CONCURSO ESCOLAR DE DERECHOS HUMANOS FRAY ANTÓN MONTESINOS
FACULTAD DE DERECHO
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS, BUCARAMANGA
REGLAMENTO
I DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. DEFINICIÓN. El Concurso de Derechos Humanos Fray Antón Montesinos, creado por la Facultad de Derecho de La Universidad Santo Tomás, seccional Bucaramanga, está dirigido a estudiantes de los grados 9, 10 y 11 de los colegios del Área Metropolitana.
La finalidad de este certamen es sensibilizar y formar a los estudiantes del Área Metropolitana para generar una cultura Humanista y particularmente proclive a la Defensa de los Derechos Humanos.
Es una competencia creada para fomentar la educación en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario (DIH), el uso de normas, la jurisprudencia y las doctrinas nacionales e internacionales en la materia.
Artículo 2. REQUISITOS. Los estudiantes que quieran participar en el Concurso de Derechos Humanos Fray Antón Montesinos, deberán acreditar los siguientes requisitos:
1. Copia del documento de identidad del participante y de su acompañante. 2. Formulario de inscripción debidamente diligenciado.
3. Firma del formulario de autorización de manejo de datos personales firmado por los padres, representantes legales o quienes hagan sus veces avalando la participación del estudiante en el presente concurso.
Artículo3. OBJETO DEL CONCURSO. Previa inscripción del estudiante se le hará entrega de un caso hipotético de violación de las normas de Derecho Internacional Público y de Derechos Humanos, cuya redacción se ceñirá a lo previsto en el presente reglamento. El estudiante en colaboración de los docentes de su colegio o del entrenador que designe su institución redactará un memorial en las fechas que informe la Facultad de Derecho de la USTA.
Posteriormente, en fecha asignada por las directivas del Concurso, los estudiantes participantes deberán presentar su argumentación frente a los jueces asignados para resolver el caso, basándose en la las normas de Derecho Internacional Público, en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos y siguiendo el procedimiento que se surte ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
TITULO II. ORGANIZACIÓN DEL CONCURSO Artículo 4. DESCRIPCIÓN.
1. La Universidad Santo Tomás, seccional Bucaramanga a través de la Decanatura de Derecho, organiza anualmente el Concurso de Derechos Humanos “Fray Antón de Montesinos” durante el mes Mayo.
2. La organización del Concurso estará a cargo de profesores y estudiantes de Facultad de Derecho de la Universidad Santo Tomás.
Artículo 5. COMITÉ TÉCNICO.
Su misión es organizar el Concurso, y hacer cumplir el reglamento. Está integrado por los profesores que desde decanatura se asignen para tal fin; y los estudiantes de pregrado que sean seleccionados para apoyar las actividades correspondientes a la organización logística del concurso. El comité será integrado por un Director del Concurso y un Coordinador de cada una de las actividades que desarrollarán.
Artículo 6. COMITÉ CIENTÍFICO.
El Comité Científico estará compuesto por tres personas académicas expertas en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, las cuales serán designadas por el Comité Técnico. Tendrán la función apoyar al Comité Técnico en aspectos académicos. Los integrantes de este Comité podrán ser profesores de la Facultad de Derecho de la Universidad o de otras Facultades de Derecho quienes en calidad de Invitados podrán actuar como jueces.
El Comité científico integrado por personas seleccionadas de la Universidad Santo Tomás, será el ente encargado de redactar el caso hipotético y responder a las preguntas formuladas por los participantes.
Artículo 7. DIRECTOR.
La Facultad de Derecho de la Universidad Santo Tomás, seccional Bucaramanga designará un profesor que hará las veces de “Director”, quién se encargará de representar la organización general del Concurso durante el tiempo de preparación y ejecución, además presidirá las reuniones del Comité Técnico y del Comité Científico. El Director trabajará de manera articulada con el Departamento de Mercadeo Institucional para divulgar el Concurso en los colegios del área Metropolitana.
Artículo 8. JUECES.
Son quienes tienen bajo su responsabilidad la evaluación y calificación del trabajo y desempeño de los concursantes. Serán seleccionados por el Decano De la Facultad de Derecho y Comité Técnico, para conformar el número de paneles que determine aquél y actuar en la fase oral del Concurso. Un jurado de honor será seleccionado para la fase final del mismo.
