teléfonos: 22894300 – 22895223
Correo electrónico: [email protected]
Además pueden dirigirse a los portales:
www.nicaraguacompra.gob.ni
www.minsa.gob.ni
Presentación de Ofertas: viernes, 25 de mayo del 2012, de 9:00 a 11:00 AM
Apertura de Ofertas: viernes, 25 de mayo del 2012, a las 11:05 AM
(f) Lic. Ramón Enrique Cortés Mayorga, Director General de
Adquisiciones. Ministerio de Salud.
Managua, Nicaragua
2963
MINISTERIO DE EDUCACION Reg. 6054 – M. 45064 – Valor C$ 190.00 Acuerdo C.P.A. No. 23-2012 EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA REPUBLICA DE NICARAGUAEn uso de las facultades que le confiere el artículo 3 de la Ley para el Ejercicio de Contador Público, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 94 del treinta de abril del año 1959 y Artículos 3, 5, 6, 19, 22, 25, 28 y 29 del Reglamento de la Profesión de Contador Público y su Ejercicio, y el Acuerdo Ministerial No. 371-2010 del cinco del agosto del año dos mil diez, para autorizar el ejercicio de la Profesión de Contador Público, previo cumplimiento de la Ley y pleno goce de sus derechos.
CONSIDERANDO I
Que el Licenciado JULIO CESAR NAVARRETE MARTINEZ, identificado con cédula de identidad ciudadana número
001-140868-0050K, presentó ante esta División de Asesoría Legal Solicitud de
autorización para el ejercicio de la profesión de Contador Público, adjuntando para tales efectos la siguiente documentación: Título de Licenciado en Contabilidad Pública y Auditoría, extendido por la Universidad de las Américas a los veintiséis días del mes de diciembre del año dos mil uno, registrado con el Número: 233, Tomo: I; del Libro de Registro de Títulos de esa Universidad, ejemplar de La Gaceta No. 8 del catorce de enero del dos mil once, en el que publicó certificación de su titulo; Garantía de Contador Público No. GDC-7382 emitida por el Instituto Nicaragüense de Seguros y Reaseguros, “INISER” a los veintisiete días del mes de enero del dos mil doce y Constancia del Colegio de Contadores Públicos de Nicaragua, emitida a los doce días del mes de enero del año dos mil doce.
II
Que conforme constancia emitida por el Licenciado Edwin Salmerón Meza, en su calidad de Secretario de la Junta Directiva del Colegio de Contadores Públicos de Nicaragua, demuestra ser afiliado activo de ese colegio, inscrito bajo el numero perpetuo 3041 siendo un depositario de Fe que se ajusta a los preceptos legales, solvencia moral, capacidad académica y práctica profesional correspondiente.
POR TANTO
En base a las disposiciones legales establecidas en el presente Acuerdo y habiendo cumplido la solicitante los requisitos de Ley;
ACUERDA
PRIMERO: Autorizar al Licenciado JULIO CESAR NAVARRETE MARTINEZ, para el ejercicio de la Profesión de Contador Público
durante un quinquenio que inicia el siete de febrero del año dos mil doce y finalizará el seis de febrero del año dos mil diecisiete.
SEGUNDO: Envíese el original de la Póliza de Fidelidad al Colegio
de Contadores Públicos de Nicaragua, para su debida custodia.
TERCERO: El Contador Público autorizado deberá publicar el presente
Acuerdo en el Diario Oficial La Gaceta.
CUARTO: Cópiese, Notifíquese y Archívese.
Dado en la ciudad de Managua, a los siete días del mes de febrero del año dos mil doce. (f) Héctor Mario Serrano Guillén, Director de Asesoría Legal. ---Reg. 6237 – M. 45150 – Valor C$ 95.00 Acuerdo C.P.A. No. 66-2012 EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de las facultades que le confiere el artículo 3 de la Ley para el Ejercicio de Contador Público, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 94 del treinta de abril del año 1959 y Artículos 3, 5, 6, 19, 22, 25, 28 y 29 del Reglamento de la Profesión de Contador Público y su Ejercicio, y el Acuerdo Ministerial No. 371-2010 del cinco del agosto del año dos mil diez, para autorizar el ejercicio de la Profesión de Contador Público, previo cumplimiento de la Ley y pleno goce de sus derechos.
CONSIDERANDO I
Que el Licenciado SANTIAGO FRANCISCO SEVILLA ROMERO, identificado con cédula de identidad ciudadana número
521-030167-0000K, presentó ante esta División de Asesoría Legal Solicitud de
renovación de autorización para el ejercicio de la profesión de Contador Público, adjuntando para tales efectos la siguiente documentación: Acuerdo Ministerial No. 053-2007 emitido por el Ministerio de Educación, a los ocho días del mes de febrero del año dos mil siete, mediante el cual se autorizó al solicitante el ejercicio de la profesión de Contador Público por un quinquenio que finalizó el siete de febrero del año mil doce. Garantía de Contador Público GDC-7433 extendida por el Instituto Nicaragüense de Seguros y Reaseguros, INISER a los ocho días del mes de marzo del dos mil doce y Constancia del Colegio de Contadores Públicos de Nicaragua, emitida a los dieciséis días del mes de febrero del año dos mil doce.
II
Que conforme constancia emitida por el Licenciado Edwin Salmerón Meza, en su calidad de Secretario de la Junta Directiva del Colegio de Contadores Públicos de Nicaragua, demuestra ser afiliado activo de ese colegio, inscrito bajo el numero perpetuo 1930 siendo un depositario de Fe que se ajusta a los preceptos legales, solvencia moral, capacidad académica y práctica profesional correspondiente.
POR TANTO
En base a las disposiciones legales establecidas en el presente Acuerdo y habiendo cumplido la solicitante los requisitos de Ley;
ACUERDA
PRIMERO: Autorizar al Licenciado SANTIAGO FRANCISCO SEVILLA ROMERO, para el ejercicio de la Profesión de Contador
Público durante un quinquenio que inicia el ocho de marzo del año dos mil doce y finalizará el siete de marzo del año dos mil diecisiete.
SEGUNDO: Envíese el original de la Póliza de Fidelidad al Colegio
de Contadores Públicos de Nicaragua, para su debida custodia.
TERCERO: El Contador Público autorizado deberá publicar el presente
CUARTO: Cópiese, Notifíquese y Archívese.
Dado en la ciudad de Managua, a los ocho días del mes de marzo del año dos mil doce. (f) Héctor Mario Serrano Guillén, Director de Asesoría Legal. ---Reg. 6128 – M. 53398 – Valor C$ 95.00 Acuerdo C.P.A. No. 93-2012 EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de las facultades que le confiere el artículo 3 de la Ley para el Ejercicio de Contador Público, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 94 del treinta de abril del año 1959 y Artículos 3, 5, 6, 19, 22, 25, 28 y 29 del Reglamento de la Profesión de Contador Público y su Ejercicio, y el Acuerdo Ministerial No. 371-2010 del cinco del agosto del año dos mil diez, para autorizar el ejercicio de la Profesión de Contador Público, previo cumplimiento de la Ley y pleno goce de sus derechos.
CONSIDERANDO I
Que el Licenciado JOSE ERNESTO RUIZ MALESPIN, identificado con cédula de identidad ciudadana número 001-060382-0061V, presentó ante esta División de Asesoría Legal, solicitud de autorización para el ejercicio de la profesión de Contador Público, adjuntando para tales efectos la siguiente documentación: Título de Licenciado en Contaduría Pública, extendido por la Universidad Internacional de la Integración de América Latina a los doce días del mes de diciembre del año dos mil once, registrado con el Folio XXI; Partida: 606/11; del Libro de Registro de Títulos de esa Universidad, ejemplar de La Gaceta No. 7 del trece de enero del dos mil doce, en el que publicó certificación de su titulo; Garantía de Contador Público No.GDC-7467 emitida por el Instituto Nicaragüense de Seguros y Reaseguros, “INISER” a los tres días del mes de abril del año dos mil doce y Constancia del Colegio de Contadores Públicos de Nicaragua, emitida a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil doce.
II
Que conforme constancia emitida por el Licenciado Edwin Salmerón Meza, en su calidad de Secretario de la Junta Directiva del Colegio de Contadores Públicos de Nicaragua, demuestra ser afiliado activo de ese colegio, inscrito bajo el numero perpetuo 3092 siendo un depositario de Fe que se ajusta a los preceptos legales, solvencia moral, capacidad académica y práctica profesional correspondiente.
