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UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO

ESCUELA DE POSGRADO

UNIDAD DE POSGRADO EN CIENCIAS ECONÓMICAS

Los principios del buen gobierno corporativo en la mejora de

la gestión administrativa de la Coopac NSR, año 2019

TESIS

PARA OPTAR EL GRADO ACADÉMICO DE

MAESTRA EN CIENCIAS ECONÓMICAS

MENCIÓN:

AUDITORÍA

Autora: Br. Llajaruna Ponce, Evellyn

Asesor: Dr. Bocanegra Osorio, Santiago Néstor

TRUJILLO – PERÚ

2022

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JURADO DICTAMINADOR

--- Dra. Violeta Claros Aguilar De Lárrea

PRESIDENTE

--- Dra. María Cecilia Zavaleta López

SECRETARIO

--- Dr. Santiago Néstor Bocanegra Osorio

ASESOR

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DEDICATORIA

Este trabajo de investigación se lo dedico a mis padres y hermanos porque ellos le han dado razón a mi vida, por sus consejos, su apoyo incondicional y su paciencia, todo lo que hoy soy es gracias a ellos.

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AGRADECIMIENTO

Quiero agradecer a Dios y a mi familia por permitirme realizar mis estudios de manera satisfactoria. Por su motivación constante para cumplir mis objetivos tanto personales como profesionales.

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ÍNDICE

DEDICATORIA ... iii

AGRADECIMIENTO ... iv

ÍNDICE ... v

RESUMEN ... ix

ABSTRACT ... x

I. INTRODUCCIÓN ... 1

1. Realidad Problemática ... 1

2. Antecedentes ... 2

2.1 Antecedentes Nacionales. ... 2

2.2 Antecedentes Internacionales. ... 5

3. Justificación ... 7

3.1 Justificación teórica... 7

3.2 Justificación práctica. ... 8

3.3 Justificación metodológica. ... 8

4. Problema ... 8

5. Objetivo ... 8

6. Marco Teórico ... 9

6.1 Cooperativas de Ahorro y Crédito. ... 9

a. Definición. ... 9

b. Estructura. ... 10

c. Las Coopac en el mercado financiero peruano. ... 11

d. Órganos de Gobierno en una Coopac. ... 12

6.2 Gestión Administrativa. ... 14

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a. Definición. ... 14

b. Objetivos. ... 15

c. Procesos de la gestión administrativa. ... 15

d. Gestión administrativa en una Coopac. ... 16

6.3 Buen Gobierno Corporativo. ... 17

a. Definición. ... 17

b. Objetivos. ... 18

c. Importancia. ... 18

d. El Gobierno Corporativo como generador de valor. ... 19

e. El Buen Gobierno Corporativo en las sociedades peruanas. ... 20

f. Gobierno Corporativo en las Coopac peruanas. ... 21

g. Principios del Buen Gobierno Corporativo en Perú. ... 22

Pilar I: Derechos de los accionistas. ... 23

Pilar II: Junta General de Accionistas. ... 26

Pilar III: El Directorio y la Alta Gerencia. ... 29

Pilar IV: Riesgo y Cumplimiento. ... 35

Pilar V: Transparencia de la información. ... 37

7. Marco Conceptual. ... 39

8. Hipótesis. ... 40

9. Operacionalización de variables. ... 41

II. MATERIALES Y MÉTODOS ... 43

1. Material ... 43

1.1 Población. ... 43

1.2 Muestra. ... 44

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2.1 Técnicas e Instrumentos para la recopilación de datos. ... 44

III. RESULTADOS ... 47

1. Descripción y análisis de la Institución ... 47

1.1 Reseña histórica. ... 47

1.2 Marco legal... 47

1.3 Datos financieros. ... 48

1.4 Planeamiento Estratégico. ... 50

1.5 Valores Corporativos. ... 50

1.6 Principios Cooperativos. ... 50

1.7 Organización. ... 52

1.8 Organigrama... 60

1.9 Agencias y puntos de atención. ... 62

1.10 Estrategia de la Cooperativa. ... 62

2. Resultados obtenidos ... 64

2.1 Análisis de la gestión administrativa de la Coopac NSR. ... 64

2.2 Análisis de los principios del BGC en la Coopac NSR. ... 65

2.3 Análisis de la implementación de los principios del BGC en las Coopac Cajamarca. ... 76

IV. DISCUSIÓN ... 79

V. CONCLUSIONES ... 82

VI. RECOMENDACIONES ... 83

VII. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ... 85

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LISTA DE TABLAS Y CUADROS

Tabla N° 01………...43

Tabla N° 02………...………....49

Tabla N° 03………...………....77

Tabla N° 04………...………....79

Cuadro N° 01………....78

LISTA DE FIGURAS Y GRÁFICOS

Figura N° 01……..……….………...11

Figura N° 02………...………...61

Gráfico N° 01……..………..49

Gráfico N° 02……..………..79

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RESUMEN

La presente investigación tuvo como intención evaluar “Los principios del Buen Gobierno Corporativo en la mejora de la gestión administrativa de la Coopac NSR, Año 2019”, utilizando un diseño de investigación no experimental transeccional y cuya población y muestra abarca la información del órgano supervisor del año 2018, asimismo se utilizó información financiera de la cooperativa desde los años 2014.

En relación a los resultados y conclusiones alcanzadas, la Cooperativa de Ahorro y Crédito NSR ha implementado 22 de los 31 principios del Buen Gobierno Corporativo, alcanzando un 71% de cumplimiento, quedando pendiente la implementación de 9 principios, para lo cual se recomendó un plan de acción para poner en práctica varios de dichos principios pendientes

PALABRAS CLAVE:

Tema : Gestión administrativa

Especialidad : Principios del Buen Gobierno Corporativo

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ABSTRACT

The purpose of this research was to evaluate "The principles of Good Corporate Governance in the improvement of the administrative management of the Coopac NSR, 2019", using a non-experimental transsectional research design and whose population and sample includes the information of the supervisory body of the year 2018, also used financial information of the cooperative since 2014.

In relation to the results and conclusions obtained, the Cooperativa de Ahorro y Crédito NSR has implemented 22 of the 31 principles of Good Corporate Governance, reaching a 71% compliance, pending implementation 8 principles, for which an action plan was recommended to put into practice these principles.

KEYWORDS:

Theme : Administrative management

Specialty : Principles of Good Corporate Governance

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I. INTRODUCCIÓN

1. Realidad Problemática

Las Cooperativas de Ahorro y Crédito en el Perú son instituciones sin fines de lucro que tuvieron su origen a mediados de los años cincuenta con el objetivo de satisfacer las necesidades de sus asociados y de la colectividad en general. Se rigen por valores como la ayuda mutua, la solidaridad, la democracia, la igualdad; sobre las cuales prestan los servicios a sus asociados. De esta manera, estas organizaciones ayuda mutua están al servicio de los intereses de los asociados, quienes son su razón de ser.

