• No se han encontrado resultados

NOTIFICACION PREVENTIVA

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2022

Share "NOTIFICACION PREVENTIVA"

Copied!
13
0
0

Texto completo

(1)

NORMAS LEGALES Anexo II : Formato de Notificación Preventiva

Nombres y ap.: Nombres y ap.:

MES

Resolución con el infractor : Codigo de identificación:

DNI : Nombres y apellido

Codigo

... ...

Nombre y apellido Nombre y apellido

INSPECTOR RECEPCIONISTA

Codigo DNI

APELLIDO PATERNO/MATERNO/NOMBRE O RAZON SOCIAL

DIA AÑO INSPECTOR

DESCRIPCION DE LA INFRACCION

Infractor, Representante o Dependiente Inspector - MML

DOMICILIO:

DISTRITO:

SI NO

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

Sub Gerencia de Operaciones de Fiscalización

ADMINISTRACION

NOTIFICACION PREVENTIVA

T R I B U T A R I A

DOCUMENTO DE IDENTIDAD

ACTA DE CONSTATACION INFRACCION:

CODIGO DE LA INFRACCION

FIRMA FIRMA

MML

En la ciudad de Lima, siendo las...del día ...de...del..., el inspector municipal de la Gerencia de Fiscalización y Control que suscribe se hizo presente en el ...con el objeto de dejar constancia del incumplimiento de las disposiciones municipales administrativas

No DE AUTORIZACION MUNICIPAL

HORA FECHA

FECHA DE DETECCION

BASE LEGAL

PLAZO DE SUBSANACION Y DESCARGO

Gerencia de Fiscalización y Control

DISTRITO:

GIRO

DATOS DEL INFRACTOR

LUGAR DE COMISION O DETECCION DE LA INFRACCION

VERIFICACION DE SUBSANACION

D.N.I. O C.E. O L.E. O C.I. O R.U.C. O L.C. O OTROS O S E R V I C I O D E

Usted dispondrá de cinco ( 05 ) días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación preventiva para formular sus alegaciones, regularizar y/o subsanar su conducta, así como utlizar los medios de defensa admitidos por el ordenamiento jurídico conforme al numeral 162.2 al articulo 162, sin que la abstención del ejercicio de este derecho pueda considerarse elemento de juicio en contraria a su situación ante la oficina de tramite documentario ubicada en el Jr.

Camaná Nº 564, Cercado de Lima. Caso contrario, se emitirá la

resolución de sanción correspondiente.

(2)

Anexo III : Formato de Resolución de Sanción

No

X

, =

Nombres y ap.: Nombres y ap.:

Resolución con el infractor : Codigo de identificación:

DNI :

Nombre del testigo 1 : Nombre del testigo 2:

N° Documento de Identidad N° Documento de Identidad

Firma: Firma:

del establecimiento se negó a recibir y/o firmar el cargo de recepción de la misma. con conocmiento de tal situación se elaboró la presente acta de ACTA DE NOTIFICACION

En la ciudad de Lima, siendo las...del día ...de...del..., el Inspector Municipal de la Gerencia de Control que suscribe se hizo presente en ...con el objeto de dejar constancia del incumplimiento de disposiciones municipales administrativas por lo que se procedió a emitir la presente Resolución de Sanción. Al respecto, el infractor u encargado

notificación, dejando constancia del hecho con forme lo establece el art. 21° Inc.21.3 de la ley 27444, asi como el art. 4° Inc. 4,3 del D.S. 069-2003- EF.

Para dar fé del levantamiento del acta por la negativa de recepción y/o firmar la notificación efectuada, se deja constancia la firma de dos (02) testigos:

Gerencia de Fiscalización y Control MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

Sub Gerencia de Operaciones de Fiscalización

APELLIDO PATERNO/MATERNO/NOMBRE O RAZON SOCIAL

No DE AUTORIZACION MUNICIPAL DOCUMENTO DE IDENTIDAD

D.N.I. O C.E. O L.E. O C.I. O R.U.C. O L.C. O OTROS O ADMINISTRACION

S E R V I C I O D E

BASE LEGAL:

FECHA HORA

DISTRITO:

CODIGO DE LA INFRACCION REINCIDENCIA CONTINUIDAD FECHA DE EMISION

DIA MES

DOMICILIO:

DISTRITO:

DESCRIPCION DE LA INFRACCION

LUGAR DE COMISION O DETECCION DE LA INFRACCION

AÑO INFRACCION:

BASE DE CALCULO

ACTIVIDAD ECONOMICA:

NOTIF. PREVENTIVA N°:

NÚMERO DE PLACA:

MEDIDA COMPLEMENTARIA

OBSERVACIONES

FACTOR MONTO DE LA MULTA (S/,)

MONTO DE LA MULTA (S/,) Inspector - MML Infractor, Representante o Dependiente

FIRMA FIRMA

T R I B U T A R I A

DATOS DEL INFRACTOR

R E S O L U C I O N D E S A N C I O N

(3)

NORMAS LEGALES

Usted dispondrá de quince (15) días hábiles contados a partir de la notifi cación de la sanción para cancelar la presente Resolución de Sanción en cualquiera de los lugares de pago autorizados, con un DESCUENTO DEL 50% del monto de la sanción.

* Conforme al Procedimiento Sancionador, el presente acto tiene vigencia desde el dia de su notifi cación y contra el mismo cabe interponer Recurso de Reconsideración ante la Sub Gerencia de Control de Sanciones dentro del plazo de quince (15) días hábiles . contados desde el día siguiente de su notifi cación ante la Ofi cina de Trámite Documentario ubicada en el Jr. Camaná Nº 564 , Cercado de Lima de acuerdo a lo establecido en el articulo 2º de la Ordenanza Nº 769. Asimismo, de conformidad con el articulo 3º de la norma precitada la Gerencia de Fiscalización y Control es la encargada de resolver en última instancia administrativa en concordancia con la Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General

* El monto de la sanción será reajustado de acuerdo a la variación del Indice de Precios al Consumidor, experimentada entre el último día del mes en que se cometió la infracción o en su defecto el último día del mes en que ésta fue sancionada y el último día del mes anterior a aquel en que se haga efectivo del pago.

* En caso de primera continuidad el monto de la sanción impuesta será el doble del monto de la multa. Si el infractor, pese a haber sido sancionado por

continuidad, persiste en su conducta antijurídica o reincide en ella, estará sujeto a partir de la segunda continuidad, a una multa equivalente al monto de la última sanción que se le impuso, más el veinticinco por ciento (25%)

LA FALTA DE PAGO DE LA MULTA Y EL INCUMPLIMIENTO DE LA MEDIDA COMPLEMENTARIA CONLLEVAN A EFECTUAR LA COBRANZA

POR LA VIA COACTIVA

LUGARES DE PAGOS SCOTIABANK

CAJA METROPOLITANA DE LIMA

Para realizar consultas sobre la sanción impuesta y la determinación del importe de la multa acérquese al modulo de atención de la Gerencia de Fiscalización y Control, ubicada en el Jr. Caylloma Nº 137 - Lima o comuníquese al teléfono : 315-1342.

Para obtener mayor información sobre el estado de su deuda consulte con Alo SAT:

3152400, o acérquese a la sede del SAT ubicada en Jr. Camaná Nº 370 - Lima.

ANEXO I :

ESTABLECE LA TIPIFICACIÓN Y LA ESCALA DE MULTAS APLICABLES DENTRO DE LA JURISDICCIÓN DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA LÍNEA DE ACCION 01: COMERCIALIZACIÓN

1.1 LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO

Código Infracción Tipo de infracción Medida Complementaria

Abrir el establecimiento sin contar con la respectiva Autorización

01-0101 Municipal de Funcionamiento, u operar con Autorización Municipal de 0.50 Clausura

Funcionamiento vencida (licencia temporal)

01-0102 Desarrollar giros incompatibles con los autorizados. 0.50 Clausura

Consignar datos falsos en los formularios, formatos, declaraciones u

01-0103 otros documentos presentados y/o exhibidos ante la autoridad 1 Clausura

Municipal.

01-0104 No comunicar el cese de actividades. 0.05

01-0105 No exhibir en lugar visible del establecimiento el original del certifi cado de 0.05 Autorización Municipal de Funcionamiento.

01-0106 No presentar en el momento del control el original de la Autorización 0.50 Municipal de Funcionamiento.

01-0107 No exhibir en lugar visible del establecimiento la autorización del sector 0.05 Clausura

y/o declaración de impacto ambiental, cuando corresponda.

01-0108 Ampliar o modifi car el área del establecimiento y/o de otras condiciones 0.50 Clausura

señaladas en el Certifi cado de Autorización.

No guardar el mobiliario utilizado en la vía pública cumplido el horario de

01-0109 atención, los establecimientos que cuentan con Autorización Municipal 0.05 Retiro

para el uso temporal de la vía publica.

01-0110 No presentar declaración jurada anual de permanencia en el giro 0.05

autorizado al establecimiento.

Permitir la realización de actividades en un establecimiento que cuenta

01-0111 con autorización municipal de funcionamiento, por sujeto distinto que no 0.50 Clausura

cuenta con autorización municipal de Funcionamiento para cesionarios.

(4)

Código Infracción Tipo de infracción Medida Complementaria

01-0112 Fabricar, comercializar o almacenar artículos que atenten contra la 1 Decomiso

propiedad intelectual.

01-0113 Resistirse o impedir la inspección municipal del establecimiento 0.50 Clausura

comercial.

01-0114 No presentar cuaderno de Control Municipal al momento de la inspección. 0.05 01-0115 Por ejercer actividad económica en inmuebles no condicionados para la 0.05

actividad comercial.

Por permitir el propietario y/o conductor de establecimientos comerciales

01-0116 que se altere el orden público mediante el ofrecimiento de un bien o 0.05 servicio en la vía pública.

Exhibir cualquier tipo de mercaderías, vitrinas y mobiliario en áreas de

01-0117 circulación o de acceso a los establecimientos comerciales, galerías y/o 0.05 Retención

similares.

Permitir el comercio no autorizado en áreas de acceso y/o de

01-0118 circulación de los establecimientos comerciales, industriales y/o de 0.05 Clausura

servicios.

1.2 COMERCIO EN LA VÍA PÚBLICA

01-0201 Ejercer el comercio en la vía pública sin autorización. 0.05 Retención

01-0202 Comercializar los productos en lugares diferentes al indicado en las 0.05 Retención

resoluciones de autorización y fotocheck.

01-0203 Comercializar productos fuera del mobiliario de venta. 0.50 Retención

01-0204 Almacenar los productos en condiciones no adecuadas. 0.05

01-0205 Vender productos diferentes al giro autorizado. 0.05 Retención

01-0206 No mantener limpio el lugar de venta en un perímetro no menor de cinco 0.05 Ejecución

metros a la redonda.

01-0207 No exhibir en forma permanente un depósito de tamaño regular adherido 0.05 Ejecución

al mobiliario de venta para ser utilizado como basurero público.

1.3 PRODUCTOS PIROTÉCNICOS

Fabricar y almacenar artículos pirotécnicos y/o ofertar el servicio de Decomiso y

01-0301 espectáculos pirotécnicos en zonas no autorizadas o comercializarlo 2 Clausura.

directamente al público.

01-0302 Almacenar artículos pirotécnicos en zonas no autorizadas. 2 Clausura

Realizar espectáculos pirotécnicos sin la debida autorización de la

01-0303 DISCAMEC y sin plan de protección de seguridad para espectáculos 2 Paralización

pirotécnicos, cuando esté autorizada la realización de los mismos.

1.4 MERCADOS

01-0401 Carecer de autorización municipal para la exhibición de propaganda y/o 0.05 Retiro

degustación de productos.

01-0402 Carecer de la autorización de funcionamiento expedida por la División de Mercado. 0.50 Clausura

01-0403 Almacenar o comercializar productos combustibles, infl amables o 0.50 Retiro y/o

sustancias tóxicas. Clausura

LÍNEA DE ACCIÓN 02: SALUD Y SALUBRIDAD 2.1 SALUD E HIGIENE DEL PERSONAL

02-0101 Carecer y/o encontrarse vencido el carné de salud de las personas que 0.05 laboran en establecimientos comerciales.

02-0102 Por no contar con certifi cado de capacitación para la manipulación de 0.25 alimentos (de manera individual) otorgado por la autoridad competente.

02-0103 Laborar los manipuladores de alimentos sin la vestimenta adecuada, 0.05 según las normas sanitarias vigentes.

02-0104 Atender al público y desarrollar otra actividad no compatible en los 0.25 locales de expendio de alimentos preparados.

02-0105 No preservar los alimentos en condiciones reglamentadas para su 0.50 Decomiso

comercialización.

02-0106 Utilizar en la comercialización y expendio de alimentos, restos de 1 Decomiso

alimentos preparados o utilizados del día o días anteriores.

02-0107 Comercializar y/o almacenar alimentos o productos de consumo humano 1 Clausura

que no estén aptos para el consumo humano.

02-0108 Benefi ciar animales dentro de los puestos de venta. 0.25 Clausura

02-0109 Reutilizar envases desechables en la comercialización de alimentos. 0.25 Decomiso

Comercializar, almacenar alimentos, bebidas o productos de consumo

02-0110 humano falsifi cados, adulterados, deteriorados, o sin la autorización 1 Decomiso

sanitaria adecuada y/o con fecha de vencimiento expirada.

Utilizar y manipular alimentos y productos de consumo humano con

02-0111 utensilios, equipos, estantería o tenerlos incompletos, deteriorados, 1 Decomiso

antihigiénicos o de material inadecuado.

Por utilizar sustancias o productos perjudiciales para la salud en la

02-0112 limpieza y desinfección de equipos o utensilios para la elaboración de 1 Clausura

alimentos y bebidas.

02-0113 Por no contar o tener en mal estados los equipos y/o artefactos para la 1 Clausura

elaboración, preservación o conservación de alimentos o bebidas.

(5)

NORMAS LEGALES

Código Infracción Tipo de infracción Medida Complementaria

02-0114 Carecer de utensilios o superfi cies de material higienizable. 0.05 Decomiso

Carecer los establecimientos comerciales, bodegas y otros lugares

02-0115 públicos de papeleras con tapa en la puerta de ingreso al 0.05

establecimiento.

02-0116 Permitir el conductor, administrador o propietario de vehículos de uso público o establecimientos,

fumar en sus espacios. 0.05

02-0117 No colocar carteles que indiquen la prohibición de fumar en espacios 0.05 cerrados de uso público.

02-0118 El área reservada para fumadores no debe exceder al área prohibida 0.05 para fumadores.

2.2 SALONES DE BELLEZA, SALONES DE MASAJES, SAUNAS, GIMNASIOS, SPA Y/O SIMILARES

02-0201 No mantener los utensilios en condiciones higiénicas aptas para su 0.25 Decomiso

utilización.

02-0202 Carecer o presentar rótulos inadecuados o sin registro sanitario los 0.25 Decomiso

insumos y/o productos de belleza.

02-0203 Carecer de utensilios fácil esterilización o en condiciones antihigiénicas. 0.50

02-0204 Tener las toallas, forro de cojines y almohadones de material no 0.50

desechable (nombre genérico).

Carecer los baños turcos de sala de vapor con piso de losetas con

02-0205 declive, sumideros para eliminación del agua y paredes totalmente 0.50

revestidas con mayólica.

02-0206 Carecer de calderos con control automático, alarma y válvulas de 0.50

seguridad.

02-0207 Carecer de superfi cie lisa o material higienizable las duchas, servicios 0.50 higiénicos.

2.3 HIGIENE Y SANEAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES

02-0301 No acondicionar el establecimiento comercial ni contar con la 0.25 Ejecución

infraestructura adecuada para el desarrollo del giro o actividad. de Obra

02-0302 Por no contar con elementos de higiene personal donde se elaboran 0.05

productos para el consumo humano y/o similares.

02-0303 Carecer del certifi cado de fumigación. 0.05

02-0304 Carecer de servicios higiénicos y/o tenerlos incompletos según lo 0.50 Clausura

dispuesto en el Reglamento Nacional de Construcciones.

No mantener permanentemente los servicios higiénicos en buen estado

02-0305 de funcionamiento y limpieza, ni proporcionar los elementos necesarios 0.05 a los usuarios del servicio.

02-0306 No exhibir la tarifa a cobrar por la prestación de los servicios higiénicos 0.05 públicos.

02-0307 No identifi car con símbolos gráfi cos el acceso al servicio higiénico para 0.05 damas y caballeros.

Criar animales en locales y/o establecimientos de elaboración o

02-0308 fabricación de productos alimenticios y en los de atención directa al 0.50 público.

02-0309 Por hallar en el local comercial evidencia y/o presencia de roedores 1 y/o insectos.

02-0310 No presentar el certifi cado vigente de limpieza y desinfección, tanques y 0.05 cisternas.

Tener en condiciones antihigiénicas los sistemas de almacenamiento de

02-0311 agua potable y/o equipos (tanque elevado, cisternas o las redes internas 0.50 de tuberías).

02-0312 Carecer de agua o instalaciones de sistemas de agua y desagüe los 1

establecimientos comerciales.

02-0313 Resultados de muestras de agua potable inaptos en los sistemas de 1

almacenamiento de agua.

02-0314 No contar con el Certifi cado de Calidad del agua emitido por la autoridad 0.05 competente.

02-0315 No presentar el Certifi cado de limpieza y desinfección realizado por una 0.05 empresa de Saneamiento.

2.4 LOCALES DE HOSPEDAJE Y/O SIMILARES

02-0401 Encontrarse las sábanas, colchones y otros bienes, deteriorados o 0.50 Decomiso

antihigiénicos.

02-0402 Alquilar habitaciones sin registrar la identidad y procedencia de los 0.05 huéspedes.

02-0403 No exhibir a la vista las tarifas en las habitaciones del hospedaje. 0.05 02-0404 Por no contar con expendedores de productos para la prevención de la 0.05

salud.

02-0405 Por encontrarse los ambientes de los locales antihigiénicos, sin 0.50

ventilación e iluminación adecuada.

2.5 PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y AFINES

02-0501 Comercializar en la vía pública productos farmacéuticos, productos galénicos, recursos terapéuticos naturales sujetos a registro sanitario,

(6)

Código Infracción Tipo de infracción Medida Complementaria

productos cosméticos, productos sanitarios estériles y de limpieza 0.50 Retención

doméstica, productos dietéticos y edulcorantes e insumos, instrumental y equipo de uso médico-quirúrgico u odontológico.

Fabricar, comercializar y/o almacenar en establecimientos clandestinos

productos farmacéuticos; productos galénicos; recursos terapéuticos Decomiso

02-0502 naturales sujetos a registro sanitario; productos sanitarios estériles; 0.50 y/o Clausura

productos dietéticos y edulcorantes e insumos, instrumental y equipo de uso médico-quirúrgico u odontológico.

02-0503 Comercializar productos farmacéuticos y afi nes que requieran de receta 0.50 Clausura

médica en Establecimientos no Farmacéuticos.

Fabricar, comercializar, y/o almacenar en el interior de mercados de abastos, ferias, campos feriales, centros comerciales de habilitación progresiva por comerciantes informales y otros similares que no

02-0504 garanticen la conservación de las propiedades de los productos 0.50 Decomiso

farmacéuticos; productos galénicos; recursos terapéuticos naturales sujetos a registro sanitario; productos cosméticos; productos dietéticos y edulcorantes e insumos, instrumental y equipo de uso médico- quirúrgico u odontológico.

Fabricar, comercializar, y/o almacenar productos farmacéuticos y afi nes no autorizados por la autoridad competente, productos

02-0505 falsifi cados y/o adulterados, con fecha de expiración vencida, en mal 1 Decomiso

estado de conservación, de comercialización prohibida, de procedencia dudosa, y otros que representen un riesgo para la salud de la población.

Fabricar, comercializar y/o almacenar productos farmacéuticos y afi nes en establecimientos que no cumplan con lo dispuesto en las Buenas

02-0506 Prácticas de Manufactura, Buenas Prácticas de Almacenamiento, 0.50 Decomiso

disposiciones que regulen dichos establecimientos en materia de productos farmacéuticos

Los establecimientos farmacéuticos, que no cumplan con los requisitos y

02-0507 condiciones sanitarias para su funcionamiento de conformidad con 0.50 Clausura

la normatividad vigente.

2.6 CRIANZA DE ANIMALES DESTINADOS AL CONSUMO HUMANO Criar y/o tener animales destinados al consumo humano en lugares,

02-0601 instalaciones, con equipos y materiales inadecuados que atenten contra 1 Decomiso.

la salud humana y animal.

Alimentar a los animales con productos no tratados, o restos

02-0602 procedentes de la basura y/o residuos de comida sin el tratamiento 2 Decomiso.

adecuado.

No contar con el documento respectivo que acredite la procedencia de

02-0603 los productos cárnicos, avícolas, porcinos y/o similares para el consumo 0.05 Decomiso.

humano.

Funcionar granjas porcinas, avícolas y similares así como de camales o

02-0604 mataderos en las cercanías de los lugares de disposición fi nal, plantas 1 Clausura

de tratamiento y centros de acopio, en un radio menor a cinco kilómetros.

2.7 ANIMALES DOMÉSTICOS Y/O SILVESTRES

02-0701 No inscribir en el registro municipal los canes. 0.05

02-0702 Incumplir los requisitos establecidos para ser propietario o poseedor de 0.05 un can considerado potencialmente peligroso.

02-0703 Comercializar animales domésticos en las áreas de uso público o en 0.05 Retención

ambientes no acondicionados para tal fi n.

02-0704 Tener animales que perturben la tranquilidad de los vecinos. 0.05

02-0705 Comercializar animales silvestres. 1 Retención

02-0706 Criar o tener animales en áreas o inmuebles de uso exclusivo para 0.05

vivienda.

02-0707 Adiestrar animales en espacios públicos. 0.05

Pasear al can por la vía pública sin identifi cación, sin bozal o sin correa, según sea el caso o que la utilizada no sea razonablemente sufi ciente

02-0708 para ejercer su control, teniendo en cuenta su peso, tamaño 0.50

característica física y agresividad, o quien lo conduzca no sea apto para ello, en el caso de canes considerados potencialmente peligrosos.

02-0709 No contar con licencia vigente de tenencia de can. 0.25

02-0710 No presentar anualmente al registro municipal el respectivo certifi cado 0.25 de sanidad animal.

02-0711 Transportar animales sin cumplir con los requisitos establecidos en la 0.25 Ley 27596 (propietario, poseedor y transportista).

Ingresar con canes considerados peligrosos a locales de espectáculos públicos, deportivos, culturales o cualquier otro en donde haya

02-0712 asistencia masiva de personas; con excepción de los canes guías de 0.25 personas con discapacidad y aquellos que estén al servicio de la Policía

Nacional, Fuerzas Armadas o el Serenazgo.

02-0713 Participar, organizar, promover o difundir las peleas de canes. 1

02-0714 Adiestrar o entrenar canes para pelea o para acrecentar o reforzar su 1 agresividad

02-0715 Abandonar canes considerados potencialmente peligrosos. 1

(7)

NORMAS LEGALES

Código Infracción Tipo de infracción Medida Complementaria

Abrir y/o conducir centros de adiestramiento o criaderos sin cumplir con

02-0716 los requisitos establecidos en la Ley 27596 y en la normatividad 1

municipal.

Ocasionar lesiones a terceros como consecuencia de incumplir las

02-0717 normas relacionadas al Régimen Jurídico de Canes, con excepción de 1

las causadas en defensa del propietario, de su propiedad, del can y/o sus crías.

02-0718 Abandonar víctimas humanas o animales, de agresión sin prestarles el 1 servicio médico adecuado.

02-0719 La comercialización ambulatoria de canes considerados potencialmente 0.50 peligrosos.

02-0720 No recoger los excrementos que el animal deposite fuera del área de 0.05 higiene animal.

02-0721 Trasladar a los animales por la vía pública sin correa o medidas 0.05

necesarias que permitan su control.

02-0722 Permitir que los animales miccionen en zonas destinadas al paso 0.05

peatonal.

2.8 AGUAS

02-0801 Captar, transportar o distribuir, agua no potabilizada o contaminada 2 destinada para el consumo humano.

02-0802 Abastecer de aguas a los camiones cisternas sin las características 2

físicas, químicas y bacteriológicas, establecidas en las Normas

02-0803 Distribuir el agua a la población con una concentración de cloro residual 2 libre por debajo de lo establecido en la norma sanitaria vigente.

02-0804 Operar el camión cisterna sin la autorización y registro de la autoridad 2 sanitaria municipal.

02-0805 No realizar los análisis bacteriológicos y la medición de cloro residual en 2 la cisterna, dentro del plazo previsto.

02-0806 No permitir o entorpecer las acciones de fi scalización a la autoridad 2 municipal en la cisterna del camión.

02-0807 La pérdida de las condiciones de potabilidad del agua en la cisterna. 2

02-0808 No realizar la desinfección de las cisternas cada seis meses. 2

02-0809 Distribuidoras que se abastezcan de surtidores que no hayan sido 2

autorizados por SEDAPAL.

02-0810 No renovar el plazo previsto ante la Autoridad de Salud, la autorización 1 sanitaria para operar como camión cisterna.

02-0811 No presentar los libros de registros correspondientes del distribuidor, 1 cuando la autoridad municipal lo solicite.

02-0812 No abastecer de agua potable a la zona designada por la autoridad municipal, con la 1 frecuencia y cantidad necesaria para la población, sin mediar causa justifi cada.

02-0813 Laborar en la distribución de agua potable sin estar debidamente 1

uniformado y no portar el carné de salud.

02-0814 Modifi car Operar el distribuidor sin contar con los libros de registros 1 especifi cados en el Reglamento.

No formalizar su inscripción como distribuidor en el Registro Municipal

02-0815 respectivo, como empresa, comité u otra forma de organización 1

societaria dentro del plazo previsto.

Realizar trabajos de limpieza y desinfección en las cisternas, por

02-0816 empresas de saneamiento ambiental, sin contar con la inspección 1

técnica de la Autoridad de Salud correspondiente.

No adoptar medidas preventivas o correctoras necesarias ordenadas en

02-0817 las inspecciones realizadas por la Autoridad Sanitaria Municipal en el 1 plazo establecido.

02-0818 Distribuir agua potable en zona no autorizada por la Municipalidad donde 0.05 se encuentre registrado.

02-0819 No tener actualizados los Registros Semestrales de la calidad de agua 0.05 de los camiones cisternas.

02-0820 No tener actualizado el Libro de Mantenimiento de las condiciones 0.05

sanitarias y del Registro de la calidad del agua de cada cisterna.

LÍNEA DE ACCIÓN 03 : MORAL Y ORDEN PÚBLICO 3.1 INFRACCIONES EN PERJUICIO DE MENORES DE EDAD

03-0101 Permitir el trabajo a menores de 18 años en salones de billar, cabarets, 1 Clausura

centros nocturnos, boites, discotecas, prostíbulos y/o similares.

No exhibir en un lugar visible la prohibición de ingreso de menores de

03-0102 edad a los salones de baile y discotecas exclusivas para mayores de 0.05 edad, peñas, boites, casinos, salones de bingo, salones de juegos,

prostíbulos, casas de cita y/o similares.

Permitir el ingreso de menores de edad a lugares exclusivos para mayores de edad como salones de baile, discotecas, peñas, boites, casinos, salones

03-0103 de bingo, salones de juegos, prostíbulos, casas de cita y/o similares, 1 Clausura

sin presentar el documento que acredite su condición de mayor de edad.

Comercializar o facilitar el consumo de productos prohibidos y/o

03-0104 perjudiciales para menores de edad (bebidas alcohólicas, 1 Clausura

sustancias tóxicas)

(8)

Código Infracción Tipo de infracción Medida Complementaria

03-0105 Expender revistas o videos pornográfi cos a menor de edad. 1 Clausura

03-0106 Permitir el ingreso de menores sin la compañía de sus padres o 1 Clausura

responsables a locales de hospedaje y/o similares.

No colocar los carteles en lugares visibles que indiquen la prohibición de

03-0107 los menores de edad de ingresar a páginas web de contenido 0.05

pornográfi co, pornografía infantil, violencia extrema y/o similares .

03-0108 No contar con la zonifi cación respectiva para este giro. 0.05

No instalar en los equipos que utilicen los menores los fi ltros que impidan

03-0109 su acceso a páginas web de contenido pornográfi co, violencia extrema 0.25 y/o similares.

03-0110 Permitir el ingreso al establecimiento de cabinas de internet aquellos menores que 0.05

inactiven los fi ltros informáticos de acceso. Clausura

03-0111 Permitir el ingreso de menores de edad a las cabinas privadas. 0.50 Clausura

Permitir el ingreso y permanencia en cabinas de internet a menores de

03-0112 edad después de las 23 horas a excepción de aquellos menores que se 0.05 encuentren autorizados por sus padres o en compañía de ellos o un

tutor.

03-0113 No solicitar la autorización expresa de los padres y/o tutores del menor 0.05 usuario del servicio señalando su domicilio y/o teléfono.

03-0114 Permitir el acceso de páginas web de contenido pornográfi co 0.50

pornografía infantil, violencia extrema y/o similares.

3.2 INFRACCIONES CONTRA EL PÚBLICO EN GENERAL

03-0201 Permitir que en el establecimiento se altere el orden público o se atente 1 Clausura

contra la moral y las buenas costumbres.

3-0202 Permitir el propietario y/o el conductor que en el establecimiento o local 2 Clausura

se ejerza la prostitución clandestinamente.

03-0203 Consumir bebidas alcohólicas en la vía pública y/o en el interior de 0.05 Internamiento de

vehículos alterando el orden público. vehículo

03-0204 Dar facilidades para el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública. 1 Clausura

03-0205 Permitir el consumo de sustancias tóxicas. 1 Clausura

Instalarse o funcionar las discotecas, salones de baile, cabaret, grill,

03-0206 peñas, boites y/o similares a 150m lineales de iglesias, hospitales, 1 Clausura

instituciones educativas y cuarteles.

03-0207 Formular denuncias sin cumplir con los requisitos exigidos en las normas 0.05 vigentes.

03-0208 Satisfacer necesidades fi siológicas en la vía pública. 0.05

LÍNEA DE ACCIÓN 04 : CINEMATOGRAFÍA Y DEMAS ESPECTÁCULOS PÚBLICOS 4.1 CINES, TEATROS, FILMOTECAS Y DEMAS SIMILARES

04-0101 Exhibir películas y/o presentar espectáculos con contenido pornográfi co 1 Clausura

en locales ubicados dentro del ámbito de Lima Monumental.

04-0102 No exhibir al público en lugar visible la capacidad del local, las tarifas y 0.05 horarios de función.

04-0103 Realizar espectáculos sin autorización municipal expedida por la 1 Clausura

Gerencia de Educación y Cultura.

04-0104 No tener disponibles los palcos o asientos Municipales. 0.05

04-0105 Permitir el ingreso de personas ebrias, animales, expendedores de 0.05 Clausura

alimentos y/o bebidas alcohólicas.

04-0106 Vender boletaje en un número mayor a la capacidad del local. 1 Clausura

LÍNEA DE ACCIÓN 05: SEGURIDAD 5.1 INMUEBLES EN GENERAL

05-0101 Encontrarse los establecimientos abiertos al público en mal estado de 1 Clausura

conservación constituyendo peligro para la seguridad de las personas.

05-0102 Abrir el establecimiento al público cuando éstos se encuentren en 0.50 Clausura

reparación o mantenimiento.

No cumplir con las condiciones técnicas y medidas de seguridad

05-0103 establecidas por la autoridad competente para el funcionamiento de 1 Clausura

locales abiertos al público.

05-0104 No cumplir con los requisitos exigidos en materia de seguridad para la 1 Paralización

realización de cualquier tipo de espectáculo público.

05-0105 Carecer de extintor en lugar visible, operativo y/o tener la carga vencida. 0.05 Clausura

No contar con el número y peso de extintores de incendio en lugares

05-0106 visibles, debidamente señalizados, operativos y/o tener la carga 0.50 Clausura

vencida.

05-0107 Carecer de señalización indicadora del ingreso y salida del local, zonas 0.05 Clausura

seguras y otras medidas de seguridad.

05-0108 Carecer de certifi cado expedido por Defensa civil. 0.50 Clausura

05-0109 No reunir las condiciones mínimas de habitabilidad para las viviendas, 1 Demolición

según lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Construcciones.

05-0110 No cumplir con las especifi caciones técnicas establecidas de acuerdo al

tipo de edifi cación, según los reglamentos y normas vigentes sobre la 1 Demolición

materia.

(9)

NORMAS LEGALES

Código Infracción Tipo de infracción Medida Complementaria

05-0111 Por no cumplir con lo dispuesto en el Código Nacional de Electricidad. 1 Clausura

05-0112 Permitir el acceso de un número de personas que sobrepase la capacidad del local 1 Clausura que fi gura en la respectiva Autorización Municipal de Funcionamiento.

05-0113 Tener obstruidas o clausuradas las salidas de emergencia. 1 Clausura

Modifi car la infraestructura o acondicionamiento del local sin la

05-0114 autorización respectiva respaldada por los informes técnicos de la 1 Clausura

autoridad competente.

05-0115 Utilizar indebidamente las áreas de circulación horizontal y vertical 1 Retiro

atentando contra el ornato y seguridad.

05-0116 Construir o instalar cuartos con material precario en las azoteas de los 0.50 Retiro

inmuebles poniendo en riesgo la seguridad de las personas.

05-0117 No contar con Plan de contingencia y plano de evacuación para locales 0.05 abiertos al público.

05-0118 Atentar contra las condiciones de seguridad estructurales, ocasionado 0.50 Ejecución de obra humedad, retirar muros o elementos portantes sin autorización.

LÍNEA DE ACCIÓN 06: ORNATO

6.1 ELEMENTOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR EN GENERAL

06-0101 Instalación de elementos de publicidad sin autorización. 0.50 Retiro

06-0102 Instalar carteles y afi ches sin contar con la respectiva autorización. 0.05 Retiro

06-0103 Instalación de elementos cualquiera sea su material, que ponga 1

en peligro la seguridad de las personas.

06-0104 Instalar banderolas en áreas de uso público o privados sin contar con la 0.05 Retiro

respectiva autorización.

06-0105 Distribuir o arrojar volantes en áreas de uso público. 0.05 Retiro

06-0106 Realizar pintas en áreas de dominio público. 0.50 Ejecución de obra

06-0107 Realizar pintas en áreas de dominio privado sin contar con la respectiva 0.05 Ejecución de obra autorización.

06-0108 No mantener los elementos de publicidad exterior en buen estado de 0.05 Ejecución de obra

presentación, funcionamiento, y seguridad.

6.2 PRESENTACIÓN DE INMUEBLES

06-0201 Falta de mantenimiento de balcones, puertas, ventanas, fachadas y/o 0.05 Ejecución de obra

superfi cies visibles de los inmuebles (pintado, lavado o refacciones).

06-0202 No observar los colores establecidos por la Municipalidad Metropolitana 0.05 Ejecución de obra de Lima, para el pintado de los inmuebles del Centro Histórico.

06-0203 Dañar y/o utilizar indebidamente el mobiliario urbano. 1

06-0204 Colocar en la parte exterior de los inmuebles elementos que atenten 0.05 Retiro

contra el ornato.

6.3 SÍMBOLOS PATRIOS

06-0301 No izar la bandera nacional o colocarla en forma indebida en las fechas 0.05 y oportunidades señaladas por la autoridad correspondiente.

06-0302 Encontrarse los símbolos patrios en mal estado, deteriorados o 0.05 Retiro

antihigiénicos 6.4 PROPAGANDA POLÍTICA

06-0401 Exhibir, pegar y/o fi jar propaganda política en predios de dominio privado, 0.05 Retiro y/o

sin contar con la respectiva autorización del propietario. ejecución de obra

Fijar o pegar carteles, banderolas, afi ches, posters, y/o similares de Retiro y/o

06-0402 propaganda política en áreas de dominio público, sin la autorización del 0.50 ejecución de obra órgano competente.

06-0403 Pegar propagando política en carteleras y paraderos del servicio público 0.05 Retiro y/o

contraviniendo lo establecido por la autoridad municipal. ejecución de obra

06-0404 Pegar propaganda política en bienes de uso público.

06-0405 Lanzar folletos o papeles sueltos de carácter político en las vías y los 0.05 Retiro y/o

espacios públicos de la ciudad. ejecución de obra

06-0406 instalar paneles y/o banderolas en espacio no califi cados por la 0.50 Retiro y/o

autoridad municipal en los bienes públicos de dominio privado. ejecución de obra

Instalar, exhibir o pegar los paneles, banderolas, carteles, posters, Retiro y/o

06-0407 afi ches y similares de propaganda política en forma y en un lugar 1 ejecución de obra

distinto a lo autorizado por la autoridad competente.

06-0408 Realizar propaganda política sonora generando ruidos nocivos o 1 Retiro y/o

molestos excediendo los límites permitidos. ejecución de obra

No retirar y/o borrar la propaganda política al término del comicio Retiro y/o

06-0409 electoral dentro de los plazos establecidos o no reponer el área utilizada 1 ejecución de obra a su estado original.

06-0410 Exhibir propaganda política en cerros y laderas. 1 Retiro y/o

ejecución de obra

Exhibir propaganda política en los inmuebles declarados monumentos o Retiro y/o

06-0411 de valor monumental con elementos que afecten su fachada o sin la 2 ejecución de obra

autorización del Instituto Nacional de Cultura.

06-0412 Exhibir propaganda política en las estructuras arqueológicas o 2 Retiro

monumentos históricos prehispánicos.

(10)

Código Infracción Tipo de infracción Medida Complementaria LÍNEA DE ACCIÓN 07: CONTAMINACIÓN AMBIENTAL - MEDIO AMBIENTE

7.1 LIMPIEZA

07-0101 Arrojar o depositar los residuos sólidos en la vía pública fuera del horario 0.05 establecido.

07-0102 Arrojar o depositar en la vía pública los vehículos menores residuos 0.50 Retención de

sólidos de cualquier origen. vehículos

Arrojar o depositar residuos sólidos o líquidos, materiales de Retención de

07-0103 construcción, desmonte, residuos de poda o tala en las playas, riberas, 1 vehículos

cauces de los ríos, lagunas y/o canales de regadío.

07-0104 No limpiar el techo, fachada y vereda fronteriza de la vivienda o local 0.05 comercial o industrial o servicios.

07-0105 Quemar los residuos sólidos en la vía pública. 1

Abandonar en la vía pública por más de tres días desmonte, escombros

07-0106 o materiales de construcción provenientes de obras realizadas en 1

inmuebles.

07-0107 Abandonar en la vía pública por más de un día los materiales o residuos 2 provenientes de la limpieza de redes públicas de desagüe

07-0108 Permitir que aguas servidas provenientes del sistema del alcantarillado 1 inunden la vía pública.

No efectuar los organizadores y/o responsables de eventos, ferias,

07-0109 manifestaciones u otro tipo de actividades similares, la limpieza de 0.25 espacios públicos y la recolección de residuos sólidos al día siguiente de

su culminación.

No efectuar el conductor y/o administrador de establecimientos

07-0110 comerciales la limpieza, el mantenimiento o la reparación de las 0.25

secciones comunes y de los colectores de residuos sólidos.

07-0111 Malograr o destruir las papeleras que se encuentran ubicadas en la vía 0.05 pública y/o el mobiliario utilizado para la limpieza pública.

Instalar antenas de comunicación sin contar con la respectiva

07-0112 autorización, así como el incumplimiento de requisitos previstos en las 1 Retiro

normas vigentes para su instalación y su debido funcionamiento.

7.2 TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS

Transportar residuos sólidos en vehículos no autorizados o que no Internamiento

07-0201 reúnan los requisitos técnicos establecidos, en horarios no autorizados 1 temporal de

y/o a lugares de disposición fi nal no autorizados. vehículo

Transportar residuos sólidos originados fuera de la provincia de Lima Internamiento

07-0202 hacia lugares ubicados en ésta o atravesando la ciudad para 1 temporal de

depositarlos en otra provincia sin autorización. vehículo

07-0203 Funcionar lugares de disposición fi nal no autorizados. 1 Clausura

07-0204 Operar los centros de operación fi nal de residuos sólidos 1 Clausura

contraviniendo las normas técnicas y sanitarias vigentes.

Segregar en la vía pública residuos sólidos en cualquiera de las fases Decomiso del

07-0205 del proceso de limpieza pública. 1 material

segregado Almacenar, tratar y realizar la disposición fi nal de residuos sólidos

07-0206 peligrosos o radiactivos sin autorización o sin cumplir las normas 2 Clausura

técnicas sanitarias vigentes.

07-0207 Emplear los residuos sólidos como alimento de cualquier tipo de animales 1 Clausura

sin asumir las medidas ambientales y sanitarias establecidas.

07-0208 Operar centros de acopio de residuos sólidos segregados sin 1 Clausura

autorización.

07-0209 Operar plantas de transferencia de Residuos Sólidos sin las respectivas Clausura

autorizaciones. 1

Abandonar el vehículo de transporte de residuos sólidos en la vía Conducción a

07-0210 pública o en lugares de disposición fi nal no autorizado, con signos 1 relleno sanitario

evidentes de no estar en condiciones operativas. internamiento de

vehículo 07-0211 No contar con autorización de operador de residuos sólidos de aseo urbano. 1

No contar con autorización de operador de transporte de residuos

07-0212 sólidos, escombros y construcción, industria, de limpieza, parques y 1 jardines, hospitalarios, peligrosos o biocontaminantes, restos de

alimentos.

