• No se han encontrado resultados

Follow this and additional works at:

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "Follow this and additional works at:"

Copied!
71
0
0

Texto completo

(1)

Universidad de La Salle Universidad de La Salle

Ciencia Unisalle

Ciencia Unisalle

Maestría en Estudios y Gestión del Desarrollo –

MEGD Facultad de Ciencias Económicas y Sociales

2021

Los derechos de la naturaleza y la gobernanza ciudadana desde

Los derechos de la naturaleza y la gobernanza ciudadana desde

un enfoque biocéntrico: estudio de caso del río Atrato

un enfoque biocéntrico: estudio de caso del río Atrato

Juan Manuel Chacón Prada

Universidad de La Salle, Bogotá

Follow this and additional works at: https://ciencia.lasalle.edu.co/maest_gestion_desarrollo

Part of the Development Studies Commons Citación recomendada

Citación recomendada

Chacón Prada, J. M. (2021). Los derechos de la naturaleza y la gobernanza ciudadana desde un enfoque biocéntrico: estudio de caso del río Atrato. Retrieved from https://ciencia.lasalle.edu.co/

maest_gestion_desarrollo/194

This Tesis de maestría is brought to you for free and open access by the Facultad de Ciencias Económicas y Sociales at Ciencia Unisalle. It has been accepted for inclusion in Maestría en Estudios y Gestión del Desarrollo – MEGD by an authorized administrator of Ciencia Unisalle. For more information, please contact

(2)

Los derechos de la naturaleza y la gobernanza ciudadana desde un enfoque

biocéntrico: estudio de caso del río Atrato.

Estudiante:

Juan Manuel Chacon Prada

Asesor de trabajo de grado:

Andrea Franco Correa, PhD

Universidad de la Salle

Facultad de Ciencias Económicas y Sociales

Maestría en Estudios y Gestión del Desarrollo

Bogotá D.C.,

febrero 2021

(3)

2 Tabla de contenido Tabla de contenido ... 2 Agradecimientos ... 5 Resumen ... 6 Abstract ... 7 Introducción ... 8

Planteamiento del problema ... 10

Justificación ... 12

Objetivo general ... 14

Objetivos específicos ... 14

Antecedentes ... 15

Marco de Referencia ... 16

Marco Teórico - Conceptual ... 17

Los Derechos De La Naturaleza ... 18

El Buen Vivir ... 19

Gobernanza Ciudadana ... 20

Marco Legal ... 22

Metodología ... 25

Descripción de la Población Objeto de Estudio ... 25

Método Cualitativo ... 25

Revisión Documental ... 26

Entrevista Semiestructurada ... 27

(4)

3

Capítulo 1 – Revisión Documental ... 31

GOBERNANZA ... 32

Gobernanza Ambiental ... 32

Participación política ... 33

Confianza ... 34

Aprendizaje ... 35

Gobernanza del recurso hídrico o gobernanza del agua ... 36

Derechos de la Naturaleza ... 36

Biocentrismo ... 38

Derechos de los ríos ... 40

El Buen Vivir ... 42

Buen vivir ... 42

Capítulo 2 – El acercamiento a la visión de los actores directos ... 45

Capítulo 3 – Estrategias de las Entidades Accionadas ... 53

Conclusiones y Recomendaciones Finales ... 62

Referencias Bibliográficas ... 65

(5)

4 Tabla de Gráficos

Ilustración 1 Pirámide de KELSEN ... 24 Ilustración 2 Nube de palabras – entrevista con comunidad ... 50 Ilustración 3 Nube de palabras – entrevista con Entidades del Estado ... 51

(6)

Agradecimientos

No es sencillo plasmar palabras de agradecimiento, sin embargo, considero necesario agradecer a mi familia, Elizabeth Prada, Maritza Prada y Toby Chacón por el apoyo brindado para lograr este maravilloso escrito, ya que sin ellos no hubiese sido posible enfocarme en la investigación de carácter ambiental y social, en especial a Nathaly Pabón quien fue

fundamental ya que me motivo a ingresar a la Maestría, me brindo apoyo a la hora de la construcción del documento y fundamentalmente es el motor de mi vida.

Se me hace necesario dedicar un espacio de agradecimiento a la profesora Andrea Franco Correa por el tiempo, la dedicación y el compromiso que tuvo con la investigación, ya que sin sus conocimientos y tutorías no hubiese sido posible este proyecto, mis mas sinceros agradecimientos mi tutora, docente y amiga.

Es necesario mencionar algunas personas que gracias a las oportunidades laborales que me brindaron pude costear la maestría, como es el caso de Edna Margarita Ángel quien creyó en mi trabajo y capacidades, adicionalmente Alexandra Lugo quien es una querida amiga que en momentos difíciles me tendió la mano y a todos les estoy inmensamente agradecido por su comprensión y palabras de aliento.

A cada una de las personas que han hecho parte de mi vida, qué estuvieron involucrados en la investigación y me colaboraron les agradezco su gran compromiso en el desarrollo de mi trabajo de maestría y espero poder aportar mediante la educación aportar al desarrollo de una sociedad más equitativa.

(7)

6 Resumen

La investigación tiene como objetivo fundamental, analizar el resultado del ejercicio de la aplicación de mecanismos de gobernanza ciudadana en la asignación de derechos a la naturaleza y la movilización del Estado: Caso del río Atrato.

La investigación se compone de tres capítulos, en el primero se realiza una revisión documental, en la cual se establecen las categorías objeto de estudio para la construcción de un instrumento que permitirá analizar información de los involucrados en la investigación. El capítulo 2 centra su interés en aplicar el instrumento (entrevista semiestructurada) a un representante el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, un representante del Centro de Estudios para la Justicia Social Tierra Digna (en representación de las principales asociaciones comunitarias de la región: la Asociación de Consejos Comunitarios del Bajo Atrato -ASOCOBA y el Consejo Comunitario del Alto Atrato -COCOMOPOCA) y un representante del Gobierno Nacional encargado del proceso de declaración de nuevo sujeto de derechos, caso del río Atrato.

Para el capítulo 3, se realizó un análisis de discurso, mediante el cual se interpretan las estrategias y programas, con el propósito de analizar los sentidos simbólicos implícitos en los temas relacionados a los nuevos sujetos de derechos, dicha información se solicitó mediante derechos de petición a los involucrados en la Sentencia T-622 de 2016.

El resultado de la investigación permite identificar nuevas dinámicas de gobernanza y participación social desde el gobierno nacional y la comunidad local. De esta forma es posible responder a un vacío en el conocimiento e identificar nuevas dinámicas enmarcadas en la investigación de carácter social, ambiental y legal.

Palabras Clave: Gobernanza ambiental, participación ciudadana y Derechos de la

(8)

Abstract

The main objective of the research is to analyze the application of citizen governance mechanisms when rights to nature are assigned and the mobilization of the State: Case of the Atrato River.

The research consists of three chapters, in the first a documentary review is carried out in which categories under study are established and are a tool to design an instrument for the collection of information from those involved in the research. Chapter 2 focuses in the instrument applied (a semi-structured interview) to> a representative of the Ministry of Environment and Sustainable Development, a representative of the Centro de Estudios para la Justicia Social Tierra Digna (on behalf of community association in the region as ASOCOBA and COCOMOPOCA) and a representative of the National Government in charge of the process of declaration of new subject of rights in the case of the Atrato river.

In chapter 3, a discourse analysis was carried out. The interpretation of the strategies and programs is presented, in order to study the symbolic meanings implicit in the issues related to the new subjects of rights, such information was requested through petition rights to those involved in judgment T-622 of 2016.

The result of the research allows the identification of new dynamics of governance and social participation from the national government and the local community. In this sense, it fills a gap in knowledge and identify new dynamics framed in social, environmental and legal research.

(9)

8 Introducción

El presente documento pretende dar un acercamiento a la visión biocéntrica en el marco de la declaración de nuevos sujetos de derechos frente a las decisiones de la Corte Constitucional y la gobernanza ambiental participativa, para el caso del río Atrato, así como la respuesta de los gobiernos nacionales y locales.