POR TANTO
En base a las disposiciones legales establecidas en el presente Acuerdo y habiendo cumplido la solicitante los requisitos de Ley;
ACUERDA
PRIMERO: Autorizar al Licenciado JOSE ERNESTO RUIZ MALESPIN, para el ejercicio de la Profesión de Contador Público
durante un quinquenio que inicia el nueve de abril del año dos mil doce y finalizará el ocho de abril del año dos mil diecisiete.
SEGUNDO: Envíese el original de la Póliza de Fidelidad al Colegio
de Contadores Públicos de Nicaragua, para su debida custodia.
TERCERO: El Contador Público autorizado deberá publicar el presente
Acuerdo en el Diario Oficial La Gaceta.
CUARTO: Cópiese, Notifíquese y Archívese.
Dado en la ciudad de Managua, a los nueve días del mes de abril del año dos mil doce. (f) Héctor Mario Serrano Guillén, Director de Asesoría Legal.
MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS
Reg. 5982 – M. 44975 – Valor C$ 1, 015.00
CERTIFICACIÓN
LA SUSCRITA DIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN Y CONTROL DE CONCESIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE MINAS DEL MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS, CERTIFICA EL ACUERDO MINISTERIAL Y LA CARTA DE ACEPTACIÓN QUE LITERALMENTE DICEN:
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS ACUERDO MINISTERIAL No-014-DM-332-2012
CONSIDERANDO I
Que con fecha diez de enero del año dos mil once, el señor Guillermo Alemán Gómez, mayor de edad, casado, Abogado y Notario Público, del domicilio de Ocotal, con cédula de identidad número cuatro, ocho, uno, guión, uno, uno, cero, nueve, seis, cero, guión, cero, cero, cero, cero, letra W, (481-110960-0000W), en calidad de representante legal debidamente acreditado de la empresa INVERSIONES ECOLÓGICAS, SOCIEDAD ANÓNIMA, (INECOSA), la cual es una sociedad debidamente constituida y existente de conformidad con las leyes de la República de Nicaragua e inscrita bajo el Número 28848-B5; página 343-349 Tomo 949-B5 del Libro Segundo de Sociedades y Número 38050, página 61, Tomo 163 del Libro de Personas del Registro Público de la Ciudad de Managua, presentó SOLICITUD para que se le otorgue una CONCESIÓN MINERA en el lote denominado SAN PATRICIO, con una superficie de veintiún mil quinientos setenta y cuatro punto setenta y nueve hectáreas (21,574.79 has) ubicado en los municipios de San Lorenzo y Comalapa del departamento de Boaco y Chontales.
II
De conformidad con Dictamen emitido por el Ministerio de Energía y Minas a través de la Dirección General de Minas, dentro de la solicitud de concesión sobre el lote denominado SAN PATRICIO, se encuentran ubicados dos bancos de materiales autorizados temporalmente para su explotación al Ministerio de Trabajo e Infraestructura, en virtud de la temporalidad de dichos permisos, no se excluyó el área correspondiente a los bancos (3.00 y 2.25 has), debiendo la empresa respetar dichas áreas mientras dure su vigencia. Así mismo, el área solicitada cumple con los requisitos catastrales definidos en la Ley.
III
Que en cumplimiento al artículo 35 del Decreto No. 119-2001, “Reglamento a la Ley Especial sobre Exploración y Explotación de Minas”, publicado en La Gaceta No. 4 del 7 de enero del año 2002, el Ministerio de Energía y Minas a través de la Dirección General de Minas, se pronunció técnicamente aprobando la solicitud de Concesión,
2965
según consta en Dictamen Técnico Número DT 617-03-2011MM de fecha dieciséis de marzo del año dos mil once.IV
Que en cumplimiento a lo establecido en el Artículo 21 de la Ley Nº 387 “Ley Especial sobre Exploración y Explotación de Minas”, publicada en la Gaceta No. 151 del 13 de agosto del 2001, se consultó la solicitud a los Consejos Municipales correspondientes, según consta en comunicación de fecha cinco de abril del año dos mil once, los cuales se pronunciaron POSITIVAMENTE, de conformidad con Certificación de fecha veinte de mayo del año dos mil once y Certificación de Resolución Municipal No. 003-2012 de fecha tres de febrero del año dos mil doce, por lo que habiéndose cumplido con todos lo requisitos, éste Ministerio debe proceder conforme a derecho.
POR TANTO:
El suscrito Ministro del Ministerio de Energía y Minas, en el uso de las facultades que le confiere la Constitución Política en su artículo 151, la Ley Nº 290, “Ley de Organización, Competencia y Procedimiento del Poder Ejecutivo”, su Reglamento y la Ley Nº 612, “Ley de Reforma y Adición a la Ley Nº 290, “Ley de Organización, Competencia y Procedimiento del Poder Ejecutivo” y la Ley Nº 387. “Ley Especial sobre Exploración y Explotación de Minas”, su Reglamento y Reformas.
ACUERDA:
P R I M E R O: O TÓ R GU E S E a l a emp r es a I N V E R S IO N E S
ECOLÓGICAS, SOCIEDAD ANÓNIMA, (INECOSA), la cual es una sociedad debidamente constituida y existente de conformidad con las leyes de la República de Nicaragua e inscrita bajo el Número 28848-B5; página 343-349 Tomo 949-B5 del Libro Segundo de Sociedades y Número 38050, página 61, Tomo 163 del Libro de Personas del Registro Público de la Ciudad de Managua, una CONCESIÓN MINERA en el lote denominado SAN PATRICIO, con una superficie de VEINTIÚN MIL QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO PUNTO SETENTA Y NUEVE HECTÁREAS (21,574.79 HAS) ubicado en los municipios de San Lorenzo y Comalapa del departamento de Boaco y Chontales respectivamente, definidas por polígono exterior delimitado por las siguientes coordenadas expresadas en metros en el sistema UTM, NAD 27 y Zona 16:
Vértice Este Norte
1 640806 1355076
2 663000 1355076
3 663000 1345355
4 640806 1345355
DESGLOSE DE ÁREA MUNICIPAL
DEPARTAMENTO MUNICIPIO ÁREA (has)
BOACO San Lorenzo 7,035.69 CHONTALES Comalapa 14,539.10
SEGUNDO: El titular de la Concesión Minera otorgada quedará
sujeto al cumplimiento de las obligaciones siguientes:
1.- En concepto de Derechos de Vigencia o Superficiales, pagará el equivalente en moneda nacional a veinticinco centavos de dólar de los Estados Unidos de América ($0.25) el primer año por hectárea; setenta y cinco centavos de dólar de los Estados Unidos de América ($0.75), por el segundo año por hectárea; uno cincuenta centavos de dólar de los Estados Unidos de América ($1.50), el tercer y cuarto año por
hectárea; tres dólares de los Estados unidos de América ($3.00), por el quinto y sexto año por hectárea; cuatro dólares de los Estados Unidos de América ($4.00) por el séptimo y octavo año por hectárea; ocho dólares de Estados Unidos de América ($8.00), por el noveno y décimo año por hectárea y doce dólares de los Estados Unidos de América ($12.00) por hectárea a partir del décimo primer año. Estos pagos deberán ser enterados en partidas semestrales entre el 01 y el 30 de enero de cada año el primer pago, y entre el 01 y el 30 de julio de cada año el segundo pago.
2.- to:En concepto de Derecho de Extracción o Regalía, pagará el tres por ciento (3%) del valor de las sustancias extraídas, el cual será considerado un gasto deducible para fines de cálculo del Impuesto sobre la Renta. Para los fines de calcular este pago, el concesionario estará obligado a rendir un informe mensual sobre su producción dentro de los primeros quince días del mes siguiente.
3.- El pago correspondiente al Impuesto sobre la Renta (I.R) será de conformidad con la Ley de la materia, debiendo presentar copia de sus declaraciones del año gravable respectivo, a más tardar el 30 de Octubre de cada año.
Las sumas comprendidas en los numerales uno (1) y dos (2), deberán ser enteradas a la Administración de Rentas donde se encuentra inscrito y podrán pagarse en moneda nacional al tipo de cambio oficial vigente a la fecha del respectivo pago.
4.- Suministrar anualmente o cuando el Ministerio de Energía y Minas lo requiera, información sobre sus actividades, así como de los acuerdos de cooperación y apoyo a la actividad minera de carácter artesanal.
5.- Permitir y facilitar a los representantes del Ministerio de Energía y Minas las labores de inspección que éstos realicen y acatar sus recomendaciones.
