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Resultados. Servicios personales

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Academic year: 2021

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Gasto Federalizado Gobierno del Estado de Yucatán (EFSL del Estado)

Recursos Federales Transferidos a través del Acuerdo de Coordinación Celebrado entre la Secretaría de Salud y la Entidad Federativa

Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 11-A-31000-02-0818 GF-554 Alcance Miles de Pesos Universo Seleccionado 484,418.5 Muestra Auditada 121,429.3 Representatividad de la Muestra 25.1 %

Del universo seleccionado por 484,418.5 miles de pesos, se revisó una muestra por 121,429.3 miles de pesos, que representa el 25.1% del universo y en la auditoría directa número 786 se revisó el 60.3%, la sumatoria de las mismas significa el 85.4% del universo seleccionado.

La muestra se integró por la revisión de adquisiciones y entrega de medicamento por 40,199.7 miles de pesos, y otros conceptos como gastos subrogados, gastos de portabilidad y gastos de operación, por 81,229.6 miles de pesos. Adicionalmente se revisaron 100 expedientes de personal que representaron pagos de nómina durante el ejercicio por 10,560.9 miles de pesos, los cuales no se cuantificaron para esta auditoría a efecto de no duplicar los montos, ya que es complementaria de la auditoría número 786, que realizó directamente la ASF y en la cual se registró su cuantificación.

Resultados

Servicios personales

1. Los 100 expedientes de personal revisados pagado con recursos de la Cuota Social (CS) y Aportación Solidaria Federal (ASf) disponen de la documentación que acredita el perfil de la plaza contratada.

2. En las nóminas financiadas con recursos del Seguro Popular 2011, se incluyeron únicamente categorías y puestos destinados a las funciones establecidas en el Catálogo Sectorial de Puestos, realizando funciones propias del mismo.

Adquisiciones, control y entrega de medicamento

3. Los Servicios de Salud del Estado de Yucatán no proporcionaron el Programa Anual de Adquisiciones por el Ejercicio 2011 de conformidad con las necesidades reales del área médica o usuaria del bien en cumplimiento de los objetivos del Seguro Popular.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

La Auditoría Superior del Estado de Yucatán remitió a los Servicios de Salud de Yucatán las Observaciones Preliminares mediante el oficio núm. 02-019-008-041-2012 del 21 de noviembre de 2012 para que proceda a solventar lo observado.

Véase acción(es): 11-C-31000-02-0818-01-001

4. Las nueve licitaciones públicas de la muestra de auditoría ejercidas con recursos del Seguro Popular 2011, se ajustaron a los montos máximos y mínimos, y garantizaron las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.

5. Las adquisiciones de bienes y servicios, correspondientes a las licitaciones revisadas, están amparadas en contratos o pedidos debidamente formalizados que cumplen con los requisitos mínimos establecidos en la normativa y son congruentes con las bases de licitación. Asimismo, las operaciones se realizaron conforme a los términos y condiciones pactados.

6. La entrega de los medicamentos adquiridos se llevaron a cabo conforme a los plazos establecidos en los contratos.

7. Los Servicios de Salud del Estado de Yucatán adquirieron medicamentos con recursos del Seguro Popular 2011 no contemplados en el CAUSES (Catálogo Universal de Servicios de Salud) por 236.0 miles de pesos.

La Auditoría Superior del Estado de Yucatán remitió a los Servicios de Salud de Yucatán las Observaciones Preliminares mediante el oficio núm. 02-019-008-041-2012 del 21 de noviembre de 2012 para que proceda a solventar lo observado.

Véase acción(es): 11-C-31000-02-0818-01-002

8. Los Servicios de Salud del Estado de Yucatán adquirieron medicamentos con recursos del Seguro Popular 2011, por 51.3 miles de pesos, a un costo superior a los precios de referencia del CAUSES.