La declaración de nuevos sujetos ha brindado la oportunidad de fortalecer futuras investigaciones, poniendo en conocimiento de las autoridades locales y nacionales las problemáticas ambientales que se presentan en la actualidad, así como permite conservar los saberes tradicionales indígenas “Pachamama”, y su comprensión de la naturaleza como un ser digno de ser respetado e inmerso en su cosmogonía.

La naturaleza ha ido adquiriendo derechos gracias a las movilizaciones civiles que se han presentado por parte de la comunidad afectada. Según varios informes de la Defensoría del Pueblo, en las comunidades indígenas de Quiparadó y Juinduur, situadas en la subregión del bajo Atrato, en el Departamento del Chocó, región Pacífica colombiana, en el año 2013 se constató la muerte de 3 menores de edad y la intoxicación de 64 más por ingerir agua

contaminada, lo cual motiva aún más las acciones que se describen en este trabajo en pro la conservación de los ecosistemas y la preservación de la vida.

En el 2016 se emite la sentencia T-622, la cual contiene un conjunto de órdenes dirigidas a diferentes entidades del gobierno nacional y local, a través de la cual se les pide elaborar planes de acción, los cuales tienen como propósito garantizar la descontaminación del río, garantizar las actividades de subsistencia de la población aledaña, realizar estudios

toxicológicos, entre otros.

Para la elaboración de los documentos mencionados en el párrafo anterior, se hace necesario contar con la visión de la sociedad civil (accionantes de la acción de tutela), los

(10)

cuales han participado activamente en las mesas de trabajo y han orientado la toma de decisiones en beneficio de las comunidades, el río y la conservación de las tradiciones culturales, de este modo, a través de la investigación se pretende comprender cómo desde la participación social y las acciones legales por parte de las comunidades se han atribuido derechos a la naturaleza.

(11)

10 Planteamiento del problema

A partir de la revolución industrial, el sistema económico mundial, sufrió grandes transformaciones las cuales implicaban el cambio de sistema productivo. Dicho cambio se centraba en sustituir la forma tradicional de explotación de recursos a través de la agricultura de subsistencia y la producción artesanal de bienes, hacia la tecnificación e intensificación de actividades de sustracción y explotación de recursos naturales. Lo anterior, implica asumir que en el centro de la sociedad capitalista se encuentra el hombre (antropocéntrico) y la naturaleza se percibe como un objeto a su servicio. Dicha lógica se ha transformado, desde finales de la década de 1960s debido a las problemáticas socioambientales -recursos finitos y necesidades infinitas- y los nuevos enfoques del desarrollo sostenible (biocéntrico).

Para hacer frente a esta situación los países han implementado y adoptado convenios internacionales, los cuales giran en torno al cambio climático, la biodiversidad y el desarrollo sostenible en pro de garantizar la vida, a continuación, mencionaremos algunos que

consideramos importantes para la investigación. En 1992 se conforma el convenio de Basilea en el cual se establecen cuales son residuos peligrosos para la salud, en ese mismo año surge la declaración de Río sobre el medio ambiente, con el objetivo de establecer una alianza mundial nueva y equitativa mediante la creación de nuevos niveles de cooperación entre los Estados. En 2004, el acuerdo de Estocolmo establece el manejo de sustancias tóxicas, en el 2005 entra en rigor el protocolo de Kioto, el cual comprometía a los países industrializados a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y, finalmente, en el 2015 se alcanza un acuerdo histórico para combatir el cambio climático y disminuir las emisiones de carbono.

El caso colombiano no es ajeno a este tipo de dinámicas, en el 2016 la Corte Constitucional decidió sobre la existencia de una grave vulneración de los derechos fundamentales de las comunidades étnicas que habitan la cuenca del río Atrato, en el

(12)

Departamento del Chocó, al reconocer al río Atrato como sujeto de derechos. Lo anterior, implica que el Estado debe asumir actividades explícitas y directas con el propósito de

garantizar el bienestar de la comunidad afectada y la conservación de las fuentes hídricas - el río Atrato. Este reconocimiento tiene la particularidad de haber sido de iniciativa de la nueva ciudadanía, es por ello, que se pretende identificar la relación de la gobernanza civil y la participación ciudadana en el diseño e implementación de acciones de política pública encaminadas a la conservación de la naturaleza, así como, describir las actividades que ha desarrollado el gobierno nacional y local para garantizar los derechos y la preservación de los recursos naturales.

(13)

12 Justificación

A partir del 2016, la visión tradicionalmente antropocéntrica, se encuentra en revisión como resultado de las recientes sentencias que han decretado las cortes, juzgados y asambleas de países como Nueva Zelanda, Ecuador, Colombia, entre otros, sobre nuevos sujetos de derechos. Este cambio de visión ha permitido a los Estados transitar de la visión tradicional hacia una visión biocéntrica. Para el caso colombiano, la sociedad civil ha cumplido un papel primordial, ya que a raíz de las acciones de tutela presentadas por las comunidades se motivó la primera adopción de acciones legales, siendo la principal la declaración de objetos ambientales como ríos, selvas o páramos como sujetos de derechos, con el fin de dirigir el accionar de los gobernantes hacia políticas públicas que fomenten la recuperación y el cuidado del medio ambiente.

Este cambio de paradigma ha fomentado que los esquemas de gobernanza para el medio ambiente transiten hacia un concepto más integral, el cual, implícitamente relacione los temas sociales, culturales y ambientales. Dicho cambio ha estado motivado por las críticas desde la ciudadanía al Estado, la disyuntiva entre la organización territorial y las características y dimensiones de los problemas ecológicos, el uso acelerado e indiscriminado de recursos naturales con un enfoque en el crecimiento económico, y el constante aislamiento de las políticas, planes y programas diseñados por las entidades públicas de los esquemas de gobernanza liderados por la ciudadanía (Paterson, Doran y Barry, 2007).

La investigación pretende responder a vacíos de conocimiento, como lo es la participación ciudadana en la declaración de nuevos sujetos de derechos, volviéndose un insumo vital, el cual permite identificar dinámicas sociales, con un enfoque ambiental, un enfoque novedoso y en el cual, Colombia es uno de los países pioneros en la declaración de derechos para la naturaleza. De esta forma, es posible suministrar insumos para fortalecer los

(14)

temas de gobernanza ambiental y ciudadana, así como aportar a las estrategias que se realizan desde el gobierno nacional y local.

Adicionalmente, se pretende analizar el desarrollo y el grado de avance de las estrategias que el gobierno y las instituciones nacionales adelantan según el pronunciamiento de la Corte Constitucional, en sala de revisión, que se dio mediante la sentencia T-622 del 2016, en la cual se reconoce al río Atrato como sujeto de derechos y se ordenan acciones con el propósito de asegurar la protección, recuperación y debida conservación del río. Para ello, el gobierno nacional en el año 2019 realiza un conjunto de mesas de trabajo con el propósito de identificar la realidad en el territorio, las ventajas comparativas, las ventajas competitivas, las ideas para ejecutar producción sostenible y el impacto de la contaminación en el ambiente. En relación con lo anterior, se hace necesario estudiar los nuevos procesos que involucran componentes de gobernanza ambiental y gobernanza ciudadana, con el propósito de analizar e identificar las nuevas estructuras que se están conformando. las cuales involucran la participación de la sociedad en las decisiones del gobierno para promover el ordenamiento del territorio, así como los modelos de desarrollo y producción sostenible.

(15)

14 Objetivo general

Comprender la gobernanza participativa por parte de la ciudadanía frente a las decisiones de la Corte Constitucional en la declaración de nuevos sujetos de derechos, caso del río Atrato.

Objetivos específicos

Indagar las categorías de gobernanza ciudadana y gobernanza ambiental en el marco de los nuevos sujetos de derechos.

Determinar los vínculos entre la sociedad civil - los modelos de gobernanza ciudadana - y los derechos de la naturaleza – los nuevos sujetos de derechos – caso del río Atrato.

