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MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Dirección General de Despacho y Legislación

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Academic year: 2021

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BOLETIN OFICIAL Nº 1003

2da. Quincena de mayo de

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MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

Dirección General de Despacho y Legislación

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DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION

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Secretario General Lic. Federico BEREZIUK

Secretaria Legal y Técnica Dra. M. R. del V. GARCÍA MINUZZI Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José MILETTA

Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín ONETO Subsecretario General de Inspecciones, Registros

Urbanos y Tránsito Dr. Walter F. PEREZ Secretario de Salud Pública Dr. Eduardo C. A. PRADO Secretario de Obras Públicas Ing. Bernardo LANDIVAR Secretario Privado Sr. Christian Antonio QUIROGA Secretario de Integración Comunitaria Lic. Arturo Isaac FLIER

CONTENIDO DE ESTE NÚMERO

ORDENANZAS: 8986/89, 8991/92 y 8994 páginas 4 al 10 DECRETOS: 1023 al 1130 páginas 11 al 197 RESOLUCIONES SLyT-SIRUyT (Inspección General): 489 al 535 páginas 198 al 206

RESOLUCIONES SLyT (Tránsito): 158 al 172 páginas 207 al 209 RESOLUCIONES SLyT-SIRUyT

(Obras Particulares):

71 al 82 páginas 210 al 211 RESOLUCIONES (ARSI): 30 al 38 páginas 212 al 213

RESOLUCIONES S.I.C.: _________ _________ RESOLUCIONES SG-SOP (Obras Públicas): 45 al 46 página 214 RESOLUCIONES RR.HH.: 361 al 399 páginas 215 al 218 RESOLUCIONES S.S.P. (Salud Pública): 266 al 321 Página 219 al 224 Nota Aclaratoria: Los Decretos Nros. 1073, 1074, 1079, 1112, 1114, 1128 y 1130 quedan pendientes de publicación. La Resolución SLyT-SIRUyT N° 532 queda pendiente de publicación. La Resolución SLyT N° 168 queda pendiente de publicación. Las Resoluciones RR.HH. Nros. 390 y 397 quedan pendientes de publicación.

En el Boletín Oficial Nro. 1002 (1ra. quincena de Mayo del corriente año) se consignaron erróneamente las Resoluciones de RR.HH. y S.S.P. en el índice de página 2, siendo las correctas: 299 al 360 (pgs. 201 al 206) y 232 al 265 (pgs. 207 al 210) respectivamente.

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Ref.: Expte. Nº 16208-K-2017.-

SAN ISIDRO, 17 de mayo de 2018.-

Al Sr. Intendente Municipal Dr. Gustavo Angel Posse S / D

Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su CUARTA REUNIÓN – CUARTA SESIÓN ORDINARIA de fecha 16 de mayo de 2018, ha sancionado la ORDENANZA Nº 8986 cuyo texto transcribo a continuación:

ORDENANZA Nº 8986

LEGÍTIMO ABONO

Kingvox Industrial y Comercial S.R.L.

ARTÍCULO 1º.- Reconócese el legítimo abono, al proveedor KINGVOX INDUSTRIAL Y COMERCIAL S.R.L. CUIT N° 30-50469372-0, la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS TREINTA Y CINCO ($47.735,00), se verifica que el servicio fue efectuado y avalado y que el pago estuvo a disposición pero nunca fue retirado, teniendo en cuenta que el hecho encuadra en el concepto de Reconocimiento de Deuda de Ejercicios Anteriores de acuerdo al informe de fojas 4/8 de la Dirección General de Compras.-

ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos.- ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.-

Sirva la presente de atenta nota de envío.-

p.b.

“2018 Año del Centenario de la Reforma Universitaria”

PROMULGADA POR DTO Nº 1080

Del 24 de mayo de 2018.

GABRIEL F. ESTORONI Secretario

Honorable Concejo Deliberante San Isidro

CARLOS A. CASTELLANO Presidente

Honorable Concejo Deliberante San Isidro

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5

Ref.: Expte. Nº 2466ª-2018.-

SAN ISIDRO, 17 de mayo de 2018.-

Al Sr. Intendente Municipal Dr. Gustavo Angel Posse S / D

Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su CUARTA REUNIÓN – CUARTA SESIÓN ORDINARIA de fecha 16 de mayo de 2018, ha sancionado la ORDENANZA Nº 8987 cuyo texto transcribo a continuación:

ORDENANZA Nº 8987

LEGÍTIMO ABONO Sr. Alejandro Andrés Guirao

ARTÍCULO 1º.- Reconocer de legítimo abono al Sr. Alejandro Andrés Guirao, DNI N° 16.345.131, socio gerente de la firma Audio y Luz Soluciones Integrales S.R.L. la suma de PESOS CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS SETENTA ($53.870) en concepto de alquiler de equipos de sonido.-

ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos.- ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.-

Sirva la presente de atenta nota de envío.-

p.b.

“2018 Año del Centenario de la Reforma Universitaria”

PROMULGADA POR DTO Nº 1055

Del 21 de mayo de 2018.

GABRIEL F. ESTORONI Secretario

Honorable Concejo Deliberante San Isidro

CARLOS A. CASTELLANO Presidente

Honorable Concejo Deliberante San Isidro

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6

Ref.: Expte. Nº 6832-D-2017.-

SAN ISIDRO, 17 de mayo de 2018.-

Al Sr. Intendente Municipal Dr. Gustavo Angel Posse S / D

Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su CUARTA REUNIÓN – CUARTA SESIÓN ORDINARIA de fecha 16 de mayo de 2018, ha sancionado la ORDENANZA Nº 8988 cuyo texto transcribo a continuación:

ORDENANZA Nº 8988

LEGÍTIMO ABONO Sra. Milagros Sellares

ARTÍCULO 1º.- Reconocer de legítimo abono a la Sra. Milagros Sellares – CUIT N° 27-28863830-1, la suma de PESOS CINCUENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA ($ 57.950), con motivo de los servicios prestados como coordinadora en el Marco del “Programa Envión”, en un todo de acuerdo al Dictamen N° 8870 de la Asesoría Legal Municipal.-

ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos.- ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.-

Sirva la presente de atenta nota de envío.-

p.b.

“2018 Año del Centenario de la Reforma Universitaria”

PROMULGADA POR DTO Nº 1056

Del 21 de mayo de 2018.

GABRIEL F. ESTORONI Secretario

Honorable Concejo Deliberante San Isidro

CARLOS A. CASTELLANO Presidente

Honorable Concejo Deliberante San Isidro

(7)

7

Ref.: Expte. Nº 16680-D-2017.-

SAN ISIDRO, 17 de mayo de 2018.-

Al Sr. Intendente Municipal Dr. Gustavo Angel Posse S / D

Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su CUARTA REUNIÓN – CUARTA SESIÓN ORDINARIA de fecha 16 de mayo de 2018, ha sancionado la ORDENANZA Nº 8989 cuyo texto transcribo a continuación:

ORDENANZA Nº 8989

LICITACIÓN PÚBLICA New Clor Argentina S.R.L.