6.- Cumplir con las normas que se dicten en materia de seguridad laboral y protección ambiental, en especial la Ley Nº 217, Ley del General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, el Decreto No.76-2006 “Sistema de Evaluación Ambiental” publicado en la Gaceta, Diario Oficial No248 del 22 de diciembre del 2006; y el Decreto
Nº 33-95 “Disposiciones para el Control de la Contaminación Proveniente de las Descargas de Aguas Residuales Domésticas, Industriales y Agropecuarias” publicada en la Gaceta, Diario Oficial No118 del 26 de Junio de 1995.
7.- Inscribir el título de la presente concesión en el Registro Público de la Propiedad, así como publicarlo en La Gaceta, Diario Oficial a su costa, dentro de los treinta días subsiguientes a la fecha de su emisión, remitiendo copia a este Ministerio de la constancia registral y de su publicación.
8.- Previo a la realización de cualquier actividad minera, el concesionario deberá solicitar permiso a los propietarios de los terrenos ubicados dentro del área de la Concesión; así como negociar y acordar con ellos los términos e indemnizaciones para el uso del suelo e infraestructura de propiedad privada en donde deban desarrollar los trabajos correspondientes.
9.- De conformidad con lo establecido en el artículo 42 y 43 de la Ley Nº 387, Ley Especial Sobre Exploración y Explotación de Minas, dentro del área amparada por la presente concesión minera, en donde se desarrollen actividades de exploración, el concesionario deberá permitir el acceso y la realización de la minería artesanal a quienes se
encuentren ejerciendo tal actividad. Para los nuevos mineros artesanales la superficie permitida no superara el 1% del área concesionada, previo acuerdo con el concesionario.
10.- No podrá realizar trabajos de exploración y de explotación a menos de cien metros de pueblos, propiedades cercadas, edificios religiosos, pozos, ambos lados de vías de comunicación, acueductos, oleoductos y obras de utilidad pública, sin autorización del Ministerio de Energía y Minas.
11.- Determinar el terreno de la concesión por mojones situados en cada uno de sus vértices y por lo menos uno de ellos en relación a un punto invariable del terreno, el cual deberá indicar el nombre del titular, la fecha de otorgamiento de la concesión minera y el nombre del lote, de conformidad con lo establecido por el artículo 34 de la Ley Especial sobre Exploración y Explotación de Minas.
12.- Presentar dentro de un plazo no mayor a tres meses contados a partir del inicio de vigencia de la concesión, un proyecto que incluya las fases de la actividad minera definidas en el artículo 3 del Reglamento de la Ley Especial sobre Exploración y Explotación de Minas. En este proyecto se deberá calendarizar todas las etapas que el concesionario planea ejecutar, cuyo cumplimiento será verificado mediante inspecciones programadas.
13.- Para tramitar cualquier reclamo, derecho, exoneración de impuestos, renuncias parciales, totales o cesiones de derechos, el concesionario debe estar SOLVENTE DE TODAS SUS OBLIGACIONES, según lo indica el artículo 96 de la Ley Especial sobre Exploración y Explotación de Minas y el Acuerdo Ministerial No 83-DM-188-2009 sobre la “D I SP O S I C I ÓN TÉ C N IC A N U M E RO 0 1 - 20 0 9 . PROCEDIMIENTO PARA EL TRÁMITE DE RENUNCIAS PARCIALES O TOTALES”.
14.- Cumplir con las disposiciones establecidas en la NORMA TÉCNICA OBLIGATORIA NICARAGÜENSE -NTON 05-029-06, publicada en la Gaceta No. 121 del 26 de junio del 2008.
La falta de cumplimiento de las obligaciones anteriormente relacionadas y las demás establecidas en la ley de la materia vigente, faculta al Ministerio de Energía y Minas a cancelar la concesión otorgada.
TERCERO: Que esta Concesión confiere a su titular el derecho de
exclusividad para la exploración, explotación y establecimiento de plantas de beneficio sobre las sustancias minerales consideradas en la Ley y encontradas dentro de la circunscripción de la misma.
La concesión constituye un derecho real inmobiliario, distinto e independiente al de la propiedad del terreno donde se ubica, la cual puede ser cedida, traspasada, dividida, arrendada y fusionada con concesiones de la misma clase, previa autorización del Ministerio de Energía y Minas.
Los derechos y obligaciones derivados del presente Acuerdo Ministerial no podrán ser alterados o menoscabados durante la vigencia de la misma sin el acuerdo de ambas partes. Los derechos y obligaciones establecidos en la Ley Especial sobre Exploración y Explotación de Minas, su Reglamento y sus Reformas son de obligatorio cumplimiento.
CUARTO: El concesionario minero deberá iniciar actividades de
explotación en cualquier parte del lote minero, en un plazo no mayor de cuatro años contados a partir del otorgamiento de la presente concesión, prorrogables por un año más, según lo establecido en la Ley y su Reglamento, específicamente en el Decreto No. 57-2006, artículo
1 que reforma al artículo 30, del Reglamento de la Ley N° 387, para lo cual y previo al inicio de sus operaciones, el concesionario deberá presentar a este Ministerio el respectivo Permiso Ambiental debidamente emitido por la autoridad correspondiente.
El término de duración de la presente Concesión es de VEINTICINCO (25) años, contados a partir de la emisión de la Certificación del presente Acuerdo Ministerial. Dicha Certificación se extenderá como Título una vez que el interesado manifieste por escrito la aceptación íntegra del mismo, la cual deberá ser publicada por el titular en La Gaceta, Diario Oficial e inscrita en el Registro Público de la Propiedad correspondiente, dentro de los siguientes treinta días so pena de cumplir con lo establecido en articulo 40 del Reglamento de la Ley Especial sobre Exploración y Explotación de Minas, debiendo remitir copia al Ministerio de Energía y Minas. Notifíquese al interesado para todos los fines de Ley. Dado en la ciudad de Managua, a los veintisiete días del mes de febrero del año dos mil doce. (f).- EMILIO
RAPPACCIOLI B.-Ministro.- San Lorenzo, 8 de marzo del 2012.
Ingeniero Carlos Zarruk Pérez.- Director General de Minas. MEM. Estimado Ingeniero Zarruk: Soy Guillermo Enrique Alemán Gómez, mayor de edad, casado, Abogado y Notario Público, del domicilio de Condega, Estelí y me identifico con la cedula de identidad No. 481-110960-0000W, actúo en calidad de Apoderado General de Administración de la Sociedad Inversiones Ecológicas Sociedad Anónima, calidad que he acreditado ante esa dependencia. Con fecha 7 de marzo del corriente año de esa Dirección me fue notificado el Acuerdo Ministerial No. 014-DM-332-2012 el cual fue emitido el veintisiete de febrero del dos mil doce, mediante el cual el Ministerio de Energía y Minas le otorga a mi representada un titulo de concesión para minería metálica en el lote conocido como San Patricio ubicado este en los municipios de San Lorenzo y Comalapa, con un área de 21,574.79 hectáreas. Mediante la presente le comunico que el contenido del Acuerdo Ministerial reúne los requerimientos establecidos en la Ley No. 387 y está acorde a lo solicitado por INECOSA, por lo tanto en mi calidad de representante de INECOSA, acepto el contenido del citado Acuerdo Ministerial y pido me libre la certificación del titulo de concesión. Para notificaciones señalo las oficinas de INECOSA, las cuales está ubicadas en Colonial Los Robles, No. 198, del Restaurante Summer una cuadra y media al norte. MsC. Guillermo Alemán Gómez. Apoderado Especial INECOSA.- Son conformes sus originales, se extiende la presente CERTIFICACIÓN en la Ciudad de Managua, a los veinte días del mes de marzo del año dos mil doce. Hago constar que la vigencia de este Acuerdo Ministerial inicia con la fecha de su Certificación. (f) Maritza Castillo Castillo, Directora de Administración y Control de Concesiones, Dirección General de Minas Ministerio de Energía y Minas.