Estudiar las estrategias que adelanta el gobierno nacional y local, en pro garantizar los derechos a la naturaleza, mediante la creación de políticas públicas para el caso del río Atrato.

(16)

Antecedentes

Para la investigación de la gobernanza ciudadana y los nuevos sujetos de derechos, se requiere realizar una revisión de las investigaciones, tesis y artículos relacionados con el tema a estudiar y conocer las experiencias nacionales e internacionales. Cosens, McKinney, Paisley, et al. (2018) centran su interés en la cuenca del río Columbia en los E.E.U.U y Canadá. En este caso en particular, se establece una relación entre el crecimiento económico que se generó gracias a las actividades que se desarrollaban dentro y alrededor del río, sin embargo, esto tuvo graves repercusiones en los ecosistemas. La afirmación de los derechos legales por parte de las comunidades indígenas aporta una visión alternativa del mundo propia de Sudamérica que replantea el desarrollo, ofreciendo alternativas para preservar la relación entre la humanidad y la naturaleza, conservando las tradiciones de los pueblos tradicionales, sin desconocer las problemáticas sociales y conservando las conductas sociales y culturales de las comunidades en pro de conservar la naturaleza y garantizar los derechos de la misma. De esta forma se obtienen beneficios y se conservan los ecosistemas, así, se concibe el desarrollo, no como un proceso de acumulación de riqueza o superación de la pobreza, sino como un puente que permite construir una sociedad sustentada en una vida armónica, es decir con una aproximación biocéntrica, entendiendo la naturaleza como sujeto de derechos, que coexiste de forma armoniosa con distintos seres vivos, en lugar de fomentar y legitimar la explotación, como única forma de desarrollo. Los autores identifican los mecanismos de gobernanza necesarios para lograr la reconciliación y describen cómo los mismos se aplicaron en el caso de la cuenca del río Columbia a través de un marco analítico centrado en el desarrollo de capacidades locales y la formación de redes en jurisdicciones, sectores y escalas de gobernanza.

(17)

16 emergente como el uso de la personalidad jurídica para proteger los sistemas de agua en la ley mediante la concesión de derechos legales a los ríos. Las autoras analizan los nuevos derechos legales para los ríos utilizando tres estudios de caso de Australia, Nueva Zelanda e India.

Charpleix (2018), menciona cómo a partir de decisiones políticas se reconoce a un río con personalidad jurídica y se analiza cómo puede evolucionar el pluralismo y fomentar la armonía entre las relaciones de la naturaleza y la humanidad. Este caso, a pesar de no ser un precedente jurídico, brinda un valioso aporte por parte de un referente internacional como lo es Nueva Zelanda. Otro caso que vale la pena mencionar es el de India, donde un alto tribunal declaró a los ríos Ganges y Yamuna como persona jurídica, mediante una normativa el 20 de marzo de 2017. Ruz Buenfil (2018), resaltó la labor del abogado M. C. Pant quien interpuso ante la Corte en el 2014 la demanda para que se reconocieran los derechos a los ríos. En ella alegaba que el río: “Es como nuestra madre, pero está siendo descuidado, aunque como el Yamuna, ambos son considerados por la mayor parte de la población hindú como dioses” (p. 62).

Para el caso colombiano, por parte de la Corte Constitucional se emite la Sentencia T-622 de 2016, la cual reconoce al río Atrato como sujeto de derechos a partir de una acción de tutela interpuesta por organizaciones de la sociedad civil de Chocó y STC4360-2018 de 2018 que igualmente reconoce la Amazonía como sujeto de derechos.

La revisión documental nos lleva afirmar que existe limitada literatura relacionada con los nuevos sujetos de derechos, la gobernanza ciudadana y las estrategias que implementa el Estado desde lo local y nacional para garantizarlos, se considera que por ser un tema reciente, es por ello que la investigación se vuelve fundamental, permitiendo llenar vacíos y brindar aportes de los temas a estudiar para el caso del río Atrato.

(18)

Marco Teórico - Conceptual

La investigación centra su interés en analizar el rol de la gobernanza ciudadana, en adjudicar derechos a la naturaleza desde un enfoque biocéntrico, el cual se encuentra estrechamente asociado a la ecología profunda y las nuevas transformaciones de los Estados, otorgándole fundamental importancia al desarrollo sostenible. Comprendiendo de esta manera el desarrollo sostenible como un concepto multidisciplinario que combina disciplinas ambientales y de desarrollo, a través del progreso económico y social con límites de crecimiento por la demanda de recursos naturales. Lo anterior, nos permite afirmar que la visión antropocéntrica se encuentra firmemente ligada a la definición de desarrollo sostenible por parte de las Naciones Unidas en el informe Nuestro Futuro Común, ya que se afirma:

Está en manos de la humanidad hacer que el desarrollo sea sostenible, es decir, asegurar que satisfaga las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las futuras generaciones para satisfacer las propias. El concepto de desarrollo sostenible implica límites, no límites absolutos, sino limitaciones que imponen a los recursos del medio ambiente el estado actual de la tecnología y de la organización social y la capacidad de la biósfera de absorber los efectos de las actividades humanas, pero tanto la tecnología como la organización social pueden ser ordenadas y mejoradas de manera que abran el camino a una nueva era de crecimiento económico (Comisión Mundial para el Medio Ambiente y el Desarrollo, 1988, p. 29).

Es por ello, que se deben analizar las acciones de índole legal que desde la ciudadanía se adoptan para garantizar los derechos a la naturaleza y. de este modo, el Estado Colombiano se ve obligado a garantizar los derechos al río Atrato. Para lo anterior, se enfatizará en los

(19)

18 análisis realizados por Esperanza Martínez, Alberto Acosta y Eduardo Gudynas, autores que han centrado su interés en analizar los derechos de la naturaleza desde la economía política.

Los Derechos De La Naturaleza

La naturaleza se ha concebido como un objeto, el cual desde la perspectiva del ser humano (enfoque antropocentrista) ha sido digno de ser explotado y maltratado. Según el contexto histórico se han desarrollado diversas acciones de explotación, por ejemplo, para mediados del siglo XX, debido a la intensificación de las nuevas tecnologías, se fortalece la idea de la naturaleza como un medio para generar bienestar a través de elevados niveles de consumo de materia prima. Particularmente importante, es este ejemplo para el caso de los países latinoamericanos, que cuentan con grandes extensiones de recursos naturales vírgenes a la merced de un sistema económico salvaje, el cual se ve permeado por los intereses de las grandes potencias y la necesidad de tener elevados niveles de crecimiento.

Por lo anterior, urge comprender que nos enfrentamos a necesidades infinitas y un mundo finito en recursos, por ello, se requiere cambiar la visión tradicional antropocéntrica. Esperanza Martínez Yánez es una de las grandes escritoras latinoamericanas entre tantas que se ha centrado en defender los derechos de la naturaleza considerando que estos demandan una ética para organizar la vida de los seres humanos en función de la vida de todos los seres que habitan el planeta y el mismo universo (Acosta, 2014).

Cuando nos referimos a los Derechos de la Naturaleza el objetivo central está puesto en ella. La naturaleza vale por sí misma, independientemente de la utilidad o de los usos que le dé el ser humano. Esto es lo que representa una visión biocéntrica - centrada en la vida. Estos derechos no defienden una naturaleza intocada. Eso sí defienden el mantenimiento de los sistemas de vida, los conjuntos de vida, incluyendo el humano. Su atención se fija en los ecosistemas, en las colectividades, no en los individuos. La alimentación de los seres

(20)

humanos, por ejemplo, debe darse garantizando que queden ecosistemas funcionando con sus especies nativas como base de la diversidad que es indispensable para el sostenimiento de la vida (Acosta, 2014).