Su gestión debe estar basada en los principios cooperativos, los mismos que guían su desarrollo a lo largo de sus diferentes etapas, y además proveen los mecanismos de administración, educación, control y participación activa de sus asociados. Las cooperativas han tenido que avanzar al ritmo de los tiempos, incorporando nuevas y buenas experiencias.

Las Cooperativas de Ahorro y Crédito son las que han presentado una mejor respuesta ante los avances tecnológicos y la modernidad, ya que su deseo por ser más competitivos y eficientes han sido la base para ofrecer servicios y productos de calidad.

Sin embargo, durante las épocas de los años noventa, producto del difícil entorno en el que se desenvolvían las financieras y la economía en general, pero no solo nuestro país sufrió este problema, sino también Colombia, Bolivia, Ecuador. Estos países supieron superar esas dificultades y salir adelante adoptando modelos europeos donde el papel fundamental del cambio empezó por sus dirigentes. En el Perú, lo mejor que se hizo fue que la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) delegara a la Federación Nacional de Cooperativas del Perú la función de supervisar las actividades de las

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Cooperativas; pero es necesario implantar un modelo de gestión donde se muestre una mayor interacción entre los directivos, dirigentes, funcionarios, trabajadores y los socios.

El tema de Buen Gobierno Corporativo, debido a los problemas en las décadas pasadas ha cobrado mayor importancia e interés para todas las empresas a nivel nacional y las Cooperativas de Ahorro y Crédito no deben estar ajenas a este cambio.

En la actualidad, las buenas prácticas del Buen Gobierno Corporativo son necesarias para la integridad y credibilidad, elementos fundamentales para que una Cooperativa funcione en forma eficiente.

Villavicencio (2010) afirma que “las empresas que aplican un buen gobierno corporativo están menos expuestas a caer en corrupción, asimismo, brindan seguridad que sus recursos tengan un uso adecuado y eficiente, además de garantizar el bienestar de la sociedad en su conjunto”.

2. Antecedentes

Se indagó en las diferentes bibliotecas virtuales de distintas universidades tanto nacionales como internacionales con la finalidad que puedan servir como apoyo al presente trabajo de investigación.

2.1 Antecedentes Nacionales.

Costa (2015), para obtener el grado de Magister en Auditoría elaboró su tesis titulada: Propuesta de mejora del sistema del gobierno corporativo en una cooperativa de ahorro y crédito con base a los principios establecidos por el

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elaborar una propuesta de mejora de sistema de gobierno corporativo en una cooperativa de ahorro y crédito, considerando los principios establecidos por el comité de Basilea. Este trabajo de investigación fue desarrollado bajo el enfoque cualitativo de diseño no experimental. Se obtuvo como resultado que el gobierno corporativo continúa tomando cada vez mayor relevancia en las organizaciones alrededor del mundo, dado que permite fortalecer el sistema de toma de decisiones, la gestión integral de riesgos, el sistema de control interno, todo ello orientado al cumplimiento de los objetivos que persiguen alcanzar dichas organizaciones.

Rengifo (2017), en su tesis titulada El impacto económico de la aplicación de los principios del Buen Gobierno Corporativo en la Cooperativa de Ahorro y Crédito León XIII de la ciudad de Trujillo tuvo el objetivo de determinar la influencia de los principios del Buen Gobierno Corporativo en los resultados económicos de la cooperativa León XIII. Dicho trabajo de investigación fue desarrollado bajo un diseño no experimental cuya muestra abarca los resultados económicos de la Coopac León XIII comprendidos en los periodos agosto 2014 a febrero 2015, para ello utilizó la técnica de observación directa, encuestas, flujogramas y análisis documental. Finalmente, con los resultados obtenidos en el trabajo de investigación, se llega a la conclusión que en el periodo agosto 2014 a febrero 2015 se ha evidenciado una tendencia favorable en los indicadores financieros de la cooperativa, además se ha verificado que la aplicación de los 23 de los 31 principios del buen gobierno corporativo ha impactado favorablemente en los resultados económicos de la cooperativa.

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Nieto (2017), para obtener su grado de Magister en Derecho de la Empresa elaboró su tesis denominada Cumplimiento de los estándares de transparencia como práctica de buen gobierno corporativo en la Cooperativa de Ahorro y Crédito Quillacoop – Sede Quillabamba. El objetivo de este trabajo fue determinar si la cooperativa cumple con los estándares de transparencia como práctica de buen gobierno corporativo, para esto utilizó diferentes instrumentos de recolección de información. La autora llegó a la conclusión que la cooperativa no cumple con los estándares de transparencia como práctica de buen gobierno corporativo y asimismo las actividades de los órganos de gobierno no son difundidas de manera idónea.

Espinoza (2019), en su tesis titulada El gobierno corporativo y el sistema de gestión en las diferentes áreas de la cooperativa de ahorro y crédito Coopebank Perú Limitada, Ate 2019. El objetivo de este trabajo de investigación es determinar en qué medida se relaciona el gobierno corporativo en el sistema de las diferentes áreas de la cooperativa de ahorro y crédito Coopebank Perú Limitada, Ate 2019. El autor desarrolló su tesis bajo el enfoque cualitativo de tipo correlacional de corte transversal y de diseño no experimental. Se obtuvo como resultado que la cooperativa cuenta con un aceptable gobierno corporativo, pues hay una relación significativa entre la dirección corporativa y el sistema de gestión de la Coopac, lo que indicaría que mientras mejor sea el gobierno corporativo mejor será el sistema de gestión dentro de ella.

Montesinos (2019), para obtener su grado de Maestro en Administración de Negocios, desarrolló su tesis denominada Gobierno Corporativo y la

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principal fue encontrar la relación entre el gobierno corporativo y la rentabilidad de la Coopac NSR en el periodo 2019. El tipo de investigación que se utilizó fue descriptivo correlacional y los instrumentos empleados fueron las encuestas que se realizaron a los delegados que conforman la Asamblea general de delegados. Finalmente se obtuvo la conclusión que existe una relación directamente proporcional entre el gobierno corporativo y la rentabilidad en la Coopac NSR.

2.2 Antecedentes Internacionales.

Pérez (2015), para obtener su grado de Magister en Derecho Financiero, Bursátil y de Seguros, desarrolló su tesis denominada Aplicación de buen gobierno corporativo en las cooperativas de ahorro y crédito del sector económico popular y solidario. El objetivo principal de este trabajo de investigación fue explicar la aplicación de los principios del buen gobierno cooperativo es posible en las cooperativas de ahorro y crédito del segmento 3, que son organizaciones del sector financiero de la economía popular y solidaria.

Las conclusiones más importantes de este trabajo de investigación fueron: la economía popular y solidaria es un eje fundamental para el desarrollo de los sectores productivos del país y es necesario evaluar el gobierno cooperativo y fijar parámetros de corrección para el mejor desempeño de los administradores, de esta manera la cooperativa rendirá cuentas con transparencia y motivación para llegar a los objetivos propuestos.

