Página 1 de 11
POLITICA ANTI-SOBORNO Y ANTI- CORRUPCION
ARAS INVESTMENT BUSINESS GROUP S.A.P.I. DE C.V. no tolerará el soborno.
1. OBJETIVO
Esta política tiene por objeto establecer los principales lineamientos y directrices internas de ARAS INVESTMENT BUSINESS GROUP S.A.P.I. DE C.V. (en adelante la “Empresa”) para prevenir, evitar y/o mitigar la comisión y/o participación de la misma en los siguientes delitos: (i) soborno, en sus modalidades de Cohecho Activo Genérico, Cohecho Activo Transnacional, y Cohecho Activo Específico (en adelante, “Soborno”). Y/o cualquier otra forma o mecanismo de corrupción.
En este sentido, todo Colaborador tiene la responsabilidad de desempeñar sus funciones dentro del marco de lo permitido por la legislación vigente, como la Ley General de Responsabilidades Administrativas, parte integrante del Sistema Nacional Anticorrupción, la Ley de Prevención de Lavado de Dinero, así como aquellas leyes y disposiciones que pudieran aplicar. Para estos efectos, se compromete a realizar sus labores profesionales dentro de los más altos estándares éticos y morales, así como siempre respetar y hacer respetar el ordenamiento jurídico aplicable.
De igual modo, todo Colaborador tiene la responsabilidad de reportar cualquier operación que a su criterio pueda estar involucrada con la comisión y/o participación de cualquier Accionista, Proveedor o Colaborador en soborno.
Página 2 de 11 Cumplimiento legal
ARAS INVESTMENT BUSINESS GROUP S.A.P.I. DE C.V. garantizará que tiene el conocimiento de las leyes aplicables para combatir el soborno y la corrupción en todas las jurisdicciones en las que operamos, así como de obedecer y defender dichas leyes. Se prohíbe de manera tajante cualquier acción que pueda ser soborno o corrupción.
2. ALCANCE
La presente política es aplicable a todos los Colaboradores de ARAS INVESTMENT BUSINESS GROUP S.A.P.I. DE C.V., entre los que se encuentran de forma enunciativa mas no limitativa: accionistas, socios, directores, gerentes, representantes legales, apoderados, empleados, trabajadores contratados de forma temporal o por una finalidad específica, practicantes o pasantes, voluntarios, y/o en general toda persona natural vinculado a la empresa.
3. RESPONSABILIDAD Y AUTORIDAD
Corresponde al Oficial de Cumplimiento de ARAS INVESTMENT BUSINESS GROUP S.A.P.I. DE C.V. la supervisión del correcto cumplimiento e implementación de la presente política. La figura del OC tendrá independencia total para llevar a cabo su trabajo, y reportará directamente a Presidencia.
Dentro de las responsabilidades de la Presidencia de ARAS INVESTMENT BUSINESS GROUP S.A.P.I. DE C.V., se encuentran:
1. aprobar la política antisoborno de la organización;
2. asegurar que la estrategia de la organización y la política antisoborno se encuentren alineadas;
Página 3 de 11 3. recibir y revisar, a intervalos planificados, la información sobre el contenido
y el funcionamiento del sistema de gestión antisoborno de la organización; 4. requerir que los recursos adecuados y apropiados, necesarios para el
funcionamiento eficaz del sistema de gestión antisoborno, sean asignados y distribuidos;
5. ejercer una supervisión razonable sobre la implementación del sistema de gestión antisoborno de la organización por la alta dirección y su eficacia. La Alta Dirección debe demostrar liderazgo y compromiso con respecto al sistema de gestión antisoborno:
• asegurar de que el sistema de gestión antisoborno, incluyendo la política y los objetivos, se establezca, implemente, mantenga y revise para bordar adecuadamente los riegos de soborno de la organización;
• asegurar de la integración de los requisitos del sistema de gestión antisoborno en los procesos de la organización;
• desplegar recursos suficientes y adecuados para el funcionamiento eficaz del sistema de gestión antisoborno;
• comunicar interna y externamente lo relacionado con la política antisoborno;
Asimismo, cada Presidencia deberá:
• comunicar internamente la importancia de la gestión eficaz antisoborno y la conformidad con los requisitos del sistema de gestión antisoborno;
• asegurar que el sistema de gestión antisoborno esté diseñado adecuadamente para lograr sus objetivos;
• dirigir y apoyar al personal para contribuir a la eficacia del sistema de gestión antisoborno;
Página 4 de 11 • promover una cultura antisoborno apropiada dentro de la organización; • promover la mejora continua;
• apoyar a otros roles pertinentes de la dirección, para demostrar su liderazgo en la prevención y detección de soborno en la medida en la que se aplique a sus áreas de responsabilidad;
• fomentar el uso de los procedimientos para reportar la sospecha de soborno y el soborno real;
• asegurar que ningún miembro del personal sufrirá́ represalias,
discriminación o medidas disciplinarias o por informes hechos de buena fe o sobre la base de una creencia razonable de violación o sospecha de
violación a la política de antisoborno de la organización, o por negarse a participar en el soborno, incluso si tal negativa puede dar lugar a la pérdida de negocios para la organización (excepto cuando el individuo participó en la violación);
• reportar a intervalos planificados, a Presidencia sobre el contenido y el funcionamiento del sistema de gestión de antisoborno y de las denuncias de soborno graves y/o sistemáticas.
