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RESULTADOS DEL PROCESO DE AUDITORÍA

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RESULTADOS DEL PROCESO DE AUDITORÍA

A:

GENARO CODINA, ZAC.

2010

(2)

ÍNDICE

1.

RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER... 2

2.

CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL .. 3

3.

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA ... 4

INGRESOS

... 4

EGRESOS

... 11

RESULTADO DEL EJERCICIO

... 26

BANCOS

... 29

DEUDORES DIVERSOS

... 35

ANTICIPO A PROVEDORES

... 38

ACTIVO FIJO

... 40

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS)

... 46

APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

... 53

4.

PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL... 61

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

... 61

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

... 79

PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES

... 94

PROGRAMA MICROREGIONES

... 116

PROGRAMA FIDEICOMISO PARA COADYUVAR AL DESARROLLO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y

MUNICIPIOS (FIDEM)

... 119

5.

OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

... 126

PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS

... 126

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

... 129

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

... 144

PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES

... 145

INTEGRACION DE EXPEDIENTES UNITARIOS

... 146

RELLENO SANITARIO

... 149

RASTRO MUNICIPAL

... 150

(3)

RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER

1Todas las solicitudes de intervención del Órgano Interno de Control se realizarán a la Administración Municipal actual

2Todas las Recomendaciones se realizarán a la Administración Municipal actual

TIPO DE ACCIÓN

Administración 2007-2010 Administración 2010-2013 Acciones Correctivas

Denuncia de Hechos 3 1

Pliego de observaciones 28 10

Promoción del Fincamiento de

Responsabilidades Administrativas 6

2 Informe a la Auditoría Superior de

la Federación -

Solicitud de Intervención del

Órgano Interno de Control1 -

36

Señalamientos - -

Promoción para el Ejercicio de la

Facultad de Comprobación Fiscal 3

1 Solicitud de Aclaración 25 7

Subtotal

65 57 Acciones Preventivas Recomendación2 - 47 Recomendación al Desempeño - -

Subtotal

- 47

TOTAL

65 104

(4)

INFORME DETALLADO:

GUBERNAMENTAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental son los fundamentos esenciales para sustentar el registro correcto de las operaciones, la elaboración y presentación oportuna de los Informes Financieros, basados en su razonamiento, eficiencia demostrada, respaldo de legislaciones especializadas y aplicación general de la contaduría gubernamental.

De lo anterior se infiere que la contabilidad proporciona información útil, confiable, veraz y oportuna para la toma correcta de decisiones, por lo que, con base en la revisión practicada por esta entidad de fiscalización, se concluye que en los Informes Financieros del municipio de Genaro Codina, Zacatecas, se respetaron y cumplieron los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental, con excepción del que a continuación se señala:

Revelación Suficiente: en virtud de que el municipio no muestra amplia y claramente los resultados y su situación financiera real, ya que se observaron errores en registros que afectan directamente a los saldos de los rubros de Ingresos, Egresos, Activo y Pasivos.

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INFORME DETALLADO

:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Genaro Codina, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2010 por un monto total de $32,116,946.95, los cuales se encuentran conformados por $18,961,066.45 de Ingresos Propios y Participaciones un alcance de revisión de 100.00%, además de $9,636,487.00 de Aportaciones Federales del Ramo 33 y $3,519,393.50 de Otros Programas, cuyos resultados se tratarán en los apartados V.- Programas Federales-Revisión Documental y VI.- Obra Pública-Revisión Física.

Se verificó que los ingresos que aparecen en los estados financieros del municipio representan operaciones efectivamente realizadas y cumplen con la normatividad aplicable, salvo las observaciones que se mencionan enseguida. Resultado AF-01, Observación AF-01

Que corresponde a las administraciones 2007-2010 y 2010-2013

Al llevar a cabo el análisis de la aplicación de la Ley de Ingresos Municipal, aplicable para el ejercicio 2010, se determinó lo siguiente::

1. En el ejercicio 2010 se aplicaron las tarifas establecidas para el ejercicio 2009.

Se observa que se efectuaron cobros por conceptos no establecidos en la Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal del año 2010 del municipio de Genaro Codina, Zacatecas, mismos

que se detallan a continuación:

Lo anterior representa incumplimiento a la Ley de Ingresos Municipal y a lo establecido en los artículos 12 y 15 del Código Fiscal Municipal del Estado de Zacatecas, el último mencionado a la letra señala: “Ningún ingreso podrá recaudarse si no está previsto en la Ley de Ingresos o en una posterior a ella”.

AF-10/15-001 Recomendación

Se recomienda a la

Administración Municipal, para el

cobro de contribuciones,

observar lo establecido en su Ley

de Ingresos. Asimismo se

recomienda al H. Ayuntamiento que en cumplimiento a los ordenamientos establecidos en los artículos 49 fracción XXIX, 50 fracción II, 74 fracciones lll y VII, 75 fracción ll, 93 fracciones l y ll, además del artículo 96 fracción II de la Ley Orgánica del Municipio determine las tasas y tarifas aplicables a los conceptos no

establecidos en el citado

ordenamiento, proponiendo a la H. Legislatura su inclusión en la Ley de Ingresos del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento. AF-10/15-002 Solicitud de

Intervención del Órgano

Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de

verificación tendientes al

cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-02, Observación AF-02

Que corresponde a la administración 2010-2013

De la revisión al capítulo de Ingresos y a los procedimientos aplicados en la auditoría de campo, se corroboró que el ente auditado recauda recursos por concepto de “Entradas al

AF-10/15-003 Recomendación Se recomienda al H. Ayuntamiento que en cumplimiento a los ordenamientos establecidos en Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no