Fierro y Yaranga (2015), elaboraron la tesis denominada Propuesta de un modelo de gestión administrativa y financiera para la matriz de la cooperativa de ahorro y crédito Cooprogreso Ltda. desde la óptica de la economía popular y solidaria. Este trabajo de investigación tuvo como objetivo principal es diseñar

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un modelo para una eficiente gestión administrativa y financiera en la matriz de la cooperativa de ahorro y crédito Cooprogreso Ltda. desde la óptica de la economía popular y solidaria. El tipo de investigación que se utilizó fue descriptivo y explicativo y se aplicó el método deductivo. Los autores llegaron a la conclusión que la cooperativa no cuenta con política y procedimientos definidos, para ello proponen implementar una unidad de Gestión de Economía Popular y Solidaria para que la cooperativa tenga un mejor desenvolvimiento, genere más confianza en el mercado y ser más competitiva.

Argüello (2015), elaboró su trabajo de investigación titulado Gobierno Corporativo, análisis de la viabilidad de la aplicación en la cooperativa de ahorro y crédito Cotocollao. El objetivo general de esta tesis es analizar la situación actual de la cooperativa frente a los principios de buen gobierno corporativo; para ello se utilizó indicadores que le permitieron medir el rendimiento de su estrategia. Asimismo, las conclusiones que se obtuvieron en este trabajo fueron: la cooperativa de ahorro y crédito tiene clara las actividades de los tres actores que intervienen en las buenas prácticas del gobierno corporativo, y el cambio del organismo de control ha ocasionado que se pierdan algunos avances en el ámbito de gobierno corporativo ya que en la actualidad los esfuerzos están concentrados en la estabilidad económica y financiera de las cooperativas y no en aplicar nuevas propuestas de administración.

Altamirano (2018), para obtener el grado de Doctor en Ciencias de la Administración desarrolló la tesis denominada El gobierno corporativo y el rendimiento empresarial, modelo para las cooperativas de ahorro y crédito en el

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aplicable a las cooperativas de ahorro y crédito del Ecuador, partiendo de la base de los modelos existentes para el sector tradicional. La metodología utilizada es de carácter esencialmente analítico conceptual. Como resultado final del estudio realizado se llegó a la conclusión que el gobierno corporativo ejerce efectos significativos tanto en el rendimiento como en la rentabilidad de las cooperativas.

García (2018), en su trabajo de investigación que lleva por título: El gobierno corporativo en las Pymes del sector textil de Carcelén industrial y la planificación estratégica. La finalidad del trabajo de investigación fue conocer la incidencia del gobierno corporativo en la planificación estratégica.

Asimismo, el estudio realizado se efectuó bajo el método cualitativo y se utilizó un muestreo por conveniencia. Seguidamente como resultado final del estudio realizado se obtuvo que, la eficacia de un gobierno corporativo interfiere notoriamente en las planificaciones de las pymes del movimiento textil de Carcelén.

3. Justificación

3.1 Justificación teórica.

El presente trabajo de investigación se desarrollará con la finalidad de evaluar la relación de los principios del buen gobierno corporativo con la gestión administrativa de la cooperativa. Se enfoca en conocer la percepción de los miembros de los órganos de gobierno sobre los principios del buen gobierno corporativo se realizará un análisis para saber cuántos principios son aplicados por la Coopac y cuántos estarían pendientes de implementación. Asimismo, se

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brindarán conclusiones y recomendaciones producto de los análisis antes mencionados.

3.2 Justificación práctica.

Se mostrará la importancia de los principios del buen gobierno corporativo dentro de la cooperativa. Se busca que el resultado de esta investigación pueda ayudar a mejorar la gestión administrativa y por ende el cumplimiento de los objetivos planteados por la institución, para ello se proporcionará una serie de alternativas que permitan cumplir lo antes mencionado.

3.3 Justificación metodológica.

Al realizar el presente trabajo de investigación se pretende que los directivos y delegados conozcan mejor los principios del buen gobierno corporativo, ya que ellos son los que toman las decisiones dentro de una cooperativa de ahorro y crédito. para ello se utilizarán diferentes métodos para recopilación de datos necesarios para realizar dicho análisis. Además, se busca contribuir a la implementación de los principios que se encuentran pendientes de implementación.

4. Problema

¿De qué manera la aplicación de los principios del Buen Gobierno Corporativo afecta en la mejora de la gestión administrativa de la Coopac NSR?

5. Objetivo General.

Determinar el efecto de la aplicación de los principios del Buen Gobierno Corporativo en la mejora de la gestión administrativa de la Coopac NSR.

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Específicos.

a. Explicar que los principios del buen gobierno corporativo son aplicables a la Coopac NSR.

b. Analizar las funciones y actividades de los Consejos de Administración, Vigilancia y órganos gerenciales de la Coopac NSR.

c. Analizar el grado de participación de los socios en todas las actividades realizadas por la Coopac NSR.

d. Medir el efecto de la aplicación de los principios del Buen Gobierno Corporativo en la mejora de la gestión administrativa de la Coopac NSR.

6. Marco Teórico

6.1 Cooperativas de Ahorro y Crédito.

a. Definición.

Las Cooperativas de Ahorro y Crédito (Coopac) son un modelo económico y social que permite realizar inclusión financiera a grupos de personas que no son atendidos por las alternativas financieras existentes.

Una Coopac es una asociación sin fines de lucro formada por un conjunto de personas que se asocian libremente, especializada en brindar servicios financieros y no financieros a sus socios para mejorar su calidad de vida, pero siempre manteniendo un espíritu de proyección social y local hacia la comunidad donde opera, teniendo a los principios y valores cooperativos como referente para todas sus actividades y servicios.

Las operaciones que realicen las Coopac deben ser acorde lo que establece la Ley General de Cooperativas, las disposiciones del ente supervisor, entre

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otras normas pertinentes, las cuales en su conjunto forman la base normativa para sus reglamentos internos.

El objetivo de una Coopac es que el socio crezca financiera y socialmente, para ello pone a su disposición productos y servicios.

b. Estructura.

• Nivel Asociativo.

✓ Asamblea General, Consejos (Administración y Vigilancia) y Comités (Educación y Electoral)

✓ Todos los miembros de este nivel son socios, y son los únicos considerados como directivos

✓ Los Consejos y Comités son elegidos en Asamblea General

• Nivel Operativo.

✓ Conformado por los principales funcionarios

✓ Los integrantes de este nivel no son socios

✓ No son elegidos en Asamblea General

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Figura N° 01: Estructura de una Coopac

Elaboración propia

c. Las Coopac en el mercado financiero peruano.