La Auditoría Superior del Estado de Yucatán remitió a los Servicios de Salud de Yucatán las Observaciones Preliminares mediante el oficio núm. 02-019-008-041-2012 del 21 de noviembre de 2012 para que proceda a solventar lo observado.

Véase acción(es): 11-C-31000-02-0818-01-003

9. En la visita a los Centros de Salud de Pustunich, Yotholín, Ebtún y Xocén se detectó que no realizan inventarios físicos rotativos; carecen de lineamientos para el control y manejo de

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Gasto Federalizado

Los Servicios de Salud de Yucatán, en el transcurso de la auditoría, envió a la Auditoría Superior del Estado de Yucatán mediante el oficio núm. REPSS/633/2012 del 30 de noviembre de 2012 evidencia de que en el transcurso de 2012 se llevan a cabo inventarios rotativos de los medicamentos e insumos adquiridos; se efectúan controles para el manejo de medicamentos con el fin de detectar los medicamentos de lento o nulo movimiento; así como de la supervisión de las jurisdicciones a los Centros de Salud, con lo que solventa lo observado.

10. De una muestra de 188 recetas médicas se constató que se surtieron únicamente medicamentos que corresponden a los asociados al catálogo CAUSES.

11. De la muestra de 188 recetas medicas expedidas en el 2011 por los Centro de Salud San Carlos, Hospital Materno Infantil y Centro de Salud en Ebtun, se constató que 7 recetas (17 medicamentos) no fueron surtidos en su totalidad.

Los Servicios de Salud de Yucatán, en el transcurso de la auditoría, enviaron a la Auditoría Superior del Estado de Yucatán los oficios núms. REPSS/610/2012 y REPSS/621/2012, ambos del 23 de noviembre de 2012, en donde se instruye al personal competente el llevar a cabo las medidas necesarias de control y supervisión hacia las farmacias, con lo que solventa lo observado.

12. De la muestra de 188 recetas medicas expedidas en el 2011 en las Unidades médicas de Ebtún, Hospital Materno Infantil y el Hospital General San Carlos, se determinó que 39 recetas (72 medicamentos) no fueron surtidas por 2.6 miles de pesos.

Los Servicios de Salud de Yucatán, en el transcurso de la auditoría, enviaron a la Auditoría Superior del Estado de Yucatán, los oficios núms. REPSS/611/2012 y REPSS/622/2012, ambos del 23 de noviembre de 2012, en donde se instruye al personal competente el llevar a cabo las medidas necesarias de control y supervisión hacia las farmacias, con lo que solventa lo observado.

13. De la muestra de 188 recetas médicas expedidas en el 2011 en las Unidades médicas de Ebtún, Hospital Materno Infantil y el Hospital General San Carlos, se constató que 3 recetas fueron surtidas a personas no que no aparecen en el padrón de beneficiarios del Seguro Popular.

Los Servicios de Salud de Yucatán, en el transcurso de la auditoría, enviaron a la Auditoría Superior del Estado de Yucatán los oficios núms. REPSS/612/2012 y REPSS/623/2012 ambos del 23 de noviembre de 2012, en donde se instruye al personal competente el llevar a cabo las medidas necesarias de control y supervisión para que los medicamentos sean otorgados exclusivamente a los beneficiarios del Seguro Popular, con lo que solventa lo observado.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

Otros conceptos de gasto:

Pago a terceros por servicios de salud (Subrogación)

14. De los pagos a terceros por Servicios de Salud (subrogados), por 7,431.4 miles de pesos, no se presentó evidencia suficiente y competente de que los derechohabientes que recibieron los servicios correspondientes pertenezcan al seguro popular.

La Auditoría Superior del Estado de Yucatán remitió a los Servicios de Salud de Yucatán, las Observaciones Preliminares mediante el oficio núm. 02-019-008-041-2012 del 21 de noviembre de 2012 para que proceda a solventar lo observado.

