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NORMA TÉCNICA COLOMBIANA 3873

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NORMA TÉCNICA

NTC

COLOMBIANA 3873

2005-12-22

REGULADORES DE PRESIÓN PARA GLP

E: PRESSURE REGULATOR FOR LP-GAS

CORRESPONDENCIA:

DESCRIPTORES: gases licuados del petróleo (GLP) – reguladores de presión; reguladores de presión – requisitos; reguladores de presión – métodos de ensayo.

I.C.S.: 23.060.40

Editada por el Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (ICONTEC) Apartado 14237 Bogotá, D.C. - Tel. 6078888 - Fax 2221435

Prohibida su reproducción Primera actualización

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PRÓLOGO

El Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación, ICONTEC, es el organismo nacional de normalización, según el Decreto 2269 de 1993.

ICONTEC es una entidad de carácter privado, sin ánimo de lucro, cuya Misión es fundamental

para brindar soporte y desarrollo al productor y protección al consumidor. Colabora con el sector gubernamental y apoya al sector privado del país, para lograr ventajas competitivas en los mercados interno y externo.

La representación de todos los sectores involucrados en el proceso de Normalización Técnica está garantizada por los Comités Técnicos y el período de Consulta Pública, este último caracterizado por la participación del público en general.

La NTC 3873 (Primera actualización) fue ratificada por el Consejo Directivo del 2005-12-22. Esta norma está sujeta a ser actualizada permanentemente con el objeto de que responda en todo momento a las necesidades y exigencias actuales.

A continuación se relacionan las empresas que colaboraron en el estudio de esta norma a través de su participación en el Comité Técnico 124 Elementos mecánicos y electromecánicos para la industria del gas.

AGREMGAS

EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN GAS NATURAL S.A. E.S.P.

GASES DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. GRUPO CORASSA – UNIFIX

INDUSTRIAS HUMCAR

INDUSTRIA DE ESTUFAS CONTINENTAL INDUSEL S.A.

LLANOGAS S.A. E.S.P. METREX S.A. MUNDOGAS COMERCIALIZADORA S & E SAENA DE COLOMBIA SURVAL S.A. TAMETAL TP S.A.

TORNILLOS & COMPLEMENTOS LTDA. Además de las anteriores, en Consulta Pública el Proyecto se puso a consideración de las siguientes empresas:

ALCANOS S.A. ALDANA METERS

ANDI CAMARA FEDEMETAL BOSCH COLOMBIA CDT DE GAS CONFEDEGAS CINSA S.A. CHALLENGER S.A. DISICO S.A. ECOPETROL EXCEL AMÉRICA FLEXCO S.A.

GAS NATURAL DEL CENTRO S.A. E.S.P. GASES DE LA GUAJIRA S.A. E.S.P.

GASES DEL CARIBE S.A. E.S.P.

GASES DEL NORTE DEL VALLE S.A. E.S.P.

GASES DEL QUINDÍO S.A. E.S.P. GASORIENTE S.A. E.S.P.

GECOLSA

GRANADOS GOMEZ & CÍA HENKEL COLOMBIANA S.A. INCELT S.A.

INCOMELEC INDISA S.A.

INDUSTRIA SUPERIOR DE ARTEFACTOS INDUSTRIAS CIMSA

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INDUSTRIAS SEDAL LTDA MEDER S.A.

MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

PEDRO CUADROS REPRESENTACIONES PROMIGAS S.A.

REPRESENTANTES SEGURIDAD GAS LTDA. SERVIMETERS SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS

SURTIGAS S.A. E.S.P.

UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA UNIVERSIDAD NACIONAL

ICONTEC cuenta con un Centro de Información que pone a disposición de los interesados

normas internacionales, regionales y nacionales y otros documentos relacionados.

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NORMA TÉCNICA COLOMBIANA

NTC 3873 (Primera actualización)

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REGULADORES DE PRESIÓN PARA GLP

1. OBJETO Y ALCANCE

1.1 Esta norma tiene por objeto establecer los requisitos que deben cumplir los reguladores de presión para uso en instalaciones de GLP, de tipo residencial, comercial e industrial, a excepción de las aplicaciones marinas, en automotores o en operaciones de corte y soldadura con gas. Tampoco cubren reguladores para uso en plantas químicas, petroleras o de generación, los terminales marinos o de tuberías, o las instalaciones de almacenamiento relacionadas con dichas plantas o terminales.

1.2 Los reguladores cubiertos por estos requisitos se utilizan en sistemas no refrigerados, de acuerdo con lo que establece la NFPA 58.

1.3 Los reguladores para uso en operaciones o sistemas de corte y soldadura con gas están cubiertos por la NTC 3290.

1.4 Los reguladores cubiertos por estos requisitos son de dos tipos y se conocen comúnmente como reguladores de baja presión y reguladores de media presión.

1.5 Las capacidades de flujo que puedan manejar estos reguladores no están dentro del alcance de esta norma. Esta información será suministrada por el fabricante.

1.6 Cualquier componente, dispositivo adicional o material debe hacerse bajo el mismo criterio de seguridad bajo el cual está hecho la norma.

1.7 Los reguladores internos de presión asociados (instalados) a los artefactos a gas están cubiertos por la NTC 3293.

2.3 REFERENCIAS NO FECHADAS

Cualquier referencia a un código o a una norma que aparezca en un requisito de esta norma, debe interpretarse que se refiere a la última edición de ese código o norma.

