PLAN PARA LA VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y CONTROL DEL COVID-19 EN EL TRABAJO
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PLAN
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Título del Documento:
PLAN – COVID 19 Ref.: 0.02
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HOJA DE REVISION
Rev. N° Estado Descripción de la Revisión 01 EPI Emitido para Información
02 EPI Emitido para información (Actualización) 03 EPI Emitido para información (RM 448-MINSA))
INDICE
HOJA DE REVISION ... 2
INDICE ... 3
1. INTRODUCCIÓN ... 6
2. FINALIDAD... 6
3. OBJETIVOS ... 6
3.1 OBJETIVOS GENERALES ... 6
3.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS... 7
4. BASE LEGAL ... 7
5. AMBITO DE APLICACIÓN... 10
6. DISPOSICIONES GENERALES ... 11
6.1 DEFINICIONES OPERATIVAS ... 11
7. DISPOSICIONES ESPECIFICAS ... 15
7.1 LINEAMIENTOS PRELIMINARES ... 15
7.1.1 TELEMUSICA S.A. implementará en sus instalaciones todas las medidas de seguridad y bioseguridad para el desarrollo de nuestras actividades tomando todas las medidas preventivas ante el COVID-19. ... 15
7.1.2 Dentro de las instalaciones de la empresa TELEMUSICA S.A se ha implementado nuestro Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID-19 en el trabajo, el mismo que fue aprobado por el Comité de Seguridad y salud en el trabajo. ... 15
7.1.3 Toda empresa con hasta cinco (5) trabajadores que no se encuentren incluidas dentro del Decreto Supremo N° 003-98-SA, podrá cumplir con la obligación de registrar su Plan mediante el Formato Simplificado de chequeo (Anexo 6). ... 15
7.1.4 El “Plan para la vigilancia, prevención y control de Covid-19 en el trabajo”, debe incluir una guía breve de actividades, acciones e intervenciones que aseguren el cumplimiento de los lineamientos específicos establecidos en el numeral 7.2, los que serán detallados en la lista de chequeo básico (Anexo 5). La lista de chequeo básico podrá ser digitalizada por el centro laboral para su control... 15
7.1.5 El “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo” debe especificar: a) el número de trabajadores; b) la nómina de trabajadores según el riesgo de exposición a COVID-19 por puesto de trabajo (Muy Alto, Alto, Mediano o Bajo); c) las características de vigilancia, prevención y control por riesgo de exposición a SARS-CoV-2. ... 15
7.1.6 El empleador debe registrar el “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo “ante el Ministerio de Salud... 15 7.1.7 El “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo” (anexo
5) y “la lista de chequeo de vigilancia” (anexo 4) serán accesibles mediante el panel de control SIS-COVID19 que está a disposición de las entidades de supervisión y fiscalización, como SUSALUD, SUNAFIL, OEFA, gobiernos regionales, gobiernos locales, y otras entidades fiscalizadoras, para las acciones de su competencia en el ámbito nacional y regional, igualmente, todos los sectores tendrán acceso a la información agregada del SIS-COVID19, tales como, el ubigeo, clasificación por sector, ámbito público y privado, fase de reanudación,
lista de empresas aprobadas, entre otras. Las entidades públicas remiten el listado de sus responsables de acceso a la información al CENSOPAS, la que autoriza el