4. DEFINICIÓN DE SOBORNO
Oferta, promesa, entrega, aceptación o solicitud de una ventaja indebida de cualquier valor (que puede ser de naturaleza financiera o no financiera),
directamente o indirectamente, e independiente de su ubicación, en violación de la ley aplicable, como incentivo o recompensa para que una persona actúe o deje de actuar en relación con el desempeño de las obligaciones de esa persona.
Página 5 de 11 5. CRITERIOS GENERALES Y PROHIBICIONES CON SERVIDORES
PÚBLICOS Y TERCEROS
ARAS INVESTMENT BUSINESS GROUP S.A.P.I. DE C.V. y sus Colaboradores deberán abstenerse de realizar todo acto relacionado con los delitos de Soborno, en especial los siguientes:
• El pago directo en efectivo y/o especie a entidades del Estado y/o funcionarios públicos sin contar con un acuerdo interinstitucional;
• El pago de viáticos para entidades del Estado y/o sus funcionarios públicos;
• La entrega y/o aceptación de comidas, regalos y/o muestras de entretenimiento provenientes o a favor del Estado y/o sus funcionarios públicos;
• El pago o aceptación de sobornos, comisiones de ningún tipo y/o efectuar pagos de facilitación a nombre propio o en nombre de la organización, de entidades, personas, autoridades públicas o gubernamentales para asegurar alguna concesión, contrato, aprobación o ventajas competitivas o de trato; • Está prohibido realizar transacciones comerciales con proveedores de
operan al margen de la ley o de dudosa reputación, que incumplen o demuestren prácticas sociales y/o ambientales irresponsables, y/o que no estén debidamente autorizados para el uso y comercialización de productos y servicios suscritos a pagos de regalías o derechos de propiedad intelectual;
• No se permite solicitar o aceptar regalos, viajes, invitaciones o comisiones de proveedores y terceros que puedan aprovechar estos para la compra de voluntades en negociaciones de productos, materia prima, insumos o
Página 6 de 11 servicios para la organización. Se exceptúan artículos promocionales cuyo valor no sobrepase los US$ 15.00. Todo regalo de tipo promocional que supere el valor expuesto anteriormente, incluyendo aquellos que por ocasión de aniversario o de festividades como navidad quieran realizar accionistas, proveedores o terceros, deberán ser reportados por el canal establecido (Declaración de Regalos y Obsequios) y enviados a Recursos Humanos para que destine el evento en el que por medio de rifas se distribuirán entre los colaboradores;
• Los viajes técnicos o de carácter turístico, que no tengan relación con la actividad profesional de la persona invitada no pueden ser aceptados. De tener relación, deben ser reportados enviando una Declaración de Regalos y Obsequios al Comité de Ética a través del canal establecido para el efecto, o al Oficial de Cumplimiento. Será función de la Presidencia, en coordinación con el Comité de Ética, la autorización de éste.