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INFORME DETALLADO

:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Balneario Ojo de Agua”, centro recreativo administrado por el municipio, observándose que este concepto no está contenido en la Ley de Ingresos Municipal para el ejercicio fiscal 2010, además de no contar con la autorización del H. Ayuntamiento, así mismo se detectó que la Tesorería Municipal no tiene establecido un adecuado control para concentrar y vigilar los ingresos obtenidos por dicho concepto, en virtud de que el encargado del balneario reporta cada quincena los ingresos provenientes del boletaje a la Tesorería Municipal.

los artículos 49 fracción XXIX, 50 fracción II, 74 fracción VII y 96 fracción II de la Ley Orgánica del Municipio determine las tasas y tarifas aplicables a los conceptos no estipulados en el citado ordenamiento, proponiendo a la H. Legislatura su inclusión en la Ley de Ingresos del Municipio, asimismo se recomienda a la Administración Municipal que en

lo sucesivo implemente un

adecuado control interno para concentrar y vigilar los ingresos generados por el cobro de las entradas y demás ingresos del Centro Recreativo "Ojo de Agua", además de que los recursos obtenidos sean enterados e

informados a la Tesorería

Municipal al día siguiente de su recaudación. También se sugiere la instalación de un rehilete que marque el número de personas que entran al balneario, con el fin de transparentar y facilitar la rendición de cuentas en el manejo y control de dichos ingresos. presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento. AF-10/15-004 Solicitud de

Intervención del Órgano

Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de

verificación tendientes al

cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-03, Observación AF-03

Que corresponde a la administración 2007-2010

De la revisión al rubro de Impuesto Sobre Adquisición de Bienes Inmuebles correspondiente al periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2010, se verificó la correcta aplicación de la Ley en

AF-10/15-005 Solicitud de

Aclaración

Se solicita a la Administración Municipal 2007-2010, presentar a la Auditoría Superior del Estado

No se solventa, y

se deriva en una Recomendación.

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INFORME DETALLADO

:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

el cobro del citado impuesto, los ingresos por este concepto fueron de $21,970.45, cantidad informada por el municipio en la relación de cobros por concepto de 2% sobre adquisición de Bienes Inmuebles, sin embargo en el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) se registró la cantidad de $38,837.49, observándose una diferencia por $16,867.04 informada de más en el SACG. De lo anterior se verificó que la diferencia, corresponde a ingresos de los meses junio y julio 2010, de los que no se presentó información relativa a números de recibos, avalúos, monto de cada operación y/o valor del avalúo.

la información relativa a los meses de junio y julio del ejercicio 2010 por lo que se refiere a los ingresos percibidos por concepto de Impuesto Sobre

Adquisición de Bienes

Inmuebles, presentando la

evidencia documental suficiente que sustente el ingreso reportado en el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental, lo cual se encuentra descrito en el Resultado que antecede.

Resultado AF-04, Observación AF-04

Que corresponde a las administraciones 2007-2010 y 2010-2013

Derivado del examen practicado al rubro de ingresos se verificó que el municipio informó adecuadamente el capítulo en mención correspondiente al periodo del 1° de enero al 31 de diciembre ejercicio fiscal 2010, corroborándose que lo registrado por el municipio en pólizas coincide con lo informado en cuenta pública del mes en revisión, asimismo se confirmó que la recaudación fue depositada en cuenta bancaria propiedad del municipio, sin embargo se observó lo siguiente:

1. En el periodo comprendido del 1° de enero al 15 de septiembre

de 2010 el municipio registra ingresos propios más

participaciones por la cantidad de $13,894,328.00 en el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental, contra las entradas de recurso según estados de cuenta bancarios de las cuentas bancarias números 615484240 Ingresos Nueva y 628692081 Agua Potable, más el registros de entradas a las subcuentas de caja números 1101-02-0008 Caja Ingresos Pend. y 1101-02-0006 Agua Potable y Alcantarillado, ingresos que suman un importe total por la cantidad de $14,762,516.63, observándose la falta de registro contable de $868,188.63. 2. En el periodo comprendido del 16 de septiembre al 31 de

diciembre el municipio registra ingresos propios más

participaciones por la cantidad de $5,067,359.45 en el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental, contra las entradas de recurso según estados de las cuentas bancarias números 661556667 Ingresos 2010 y 661556658 Agua Potable, más el registro de entradas a las subcuentas de caja números 1101-02-0019 Ingresos 2010 y 1101-02-0018 Agua Potable 2010, ingresos que suman un importe total por la cantidad de

AF-10/15-006 Recomendación

Se recomienda a la

Administración Municipal llevar a

cabo conciliación entre lo

registrado por el municipio en la cuenta pública mensual y la

recaudación depositada en

cuentas bancarias propiedad del mismo, así como las entradas de recurso a Caja, con el fin de evitar errores en la información

que generan las áreas

responsables, en caso de no coincidir presentar ante esta Auditoría Superior del Estado la

evidencia documental que

soporte y justifique la diferencia, lo anteriormente señalado con base en los artículos 93 fracción II, 96 fracciones I y VI, 151, 191 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio. Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento. AF-10/15-007 Solicitud de

Intervención del Órgano

Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de

verificación tendientes al

cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO

:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

$5,205,684.91, observándose la falta de registro contable por el orden de $138,325.46.

Es importante señalar que las diferencias anteriormente señaladas no constituyen un daño a la Hacienda Pública, sin embargo denotan la falta de control del municipio respecto al registro de sus ingresos propios.

Auditoría Superior del Estado.

Resultado AF-05, Observación AF-05

Que corresponde a la administración 2010-2013

De la revisión al rubro de Ingresos, relativo al cobro del Derecho sobre Almacenamiento, Distribución, Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas correspondiente al periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2010, se solicitó al municipio la relación de licencias para la operación de expendios de bebidas alcohólicas misma que al ser revisada y analizada se verificó que en lo referente a la recaudación de los Derechos propios del Estado, el 5% del Impuesto para la Universidad Autónoma de Zacatecas es calculado incorrectamente, debido a que el municipio descuenta tal porcentaje del resultado de multiplicar la cuota base por el salario mínimo vigente, en lugar de incrementarlo, incumpliendo con lo dispuesto en los artículos 21 al 25 de la Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas, así como los artículos 12, 13 y 15 del Código Fiscal Municipal del Estado de Zacatecas, así como el artículo 74 fracción VII, 93 fracciones II y IV y 96 fracciones I, II y III de la Ley Orgánica del Municipio.