El sistema financiero en el Perú está constituido por el grupo de entidades bancarias, financieras y demás empresas e instituciones públicas o privadas, debidamente autorizadas y supervisadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, que realizan intermediación financiera, la cual se entiende como la actividad de captar fondos del público y colocarlos en forma de créditos e inversiones.

El sistema financiero en Perú está dividido en dos grupos:

• Bancario.

✓ Banco Central de Reserva del Perú

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✓ Banca Comercial

• No Bancario.

✓ Financieras

✓ Cajas Municipales de Ahorro y Crédito

✓ Entidades de Desarrollo a la pequeña y microempresa EDPYME

✓ Cooperativas de Ahorro y Crédito

Las Coopac tienen el compromiso de brindar servicios financieros a sus socios, lo cual implica buscar constantemente nuevos espacios de mercado donde proveer servicios formales a las personas que tienen limitado acceso a dichos servicios, ya sea por sus condiciones de trabajo o por su distancia geográfica a los grandes puntos de concentración de las instituciones financieras.

Es preciso recordar que una cooperativa subsistirá en la medida que sea capaz de brindar soluciones y servicios a sus asociados.

d. Órganos de Gobierno en una Coopac.

• Asamblea General.

La dirección de la COOPAC está a cargo de la Asamblea General. Es su autoridad suprema y representa al conjunto de sus miembros. Sus acuerdos obligan a todos los socios presentes y ausentes, siempre que hayan sido adoptados de acuerdo con la Ley General de Cooperativas, normas legales vigentes sobre la materia, el estatuto de la Cooperativa y el reglamento de asambleas.

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• Consejo de Administración.

Es el órgano responsable del funcionamiento administrativo de la COOPAC y de la elección del gerente general. Establece los principales objetivos y metas, aprueba y evalúa el cumplimiento del Plan Estratégico, presupuestos anuales, planes y otros instrumentos de gestión de la COOPAC. Sus integrantes no toman decisiones individuales, sino de manera colegiada.

• Consejo de Vigilancia.

Es el órgano de control de la Cooperativa y realizará acciones de fiscalización sin interferir ni suspender el ejercicio de las funciones ni actividades de las diferentes áreas fiscalizadas. Sus atribuciones dispuestas en la Ley General de Cooperativas no podrán ser ampliadas por el estatuto ni la Asamblea General.

• Gerente General.

Es el funcionario de más alto rango de la COOPAC, y tiene como función representar administrativa y judicialmente a la misma. Asimismo, aprueba operaciones y ejecuta los acuerdos de la Asamblea General y del Consejo de Administración.

• Contador.

Es el encargado de aplicar, manejar e interpretar la contabilidad de la cooperativa, con la finalidad de producir informes para la gerencia, directivos, socios y las autoridades respectivas.

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• Auditor Interno.

Es el responsable de evaluar el cumplimiento de las disposiciones legales que rigen a la Coopac, así como elaborar el seguimiento y cumplimiento de su plan anual de trabajo. Reportan funcionalmente al Consejo de Vigilancia.

• Jefe de la Unidad de Riesgos.

Es el funcionario encargado de informar al Consejo de Administración, y a las áreas correspondientes, acerca de los riesgos y la gestión de éstos, tomando en consideración las políticas y procedimientos de la cooperativa, así como la normatividad vigente.

• Funcionarios, gerentes de línea.

Son los colaboradores que trabajan directamente con el gerente general en la ejecución de las políticas y decisiones. Los cargos y las funciones son establecidas de acuerdo con el tamaño y la complejidad de las operaciones de la COOPAC.

6.2 Gestión Administrativa.

a. Definición.

Es el conjunto de tareas y actividades coordinadas que ayudan a utilizar de manera óptima los recursos que posee una empresa, con la finalidad de alcanzar los objetivos propuestos y obtener mejores resultados.

Para ello, se aplican diferentes procedimientos que permitan dar un uso más eficiente a los recursos humanos, financieros y materiales.

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Además, la gestión administrativa permite mediante la conducción racional de tareas, esfuerzos y recursos prevenir problemas futuros y sobre todo lograr resultados favorables para la empresa.

b. Objetivos.

• Maximizar los procesos implementados en la gestión administrativa para lograr un mejor desempeño.

• Mejorar el seguimiento y el control de los procedimientos internos de la organización asegurando una mejor evaluación de lo que se está haciendo.

• Que el trabajo sea realice de manera más sencilla y eficaz, facilitando el logro de los objetivos.

• Ofrecer mejores bienes y servicios al mercado, mediante la utilización de nuevas tecnologías que mejoren las tareas y los procesos.

c. Procesos de la gestión administrativa.

• Planeación. Planear es la piedra angular de este proceso. Consiste en proyectar metas, definir los objetivos y establecer los recursos necesarios y las actividades que se van a realizar en determinado periodo de tiempo.

• Organización. Para alcanzar el éxito se debe coordinar todos los recursos humanos, financieros y materiales que estén relacionados con el trabajo que se va a realizar. Esto implica el establecimiento de un conjunto de reglas y asignaciones de tareas que deben ser cumplidas rigurosamente.

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• Dirección. Consiste en ejecutar las estrategias planificadas orientando los esfuerzos hacia los objetivos, para ello se debe incentivar a los miembros implicados y mantener una comunicación fluida.

• Control. Es importante implantar estrategias para comprobar que lo planificado, organizado y ejecutado esté progresando de forma satisfactoria y efectiva hacia el alcance del objetivo.

d. Gestión administrativa en una Coopac.

Podemos decir que, en una cooperativa de ahorro y crédito, la gestión administrativa es desarrollada por los órganos de gobierno, cada uno de ellos cumple los procesos de dicha gestión tomando en consideración las funciones establecidas en su estatuto.

La Asamblea General es la autoridad suprema en una cooperativa y todas las acciones, acuerdos y decisiones que se tomen en las asambleas ordinarias y extraordinarias deben ser cumplidas sin objeción alguna.

El Consejo de Administración es el órgano encargado de cumplir las funciones administrativas y establece sus objetivos y estrategias tomando en consideración las decisiones tomadas por la Asamblea General.

El Consejo de Vigilancia se encarga de controlar las diferentes acciones que realice el Consejo de Administración, Comités de Educación y Electoral, así como las diferentes áreas operativas y administrativas de la cooperativa.

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Los órganos de gobierno juntos con sus asesores se complementan para desarrollar una gestión administrativa óptima que permita el logro de los objetivos de la cooperativa.

6.3 Buen Gobierno Corporativo.

En la actualidad, las empresas tienen como finalidad dar a conocer una imagen transparente y responsable que aumente la confianza de clientes, socios, inversionistas y entidades públicas. Una de las maneras de obtenerlo es por medio del buen gobierno corporativo.

a. Definición.

El buen gobierno corporativo es considerado como el conjunto de reglas, principios y procesos que fundamentan los procedimientos de los órganos de gobierno de una organización.

El gobierno corporativo engloba un conjunto de reglamentos y procedimientos que dirigen el funcionamiento de los órganos de gobierno de una sociedad. En otras palabras, establece las relaciones entre los socios, directivos, los accionistas y las demás partes interesadas, así mismo establece las reglas para la toma de decisiones sobre la entidad que contribuyan a la generación de valor.

El gobierno corporativo puede ser considerado como un mecanismo cuyo funcionamiento permite regular el cumplimiento de reglas en una organización.

Su objetivo es incrementar la calidad financiera de una empresa, el logro de metas y su crecimiento.

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Puede considerarse como un sistema que dirige y controla las organizaciones, tomando en consideración sus principios, valores y cuidando los intereses de todos aquellos que forman parte de su estructura: dueños, junta directiva, socios, proveedores, accionistas y consumidores.

De las definiciones antes mencionadas podemos decir que el gobierno corporativo es la relación armónica entre la empresa y sus stakeholders que permite generar valor mediante la toma de decisiones.

b. Objetivos.

Los principales objetivos de un Buen Gobierno Corporativo son: velar por el correcto funcionamiento de los órganos de gobierno y administración, generar confianza y transparencia con los socios e inversores, fomentar la aplicación de control interno, asegurar una segregación de funciones adecuada, e incrementar operaciones eficientes y eficaces cumpliendo con el marco normativo vigente.

c. Importancia.

El gobierno corporativo permite que las organizaciones trabajen con mayor responsabilidad.

Mayor transparencia en los procesos y procedimientos administrativos generando confianza en todos los integrantes de la organización, logrando de esta manera alcanzar los objetivos trazados.

A través de la gestión de un buen gobierno corporativo las organizaciones pueden orientarse en alcanzar los objetivos propuestos.

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Por otro lado, tienen la oportunidad de crecer por medio de su identidad corporativa y su compromiso con la sociedad a través de programas sociales.

d. El Gobierno Corporativo como generador de valor.

El buen gobierno corporativo presume el establecimiento de mecanismos que aportan valor a la organización de distintas maneras.

Por un lado, ayuda a la toma de decisiones, permitiendo a la organización reaccionar de manera más rápida y eficaz. Además, favorece la entrega de información entre directivos, inversores y accionistas, incrementando la facilidad para descubrir y resolver problemas.

También se debe considerar que la generación de valor no se basa únicamente en el factor económico. El buen gobierno de las organizaciones también influye al momento de mejorar la imagen que se ofrece a los organismos de control, lo cual contribuye a incrementar la reputación y confianza en la empresa.

Tener un compliance officer también permite a la organización actuar de acuerdo con las recomendaciones en los mercados internacionales, y a seguir las tendencias recientes en transparencia y responsabilidad social.

Estos factores hacen hincapié en algo muy importante para la organización:

generar una imagen transparente, responsable y atractiva para socios e inversores.

La implementación de un buen gobierno corporativo es la garantía para el crecimiento sostenible de la empresa, ya que ayuda a generar y mantener la

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confianza de los inversores, atrae el talento y fomenta la imagen de organización. Los adelantos en temas de gobierno corporativo hacen a las organizaciones más interesantes, más sostenibles económicamente y, por ende, más competitivas.

e. El Buen Gobierno Corporativo en las sociedades peruanas.

La noción de Buen Gobierno Corporativo nació a principios del año 2000 por los escándalos financieros de las empresas Enron, Worldcom, Parmalat, entre otras. Dichos escándalos dieron cabida al análisis de los principales órganos de gobierno en las empresas (gerencia, directores y accionistas). Es por ello, que el concepto de Buen Gobierno Corporativo establece las reglas de juego que deben ser establecidas entre los órganos de gobierno para una administración y gestión de las empresas.

El concepto del Buen Gobierno Corporativo ha tenido gran relevancia en los últimos años para el desarrollo de las empresas, debido a la importancia de la adecuada ejecución de los roles de los socios dentro de la dirección de una organización, los cuales generan una buena reputación y ganancias consistentes a lo largo del tiempo.

El Buen Gobierno Corporativo para las Sociedades Peruanas tiene como objetivo contribuir a la generación de una verdadera cultura de gobierno corporativo en el Perú, para optimizar la percepción de las empresas por parte de los inversionistas, incentive el desarrollo empresarial, y conlleve a la generación de valor.

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f. Gobierno Corporativo en las Coopac peruanas.

Las Cooperativas de Ahorro y Crédito ahora cuentan con normativas que hacen especial énfasis en la idoneidad moral de sus directivos, sanciones y responsabilidades por infracciones, por lo cual es muy importante conocer sus derechos y obligaciones.

Por tal motivo el primer desafío de las Coopac es contar con un buen gobierno cooperativo que podemos definirlo como el conjunto de procesos, políticas, normas y prácticas que determinan como una Coopac es conducida, gestionada y controlada. Estas políticas y principios deben ser llevados a cabo por sus distintos órganos de gobierno, cada uno desde sus respectivas funciones.

El buen gobierno cooperativo busca delimitar las funciones de los órganos de la cooperativa de forma que sus miembros se encuentren capacitados para asumirlas adecuadamente y sin interferir en la de otros, disminuyendo la posibilidad de problemas de gobernabilidad que puedan presentarse.

Para lograr un gobierno efectivo se necesita a directivos ampliamente capacitados para ejercer sus funciones, además dichos directivos, gerentes y principales funcionarios deben presentar características de idoneidad moral y técnica.

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g. Principios del Buen Gobierno Corporativo en Perú.

En el año 2002, se conformó un comité integrado por diferentes instituciones públicas y privadas con la finalidad de establecer principios de buen gobierno corporativo aplicables a las sociedades peruanas.

La Superintendencia de Mercados y Valores (2013) afirma que “el Código del Buen Gobierno Corporativo en el Perú ha sido el resultado del esfuerzo diferentes instituciones, presidida por la SMV, la SBS, Bolsa de Valores de Lima (BVL), Asociación de Bancos (ASBANC), entre otras” (p.1).

Gracias al gran esfuerzo realizado, durante el mes de julio de 2002 se emitieron los Principios de Buen Gobierno para las Sociedades Peruanas, tomando como base los Principios para el Gobierno de las Sociedades de la OCDE; considerando las características típicas de las organizaciones peruanas, su estructura accionaria y la normatividad en que se desarrollaban. Dichos principios comprendieron, temas relacionados con los derechos, deberes y trato equitativo de los socios, la función de los grupos de interés en el gobierno de las sociedades, la comunicación, transparencia, y las responsabilidades del Directorio, constituyéndose de este modo en un referente importante de buenas prácticas para las sociedades peruanas, sobre todo para aquellas que son cotizadas constantemente en el mercado de valores.

Asimismo, la SMV (2013) establece que “el Código del Buen Gobierno Corporativo se encuentra dividido en cinco pilares y cada uno de estos pilares presenta sus respectivos principios” (p.7).

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Pilar I: Derechos de los accionistas.

Principio 1: Paridad de trato.

Una cooperativa de ahorro y crédito debe reconocer un trato igualitario entre todos sus socios, también deben mantener las mismas condiciones y no tener privilegios con ninguno de ellos.

Este principio de buen gobierno corporativo va de la mano con el principio cooperativo “Control democrático de los miembros”, donde prevalece la igualdad de todos los socios, delegados y directivos.

Todos los socios tienen derecho a voto (1 socio, 1 voto), sin importar el importe de sus aportaciones, depósitos o créditos.

Principio 2: Participación de los accionistas.

Una cooperativa de ahorro y crédito no cuenta con accionistas, sino con socios. Cada persona que llega a la cooperativa y se hace socia es dueña de una pequeña parte de esta institución y es pieza fundamental para la toma de decisiones cuando se convierte en delegado y directivo, ya que tienen la responsabilidad de participar en la dirección y fiscalización de la cooperativa.

Cada socio debe conocer detalladamente el estatuto de la cooperativa.

Principio 3: No dilución en la participación en el capital social.

El concepto de dilución es interpretado como la disminución de valor de las acciones, y en el caso de una cooperativa de ahorro y crédito estaría referido a la pérdida de su capital conformado por las aportaciones de sus socios.

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Esta disminución ocurriría en caso de operaciones corporativas como ampliaciones de capital, escisiones, fusiones, entre otros.

Este principio indica que es necesario la opinión de un asesor independiente sobre estas operaciones corporativas y que debe ser aprobado por el Directorio y en caso de una cooperativa sería la Asamblea General.

Principio 4: Información y comunicación a los accionistas.

En una cooperativa de ahorro y crédito, los socios tienen el derecho de recibir información veraz y oportuna que les permita cuidar sus derechos y sus intereses, para ello deben tener acceso permanente a dicha información para expresar su opinión cuando sea necesario.

Cada socio tiene el derecho de solicitar la información que desee conocer; y la cooperativa también debe buscar mecanismos para brindar oportunamente los acontecimientos importantes que ocurra, ya sea por página web, reuniones informativas o incluso redes sociales.

La cooperativa debe comunicar y poner a disposición de los socios la información relacionada con la Asamblea General de Delegados y todos los acuerdos importantes que se tomen en reuniones de consejos y comités.

Los socios por su parte deben solicitar aclaraciones o información adicional en caso exista dudas sobre los acuerdos tomados en reuniones de asamblea o consejos.

En todo momento deben buscarse que los socios conozcan lo que ocurre dentro de su cooperativa.

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Principio 5: Participación en dividendos de la sociedad.

En el caso de una cooperativa de ahorro y crédito los remanentes obtenidos en un ejercicio económico son considerados los dividendos, y la forma de distribución se decide en la Asamblea General, donde el gerente general expone diferentes propuestas sobre la repartición de remanentes, eligiendo los delegados la propuesta más adecuada.

Principio 6: Cambio o toma de control.

No es un tema común el cambio de control o de absorción de una cooperativa, es por ello que no se cuenta con políticas relacionadas con este principio.

El concepto de fusiones es un concepto que ha sido adoptado en el sector cooperativo, para mejorar sus indicadore y brindar mejores beneficios a sus socios.

Principio 7: Arbitraje para solución de controversias.

Una cooperativa de ahorro y crédito como cualquier otra institución está expuesta a la existencia de controversias entre sus socios, delgados, directivos, funcionarios y trabajadores.

Una buena práctica sería contar con el apoyo de un tercero independiente para la solución imparcial de dichas controversias y de esta manera mantener un clima de armonía.

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Pilar II: Junta General de Accionistas.

Principio 8: Función y competencia.

La Asamblea General es el órgano soberano y supremo de la cooperativa de ahorro y crédito. El estatuto contempla de manera clara las funciones de la Asamblea General en el gobierno de la cooperativa.

Una de sus funciones exclusivas está relacionada con la aprobación de los estados financieros, elección de los directivos y la modificación e interpretación de su estatuto.

Principio 9: Reglamento de Junta General de Accionistas.

La Asamblea General cuenta con un reglamento que contiene todas sus atribuciones, sus obligaciones, así como las condiciones y procedimientos para ser elegidos como delegados y representar a los socios en la diferentes asambleas ordinarias o extraordinarias.

Principio 10: Mecanismos de convocatoria.

La cooperativa establece los mecanismos de convocatoria para la asistencia a la Asamblea General, buscando de esta manera la participación mayoritaria de los delegados.

El principal mecanismo que se aplica es la entrega personal a cada delegado de la convocatoria que contiene los puntos de la agenda a tratar durante la Asamblea, así como el lugar, día y hora de la celebración de dicha Asamblea.

Los delegados tendrán el tiempo suficiente para revisar la información enviada en la convocatoria y que será tratada en la Asamblea y así participar

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Complementariamente, la Cooperativa puede optar por dar a conocer la celebración de la Asamblea General por medios como página web o Facebook institucional.

Principio 11: Propuestas de puntos de agenda.

La Coopac puede celebrar durante un año, Asambleas Ordinarias y Extraordinarias.

La Asamblea General Ordinaria se celebra únicamente una vez al año, y los puntos de la agenda están referidos a la aprobación de estados financieros y la elección de los directivos, esta asamblea debe celebrarse como máximo 90 días después de concluido el ejercicio económico.

Las Asambleas Extraordinarias pueden celebrarse más de una vez de acuerdo a la necesidad de la cooperativa. Las propuestas de puntos en la agenda principalmente están referidas a la modificación de su estatuto.

Principio 12: Procedimientos para el ejercicio del voto.

De acuerdo al estatuto de la Cooperativa, cada socio (delegado) tiene derecho a un voto sin importar el monto de sus aportes.

Para efectuar su voto, en primer lugar, el Gerente General tendrá que exponer cada punto de la agenda contenida en la convocatoria, posterior a la exposición y resolución de dudas y consultas, los delegados procederán a realizar su voto, que en el caso de la Asamblea General Ordinaria será para aprobación de estados financieros, porcentaje de repartición de remanentes (si fuera el caso) y elección de directivos para los diferentes consejos y comités.

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Los votos únicamente pueden efectuarse de manera presencial y no pueden delegarse a ningún otro delegado para que pueda votar en caso de inasistencia de un socio a la Asamblea.

La cooperativa define los procedimientos para el ejercicio del voto, de forma tal que resulten simples y sencillos para los socios. La cooperativa da a conocer a sus delegados la manera de realizar el voto durante las asambleas, garantizando que el socio emita su voto de manera responsable.

Principio 13: Delegación de voto.

La Cooperativa hasta el momento no ha contemplado dentro de su Estatuto la delegación de voto de los delegados durante las asambleas ordinarias o extraordinarias ni tampoco para los socios durante el ejercicio de sufragio para la elección de los delegados.