---Reg. 5983 – M. 449766 – Valor C$ 1, 160.00
CERTIFICACIÓN
LA SUSCRITA DIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN Y CONTROL DE CONCESIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE MINAS DEL MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS, CERTIFICA EL ACUERDO MINISTERIAL Y LA CARTA DE ACEPTACIÓN QUE LITERALMENTE DICEN:
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS ACUERDO MINISTERIAL No-016-DM-334-2012
CONSIDERANDO I
2967
Que con fecha diez de enero del año dos mil once, el señor Guillermo Alemán Gómez, mayor de edad, casado, Abogado y Notario Público, del domicilio de Ocotal, con cédula de identidad número cuatro, ocho, uno, guión, uno, uno, cero, nueve, seis, cero, guión, cero, cero, cero, cero, letra W, (481-110960-0000W), en calidad de representante legal debidamente acreditado de la empresa INVERSIONES ECOLÓGICAS, SOCIEDAD ANÓNIMA, (INECOSA), la cual es una sociedad debidamente constituida y existente de conformidad con las leyes de la República de Nicaragua e inscrita bajo el Número 28848-B5; página 343-349 Tomo 949-B5 del Libro Segundo de Sociedades y Número 38050, página 61, Tomo 163 del Libro de Personas del Registro Público de la Ciudad de Managua, presentó SOLICITUD para que se le otorgue una CONCESIÓN MINERA en el lote denominado EL POCHOTE, con una superficie de once mil novecientos sesenta punto veintinueve hectáreas (11,960.29 has) ubicado en los municipios de San Lorenzo y Camoapa del departamento de Boaco y Comalapa del departamento de Chontales.II
De conformidad con Dictamen emitido por el Ministerio de Energía y Minas a través de la Dirección General de Minas, la solicitud de concesión sobre el lote denominado EL POCHOTE, cumple con los requisitos catastrales definidos en la Ley.
III
Que en cumplimiento al artículo 35 del Decreto No. 119-2001, “Reglamento a la Ley Especial sobre Exploración y Explotación de Minas”, publicado en La Gaceta No. 4 del 7 de enero del año 2002, el Ministerio de Energía y Minas a través de la Dirección General de Minas, se pronunció técnicamente aprobando la solicitud de Concesión, según consta en Dictamen Técnico Número DT 20-03-2011-MM de fecha quince de marzo del año dos mil once.
IV
Que en cumplimiento a lo establecido en el Artículo 21 de la Ley Nº 387 “Ley Especial sobre Exploración y Explotación de Minas”, publicada en la Gaceta No. 151 del 13 de agosto del 2001, se consultó la solicitud a los Consejos Municipales correspondientes, según consta en comunicación de fecha seis de abril del año dos mil once. El Consejo Municipal de Camoapa no se pronunció al respecto por lo que la empresa desistió del área ubicada en dicho municipio, quedando una superficie disponible de once mil seiscientos sesenta y seis punto treinta y un hectáreas (11,666.31 has), ubicada en Comalapa y San Lorenzo, los cuales se pronunciaron POSITIVAMENTE, de conformidad con Certificación de fecha veinte de mayo del año dos mil once y Certificación de Resolución Municipal No. 004-2012 de fecha tres de febrero del año dos mil doce, por lo que habiéndose cumplido con todos lo requisitos, éste Ministerio debe proceder conforme a derecho.
POR TANTO:
El suscrito Ministro del Ministerio de Energía y Minas, en el uso de las facultades que le confiere la Constitución Política en su artículo 151, la Ley Nº 290, “Ley de Organización, Competencia y Procedimiento del Poder Ejecutivo”, su Reglamento y la Ley Nº 612, “Ley de Reforma y Adición a la Ley Nº 290, “Ley de Organización, Competencia y Procedimiento del Poder Ejecutivo” y la Ley Nº 387. “Ley Especial sobre Exploración y Explotación de Minas”, su Reglamento y Reformas.
ACUERDA:
P R I M E R O: O TÓ R GU E S E a l a emp r es a I N V E R S IO N E S
ECOLÓGICAS, SOCIEDAD ANÓNIMA, (INECOSA), la cual es una sociedad debidamente constituida y existente de conformidad con las leyes de la República de Nicaragua e inscrita bajo el Número 28848-B5; página 343-349 Tomo 949-B5 del Libro Segundo de Sociedades y Número 38050, página 61, Tomo 163 del Libro de Personas del Registro Público de la Ciudad de Managua, una CONCESIÓN MINERA en el lote denominado EL POCHOTE, con una superficie de ONCE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS PUNTO TREINTA Y UN HECTÁREAS (11,666.31 HAS), ubicado en los municipios de San Lorenzo y Comalapa del departamento de Boaco y Chontales respectivamente, definidas por polígono exterior delimitado por las siguientes coordenadas expresadas en metros en el sistema UTM, NAD 27 y Zona 16:
Vértice Este Norte
1 647000 1364000 2 647000 1361000 3 650000 1361000 4 650000 1362500 5 650500 1362500 6 650500 1363500 7 652500 1363500 8 652500 1364000 9 653250 1364000 10 653250 1363300 11 653600 1363300 12 653600 1362950 13 654000 1362950 14 654000 1362750 15 654230 1362750 16 654230 1362450 17 654670 1362450 18 654670 1362700 19 654850 1362700 20 654850 1362950 21 655050 1362950 22 655050 1363350 23 655600 1363350 24 655600 1363525 25 656000 1363525 26 656000 1363650 27 656625 1363650 28 656625 1363800 29 657100 1363800 30 657100 1364000 31 657607 1364000 32 657607 1355076 33 643000 1355076 34 643000 1364000
DESGLOSE DE ÁREA MUNICIPAL
DEPARTAMENTO MUNICIPIO ÁREA (has)
BOACO San Lorenzo 4,637.96
CHONTALES Comalap a 7,028.35
SEGUNDO: El titular de la Concesión Minera otorgada quedará
sujeto al cumplimiento de las obligaciones siguientes:
1.- En concepto de Derechos de Vigencia o Superficiales, pagará el equivalente en moneda nacional a veinticinco centavos de dólar de los Estados Unidos de América ($0.25) el primer año por hectárea; setenta y cinco centavos de dólar de los Estados Unidos de América ($0.75), por el segundo año por hectárea; uno cincuenta centavos de dólar de los Estados Unidos de América ($1.50), el tercer y cuarto año por hectárea; tres dólares de los Estados unidos de América ($3.00), por el quinto y sexto año por hectárea; cuatro dólares de los Estados Unidos de América ($4.00) por el séptimo y octavo año por hectárea; ocho dólares de Estados Unidos de América ($8.00), por el noveno y
décimo año por hectárea y doce dólares de los Estados Unidos de América ($12.00) por hectárea a partir del décimo primer año. Estos pagos deberán ser enterados en partidas semestrales entre el 01 y el 30 de enero de cada año el primer pago, y entre el 01 y el 30 de julio de cada año el segundo pago.
2.- En concepto de Derecho de Extracción o Regalía, pagará el tres por ciento (3%) del valor de las sustancias extraídas, el cual será considerado un gasto deducible para fines de cálculo del Impuesto sobre la Renta. Para los fines de calcular este pago, el concesionario estará obligado a rendir un informe mensual sobre su producción dentro de los primeros quince días del mes siguiente.
3.- El pago correspondiente al Impuesto sobre la Renta (I.R) será de conformidad con la Ley de la materia, debiendo presentar copia de sus declaraciones del año gravable respectivo, a más tardar el 30 de Octubre de cada año.
Las sumas comprendidas en los numerales uno (1) y dos (2), deberán ser enteradas a la Administración de Rentas donde se encuentra inscrito y podrán pagarse en moneda nacional al tipo de cambio oficial vigente a la fecha del respectivo pago.
4.- Suministrar anualmente o cuando el Ministerio de Energía y Minas lo requiera, información sobre sus actividades, así como de los acuerdos de cooperación y apoyo a la actividad minera de carácter artesanal.
5.- Permitir y facilitar a los representantes del Ministerio de Energía y Minas las labores de inspección que éstos realicen y acatar sus recomendaciones.
6.- Cumplir con las normas que se dicten en materia de seguridad laboral y protección ambiental, en especial la Ley Nº 217, Ley del General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, el Decreto No.76-2006 “Sistema de Evaluación Ambiental” publicado en la Gaceta, Diario Oficial No248 del 22 de diciembre del 2006; y el Decreto
Nº 33-95 “Disposiciones para el Control de la Contaminación Proveniente de las Descargas de Aguas Residuales Domésticas, Industriales y Agropecuarias” publicada en la Gaceta, Diario Oficial No118 del 26 de Junio de 1995.
7.- Inscribir el título de la presente concesión en el Registro Público de la Propiedad, así como publicarlo en La Gaceta, Diario Oficial a su costa, dentro de los treinta días subsiguientes a la fecha de su emisión, remitiendo copia a este Ministerio de la constancia registral y de su publicación.
8.- Previo a la realización de cualquier actividad minera, el concesionario deberá solicitar permiso a los propietarios de los terrenos ubicados dentro del área de la Concesión; así como negociar y acordar con ellos los términos e indemnizaciones para el uso del suelo e infraestructura de propiedad privada en donde deban desarrollar los trabajos correspondientes.