AF-10/15-008 Recomendación

Se recomienda a la

Administración Municipal actual, que en lo sucesivo realice correctamente la retención del 5% relativo al Impuesto para la

Universidad Autónoma de

Zacatecas en lo referente a la recaudación de los Derechos propios del Estado, además de realizar de manera oportuna su respectivo entero, lo anterior con fundamento en los artículos 21 al 25 de la Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas, así como los artículos 12, 13 y 15 del

Código Fiscal Municipal del

Estado de Zacatecas, así como el artículo 74 fracción VII, 93 fracciones II y IV y 96 fracciones I, II y III de la Ley Orgánica del Municipio. Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento. AF-10/15-009 Solicitud de

Intervención del Órgano

Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de

verificación tendientes al

cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-06, Observación AF-06

Que corresponde a la administración 2007-2010

Derivado del análisis a la cuenta de Participaciones, se determinó que el municipio registró e informó correctamente dicha partida, además se corroboró que los ingresos derivados

AF-10/15-010 Recomendación

Se recomienda a la

Administración Municipal actual que con relación a los ingresos por concepto de Fondo Único de

Subsiste y por lo

tanto no

solventa, en virtud de que la Entidad

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INFORME DETALLADO

:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

de este concepto fueron depositados en la cuenta bancaria número 552165644 denominada "Gasto Corriente Cuenta Nueva", de la Institución Bancaria denominada Banorte, la cual se encuentra a nombre del municipio, sin embargo se observó que el ente auditado no presentó las constancias de ministración de recursos por concepto del Fondo Único de Participaciones relativas al periodo correspondiente de enero a junio de 2010.

Participaciones, además de la evidencia documental relativa al ingreso de los recursos en cuentas bancarias del municipio

se incluyan las constancias

correspondientes a la

ministración.

Con relación a lo anterior es conveniente señalar que si bien

es cierto los descuentos

realizados por la Secretaría de Finanzas no representaron una entrada (dinero en efectivo) para el municipio, si constituyen un ingreso. presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

Resultado AF-07, Observación AF-07

Que corresponde a la administración 2007-2010

Derivado del análisis a la cuenta de Participaciones, se determinaron omisiones en el registro de Ingresos por este concepto por el orden de $535,296.71 en virtud de que el municipio registró durante los meses de agosto y septiembre dentro de la Subcuenta 4105.- Participaciones, únicamente el importe depositado por la Secretaría de Finanzas, aclarando que el monto omitido no representa una entrada de recurso para el municipio, dichos registros se detallan a continuación:

AF-10/15-011 Recomendación

Se recomienda a la

Administración Municipal actual, en lo sucesivo registrar el importe total enterado por la Secretaría de Finanzas como ingreso, dentro del cual deberán

considerarse los descuentos

realizados por la misma, por los

diversos compromisos

municipales que se tengan, lo anterior con base en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I y 170

de la Ley Orgánica del

Municipio, así como los artículos 7 y 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas. Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento. AF-10/15-012 Solicitud de

Intervención del Órgano

Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de

verificación tendientes al

cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO

:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-08, Observación AF-08

Que corresponde a la administración 2007-2010

De la revisión al rubro de Ingresos y en específico por concepto del Impuesto Predial, correspondiente al periodo en revisión, se comparó lo informado por el Departamento de Catastro Municipal, con los registros contables emitidos por el Sistema

Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG),

determinándose una diferencia no reportada por la Tesorería Municipal en registros contables por $57,968.96, misma que corresponde únicamente al mes de enero 2010 y en específico al Impuesto Predial Rústico, dicha diferencia se detalla a continuación:

AF-10/15-013 Pliego de

Observaciones

La Auditoría Superior del Estado

formulará Pliego de

Observaciones al L.C. Sergio Sánchez García y al Prof. Otoniel

Chávez Norato quienes se

desempeñaron durante el

periodo del 1 de enero al 15 de septiembre 2010 como Tesorero

y Presidente Municipal

respectivamente, en la

modalidad de Responsable

Directo el primero y Subsidiario el segundo por la cantidad de

$57,968.96, relativa a una

diferencia entre los reporte

emitidos por el Departamento de Catastro y el monto enterado a la Tesorería Municipal, la cual se

considera como omisión de

ingresos. Lo anterior con

fundamento en los artículos 74 fracción V, 93 fracción II y VI, 96 fracciones I y VI, 151, 191 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio y 13, 24, 63 y 82 del Código Fiscal Municipal. No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

Resultado AF-09, Observación AF-09

Que corresponde a las administraciones 2007-2010 y 2010-2013

Derivado de la revisión efectuada al padrón de contribuyentes de Impuesto Predial durante la Auditoría de Campo, se observó que el ente auditado tiene contribuyentes morosos correspondientes a 1464 predios, observándose además que dichas obligaciones abarcan desde enero de 1984 hasta junio 2011.

AF-10/15-014 Recomendación

Se recomienda a la

Administración Municipal actual,

implementar las acciones

necesarias que permitan abatir el rezago en el cobro del Impuesto Predial, para beneficio del erario

municipal, acatando lo

establecido en los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV y 96 fracciones VI y VIII de la Ley

Orgánica del Municipio,

asimismo se recomienda la

depuración de aquellos adeudos cuya antigüedad excede los 5 años de conformidad con el artículo 67 del Código Fiscal de

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento. ENERO 2010 SEGÚN DEPARTAMENTO DE CATASTRO SEGÚN REGISTROS DE

INFORMES MENSUALES DIFERENCIA

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INFORME DETALLADO

:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

la Federación, presentando para tal caso la aprobación de Cabildo correspondiente.

AF-10/15-015 Solicitud de

Intervención del Órgano

Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de

verificación tendientes al

cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO

:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El presupuesto ejercido por el municipio de Genaro Codina, Zacatecas, fue por $37,426,057.22 los cuales se encuentran conformados por $23,519,939.79 de Gasto Corriente y Deuda Pública con un alcance de revisión de 44.05%. Además de $273,036.87 de Obra Pública, $6,250,152.30 de Aportaciones Federales del Ramo 33 y $7,382,928.26 de Otros Programas. Los resultados de estos tres últimos rubros se tratarán en los apartados V.- Programas Federales-Revisión Documental y VI.- Obra Pública.- Revisión Física.

Se verificó que los egresos contabilizados en los estados financieros del municipio reflejaran operaciones efectivamente realizadas, contaran con su respectivo soporte documental y hubiesen sido registradas contable y presupuestalmente, así como que correspondieran a las actividades propias del municipio, determinándose las siguientes observaciones:

Resultado AF-10, Observación AF-10

Que corresponde a la administración 2007-2010

De la revisión efectuada a la muestra seleccionada de egresos por el periodo comprendido del 1 de enero al 15 de septiembre 2010, se observó que el municipio realizó erogaciones que no presentan soporte documental o comprobación por el orden de $ 453,430.00 El desglose de dicha cantidad se detalla a continuación:

FECHA No. SUBCTA No. CHEQUE RUBRO O ASPECTO OBSERVACIONES IMPORTE OBSERVADO 04/Sep/10 5000-01-1103 S/N Varios

El municipio exhibe la póliza de diario número 322 de fecha 4 de septiembre 2010 bajo el concepto de "Pago de Cheque devuelto y varios servicios bancarios", verificándose una serie de cargos bancarios por el orden de $293,430.00 que en realidad corresponden entre otros a pagos de nómina, observándose que el ente auditado no presenta la documentación comprobatoria que soporte y justifique lo relativo a las erogaciones que a continuación se indican: CONCEPTO CUENTA BANCARIA DE LA EROGACIÓN MONTO PAGO DE DIETA A REGIDORES 552165644 (GASTO CORRIENTE) $ 55,000.00 PAGO DE SUELDO AL SINDICO MUNICIPAL 27,000.00 PAGO DE SUELDO A HUMBERTO SALAS PEREA 1,200.00 PAGO A SUELDO A VARIAS PERSONAS 21,008.00 PAGO DE DIETAS A REGIDORES 57,000.00 PAGO DE ADEUDO DE SUELDOS 33,388.00 PAGO DE ADEUDO DE SUELDOS 12,823.00 PAGO DE SUELDOS 8,589.00 PAGO DE DIFERENCIA DE SUELDO 523.00 293,430.00 AF-10/15-016 Pliego de Observaciones

La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones al L.C. Sergio Sánchez García y al Prof. Otoniel Chávez

Norato quienes se

desempeñaron durante

el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre 2010 como Tesorero y Presidente Municipal respectivamente, en la modalidad de Responsable Directo el primero y Subsidiario el segundo por la cantidad de $ 453,430.00, relativa a erogaciones con cargo

al Presupuesto de Egresos que no presentan soporte documental que justifique y compruebe la aplicación de los recursos erogados, descritos en el Resultado que antecede por el importe ya citado. Lo anterior con fundamento

en los artículos 74

fracción V, 93 fracción

IV, 96 fracción I,

169,184, 185, 186 y 187 de la Ley Orgánica del Municipio y artículo 7 de No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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INFORME DETALLADO

:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

PAGO DE SUELDO A VARIAS PERSONAS 48,120.00 PAGO DE SUELDO VARIAS PERSONAS 28,779.00 TOTAL $ 293,430.00 09/Ago/10 5000-01-1201 2448 Honorarios y Comisiones

El municipio solamente presenta póliza de egresos número 1006 de fecha 9 de agosto 2010, póliza de cheque número 2448 por un importe de $60,000.00 a favor de Roberto Beltrán Arellano y copia de la credencial de elector del mismo, observándose que el ente auditado no presenta la documentación comprobatoria que soporte y justifique dicha erogación. 60,000.00 03/Sep/10 5000-01-1201 2540 Honorarios y Comisiones

El municipio solamente presenta póliza de egresos número 1153 de fecha 3 de septiembre 2010, póliza de cheque número 2540 por un importe de $80,000.00 a favor de Roberto Beltrán Arellano y copia de la credencial de elector del mismo, observándose que el ente auditado no presenta la documentación comprobatoria que soporte y justifique dicha erogación.

80,000.00 16/Ago/10 5000-01-3503 2468 Mantenimiento y Conservación de Maquinaria y Equipo.

El Municipio presenta como soporte documental la póliza de egresos número 1026 de fecha 16 de agosto 2010 amparando al cheque número 2468 emitido al portador por el orden de $10,000.00, observándose que el ente auditado no presenta la documentación comprobatoria que soporte y justifique dicha erogación.

10,000.00

25/Ago/10

5000-01-3701 2482 Viáticos

El municipio no presentó documentación comprobatoria alguna que soporte y justifique la póliza de egresos número 1094 de fecha 25 de agosto de 2010 que ampara al cheque número 2482 por un importe de $10,000.00.

10,000.00

Total $ 453,430.00

la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Resultado AF-11, Observación AF-11

Que corresponde a la administración 2010-2013

De la revisión efectuada a la muestra seleccionada de egresos por el periodo comprendido del 16 de septiembre al 31 de diciembre 2010, se observó que el municipio realizó erogaciones que no presentan soporte documental o comprobación por el orden de $55,048.32. El desglose de dicha cantidad se detalla a continuación:

FECHA No. SUBCTA No. CHEQUE RUBRO O ASPECTO OBSERVACIONES IMPORTE OBSERVADO 20/Dic/10 5000-01-1510 S/N Compensación Garantizada El municipio solamente presentó como soporte documental la póliza de diario número 440 de fecha 20 de diciembre 2010, observándose que el ente auditado no presenta la documentación comprobatoria que soporte y justifique dicha erogación, recursos cuyo cobro se

45,389.85

AF-10/15-017 Pliego de Observaciones

La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego

de Observaciones al

Prof. José Alfredo Dávila Campos y al C. Daniel Hernández Ortiz quienes

se desempeñaron

durante el periodo del 16 de septiembre al 31 de diciembre 2010 como Tesorero y Presidente Municipal respectivamente, en la modalidad de Responsable Directo el primero y Subsidiario el Se solventa.

(14)

INFORME DETALLADO

:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

verificó en estado de cuenta bancario presentado en fecha del 23 de diciembre. 29/Dic/10 5000-01-2109 79 Materiales y Útiles de Administración El municipio no presentó documentación comprobatoria alguna que soporte y justifique la póliza de egresos número 1664 de fecha 29 de diciembre 2010 que ampara al cheque número 79 a favor de Miguel Ángel Montalvo Acosta por un importe de $9,658.47.

9,658.47

Total $ 55,048.32

segundo por la cantidad de $55,048.32, relativa a erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos

que no presentan

soporte documental o

comprobación que

justifique la aplicación de los recursos erogados descritos en el Resultado que antecede por el importe ya citado. Lo anterior con fundamento

en los artículos 74

fracción V, 93 fracción

IV, 96 fracción I,

169,184, 185, 186 y 187 de la Ley Orgánica del Municipio y artículo 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Resultado AF-12, Observación AF-12

Que corresponde a la administración 2007-2010

De la revisión efectuada a la muestra seleccionada de egresos, se observó que el municipio realizó erogaciones que no se justifican en virtud de que no se comprueba la aplicación del gasto por el orden de $918,640.58. El desglose de dicha cantidad se detalla a continuación:

FECHA No. SUBCTA No. CHEQUE RUBRO O ASPECTO OBSERVACIONES IMPORTE OBSERVADO 25/Ago/10 5000-01-1103 2481 Dietas a Regidores El municipio presenta como soporte documental la póliza de egresos número 1093 de fecha 25 de agosto 2010 bajo el concepto de "Pago de anticipo de dieta a regidores", asimismo exhibe la póliza de cheque número 2481 a favor de Sergio Sánchez García por un importe de $25,000.00 y recibos oficiales de egresos números 25,000.00 AF-10/15-18 Pliego de Observaciones

La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones al L.C. Sergio Sánchez García y al Prof. Otoniel Chávez

Norato quienes se

desempeñaron durante

el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre 2010 como Tesorero y Presidente Municipal respectivamente, en la modalidad de Responsable Directo el primero y Subsidiario el segundo por la cantidad de $ 509,452.20, relativa a erogaciones con cargo

al Presupuesto de Egresos que no presentan soporte No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

(15)

INFORME DETALLADO

:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

3691, 3957, 3958, 3959 y 3962 a nombre de Andrés Reveles Chávez, Martín Escareño Hernández, Joel Escareño, Laura Dávila Campos y José Dolores Sánchez Herrera, respectivamente, por importes de $5,000.00 cada uno, observándose para tal caso que el ente auditado no presenta evidencia de la recepción del recurso por parte de los beneficiarios dado que los recibos señalados anteriormente no cuentan con las respectivas firmas. 06/Ago/10 5000-01-1201 2415 Honorarios y Comisiones El municipio presenta póliza de egresos número 973 por concepto de Servicios Profesionales, póliza de cheque número 2415 de fecha 6 de agosto 2010 por un importe de $5,000.00 a favor de Roberto Ibrahím Sánchez Gil, recibo oficial de egresos número 3779 y copia de la credencial de elector del beneficiario, omitiendo exhibir la documentación comprobatoria que justifique la erogación realizada. 5,000.00 06/Ago/10 5000-01-2103 2426 Materiales y Útiles de Administración El municipio presenta póliza de egresos número 984, póliza de cheque número 2426 de fecha 6 de agosto 2010 por un importe de $27,000.00 a favor de Francisco Javier González Castillo, orden de publicidad número 150 y copia de la credencial de elector del beneficiario, omitiendo exhibir la documentación comprobatoria fiscal, así como también aquella que justifique la erogación realizada. 27,000.00 documental que justifique y compruebe la aplicación de los recursos erogados, descritos en el Resultado que antecede por el importe ya citado. Lo anterior con fundamento

en los artículos 74

fracción V, 93 fracción

IV, 96 fracción I,

169,184, 185, 186 y 187 de la Ley Orgánica del Municipio y artículo 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas. AF-10/58-019 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal 2007-2010, presente a la Auditoría Superior del

Estado aclaración correspondiente, mediante la documentación justificativa que compruebe la procedencia de registro de adeudo por el orden

de $409,188.38

correspondiente a la

adquisición de

despensas, en virtud de que no se comprueba la

aplicación del gasto; lo

anterior con fundamento

en los artículos 74

fracción V, 93 fracción IV, 96 fracciones I y XV, 169, 184, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio y 7 de la Ley de Fiscalización Superior No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

(16)

INFORME DETALLADO

:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

12/Ago/10 5000-01-2103 2459 Materiales y Útiles de Administración El municipio presenta póliza de egresos número 1017, póliza de cheque número 2459 de fecha 12 de agosto 2010 por un importe de $25,400.00 a favor de Intermedia Sistema, S.A. de C.V. y factura número 1343 emitida por el proveedor bajo el concepto de compra de 6 bibliotecas de Autoayuda, omitiendo exhibir la documentación comprobatoria que justifique la erogación realizada y el destino de las bibliotecas en cita. 25,400.00 15/Sep/10 5000-01-2204 S/N Despensas Derivado del análisis a la subcuenta 2204, Despensas, se verificó que el municipio presentó como documentación comprobatoria la póliza de diario número 324 de fecha 15 de septiembre 2010 bajo el concepto de "Adeudo de despensas para personas de escasos recursos" por el orden de $409,188.38 a favor de DICONSA, S.A. DE C.V., asimismo presentó en copia fotostática las “prefacturas” correspondientes y relación de la integración de tales despensas, observándose que el ente auditado no presentó evidencia de la entrega de las mismas, así como la documentación comprobatoria en original y el comprobante fiscal correspondiente. Es importante señalar que dicho adeudo no fue pagado durante el ejercicio fiscal 2010. 409,188.38

del Estado de Zacatecas y 5 de la Ley de

Responsabilidades de

los Servidores Públicos del Estado y Municipios

del Estado de

(17)

INFORME DETALLADO

:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

12/Ene/10 5000-01-2601 2065 Combustibles, Lubricantes y Aditivos El municipio registra en la póliza de egresos número 14 de fecha 12 de enero 2010 deuda a favor de Campanita Gas de Zacatecas, S.A. de C.V., por un importe de $25,027.60 relativo a la factura número 13259 de fecha 14 de enero 2010 la cual se exhibe en original; asimismo se presenta dentro del soporte documental la póliza de cheque número 2065 por un importe de $15,000.00 a favor de Gustavo Veloz Aguilar bajo el concepto de compra de combustible, es conveniente señalar que en la póliza del SACG indica que es bono para la empresa anteriormente citada, de la cual no existe la certeza puesto que el C. Gustavo Veloz Aguilar en relación a la revisión del ejercicio 2009 manifestó mediante escrito que se estaban expidiendo cheques a su nombre, mismos que él no había cobrado. Observándose lo referente a la falta de documentación comprobatoria y justificativa que ampare la expedición del cheque anteriormente citado. 15,000.00 02/Feb/10 5000-01-3801 2093 Gastos de Ceremonia y Orden Social El municipio presenta como soporte documental la póliza de egresos número 125 de fecha 02 de febrero 2010 bajo el concepto de "Gastos Varios", asimismo exhibe la póliza de cheque número 2093 a favor del Prof. Otoniel Chávez Norato por un importe de $71,343.67, dentro del soporte documental se incluyen las 59,386.20

(18)

INFORME DETALLADO

:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

facturas no. 5192 de fecha 06 de mayo del 2010 por un importe de $13,458.10, 5193 de misma fecha por $10,749.30, 5194 de misma fecha por $5,175.80, 5203 de fecha 08 de mayo de 2010 por un importe de $19,466.30 y factura 5204 de fecha 08 de mayo del 2010 por un importe de $10,536.70, observándose el importe total de los mismos por $59,386.20 corresponde a gastos para obsequios del día de las madres de los cuales el ente auditado no presenta evidencia de la recepción por parte de los beneficiarios, dado que las erogaciones anteriormente señaladas no cuentan con reporte fotográfico o documentación alguna que ampare la entrega, asimismo se observa incongruencia del gasto respecto a la fecha de expedición y comprobación, así como del evento realizado, motivo por el cual se solicita al municipio exhibir ante éste Órgano de Fiscalización Superior la evidencia documental y/o fotográfica que justifique las erogaciones realizadas, por el orden de $59,386.20. 30/Ago/10 5000-01-1103 S/N Dietas a Regidores El municipio sólo presenta la póliza de diario 314 de fecha 30 de agosto 2010 bajo el concepto de "Pago de nomina de sueldos segunda quincena de agosto 2010", omitiendo presentar el soporte documental correspondiente que compruebe y 352,666.00

(19)

INFORME DETALLADO

:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

justifique la erogación de recursos habiéndose corroborado en estado de cuenta bancaria traspaso pero global, desconociéndose a quien fue transferido. Total $918,640.58

Resultado AF-13, Observación AF-13

Que Corresponde a la Administración 2010-2013

De la revisión efectuada a la muestra seleccionada de egresos, se observó que el municipio realizó erogaciones que no se justifican en virtud de que no se Comprueba la Aplicación del Gasto por $663,285.00. El desglose de dicha cantidad se detalla a continuación:

FECHA No. SUBCTA No. CHEQUE RUBRO O ASPECTO OBSERVACIONES IMPORTE OBSERVADO 14/Dic/10 5000-01-1103 S/N Dietas a Regidores El municipio sólo presenta la póliza de diario 427 de fecha 14 de diciembre 2010 bajo el concepto de "Pago de nomina de sueldos mes de diciembre 2010", omitiendo presentar el soporte documental correspondiente que compruebe y justifique las erogaciones efectuadas. 663,285.00 Total $ 663,285.00

Por otro lado se verificaron erogaciones relativas a la adquisición de juguetes para las posadas navideñas exhibiendo la documentación comprobatoria fiscal, no así el reporte fotográfico de los eventos en que fueron entregados y/o documento que ampare la recepción por parte de las instituciones que los entregan.

AF-10/15-020 Pliego de Observaciones

La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones al los C.C. Prof. José Alfredo Dávila Campos y al C. Daniel Hernández Ortiz

quienes se desempeñaron durante el periodo del 16 de septiembre al 31 de diciembre 2010 como Tesorero y Presidente Municipal respectivamente, en la modalidad de Responsable Directo el primero y Subsidiario el último por la cantidad de $663,285.00

correspondiente a

erogaciones que no se justifican en virtud de que no se comprueba la

aplicación del gasto; lo

anterior con fundamento

en los artículos 74

fracción V, 93 fracción IV, 96 fracciones I y XV, 169, 184, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio y 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y 5 de la Ley de

Responsabilidades de

los Servidores Públicos

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

(20)

INFORME DETALLADO

:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

del Estado y Municipios

del Estado de Zacatecas. AF-10/15-021 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal en lo referente a la entrega de bienes a manera de obsequio por celebraciones de tipo

social, exhibir en lo

sucesivo la relación de

personas beneficiadas,

así como en la totalidad de los casos presentar el reporte fotográfico que

permita justificar la

aplicación del gasto

realizado, lo anterior en base a lo normado artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracciones I y XV, 169, 184, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio y

7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas. Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento. AF-10/15-022 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

(21)

INFORME DETALLADO

:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

del Estado.