En caso un Colaborador, Proveedor, Accionista o cualquier tercero tenga información y/o conocimiento de cualquier acto relacionado con la comisión y/o participación de cualquier Accionista, Proveedor y/o Colaborador en temas de soborno, deberá denunciar dicha información y/o conocimiento, en el más corto plazo, al Canal de Denuncias ARAS INVESTMENT BUSINESS GROUP S.A.P.I. DE C.V.: (i) aplicativo online disponible en la página web: https://eyeset.com.mx/aras; (ii) correo electrónico institucional dedicado exclusivamente a la recepción de todo tipo de denuncia y/o comunicación: [email protected] y (iii) línea telefónica exclusiva para todo tipo de denuncia y/o comunicación: 844-2-29-66-07 (también vía WhatsApp), ) y (iv) línea telefónica local, exclusiva para todo tipo de denuncia y/o comunicación: 614-3-82-23-08.
Página 7 de 11 Como colaborador de ARAS INVESTMENT BUSINESS GROUP S.A.P.I. DE C.V., debemos también:
1. Nunca involucrarse en forma a alguna de soborno, ya sea de manera directa o a través de un tercero.
2. Nunca ofrecer, hacer, o autorizar pagos inapropiados (en efectivo o de otra forma) a cualquier personal, incluyendo un funcionario nacional o extranjero en cualquier parte del mundo.
3. Nunca intentar inducir a una persona o a un funcionario nacional o extranjero a actuar de manera ilegal o inapropiada.
4. Nunca ofrecer, o aceptar dinero o cualquier otra cosa de valor, tal como regalos, o comisiones, en relación con el aprovisionamiento del negocio o la adjudicación de un contrato.
5. Nunca ofrecer o dar un regalo/muestra de hospitalidad a algún empleado público o funcionario gubernamental o representante si se espera o está implícito que el favor debe devolverse.
6. Nunca facilitar pagos por obtener un nivel de servicio al que normalmente nunca tendría acceso.
7. Nunca ignorar o dejar de informar alguna señal de que se han realizado pagos inapropiados a las autoridades pertinentes.
8. Nunca inducir o ayudar a otro individuo a violar las leyes o regulaciones aplicables.
Página 8 de 11 ACUERDO
Certifico haber leído y entendido el acuerdo de ARAS INVESTMENT BUSINESS GROUP S.A.P.I. DE C.V., así como también he leído la política soborno y anti-corrupción. Nombre: Puesto: Lugar y fecha Firma:
Página 9 de 11
BITÁCORA DE REVISIONES Y MODIFICACIONES DE
DOCUMENTOS
Documento Original Controlado
Nombre Puesto Firma Fecha
Elaboró Lic. Jazmín Domínguez. Ing. Antonio Maldonado Gerente de Recursos Humanos Gerente de Ingeniería
Revisó Ing. Pamela Casillas Vicepresidenta Aprobó Ing. Pamela Casillas Vicepresidenta
Aprobó Alma Ramírez Presidenta
Modificaciones de Documento
Fecha Revisión Descripción del cambiorealizado Realizó Revisó Aprobó
30-jul-20 00
Creación de la Política Anti-soborno y Anti-corrupción – A partir del 08-jun-20 se empezó a tomar control por parte del personal de RHN, antes de lanzarlo como oficial después de la revisión por parte de Ética y Estrategia para la implementación de la certificación ESR. - Lic. Jazmín Domínguez Ing. Antonio Maldonado
Página 10 de 11
MX-0819AI01-PAS-ISP-GEN-SE-00-300720
18-sep-20 01
Modificación de la Política Anti-soborno y Anti-corrupción – modificado legalmente para evitar incumplir con el reglamento interno de trabajo. – MX-0819AI01-PAS-ISP-GEN-SE-01-300720. E&E – Lic. Luis Robles 27-nov-20 02 Se modifica el documento MX- 0819AI01-PAS-ISP-GEN-SE-01-300720. Se actualizan logos de la empresa, se cambian el código ISP por ING ya que el
departamento cambio de nombre de acuerdo a la nueva estructura del organigrama. Se cambia a Lizbeth Gutiérrez por Alma Ramírez presidenta de la empresa, se agrega a Pamela Casillas como aprobadora de los documentos ya que de
departamento ya no depende de Recursos Humanos.
Se cambian las palabras cliente por accionista por nuevo
Ing. Diana Borbolla
Página 11 de 11 vocabulario interno dentro de la
empresa.
MX-0819AI01-PAS-ING-GEN-SE-02-300720.