ARTÍCULO 1º.- Autorizar al Departamento Ejecutivo a adjudicar a la empresa NEW CLOR ARGENTINA S.R.L., C.U.I.T. N° 30-70798585-9, la Licitación Pública N° 59/2017, referida a “Provisión de Hipoclorito de Sodio – Clarificador – Juegos de Reactivos – etc., para el mantenimiento de los natatorios de los Campos de Deportes Municipales, desde la emisión de la orden de compra y por la vigencia que establece el pliego de bases y condiciones que rige la presente Licitación”.-

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.-

Sirva la presente de atenta nota de envío.-

p.b.

“2018 Año del Centenario de la Reforma Universitaria”

PROMULGADA POR DTO Nº 1054

Del 21 de mayo de 2018.

GABRIEL F. ESTORONI Secretario

Honorable Concejo Deliberante San Isidro

CARLOS A. CASTELLANO Presidente

Honorable Concejo Deliberante San Isidro

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Ref.: Expte. Nº 15229-D-2016.-

SAN ISIDRO, 17 de mayo de 2018.-

Al Sr. Intendente Municipal Dr. Gustavo Angel Posse S / D

Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su CUARTA REUNIÓN – CUARTA SESIÓN ORDINARIA de fecha 16 de mayo de 2018, ha sancionado la ORDENANZA Nº 8991 cuyo texto transcribo a continuación:

ORDENANZA Nº 8991

LICITACIÓN PÚBLICA Monitoreos San Isidro S.R.L.

ARTÍCULO 1º.- Autorizar al Departamento Ejecutivo a adjudicar a la empresa Monitoreos San Isidro S.R.L., con domicilio en la calle Tronador N° 4089 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Licitación Pública N° 05/2017, referida a la Contratación del Servicio de Estudios Cardiológicos por medio de la realización de Holters – Presurometrías – Electrocardiogramas y Ecografías Doppler.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.-

Sirva la presente de atenta nota de envío.-

p.b.

“2018 Año del Centenario de la Reforma Universitaria”

PROMULGADA POR DTO Nº 1072

Del 22 de mayo de 2018.

GABRIEL F. ESTORONI Secretario

Honorable Concejo Deliberante San Isidro

CARLOS A. CASTELLANO Presidente

Honorable Concejo Deliberante San Isidro

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Ref.: Expte. Nº 4182-D-2017.-

SAN ISIDRO, 17 de mayo de 2018.-

Al Sr. Intendente Municipal Dr. Gustavo Angel Posse S / D

Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su CUARTA REUNIÓN – CUARTA SESIÓN ORDINARIA de fecha 16 de mayo de 2018, ha sancionado la ORDENANZA Nº 8992 cuyo texto transcribo a continuación:

ORDENANZA Nº 8992

LICITACIÓN PÚBLICA SOMA S.A.

ARTÍCULO 1º.- Autorizar al Departamento Ejecutivo a adjudicar en los términos del Artículo N° 155° de la Ley Orgánica de las Municipales y concordantes, la Licitación Pública N° 36/2017 a la firma SOMA S.A., con domicilio en la calle Azopardo N° 1320, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la “Contratación del servicio de recolección, transporte, tratamiento y disposición final de residuos patogénicos y residuos especiales generados en los Centros dependientes de la Secretaría de Salud Pública”.-

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.-

Sirva la presente de atenta nota de envío.-

p.b.

“2018 Año del Centenario de la Reforma Universitaria”

PROMULGADA POR DTO Nº 1071

Del 22 de mayo de 2018.

GABRIEL F. ESTORONI Secretario

Honorable Concejo Deliberante San Isidro

CARLOS A. CASTELLANO Presidente

Honorable Concejo Deliberante San Isidro

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10

Ref.: Expte. Nº 4105-1474-C-2018.- Cuerpos 0 al 7

SAN ISIDRO, 30 de mayo de 2018.-

Al Sr. Intendente Municipal Dr. Gustavo Angel Posse S / D

Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su QUINTA REUNIÓN – PRIMERA SESIÓN EXTRAORDINARIA de fecha 30 de mayo de 2018, ha sancionado la ORDENANZA Nº 8994 cuyo texto transcribo a continuación:

ORDENANZA Nº 8994

APROBACIONES

Rendición de Cuentas 2017 y otros

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la ampliación en los créditos presupuestarios y su correspondiente distribución, en los términos de lo dispuesto por los Artículos N° 120 y 121 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Artículo N° 44 de la Ordenanza Municipal N° 8919.-

ARTÍCULO 2º.- Apruébese la Rendición de Cuentas elevada por el Departamento Ejecutivo mediante Expediente Municipal N° 4105-1474-2018 –Cuerpos 0 al 4- correspondiente al Ejercicio Fiscal 2017, con arreglo a las disposiciones del Artículo N° 229 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.-

ARTÍCULO 3º.- Apruébase la compensación de excesos correspondiente al Ejercicio Fiscal 2017 con arreglo a lo dispuesto por el Artículo N° 67 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y Artículos N° 230 y N° 231 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, y los excesos presupuestarios en los términos del Artículo N° 47 de la Ley 14.982.-

ARTÍCULO 4º.- Convalídase los Convenios celebrados por el Departamento Ejecutivo Municipal obrantes en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Ordenanza.-

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.-

Sirva la presente de atenta nota de envío.-

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“2018 Año del Centenario de la Reforma Universitaria”

Dado el tamaño del archivo correspondiente al Anexo adjunto, el mismo no podrá visualizarse en el presente, encontrándose a disposición de quien desee consultarlo en la Dirección General de Despacho y Legislación sita en Av. Centenario N° 77, 3er. Piso, San Isidro.

PROMULGADA POR DTO Nº 1116

Del 31 de mayo de 2018.