Otro importante autor, el cual se requiere mencionar es Alberto Acosta Espinoza, economista y político ecuatoriano, que participó en la construcción de la nueva Constitución del Ecuador, adicionalmente, desarrolla diversas consideraciones sobre el “Buen vivir” y ha sido precursor del debate sobre los derechos de la naturaleza. Acosta establece una posición académica en la cual el mayor problema de la sociedad occidental es no considerar la naturaleza como un todo, sino que reconoce su utilidad inmediata para la ganancia y el consumismo sin límites, una visión que hace de todo, una mercancía: la madera, los bananos, los órganos humanos, el agua o los minerales del subsuelo, son recursos para ser explotados, comprados y vendidos. Visión similar a la que primaba en el tráfico de esclavos (Acosta, 2019).

Mediante las concepciones académicas de los autores mencionados anteriormente, se pretende establecer la relación entre las acciones que se ejecutan desde la gobernanza ciudadana para garantizar los derechos de la naturaleza en el caso del río Atrato y describir las acciones que se están realizando desde los gobiernos nacionales y locales.

El Buen Vivir

Las comunidades indígenas conviven en armonía con la naturaleza, concibiéndola como un ser vivo digno de respeto y cuidado, es decir, se podría afirmar que, de forma indirecta, estas comunidades atribuyen derechos a los recursos naturales. Esta visión ha generado interés e incluso ha hecho que se replanteen los nuevos discursos de gobernanza ambiental, la cual plantea un cambio del paradigma antropocéntrico en el cual todo gira en torno a la humanidad hacia uno biocéntrico, en el cual la naturaleza sea contemplada como un

(21)

20 sujeto de derechos.

El reciente interés por la corrientedel buen vivir, recopila los principios y saberes tradicionales de comunidades indígenas, permitiendo realizar un oportuno manejo del territorio ancestral, centrando su interés por llevar una vida con dignidad y en completa armonía con la flora y fauna. Ello se realiza mediante el respeto a la PACHAMAMA, ya que todo representa vida y todos los seres que habitamos del planeta hacemos parte de un sistema, el cual, mediante sus recursos nos protege, provee alimentación e incluso tiene la capacidad de absorber los desechos y establecer nuevos equilibrios a pesar de los constantes daños que la humanidad genera. En consecuencia, la importancia de preservar la naturaleza y la tierra de contaminación, uso de recursos naturales de manera indiscriminada y la protección contra la modificación genética de alimentos se encuentra en el centro de dicha decisión y se soportan precisamente en documentos de política pública como la política de seguridad alimentaria y nutricional o el sello anti-transgénicos (Acosta, 2009).

Ahora bien, para concebir e implementar el cambio de paradigma, se requiere entender que, al otorgar derechos a la naturaleza, se está fomentando la preservación de la misma y se garantizan los derechos bioculturales de las comunidades aledañas, las cuales viven de la naturaleza misma (para el caso del río Atrato la vida de las comunidades giran en torno al río) y de este modo se conservan las tradiciones culturales de los habitantes del territorio, se preservan los ecosistemas y se comienza a incluir la gestión de recursos naturales en armonía con la naturaleza. De acuerdo con Gudynas (AÑO; PP) se conserva una ética biocéntrica la cual representa la ruptura filosófica, ontológica y epistemológica del antropocentrismo..

Gobernanza Ciudadana

La concepción de ciudadanía se ha transformado de acuerdo con el contexto histórico-cultural en el cual se desarrolle, así mismo han surgido múltiples interpretaciones, una de las

(22)

más comunes la establece Liszt Vieira quien define el concepto de ciudadanía, como derecho a tener derechos. Esto implica que los ciudadanos deben contar con la potestad de tener derechos en distintas esferas: civil, política y social (Marshall, 1997).

Como complemento de lo anterior, los Estados debido a las dinámicas recientes, deben replantear el papel de la sociedad civil e involucrarla para fortalecer la toma de decisiones de acuerdo a las necesidades del territorio y la población, es por ello, que se deben ajustar los procesos de políticas públicas, por modelos colaborativos fortaleciendo el sector ambiental e involucrando actores sociales, no solo como espectadores, de allí surge recocer los ejercicios de gobernanza colectiva y ciudadana (Franco y Aguirre, 2021).

En este escenario, el gobierno deja de ser el único actor facultado para la toma de decisiones y se destacan sus atributos como coordinador de los actores interesados en la participación de los asuntos y gestión de políticas públicas (Ramos, 2015).

(23)

22 Marco Legal

A partir del año 2016 países como Ecuador, India, Nueva Zelanda y Colombia, han declarado sujetos de derechos páramos, ríos, selvas, entre otros, esto implica nuevos retos en temas relacionados con la gobernanza ambiental. Se requiere resaltar que en el Ecuador a partir del 2008, surge la primera Constitución pluriétnica, en la cual se retoma el concepto de Pachamama, sustentado en la importancia de preservar la naturaleza y tener un ambiente sano. Dicha Constitución tiene componentes implícitos del Buen Vivir y brinda derechos a la naturaleza.

Por otro lado tenemos en el 2017, el caso de Nueva Zelanda donde se reconoce al Río Whanganui como sujeto de derechos. Este es el resultado de un proceso de disputa sobre los principios legales y la propiedad territorial, liderada por la tribu Maorí. Adicionalmente la India también en 2017, a través de la Corte del Estado de Uttarakhand, decidió dotar a la cuenca de los ríos Ganges y Yamuna derechos legales. En este caso, son declarados como personas vivientes jurídicas/legales, teniendo el mismo status de una persona legal con sus correspondientes derechos y deberes. Finalmente, en Colombia se han presentado diversos casos de declaratoria de naturaleza como sujeto de derechos (río Atrato, río Cauca, río Magdalena y río Quindío, la selva del Amazonas, el páramo Pisba, la Cuenca de Combeima, el Valle de Cocora, entre otros. El primero de estos casos es precisamente el objeto de investigación de este trabajo, el cual además tiene la particularidad de haber sido motivado por una acción de tutela presentada por la sociedad civil (asociaciones y campesinos), la Sentencia T-622 de 2016.

Estas decisiones tomadas por la corte colombiana, apuntan a fortalecer el ejercicio legislativo, con un fuerte componente ambiental implícito, el cual promueve el cuidado de los recursos naturales y la protección de comunidades aledañas. Desde la misma Carta Magna se

(24)

señala que: “Es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación” (Constitución Política de Colombia,1991, Art. 8). No obstante, desde una perspectiva biocéntrica es evidente que persiste una contradicción en la misma. Escrita principalmente desde un enfoque antropocentrista no es comparable al ejercicio desarrollado en el caso del Ecuador, mencionado con anterioridad.

De acuerdo con las decisiones tomadas por la Corte Constitucional el Estado se ve en la obligación de garantizar los derechos a los recursos naturales declarados sujetos de derechos, para ello se crea la figura de los “Guardianes del río”, los cuales tienen la responsabilidad de representar al río, una perspectiva antropocéntrica de entrada. Sin embargo, la confusión surge precisamente cuando se reclama la garantía y el fomento de la armonía entre la naturaleza y la humanidad, conservando las tradiciones bioculturales, manifestado en el preámbulo de la Constitución del 1991. En su Artículo 2, la Carta menciona que el Estado debe garantizar el derecho a la vida y para ello se hace necesaria la participación de todos en las decisiones en la vida económica, política, administrativa y cultural de la nación. Adicionalmente en derechos colectivos y de ambiente en los artículos 79 y 80, el Estado debe garantizar la protección de los ecosistemas, para que las personas puedan gozar de un ambiente sano, en relación con el derecho a la vida, se hace necesaria la preservación del río y de la población, nuevamente en contradicción y poniendo la naturaleza al servicio del hombre

En la actualidad y a pesar de la proliferación de casos en Colombia no existe una ley o norma que aclare el alcance de los derechos dados a los nuevos sujetos desde una perspectiva biocéntrica. Existen sí normativas como la del sector ambiente con el Decreto Ley 2811 de 1974, o Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente. La norma brinda una estructura general de la normatividad relacionada con las disposiciones generales de la política ambiental, determina aspectos específicos de acceso al

(25)

24 uso y aprovechamiento de recursos naturales, las aguas en cualquiera de sus estados y los recursos biológicos del agua, por dar un ejemplo- A continuación, se relaciona la normatividad más representativa para la investigación haciendo uso de la clasificación de la pirámide de Kelsen (1935).