Este principio no es aplicado en las cooperativas de ahorro y crédito a menos que por acuerdo sea considera en su estatuto.

En caso el delegado no pueda asistir a la Asamblea no tendrá derecho a emitir su voto. Lo mismo sucede en caso de elecciones, si el socio no puede asistir a emitir su voto, nadie en su lugar podrá hacerlo y por ende quedará como omiso, pudiendo adquirir una multa por no cumplir con una de sus obligaciones.

La cooperativa podría buscar estrategias para que la totalidad de los socios y delegados puedan participar de las asambleas o elecciones ya sea de manera presencial o remota.

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Principio 14: Seguimiento de acuerdos de Junta General de Accionistas.

De acuerdo al estatuto de la cooperativa, el Consejo de Vigilancia es el encargado de hacer seguimiento a los acuerdos tomados por la Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria.

Pilar III: El Directorio y la Alta Gerencia.

Principio 15: Conformación del Directorio.

En el caso de una cooperativa de ahorro y crédito, el directorio está conformado por el Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia, encargados del funcionamiento administrativo y fiscalización de la Coopac.

El estatuto establece el número de integrantes de cada consejo, el Consejo de Administración debe contar con 7 miembros (5 titulares y 2 suplentes) y el Consejo de Vigilancia debe contar con 5 miembros (3 titulares y 2 suplentes).

La elección de estos miembros se realiza en la Asamblea General, siendo los delegados los encargados de proponer los candidatos para directivos de ambos consejos y por medio de votación de todos los delegados se elegirá a dichos directivos.

Los directivos elegidos deben ejercer sus funciones de acuerdo al reglamento del Consejo al que pertenecen.

Principio 16: Funciones del Directorio.

Las funciones del Consejo de Administración y Vigilancia están estipuladas en el estatuto de la cooperativa, así como en sus respectivos reglamentos.

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El Consejo de Administración debe preocuparse de velar por el correcto funcionamiento administrativo de la cooperativa; mientras que el Consejo de Vigilancia debe fiscalizar las labores de las áreas sin interferir en sus labores.

Principio 17: Deberes y derechos de los miembros del Directorio.

Los directivos deben desarrollar sus labores con buena fe, con ética, con la reserva que corresponde a sus funciones, priorizando el correcto funcionamiento de la cooperativa.

En su desempeño, el Consejo de Administración y Vigilancia, actúan con unidad de criterio y cada directivo ejerce sus funciones con independencia de criterio.

Los miembros de los Consejos de Administración y Vigilancia pueden contar con el apoyo de expertos, si así lo requieren, para participar en programas de inducción sobre sus funciones y responsabilidades.

En el caso de los directivos de la Cooperativa, si la Asamblea de Delegados lo aprueba pueden recibir una retribución (dieta) por las reuniones ordinarias en las que participen.

Principio 18: Reglamento de Directorio.

La cooperativa debe contar con un Reglamento de Consejo de Administración y un Reglamento del Consejo de Vigilancia, que contenga las funciones y responsabilidades de cada consejo, así mismo, las políticas para su funcionamiento y su estructura organizativa. En caso incumplan con alguna de sus funciones, estarán expuestos a sanciones por parte de la

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Además de los reglamentos, los directivos deben contar con idoneidad moral para ser parte de alguno de los consejos, siendo el órgano supervisor (SBS) el encargado de solicitar anualmente este documento a cada directivo.

El oficial de cumplimiento también debe velar porque cada directivo conozca el código de ética y conducta.

Principio 19: Directores independientes.

Este principio establece que el directorio tenga las facultades para nombrar directores, para ello proponen que por lo menos la tercera parte del directorio esté conformado por directores independientes. Estos directores deben contar con amplia trayectoria laboral, idoneidad moral, conocimientos en temas cooperativos, y lo más importante, estar desvinculado totalmente de la cooperativa y de cualquier miembro de la asamblea de delegados, consejos y comités.

El director independiente propuesto debe declarar su condición de independiente ante la asamblea de delegados y los directivos de los consejos.

Del mismo modo, es deber del directorio realizar las indagaciones necesarias sobre los antecedentes del director independiente.

Principio 20: Operatividad del Directorio.

En las cooperativas de ahorro y crédito, los Consejos y Comités cuentan con un plan de trabajo que es elaborado en el último mes del ejercicio anterior y debe ser aprobado por todos los integrantes de los consejos.

En el caso del Consejo de Vigilancia, además debe enviar su plan anual de trabajo al órgano supervisor (SBS) para su revisión y aprobación.

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La Cooperativa debe brindar a sus directivos los canales necesarios que les permita participar de las sesiones de consejo realizadas mensualmente, inclusive debería considerar una participación no presencial para socios que se encuentran en provincias o regiones distintas a la oficina principal.

Así mismo, se debe evaluar cada cierto tiempo, el desempeño de los directivos de cada consejo; y esta evaluación tendría que ser realizada por un asesor externo para garantizar imparcialidad de los resultados.

Principio 21: Comités especiales.

La cooperativa puede conformar comités especiales para el tratamiento de temas específicos y relevantes para el desempeño de la cooperativa.

Estos comités pueden ser:

• Comité de Auditoría

• Comité de Créditos

• Comité de Riesgos

Estos comités deben incluir entre sus miembros al presidente del Consejo de Administración o Vigilancia como a funcionarios que desempeñas funciones en el área de riesgos, créditos, finanzas y de acuerdo con este principio debería tener entre sus miembros a un director independiente.

Asimismo, deben contar con su reglamento respectivo aprobado por el Consejo de Administración.

Principio 22: Código de Ética y conflictos de interés.

La cooperativa cuenta con un Código de Ética y Conducta que es exigible a sus directivos, gerentes, funcionarios y demás trabajadores de la

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manejo de posibles casos de conflictos de interés. La cooperativa debe incluir medidas para prevenir, descubrir, manejar y dar a conocer conflictos de interés que puedan presentarse.

El oficial de cumplimiento dentro de una cooperativa es el encargado de la elaboración y modificación del código de ética, el cuál debe ser aprobado por el Consejo de Administración para luego ser entregado a cada directivo, funcionario y demás trabajadores de la cooperativa.

De acuerdo con este principio, los miembros del Directorio y la Alta Gerencia se encuentran prohibidos de recibir préstamos de la empresa o de cualquier grupo económico vinculada a ella, siempre que no se trate de una entidad financiera. En el caso de una cooperativa de ahorro y crédito, sí se permiten los préstamos a los directivos, gerentes, funcionarios, jefaturas y trabajadores, siempre y cuando se cumplan con lo establecido en el Manual de Créditos y no otorgue ningún tipo de preferencia.

El responsable del seguimiento del cumplimiento del código de ética en la cooperativa es el oficial de cumplimiento, quién debe informar al Consejo de Administración sobre las personas que incumplieron las disposiciones establecidas en dicho código.