acceso de información. ... 15
7.1.8 Todo plan recibido en las instancias antes mencionadas es verificable, este debe contener los siete (7) lineamientos básicos que resumen las actividades, acciones e intervenciones planteadas por el lugar de trabajo. ... 16
7.2 LINEAMIENTOPARALAVIGILANCIA,PREVENCIÓNYCONTROLDELCOVID-19ENEL TRABAJO ... 16
7.2.1 LINEAMIENTO 1: LIMPIEZA Y DESINFECCION DE LOS CENTROS DE TRABAJO (AMBIENTES Y OFICINAS) ... 16
7.2.2 LINEAMIENTO 2: EVALUACIÓN DE LA CONDICIÓN DE SALUD DEL TRABAJADOR PREVIO AL REGRESO O REINCORPORACIÓN AL CENTRO DE TRABAJO ... 19
7.2.3 LINEAMIENTO 3: LAVADO Y DESINFECCIÓN DE MANOS OBLIGATORIO ... 23
7.2.4 LINEAMIENTO 4: SENSIBILIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN DEL CONTAGIO EN EL CENTRO DE TRABAJO ... 24
7.2.5 LINEAMIENTO 5: MEDIDAS PREVENTIVAS DE APLICACIÓN COLECTIVA ... 27
7.2.6 LINEAMIENTO 6: MEDIDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL ... 28
7.2.7 LINEAMIENTO 7: VIGILANCIA DE LA SALUD DEL TRABAJADOR EN EL CONTEXTO COVID-19 ... 28
7.3 CONSIDERACIONESPARAELREGRESOYREINCORPORACIÓNALTRABAJO ... 31
7.3.1 CONSIDERACIONES PARA EL REGRESO AL TRABAJO ... 31
7.3.2 CONSIDERACIONES PARA LA REINCORPORACIÓN AL TRABAJO ... 32
7.3.3 CONSIDERACIÓN PARA LA REVISIÓN Y REFORZAMIENTO DE CAPADIDADES A TRABAJADORES EN PROCEDIMINETOS DE TRABAJO CON RIESGO CRITICO SEGÚN PUESTO DE TRABAJO ... 33
7.4 ATENCIÓNDETRABAJADORESDELASALUD ... 35
8. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS... 35
8.1 TELEMUSICAS.A. IMPLEMENTA EL “PLAN PARA LA VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA COVID-19 EN EL TRABAJO” A FIN DE PROTEGER LA SEGURIDAD Y SALUD DE LOS COLABORADORES A SU CARGO. ASIMISMO, ESTABLECEREMOS MAYORES MEDIDAS DE PREVENCIÓN CON RELACIÓN A NUESTRAS ACTIVIDADES EN EL RUBRO DE INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y CABLEADO DE SISTEMAS DE DIFUSIÓN SONORA, CON REFERENCIA AL RIESGO DE EXPOSICIÓN A LA COVID-19 DEL PERSONAL TÉCNICO. ... 35
8.2 LAS EVALUACIONES MÉDICO-OCUPACIONALES DE ACUERDO CON CADA CASO DEBEN SER REALIZADAS CUMPLIENDO LAS MEDIDAS ESCRITAS DE BIOSEGURIDAD Y LOS LINEAMIENTOS ESTABLECIDOS EN EL PRESENTE DOCUMENTO TÉCNICO. ... 35
8.3 LOS LINEAMIENTOS GENERADOS EN EL PRESENTE DOCUMENTO TÉCNICO, NO EXIME EL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS EMITIDAS POR EL EJECUTIVO Y EL MINISTERIO DE SALUD EN EL MARCO DE SUS COMPETENCIAS PARA LA VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA COVID-19. ... 35 8.4 DE MANERA EXCEPCIONAL, DEBIDO A LA PANDEMIA DEL COVID-19 SE AUTORIZA A LAS ENTIDADES
PÚBLICAS, EMPRESAS PÚBLICAS Y PRIVADAS, ENTRE OTRAS, A TRAVÉS DE SUS SERVICIOS DEL REPRESENTANTE DE LA EMPRESA O IPRESS PÚBLICAS O PRIVADAS O EPS, A COMPRAR DIRECTAMENTE Y REALIZAR LAS PRUEBAS SEROLÓGICAS ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE PARA LOS COLABORADORES A SU CARGO. EN NINGÚN CASO LA INSTITUCIÓN PUEDE COMERCIALIZAR LAS
PRUEBAS, NI BRINDAR SERVICIOS POR ESTE CONCEPTO A TERCEROS.LOS RESULTADOS DE LAS PRUEBAS DEBEN REGISTRARSE EN EL SISTEMA SICOVID POR LA INSTITUCIÓN QUE LA REALIZA.LO DISPUESTO EN LA PRESENTE DISPOSICIÓN ESTÁ SUJETO A FISCALIZACIÓN POR LAS AUTORIDADES COMPETENTES NACIONALES Y REGIONALES DE CONFORMIDAD A LAS NORMAS VIGENTES. ... 35 8.5 DURANTE LA VIGENCIA DE LA EMERGENCIA SANITARIA POR LA COVID-19, LA EMPRESA