El Comité Técnico velará para que los jueces no intervengan en la calificación de los equipos con los que guarden o hayan guardado alguna relación por fuera del Concurso. Los jueces tendrán la obligación de mantener la confidencialidad sobre todos los aspectos relacionados con el caso hipotético y las evaluaciones, incluyendo sus deliberaciones.
Los jueces no podrán participar en procesos para seleccionar a los estudiantes de los colegios que participarán en el presente concurso; tampoco podrán ofrecer tutorías o sesiones de capacitación a estudiantes inscritos, fuera de la programada por las directivas del presente concurso, sobre las temáticas relacionadas o afines. Conductas como las mencionadas anteriormente generan una inhabilidad insubsanable que impide la participación del juez en el Concurso.
Los jurados deberán respetar la confidencialidad de sus apreciaciones y evaluaciones de las rondas orales.
Artículo 9. IDIOMA DEL CONCURSO. El idioma oficial del concurso es el español. Artículo 10. SEDE DEL CONCURSO.
El concurso se llevará en la Universidad Santo Tomás, seccional Bucaramanga; en el campus de Floridablanca
TITULO III. PARTICIPACIÓN Artículo 11. PARTICIPANTES.
1. El concurso está dirigido a los estudiantes de los cursos: 9, 10 y 11 que se encuentren con matrícula vigente en un colegio privado o público de Bucaramanga y del Área Metropolitana. Los cuales deberán presentar solicitud motivada, junto con los demás requisitos consagrados en el Artículo 2, y sean aceptadas por el Comité Científico y el Comité Técnico del año respectivo.
2. Cada participante podrá estar acompañado de un entrenador/a acompañante cuyo rol está descrito en el artículo 30 del presente reglamento.
3. Cada estudiante podrá participar sólo una vez como orador y todas las veces que desee como entrenador/acompañante y observador.
4. Cada Colegio podrá inscribir un máximo de tres (3) estudiantes siempre y cuando tengan un entrenador/acompañante diferente, preferiblemente un docente de dicha institución.
5. La aceptación de cada estudiante aspirante se hará oficial una vez recibido el correo electrónico con la documentación solicitada y dentro de las fechas especificadas cada año.
6. Las postulaciones o inscripciones recibidas antes o después de las fechas señaladas por la Universidad no serán tenidas en cuenta, salvo derogación expresamente otorgada por el Consejo Científico y el Comité Técnico.
Artículo 12. ADMISIÓN. El Comité técnico, previa verificación de los requisitos establecidos en el artículo anterior, decidirá sobre la admisión de los estudiantes inscritos y le señalará a cada uno el rol que van a desempeñar durante el Concurso.
A los estudiantes no admitidos, se les notificará y se les devolverán sus respectivos documentos.
Artículo 13. NO ASISTENCIA AL CONCURSO.
El estudiante que en representación del colegio decida retirarse en cualquier momento del Concurso se obligará a enviar una carta formal explicando los motivos de su retiro.
Será obligación de todos los participantes permanecer en la sede del Concurso y asistir a todos los actos programados por el Comité Técnico o la universidad sede hasta la fase final del Concurso.
Para verificar esta información se diligenciarán listas de asistencia. La inasistencia injustificada acarreará para ell o la estudiante la expulsión del concurso en cualquier fase. Artículo 14. OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD SEDE.
1. La Universidad Santo Tomás mantendrá informados a los rectores de los colegios y a los estudiantes participantes de cada etapa del proceso a través del medio más expedito según los datos que sean entregados para tal fin en el formulario de inscripción.
2. La Universidad Santo Tomás informará de manera pronta al estudiante ganador sobre tal condición.
IV DESARROLLO DE LAS PRUEBAS
Artículo 15. DESARROLLO DEL CONCURSO.
Previa admisión al Concurso, la Facultad de Derecho de la Universidad Santo Tomás programará un primer encuentro de los estudiantes y los organizadores en el cual la Facultad de Derecho, a través de los profesores expertos en las temáticas a abordar darán un especial adiestramiento dirigido a los estudiantes participantes y a sus acompañantes, en materia de Sistema Interamericano de Derechos Humanos, normatividad vigente, jurisprudencia y demás aspectos necesarios para el correcto funcionamiento del concurso.