La cooperativa debe contar con diferentes mecanismos que le permitan realizar denuncias confidenciales sobre cualquier conducta opuesta a la ética, y para ello debe garantizar la confidencialidad del denunciante. En caso las denuncias estén relacionadas con temas contables o cuando gerencia general esté involucrada, debe ir directamente al Comité de Auditoría.

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Principio 23: Operaciones con partes vinculadas.

Este principio está relacionado con el establecimiento de políticas y procedimientos para la aprobación de operaciones entre la empresa y partes vinculadas, debiendo incluir operaciones intragrupo, y de la misma manera conocer las relaciones directas o indirectas que tengan los directores con los clientes, proveedores y demás grupos de interés.

Si existieran operaciones muy complejas o de importancia especial, se podría contar con el apoyo de un asesor externo.

Principio 24: Funciones de la Alta Gerencia.

La alta gerencia debe realizar sus funciones sin que interfiera el Consejo de Administración; pero siempre debe rendir cuenta a este consejo de todas las actividades y operaciones que realice. La designación o remoción del gerente general estará siempre a cargo del Consejo de Administración, por lo que, la alta gerencia siempre estará en constante evaluación.

El gerente general debe contar con la independencia suficiente para desarrollar sus funciones adecuadamente dentro del marco de las políticas establecidas en el estatuto de la cooperativa. Asimismo, el gerente debe mantener idoneidad técnica y moral.

Este principio nos indica que el gerente general es el responsable del sistema de gestión de riesgos, en caso la sociedad no cuente con un gerente de riesgos, y por ende deberá comunicar a los directivos todos los acontecimientos relacionados con la gestión de riesgos, para que ellos puedan tomar decisiones pertinentes sobre los principales hechos que ocurran.

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Los directivos evalúan de manera periódica, el desempeño del gerente general de acuerdo a las funciones que le corresponden y respetando los estándares definidos para dicha evaluación.

El Consejo de Administración es el encargo de aprobar la remuneración del gerente general, así mismo evalúa los incentivos dependiendo del cumplimiento de sus funciones y el logro de metas y objetivos de la cooperativa.

Pilar IV: Riesgo y Cumplimiento.

Principio 25: Entorno del sistema de gestión de riesgos.

El Consejo de Administración es el órgano encargado de aprobar las políticas de gestión integral de riesgos tomando en consideración el tamaño y complejidad de la cooperativa. Asimismo, define los roles, responsabilidades y atribuciones que correspondan; y tiene como objetivo promover una cultura de riesgos al interior de la cooperativa, que empieza desde los directivos y la Alta Gerencia hasta los propios trabajadores.

La Gerencia General debe supervisar periódicamente los riesgos a los que se encuentra expuesta la cooperativa e informar de manera inmediata al Consejo de Administración. El sistema de gestión integral de riesgos permite identificar, medir, controlar o asumir los riesgos en la cooperativa.

El Consejo de Administración de la cooperativa es responsable de la implementación de un sistema de control. Para esta implementación puede contar con el apoyo de un Comité de Auditoría.

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Principio 26: Auditoría interna.

En una cooperativa de ahorro y crédito, las labores de auditoría interna son realizadas por el Consejo de Vigilancia o por el auditor interno, dependiendo el nivel de activos de la cooperativa, de acuerdo con el artículo 4 de la Res. SBS 742-2001, Reglamento de Auditoría Interna para las Coopac

El auditor interno debe ser nombrado por el Consejo de Vigilancia y debe contar con los requisitos establecidos en la resolución mencionada en el párrafo anterior, además debe tener la autonomía e independencia suficiente para el desarrollo de sus funciones, que deben estar enfocadas a la evaluación de la eficacia y eficiencia del sistema de control interno de la cooperativa.

El auditor interno reporta directamente al Consejo de Vigilancia del resultado de sus acciones realizadas y del avance de su plan anual de trabajo.

En cooperativas pequeñas, las labores de auditoría interna son realizadas por algún integrante del Consejo de Vigilancia, quién debe tener nociones mínimas sobre las labores de auditoría.

Principio 27: Auditores externos.

Las cooperativas de ahorro y crédito tienen la obligación de contratar una sociedad auditora siempre y cuando tengan un nivel de activos superior a las 600 UIT (unidades impositivas tributarias).

Para esto el Consejo de Vigilancia, debe enviar convocatorias a las sociedades de auditoría externa para que éstas envíen sus respectivas

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responsabilidad es escoger a la terna de sociedades auditoras y enviarlas al Consejo de Administración para que ellos puedan contratar a la sociedad auditora externa que resulte ganadora.

Además, el Consejo de Vigilancia no debe olvidar comunicar a la SBS (Superintendencia de Banca y Seguros) sobre la sociedad de auditoría que envían su convocatoria para que ellos puedan verificar la habilitación para realizar labores de auditoría.

La sociedad de auditoría debe presentar dos informes durante el tiempo que dura su labor, el primero está relacionado con la evaluación del sistema de control interno y debe ser presentado como máximo el 20 de diciembre del año que está auditando y el otro informe es sobre la evaluación a los estados financieros que debe presentarse hasta el último día hábil del mes de febrero del año posterior al que se auditó.

El auditor interno debe estar pendiente del trabajo de la sociedad auditora par que cumpla su trabajo en el plazo acordado.

Pilar V: Transparencia de la información.

Principio 28: Política de información.

El Consejo de Administración debe establecer un documento societario relacionado con la política de información para los socios, delegados, directivos, y demás grupos de interés, así como el público en general. Este documento debe definir de manera ordenada e integral los criterios y lineamientos que se considerarán para el manejo, organización, análisis, clasificación y distribución de la información que genera la cooperativa.

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Se considera como política de información a toda aquella que puede influir en la toma de decisiones de los socios (Asamblea de Delegados, Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia), tales como los objetivos de la cooperativa, la elección de los delegados y directivos, la aprobación de los estados financieros, la distribución de remanentes, entre otros.

El Consejo de Administración debe velar porque la información que reciban los diferentes grupos de interés sea clara, suficiente y oportuna.

Cada sociedad debe contar con un área que atienda las solicitudes de información tanto para los socios como para el público en general, además debe realizar el seguimiento respectivo para que los grupos de interés reciban la información solicitada en el tiempo establecido.

Principio 29: Estados financieros y memoria anual.

La cooperativa debe elaborar sus estados financieros tomando en consideración las normas internacionales de información financiera (NIIF) y principalmente lo establecido en el manual de contabilidad para las cooperativas de ahorro y crédito y otras normas vigentes.

La Asamblea General de Delegados aprueban los estados financieros en la sesión ordinaria celebrada como máximo 30 días después de concluido el ejercicio económico. Para ello, el gerente general debe explicar de manera clara y concisa los resultados obtenidos y asimismo debe absolver las dudas que puedan presentarse durante la asamblea.

Referencias

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