Ilustración 1 Pirámide de KELSEN

(26)

Metodología

Descripción de la Población Objeto de Estudio

La investigación pretende analizar las nuevas dinámicas sociales entre la naturaleza, la ciudadanía y el Estado, brindando especial atención a aquellas poblaciones que, mediante acciones legales, han promovido el cuidado del medio ambiente y de esta forma, se le han asignado derechos a la naturaleza. Este es el caso del río Atrato, ya que gracias acciones tomadas desde la ciudadanía (no desde el gobierno nacional o local), se han solicitado por parte de la Corte, a las entidades públicas realizar un conjunto de actividades en pro de descontaminar las fuentes hídricas, garantizar la seguridad alimentaria de la población aledaña y preservar los ecosistemas.

Método Cualitativo

Los investigadores recurrentemente se enfrentan a diferentes tipos de paradigmas, uno de los más frecuentes consiste en establecer el método con el cual se va a comprender el fenómeno a estudiar. En las ciencias sociales existen diferentes posturas epistemológicas, sin embargo, para obtener una mejor comprensión y explicación de los fenómenos de interés la investigación será de corte hermenéutico investigativo, ya que permite interpretar las voces de los actores, a través del método cualitativo.

Es cierto que existen diferencias de carácter epistemológico, ontológico e incluso en la concepción del sujeto en los métodos investigativos. Páramo (2011), afirma que no es la estrategia ni la técnica la que define el carácter epistemológico de la práctica investigativa sino la postura desde la cual se problematiza el objeto de estudio, además la manera como se recoja la información y la subsiguiente interpretación que se haga de los datos es imprescindible para la investigación. Esto nos lleva afirmar que la existencia de estrategias surge a partir de la

(27)

26 visión del mundo, no obstante, y como complemento, Páramo (2011) ratifica la idea que las posturas no tienen que ser compromisos ineludibles con las perspectivas que se tienen de la investigación afirmando que es posible valerse de los métodos cualitativos y cuantitativos de manera conjunta con el fin de mejorar la calidad de la información, permitiendo que cada estrategia sirva para responder ciertas preguntas.

Para ello, la presente investigación analizará mediante diversas estrategias, las dinámicas sociales y particulares de la gobernanza ciudadana entendiendo cómo desde la participación de diversas comunidades, se atribuyen derechos a la naturaleza, caso del río Atrato, obligando al Estado a tomar las acciones pertinentes y establecer estrategias que garanticen los derechos a la naturaleza y a las comunidades aledañas.

Revisión Documental

La investigación documental, en particular los estados del arte se convierten en una de las estrategias más recursivas, dado que da sentido a los fenómenos sociales, con el propósito de contribuir a la producción de nuevo conocimiento. Para ello se recopilan las fuentes de información relacionadas con la investigación, luego se procede a categorizar, clasificar y analizar la información, esto sirve como base para delimitar el universo documental y producir nuevo conocimiento, mediante el planteamiento de preguntas: ¿Qué se ha dicho? ¿Cómo se ha dicho? ¿Qué vacíos existen?

A partir de las preguntas, es posible ubicar, clasificar, categorizar y consolidar la información relevante conforme al objeto de estudio para la investigación. Esto tiene como propósito afianzar el conocimiento para detectar vacíos conceptuales y fomentar la producción documental, estos “deben anclarse a la hermenéutica como una ciencia universal de la interpretación y la comprensión o entendimiento crítico y objetivo del sentido” (Páramo, 2016).

(28)

El estado del Arte implica una serie de procesos, los cuales tienen que ver con la búsqueda, la descripción, la organización, el análisis y la interpretación de la documentación, sin embargo, la investigación se ejecutará mediante una serie de fases. Inicia con una etapa preparatoria, en la cual el investigador se documenta con los antecedentes históricos y temáticas relacionadas al objeto de estudio, con el fin de comprender mejor el tema de estudio. De esta forma, se delimitan los límites espacio-temporales del estudio de caso. La segunda etapa, consiste en analizar, describir e interpretar las lecturas, mediante análisis crítico, asignando a cada documento un grado de importancia mediante resúmenes analíticos y la codificación de la información mediante representatividad. La última etapa, es la elaboración de textos a partir de los hallazgos y la construcción de conclusiones y recomendaciones, en la cual se elabora un documento, el cual debe contener referencias documentales y resultados.

Entrevista Semiestructurada

La entrevista es considerada una de las técnicas de la investigación cualitativa más importantes, por medio de la cual, mediante una conversación con un fin determinado, se busca obtener información de un fenómeno. Canales (2006) la define como "la comunicación interpersonal establecida entre el investigador y el sujeto de estudio, a fin de obtener respuestas verbales a las interrogantes planteadas sobre el problema propuesto" (pp. 163).

Este método permite obtener información completa y profunda, en especial para los estudios descriptivos como lo es este caso, en el cual se pretende establecer los vínculos de gobernanza ciudadana y la asignación de derechos a la naturaleza, para ello, se realizarán entrevistas semiestructuradas, debido al grado de flexibilidad, las cuales pueden ajustarse a los entrevistados, permiten aclarar términos, identificar novedades y disminuir las restricciones del suministro de información mediante vínculos de empatía con el entrevistado. Sin embargo, es necesario aclarar que la actitud del encuestador es fundamental para poder extraer

(29)

28 información, se recomienda la prudencia y evitar los juicios, con el propósito de enriquecer la investigación.

La entrevista semiestructurada, permitirá conocer las percepciones e indagar la forma en la cual se iniciaron los procesos desde la ciudadanía, para obligar al Estado a atribuir derechos al río Atrato. De esta forma, es posible recopilar información relacionada con las tres categorías definidas como lo son los derechos de la naturaleza, el buen vivir y gobernanza ciudadana, permitiendo tener un acercamiento con una muestra de personas que tuvieron incidencia en la acción de tutela T-622 de 2016, mediante la cual la Corte, atribuyó derechos al río Atrato.

Análisis de Contenido

Los estudios interpretativos surgen a partir de las personas involucradas en contextos sociales particulares, de este modo, la finalidad de este tipo de investigaciones es la comprensión de cómo los actores del entorno perciben e interpretan la realidad. Para la investigación se realizará un análisis del contenido de la sentencia T-622 de 2016, mediante la cual se les otorga a entidades públicas la facultad de establecer líneas de trabajo para recuperar y garantizar los derechos al río Atrato, adicionalmente, realizará un diagnóstico y un estudio de las estrategias que se han llevado a cabo desde el gobierno local y nacional.

El análisis de contenido, esta descrito según Berelson (1952), citado por Pérez-Serrano (1998), como una estrategia de investigación para detallar sistemática y cualitativamente el contenido manifiesto de las comunicaciones, con el fin de interpretarlas. Es decir, consiste en identificar ideas ocultas a partir de contenido a primera vista, para posteriormente clasificarlo de acuerdo con las categorías de análisis, e identificar los sentidos simbólicos de los mensajes, luego se requiere realizar actividades de análisis, de allí surgen inferencias las cuales permitirán establecer indicadores y describir situaciones particulares de la investigación Para

(30)

ello, el investigador requerirá de estrategias apropiadas, las cuales se adapten al tipo de investigación (determinar categorías, enunciar la pregunta problema, establecer las fuentes de información para analizar, codificar y clasificar las unidades de análisis y formular interpretaciones).

La aplicación de la revisión documental consistió de un proceso de formulación de ecuaciones con palabras claves, estas a su vez permitieron la búsqueda de documentos que se ajusten al contexto de la investigación, como es el caso de antecedentes y trabajos con fines similares, dirigido a los nuevos sujetos de derechos y con un fuerte componente de gobernanza participativa y ambiental, tras la búsqueda se realizó la categorización de acuerdo con los temas frecuentes a fin de identificar categorías y subcategorías.

Respecto a las entrevistas semiestructuradas se realizaron dos cuestionarios, el primero dirigido a personas naturales y otro a entidades del Estado. Las preguntas se formularon de acuerdo con los resultados arrojados por la categorización (las categorías y subcategorías) en torno al río Atrato y la declaratoria como sujeto de derecho, siendo la población objeto del estudio 3 entidades del gobierno nacional y local y un líder social. Debido a la emergencia sanitaria y ambiental por COVID 19 se realizaron las entrevistas a través de video llamadas y llamadas telefónicas. A través de técnicas de minería de texto, se construyeron nubes de palabras con los resultados de las entrevistas. Las nubes de palabras se constituyen en una herramienta fundamental para visualizar y analizar los resultados de las encuestas, para un acercamiento de análisis temático que no se encuentre sesgado por la posición del entrevistador, de forma tal que se puedan encontrar asociaciones, tendencias y patrones automáticas, que no necesariamente son evidentes al investigador (Wiedemann, 2016) .

Finalmente, para el análisis de contenido se identificaron las estrategias para cada una de las órdenes de la T-622. Para recopilar la información necesaria se elaboraron 29 derechos

(31)

30 de petición y, de acuerdo con cada respuesta, se clasificaron por cada una de las órdenes de la sentencia y se identificaron las más significativas para llegar a una conclusión.

(32)

Capítulo 1 – Revisión Documental

A partir del 2016, diferentes países han declarado ríos, selvas y páramos como sujetos de derechos, y en algunos de estos casos, gracias a la participación de la sociedad civil. Con esta declaración los gobiernos nacionales y locales asumen grandes retos y compromisos con la naturaleza y la ciudadanía. De lo anterior, es posible resaltar un concepto denominado gobernanza ciudadana, el cual consiste en un cambio constructivo que implica que las personas sean corresponsables del qué hacer de sus territorios o zona de influencia, por lo que el proceso de cambio debe avanzar paso a paso, dando a las personas tiempo para deliberar y ofrecer sugerencias sobre el ritmo y el alcance de las innovaciones (Box, 1997). Por ende, este capítulo tiene como objetivo analizar las categorías de gobernanza, la gobernanza ambiental, los derechos de la naturaleza y el buen vivir dentro del marco de los nuevos sujetos de derechos.

Para la investigación fue necesario realizar una revisión documental de la literatura relacionada, para lograrlo se formularon un conjunto de ecuaciones booleanas y se utilizaron palabras claves relacionadas con la investigación para realizar la búsqueda documental en las bases de datos referenciales con las que cuenta la Universidad de la Salle. Dicha búsqueda se realizó en las bases de datos EBSCO y Web of Science, puesto que se caracterizan por contar con una amplia base de datos bibliográfica. Posteriormente, se validó el contenido de los documentos y se construyó una matriz la cual incluía variables como: ecuación, titulo, autores, país, palabras claves, resumen, aporte al trabajo y posible categoría.

Una vez analizada la información se logró establecer los principios conceptuales con los cuales se va a abordar la investigación y también construir las 3 categorías principales: La primera categoría es la gobernanza ambiental, con la cual se establecerán los cimientos

(33)

32 conceptuales básicos y conceptos complementarios como la participación pública, la confianza, el aprendizaje y la gobernanza del agua o gobernanza del recurso hídrico. La segunda categoría corresponde a los derechos de la naturaleza, a su vez subcategorizada por los nuevos sujetos de derechos y los derechos de los ríos; finalmente, la tercera categoría corresponde al buen vivir, inspirado en la visión indígena en la cual se busca la armonía con la naturaleza.

GOBERNANZA

Se entiende que la gobernanza es un concepto multidimensional, el cual transmite significados de cambios, los cuales dependen del contexto en el cual se desarrolle, esto implica establecer nuevas formas de hacer política, explorar nuevas formas de participación desde la ciudadanía y adoptar los nuevos conceptos centrándose en la transparencia. Rodas (1996) comprende el cambio y la gobernanza de la siguiente forma:

Gobernanza significa un cambio en el significado de gobierno, refiriéndose a nuevos procesos de gobierno; o condiciones cambiadas de gobierno ordenado; o nuevos métodos por los que se gobierna la sociedad. (p. 652)

Para la investigación, se comprende la gobernanza como estrategia para crear, fomentar y adaptar sistemas (Barkay, 2009) combinando el reconocimiento del cambio, las dinámicas transformacionales del Estado y la importancia de incorporar actores estatales y no estatales en la formulación de nuevas formas de gobernar (gobernanza hibrida), a continuación, se realizará un análisis de la gobernanza involucrando el factor ambiental.

Gobernanza Ambiental

El concepto de gobernanza se vincula al estudio de recursos comunes (para este caso recursos ambientales) que presentan un uso no excluible y un consumo rival, en otras palabras,

(34)

estamos hablando de bienes públicos en su sentido estricto (Paavola 2007).

Esto nos lleva a plantear distintas nociones de “gobernanza ambiental”, donde resalta la visión de Castro (2007) entendiendo la misma gobernanza ambiental como un proceso social y un instrumento normativo. El primero implica la relación de diferentes actores en la solución de problemas ambientales, apoyados de expertos y la colaboración de los involucrados, y el otro, indica las estrategias que se aplican para alcanzar objetivos gubernamentales; definiendo así la gobernanza como un proceso dirigido a construcción social de creencias compartidas y en la creación de identidades e instituciones capaces otorgar una asignación de recursos más justa (Hanf y Jansen 1998, Castro 2007).

Sonnenfeld y Mol (2002) han argumentado que el surgimiento de la gobernanza ambiental puede atribuirse a: (1) la influencia de la globalización y los avances en las tecnologías de la información y la comunicación, (2) el debilitamiento de las instituciones del gobierno central debido a la desregulación, los recortes presupuestarios, la privatización y la descentralización y (3) el crecimiento del activismo social, se hace necesario mencionar que la participación de activistas se origina gracias a la destrucción de la naturaleza y el empoderamiento de las poblaciones afectadas.

De acuerdo con lo anterior, es necesario involucrar la participación pública o social, como un factor fundamental para analizar la gobernanza ambiental. Reed (2008), en una revisión de literatura, señala la necesidad de una filosofía de la participación. Procesos históricos basados en cuatro elementos fundamentales clave: empoderamiento (Chase et al. 2004), equidad (Weber y Christophersen 2002), confianza y aprendizaje (Tippett et al. 2007, Prell et al .2008).

Participación política

(35)

'sociedad-34 estado' en las que el público y los sectores privados (con fines de lucro y sin fines de lucro) son socios iguales en el gobierno (Rhodes, 1996). El enfoque tradicional de participación pública consiste en involucrar a los ciudadanos en reuniones o audiencias públicas (rendición de cuentas).

La participación pública juega un papel fundamental en la toma de decisiones públicas, en especial en el sector ambiental, ya que estos procesos suelen ser democráticos y permiten resolver conflictos, garantizar la transparencia de los procesos y brindan un seguimiento de actores no estatales. La participación debe ser particularmente adecuada para alcanzar decisiones (Bingham 1986), involucrando la participación de actores locales que conduzcan a decisiones mejor informadas (Pellizzoni 2003; Yearley et al 2003).

Otros académicos destacan la importancia de la cohesión social y la construcción de capital social a nivel local, fomentando confianza, compromiso y propiedad entre los participantes y, por lo tanto, contribuyendo a una capacidad común de resolución de problemas (Cheng y Daniels 2003; Newig y Fritsch 2009). Según Pløger (2001), la participación pública es crucial en el arte de gobernanza.

Para el caso latinoamericano, autores como Ghon (2003) definen la participación pública teóricamente como el proceso por el cual un grupo o un movimiento social construye su identidad activa, desarrollando una conciencia crítica desalineada y generando nuevos valores, de allí es posible el surgimiento de nuevas categorías como el empoderamiento, aumentando la aceptabilidad social y un pensamiento propio (crítico).