Resultado AF-14, Observación AF-14

Que corresponde a la administración 2010-2013

Derivado del análisis a la subcuenta 1510.- Compensación Garantizada, se determinaron erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que corresponden a sueldos o compensaciones a la Presidenta del DIF Municipal, de lo que se corroboró que el municipio pagó la cantidad de $6,726.00, mediante cheque número 238 de la cuenta bancaria número 659649810 denominada Fondo Único plasmado en la póliza de egresos número 1625 de fecha 27 de diciembre 2010, de lo anterior el municipio presenta como soporte documental recibo oficial de egresos número 483 bajo el concepto de "pago a Carolina Jiménez Montalvo Presidenta del Sistema DIF Municipal por concepto de compensación de fin de año 2010", observándose dicha erogación dado que el cargo de Presidenta del DIF es de carácter honorífico, lo anterior de conformidad con los artículos 50 fracción VI, 179 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, por lo que no se justifica su realización.

AF-10/15-023 Pliego de Observaciones

La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones al los C.C. Carolina Jiménez Montalvo, al Prof. José Alfredo Dávila Campos y al C. Daniel Hernández Ortiz quienes se desempeñaron durante el periodo del 16 de septiembre al 31 de diciembre 2010 como

Presidenta del DIF,

Tesorero y Presidente Municipales

respectivamente, en la

modalidad de

Responsables Directos

los dos primeros y

Subsidiario el último mencionado por la cantidad de $6,726.00, relativa a Erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que corresponden a sueldos o compensaciones improcedentes otorgado a la Presidenta del DIF municipal por el importe ya citado. Lo anterior con

fundamento en los

artículos 50 fracción VI, 179 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio.

Se solventa.

Resultado AF-15, Observación AF-15

Que corresponde a la administración 2007-2010

Derivado del análisis a la subcuenta 3108.- Permisos de Extracción, se determinó que el municipio erogó por éste concepto durante el periodo en revisión la cantidad de $102,500.00 a favor de la Comunidad Indígena Sierra Fría y del Ejido de San José de la Isla, verificándose que dicho

AF-10/15-024 Pliego de Observaciones

La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones al C. Raúl Torres Mandujano y

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

(22)

INFORME DETALLADO

:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

importe corresponde al pago por la extracción de materiales que serían utilizados para la construcción de obras de interés social en beneficio de toda la población de Genaro Codina, Zac., lo que se encuentra plasmado en convenios suscritos por los C. Otoniel Chávez Norato Presidente Municipal y Raúl Torres Mandujano Síndico Municipal y los integrantes de los ejidos, tal material consiste en Arena, Piedra y Revestimiento, observándose para tal caso que el municipio no presentó evidencia del destino y aplicación del material extraído, que dió origen a las erogaciones por pago de extracción que se detallan a continuación:

FECHA PÓLIZA CHEQUE ORIGEN DEL

RECURSO CONCEPTO IMPORTE

26-ene-10 D00017 S/N CAJA CLEMENTE RAMIREZ LOPEZ, EJIDO DEL CENTRO 10,000.00

19/Abr/10 E00497 57

BANCOS CTA. 636900352 FONDO III

CLEMENTE RAMIREZ LOPEZ, EJIDO DEL CENTRO 15,000.00

01/Jul/10 E00826 2326 BANCOS CTA. 552165644 GASTO CORRIENTE CTA. NUEVA

CLEMENTE RAMIREZ LOPEZ, EJIDO DEL CENTRO 15,000.00

14/Jul/10 E00868 2368 BANCOS CTA. 552165644 GASTO CORRIENTE CTA. NUEVA

CLEMENTE RAMIREZ LOPEZ, EJIDO DEL CENTRO 12,500.00

SUMA 52,500.00 11/Mar/10 E00265 2139 BANCOS CTA. 552165644 GASTO CORRIENTE CTA. NUEVA

PAGO A J. JESUS HERNANDEZ RODRIGUEZ, EJIDO DE SIERRA FRIA 30,000.00 01/Jul/10 E00827 2327 BANCOS CTA. 552165644 GASTO CORRIENTE CTA. NUEVA

PAGO A J. JESUS HERNANDEZ RODRIGUEZ, EJIDO DE SIERRA FRIA 10,000.00 06/Ago/10 E00971 2413 BANCOS CTA. 552165644 GASTO CORRIENTE CTA. NUEVA

PAGO A J. JESUS HERNANDEZ RODRIGUEZ, EJIDO DE SIERRA FRIA

5,000.00

al Prof. Otoniel Chávez

Norato quienes se

desempeñaron durante

el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre 2010 como Síndico Municipal y Presidente Municipal en la modalidad de Responsable Directo el primero y Subsidiario el segundo, por no presentar la documentación comprobatoria que

justifique las erogaciones

realizadas por un

importe de $102,500.00,

relativas a la extracción de material indicando las obras en las que se

utilizó y demás

documentación técnica y social que establece la normatividad vigente y justifique el pago por el material extraído y su aplicación .