GABRIEL F. ESTORONI Secretario

Honorable Concejo Deliberante San Isidro

CARLOS A. CASTELLANO Presidente

Honorable Concejo Deliberante San Isidro

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Ref. Expte. N° 10705-J-1998

SAN ISIDRO, 20 de abril de 2018

DECRETO NÚMERO:

8 7 0

Visto lo solicitado a fojas 70 de estas actuaciones por la Sra. Ana María Galli, y de conformidad con la documentación acompañada a fin de acreditar fecha de toma de posesión del bien inmueble sito en la calle Formosa N° 110 de la ciudad de San Isidro, a efectos de eliminar la deuda reclamada por la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, correspondientes a la cuenta corriente 230.719; y

Considerando:

Que con fecha 19 de abril del corriente año, el expediente de marras fue remitido a la Asesoría Legal Municipal a efectos de que la misma emita su pertinente opinión al respecto de lo peticionado en su oportunidad;

Que motiva las presentes actuaciones el requerimiento judicial de liberación de deuda de fojas 1;

Que conforme surge de la pieza judicial recibida y la manda allí inserta, la enajenación se efectuó por el procedimiento de venta directa establecida en el artículo 213 de la Ley de Concursos y Quiebras, y no por el procedimiento de subasta judicial, no existiendo en consecuencia mandamiento de toma de posesión;

Que surge de la documental acompañada por la solicitante que la toma de posesión se habría perfeccionado el mismo día del acto escriturario (ver fojas 72 vta.), ello es el día 12 de marzo de 1999;

Que por ello, es opinión de la Asesoría Legal Municipal, que se encontrarían cumplidos los recaudos y en consecuencia no se observaría obstáculo para la liberación de la cuenta corriente n° 230.719 por los períodos anteriores a la fecha de toma de posesión;

Que en virtud de lo expuesto precedentemente, corresponde confeccionar el pertinente acto administrativo;

Por ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

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Ref. Expte. N° 10705-J-1998

//…

ARTÍCULO 1°.- Liberar a los adquirentes por compra directa, Sres. Julio Cesar Marocchi ************* –DNI 11.299.319- y Ana María Galli – DNI 11.230.606-, de la deuda por tasas municipales contraída hasta el día 12 de marzo de 1999, fecha del acto escriturario, correspondiente al inmueble ubicado en Formosa Nº 110 de la ciudad de San Isidro, nomenclatura catastral: Circ. II, Sec. C, Manz. 2, Parc. 41 en jurisdicción de este Partido, cuenta corriente N° 230.719.-

ARTÍCULO 2°.- Gírense los presentes actuados a la Dirección General de Rentas para la ************* prosecución del trámite.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

EC

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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13

Ref.: Expte. N° 4520-S-2018.-

SAN ISIDRO, 10 de mayo de 2018

DECRETO NÚMERO: 9 9 0

VISTO el Convenio de Asistencia Técnica e Implementación del “Plan de Escrituración del IVBA”- Decreto 699/10 en el Partido de San Isidro, suscripto entre la Municipalidad de San Isidro y el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires con fecha 3 de mayo de 2018; y

Considerando:

QUE corresponde registrar el convenio citado, dando con ello aprobación oficial a la gestión comprometida en el acto de que se trata;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1°.- REGISTRAR el Convenio de Asistencia Técnica e Implementación del ************* “Plan de Escrituración del IVBA”- Decreto 699/10 en el Municipio de San Isidro, suscripto entre la Municipalidad de San Isidro y el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires con fecha 3 de mayo de 2018, el que tiene por finalidad implementar el Plan de Escrituración del citado Instituto, como instrumento de gestión para efectivizar la transferencia dominial a los adjudicatarios de la totalidad de los complejos habitacionales construidos y/o financiados y/o administrados por el Instituto, ubicados dentro del Partido.-

ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO

Y LEGISLACION

MGV

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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14

Ref. Expte. Nº 3532 -S- 2018

SAN ISIDRO, 16 de mayo de 201820 de marzo de 2018

DECRETO NÚMERO: 1 0 2 3

566

VISTO la nota presentada por la entidad “SOCIEDAD DE FOMENTO CAPITÁN DE LOS ANDES”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo económico destinado a solventar erogaciones referentes a la transformación del sistema de iluminación de la sede de la Entidad a tecnología LED y al pago de comisiones bancarias;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS SETENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO ($ 74.564) con oportuna rendición de cuentas;

QUE se procede al dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental ************* por la “SOCIEDAD DE FOMENTO CAPITÁN DE LOS ANDES” por la suma de PESOS SETENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO ($ 74.564) con oportuna rendición de cuentas, destinado a solventar erogaciones referentes a la transformación del sistema de iluminación de la sede de la Entidad a tecnología LED y al pago de comisiones bancarias.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s ************* debidamente autorizada/s a tal efecto.-

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del decreto ************* reglamentario Nº 1444/85.-

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Ref. Expte. Nº 3532 -S- 2018

//…

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el ************* presente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

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Ref. Expte. Nº 3530 -C- 2018

SAN ISIDRO, 16 de mayo de 201820 de marzo de 2018

DECRETO NÚMERO:

1 0 2 4

566

VISTO la nota presentada por la entidad “CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO 25 DE MAYO; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo económico destinado a solventar gastos tendientes a la transformación del sistema de iluminación de la sede de la Entidad a tecnología LED;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS DOSCIENTOS DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON CUARENTA Y UN CENTAVOS ($ 202.955,41) con oportuna rendición de cuentas;

QUE se procede al dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental ************* por el “CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO 25 DE MAYO” por la suma de PESOS DOSCIENTOS DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON CUARENTA Y UN CENTAVOS ($ 202.955,41), con oportuna rendición de cuentas, destinado a solventar gastos tendientes a la transformación del sistema de iluminación de la sede de la Entidad a tecnología LED.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s ************* debidamente autorizada/s a tal efecto.-

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17

Ref. Expte. Nº 3530 -C- 2018

//…

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del decreto ************* reglamentario Nº 1444/85.-

ARTICULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el ************* presente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

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Ref.: Expte. N° 4233-S-2018.-

SAN ISIDRO, 16 de mayo de 2018 DECRETO NÚMERO:

1 0 2 5

VISTO el informe obrante a fojas 1 de la Secretaría de Obras Públicas; y

Considerando:

QUE en el mismo se solicita se designe como representantes de la Municipalidad de San Isidro ante la Agencia de Planificación –APLA-, al Ingeniero Bernardo Landivar –DNI 7.602.756- y a la Arquitecta María Gabriela Díaz – DNI 14.468.561-;

QUE la Secretaría Legal y Técnica presta conformidad a lo solicitado;

QUE este Departamento Ejecutivo dispone el dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Designar como representantes de la Municipalidad de San Isidro al ************* Ingeniero Bernardo Landivar –DNI 7.602.756- y a la Arquitecta María Gabriela Díaz –DNI 14.468.561-, ante la Agencia de Planificación -APLA-.-

ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

EC y CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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Ref. Expte. Nº 10505-N-2015.-

SAN ISIDRO, 16 de mayo de 2018

DECRETO NÚMERO:

1 0 2 6

VISTO lo actuado en los cuerpos legales mencionados en el presente respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando los informes técnicos en cada uno de ellos; y

Considerando:

Que en todos los casos, los beneficiarios son jubilado/as o pensionado/as que cumplen con la mayoría de los requisitos incluidos en el artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;