2.4 TERMINOLOGÍA

El término "regulador", como se utiliza en esta norma se refiere a las válvulas reguladoras de presión, a menos que se especifique otra cosa.

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NORMA TÉCNICA COLOMBIANA

NTC 3873 (Primera actualización)

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3. DEFINICIONES

Para los propósitos de esta norma se aplican las siguientes definiciones:

3.1

regulador de media presión

es aquel construido para recibir presiones superiores a 6,9 kPa (1 psig), que existan en un cilindro, recipiente o línea de conducción de GLP y entregar uniformemente una presión preestablecida superior a 6,9 kPa (1 psig). Este tipo de regulador puede construirse para manejar GLP, ya sea en estado líquido o gaseoso. Este tipo de construcción comúnmente se utiliza como un regulador de etapa única, cuando se requiere una presión de entrega superior a 6,9 kPa (1 psig), o como un regulador de primera etapa, en un sistema de reducción de presión en dos etapas.

3.2

presión de bloqueo

presión a la salida del regulador, bajo condiciones de no flujo. Es equivalente a la presión de salida preestablecida del regulador, más un diferencial intrínseco del mismo, requerido para efectuar el cierre total del regulador.

3.3

regulador de baja presión

es aquel construido para manejar GLP en fase gaseosa solamente y para recibir presiones superiores a 6,9 kPa (1 psig) que existan en un recipiente, cilindro o línea de conducción de GLP y entregar uniformemente una presión preestablecida igual o inferior a 6,9 kPa (1 psig).

Este tipo de regulador se utiliza comúnmente en servicio en etapa única, o como un regulador de segunda etapa en un sistema de reducción de presión de dos etapas. Un regulador para servicio de segunda etapa solamente, se utiliza con presiones de entrada no superiores a 103,5 kPa (15 psig).

Los reguladores de baja presión previstos para ser instalados directamente a los cilindros indicados en la NTC 522-1 no tienen válvula de alivio.

En la siguiente tabla se muestran las presiones de entrada y de salida para los reguladores de media y baja presión.

Clasificación del tipo de regulador por la presión de salida

Tipo de regulador Presión de entrada Presión de salida Regulador de media presión Pe > 6,9 kPa 6,9 kPa <Ps ≤ 103,5(1) kPa Regulador de baja presión Pe > 6,9 kPa Ps ≤ 6,9 kPa

(1) La limitación de 15 psi es aplicable para instalaciones domésticas; el empleo de presiones de salida superiores está supeditado a lo contemplado en la NTC 3838, que trata de las presiones de transporte, distribución y suministro de gases combustibles.

3.4

componente

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NTC 3873 (Primera actualización)

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27. REFERENCIAS NORMATIVAS

Los siguiente documentos referenciados son indispensables para la aplicación de esta norma. Para referencias fechadas, se aplica únicamente la edición citada. Para referencias no fechadas, se aplica la última edición del documento normativo referenciado (incluida cualquier corrección). NTC 332, Roscas para tubería destinada a propósitos generales (dimensiones en pulgadas) NTC 522-1, Cilindros de acero con costura para gases licuados de petróleo (GLP) con capacidad desde 5 kg incluido, hasta 46 kg excluido.

NTC 1156:1998, Procedimiento para el ensayo de la cámara salina NTC 3290, Aparatos mecánicos. Reguladores para gases comprimidos.

NTC 3293, Aparatos mecánicos. Reguladores internos de presión para equipos que funcionan con gas

NTC 3470, Tubería metálica. tubos de acero soldados y sin costura, negros y recubiertos de cinc por inmersion en caliente

NTC 3727, Reguladores de presión para gas natural con dispositivo interno para alivio de sobrepresion

NTC 3838, Gasoductos. Presiones de operación permisibles para el transporte, distribución y suministro de gases combustibles

ANSI B1.20.3-1976 (R1991): Dryseal Type Threads (Inch)

ANSI/ASME B36.10M-1985 (R1994): Welded and Seamless Wrought Steel Pipe. ANSI/ASME B40.1-1991: Pressure Indicating Dial Type. Elastic Element

CGA V-1, Compressed Gas Cylinder Valve Inlet Connections

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NTC 3873 (Primera actualización)

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ANEXO A

(Informativo)

BIBLIOGRAFÍA

[1] UNDERWRITERS LABORATORIES INC. Pressure Regulating Valves for LP-gas. Sixth Edition, 1994 (UL 144)

[2] SECRETARIA DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL. Distribución y consumo de gas L.P. -recipientes portátiIes y sus accesorios Parte 4.- reguladores de baja presión para gases licuados de petróleo. MÉXICO D.F., 1993 (NOM-018/4-5CEI-1993)

[3] INSTITUTO COLOMBIANO DE NORMAS TÉCNICAS Y CERTIFICACIÓN. Reguladores de presion para gas natural con dispositivo interno para alivio de sobrepresion. Cuarta Actualización, Bogotá D.C., 2005 (NTC 3727)

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IMPORTANTE

Este resumen no contiene toda la información necesaria para la aplicación del documento normativo original al que se

refiere la portada. ICONTEC lo creo para orientar a su cliente sobre el alcance de cada uno de sus documentos y facilitar

su consulta. Este resumen es de libre distribución y su uso es de total responsabilidad del usuario final.

El documento completo al que se refiere este resumen puede consultarse en los centros de información de ICONTEC en

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