‡TXF‡‡AC‡
2. A
UTORIDADES YP
ERSONAL‡ A F ‡ ‡ O C ‡
Consejería de Sanidad
Servicio Murciano de Salud
‡OF‡‡SUC‡
961 Corrección de error.
‡SUF‡‡TXC‡
Advertido error en la publicación número 961, aparecida en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia», número 22, de fecha 27 de enero de 2006, se rectifica en lo siguiente:
El punto Segundo del Resuelve debe quedar como sigue:
«Segundo: Expedir nombramiento temporal como Jefe de Sección de Medicina Interna del Hospital Rafael Méndez a don Juan Luis Mulero Conde, D.N.I. n.º 23.164.778 Y, sujeto a evaluaciones cuatrienales a efectos de su con-tinuidad en el puesto».
‡TXF‡
——
‡ O C ‡
Consejería de Sanidad
Servicio Murciano de Salud
‡OF‡‡SUC‡
962 Corrección de error.
‡SUF‡‡TXC‡
Advertido error en la publicación número 962, aparecida en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia», número 22, de fecha 27 de enero de 2006, se rectifica en lo siguiente:
El punto Segundo del Resuelve debe quedar como sigue:
«Segundo: Expedir nombramiento temporal como Jefe de Sección de Oftalmología del Hospital Rafael Méndez a don Antonio Alcázar Cantos, D.N.I. n.º 23.193.522T, sujeto a evaluaciones cuatrienales a efectos de su continuidad en el puesto».
‡TXF‡
‡ A C ‡
3. O
TRASD
ISPOSICIONES‡ A F ‡ ‡ O C ‡
Consejería de Trabajo y Política Social
‡OF‡‡SUC‡1291 Protocolo 2005 adicional al Convenio de
Colaboración suscrito el 30 de diciembre de 1997 entre el ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Murcia para la realización de proyectos del plan de acción integral para personas con discapacidad.
‡SUF‡‡TXC‡
Visto el texto del Protocolo 2005 adicional al Con-venio de Colaboración suscrito el 30 de diciembre de 1997 entre el ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Murcia para la realización de proyectos del plan de acción integral para personas con discapacidad, suscrito por la Consejera de Trabajo y Política Social en fecha 8 de noviembre de 2005 y te-niendo en cuenta que tanto el objeto del Convenio
como las obligaciones establecidas en el mismo regu-lan un marco de colaboración que concierne al interés público de esta Consejería, y a los efectos de lo dis-puesto en el artículo 14 del Decreto Regional 56/1996, de 24 de julio, sobre tramitación de los Convenios en el ámbito de la Administración Regional.
Resuelvo
Publicar en el «Boletín Oficial de la Región de Mur-cia» el texto del Protocolo 2005 adicional al Convenio de Colaboración suscrito el 30 de diciembre de 1997 entre el ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comu-nidad Autónoma de Murcia para la realización de pro-yectos del plan de acción integral para personas con discapacidad.
Murcia, 25 de enero de 2006.—El Secretario General, Constantino Sotoca Carrascosa.
‡NIC‡ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA
‡NIF‡
Tercero.
Que, el Convenio citado, establece en su cláusula sexta la prórroga automática de aquel para convocato-rias sucesivas, de no mediar denuncia expresa de al-guna de las partes.
Cuarto.
Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en la cláusula segunda del citado Convenio así como los proyectos especificados en el anexo I del mismo, que deberán ser actualizados cada año con el fin de ajus-tarlos a los presupuestos presentados por la Comuni-dades Autónomas y las previsiones presupuestarias que se establezcan
Quinto.
Que, de conformidad con las Comunidades Autó-nomas en la Conferencia Sectorial celebrada el día 27 de enero de 2005, por acuerdo del Consejo de Minis-tros de fecha 18 de febrero de 2005 publicado en el Bo-letín Oficial del Estado n.º 70 de fecha 23 de marzo de 2005, se aprobaron los criterios de distribución entre Comunidades Autónomas del Crédito Presupuestario con una dotación de cuatro millones novecientos cua-renta y cinco mil setecientos diez euros (4.945.710 euros) incluido en la aplicación 19.04.231 F.455, así como las prioridades a las que deberán ajustarse los proyectos a cofinanciar.
Sexto.
Que habiéndose efectuado, conforme al procedi-miento previsto en el Convenio antes citado, la determi-nación de las aportaciones económicas de las partes correspondientes al año 2005, procede instrumentarlas a través del presente Protocolo Adicional, junto con la selección de proyectos realizada por la Comunidad Au-tónoma de Murcia y aprobada, asimismo, a efectos de financiación conjunta.
Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, y de la Cláusula sexta del Convenio de Colaboración para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad suscrito el 30 de diciembre de 1.997 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Murcia ambas partes
Acuerdan suscribir el presente «Protocolo Adicio-nal», el cual se regirá por las siguientes:
Cláusulas Primera.
La Administración General del Estado y la Comu-nidad Autónoma de Murcia incorporan al Convenio de Colaboración de fecha 30 de diciembre de 1997 los proyectos seleccionados conjuntamente para su ejecu-ción durante el ejercicio económico de 2005, los cuales se unen al mismo mediante el anexo I
Protocolo 2005 adicional al Convenio de Colaboración suscrito el 30 de diciembre de 1997 entre el ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Murcia para la realización
de proyectos del plan de acción integral para personas con discapacidad
En Madrid a 8 de noviembre de 2005
Reunidos
De una parte el Excmo. Sr. don Jesús Caldera Sánchez-Capitán, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 558/2004 de 17 de abril (B.O.E. n.º 94 de 18 de abril de 2004), en nom-bre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modifi-cación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régi-men Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del día 14). Y de otra parte, la Excma. Sra. doña Cristina Rubio Peiró Consejera de Trabajo y Política Social de la Co-munidad Autónoma de Murcia en virtud del Decreto de 26/2004 de fecha 28 de junio, en nombre y representa-ción de la Comunidad Autónoma de Murcia y autorizada por Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 17/06/ 2005.
Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir,
Exponen Primero.
Que el Ministerio de Trabajo y de Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Murcia suscribieron en fe-cha 30 de diciembre de 1997 Convenio de Colabora-ción para la cofinanciaColabora-ción de Programas del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad.
Segundo.
Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y los Reales Decretos 758/1996, de 5 de mayo, de creación y 692/2000 de 12 de mayo y 1.600/2004 de 2 de julio, que establece su estructura orgánica básica, y la Comunidad Autónoma de Murcia, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 1/ 1983 de 25 de febrero que aprueba el Estatuto de Auto-nomía de la misma, tienen competencias en materia de Acción Social y Servicios Sociales.
Por otra parte, en la Ley 2/2004 de 27 de diciem-bre de 2004 (B.O.E. n.º 312 de diciemdiciem-bre de 2004) de Presupuestos Generales del Estado para 2005, y en la Ley 10/2004, de 29 de diciembre (Suplemento número 12 de B.O.R.M n.º 302 de 31 de diciembre de 2004) de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2005 se esta-blecen dotaciones presupuestarias para estos fines.
La duración de este Protocolo Adicional, de acuer-do con la Cláusula Sexta del citaacuer-do Convenio de Cola-boración suscrito en 1997, se establece para el año 2.005 y su correspondiente ejercicio económico, dado que al mismo se refieren las dotaciones presupuesta-rias que cada parte designa para su financiación.
Segunda.
Que con cargo a la aplicación presupuestaria 19.04.231 F.455 del Plan de Acción Integral para Perso-nas con Discapacidad, la aportación económica del Mi-nisterio de Trabajo y Asuntos Sociales para los fines del presente Protocolo, es de ciento cuarenta y seis mil ciento noventa y cinco euros con diecinueve céntimos (146.195,19 euros)
La Comunidad Autónoma de Murcia, las Corpora-ciones Locales y las InstituCorpora-ciones, en su caso, de confor-midad con los acuerdos suscritos entre ellas se com-prometen a asumir la corresponsabilidad en la
financiación en una cuantía no inferior al 50% aportando la cantidad de doscientos setenta y cinco mil ochocien-tos noventa y cuatro euros con treinta y dos céntimos (275.894,32). La Comunidad Autónoma de Murcia ha presentado el correspondiente certificado de retención de crédito por la cuantía de su participación.
Tercera.
La dotación económica para la ejecución del Con-venio, dentro del ejercicio económico 2.005, es la que aparece desglosada para cada Comunidad Autónoma en el Anexo II.
Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo Adicional en duplicado ejemplar, en el lugar y fe-cha arriba indicados.—El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, P.D. Orden Comunicada de 7 de marzo de 2005, la Secretaria de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad, Amparo Valcarce García.—La Consejera de Trabajo y Política Social, Cristina Rubio Peiró.
‡NIC‡ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA
‡NIC‡ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA