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BOCM III. ADMINISTRACIÓN LOCAL BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID AYUNTAMIENTO DE 51 BOADILLA DEL MONTE

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BOCM-20201228-51

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

51

BOADILLA DEL MONTE

OFERTAS DE EMPLEO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,

Regu-ladora de las Bases del Régimen Local, se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN

OFICIAL DE LACOMUNIDAD DEMADRIDDecreto del Segundo Teniente de

Alcalde-Delega-do de Coordinación, Personal, Régimen Interior y Compras n.o5899/2020, de fecha 11 de

di-ciembre, del siguiente tenor:

«1.o Aprobar las bases específicas del Concurso General de Méritos FG-02/2020 que

se acompañan como Anexo I a la presente resolución.

2.o Convocar el Concurso General de Méritos FG-02/2020 para la provisión, con

ca-rácter definitivo, de los puestos de Jefatura de Negociado adscritos a las Unidades Orgáni-cas “0201 Servicio Técnico-Oficina de Supervisión de Proyectos”, “0306 Servicios Socia-les y Personas Mayores”, “0407 Cultura” y “0408 Mayores”, pertenecientes a la Escala de Administración General, Subescala Administrativa, Grupo C, Subgrupo C1, Nivel de Com-plemento de Destino 22, del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.

3.o El plazo de presentación de solicitudes de participación será de quince días

hábi-les contados a partir del siguiente al de la publicación de la correspondiente convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

4.o Publicar las bases en el BOLETÍNOFICIAL DE LACOMUNIDAD DEMADRID, así

como en el Tablón de Edictos y Anuncios Digital y en su página web municipal (http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org)».

ANEXO I

BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE REGIRÁ LA CONVOCATORIA DEL CONCURSO GENERAL DE MÉRITOS FG/02/2020

PARA LA PROVISIÓN DE PUESTOS DE JEFATURA DE NEGOCIADO EN LAS UNIDADES ORGÁNICAS “0201 SERVICIO TÉCNICO-OFICINA

DE SUPERVISIÓN DE PROYECTOS”, “0306 SERVICIOS SOCIALES Y PERSONAS MAYORES”, “0407 CULTURA” y “0408 MAYORES”

DEL AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

Primera. Objeto de la convocatoria y características de los puestos

1. Objeto de la convocatoria: El objeto de la presente convocatoria es la provisión,

con carácter definitivo, mediante el sistema de concurso general de méritos, de puestos de. Jefatura de Negociado en las siguientes Unidades Orgánicas:

— “0201 Servicio Técnico-Oficina de Supervisión de Proyectos”. — “0306 Servicios Sociales y Personas Mayores”.

— “0407 Cultura”. — “0408 Mayores”.

2. Características de los puestos: Los puestos convocados corresponden a plazas

per-tenecientes al Grupo C, Subgrupo C1, de los establecidos en el artículo 76 del Real Decre-to Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el TexDecre-to Refundido del Es-tatuto Básico del Empleado Público, en relación con su Disposición Transitoria Tercera, encuadradas en la Escala de Administración General, Subescala Administrativa, Nivel de Complemento de Destino 22.

Unidad Orgánica “0201 Servicio Técnico-Oficina de Supervisión de Proyectos”: — Denominación: Jefe de Negociado.

— Escala/Subescala: Administración General Administrativa. — Sistema de provisión: Concurso.

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BOCM-20201228-51 — Grupo/Subgrupo: C1.

— Nivel de Complemento de Destino: 22. — Complemento específico: 21095,73 euros.

— Administración: Ayuntamiento de Boadilla del Monte. Unidad Orgánica “0306 Servicios Sociales y Personas Mayores”: — Denominación: Jefe de Negociado.

— Escala/Subescala: Administración General Administrativa. — Sistema de provisión: Concurso.

— Grupo/Subgrupo: C1.

— Nivel de Complemento de Destino: 22. — Complemento específico: 21095,73 euros.

— Administración: Ayuntamiento de Boadilla del Monte. Unidad Orgánica “0407 Cultura”:

— Denominación: Jefe de Negociado.

— Escala/Subescala: Administración General Administrativa. — Sistema de provisión: Concurso.