Véase acción(es): 11-C-31000-02-0818-01-004

15. De los pagos a terceros por Servicios de Salud (subrogados), se observó que 46 contratos no cuentan con las condiciones del servicio, los precios unitarios y esquema de pagos correspondientes por 4,521.1 miles de pesos, lo que impidió verificar el cumplimiento de las condiciones pactadas, el tipo de servicio y los precios unitarios.

La Auditoría Superior del Estado de Yucatán, remitió a los Servicios de Salud de Yucatán las Observaciones Preliminares mediante el oficio núm. 02-019-008-041-2012 del 21 de noviembre de 2012 para que proceda a solventar lo observado.

Véase acción(es): 11-C-31000-02-0818-01-005

16. De los pagos a terceros por Servicios de Salud (subrogados), por 67.5 miles de pesos se dectectó que carecen de contrato por la prestación de servicios, lo que impidió verificar el cumplimiento de las condiciones pactadas, el tipo de servicio, y los precios unitarios.

La Auditoría Superior del Estado de Yucatán remitió a los Servicios de Salud de Yucatán las Observaciones Preliminares mediante el oficio núm. 02-019-008-041-2012 del 21 de noviembre de 2012 para que proceda a solventar lo observado.

Véase acción(es): 11-C-31000-02-0818-01-006

Sistemas de información y bienes informáticos

17. Los Servicios de Salud del Estado de Yucatán no destinaron recursos de la CS y de ASF para la adquisición de Sistemas de Información y Bienes Informáticos.

Gastos operativos de las unidades médicas

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Gasto Federalizado

Gastos de portabilidad

19. Los recursos del SPSS destinados a gastos de portabilidad garantizaron la prestación del servicio del CAUSES a favor de los afiliados previa validación del CNPSS (Comisión Nacional de Protección Sacial en Salud).

Acciones y operación del sistema nominal en salud (SINOS)

20. Los Servicios de Salud del Estado de Yucatán no destinaron más del 4.0% de los recursos federales transferidos por concepto de la CS y ASf para las acciones y operación del SINOS (Sistema Nominal en Salud), dichos recursos se ejercieron de acuerdo a los “Lineamientos Presupuestales del Sistema Nominal en Salud”.

Acciones

Con la revisión practicada, el Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Yucatán determinó 6 resultado(s) con observación; al respecto, esa entidad fiscalizadora, en el ámbito de sus atribuciones, realizará el seguimiento de lo observado para atender las recomendaciones que en ese sentido emitió la Auditoría Superior de la Federación, cuyas claves se enlistan a continuación:

11-C-31000-02-0818-01-001 11-C-31000-02-0818-01-002 11-C-31000-02-0818-01-003 11-C-31000-02-0818-01-004 11-C-31000-02-0818-01-005 11-C-31000-02-0818-01-006 Recuperaciones Probables

Se determinaron recuperaciones probables por 12,307.3 miles de pesos.

Consecuencias Sociales

Se realizaron pagos a terceros por Servicios de Salud del 6.1% respecto de la muestra, de los cuales no se presentó evidencia de que los derechohabientes recibieron los servicios correspondientes, y existieron deficiencias en los contratos por subrogación de servicios por el 3.8% de la muestra que impidieron verificar el cumplimiento de las condiciones pactadas, el tipo de servicio y los precios unitarios, en demérito del cumplimiento de las disposiciones en materia de servicios personales y otros conceptos de gasto.

Resumen de Observaciones y Acciones

Se determinó(aron) 10 observación(es), de la(s) cual(es) 4 fue(ron) solventada(s) por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe. La(s) 6 restante(s) generó(aron): 6 Recomendación(es).