Confianza

Recientemente ha surgido una tendencia de preocupación por parte de los ciudadanos, ya que existe un grado de descontento y desconfianza, en virtud de que presuntamente el papel del Estado no es eficiente ni eficaz en temas de índole ambiental. Sztompka (1999), desde la

(36)

sociología, da una definición bastante simple de confianza: "La confianza es una apuesta sobre las futuras acciones contingentes de otros" (p. XX). Señala que, diariamente, todos tienen que correr riesgos, apostar o hacer apuestas sobre las futuras acciones inciertas de los demás. Al enfrentar la incertidumbre en el futuro, la confianza es una estrategia crucial. La confianza entra en juego "en situaciones en las que tenemos que actuar a pesar de la incertidumbre y el riesgo" (p. 25), adicionalmente, determinó las bases de la confianza en tres pilares: reputación, competencia y apariencia. Si una entidad o institución puede llegar a trabajar en estos tres indicadores es posible que obtenga un grado de confianza elevado.

Tyler (2003) señala que la confianza es un facilitador importante del gobierno democrático. Debido a que las nuevas formas de participación pública permiten al ciudadano interactuar en la toma de decisiones del gobierno, de acuerdo con las necesidades de la población, además, recordemos que las instituciones públicas actúan en pro del interés público, es por ello que los índices de confianza deben ser elevados. No obstante, Bradbury et al. (1999) sostuvieron que la participación pública debería verse como un diálogo o un acto comunicativo, en el cual los procesos sean justos y competentes, pero esta participación no implica que los niveles de confianza deban incrementar.

Aprendizaje

El aprendizaje hace parte de manera transversal de los procesos de gobernanza ambiental por parte de los ciudadanos y los resultados de la participación de estos. Existen varios autores que se enfocan en la parte social del aprendizaje, la toma de decisiones ambientales y en particular la gobernanza del agua (Colvin et al., 2014; Ison et al., 2007; Wostl y Hare, 2004; Wostl et al., 2008; Röling, 2002; Scholz, Dewulf y Pahl-Wostl, 2014y Woodhill y Röling, 1998). En dichos estudios se busca modificar los patrones de comportamientos sociales mediante el aprendizaje colectivo.

(37)

36 Gobernanza del recurso hídrico o gobernanza del agua

La gobernanza del recurso hídrico a pesar de su nombre es entendida en un sentido más amplio como "un proceso que promueve el desarrollo coordinado y la gestión del agua, la tierra y recursos relacionados, para maximizar el bienestar económico y social resultante de manera equitativa, sin comprometer la sostenibilidad de los ecosistemas vitales" (GWP 2000, p. 22). Este concepto se ha ido transformado y ha promovido la participación de los grupos sociales afectados en los territorios funcionales relevantes (Heinelt y Smith 2003, Coenen 2008, Rauschmayer et al. 2009). Es por ello por lo que, se hace necesario prestar especial atención a los contextos particulares (Knill y Lenschow 2000, Knill y Liefferink 2007), debido a que los gobiernos locales cuentan con la suficiente influencia en la participación y colaboración del sector ambiente.

La gobernanza del agua se ha visto permeada por el conflicto de índole territorial y ambiental, demostrando falta de regulación por parte de las entidades a cargo, ya que el concepto tradicional de gobernar el recurso acuífero ha evolucionado, al igual que la participación de algunos actores estatales y no estatales.

Es debido a lo anterior que la gobernanza ambiental colaborativa es notoriamente difícil de implementar (Moss 2008, Smith 2008, Geissel 2009), ya que es posible encontrarse con procesos lentos, dispendiosos y actores que, con intereses particulares, van a impedir una toma de decisiones racionales en pro del bienestar social de la comunidad que se ve afectada. Las agencias estatales con demasiada frecuencia carecen del recurso humano y financiero para asegurar el liderazgo interorganizacional a largo plazo para que sea eficiente la formulación participativa de políticas requerida (Szarka 2003, p. 96, McCauley 2008, p. 156).

Derechos de la Naturaleza

(38)

como un objeto, el cual desde la perspectiva del ser humano ha sido digno de ser explotado y maltratado para su servicio. Según el contexto histórico se han desarrollado diversas acciones de explotación.

Es por ello, que se hace necesario realizar una aproximación de la transformación del concepto de desarrollo. A partir de la Segunda Guerra Mundial surgen corrientes motivadas por el individualismo y el laissez-faire, que con un énfasis en el crecimiento económico afectaron significativamente la naturaleza con la explotación indiscriminada de recursos naturales. Así, se entendía que el desarrollo estaba ligado a la industrialización de las naciones (acumulación de capital). A partir de los años 70 con el Consenso de Washington, se materializa aún más dicho pensamiento al describir los pasos para que los países transiten hacia el desarrollo, con una perspectiva de crecimiento económico de corte neoclásico. La puesta en marcha de las políticas de este corte tuvo como resultado un incremento de la pobreza y la desigualdad, por ello, a mediados de los 80 se incorporan temáticas entorno a lo social -como por ejemplo el enfoque en el capital humano- donde los sujetos que acceden a educación y salud pueden contribuir a un mayor crecimiento y por ende a un mayor desarrollo económico, político y social (Kirdar, 1990).

A inicio de los años 90, se propone la nueva idea del desarrollo humano, el cual se enfoca en la calidad de vida, el acceso a la educación y el cierre de brechas frente a las oportunidades individuales de contar con los recursos necesarios para tener una vida digna. A mediados del siglo XX, se incorpora el concepto sustentable, como un elemento clave para el desarrollo y para que se generen cambios estructurales (López, 2006). En este sentido, el desarrollo humano sustentable (DHS) propone que, el desarrollo debe generar los medios para que las personas cultiven capacidades para ampliar sus libertades fundamentales, sin que esto mine los medios de las generaciones futuras para disfrutar de una vida larga, saludable y sean

(39)

38 partícipes de las decisiones que los afectan (Sen, 2000). Lo cual implica que el término desarrollo humano sustentable trae consigo la responsabilidad del cuidado de la naturaleza y los recursos naturales por parte de la sociedad.

El caso de los países latinoamericanos es particular, dado que cuentan con grandes extensiones de recursos naturales vírgenes a la merced de un sistema económico salvaje, el cual se ve permeado por los intereses de las grandes potencias y la necesidad de tener elevados niveles de crecimiento, dejando a un lado el DHS.

Por lo anterior, urge comprender que nos enfrentamos a necesidades infinitas y un mundo finito en recursos, para lo cual se requiere adoptar una visión sostenible y sustentable considerando que la naturaleza y la vida misma demanda una ética particular en función de la vida de todos los seres que habitan el planeta y el mismo universo.

Cuando nos referimos a los Derechos de la Naturaleza el objetivo central está puesto en ella. La naturaleza vale por sí misma, independientemente de la utilidad o de los usos que le dé el ser humano. Esto es lo que representa una visión biocéntrica - centrada en la vida. Estos derechos no defienden una naturaleza intocada. Eso sí defienden el mantenimiento de los sistemas de vida, los conjuntos de vida, incluyendo el humano. Su atención se fija en los ecosistemas, en las colectividades, no en los individuos. La alimentación de los seres humanos, por ejemplo, debe darse garantizando que queden ecosistemas funcionando con sus especies nativas como base de la diversidad que es indispensable para el sostenimiento de la vida (Acosta, 2014).

Biocentrismo

La visión tradicional del antropocentrismo refleja la realidad que vive el mundo, sin embargo, en los últimos años ha surgido preocupación por la naturaleza, desplazando la idea en la cual la humanidad es digna de manipular y sobreexplotar los recursos naturales. Dicha

(40)

idea fue mencionada por Steiner (2005), cuando expresaba que la visión de que los seres humanos son primordiales y centrales en el orden de las cosas, desplaza la idea de vivir en armonía con la naturaleza tal y como lo hicieron nuestros antepasados, quienes convivieron por muchas generaciones con la vida.

El biocentrismo afirma que los seres vivos son intrínsecamente valiosos independiente de la utilidad para el bienestar de los ecosistemas y la humanidad, de esta manera, se ratifica la idea en la cual, el ser humano está moralmente obligado a abstenerse de infligir daños a la naturaleza, los seres vivos y alterar los ecosistemas.