9.- De conformidad con lo establecido en el artículo 42 y 43 de la Ley Nº 387, Ley Especial Sobre Exploración y Explotación de Minas, dentro del área amparada por la presente concesión minera, en donde se desarrollen actividades de exploración, el concesionario deberá permitir el acceso y la realización de la minería artesanal a quienes se encuentren ejerciendo tal actividad. Para los nuevos mineros artesanales la superficie permitida no superara el 1% del área concesionada, previo acuerdo con el concesionario.
10.- No podrá realizar trabajos de exploración y de explotación a menos de cien metros de pueblos, propiedades cercadas, edificios religiosos, pozos, ambos lados de vías de comunicación, acueductos, oleoductos y obras de utilidad pública, sin autorización del Ministerio de Energía y Minas.
11.- Determinar el terreno de la concesión por mojones situados en cada uno de sus vértices y por lo menos uno de ellos en relación a un punto invariable del terreno, el cual deberá indicar el nombre del titular, la fecha de otorgamiento de la concesión minera y el nombre del lote, de conformidad con lo establecido por el artículo 34 de la Ley Especial sobre Exploración y Explotación de Minas.
12.- Presentar dentro de un plazo no mayor a tres meses contados a partir del inicio de vigencia de la concesión, un proyecto que incluya las fases de la actividad minera definidas en el artículo 3 del Reglamento de la Ley Especial sobre Exploración y Explotación de Minas. En este proyecto se deberá calendarizar todas las etapas que el concesionario planea ejecutar, cuyo cumplimiento será verificado mediante inspecciones programadas.
13.- Para tramitar cualquier reclamo, derecho, exoneración de impuestos, renuncias parciales, totales o cesiones de derechos, el concesionario debe estar SOLVENTE DE TODAS SUS OBLIGACIONES, según lo indica el artículo 96 de la Ley Especial sobre Exploración y Explotación de Minas y el Acuerdo Ministerial No 83-DM-188-2009 sobre la “D I SP O S I C I ÓN TÉ C N IC A N U M E RO 0 1 - 20 0 9 . PROCEDIMIENTO PARA EL TRÁMITE DE RENUNCIAS PARCIALES O TOTALES”.
14.- Cumplir con las disposiciones establecidas en la NORMA TÉCNICA OBLIGATORIA NICARAGÜENSE -NTON 05-029-06, publicada en la Gaceta No. 121 del 26 de junio del 2008.
La falta de cumplimiento de las obligaciones anteriormente relacionadas y las demás establecidas en la ley de la materia vigente, faculta al Ministerio de Energía y Minas a cancelar la concesión otorgada.
TERCERO: Que esta Concesión confiere a su titular el derecho de
exclusividad para la exploración, explotación y establecimiento de plantas de beneficio sobre las sustancias minerales consideradas en la Ley y encontradas dentro de la circunscripción de la misma.
La concesión constituye un derecho real inmobiliario, distinto e independiente al de la propiedad del terreno donde se ubica, la cual puede ser cedida, traspasada, dividida, arrendada y fusionada con concesiones de la misma clase, previa autorización del Ministerio de Energía y Minas.
Los derechos y obligaciones derivados del presente Acuerdo Ministerial no podrán ser alterados o menoscabados durante la vigencia de la misma sin el acuerdo de ambas partes. Los derechos y obligaciones establecidos en la Ley Especial sobre Exploración y Explotación de Minas, su Reglamento y sus Reformas son de obligatorio cumplimiento.
CUARTO: El concesionario minero deberá iniciar actividades de
explotación en cualquier parte del lote minero, en un plazo no mayor de cuatro años contados a partir del otorgamiento de la presente concesión, prorrogables por un año más, según lo establecido en la Ley y su Reglamento, específicamente en el Decreto No. 57-2006, artículo 1 que reforma al artículo 30, del Reglamento de la Ley N° 387, para lo cual y previo al inicio de sus operaciones, el concesionario deberá presentar a este Ministerio el respectivo Permiso Ambiental debidamente emitido por la autoridad correspondiente.
2969
El término de duración de la presente Concesión es de VEINTICINCO (25) años, contados a partir de la emisión de la Certificación del presente Acuerdo Ministerial. Dicha Certificación se extenderá como Título una vez que el interesado manifieste por escrito la aceptación íntegra del mismo, la cual deberá ser publicada por el titular en La Gaceta, Diario Oficial e inscrita en el Registro Público de la Propiedad correspondiente, dentro de los siguientes treinta días so pena de cumplir con lo establecido en articulo 40 del Reglamento de la Ley Especial sobre Exploración y Explotación de Minas, debiendo remitir copia al Ministerio de Energía y Minas. Notifíquese al interesado para todos los fines de Ley. Dado en la ciudad de Managua, a los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil doce. (f).- EMILIORAPPACCIOLI B.-Ministro.- San Lorenzo, 8 de marzo del 2012.
Ingeniero Carlos Zarruk Pérez.- Director General de Minas. MEM. Estimado Ingeniero Zarruk: Soy Guillermo Enrique Alemán Gómez, mayor de edad, casado, Abogado y Notario Público, del domicilio de Condega, Estelí y me identifico con la cedula de identidad No. 481-110960-0000W, actúo en calidad de Apoderado General de Administración de la Sociedad Inversiones Ecológicas Sociedad Anónima, calidad que he acreditado ante esa dependencia. Con fecha 7 de marzo del corriente año de esa Dirección me fue notificado el Acuerdo Ministerial No. 016-DM-334-2012 el cual fue emitido el veintiocho de siete de febrero del dos mil doce, mediante el cual el Ministerio de Energía y Minas le otorga a mi representada un titulo de concesión para minería metálica en el lote conocido como El Pochote ubicado este en los municipios de San Lorenzo y Comalapa, con un área de 11,666.31 hectáreas. Mediante la presente le comunico que el contenido del Acuerdo Ministerial reúne los requerimientos establecidos en la Ley No. 387 y está acorde a lo solicitado por INECOSA, por lo tanto en mi calidad de representante de INECOSA, acepto el contenido del citado Acuerdo Ministerial y pido me libre la certificación del titulo de concesión. Para notificaciones señalo las oficinas de INECOSA, las cuales está ubicadas en Colonial Los Robles, No. 198, del Restaurante Summer una cuadra y media al norte. MsC. Guillermo Alemán Gómez. Apoderado Especial INECOSA.-S o n co n fo rmes s u s o r i gin al es , s e exti en d e la p r esen t e CERTIFICACIÓN en la Ciudad de Managua, a los veinte días del mes de marzo del año dos mil doce. Hago constar que la vigencia de este Acuerdo Ministerial inicia con la fecha de su Certificación. (f) Maritza
Castillo Castillo, Directora de Administración y Control de
Concesiones, Dirección General de Minas Ministerio de Energía y Minas.
INSTITUTO NICARAGÜENSE DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA
Reg. 6322 - M. 53403 - Valor C$ 380.00
Aviso para la Licitación Selectiva Número 04-2012 - Adquisición de un vehículo
E l IN S TI TU TO N I C AR AGU E N S E DE TE C N O LO GÍ A AGROPECUARIA (INTA), avisa que a partir del 25 de abril de 2012, se encuentra disponible en el portal único de contratación, el llamado a Licitación Selectiva número 04-2012 - Adquisición de un vehículo.
Para obtener el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) de la presente Licitación los oferentes interesados deben hacer un pago en efectivo no reembolsable de C$100.00 (Cien córdobas netos), en Caja General del INTA Central, contiguo a la V Estación de la Policía Nacional, Managua, Nicaragua, y retirar el documento en la Unidad de Adquisiciones en días y horas hábiles a partir del 25 de abril de 2012.
El PBC también puede ser descargado del portal único de contratación, www.nicaraguacompra.gob.ni.
(f) Esperanza Rodríguez Corea, Responsable Unidad de
Adquisiciones.
---Llamado a Licitación Nicaragua
Proyecto de Tecnología Agrícola – PTA II Número del préstamo: 4127-NI
Llamado a Licitación Pública Internacional No. 052012 -Adquisición de Semilla Registrada de Frijoles
1. Este llamado a licitación se emite como resultado del Aviso General de Adquisiciones que para este Proyecto fuese publicado en el Development Business del 02 de agosto del año dos mil diez.
2. El Gobierno la República de Nicaragua ha recibido un crédito del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento para financiar parcialmente el costo del Proyecto de tecnología Agrícola – PTA II, y se propone utilizar parte de los fondos de este crédito para efectuar los pagos bajo el Contrato Licitación Pública Internacional No. 05-2012 – Adquisición de Semilla Registrada de Frijoles.