1. El concurso consta de dos fases: fase escrita y fase oral. El procedimiento para cada etapa es el previsto por el Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos tratándose de demandas por violaciones a los derechos Humanos.
2. En cada fase los equipos tendrán que argumentar según el que les haya correspondido: en favor del ESTADO o a favor de la VICTIMAS y/o PETICIONARIOS y/o COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS frente a la Corte (simulada) Interamericana de Derechos Humanos. El rol asumido por cada equipo se sorteará una vez cerrada la etapa de inscripciones y recepción de documentos.
3. La primera fase requiere que cada estudiante presente y prepare, desde su colegio de origen, un memorial basado en el caso hipotético ceñido a los lineamientos que se manejan en la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
4. La segunda fase está compuesta por las rondas orales en las cuales cada equipo tendrá que exponer y discutir, ante una Corte presidida por expertos en Derechos Humanos y Derecho Internacional Público, el rol asumido en el caso hipotético.
5. El estudiante que mayores puntos obtenga en el rol de Comisión se enfrentará en la ronda final con el estudiante que mayores puntos obtenga en el rol de Estado.
Artículo 16. CASO HIPOTÉTICO.
El Concurso se desarrolla en torno a la resolución de un caso hipotético sobre un tema relacionado con graves violaciones de los derechos humanos e infracciones al DIH de especial relevancia y sensibilidad para la nación colombiana y para la comunidad internacional, ya sea porque ocurrió realmente, o por su importancia en el ámbito de la situación actual.
El caso describirá los hechos, la actuación judicial en el ordenamiento jurídico interno, las acciones internacionales interpuestas por las presuntas víctimas de las violaciones y una aproximación a los instrumentos jurídicos internacionales aplicables al caso.
Las personas expertas que elaboren el caso, diseñarán, bajo la Dirección del Comité Técnico, un memorando o guía informando a los jueces acerca de las cuestiones jurídicas relevantes planteadas por el caso hipotético y los criterios fundamentales de calificación en cada etapa. El contenido de dicho memorando será estrictamente confidencial y, bajo ninguna circunstancia, estará a disposición, ni podrá ser adquirido por los equipos participantes o tutores. En ningún caso, los participantes y/o tutores podrán leer o utilizar información alguna contenida en dicho memorando. La violación de esta prohibición ocasionará la expulsión del estudiante del Concurso.
Artículo 17. PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR ACLARACIONES SOBRE LOS HECHOS DEL CASO.
Cada estudiante participante podrá remitir al Comité Técnico hasta tres (3) preguntas escritas, en las cuales se solicite aclaraciones respecto a los hechos descritos en el caso hipotético. Éstas deberán ser remitidas en la fecha establecida en el calendario del Concurso para tal fin y podrán ser enviadas por correo o correo electrónico.
El Comité Técnico se reserva el derecho a no contestar aquellas preguntas que se refieran a varios temas simultáneamente, o que comprendan temáticas que excedan los hechos descritos en el caso hipotético, o que aludan a cuestiones sustantivas o procedimentales ajenas a éstos.
Todas las respuestas podrán ser consultadas en la página de Internet disponible para el Concurso, en la fecha establecida en el calendario anual.
Artículo 18. REGLAS SOBRE LOS MEMORIALES
Cada memorial deberá llevar el número oficial asignado al equipo participante y deberá ser ubicado en la margen superior derecha de cada hoja, incluyendo la portada u hoja que cumpla la función de cubierta. El Comité Técnico mantendrá en todo momento la confidencialidad del número oficial del equipo.
Contenido
1. Nombre del participante, institución educativa de origen y nombre del acompañante o entrenador.
2. El memorial deberá contener una hoja con el nombre del caso, el número oficial del participante en la margen superior derecha y la asignación del rol del equipo (Comisión o Estado).
3. Índice.
4. Exposición de los hechos.
5. Análisis legal del caso incluyendo: Competencia de la Corte, análisis sobre el fondo y cuestiones de admisibilidad.
6. Petitorio. 7. Bibliografía.
El memorial no podrá pasar de doce mil (12.000) palabras. El análisis legal del caso tendrá una extensión máxima de ocho mil (8.000) palabras.