TELEMUSICA S.A. APLICARA COMO MÍNIMO, EL ANEXO N° 1 DEL PRESENTE DOCUMENTO
TÉCNICO, PARA LA VIGILANCIA DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES POR EXPOSICIÓN A LA COVID- 19. ... 36 8.6 EL SERVICIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO O EL ENCARGADO ASIGNADO POR LA
EMPRESA SON RESPONSABLES DE REALIZAR EL SEGUIMIENTO Y GESTIONAR LA NOTIFICACIÓN DEL COLABORADOR POSITIVO A LA ENTIDAD DE SALUD CORRESPONDIENTE (MINSA,ESSALUD,EPS,
ASEGURADORAS DE SALUD O IAFAS) PARA EL MANEJO DEL PACIENTE INFECTADO.LA EMPRESA ES ÚNICAMENTE RESPONSABLE DEL SEGUIMIENTO DE LOS TRABAJADORES. ... 36 8.7 DURANTE LA VIGENCIA DE LA EMERGENCIA SANITARIA POR EL COVID-19, LA EMPRESA TOMARA
LAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN, VIGILANCIA Y MONITOREO PARA LOS TRABAJOS REMOTOS DE LOS COLABORADORES DENTRO DE LA ORGANIZACIÓN, CON EL FIN DE CONTRIBUIR A LA DISMINUCIÓN DE RIESGO DE CONTAGIO POR SARS-COV-2. ENTRE ESTAS ACTIVIDADES SE DEBE ESTABLECER COMUNICACIÓN CONSTANTE CON EL FIN DE RECONOCER A LOS GRUPOS DE RIESGO POR COMORBILIDADES, MONITOREAR LOS CASOS POSITIVOS CON EL FIN DE BRINDAR CONTENCIÓN,
DETECTAR CASOS CON NECESIDAD DE APOYO ASÍ COMO GENERAR ESPACIOS DE REENCUENTRO LABORAL VIRTUAL EN DONDE SE PUEDA BRINDAR INFORMACIÓN SOBRE LA IMPORTANCIA DE LAS MEDIDAS DE HIGIENE Y MEDIOS DE PROTECCIÓN LABORAL, EDUCAR PERMANENTEMENTE EN MEDIDAS PREVENTIVAS Y ACCIONES QUE SE TOMARAN AL REINICIAR ACTIVIDADES. ... 36 9. RESPONSABILIDADES ... 36 10. ANEXOS ... 38
1. INTRODUCCIÓN
El COVID-19 es un nuevo tipo de coronavirus que afecta a los humanos, siendo declarada una pandemia por la Organización Mundial de la Salud (OMS). Ante este panorama, la empresa TELEMUSICA S.A está tomando las medidas de vigilancia epidemiológica que abarcan desde la búsqueda de casos sospechosos por contacto, hasta el aislamiento domiciliario de los casos confirmados y procedimientos de laboratorio (serológicos y/o moleculares) para el diagnóstico de casos COVID-19, manejo clínico de casos positivos y su comunicación para investigación epidemiológica y medidas básicas de prevención y control del contagio en centros hospitalarios y no hospitalarios.
El Director General de la Organización Mundial de la Salud (OMS), el doctor Tedros Adhanom Ghebreyesus, anuncio el 11 de marzo de 2020 que la nueva enfermedad por el coronavirus 2019 (COVID-19) puede caracterizarse como una pandemia, la caracterización de pandemia significa que la epidemia se ha extendido a todos los continentes, afectando a millones de personas.
El nuevo coronavirus (COVID-19) es una cepa no identificada previamente en humanos, que se propaga de persona a persona, a través de gotitas o partículas acuosas que se quedan en el ambiente al toser, estornudar, hablar o al tener contacto con personas contagiadas.
La exposición al virus SARS-CoV-2 que produce la enfermedad COVID-19, representa un riesgo biológico por su comportamiento epidémico y alta transmisibilidad. Siendo que dentro de la empresa y fuera hay espacios de exposición y contagio, se deben considerar medidas para su vigilancia, prevención y control.