3 . E l I N S TITU TO N IC AR AGU EN S E D E TE C N O LO GÍ A AGROPECUARIA (INTA) invita a las personas jurídicas elegibles a presentar ofertas selladas para la adquisición de 2,000 quintales de semilla registrada de frijoles INTA Rojo y 900 quintales de semilla registrada de frijoles INTA Cárdenas. El nombre y número de identificación de la LPI son: 05-2012 – Adquisición de Semilla Registrada de Frijoles.
Se podrá ofertar total o parcialmente la cantidad de quintales de semilla requerida por el INTA por ítem, es decir, se aceptarán ofertas parciales siempre y cuando incluyan al menos el 20% de la cantidad total de los ítems ofertados.
La adjudicación se hará por ítem y de forma parcial conforme el siguiente procedimiento: 1) Al proveedor que oferte el primer mejor precio se le adjudicará la cantidad total de quintales ofertados (siempre y cuando la cantidad sea igual o superior al 20% de la cantidad solicitada por el INTA), si con la adjudicación al primer mejor precio no se completa la cantidad de quintales de semilla solicitada por el INTA, se procede a la adjudicación de la cantidad ofertada al segundo mejor precio (siempre y cuando la cantidad sea igual o superior al 20% de la cantidad solicitada por el INTA) y así sucesivamente hasta completar el 100% de la cantidad de quintales requeridos por el INTA.
Se aclara que por la modalidad de adjudicación, el INTA se reserva el derecho de realizar adjudicaciones totales o parciales hasta completar la cantidad total de quintales de frijoles requeridos por el INTA, es decir, que a un proveedor se le podrá adjudicar la cantidad total o cantidades parciales de las cantidades de quintales que oferte.
4.La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Internacional (LPI) establecidos en la publicación del Banco Mundial titulada Normas: Adquisiciones con Préstamos del BIRF, y está abierta a todos los licitantes de países elegibles, según se definen en dichas normas.
5.Los licitantes elegibles que estén interesados podrán obtener información adicional de: INSTITUTO NICARAGUENSE DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA (INTA) - Esperanza Rodríguez C o r ea, R es po n s ab l e U n i d ad d e Ad q ui s i ci o nes , e- mai l : [email protected]. y revisar los documentos de licitación en la página www.nicaraguacompra.gob.ni
6.Los requisitos de calificaciones incluyen Capacidad financiera y Experiencia y Capacidad Técnica. No se otorgará un Margen de Preferencia a contratistas nacionales elegibles. Mayores detalles se proporcionan en los Documentos de Licitación.
7.Los licitantes interesados podrán comprar un juego completo de los Documentos de Licitación en idioma español, mediante presentación de una solicitud por escrito a la dirección indicada al final de este Llamado y contra el pago de una suma no reembolsable de cincuenta dólares netos (USD50.00) o su equivalente en córdobas a la tasa de cambio oficial del Banco Central de Nicaragua, vigente a la fecha de pago. Esta suma podrá pagarse mediante cheque certificado, giro bancario o transferencia bancaria. El documento será enviado por correo aéreo para envíos al extranjero y correo terrestre para envíos dentro del país. Los licitantes interesados también podrán obtener un juego completo de los Documentos de Licitación en idioma español, d es car gán d ol o d e man er a gr at u i ta en el s i t i o web www.nicaraguacompra.gob.ni.
8.Las ofertas deberán hacerse llegar a la dirección indicada abajo ( ( I NS TI TU TO N I C AR AGU E N S E DE TE C N O LO GÍ A AGROPECUARIA (INTA) - Unidad de Adquisiciones, módulo 5 Edificio INTA Central, contiguo a la V Estación de la Policía Nacional, Managua, Nicaragua) a más tardar a las 10:00 a. m. del 12 de junio del año dos mil doce. Ofertas electrónicas no serán permitidas. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los licitantes que deseen asistir en persona en la dirección indicada al final de este Llamado, a las 10:00 a. m. del 12 de junio del año dos mil doce. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Declaración de Mantenimiento de la Oferta” utilizando el formulario incluido en la Sección IV Formularios de la Oferta.
9.La dirección referida arriba es:
Para retiro del Documento de Licitación y Recepción de Ofertas:
I N S TI TU TO NI C AR AGUE N S E D E TE C N O LO GÍ A AGROPECUARIA (INTA) - Unidad de Adquisiciones, módulo 5 Edificio INTA Central, contiguo a la V Estación de la Policía Nacional, Managua, Nicaragua, telefax 2278-0502; correo electrónico: [email protected].
Para Apertura de las ofertas: Auditorio INTA Central, módulo 20
Edificio INTA Central, contiguo a la V Estación de la Policía Nacional, Managua, Nicaragua.
(F) LIC. MARÍA ISABEL MARTÍNEZ CHAVARRÍA, DIRECTORA
GENERAL.
EMPRESA NICARAGÜENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS SANITARIOS
Reg. 6324 - M. 53434 - Valor C$ 95.00
AVISO DE LICITACIÓN
AVISO DE LICITACIÓN SELECTIVA.
Por este medio ENACAL, informa que a partir del día 24 de Abril del 2 0 1 2, es t ará a d i sp o s i ci ón en el p o r t al el ect r ón i co www.nicaraguacompra.gob.ni el PBC de la Licitación Selectiva No. 033-2012, para la “Adquisición de Mangueras de Presión y Accesorios”.
El Pliego de Bases y Condiciones (PBC) estará redactado en idioma español y podrá bajarse directamente del SISCAE, a partir del 24 de Abril del 2012.
Las ofertas deberán entregarse en idioma español a más tardar a las
02:00 p.m. del día 09 de Mayo del 2011, en la Dirección de
Adquisiciones e Importaciones, ubicada en el Plantel Asososca, contiguo al Hospital de Rehabilitación Psicosocial “José Dolores Fletes”.
El acto de apertura se efectuará a las 02:10 p.m. del día 09 de Mayo
del 2012, en la sala de Conferencias de la Dirección de Adquisiciones
e Importaciones de ENACAL. Consultas al teléfono 22538000 Ext. 2016-2060.
Managua, 23 de Abril del año dos mil doce.
(f) Lic. Natalia Avilés Herrera, Directora de Adquisiciones e
Importaciones de ENACAL.
EMPRESA NACIONAL DE TRANSMISION ELECTRICA
Reg. 6318 - M. 52956 - Valor C$ 190.00
AVISO DE ADJUDICACIÓN CONSULTORIA No. GIP-02-2011-ENATREL
CALCULO DE TARIFA DE PEJE
DEL SISTEMA DE TRANSMISION DE ENATREL” Proyecto:Programa de Apoyo al Sector Eléctrico
Préstamo/Crédito Número:Préstamo No. 1877/BL-NI, Refuerzos Nacionales de Transmisión para Integración con el Proyecto SIEPAC.
Financiamiento: Banco Interamericano de Desarrollo (BID) Sector: ENERGIA
Resumen:SERVICIOS DE CONSULTORIA – País del Proyecto: Nicaragua, C.A.Número de Referencia del Proceso: Nº GIP-02-2011-ENATREL, Contrato Adjudicado por CONSULTORIA BAJO EL METODO DE CONTRATACION DIRECTA. CONSULTOR ADJUDICADO:
1.SERGIO GUSTAVO SANCHEZ. B.Villafañe 1039- S.M. de Tucuman-Tucuman- Argentina C.P. No 4000.
PRECIO PROPUESTO: US$ 98,000.00 PRECIO EVALUADO: US$ 98,000.00
2971
Contratante EMPRESA NACIONAL DE TRANSMISIÓN ELECTRICA
País del Contratista:MANAGUA, NICARAGUA, C.A.
Monto de Contrato:A favor del consultor Individual SERGIO GUSTAVO SANCHEZ por un monto de Noventa y ocho mil dólares
netos de los Estados Unidos de América (US$ 98,000.00), por ser la el único consultor disponible, quien cumple con los requisitos técnicos y experiencia profesional requeridos por ENATREL además por encontrarse su propuesta de precio dentro del presupuesto establecido para el presente proceso.
Alcances de la Consultoría:
Básicamente el trabajo del consultor se concentrará en la determinación de la remuneración requerida por la Empresa de Transporte y la posterior definición de un esquema tarifario partiendo sobre los siguientes aspectos:
I.Análisis Preliminar.
Análisis del Marco Normativo Análisis del Sistema de Transporte Análisis de la empresa real
Diseño de la Empresa de Referencia o Modelo
II. Esquema general para la determinación de la remuneración requerida por la empresa de transporte
Algunas consideraciones sobre la remuneración de la empresa de transporte o Valor Agregado de Transporte
Metodología para el cálculo de la Base de Capital Costos de explotacióno Impuestos y tasas Capital de trabajo
Costo de las Pérdidas de Potencia y Energía
III. Esquema tarifario
IV. Esquema de actualización de los costos de transporte y de la remuneración
V. Elaboración del modelo económico financiero de la empresa de transporte
El plazo para la entrega de la Consultoría será de (4) cuatro meses contados a partir de la firma del contrato.