El tipo de letra que debe usarse para redactar el memorial será Times New Roman, tamaño 12, a doble espacio y con márgenes de 2.5 cms. El papel será tamaño carta. Las notas deberán ser de pie de página y se usará la letra Times New Roman 10 a espacio sencillo.
En total, las notas de pie de página no podrán exceder el equivalente a dos páginas, las cuales no se incluirán en el conteo de las 12.000 palabras.
El memorial y/o cualquier documento escrito o impreso en papel tamaño legal u oficio no serán tomados en consideración para la evaluación o calificación. Cada equipo deberá enviar al Comité Técnico, dos (2) copias impresas y un CD contentivos del memorial, dentro de las fechas indicadas en el calendario anual.
El memorial deberá estar acompañado de una carta en la que se indicará claramente el nombre del participante autor del mismo y del colegio al que representa.
Se solicita que esta carta no esté grabada en el CD en el que se envía el memorial.
Los memoriales podrán ser consultados vía Internet, durante los días de la fase oral del Concurso.
Artículo 19. RETARDOS EN LA ENTREGA DE LOS MEMORIALES. Las sanciones previstas por la entrega extemporánea de los escritos serán:
a) Por cada día o fracción de día de retardo en la recepción (sede del Comité Técnico) de los memoriales, un descuento de 2 puntos hasta un máximo de 10. b) Memoriales recibidos más allá del quinto día después de la fecha prevista para su
recepción no serán evaluados. En ese caso, el estudiante correspondiente queda fuera del Concurso.
Artículo 20. CALENDARIO.
El concurso se desarrollará en las fechas previstas cada año por la Universidad y este será comunicado a cada equipo al momento de la inscripción.
III. SORTEO DE ROLES
Artículo 21. ESTADO y VICTIMAS y/o PETICIONARIOS y/o COMISION.
Recibida la inscripción documental de cada participante, el Director del concurso procederá a la asignación de los roles de cada equipo mediante sorteo, de suerte que la mitad de los equipos adopten el papel de la Comisión y la otra mitad el papel del Estado. La asignación de los roles no podrá ser objeto de ningún tipo de reclamaciones y no podrá en ningún caso ser modificada.
La Facultad de Derecho de la Universidad Santo Tomás, por intermedio del Comité Técnico, notificará a cada estudiante el rol que le correspondió por correo electrónico a las direcciones del entrenador/acompañante y del estudiante suministradas en el Formulario de inscripción.
Las listas de los roles que asumirán los equipos será confidencial durante todo el desarrollo de la fase escrita y sólo se hará pública antes de las rondas orales.
IV DESARROLLO DEL CONCURSO Y EVALUACIÓN Artículo 22. SELECCIÓN DE LOS CONTRADICTORES.
1. Los enfrentamientos Victimas y/o Comisión y/o Peticionarios contra Estado de la fase oral serán determinados en un sorteo presidido por el Comité Técnico.
2. Si no se alcanza un número par de participantes y por lo tanto hay un participante adicional con el rol de Estado o de Comisión, otro sorteo determinará cuál estudiante deberá enfrentarse una vez más (es decir dos veces) contra otro adversario.
Artículo 23. Finalistas.
Una vez finalizadas las presentaciones de todos participantes el Presidente del Concurso y el Comité Científico leerán los resultados de las pruebas y determinarán los estudiantes que mayor puntaje obtuvieron, como finalistas; siendo el mayor puntaje de la Comisión y el mejor puntaje del Estado.
Los finalistas se enfrentarán entre ellos y luego de la deliberación de los jueces y de la tabulación de las calificaciones el Presidente del Concurso leerá los resultados.
Artículo 24. PUBLICIDAD DE LAS RONDAS.
Todas las audiencias orales son públicas; por lo tanto todos los participantes podrán asistir a las presentaciones orales de los demás participantes pero tendrán que respetar las condiciones establecidas por la Universidad para el correcto desarrollo de las mismas, so pena de incurrir en las sanciones establecidas en el artículo 36 del presente reglamento.
Queda terminantemente prohibido tomar apuntes durante las exposiciones orales o grabarlas. La anterior prohibición está dirigida a todo espectador de las rondas orales, so pena de ser excluidos de la presentación y del concurso.