— Grupo/Subgrupo: C1.

— Nivel de Complemento de Destino: 22. — Complemento específico: 21095,73 euros.

— Administración: Ayuntamiento de Boadilla del Monte. Unidad Orgánica “0408 Mayores”:

— Denominación: Jefe de Negociado.

— Escala/Subescala: Administración General Administrativa. — Sistema de provisión: Concurso.

— Grupo/Subgrupo: C1.

— Nivel de Complemento de Destino: 22. — Complemento específico: 21095,73 euros.

— Administración: Ayuntamiento de Boadilla del Monte.

3. Funciones básicas:

— Recopilación, recepción, comprobación, análisis y estudio de los datos e informa-ciones requeridos, y de las incidencias detectadas para el desarrollo de la activi-dad del departamento.

— Redacción, cumplimentación, tramitación y envío de soportes documentales (no-tificaciones, envíos, anuncios, etc...), asegurando el cumplimiento de las formali-dades, trámites y plazos.

— Transmisión y entrega de documentación a los departamentos que lo requieran a efectos de posteriores operaciones.

— Atención e información a los usuarios de forma directa, verificando que la docu-mentación entregada por los mismos es completa y correcta.

— Dación de cuenta del trabajo realizado al superior jerárquico inmediato y puesta en conocimiento de aquellos aspectos que requieran superior decisión o supervisión. — En general, cualesquiera otras tareas afines a la categoría del puesto que resulten necesarias y le sean encomendadas por sus superiores debido a razones de servicio.

4. Funciones específicas:

— Supervisión y coordinación de las tareas del personal dependiente de la Unidad. — Elaboración de informes y documentos administrativos que procedan en las mate-rias competencia del Área y aquellos que le son requeridos por sus superiores, re-lacionados con su ámbito de actividad.

— Tramitación, instrucción y realización del seguimiento de actividades administra-tivas, expedientes, contratos, pliegos de condiciones técnicas, convenios, subven-ciones, etc., proponiendo métodos y procedimientos a llevar a cabo la actividad administrativa.

— Definición y propuesta de procedimientos, planes de mejora de la organización administrativa y operativa para la consecución de los objetivos de calidad y exce-lencia en la gestión.

— Coordinación y gestión del personal administrativo y de apoyo existente en su Unidad.

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BOCM-20201228-51 — Garantizar el cumplimiento de la normativa legal e interna del Ayuntamiento, así

como la transmisión al mismo de las instrucciones recibidas de la autoridad. — Realización de todas aquellas funciones o actividades de carácter técnico o

admi-nistrativo relacionadas con el ámbito de actuación y con el desempeño de su pues-to, que le sean encomendadas por el superior jerárquico, incluyendo el uso de pro-gramas informáticos, para contribuir al buen funcionamiento del Negociado al que pertenece y, en general, de la Corporación.

— Tramitación y gestión de expedientes de contratos menores.

— Participación en la elaboración de Pliegos Administrativos del Área. — Responsabilidad administrativa del circuito de firmas.

Segunda. Requisitos y condiciones de participación

1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20.1 de la Ley 30/1984, de 2 de

agos-to, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, podrán participar en este proceso los funcionarios de carrera propios del Ayuntamiento de Boadilla del Monte y los funcionarios de carrera procedentes de otras Administraciones Públicas que hayan accedido al Ayun-tamiento de Boadilla del Monte a través de algún sistema de provisión de puestos, y conti-núen prestando servicios en el mismo, siempre que el Cuerpo, Escala o Especialidad de es-tos sean considerados equivalentes a la Escala, Subescala y/o Categoría de los pueses-tos convocados, cualquiera que sea su situación administrativa, a excepción de la suspensión de funciones, cuando reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos determina-dos en la presente convocatoria en la fecha en que finalice el plazo de presentación de so-licitudes de participación.

Los interesados deberán reunir los requisitos indispensables para el desempeño de los puestos de trabajo objeto de la presente convocatoria, de acuerdo con las circunstancias y condiciones que para los mismos figuren en la Relación de Puestos de Trabajo.

La solicitud de participación en el concurso equivale en sí misma a la solicitud de re-ingreso.

2. Los funcionarios procedentes de la situación de suspenso deberán haber

cumpli-do el periocumpli-do de suspensión en la fecha indicada.

3. Los funcionarios en activo con destino definitivo solo podrán participar en los

concursos siempre que hayan transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino, y hasta el día en que finalice el plazo de presentación de instancias, salvo que hu-biesen sido nombrados posteriormente para ocupar un puesto de libre designación o se su-prima su puesto.

4. En el plazo de dos años, a partir de su toma de posesión, los funcionarios de

nue-vo ingreso no podrán participar en concursos para la provisión de puestos de trabajo, salnue-vo que hubiesen sido nombrados posteriormente para ocupar un puesto de libre designación o se suprima su puesto.

5. Los funcionarios con alguna discapacidad podrán instar en la propia solicitud la

adaptación del puesto solicitado, siempre que no suponga una modificación exorbitante en el contexto de la organización. La Comisión de Valoración podrá recabar personalmente del interesado la información que estime necesaria en orden a la adaptación deducida, así como el dictamen de los órganos técnicos de los Servicios propios del Ayuntamiento, o en su defecto de la Administración del Estado o de la Comunidad Autónoma, competentes en los ámbitos laboral, sanitario y de servicios sociales, respecto de la procedencia de la adap-tación y de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones del puesto en con-creto.

6. Los funcionarios adscritos provisionalmente a puestos de trabajo incluidos en esta

convocatoria tendrán la obligación de participar en la misma.

Tercera. Presentación de solicitudes

1. Lugar y forma de presentación: Las solicitudes para tomar parte en el citado

pro-ceso de provisión, ajustadas al modelo incorporado como Anexo III a esta convocatoria, de-berán presentarse, dirigidas al Segundo Teniente de Alcalde-Delegado de Coordinación, Personal, Régimen Interior y Compras, en el Registro General del Ayuntamiento de Boa-dilla del Monte o en cualquiera de los lugares y formas previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Adminis-traciones Públicas.

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BOCM-20201228-51 Las solicitudes de participación se cursarán en el modelo oficial de instancia, que se

facilitará en:

— El Registro General del Ayuntamiento (C/ Juan Carlos I, 42). — El Departamento de Personal (Avenida de Adolfo Suárez, 5).

— En la página web municipal: http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org/ (Pestaña Tu Ayuntamiento/Oferta de Empleo Público/Solicitudes y formularios). — Telemáticamente, a través de la sede electrónica de la página web municipal

http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org/.

2. Plazo de presentación: El plazo de presentación de las solicitudes de participación

será de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolu-ción de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

Cuarta. Admisión de aspirantes

1. Relación provisional de admitidos y excluidos: Expirado el plazo de presentación

de instancias, el órgano competente dictará resolución declarando aprobada la relación pro-visional de admitidos y excluidos, procediéndose en ese acto a la designación de los

miem-bros de la Comisión de Valoración. Dicha resolución, que deberá publicarse en el BOLETÍN

OFICIAL DE LACOMUNIDAD DEMADRIDy en el Tablón de Edictos y Anuncios Digital del Ayuntamiento, contendrá, como Anexo único, la relación nominal de aspirantes excluidos provisionalmente, con su correspondiente identificación, y con indicación de las causas de exclusión, así como los lugares en que se encuentre expuesta al público la relación provi-sional certificada completa de aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública me-diante su exposición en el Tablón de Edictos y Anuncios Digital.

2. Reclamaciones: Las personas aspirantes excluidas expresamente, así como los

que no figuren en la relación provisional de admitidas ni en la de excluidas, dispondrán de un plazo único e improrrogable de diez días hábiles contados a partir del siguiente a la

pu-blicación de dicha resolución en el BOLETÍNOFICIAL DE LACOMUNIDAD DEMADRID, a

fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa. Asimismo, aquellos aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán manifestarlo en el plazo señalado. Quienes dentro del plazo seña-lado no subsanen los defectos justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamen-te excluidos del proceso de selección.

Los errores en la consignación de los datos personales podrán rectificarse de oficio o a instancia del interesado en cualquier momento del proceso selectivo.

En caso de no existir reclamación alguna, se elevará la relación provisional automáti-camente a definitiva.

3. Relación definitiva de admitidos y excluidos: Transcurrido el plazo de

subsana-ción, se dictará resolución declarando aprobada la relación definitiva de admitidos y

exclui-dos. Dicha resolución, que deberá publicarse en el BOLETÍNOFICIAL DE LACOMUNIDAD

DEMADRIDy en el Tablón de Edictos y Anuncios Digital del Ayuntamiento, contendrá, como Anexo único, la relación nominal de aspirantes excluidos definitivamente con su co-rrespondiente identificación, así como la de los lugares en que se encuentren expuestas al público la relación definitiva certificada completa de aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública mediante su exposición en el Tablón de Edictos y Anuncios Digital.

Quinta. Méritos a valorar

La valoración de los méritos para la adjudicación del puesto convocado en el presen-te concurso se efectuará de acuerdo con el siguienpresen-te baremo:

1. Méritos generales (primera fase), valorable hasta un máximo de 15 puntos:

1.1. Valoración del grado personal: Atendiendo al grado personal consolidado y

re-conocido se adjudicarán hasta un máximo de 2,5 puntos, según la distribución siguiente:

— Por tener consolidado un grado personal igual a 21 o 22: 2,5 puntos. — Por tener consolidado un grado personal igual a 18 a 20: 1,5 puntos. — Por tener consolidado un grado personal igual o inferior a 17: 1 punto.

1.2. Valoración del trabajo desarrollado en la Administración Pública: Atendiendo a

las características de los puestos desempeñados, en relación con las propias de

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BOCM-20201228-51 los puestos convocados, se adjudicarán hasta 2,5 puntos, distribuidos de la

si-guiente forma:

— Experiencia en el desempeño de puestos de trabajo pertenecientes a un área funcional o sectorial igual o similar a la del puesto convocado.

— Grado de similitud de los puestos ocupados por los concursantes con el puesto convocado.

— Tiempo de desempeño en dichos puestos. — Aptitudes y rendimientos acreditados.

A estos efectos, se valorará a efectos de 0,30 puntos por cada año de servicio o fracción superior a 6 meses, en puestos de dichas características.

Los méritos relativos a la experiencia se acreditarán mediante certificado o do-cumento oficial del órgano correspondiente, en el que se hará constar los servi-cios prestados que se pretenden hacer valer, con indicación expresa de los pe-ríodos de tiempo de prestación de los mismos. Este extremo podrá ser comprobado a tal efecto por el Departamento de Personal.

1.3. Antigüedad: Atendiendo al tiempo de servicios prestados a las

Administracio-nes Públicas se adjudicarán hasta un máximo de 4 puntos, distribuidos de la si-guiente forma:

— Se otorgarán 0,20 puntos por cada año de servicio o fracción superior a 6 meses en los distintos cuerpos o escalas clasificados dentro del Subgrupo C1 de las Administraciones Públicas, hasta un máximo de 4 puntos. — Se otorgarán 0,15 puntos por cada año de servicio o fracción superior a 6

meses en cuerpos o escalas clasificados en otros subgrupos de las Adminis-traciones Públicas, hasta un máximo de 1 punto.

A los efectos indicados en los párrafos anteriores se puntuarán los servicios asi-milables, expresamente reconocidos, prestados con carácter previo al ingreso en el cuerpo o escala desde el que se concursa.

1.4. Cursos de formación y perfeccionamiento: Únicamente se valorarán acciones

formativas, titulaciones de formación profesional, universitarias y titulaciones de expertos que versen sobre materias directamente relacionadas con las funcio-nes propias del puesto convocado, hasta un máximo de 6 puntos, impartidos por Administraciones Públicas y centros oficiales, centros acogidos al Plan de For-mación Continua de las Administraciones Públicas, Universidades o Colegios Profesionales, o bien por cualquier otro organismo público o privado, siempre que hayan sido oficialmente reconocidos.

Los cursos de formación y perfeccionamiento deberán acreditarse mediante títu-lo, diploma o certificación expedida por el organismo correspondiente, y debe-rá expresar la materia impartida y la duración de los mismos.

Se atenderá a estos efectos a la duración, contenido y dificultad de los cursos, al centro de impartición de los mismos y al tipo de certificación o titulación expe-dida, valorándose del siguiente modo:

— Hasta 20 horas: 0,15 puntos/curso.

— De 21 horas a 50 horas: 0,30 puntos/curso. — De 51 horas a 100 horas: 0,50 puntos/curso. — De 101 horas a 150 horas: 0,60 puntos/curso. — De 151 horas a 300 horas: 0,80 puntos/curso. — De más de 300 horas: 1 punto/curso.

En las acciones formativas universitarias la equivalencia será de 10 horas por cada crédito reconocido en el título, diploma o certificación, salvo que de la do-cumentación presentada por el aspirante se constate otro tipo de equivalencia aplicable.

Aquellos cursos en los que no conste el número de horas se valorarán con la pun-tuación mínima.

Para acceder a la segunda fase deberá obtenerse una puntuación mínima de 2 puntos.

2. Méritos específicos (segunda fase), valorable hasta un máximo de 10 puntos: Esta

fase consistirá en la comprobación y valoración de los méritos específicos adecuados a las características de los puestos convocados, entendiendo como tales los contemplados en el Anexo II de la presente convocatoria.

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BOCM-20201228-51 La puntuación mínima que debe obtenerse en esta segunda fase para ser tenido en

cuenta en la valoración final del concurso será de 5 puntos.

3. El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos vendrá dado por la

pun-tuación obtenida en ambas fases de valoración según el baremo.

En caso de empate en la puntuación otorgada en los méritos se acudirá para al siguien-te orden:

1.o Méritos específicos.

2.o Posesión de un determinado grado personal.

3.o Valoración del trabajo desarrollado.

4.o Cursos de formación y perfeccionamiento.

5.o Antigüedad.

Sexta. Acreditación de los méritos

Los méritos alegados por los concursantes serán acreditados documentalmente, me-diante las pertinentes certificaciones u otros documentos y/o justificantes oficiales expedi-dos por los órganos competentes, salvo que dichos datos obren en poder de la Administra-ción Municipal (lo referido a grado personal, tiempo de permanencia en puesto de trabajo de cada nivel y antigüedad).

La solicitud de participación en el concurso lleva implícita la petición de consolida-ción del grado que corresponda a cada persona, excepto en aquéllas que lo tengan consoli-dado por Decreto del órgano competente.

Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de presen-tación de solicitudes de participación.

Séptima. Comisión de Valoración

Los méritos serán valorados por una Comisión de Valoración que será designada por la autoridad convocante con arreglo a la siguiente composición:

— Un Presidente, designado por la Concejalía de Personal. — Un Secretario, designado por la Concejalía de Personal. — Cuatro Vocales, designados por la Concejalía de Personal.

— Tres representantes, designados por las Organizaciones Sindicales.

Todos los miembros de la Comisión de Valoración tendrán voz y voto, excepto el Se-cretario.

Podrán designarse, en atención a la naturaleza y volumen de la convocatoria, suplen-tes, que deberán reunir los mismos requisitos que los titulares.

Todos los miembros de la Comisión deberán ser funcionarios de carrera y deberán po-seer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el puesto convocado.

La Comisión de Valoración podrá solicitar de la autoridad convocante competente la designación de expertos en calidad de asesores, que actuarán con voz pero sin voto.

De cada sesión celebrada el Secretario de la Comisión levantará la correspondiente Acta. La Comisión de Valoración elevará al órgano competente la propuesta de resolución del concurso, acompañada de una Memoria explicativa de su actuación, relación de los can-didatos presentados con expresión de la puntuación obtenida, votos particulares formula-dos por cualquiera de los vocales, así como cualquier incidencia que hubiera surgido.

Octava. Resolución del proceso

El plazo de resolución será de seis meses contados desde el día siguiente al de la fina-lización del plazo de presentación de instancias de participación.

La presente resolución, por la que se aprueban las bases específicas de la

convocato-ria se publicará en el BOLETÍNOFICIAL DE LACOMUNIDAD DEMADRID, mientras que la

resolución de convocatoria se publicará en el “Boletín Oficial del Estado”, todo ello en los términos del artículo 97 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régi-men Local.

Novena. Relación de adjudicatarios, acreditación de los requisitos exigidos

y nombramiento

El resultado del concurso se reflejará en una relación comprensiva de la totalidad del personal concursante, ordenada de mayor a menor puntuación, con indicación para cada uno de ellos de la puntuación obtenida en cada apartado.

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BOCM-20201228-51 Esta relación será expuesta al público en el Tablón de Edictos y Anuncios Digital del

Ayuntamiento de Boadilla del Monte, por el plazo de diez días hábiles, durante los cuales los concursantes podrán formular reclamaciones a dicha puntuación.

Transcurrido dicho plazo y resueltas las reclamaciones, la Comisión de Valoración formulará propuesta definitiva de resolución del concurso y de adjudicación de los puestos,

remitiéndola al órgano convocante para su publicación en el BOLETÍNOFICIAL DE LAC

O-MUNIDAD DEMADRID.

Una vez terminada la valoración de los aspirantes se vendrá a adjudicar provisional-mente los puestos convocados, con arreglo al resultado de dicha evaluación.

Décima. Toma de posesión

El plazo de toma de posesión será de tres días hábiles, que se contarán a partir del día siguiente al de cese, en su caso, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles

siguien-tes a la publicación de la Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE

MADRID, o de un mes, computado desde la publicación de la resolución del procedimien-to, si la resolución comporta el reingreso al servicio activo.

Undécima. Destinos

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, los desti-nos adjudicados en este concurso serán irrenunciables, salvo que, antes de finalizar el pla-zo de toma de posesión, se hubiere obtenido otro destino mediante convocatoria pública. Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y en consecuencia no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno, sin perjuicio de las ex-cepciones previstas en el régimen de indemnizaciones por razón del servicio.

Los traslados que se deriven de la resolución de concurso tendrán la consideración de voluntarios.

Duodécima. Recursos

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recur-so contenciorecur-so-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscrip-ción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto

impug-nado, a elección de aquel, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8.1, 14.1.2.ay 46.1 de

la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime pertinente (Art. 40.2 de la misma Ley 39/2015).

En Boadilla del Monte, a 14 de diciembre de 2020.—El segundo teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal, Régimen Interior y Compras, Jesús Egea Pascual.

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http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791

ANEXO II

CONVOCATORIA CONCURSO GENERAL DE

MERITOS FG-02/2020 Nº or den De n o min a c ión puest o U n idad or gá ni ca Localizació n Gr upo/ Subgr upo Nive l C.D. C o m p le m ent o especí fico anu al ( € ) Adm ón. Escala Subesc ala Cla se Ca te go ría Req u isito s Obser vacio nes Méritos esp ecíficos 1 Jefe de N e goci a d o "0 20 1 S e rvicio Té c n ico-Oficina d e S uper visió n de Pr oyectos " C1 2 2 2 1 0 9 5 ,7 3 Ayto . Bo ad illa de l Mo n te Administración Gen er al Administrativa Per son a l de Adm in istr aci ó n - Exper ie ncia en l a gestió n a d m inistr ativa de exp edie n tes a tr avés de l a her ra m ienta Gest-Doc, en es pecial licenci as, sancion ad or es y disci plinar ios ( 3 punt os) . - E x p e rie n cia e n la rece p c ió n, sa lid a y se gu imie n to d e l re g istro e s p e c ia l d e U rbani sm o ( 3 p unt os) . - Exper iencia en tr am itación de pr ocedi m ie n tos d e devol ución d e avales ( 2 punt os) . - Exper ienci a e n la tr a m itación d e la aplicaci ón SW A L - IBI , r e cib o s, expe dien tes sancion ador es ( 2 p unt os) . 2 Jefe de N e goci a d o "03 06 Ser vicios S o ciales y Person as Mayor es" C1 2 2 2 1 0 9 5 ,7 3 Ayto . Bo ad illa de l Mo n te Administración Gen er al Administrativa Per son a l de Adm in istr aci ó n -E xper ienci a e n la tr am itación de exp edie n tes adm inistr ativos , r e dacció n y pr epar aci ón d e doc u m entos d e exp edie n te s y de pr op uest as de r e solución, oficios, e tc.. ( 2 pu ntos) . - Exper ienci a e n la r e a lización d e tr ám ites a d m inistr ativos de g e stió n d e citas y atenci ón di re c ta al ci uda dan o e n m a ter ia s obj et o d e l a U n id ad, gesti ó n d e ayud as de diver sa ín dole: econ óm icas, en especie y sociales , pr opias de la Unidad, as í c o m o m a nejo de pr o g ra m a s g e stor es r e lativos a la s fu ncion es correspondientes a la Un ida d t a les como SI

USS, ACCEDE, SIDEMA, SWAL

, etc.. ( 4 pu ntos) . - Exper iencia en el contr ol econ óm ico de fa ctur as, gas tos y justifi caciones d e Conveni os r e lativos a m a ter ias co ncer nie n te s a la Uni dad ( 2 p u nt o s ). - Exper iencia en la gestió n adm inistr a tiva de ex pedie n tes a tr avés d e la her ra m ienta Gest-Doc ( 2 pun tos) . 3 Je fe d e Neg o c iad o "0 40 7 Cu lt u ra " C1 2 2 2 1 0 9 5 ,7 3 Ayto . Bo ad illa de l Mo n te Administración Gen er al Administrativa Per son a l de Adm in istr aci ó n - Exper ie ncia en tr a m itación de exp edie n tes adm inistr ativos, redacció n y pr epar aci ón d e d o cu m entos i n tegr ant es de ex pe di ent es, pr o puest as d e re solución, oficios ( 2 p untos) . - Exper iencia e n la r e d a cción y tr am itación d e plieg o s d e co ndicio n es téc nicas de ser vicios de l a Con c ejalía de Cult ur a y s e guim iento , com o r e sp o n sable , d e los contr a tos der ivad o s de los m ism os ( 4 pu ntos) . - Exper iencia en la gestió n adm inistr a tiva de ex pedie n tes a tr avés d e la her ra m ienta G e st-D o c y en l a Pl ata for m a T u rno de g e sti ón d e al um nos de l a EM M y D y Taller e s M u nicipales, así co m o coor dinaci ón d e l equip o de adm in is tr aci ón de l a C oncej al ía d e C u lt ur a ( 2 pun tos) . - Exper ienci a e n l a el a bor aci ón , des ar ro llo y segui m ient o de c ontr at os pr iv ados m a yor es y m e n o re s de ri vados d e la pr ogr am a c ión cult u ra l ( 2 p unt os) . 4 Je fe d e Neg o c iad o "0 40 8 Ma y o re s" C1 2 2 2 1 0 9 5 ,7 3 A y to . B o ad illa de l Mo n te Administración Gen er al Administrativa Per son a l de Adm in istr aci ó n - Exper ie ncia en tr a m itación de exp edie n tes adm inistr ativos, redacció n y pr epar aci ón d e d o cu m entos i n tegr ant es de ex pe di ent es, pr o puest as d e re solución, oficios ( 2 p untos) . - Exper ienci a e n la g e stión y co or dinaci ón de asu ntos d e la As ociación de M a yor es, tal es com o s ubve nción y exper ie nc ia en el pr oce dim iento , gestió n y contr ol d e la subv enci ón del A b o no Tr ans po rt e de los m a yor es de 65 añ os d e l m u ni ci pi o ( 4 pun tos) . - Exper iencia en la gestió n adm inistr a tiva de ex pedie n tes a tr avés d e la her ra m ienta Gest-Doc ( 2 pun tos) . - Exper iencia e n los c o ntr oles de calid ad y seguim ient o de i n dica dor es d e los taller e s par a p e rs on as m a yor es que se desa rr o

llan en los Centr

os de M a yor es del m uni ci pi o ( 2 p u nt o s ). (03/34.760/20)

Firmado Digitalmente - Ayuntamiento de Boadilla del Monte - https://carpetaciudadano.ayuntamientoboadilladelmonte.org - CSV: 28660IDOC2171BA3A1411BA9498C

NOMBRE: ORGANISMO AUTONOMO BOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID PUESTO DE TRABAJO: Firma Interna en PDF FECHA Y 28/12/2020 HORA DE FIRMA: 09:19:42 HASH DEL CERTIFICADO: 70352F41061EDA4FF3C322094AF068BA70C3B38B

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