Que en cada solicitud se verifican los presupuestos de excepción fijados en el inciso 3-D del mencionado artículo para obtener el beneficio, el que en estos casos, se estima que no debería superar el 50% de exención de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Eximir en un 50% del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y ************* Servicios Generales por el año 2018 (a excepción de las cuotas que se hubieren abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes responsables encuadrados en el artículo 57) de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que a continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan, indicando en cada caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes individuales de los beneficiarios:

1.- Expte. Nº 10505/2015- Cuenta corriente Nº 380.412 – Corrientes Nº 264– Martínez.-

2.- Expte. Nº 13304/1998- Cuerpo Nº 2 - Cuenta corriente Nº 711.379 – José Ingenieros Nº 2.837- Planta Alta– Martínez.-

3.- Expte. Nº 35/2015 Cuenta corriente Nº 362.018 –Libertad Nº 747- Martínez.-

(20)

20

Ref. Expte. Nº 10505-N-2015.-

//…

4.- Expte. Nº 346/2015 - Cuenta corriente Nº 830.341 – Padre Acevedo Nº 634- Beccar.-

5.- Expte. Nº 2338/2015 – Cuenta corriente Nº 613.251– B.S.I. Esc. 97 – Planta Baja – Dpto. “C” - Boulogne.-

6.- Expte. Nº 829/2015 – Cuenta corriente Nº 511.441 – Curupayti Nº 265- Boulogne.-

7.- Expte. Nº 9821/2017 - Cuenta corriente Nº 630.986 – Asamblea Nº 535– Boulogne.-

8.- Expte. Nº 1736/2017– Cuenta corriente Nº 641.437 – Plácido Marín Nº 2.065– Boulogne.-

9.- Expte. Nº 3882/2017– Cuenta corriente Nº 560.064– Martina Céspedes Nº 2.322- Villa Adelina.-

10.- Expte. Nº 1512/2017– Cuenta corriente Nº 630.380– Serrano Nº 2.232 – Boulogne.- ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección Gral. de Rentas y la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO

Y LEGISLACION

RT

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

(21)

21

Ref.: Expte. N° 4663-C-2015 – Alcance 5.-

SAN ISIDRO, 16 de mayo de 2018 DECRETO NÚMERO:

1 0 2 7

VISTO lo actuado en el presente expediente administrativo; y

Considerando:

QUE las empresas SI LUZ MANTELECTRIC ICISA – SETI S.A. –U.T.E-, prestadoras del Servicio Preventivo y Correctivo del Alumbrado Público del Partido de San Isidro, adjudicatarias en los términos de la Licitación Pública Nº 20/2015, solicitan un reconocimiento de mayores costos en la mentada contratación;

QUE las contrataciones plurianuales, son impactadas por las variaciones de los insumos y costos salariales que constituyen los factores básicos de mayor incidencia de la estructura de costos de los mismos, por lo que resulta conveniente al interés municipal comprometido, proceder a evaluar en forma continua en qué medida las variaciones (incrementos o disminuciones) son afectadas por la alteraciones continuas del actual contexto económico de dichas variables, modificando sin solución de continuidad el normal devenir de este tipo de contratos, a fin de resguardar la integridad del contrato celebrado y así garantizar la continuidad, cantidad y calidad de las prestaciones contratadas en beneficio de los vecinos;

QUE ello conlleva un estudio continuo y exhaustivo a fin de evidenciar la existencia de situaciones que producen una afectación clara de la ecuación económica financiera de las partes involucradas;

QUE por lo expuesto, la Comisión Asesora Permanente de Licitaciones Públicas, ha realizado un pormenorizado informe, recomendando en forma unánime efectuar un reconocimiento de mayores costos de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON DIECISIETE CENTAVOS ($ 382.794,17), estableciéndose un nuevo precio contractual a todos sus efectos para el Canon Mensual de PESOS CINCO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS VEINTISIETE CON NOVENTA CENTAVOS ($ 5.263.327,90), aplicado para los servicios que comenzaron a devengarse a partir del 1º de julio de 2017;

QUE este Departamento Ejecutivo comparte el criterio expuesto por la Comisión Asesora Permanente de Licitaciones Públicas, promoviendo el dictado del acto administrativo pertinente;

(22)

22

Ref.: Expte. N° 4663-C-2015 – Alcance 5.-

//…

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Incrementar en PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL ************* SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON DIECISIETE CENTAVOS ($ 382.794,17), el precio contractual correspondiente a todas las prestaciones adjudicadas por Licitación Pública N° 20/2015, referente al “Servicio Preventivo y Correctivo del Alumbrado Público del Partido de San Isidro”, quedando el Canon Mensual establecido en la suma de PESOS CINCO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS VEINTISIETE CON NOVENTA CENTAVOS ($ 5.263.327,90), aplicándose el reconocimiento sobre los servicios que comenzaron a devengarse a partir del 1º de julio de 2017, siendo la adjudicataria SI LUZ MANTELECTRIC ICISA – SETI S.A – U.T.E-.-

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el ************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

(23)

23

Ref.: Expte. Nro.

6729-D-2018.-SAN ISIDRO, 17 de mayo de 2018.- DECRETO NÚMERO

: 1 0 2 8

VISTO el Pedido de Suministro Nro. 700-782/2018; y

Considerando:

QUE el importe de las adquisiciones a efectuarse como consecuencia de aquel excede la suma de $ 528.450, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades y lo informado a fojas 10, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Llamar a Licitación Privada Nro. 88/2018, para la adquisición de ************* “COMPLEMENTO DIETARIO-NUTRICIÓN ISOTÓNICA”.-

ARTÍCULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 24 de mayo de 2018 a las ************* 10:00 horas en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario Nro. 77 -1er piso-, San Isidro.-

ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el ************* presente, se imputará a la Jurisdicción 1.1.1.01.09.000.6, Categoría Programática 27-29, Objeto del Gasto 2.5.2, del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

(24)

24

Ref.: Expte. Nro.