Fecha de Firma del Contrato:
Agencia Ejecutora: EMPRESA NACIONAL DE TRANSMISIÓN ELECTRICA (ENATREL) Ing. Estela Martínez Cerrato Gerente de
Ingeniería y Proyectos Oficinas Centrales de ENATREL, Edificio ENEL CENTRAL Ubicado en Intersección Pista Juan Pablo II y Aveni d a B o lí var F AX : ( 5 0 5) 2 2 7 8 -1 2 7 6 E - mai l : [email protected]
(F) ING. SALVADOR MANSELL CASTRILLO, PRESIDENTE
EJECUTIVO ENATREL.
ALCALDIAS
Reg. 6323 - M. 53407 - Valor C$ 190.00
Alcaldía Municipal de Nueva Guinea
LLAMADO A COMPRA POR COTIZACIÓN MAYOR N° CXCM-05-2012
La ALCALDIA MUNICIPAL DE NUEVA GUINEA, en su carácter de Contratante, invita a los Oferentes elegibles a presentar ofertas selladas para la contratación de renta horaria para la ejecución del proyecto “Construcción de 1.5Km de Camino Maritza Quezada
I Etapa, fondos propios” a realizarse en el municipio de NUEVA GUINEA, REGION AUTONOMA ATLANTICO SUR, podrá
encontrar más especificaciones de la ejecución en el PBC.
La base legal de este procedimiento está constituida por la Ley No. 622 y su Reglamento Decreto 109-2007. Por lo que, lo no contemplado en el PBC se rige por dichas normas. Los Oferentes elegibles que estén interesados podrán obtener información adicional y revisar los documentos de la Contratación en la dirección que se indica más abajo.
El monto base para esta Compra por Cotización es C$450,000.00 (cuatrocientos cincuenta mil córdobas Netos), o su equivalente en dólares a la tasa de cambio oficial del día de la apertura de ofertas.
Los Oferentes elegibles interesados deberán adquirir el Pliego de Bases y Condiciones, previa cancelación del mismo en caja de la Alcaldía de Nueva Guinea. El pago de la suma no reembolsable de C$ 300.00
(Trescientos córdobas Netos) deberá hacerse en moneda nacional
córdobas, en efectivo o en cheque certificado emitido a nombre
de: ALCALDIA MUNICIPAL DE NUEVA GUINEA. El documento
estará a la venta los días hábiles comprendidos entre el 25/04/2012 AL
26/04/2012 hasta las 4:00PM del último día, en la oficina de la unidad
de Adquisiciones; y deberá ser retirado antes de la fecha de vencimiento de venta del PBC, en las oficinas de la unidad de adquisiciones, de la Alcaldía Municipal de Nueva Guinea, previa presentación de recibo oficial de caja en la Oficina de ADQUISICIONES, ALCALDIA
MUNICIPAL.
Las ofertas serán recibidas en ALCALDIA DE NUEVA GUINEA a más tardar a las 10:00AM horas del día viernes 04/05/2012. Serán
permitidas las ofertas electrónicas, PERO LA ALCALDÍA Municipal de Nueva Guinea, no se responsabilizará cualquier desvío de oferta. Las ofertas que se presenten con posterioridad a este plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán físicamente a continuación de su recepción a las 10:15AM, en presencia de los representantes.
La dirección referida arriba para obtener mayor información o realizar consultas es ALCALDIA MUNICIPAL DE NUEVA GUINEA,
BANCENTRO 1 CUADRA AL ESTE, Teléfono (s): 87394451 /
8 4 4 3- 2 5 4 0 , 2 5 7 5 - 0 04 8 E xt . 2 6 . C o r r eo el ect r ón i co : [email protected].
Las ofertas deberán presentarlas en idioma español, moneda Nacional córdobas o su equivalente en dólares, a la tasa de cambio Oficial emitido por el BCN. Inicio de ejecución del contrato es el día 11/05/ 2012. Los criterios de evaluación están estipulados en el PBC.
Causales de Rechazo o descalificación de las ofertas:
1- Cuando no se ajuste al pliego de base y condiciones de la Contratación. 2 -Que no cumpla con la Presentación de los formatos establecidos en
el Pliego de bases y condiciones, las ofertas serán rechazadas.
3 -Cuando adolezcan de errores no subsanables de conformidad al PBC
de la contratación.
4 -Si el oferente esta bajo sanción por incumplimiento.
5 -Si el oferente tiene desactualizado su registro de proveedores.
La renta de los equipos será por hora y se dará inicio a partir de la firma de la orden de inicio, fecha estipulada en el calendario de este Pliego.
(f) Ing. Denis Obando Marín, Alcalde Municipal Nueva Guinea.
---LLAMADO A COMPRA POR COTIZACIÓN MAYOR N° CXCM-06-2012
La ALCALDIA MUNICIPAL DE NUEVA GUINEA, en su carácter de Contratante, invita a los Oferentes elegibles a presentar ofertas selladas para la contratación de renta horaria para la ejecución del proyecto “Construcción de 3Km de Camino El Serrano – La
Reforma II Etapa” Fondos Transferencias, a realizarse en el
municipio de NUEVA GUINEA, REGION AUTONOM A
ATLANTICO SUR, podrá encontrar más especificaciones de la
ejecución en el PBC.
La base legal de este procedimiento está constituida por la Ley No. 622 y su Reglamento Decreto 109-2007. Por lo que, lo no contemplado en el PBC se rige por dichas normas. Los Oferentes elegibles que estén interesados podrán obtener información adicional y revisar los documentos de la Contratación en la dirección que se indica más abajo. El monto base para esta Compra por Cotización es C$900,000.00
(novecientos mil córdobas Netos), o su equivalente en dólares a la tasa
de cambio oficial del día de la apertura de ofertas.
Los Oferentes elegibles interesados deberán adquirir el Pliego de Bases y Condiciones, previa cancelación del mismo en caja de la Alcaldía de Nueva Guinea. El pago de la suma no reembolsable de C$ 300.00
(Trescientos córdobas Netos) deberá hacerse en moneda nacional
córdobas, en efectivo o en cheque certificado emitido a nombre
de: ALCALDIA MUNICIPAL DE NUEVA GUINEA. El documento
estará a la venta los días hábiles comprendidos entre el 25/04/2012 AL
26/04/2012 hasta las 4:00PM del último día, en la oficina de la unidad
de Adquisiciones; y deberá ser retirado antes de la fecha de vencimiento de venta del PBC, en las oficinas de la unidad de adquisiciones, de la Alcaldía Municipal de Nueva Guinea, previa presentación de recibo oficial de caja en la Oficina de ADQUISICIONES, ALCALDIA
MUNICIPAL.
Las ofertas serán recibidas en LA ALCALDIA DE NUEVA GUINEA a más tardar a las 10:00AM horas del día viernes 04/05/2012. :Serán permitidas las ofertas electrónicas, PERO LA ALCALDÍA
Nueva Guinea, no se responsabilizará cualquier desvío de oferta. Las ofertas que se presenten con posterioridad a este plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán físicamente a continuación de su recepción a las
10:15AM, en presencia de los representantes.
La dirección referida arriba para obtener mayor información o realizar consultas es ALCALDIA MUNICIPAL DE NUEVA GUINEA,
BANCENTRO 1 CUADRA AL ESTE, Teléfono (s): 87394451 /
8 4 4 3- 2 5 4 0 , 2 5 7 5 - 0 04 8 E xt . 2 6 . C o r r eo el ect r ón i co : [email protected].
Las ofertas deberán presentarlas en idioma español, moneda Nacional córdobas o su equivalente en dólares, a la tasa de cambio Oficial emitido por el BCN. Inicio de ejecución del contrato es el día 11/05/ 2012. Los criterios de evaluación están estipulados en el PBC.
Causales de Rechazo o descalificación de las ofertas:
1- Cuando no se ajuste al pliego de base y condiciones de la Contratación. 2- Que no cumpla con la Presentación de los formatos establecidos en
el Pliego de bases y condiciones, las ofertas serán rechazadas.
3- Cuando adolezcan de errores no subsanables de conformidad al PBC
de la contratación.
4- Si el oferente esta bajo sanción por incumplimiento. 5 Si el oferente tiene desactualizado su registro de proveedores.
La renta de los equipos será por hora y se dará inicio a partir de la firma de la orden de inicio, fecha estipulada en el calendario de este Pliego.