Como respuesta al antropocentrismo, el énfasis en el desarrollo económico y la consecuente contaminación de los recursos naturales, las comunidades locales se han organizado y, a través de acciones legales, lograron que las Cortes colombianas promovieran la protección de la naturaleza, a través de su declaración como sujeto de derechos. Esto implica la ruptura de visiones previas de corte utilitarista en las cuales es el ser humano el que le otorga valores a las especies y a los ecosistemas. Por otro lado, Barros (2010) sostiene que la visión del biocentrismo define al hombre como un ser integrado totalmente en la naturaleza en el sentido de que él mismo es naturaleza, lo cual lleva a reconocer los valores intrínsecos de esta, haciéndola sujeto de derechos, esto permite dar paso a nuevas y viejas cosmovisiones las cuales permitirán determinar la relación con la humanidad y las actividades económicas, políticas, sociales y jurídicas.

De tal suerte, el biocentrismo promueve una visión holística, integrada, interconectada, interdependiente, sistémica y compleja de la tierra, en la que todo lo existente depende de las continuas interrelaciones y cada ente, cada ser, humano o no humano, depende de su relación con el todo (Barros, 2010). En conclusión, ni el antropocentrismo sin restricciones ni el biocentrismo ilimitado (o ecocentrismo) aparecen como formas viables de avanzar (Watson

(41)

40 1983 y Attfield 2014).

Derechos de los ríos

Tradicionalmente las comunidades indígenas latinoamericanas consideran que la naturaleza tiene derecho a ser protegida, esta idea fue articulada por primera vez en Estados Unidos por Christopher Stone en1972, argumentando que a los árboles no se les debería negar el derecho legal de ser protegidos por el simple hecho de no poderse expresar.

El filósofo Roderick Nash (1989) argumenta que los derechos se deben extender a otras especies y objetos naturales. La teoría de Nash tiene una base biocéntrica bastante fuerte limitando de este modo la acción humana. Thomas Berry (1999, 2006) coincide con el argumento de que la degradación de la naturaleza conduce a la degradación de los humanos.

Sin embargo, hasta hace pocos años se han aplicado dichos conceptos, para ser más precisos se mencionará el caso del Ecuador en el 2008, que mediante la reforma a la Constitución Política le otorga derechos a la naturaleza. De forma similar, Bolivia creó un conjunto de leyes que abarcan los derechos de la naturaleza como por ejemplo la Ley de Derechos de la Madre Tierra (la" Ley de la Madre Tierra"), entendiendo que la Pachamama es un ser vivo. En el otro lado del mundo, se crean leyes y se trabaja para integrar los derechos de la naturaleza a la Constitución, en gran parte un logro debido a los movimientos sociales que han surgido, como, por ejemplo, los casos del río Whanganui en Nueva Zelanda y la cuenca de los ríos Ganges y Yamuma, en la India. En estos casos se han atribuido derechos en pro de garantizar el bienestar de los ecosistemas y las comunidades locales que se benefician del río. Colombia no es la excepción, recientemente tenemos el caso del río Atrato el cual, a mediados del 2016, mediante acciones legales interpuestas por ciudadanos, fue reconocido por la Corte Constitucional como sujeto de derechos mediante la sentencia T-622 de 2016.

(42)

aplicar (Whittemore 2011), ya que, los actores locales responsables de la aplicación carecen de capacidad para traducir la decisión legal en resultados en el terreno (Daly 2012).

Mediante las concepciones académicas de los autores mencionados anteriormente, se pretende establecer la relación entre las acciones que se ejecutan desde los gobiernos nacionales y comprender el proceso de participación ciudadana para de este modo dar al río Atrato derechos, y comprender cómo desde acciones legales es posible atribuir derechos a la naturaleza.

El hecho de atribuir derechos a la naturaleza tiene un gran impacto, ya que en la ley colombiana se reconoce únicamente a personas naturales y jurídicas como sujetos de derechos. Este cambio permite que seres inanimados, que no son capaces de demandar derechos cuenten con protección especial respecto a su conservación, recuperación y representación legal la cual le es asignada a una entidad del Estado.

Se hace pertinente señalar que, en Colombia a partir del 2016, las Altas Cortes, los Tribunales y los Juzgados han reconocido a ríos, páramos, entre otros, como sujetos de derecho. Dentro de las decisiones encontramos: la sentencia T – 622 de 2016 emitida por la Corte Constitucional Colombiana, mediante la cual se le atribuyen derechos al río Atrato, la sentencia STC4360-2018 del Consejo de Estado, la cual reconoce derechos a la Selva de Amazonas, el fallo C-666 de 2010 donde la Corte Constitucional reconoce la calidad de ser sintiente a los animales, la decisión C-035 de 2016 en la cual se atribuyen derechos al Páramo de Santurbán, la Sentencia del 31 de mayo del 2019 emitida por el Tribunal Administrativo del Tolima, mediante la cual reconoce como sujeto de derecho a los ríos Coello, Combeima y Cócora, la sentencia emitida por el Tribunal Superior de Medellín bajo el radicado 2019-00071 mediante la cual se reconoció como nuevo sujeto de derecho al río Cauca, la sentencia emitida por el Juzgado primero penal del circuito con funciones de conocimiento de Neiva

(43)

42 quien reconoció al río Magdalena como sujeto de derecho y la sentencia del Tribunal Administrativo de Boyacá que declaró al páramo Pisba poseedor de derechos.

Por último, cabe mencionar que, en Colombia, algunas de las sentencias se han emitido como resultado del uso del mecanismo de tutela por parte de organizaciones de la sociedad civil y en su gran mayoría, lideradas por grupos de niños, niñas y jóvenes quienes a través de la movilización social han logrado que sus voces sean oídas en temas concernientes a su generación, modificando de esta manera su rol en la gobernanza global, nacional y local (Franco y Aguirre, 2021).

El Buen Vivir

Las comunidades indígenas conviven en armonía con la naturaleza, concibiéndola como un ser vivo digno de respeto y cuidado, es decir, se podría afirmar que, de forma indirecta, estas comunidades atribuyen derechos a los recursos naturales. Esta visión ha generado interés e incluso ha hecho que se replanteen los nuevos discursos de gobernanza ambiental, la cual plantea un cambio de paradigma antropocéntrico, en el cual todo gira en torno a la humanidad, a uno biocéntrico, en el cual la naturaleza sea contemplada como un sujeto de derechos, definiendo de este modo la jurisprudencia como “una filosofía del derecho y la gobernanza humana que se basa en la idea de que los humanos son solo una parte de una comunidad más amplia de seres y que el bienestar de cada miembro de esa comunidad depende del bienestar de la Tierra en su conjunto “ (Cullinan, 2011, p. 13).

Buen vivir

El buen vivir, recopila los principios y saberes tradicionales de comunidades indígenas, permitiendo realizar un oportuno manejo del territorio ancestral, centrando su interés por llevar una vida con dignidad y en completa armonía con la flora y fauna, por esto se hace

Referencias

Documento similar

Fuente de emisión secundaria que afecta a la estación: Combustión en sector residencial y comercial Distancia a la primera vía de tráfico: 3 metros (15 m de ancho)..

La campaña ha consistido en la revisión del etiquetado e instrucciones de uso de todos los ter- mómetros digitales comunicados, así como de la documentación técnica adicional de

You may wish to take a note of your Organisation ID, which, in addition to the organisation name, can be used to search for an organisation you will need to affiliate with when you

Where possible, the EU IG and more specifically the data fields and associated business rules present in Chapter 2 –Data elements for the electronic submission of information

The 'On-boarding of users to Substance, Product, Organisation and Referentials (SPOR) data services' document must be considered the reference guidance, as this document includes the

In medicinal products containing more than one manufactured item (e.g., contraceptive having different strengths and fixed dose combination as part of the same medicinal

Products Management Services (PMS) - Implementation of International Organization for Standardization (ISO) standards for the identification of medicinal products (IDMP) in

Products Management Services (PMS) - Implementation of International Organization for Standardization (ISO) standards for the identification of medicinal products (IDMP) in