(23)

INFORME DETALLADO

:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

06/Ago/10 E00972 2414 BANCOS CTA. 552165644 GASTO CORRIENTE CTA. NUEVA

PAGO A J. JESUS HERNANDEZ RODRIGUEZ, EJIDO DE SIERRA FRIA

5,000.00

SUMA 50,000.00

TOTAL 102,500.00

Resultado AF-16, Observación AF-16

Que corresponde a la administración 2010-2013

Derivado del análisis a la subcuenta 3108.- Permisos de Extracción, se determinó que el municipio erogó por éste concepto durante el periodo en revisión la cantidad de $10,000.00 a favor de la Comunidad Indígena Sierra Fría, mismo que se plasma en la póliza de egresos número 1456, amparando al cheque número 175 de fecha 20 de octubre 2010, a favor de Jesús Hernández Rodríguez y oficio núm. 1045/SGM/10 en el que el C. Daniel Hernández Ortíz, solicita a la Tesorería Municipal realizar dicha erogación relativa a los meses de noviembre y diciembre de 2010, de lo que se observó que dicho importe corresponde al pago por la obtención de materiales utilizados para la construcción de obras de interés social en beneficio de toda la población de Genaro Codina, Zac., tal material consiste en Arena, Piedra y Revestimiento, observándose para tal caso que el municipio no presentó evidencia del destino y aplicación del material extraído, que dio origen a la erogación por pago de extracción ya mencionada.

AF-10/15-025 Pliego de Observaciones

La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones al C. Daniel Hernández Ortiz

quien se desempeñó

durante el periodo del 16 de septiembre al 31 de diciembre 2010 como Presidente Municipal, en

la modalidad de

Responsable Directo por

la cantidad de $10,000.00, por no presentar la documentación comprobatoria que justifique la erogación realizada, relativa a la extracción de material indicando las obras en las que se utilizó y

demás documentación

técnica y social que

establece la

normatividad vigente y justifique el pago por el material extraído y su aplicación. No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

Resultado AF-17, Observación AF-17

Que corresponde a la administración 2007-2010

Derivado del análisis efectuado a la subcuenta 3503.- Mantenimiento y Conservación de Maquinaria y Equipo, se verificó que el municipio presenta dentro del soporte documental la póliza de egresos número 1013 de fecha 10 de agosto 2010, misma que ampara al cheque número 2455 a favor de Servicios Automotrices y Lubricantes de Zacatecas,

AF-10/15-026 Pliego de Observaciones

La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a los

C.C. L.C. Sergio

Sánchez García, al Prof.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

(24)

INFORME DETALLADO

:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

S.A. de C.V. por un importe de $10,000.00 y factura número 2462 emitida por el proveedor en fecha 10 de julio 2010 bajo el concepto de "Diferencia para reparación de golpe sobre unidad marca Renault Traffic, modelo 2008, color blanco, con placas de circulación: ZWF-9550, situación que se considera incongruente debido a que dicha unidad sufrió una volcadura el 27 de marzo de 2010 , el cual se encontraba asegurado y adscrito al DIF Municipal, y al momento del percance era conducido por el C. José Luis Herrera Torres, trabajador del mismo, es conveniente mencionar que el vehículo fue declarado como pérdida total por la aseguradora, además en el informe de resultados del ejercicio 2009, se emitió la Solicitud de Aclaración número AF-09/15-034, mediante la cual se solicitó al municipio realizar acciones tendientes a la recuperación del bien descrito en el Resultado que antecede, haciendo efectivo el seguro contratado para el mismo, informando los avances efectuados a ésta Auditoría Superior del Estado.

Cabe señalar que el ente auditado realizó depósito bancario bajo el concepto de (sic) “Pago de Pago de Deducible de Seguros” por el orden de $9,870.00 de fecha 2 de mayo 2011, por lo que se puede comprobar que el importe observado por el orden de $10,000.00 no corresponde a los gastos generados por hacer efectivo el seguro contratado.

Otoniel Chávez Norato y

al C. Raúl Torres

Mandujano quienes se

desempeñaron durante

el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre 2010 como Tesorero, Presidente y Síndico Municipal respectivamente, en la modalidad de Responsable Directo el primero y Subsidiarios

los últimos por un

importe de $10,000.00,

por las irregularidades descritas en el resultado que antecede,en base a lo establecido en los artículos 78 fracción V, 92 fracción XVII, 155 y 156 Ley Orgánica del Municipio.

Resultado AF-18, Observación AF-18

Que corresponde a la administración 2010-2013

Derivado del análisis a la subcuenta 3501.- Mantenimiento y Conservación de Mobiliario y Equipo, se verificó que el municipio presenta como soporte documental pólizas de egresos, cheque y recibos oficiales de egresos, observándose para tal caso que el municipio expide cheques “Al Portador”, situación que se considera inadecuada, debido al riesgo y mal manejo que se puede hacer de los mismos, así como la falta de control por parte del municipio con relación a sus cuentas bancarias.

AF-10/15-027 Recomendación

Se recomienda al

municipio evitar la

expedición de cheques "Al Portador", girando los

mismos de manera

nominativa a los

beneficiarios de éstos, lo anteriormente expuesto con base en artículos 93 fracción IV y 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio. Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento. AF-10/15-028 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

(25)

INFORME DETALLADO

:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Resultado AF-19, Observación AF-19

Que corresponde a las administraciones 2007-2010 y 2010-2013 El municipio realizó diversas erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que se comprueban con documentación comprobatoria que no cumple con los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.

AF-10/15-029 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, en lo sucesivo efectuar adquisiciones y contratación de servicios con personas que se encuentren inscritas en el Registro Federal de

Contribuyentes y

expidan comprobantes

fiscales con el objeto de que el municipio tenga la

certeza de que sus

operaciones se encuentran debidamente soportadas y a su vez cumpla con lo establecido en los artículos 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y 93 fracción IV, 96 fracción I, 179 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio. Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento. AF-10/15-030 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

(26)

INFORME DETALLADO

:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

(27)

INFORME DETALLADO

:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

RESULTADO DEL EJERCICIO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Genaro Codina, Zacatecas, obtuvo como resultado del ejercicio 2010 un Déficit por el orden de $5,309,110.27, en virtud de que sus egresos fueron superiores a sus ingresos, situación que se explica en función de la existencia al inicio del ejercicio y fundamentalmente de la contratación de pasivos en el mismo.

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