6724-D-2018.-SAN ISIDRO, 17 de mayo de 2018.- DECRETO NÚMERO

: 1 0 2 9

VISTO el Pedido de Suministro Nro. 700-1002/2018; y

Considerando:

QUE el importe de las adquisiciones a efectuarse como consecuencia de aquel excede la suma de $ 528.450, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades y lo informado a fojas 11, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Llamar a Licitación Privada Nro. 87/2018, para la adquisición de ************* “HELADERAS Y MICROONDAS”.-

ARTÍCULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 22 de mayo de 2018 a las ************* 10:00 horas en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario Nro. 77 -1er piso-, San Isidro.-

ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el ************* presente, se imputará a la Jurisdicción 1.1.1.01.09.000.6, Categoría Programática 01.01, Objeto del Gasto 4.3.7, del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

(25)

25

Ref.: Expte .Nro. 5310-D-2018.-

SAN ISIDRO, 17 de mayo de 2018.-

DECRETO NÚMERO:

1 0 3 0

VISTO el Pedido de Suministro Nº 600-202/2018 elaborado por la Secretaría de Obras Públicas; y

Considerando:

QUE como consecuencia de aquel se efectuó el

pertinente llamado a Licitación Privada Nº 78/2018, autorizado mediante Decreto Nº 889/2018;

QUE realizada la apertura de las ofertas presentadas por las diversas empresas participantes del proceso licitatorio, la Dirección General de Compras efectuó la comparación y estudio de las mismas a fojas 175, aconsejando la Secretaría de Obras Públicas a fojas 177 la adjudicación a la más conveniente para la Comuna;

QUE en consecuencia, conforme lo solicitado a fojas 179, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Adjudicar a VIAL DEL NORTE S.A., C.U.I.T. Nº 30-70755695-8, la ************* contratación de los trabajos de “EJECUCIÓN DE ESTABILIZACIÓN DE LOSAS DE HORMIGÓN MEDIANTE INYECCIÓN DE SUELO CEMENTO, EN EL SECTOR DELIMITADO POR LA PANAMERICANA HACIA EL RÍO DE LA PLATA ENTRE AV. AVELINO ROLÓN – AV. MÁRQUEZ – ROQUE SÁENZ PEÑA Y PARANÁ DEL PARTIDO DE SAN ISIDRO” por un monto total de PESOS NOVECIENTOS SESENTA MIL ($ 960.000,00).-

ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el ************* presente, se atenderá con fondos de la Partida Presupuestaria correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría Programática 24.01, Objeto del Gasto 3.3.4, del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

(26)

26

Ref.: Expte .Nro. 5310-D-2018.-

//…

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

M.F

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

(27)

27

Ref.: Expte .Nro. 5059-D-2018.-

SAN ISIDRO, 17 de mayo de 2018.-

DECRETO NÚMERO:

1 0 3 1

VISTO el Pedido de Suministro Nº 600-205/2018 elaborado por la Secretaría de Obras Públicas; y

Considerando:

QUE como consecuencia de aquel se efectuó el

pertinente llamado a Licitación Privada Nº 76/2018, autorizado mediante Decreto Nº 844/2018;

QUE realizada la apertura de las ofertas presentadas por las diversas empresas participantes del proceso licitatorio, la Dirección General de Compras efectuó la comparación y estudio de las mismas a fojas 144, aconsejando la Secretaría de Obras Públicas a fojas 146 la adjudicación a la más conveniente para la Comuna;

QUE en consecuencia, conforme lo solicitado a fojas 148, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Adjudicar a L.E.E. INGENIERÍA S.A., C.U.I.T. Nº 30-69504167-1, la ************* contratación de los trabajos de “CORRECIÓN DE ESCURRIMIENTOS PLUVIALES SUPERFICIALES MEDIANTE REBAJE DE LECHOS EN CUNETAS” por un monto total de PESOS UN MILLÓN CIENTO OCHENTA MIL SETECIENTOS CUATRO ($ 1.180.704,00).-

ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el ************* presente, se atenderá con fondos de la Partida Presupuestaria correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría Programática 24.02, Objeto del Gasto 3.3.6, del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

(28)

28

Ref.: Expte .Nro. 5059-D-2018.-

//…

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

M.F

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

(29)

29

Ref.: Expte.Nro. 3627-D-2018.-

SAN ISIDRO, 17 de mayo de 2018.- DECRETO NÚMERO:

1 0 3 2

VISTO la nota presentada por el “CLUB SOCIAL Y SOCIEDAD DE FOMENTO DE BECCAR”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo económico destinado a solventar los gastos tendientes a la transformación de la iluminación de la sede social a tecnología LED, lo cual permitirá reducir el consumo energético;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS DOSCIENTOS SIETE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE ($ 207.397), con oportuna de rendición de cuentas;

QUE se precede al dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental ************* por el “CLUB SOCIAL Y SOCIEDAD DE FOMENTO DE BECCAR”, por la suma de PESOS DOSCIENTOS SIETE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE ($ 207.397), con oportuna de rendición de cuentas, destinado a solventar los gastos tendientes a la transformación de la iluminación de la sede social a tecnología LED, lo cual permitirá reducir el consumo energético.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s ************* debidamente autorizada/s a tal efecto, debiéndose previamente presentar las rendiciones de cuentas adeudadas por la Entidad por subsidios otorgados con anterioridad.-

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto ************* reglamentario Nro.1444/85.-

(30)

30

Ref.: Expte.Nro. 3627-D-2018.-

//…

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el ************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

(31)

31

Ref. Expte: Nº 2476-G-2018

SAN ISIDRO, 17 de mayo de 2018

DECRETO NÚMERO: 1 0 3 3

VISTO la presentación efectuada por el Sr. Juan Enrique Gabba y la Sra. Silvina Andrea Ortiz de Rozas, en su carácter de Propietarios, y los Arquitectos Carlos Damonte y Oscar Di Cesare, en su carácter de Profesionales actuantes, respecto a la factibilidad de realizar la Demolición Parcial, Modificaciones Internas y Ampliación de un Local Comercial existente con Anexos Depósito y Administración, en el inmueble designado catastralmente como Circunscripción III, Sección F, Manzana 429, Parcela 16, ubicado con frente a la Avenida Sir Alexander Fleming Nº 1124 esquina Entre Ríos, de la ciudad de Martínez, en Jurisdicción de este Partido; y

Considerando:

QUE el predio se ubica en Zona Cm3 conforme lo establece el Código de Ordenamiento Urbano, siendo el destino solicitado un Uso Conforme;

QUE actualmente el inmueble cuenta con construcciones existentes aprobadas por Expediente Nº 3475/86 con destino locales comerciales, ubicado en un área donde se desarrollan diferentes usos comerciales;

QUE si bien las mencionadas edificaciones superan los indicadores de FOS y FOT establecidos para la zona, la propuesta presentada mejora la situación existente con la reducción de dichos indicadores;

QUE por lo expuesto, los organismos técnicos que elaboraron los informes de fojas 28/29, opinan que, con el cumplimiento de los requisitos que mediante el presente se determinarán, puede otorgarse la factibilidad consultada, criterio que este Departamento Ejecutivo comparte, razón por la cual procede el dictado del acto administrativo que así lo haga saber;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a

(32)

32

Ref. Expte: Nº 2476-G-2018

//...

ARTÍCULO 1º.- Hacer saber al Sr. Juan Enrique Gabba y la Sra. Silvina Andrea ************* Ortiz de Rozas, en su carácter de Propietarios, que se autoriza la Demolición Parcial, Modificaciones Internas y Ampliación de un Local Comercial existente con Anexos Depósito y Administración, en el inmueble designado catastralmente como Circunscripción III, Sección F, Manzana 429, Parcela 16, ubicado con frente a la Avenida Sir Alexander Fleming Nº 1124 esquina Entre Ríos, de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, según documentación de fojas 26 convenientemente corregida.-

ARTÍCULO 2º.- Lo dispuesto en el artículo precedente queda sujeto al ************* cumplimiento de las condiciones urbanísticas, ambientales, de funcionamiento y administrativas para la aprobación del proyecto definitivo, que a continuación se detallan:

Condiciones Urbanísticas:

A1. El destino en plano será: Planta Baja= Local comercial / Planta alta= Depósito anexo y Local (administración) anexo.

A2. Los valores de FOS y FOT máximos quedarán limitados a 0,76 y 1,44 respectivamente. A3. Retiro de frente: no existe obligación de dejar Retiro.

A4. Altura Máxima: Altura máxima de fachada: 8,50 metros.

Se efectuará tratamiento arquitectónico de todas las instalaciones complementarias a ubicar en la azotea del edificio, debidamente insonorizadas, según lo dispuesto en los artículos 1.1.2.3. / 1.2.2.17. y Tabla de Molestias según Anexo IV del Código de Ordenamiento Urbano.

Las instalaciones complementarias no superarán los 11 metros de altura y el Plano Límite para tanques de agua no superara los 12 metros, según lo establecido en el Código de Ordenamiento Urbano.

A5. Terreno /superficie absorbente:

El fondo libre de 7,70 x 3,80 metros deberá permanecer absorbente y parquizado.

(33)

33

Ref. Expte: Nº 2476-G-2018

///...

Deberá contar además con sistemas de infiltración y/o reservorios a los que concurran las aguas provenientes de las cubiertas y superficies impermeables según artículo 1.2.2.25.2. del Código de Ordenamiento Urbano.

A6. Fondo libre: deberá contar con un fondo mínimo de 7,70 x 3,80 metros. A7. Estacionamiento:

- Deberá contar con 1 módulo de carga y descarga cuyas dimensiones se ajustarán al tipo de actividad a desarrollar, el cual deberá estar separado del local.

- Se indicará el acceso y salida vehicular con señal luminosa y sonora para advertencia de los peatones. La misma deberá colocarse sobre Línea Municipal, alejada de los muros divisorios de predios.

A8. La planta alta con destino Anexo de la Actividad Principal deberá contar con la accesibilidad correspondiente como ser: escalera de tramos rectos y ancho mínimo 1,20mts, según requerimientos del Código de Edificación de San Isidro.

A9. El Depósito Anexo Local verificará las condiciones establecidas en el artículo 1.2.2.22. inciso a) del Código de Ordenamiento Urbano, como parte del comercio minorista.

Condiciones Ambientales:

B1. Las veredas perimetrales se ejecutarán de acuerdo a las disposiciones del Código de Edificación de San Isidro, debiendo reponerse la forestación faltante (un ejemplar cada 8 metros). En los planos de Permiso de Construcción se indicarán detalles, cotas y niveles. - Deberán ejecutarse las rampas de enlace en esquina, según lo establecido en el artículo

3.6.2.21. del Código de Edificación de San Isidro.

- En correspondencia con el acceso, se mantendrán los niveles reglamentarios de vereda, debiendo dar continuidad a la senda peatonal.

B2. Residuos: Deberá contar con un recinto dentro del predio, apto para contener los desechos, a fin de evitar que los mismos permanezcan en la vía pública hasta el momento de su recolección.

B3. Consideraciones generales para la etapa de Obra: deberán contemplarse las condiciones establecidas en los Decretos Reglamentarios Nros. 1617/14 y 1618/14.

(34)

34

Ref. Expte: Nº 2476-G-2018

////...

Condiciones de Funcionamiento:

C1. No podrá efectuarse la exposición de mercadería en la vía pública, debiendo llevarse a cabo únicamente dentro de los límites de la parcela.

C2. La carga y descarga deberá realizarse dentro del predio en el sector destinado a tal fin. No podrán ingresar los vehículos por ochava.

C3. La Subsecretaría de Inspección General establecerá las demás condiciones de funcionamiento y seguridad en oportunidad de gestionar la habilitación y/o el cumplimiento de las demás normativas en vigencia.

Condiciones Administrativas:

D1. Deberá presentar Plano de Instalaciones contra Incendio, teniendo en cuenta el tipo de edificio y de acuerdo a lo previsto por el artículo 5.8.1.1. y subsiguientes del Código de Edificación de San Isidro, firmado por un profesional responsable y matriculado, para el otorgamiento del Permiso de Construcción.

D2. Deberá verificarse en el proyecto el cumplimiento de todas la normas de aplicación, en el orden nacional, provincial y las establecidas por los Códigos de Ordenamiento Urbano y Edificación de San Isidro, entre otros: medios de salida, alturas, instalaciones eléctricas, con aplicación supletoria de la normativa complementaria del Código de Edificación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

D3. Se transcribirán en el Permiso de Construcción y Plano Conforme a Obra todos los condicionantes urbanísticos, ambientales de funcionamiento y administrativos.-

ARTÍCULO 3º.- Previo a la notificación del presente Decreto, la Dirección General ************* de Obras Particulares liquidará y verificará el pago del anticipo de los Derechos de Construcción por Estudio de Planos, conforme lo dispone el artículo 24, apartado A9 de la Ordenanza Impositiva vigente.-

(35)

35

Ref. Expte: Nº 2476-G-2018

/////...

ARTÍCULO 4º.- La vigencia del presente Decreto queda condicionada a que ************* dentro de los ciento veinte (120) días de notificado el mismo, se haya presentado toda la documentación para el pertinente Permiso de Construcción.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

AF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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36

Ref. Expte: Nº 2872-R-2018

SAN ISIDRO, 17 de mayo de 2018 DECRETO NÚMERO:

1 0 3 4

VISTO la presentación efectuada por el Sr. Luciano Amadeo Belli, en su carácter de Director Titular Único y Presidente de la firma BELLFAMI GROUP S.A. (titular del inmueble) y la Arquitecta Elisa Carlota Güller, en su carácter de Profesional actuante, respecto a la factibilidad de realizar la Demolición Parcial, Modificaciones Internas, Regularización y Ampliación de un Local Comercial con Anexo Administración, en el inmueble designado catastralmente como Circunscripción IV, Sección D, Manzana 66, Parcela 17, ubicado con frente a la calle Dardo Rocha Nº 2982, de la ciudad de Martínez, en jurisdicción de este Partido; y

Considerando:

QUE el predio se ubica en Zona Cm4 conforme lo establece el Código de Ordenamiento Urbano, siendo el destino solicitado un Uso Conforme, de tratamiento particular por las oficinas técnicas;

QUE el proyecto plantea una mejora en la situación existente con la reducción del indicador de FOS aprobado y el reemplazo de la cubierta ubicada sobre el fondo libre, ubicándose el nivel de la misma por debajo de la altura de cumbrera e integrándola al entorno urbano permaneciendo inaccesible;

QUE por lo expuesto, los organismos técnicos que elaboraron los informes de fojas 27/28 opinan que, con el cumplimiento de los requisitos que mediante el presente se determinarán, puede otorgarse la factibilidad consultada, criterio que este Departamento Ejecutivo comparte, razón por la cual procede el dictado del acto administrativo que así lo haga saber;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a

ARTÍCULO 1º.- Hacer saber a BELLFAMI GROUP S.A., en su carácter de ************* Propietario, que se autoriza la Demolición Parcial, Modificaciones

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Ref. Expte: Nº 2872-R-2018

//...

Internas, Regularización y Ampliación de un Local Comercial con Anexo Administración, en el inmueble designado catastralmente como Circunscripción IV, Sección D, Manzana 66, Parcela 17, ubicado con frente a la calle Dardo Rocha Nº 2982 de la ciudad de Martínez, en jurisdicción de este Partido, según documentación de fojas 7 convenientemente corregida.-

ARTÍCULO 2º.- Lo dispuesto en el artículo precedente, queda sujeto al ************* cumplimiento de las condiciones urbanísticas, ambientales, de funcionamiento y administrativas para la aprobación del proyecto definitivo, que a continuación se detallan:

A- Condiciones Urbanísticas:

A1. El destino en plano será: Local comercial - Anexo Administración.

A2. Los valores de FOS y FOT máximos quedarán limitados a 0,60 y 1 respectivamente, según lo establecido en la Hoja de Zona.

A3. Retiro de Frente:

Sobre calle Dardo Rocha = se mantienen las construcciones existentes aprobadas en Planta Baja por Expediente N° 10550/95. Para las nuevas construcciones y a regularizar: mínimo 3,00 metros.

Se admitirá la ocupación parcial del Retiro de Frente con el módulo de estacionamiento vehicular con un máximo del 50% de ocupación, conforme al artículo 1.2.2.1. inciso 5) del Código de Ordenamiento Urbano. La superficie no ocupada conformará un espacio verde parquizado.

A4. Retiro de Fondo: se mantienen las construcciones existentes regularizadas por Expediente N° 10550/95.

Se admitirá el cambio de cubierta por una losa plana, la cual deberá materializarse por debajo de la altura de cumbrera aprobada, debiendo ser inaccesible con una altura de 3,20 metros y muro de carga de 0,30 metros.

A5. Terreno absorbente: verificará como mínimo el 20% de la superficie total de la parcela.

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38

Ref. Expte: Nº 2872-R-2018

///...

A6. Altura Máxima – Plano Límite:

La Altura Máxima será +8,50 metros con azotea inaccesible, según Hoja de Zona. El Plano Límite será hasta los +11.00 metros, con las mínimas instalaciones necesarias y +12,00 metros para los tanques de agua.

Se efectuará tratamiento arquitectónico de todas las instalaciones complementarias a ubicar en la azotea del edificio, debidamente insonorizadas, según lo dispuesto en los artículos 1.1.2.3. / 1.2.2.17. y Tabla de Molestias según Anexo IV del Código de Ordenamiento Urbano.

A7. Estacionamiento:

- Deberá contar con 1 módulo de carga y descarga cuyas dimensiones se ajustarán al tipo de actividad a desarrollar (3 x 6m).

- Se indicará el acceso y salida vehicular con señal luminosa y sonora para advertencia de los peatones. La misma deberá colocarse sobre Línea Municipal, alejada de los muros divisorios de predios.

A8. La Planta Alta con destino Anexo de la Actividad Principal deberá contar con la accesibilidad correspondiente como ser: escalera de tramos rectos y ancho mínimo 1,20 mts, según requerimientos del Código de Edificación de San Isidro.

Condiciones Ambientales:

B1. La vereda se ejecutará de acuerdo a las disposiciones del Código de Edificación de San Isidro, debiendo reponerse la forestación faltante (un ejemplar cada 8 m). En los planos de Permiso de Construcción se indicarán detalles, cotas y niveles.

- En correspondencia con el acceso, se mantendrán los niveles reglamentarios de vereda, debiendo dar continuidad a la senda peatonal.

B2. Residuos: Deberá contar con un recinto dentro del predio, apto para contener los desechos, a fin de evitar que los mismos permanezcan en la vía pública, hasta el momento de su recolección.

B3. Consideraciones generales para la etapa de Obra: deberán contemplarse las condiciones establecidas en los Decretos Reglamentarios Nros 1617/14 y 1618/14.

(39)

39

Ref. Expte: Nº 2872-R-2018

////...

Condiciones de Funcionamiento:

C1. La Subsecretaría de Inspección General establecerá las demás condiciones de funcionamiento y seguridad, en oportunidad de gestionar la habilitación y/o el cumplimiento de las demás normativas en vigencia.

Condiciones Administrativas:

D1. Deberá presentar Plano de Instalaciones contra Incendio, teniendo en cuenta el tipo de edificio y de acuerdo a lo previsto por el artículo 5.8.1.1. y subsiguientes del Código de Edificación de San Isidro, firmado por un profesional responsable y matriculado para el otorgamiento del Permiso de Construcción.

D2. Deberá verificarse en el proyecto el cumplimiento de todas la normas de aplicación, en el orden nacional, provincial y las establecidas por los Códigos de Ordenamiento Urbano y Edificación de San Isidro, entre otros: medios de salida, alturas, instalaciones eléctricas, con aplicación supletoria de la normativa complementaria del Código de Edificación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

D3. Se transcribirán en el Permiso de Construcción y Plano Conforme a Obra todos los condicionantes, urbanísticos, ambientales, de funcionamiento y administrativos.-

ARTÍCULO 3º.- Previo a la notificación del presente Decreto, la Dirección General ************* de Obras Particulares liquidará y verificará el pago del anticipo de los Derechos de Construcción por Estudio de Planos, conforme lo dispone el artículo 24, apartado A9 de la Ordenanza Impositiva vigente.-

ARTÍCULO 4º.- La vigencia del presente Decreto queda condicionada a que ************* dentro de los ciento veinte (120) días de notificado el mismo, se haya presentado toda la documentación para el pertinente Permiso de Construcción.-

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Ref. Expte: Nº 2872-R-2018

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ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