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

Dictamen: con salvedad

La auditoría se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable; fue planeada y desarrollada de acuerdo con el objetivo que refiere a fiscalizar la gestión de los servicios personales, la adquisición, control y entrega de medicamentos y otros conceptos de gasto relacionados con el ejercicio de los recursos federales asignados por concepto de la cuota social y la aportación solidaria federal del Sistema de Protección Social en Salud (Seguro Popular), establecidas en el artículo 41 del PEF 2011, de conformidad con las disposiciones aplicables; asimismo, fue realizada con el alcance establecido, y se aplicaron los procedimientos de auditoría y las pruebas selectivas que se estimaron necesarios. En consecuencia, existe una base razonable para sustentar el presente dictamen, que se refiere sólo a las operaciones revisadas.

La Auditoría Superior del Estado de Yucatán considera que, en términos generales y respecto de la muestra auditada, el Gobierno del Estado de Yucatán mediante los Servicios de Salud de Yucatán, cumplió con las disposiciones normativas aplicables, en lo relativo al objetivo antes citado, excepto por los resultados que se precisan en el apartado correspondiente de este informe y que se refieren principalmente a: 7,431.4 miles de pesos por falta de evidencia competente de que los derechohabientes recibieron los servicios correspondientes; 4,588.6 miles de pesos por falta o inadecuada formalización de contratos; 236.0 miles de pesos por medicamentos adquiridos no contemplados en el CAUSES, y 51.3 miles de pesos por adquirir medicamentos a un costo superior a los de referencia.

Apéndices Áreas Revisadas

Los Servicios de Salud del Estado de Yucatán.

Antecedentes

Esta auditoría es complementaria de la auditoría número 786 que practicó directamente la ASF también en el estado de Yucatán al Seguro Popular, en la cual se considera el resultado de la aplicación del procedimiento referente a evaluar el cumplimiento de metas y objetivos del programa, por lo que el presente informe de auditoría no incluye este resultado.

Disposiciones Jurídicas y Normativas Incumplidas

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Gasto Federalizado

3. Otras disposiciones de carácter general, específico, estatal o municipal: Artículos 7, 10 y 75, fracciones IV, XXIV y XXV, de la Ley de Fiscalización de la Cuenta Pública del Estado de Yucatán.

Artículo 78, 79,81, 82 y 83 de la Ley General de Salud. Catalogo Sectorial de Puestos.

Lineamientos primero, cuarto, Quinto y séptimo, y el anexo 1 del Acuerdo que establece los Lineamientos para la Adquisición de Medicamentos Asociados al Catálogo Universal de Servicios de Salud por las Entidades Federativas con Recursos de Sistema de Protección Social en Salud, Acuerdo de Coordinación que celebran la Secretaría de Salud y le entidad federativa y normativa.

Artículos 27, 29, 30, 31, 77 bis 5, inciso B, fracciones I y III; 77 bis 9, fracción VII; 77 bis 37, fracción IV, y 233 de la Ley General de Salud.

Artículos 4, 9, fracciones I y II; 10, 18, 25, 26 y 30 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados Con Bienes Muebles.

Fundamento Jurídico de la ASF para Promover Acciones

Las facultades de la Auditoría Superior de la Federación para promover las acciones derivadas de la auditoría practicada, encuentran su sustento jurídico en las disposiciones siguientes:

Artículo 79, fracción II, párrafos tercero y quinto y fracción IV, párrafos primero y penúltimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículos 6, 12, fracción IV; 13, fracciones I y II; 15, fracciones XIV, XV y XVI; 32; 39; 49, fracciones I, II, III y IV; 55; 56, y 88, fracciones VIII y XII, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

Comentarios de la Entidad Fiscalizada

Es importante señalar que la documentación proporcionada por la entidad fiscalizada para aclarar o justificar los resultados y las observaciones presentadas en las reuniones fue analizada con el fin de determinar la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar los resultados y las observaciones preliminares determinadas por la Entidad de Fiscalización Superior de la Legislatura Local, y que se presentó a esta entidad fiscalizadora para los efectos de la elaboración definitiva del Informe del Resultado.

Referencias

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