Cada estudiante podrá grabar sus propias presentaciones orales pero tendrá que avisarle al miembro del Comité técnico asignado para cada presentación y entregarle el cassette o cd, el cual será devuelto al término del concurso. El desconocimiento del proceso descrito generará las sanciones previstas en el artículo 36 del presente reglamento. Los asistentes a las rondas orales deberán ingresar al inicio de la audiencia y no podrán abandonar la sala sino hasta que se levante la sesión.
Artículo 25. PLAGIO.
Ningún equipo podrá reproducir textos u opiniones de otros autores sin reconocer la propiedad intelectual del autor, la fuente original estará citada entre paréntesis, pie de página o mediante otra explicación idónea. Cualquier omisión respecto de este punto será sancionada con la expulsión del equipo del concurso.
V DESARROLLO DE LAS AUDIENCIAS ORALES Artículo 26. CONTENIDO
La exposición oral no puede consistir en la reproducción de la argumentación del memorial. Debe por lo tanto responder a los puntos relevantes del memorial de la contraparte y enunciar sólo los aspectos definitivos e importantes planteados en el propio trabajo escrito. El jurado tendrá en cuenta para la evaluación de las rondas orales, la capacidad de los equipos para responder a los argumentos de la contraparte y a las preguntas de los jueces.
Artículo 27. RÉPLICA Y DÚPLICA.
1. La Comisión y/o víctimas y/o peticionarios tienen el derecho a la réplica que tendrá lugar una vez el Estado haya terminado su presentación oral. Durante el ejercicio de este derecho el orador encargado deberá responder a todas los puntos formulados por el Estado en su presentación, e igualmente podrá cuestionarlo. Los jueces no podrán hacer preguntas durante la réplica.
2. El Estado gozará igualmente del derecho de dúplica, luego de la réplica de la Comisión y/o víctimas y/o peticionarios, siguiendo las mismas reglas determinadas en estos casos. Los jueces no podrán hacer preguntas durante la dúplica
Artículo 28. DURACIÓN DE LAS INTERVENCIONES ORALES.
1. Cada estudiante dispone de un tiempo máximo de 45 minutos para su intervención oral. 2. Cada participante está facultado a repartir discrecionalmente sus 45 minutos entre la Exposición oral principal y la réplica o dúplica.
3. Antes de comenzar la sesión oral respectiva, se deberá indicar, al representante del Comité Técnico de la sesión, la repartición del tiempo entre la exposición principal y la réplica o dúplica.
4. Del mismo modo, el primer orador que tome la palabra, deberá indicarle a los jueces de ésta situación.
5. Cada orador debe presentarse al jurado antes de la exposición.
6. El miembro del Comité Técnico asignado a cada ronda oral tendrá por funciones: a. Tomar nota de la repartición del tiempo de intervención de cada equipo. b. Cronometrar cada intervención.
c. Indicarle regularmente al jurado y a los oradores el tiempo transcurrido durante las intervenciones de estos últimos.
7. Los miembros del jurado están obligados a hacer preguntas durante las intervenciones orales y a solicitar aclaraciones a los oradores en todo momento, salvo en la réplica y la dúplica. El tiempo de respuesta a los diferentes interrogantes planteados por el jurado está incluido dentro del tiempo total de intervención de los oradores.
8. Durante la exposición principal, un solo orador podrá pedirle al jurado 5 minutos adicionales para terminar su intervención. El jurado podrá otorgar los 5 minutos o menos tiempo si lo considera necesario. En caso de que el tiempo adicional sea acordado, en virtud del derecho a la igualdad, la contraparte gozará del mismo tiempo adicional durante su intervención principal o durante la réplica o dúplica.
9. En caso de que un orador termine su exposición antes del tiempo previsto, el tiempo restante se considera perdido y no podrá por lo tanto cederse.
Artículo 29. RONDA FINAL.
La ronda final en la que se enfrentarán los dos (2) estudiantes finalistas el artículo 22 del presente reglamento salvo en lo que atiende al tiempo de intervención. Cada estudiante dispondrá de 60 minutos para la presentación de sus argumentos distribuidos de la
siguiente manera: 50 minutos para la presentación inicial y 10 minutos para la réplica y la dúplica.
VI EL ENTRENADOR/ACOMPAÑANTE.
Artículo 30. ROL DEL ENTRENADOR/ACOMPAÑANTE.