Prestar servicios de centros de operación inicial sin autorización de

07-0213 funcionamiento de residuos sólidos en centros de acopio, almacén 1 Clausura

periférico y maestranza de limpieza.

07-0214 Prestar servicios de centros de operación inicial sin autorización de 1 operador de residuos sólidos.

Prestar servicios de centro de operación fi nal sin autorización de

07-0215 funcionamiento (planta de transferencia, planta de tratamiento, relleno 1 Clausura

sanitario).

07-0216 Prestar servicios de disposición fi nal de escombros sin autorización de 1 Clausura

funcionamiento.

07-0217 No operar de acuerdo a las normas técnicas y sanitarias vigentes los 1 Clausura

centros de operación fi nal.

(11)

NORMAS LEGALES

Código Infracción Tipo de infracción Medida Complementaria

07-0218 No segregar, los establecimientos, los residuos peligrosos de los no 1 peligrosos.

07-0219 No segregar, los centros comerciales, los residuos sólidos generados 1 en la fuente según la clasifi cación (orgánicos, inorgánicos, etc).

07-0220 Incumplir con el suministro de información a la autoridad competente. 0.05

07-0221 Incumplir obligaciones de carácter formal. 0.05

Ocultar o alterar maliciosamente la información consignada en los

07-0222 expedientes administrativos para la obtención de registros, 1

autorizaciones o licencias previstas en el reglamento de residuos sólidos.

07-0223 Abandonar, disponer o eliminar residuos sólidos en lugares no 1

permitidos

07-0224 Falta de pólizas de seguro de conformidad a lo establecido en el 1

reglamento de residuos sólidos.

07-0225 Importación o ingreso de residuos no peligrosos al territorio nacional, sin 1 cumplir con los permisos y autorizaciones exigidos por la norma.

Falta de rotulado en los recipientes o contenedores donde se almacena

07-0226 residuos peligrosos, así como la ausencia de señalización en las 1 Decomiso

instalaciones de manejo de residuos.

07-0227 Mezclar residuos incompatibles. 1

07-0228 Comercializar residuos sólidos no segregados. 1 Decomiso

07-0229 Utilizar el sistema postal o de equipaje de carga de transporte de 1

residuos no peligrosos.

Importación, ingreso o transporte de residuos peligrosos al territorio

07-0230 nacional, sin cumplir con los permisos y autorizaciones exigidos por la 2 norma.

07-0231 Incumplimiento de las acciones de limpieza y recuperación de suelos 2

contaminados.

07-0232 Comercializar residuos peligrosos sin la aplicación de sistemas de 2

seguridad en toda la ruta de la comercialización.

07-0233 Utilizar el sistema postal o de equipaje de carga para el transporte de 2 residuos peligrosos.

07-0234 Omisión de planes de contingencia y de seguridad. 2

La selección , distribución y comercialización de los residuos sólidos 07-0235 que se encuentran en la vía pública, por parte de personas que se

dediquen al reciclaje de los mismos. 1

No contar con la malla cobretora que evite la caída de residuos

07-0236 cualquiera sea su origen, durante el transporte de los mismos (camiones 0.50 barandas y/o similares)

7.3 RUIDOS MOLESTOS, GASES TÓXICOS Y HUMOS

Producir ruidos nocivos o molestos, sea cual fuere el origen y lugar (uso

07-0301 de bocinas, escapes libres, alto parlantes, megáfonos, equipo de sonido, 1 Retención

sirenas, silbatos, cohetes, petardos y otros) excediendo los límites permitidos.

Carecer de campana extractora y/o ducto, chimenea, en la elaboración o

07-0302 fabricación de alimentos y productos alimenticios o tenerlos inoperativos 1 (la altura mínima de la chimenea sobre el techo del edifi cio es de tres metros).

07-0303 Expeler gases contaminantes o humos que sobrepasen los límites 1 Clausura

permitidos, los emisores estacionarios.

07-0304 Utilizar gases y/o sustancias tóxicas y nocivos a la salud, como gases 1 Clausura

de ambientación al interior de los establecimientos abiertos al público.

07-0305 Utilizar plásticos, llantas y otros similares en calidad de combustible. 1 Clausura

Por carecer o no utilizar protectores auditivos, según fuere el caso a

07-0306 persona que labora, anuncia, anima, oferta y/o vende dentro de recintos 1 cerrados (locales comerciales, industriales y otros), cuando se vean

expuestos a ruidos que sobrepasen los 75 decibeles.

07-0307 Por la utilización de equipos de sonidos, radios u otros, en el interior de 1 los vehículos de transporte público que excedan los limites permitidos.

Por no contar con un sistema de acondicionamiento acústico o barreras

07-0308 aislantes, que atenúe o impida la salida del ruido, capaz de producir 1 Clausura

molestia o daño a las personas.

7.4 VEHÍCULOS

07-0401 Producir, los vehículos, ruidos molestos y/o nocivos por el uso de 1

bocinas, radios u otros.

07-0402 Usar la ciclovía con vehículos no autorizados. 0.05

07-0403 Abandonar en vías o espacios públicos por más de 15 días vehículos 0.25 Retención

con signos de no estar en condiciones de movilizarse.

07-0404 Incinerar residuos sólidos en el interior de los edifi cios, viviendas, o 1 establecimientos destinados al comercio, industria y otros similares.

7.5 OTRAS INFRACCIONES

07-0501 La tala de árboles y poda severa sin la autorización correspondiente 1 07-0502 Adherir elementos extraños a los árboles o áreas verdes ubicados en 0.05

las áreas verdes de uso público.

(12)

Código Infracción Tipo de infracción Medida Complementaria 07-0503 Por instalar sistemas de iluminación en árboles ubicados en áreas 0.05

públicas, sin autorización de la municipalidad.

07-0504 Producir aniegos en la vía pública por parte de vecinos, empresas de 0.05 servicios y contratistas privados.

Introducir especies que alteren signifi cativamente el paisaje original en

07-0505 las áreas de uso público que requieran de un cuidado especial, 1

implicando un riesgo para la conservación.

Por realizar actividades en las áreas verdes de uso público que

impliquen riesgos para su conservación o que afecten directamente la Reposición de

vegetación arbórea existente o que puedan inutilizar partes de un árbol o especies

07-0506 afectar su crecimiento (caza, pastoreo, quema o fogatas, recreación 1 vegetales

activa, estacionamiento de vehículos, aplicación de productos tóxicos o dañadas

nocivos y otros).

07-0507 Por no restituir en las áreas verdes de uso público de la jurisdicción 1 respectiva, los árboles o especies vegetales dañadas o eliminadas.

LÍNEA DE ACCIÓN 08: URBANISMO 8.1 HABILITACIÓN Y SUBDIVISIÓN DE TIERRAS

Habilitar terrenos sin contar con la Resolución de Aprobación o 1 (Multa Autorización de Ejecución de Obras o no contar con la Resolución de por cada

08-0101 Ratifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima. área menor o Paralización

igual a una hectárea) 08-0102 Permitir la ocupación de viviendas antes de la terminación de la obra de 1

habilitación (sin contar con autorización).

Por cada mes de atraso en el plazo señalado para la terminación de las

08-0103 obras de habilitación (aplicable sólo a los casos que se cuente con 0.50 Autorización de Venta Garantizada de lotes).

Ocupar áreas agrícolas, reservas ecológicas, áreas de intercambios 1 (Multa viales, áreas del Plan Vial Metropolitano, áreas de aportes y por cada

08-0104 equipamientos sectoriales. área menor o

igual a una hectárea ocupada)

Construir sin la Licencia Municipal respectiva. -Propietario:

5 % del valor de la Obra

Ejecutada. Paralización y/o

08-0105 Profesional: Demolición

5% del valor de la Obra Ejecutada Modifi car el proyecto aprobado y/o realizar cambios, alteraciones sin -Propietario:

contar con la respectiva autorización municipal. 5 % del valor

de la Obra

Ejecutada. Paralización y/o

08-0106 Profesional: Demolición

5% del valor de la Obra Ejecutada

Demoler sin Licencia Municipal. -Propietario:

5 % del valor de la Obra

Ejecutada. Paralización y/o

08-0107 Profesional: Demolición

5% del valor de la Obra Ejecutada No permitir el tránsito peatonal y vehicular, ni mantener los espacios

08-0108 públicos libres, exponer a los transeúntes a peligros derivados de las 1 Retiro

acciones propias de las obras.

08-0109 Falta de previsión en obras de construcción o demolición según lo 1

dispuesto por el Reglamento Nacional de Construcción.

08-0110 Subdividir inmuebles sin la respectiva autorización. 1 Demolición

08-0111 Ocupar o construir en áreas de retiro municipal sin la autorización 1 Retiro o

respectiva. Demolición

08-0112 Construir u ocupar áreas comunes sin autorización. 1 Retiro o

Demolición

08-0113 Abrir o instalar puertas o ventanas sin autorización. 1 Ejecución de obra

Demoler, alterar o modifi car los inmuebles del Centro Histórico sin Paralización de

08-0114 autorización. 1 Obra y/o

Ejecución de obra 08-0115 Malograr y destruir total y parcialmente algún monumento histórico o de 1

valor monumental.

(13)

NORMAS LEGALES

Código Infracción Tipo de infracción Medida Complementaria

08-0116 No habilitar o acondicionar los locales permitiendo el fácil acceso de las 0.05 personas con discapacidad a los mismos.

08-0117 No implementar áreas y ambientes con la señalización respectiva para el 0.05 desplazamiento idóneo de personas discapaces.

08-0118 Obstaculizar, limitar o difi cultar mediante acción u omisión el libre acceso 5% del valor Ejecución de obra

a cualquier edifi cación a personas con discapacidad. de la obra

08-0119 Incumplir con el requerimiento municipal para el cercado del terreno. 50% del

valor de la obra Ejecución de obra No exhibir en lugar visible de la obra la autorización de construcción. Propietario:

1% del valor

08-0120 de la obra.

Profesional:

1% del valor de la obra.

No presentar en la obra, el juego de planos aprobados, fi rmados y Propietario:

sellados debidamente. 1% del valor

08-0121 de la obra.

Profesional:

1% del valor de la obra.

Carecer de cuaderno de control de obras Propietario:

1% del valor

08-0122 de la obra.

Profesional:

1% del valor de la obra.

Deteriorar fachadas de edifi cios públicos o privados, calzadas, Propietario:

pavimentos por efectos de la construcción. 1% del valor

08-0123 de la obra.

Profesional:

1% del valor de la obra.

08-0124 No contar los establecimientos con paramento o cerramiento alguno. 0.05 Clausura

08-0125 No colocar la placa de numeración municipal asignada. 0.05 Ejecución

08-0126 Carecer de numeración catastral. 0.05

08-0127 Por levantar cercos en terrenos sin construir o en inmuebles sin cumplir 0.50 Demolición

con lo estipulados en el Reglamento Nacional de Construcción.

8.2 AUTORIZACIÓN DE EJECUCIÓN DE OBRAS EN ÁREAS DE USO PÚBLICO

Ejecución de trabajo sin la autorización municipal. 1 (multa

por cada Paralización de la

08-0201 tramo menor obra o demolición

o igual a 50 m.) 08-0202 No presentar en obra la copia de la autorización municipal respectiva. 0.05

No cumplir con las especifi caciones y/o proyecto aprobado. 1 (multa

por cada Paralización de la

08-0203 tramo menor obra

o igual a 50 m.) Señalizar defi cientemente la obra y/o rutas alternas o no cumplir con los 1 (multa dispositivos de seguridad previstos en la normativa vigente. por cada

08-0204 tramo menor

o igual a 50 m.) Exceder el plazo establecido para la ejecución de la obra. 1 (multa

por cada

08-0205 tramo menor

o igual a 50 m.)

Reparar defi cientemente las pistas, veredas y otros. 1 (multa

por cada

08-0206 tramo menor

o igual a 50 m.)

08-0207 Carecer de pruebas de compactación de terreno y resistencia de 0.05

material empleado.

08-0208 Instalar o no retirar cualquier elemento antirreglamentario en fachada y/o 1 Paralización o

áreas de uso público. Retiro

Reparar defi cientemente las pistas, veredas y otros. 1 (multa

por cada

08-0209 tramo menor Ejecución de obra

o igual a 50 m.) 08-0210 Incumplir con solicitar la conformidad de obra luego de 60 días hábiles de 1

ejecutada la misma.

No solicitar conformidad de obra luego de 30 días de ejecutada la misma 0.05 (multa

cuando se trate de obras públicas. por cada

08-0211 tramo menor Paralización

o igual a 50 m) 12978-1

Referencias

Documento similar

•cero que suplo con arreglo á lo que dice el autor en el Prólogo de su obra impresa: «Ya estaba estendida esta Noticia, año de 1750; y pareció forzo- so detener su impresión

En estos últimos años, he tenido el privilegio, durante varias prolongadas visitas al extranjero, de hacer investigaciones sobre el teatro, y muchas veces he tenido la ocasión

que hasta que llegue el tiempo en que su regia planta ; | pise el hispano suelo... que hasta que el

En junio de 1980, el Departamento de Literatura Española de la Universi- dad de Sevilla, tras consultar con diversos estudiosos del poeta, decidió propo- ner al Claustro de la

Sanz (Universidad Carlos III-IUNE): "El papel de las fuentes de datos en los ranking nacionales de universidades".. Reuniones científicas 75 Los días 12 y 13 de noviembre

La primacía que «el derecho de los hombres» tiene para el político moral, con- vierte en máxima suprema de su acción el principio según el cual «un pueblo, al convertirse en

grupos de interés ... La información sobre las actuaciones administrativas automatizadas y los algoritmos utilizados por las Ad- ministraciones públicas ... Fortalecer la calidad

La relevancia dada a la celebración y la cobertura de los medios de comunicación chinos durante muchos días antes pudiera entenderse como parte del discurso del poder habitual,