(f) Ing. Denis Obando Marín, Alcalde Municipal Nueva Guinea.
---Reg. 6320 - M. 53042 - Valor C$ 380.00
Alcaldía Municipal de El Almendro AVISO DE LICITACION
Publicación Nº: 07-2012
La Alcaldía Municipal de El Almendro, en su carácter de contratante con fondos provenientes de las Transferencias del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, invita a las personas Naturales o Jurídicas autorizadas en nuestro País para ejecutar la actividad comercial e inscritas en el Registro de Proveedores Municipales o en los Registros Supletorios, a presentar ofertas selladas para la Contratación del Siguiente Proyecto:
M ejoramiento de Calles con adoquín en el casco urbano de El Almendro.
El Almendro C$ 200.00 Licitación Por Registro Valor Pliego
de Bases
Modalidad de Contratación Descripción Municipio
Los Oferentes elegibles podrán adquirir el documento de Licitación en idioma Español, previa cancelación del mismo en la caja central de recaudación de la Municipalidad, ubicada en el costado norte del parque central. El pago de la suma no reembolsable deberá hacerse en moneda Nacional, en efectivo o en cheque certificado emitido a nombre de la Alcaldía Municipal de El Almendro. El documento estará a la venta los días hábiles comprendidos entre el 30 de Abril al 03 de Mayo del 2012, y deberá ser retirado por el Oferente que lo adquirió o mediante un representante a partir de las 08:30 de la Mañana a las 05:00 de la tarde.
Las Ofertas serán recibidas en la Oficina de la unidad de Adquisiciones de la Alcaldía Municipal a más tardar el día 14 de Mayo del 2012 hasta las 02:00 PM. No serán permitidas las ofertas electrónicas. Las ofertas se abrirán físicamente a continuación de su recepción en presencia de los oferentes o sus representantes que deseen asistir, en la sala de proyectos de la Alcaldía Municipal.
Información o Consulta: Oficina de la unidad de Adquisiciones,
Alcaldía Municipal de El Almendro, Telefax: 2516-0659; Correo Electrónico: [email protected].
Las disposiciones contenidas en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación tienen su base legal en la Ley 622 “Ley de Contrataciones Municipales”.
(f) Sr. Luis Francisco González Moraga, Alcalde Municipal. El
Almendro, Rio San Juan.
---AVISO DE LICITACION Publicación Nº: 08-2012
La Alcaldía Municipal de El Almendro, en su carácter de contratante con fondos provenientes de las Transferencias del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, invita a las personas Naturales o Jurídicas autorizadas en nuestro País para ejecutar la actividad comercial e inscritas en el Registro de Proveedores Municipales o en los Registros Supletorios, a presentar ofertas selladas para la Contratación del Siguiente Proyecto:
2973
Reemplazo Puente Caracito El Almendro C$ 200.00 Compra por Cotización
Valor Pliego de Bases
Modalidad de Contratación Descripción Municipio
Los Oferentes elegibles podrán adquirir el documento de Licitación en idioma Español, previa cancelación del mismo en la caja central de recaudación de la Municipalidad, ubicada en el costado norte del parque central. El pago de la suma no reembolsable deberá hacerse en moneda Nacional, en efectivo o en cheque certificado emitido a nombre de la Alcaldía Municipal de El Almendro. El documento estará a la venta los días hábiles comprendidos entre el 30 de Abril al 02 de Mayo del 2012, y deberá ser retirado por el Oferente que lo adquirió o mediante un representante a partir de las 08:30 de la Mañana a las 05:00 de la tarde.
Las Ofertas serán recibidas en la Oficina de la unidad de Adquisiciones de la Alcaldía Municipal a más tardar el día 7 de Mayo del 2012 hasta las 03:00 PM. No serán permitidas las ofertas electrónicas. Las ofertas se abrirán físicamente a continuación de su recepción en presencia de los oferentes o sus representantes que deseen asistir, en la sala de proyectos de la Alcaldía Municipal.
Información o Consulta: Oficina de la unidad de Adquisiciones,
Alcaldía Municipal de El Almendro, Telefax: 2516-0659; Correo Electrónico: [email protected].
Las disposiciones contenidas en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación tienen su base legal en la Ley 622 “Ley de Contrataciones Municipales”.
(f) Sr. Luis Francisco González Moraga, Alcalde Municipal. El
Almendro, Rio San Juan.
2-1
---Reg. 6321 - M. 53117 - Valor C$ 570.00
AVISO DE LICITACION No 010 - 2012.
El comité de licitaciones de la alcaldía municipal de San Nicolás, departamento de Estelí, encargada de realizar las contrataciones bajo las modalidades descritas y en cumplimiento a la ley 622 “Ley de Contrataciones Municipales”, invita a todas las personas naturales y/o jurídicas, elegibles, inscritos en el Registro Central de Proveedores del Estado de la Dirección General de Contrataciones del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, interesados a presentar ofertas selladas para la licitación abajo detallada:
COMITÉ DE LICITACION.
Alcaldía Municipal de San Nicolás, Iglesia Católica 1 cuadra al sur.
LICITACION COMPRA POR COTIZACION DE MAYOR CUANTIA 2012.
PROYECTO: CONSTRUCCION DE 515.00 ML DE CUNETAS EN EL CASCO URBANO DE SAN NICOLAS.
Adquisición de Pliego de Bases y Condiciones: 30 de Abril y 02 de Mayo del 2012, de las 08:00 AM las 05:00 PM en oficinas Caja Municipal, Alcaldía Municipal de San Nicolás.
Recepción de Ofertas: Lunes, 14 de Mayo 2012, Unidad Técnica
Municipal (UTM), esquina opuesta al Parque Municipal, a las 09:00 am. Apertura de ofertas: Del 14 al 15 Mayo 2012, Unidad Técnica Municipal (UTM), esquina opuesta al Parque Municipal.
Garantía de Mantenimiento de Oferta: Por un monto de C$15,000.00 Quince Mil Córdobas netos.
El Pliego de Bases Y Condiciones se entregara previo pago no reembolsable de C$1,000.00 (Un Mil Córdobas Netos) en caja de recaudaciones de la alcaldía municipal de San Nicolás.
(f) Eladio Rocha Rocha, Alcalde de San Nicolás. Lucrecia López Gamez, Resp. Adquisiciones Alcaldía.
---AVISO DE LICITACION No 011 - 2012.
El comité de licitaciones de la alcaldía municipal de San Nicolás, departamento de Estelí, encargada de realizar las contrataciones bajo las modalidades descritas y en cumplimiento a la ley 622 “Ley de Contrataciones Municipales”, invita a todas las personas naturales y/o jurídicas, elegibles, inscritos en el Registro Central de Proveedores del Estado de la Dirección General de Contrataciones del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, interesados a presentar ofertas selladas para la licitación abajo detallada:
COMITÉ DE LICITACION.
Alcaldía Municipal de San Nicolás, Iglesia Católica 1 cuadra al sur.
LICITACION COMPRA POR COTIZACION DE MAYOR CUANTIA 2012.
PROYECTO: MEJORAMIENTO DE 2.00 KMS DE CAMINO EMPALME GUINGAJAPA – LIMAY.
Adquisición de Pliego de Bases y Condiciones: 30 de Abril y 02 de Mayo del 2012, de las 08:00 AM las 05:00 PM en oficinas Caja Municipal, Alcaldía Municipal de San Nicolás.
Recepción de Ofertas: Lunes, 14 de Mayo 2012, Unidad Técnica Municipal (UTM), esquina opuesta al Parque Municipal, a las 09:00 am.
Apertura de ofertas: Del 14 al 15 Mayo 2012, Unidad Técnica Municipal (UTM), esquina opuesta al Parque Municipal.
Garantía de Mantenimiento de Oferta:Por un monto de C$12,000.00 Doce Mil Córdobas netos.
El Pliego de Bases Y Condiciones se entregara previo pago no reembolsable de C$1,000.00 (Un Mil Córdobas Netos) en caja de recaudaciones de la alcaldía municipal de San Nicolás.
(f) Eladio Rocha Rocha, Alcalde de San Nicolás. Lucrecia López Gamez, Resp. Adquisiciones Alcaldía.
---AVISO DE LICITACION No 012 - 2012.
El comité de licitaciones de la alcaldia municipal de San Nicolas, departamento de Esteli, encargada de realizar las contrataciones bajo las modalidades descritas y en cumplimiento a la ley 622 “Ley de Contrataciones Municipales”, invita a todas las personas naturales y/o jurídicas, elegibles, inscritos en el Registro Central de Proveedores del