1. Cada estudiante está obligatoriamente asistido y acompañado por un entrenador/acompañante. Este último puede ser un estudiante, un profesor, un representante del colegio de origen o un antiguo participante del concurso.
2. Su rol se limitará exclusivamente a la discusión general del caso hipotético con los oradores, y a sugerir la bibliografía que le sirva a los oradores para redactar su memorial y para realizar la presentación oral.
3. Es imprescindible el respeto por la anterior previsión a fin de guardar el espíritu formativo del concurso. Cualquier anomalía al respecto detectada por el Comité Técnico, el Comité Científico o el Presidente del concurso será sancionada con la expulsión del concurso del participante infractor.
Artículo 31. CONSULTAS.
Queda terminantemente prohibido consultar sobre asuntos de fondo relacionados con el caso hipotético a los miembros o agentes de las Cortes u órganos internacionales citados como referencias o a los miembros organizadores del concurso, so pena de incurrir en las sanciones previstas en el artículo 36 del presente reglamento.
Artículo 32. EVALUACIÓN. Evaluación de la fase escrita.
El trabajo escrito se remitirá al experto que elaboró el caso, quien lo valorará y emitirá un concepto escrito en el que asignará un puntaje al trabajo. Dichas evaluaciones serán validadas por el Comité Técnico. Al trabajo escrito se le asigna un valor total de 100 puntos y se calificará así:
• Identificación, investigación y aplicación de normas de derechos humanos: 25 puntos. • Lógica y originalidad del razonamiento analítico: 40 puntos.
• Claridad en la exposición y argumentación jurídica: 30 puntos. • Organización y estructura del memorial: 5 puntos.
Evaluación de la fase Oral.
Esta fase será evaluada independientemente de las calificaciones anteriores y se le asignará un valor de 100 puntos distribuidos así:
• Lógica en el manejo del caso: 25 puntos. • Pertinencia de los contenidos: 25 puntos.
• Claridad en la exposición de los argumentos: 25 puntos.
• Habilidad para responder a las afirmaciones del contrario y a las preguntas de los jueces: 25 puntos.
Los estudiantes en el rol de Comisión y Estado que hayan obtenido los mejores puntajes, serán quienes se enfrenten en la ronda final.
Durante la misma, éstos sustentarán su pretensión y argumentos. Culminada la sesión final, los jueces producirán un fallo que decidirá el ganador.
La Evaluación será de manera independiente y respetará los mismos criterios objetivos expuestos en el párrafo anterior.
Artículo 33. PREMIOS.
Primer Puesto: El estudiante ganador del Concurso se hará acreedor a una beca el primer semestre de Derecho y una placa de reconocimiento.
Segundo y Tercer puesto: Una placa de reconocimiento.
A todos los participantes se les hará entrega de un certificado, una vez terminada la ronda final. Los organizadores del Concurso no están obligados a enviar estas certificaciones a los participantes que no estén presentes en esta etapa del Concurso.
DISPOSICIONES FINALES Artículo 34. CORTESÍA.
Todos los participantes y asistentes al concurso están obligados a comportarse debidamente con los demás y a demostrar educación y cortesía durante el desarrollo del certamen. La inobservancia de la anterior obligación acarreará la ejecución de las sanciones previstas en el artículo 36 del presente artículo.
Artículo 35. OBSERVACIONES Y RECLAMACIONES.
1. Todo participante podrá someter por escrito al Comité Técnico cualquier duda u observación respecto del presente reglamento.
2. Toda reclamación concerniente a la organización del concurso deberá dirigirse por escrito al Director del Concurso.
3. Toda reclamación relacionada con el carácter científico del Concurso deberá dirigirse por escrito al Director del Concurso quién la remitirá al Comité Científico.
Artículo 36. SANCIONES.
1. El desconocimiento del presente reglamento será sancionado proporcionalmente a la gravedad de la decisión adoptada por el Presidente del Concurso, por el Comité Científico y por el Comité Técnico según sea el caso, y previa audición del entrenador/acompañante del equipo.
2. Las sanciones pueden consistir en:
a. Disminución en la escala de puntuación de las intervenciones del equipo. b. Expulsión del concurso
Artículo 37. COMPROMISO.
Ningún equipo participante podrá alegar la ignorancia del presente reglamento como excusa de sus actuaciones y todos entenderán aceptadas las disposiciones en él contenidas.