AF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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Ref. Expte: Nº 4261-O-2018

SAN ISIDRO, 17 de mayo de 2018 DECRETO NÚMERO: 1 0 3 5

VISTO la presentación efectuada por el Obispado de San Isidro, en su carácter de Propietario y el Arquitecto José Reynaldo Tedesco, en su carácter de Profesional actuante, respecto a la factibilidad de realizar la Demolición, Regularización, Ampliación y Cambio de Destino a “Centro de Día” del inmueble designado catastralmente como Circunscripción V, Sección D, Manzana 199, Parcela 30, ubicado con frente a la calle Boedo Nº 1650 de la ciudad de Villa Adelina, en jurisdicción de este Partido; y

Considerando:

QUE el predio se ubica en Zona Rm1 – Radio 12c, conforme lo establece el Código de Ordenamiento Urbano, siendo el destino solicitado un Uso Conforme de tratamiento particular como Uso Puntual por las oficinas técnicas;

QUE la ocupación del retiro de frente en Planta Baja con la regularización del Aula es admisible, en el marco de lo dispuesto en el artículo 1.2.1.4.1., inciso 5, ítem h del precitado Código;

QUE por lo expuesto, los organismos técnicos que elaboraron los Informes de fojas 19/20 opinan que, con el cumplimiento de los requisitos que mediante el presente se determinarán, puede otorgarse la factibilidad consultada, criterio que este Departamento Ejecutivo comparte, razón por la cual procede el dictado del acto administrativo que así lo haga saber;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a

ARTÍCULO 1º.- Hacer saber al Obispado de San Isidro en su carácter de ************** Propietario, que se autoriza la Demolición, Regularización, Ampliación y Cambio de Destino a “Centro de Día” del inmueble designado catastralmente como Circunscripción V, Sección D, Manzana 199, Parcela 30, ubicado con frente a la

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Ref. Expte: Nº 4261-O-2018

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calle Boedo Nº 1650 de la ciudad de Villa Adelina, en jurisdicción de este Partido, según documentación de fojas 7 convenientemente corregida.-

ARTÍCULO 2º.- Lo dispuesto en el artículo precedente queda sujeto al ************* cumplimiento de las condiciones urbanísticas, ambientales, de funcionamiento y administrativas para la aprobación del proyecto definitivo, que a continuación se detallan:

A-Condiciones Urbanísticas:

A1. Los valores de FOS y FOT quedarán establecidos en 0,60 y 1,20, de acuerdo a lo establecido en la Hoja de Zona.

A2. Retiro de frente: 3,00 metros.

Se admitirá la ocupación del Retiro de Frente con la construcción del Aula y el módulo de estacionamiento. La superficie no ocupada deberá conformarse como espacio verde parquizado.

A3. Fondo Libre, Altura máxima y Plano Límite: deberán cumplir con lo establecido en la Hoja de Zona Rm1.

A4.Terreno Absorbente: verificará el 20%, como mínimo, de la superficie total de la parcela.

Deberá indicarse croquis y cálculo del mismo en el plano.

A5. Estacionamiento: 1 módulo de estacionamiento de dimensiones de 2,50 x 5,00 metros. A6. Contará con accesibilidad para personas con capacidades diferentes, cumplimentando la Ordenanza Nº 6631, en cuanto a rampas de acceso a Planta Baja, pasos mínimos, entre otros, contando además con sanitarios para discapacitados para ambos sexos.

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Ref. Expte: Nº 4261-O-2018

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B- Condiciones Ambientales:

B1. Aceras Públicas: Deberán materializarse conforme a lo reglamentado por el Código de Edificación de San Isidro y no perderán su continuidad en correspondencia con el acceso vehicular, debiendo salvar los desniveles existentes con rampas reglamentarias y señalizadas, verificando lo establecido en el artículo 3.6.7.2 del Código de Edificación de San Isidro, debiendo incluir su diseño en planos.

B2.Los cercos de frente deberán verificar lo establecido en el artículo 1.2.1.6 del Código de Ordenamiento Urbano.

B3. Residuos: Deberá contar con un lugar apto para contener los desechos, a fin de evitar que los mismos permanezcan en la vía pública hasta el horario de recolección municipal. B4. Consideraciones Generales de Obra: Se deberá dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 5.1.2.2 del Código de Edificación de San Isidro, reglamentado por los Decretos Nros. 1617/14 y 1618/14, relativos a las consideraciones generales para la etapa de obra. Los volquetes se deberán ajustar a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 7707.

C-Consideraciones de Funcionamiento:

C1. Se admitirá el uso de Centro de Día para el inmueble en cuestión, siendo un Uso Conforme con tratamiento como Uso Puntual, debiéndose tramitar el Permiso de Localización correspondiente según Ordenanza Nº 8057 y Decreto Nº 1979/05.

En el inicio del Expediente deberá presentarse Memoria Descriptiva indicando como será el funcionamiento y los horarios y una copia del presente Decreto.

C2. La capacidad máxima quedará establecida en 10 concurrentes por aula, arrojando un total de 30 personas en simultáneo.

C3. De colocarse publicidad, la misma será la mínima necesaria para el anuncio de las actividades, colocándose dentro del predio sin sobrepasar el perfil del edificio y contará con aprobación previa a su colocación.

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Ref. Expte: Nº 4261-O-2018

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C4. La Subsecretaria de Inspección General establecerá las demás condiciones de funcionamiento y seguridad, en oportunidad de gestionar el Permiso de Localización y/o cumplimiento de las demás normativas de vigentes.

D- Condiciones Administrativas:

D1. Cumplimentará las disposiciones contenidas en los Códigos de Ordenamiento Urbano y Edificación de San Isidro y toda otra normativa que, en el orden nacional, provincial y/o municipal resulten de aplicación, entre otras: medios de salida, sentido de apertura (hacia el exterior), ancho de puertas, ascensores, escaleras, instalaciones eléctricas, con aplicación supletoria de la normativa complementaria del Código de Edificación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

D2. Se transcribirán en el Permiso de Construcción y en el Plano Conforme a Obra todas las condicionantes urbanísticas, ambientales, de funcionamiento y administrativas.

D3. Deberá presentar Plano de Instalaciones contra Incendio, teniendo en cuenta el tipo de edificio y de acuerdo a lo previsto por el artículo 5.8.11 y subsiguientes del Código de Edificación de San Isidro, firmado por un profesional responsable y matriculado, para el otorgamiento del Permiso de Construcción.-

ARTÍCULO 3º.- Previo a la notificación del presente Decreto, la Dirección ************* General de Obras Particulares liquidará y verificará el pago del anticipo de los Derechos de Construcción por Estudio de Planos, conforme lo dispone el artículo 24, apartado A9 de la Ordenanza Impositiva vigente.-

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