2. FINALIDAD
Contribuir con las acciones e intervenciones que aseguran los lineamientos para vigilar la salud de nuestros colaboradores en el ámbito laboral, actuado preventivamente, que tiene como finalidad que su cumplimiento es de carácter obligatorio para todos los trabajadores con riesgo de exposición.
3. OBJETIVOS
3.1 OBJETIVOS GENERALES
TELEMUSICA S.A Establece Lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición al COVID-19.
3.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS
• Desarrollar y establecer los lineamientos para la vigilancia de prevención y control de la salud de los trabajadores en el entorno laboral con riesgo de exposición al COVID-19 en la empresa TELEMUSICA S.A.
• Garantizar la seguridad y salud de todos los trabajadores en todas las actividades durante el desarrollo de sus labores en todas las áreas del centro laboral.
• Establecer lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores que realizan actividades en el exterior del centro laboral durante la pandemia COVID-19
• TELEMUSICA S.A. Proporcionará los procedimientos, protocolos y controles preventivos de contagio para el regreso y reincorporación al trabajo tanto como la atención a los clientes y en el mismo centro laboral.
• Brindar información y desarrollar actividades de divulgación, capacitación y concientización social de higiene sanitaria.
• Proporcionar y garantizar el uso del Equipo de Protección Personal (EPP) necesario, utilizado para el cumplimiento de las medidas de bioseguridad de acuerdo a las actividades, lugares y puesto de trabajo.
• Garantizar la sostenibilidad de las medidas de vigilancia, prevención y control adoptadas para evitar transmisibilidad del COVID-19
4. BASE LEGAL
• LEY 29783 LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
• D.S. 005-2012-TR. Reglamento de la Ley de Seguridad y salud en el trabajo
• ISO 45001:2018
• LEY N° 26842 Ley General de Salud y sus modificatorias.
• LEY N° 27658, Ley de Modernización de la Gestión del Estado, y sus modificatoria.
• LEY N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización sus modificaciones
• LEY N° 29733 Ley de Protección de Datos Personales y sus modificaciones
• LEY N° 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales, y sus modificaciones.
• LEY N° 29414, Ley que establece los derechos de las personas usuarias de los servicios de salud.
• LEY N° 27972, Ley Orgánica de Municipales, y sus modificaciones
• LEY N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.
• LEY N° 30024, Ley que crea el Registro Nacional de Historias Clínicas Electrónicas, y sus modificatoria.
• LEY N° 30885, Ley que establece la conformación y el funcionamiento de las Redes Integradas de Salud (RIS)
• Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus Modificaciones
• DECRETO DE URGENCIA N° 025-2020: Dictan medidas urgentes y excepcionales destinadas a reforzar el Sistema de Vigilancia y Respuesta Sanitaria frente al COVID-19 en el territorio nacional
• DECRETO DE URGENCIA N° 026-2020: Decreto de Urgencia que establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del Coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional
• Decreto de Urgencia N° 029-2020, Dictan Medidas Complementarias Destinadas al Financiamiento de la Micro y Pequeña Empresa y Otras Medidas para la Reducción del Impacto del COVID-19 en la Economía Peruana.
• Decreto Supremo N° 001-2003-SA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud.
• Decreto Supremo N° 020-2014-SA, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud.
• Decreto Supremo N° 008-2017-SA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modificaciones.
• Decreto Supremo N° 012-2019-SA, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1302, Decreto Legislativo que optimiza el intercambio prestacional en salud en el sector público.
• Decreto Supremo N° 008-2020-SA, que declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y dicta medidas de prevención y control del COVID-19, y sus ampliaciones.
• Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, que declara estado de emergencia nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la nación a consecuencia del brote del COVID-19
• Decreto Supremo N° 051-2020-PCM, Decreto Supremo que prorroga el estado de emergencia Nacional declarado mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM.
• Decreto Supremo N° 061-2020-pcm, Decreto Supremo que modifica el artículo 3 del Decreto Supremo N° 051-2020-PCM, que prorroga el estado de Emergencia Nacional declarado mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, por las graves circunstancias que afectan la vida de la nación a consecuencia del COVID-19.
• Decreto Supremo N° 064-2020-PCM, Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la nación a consecuencia de la COVID-19 y dictan otras medidas.
• Decreto Supremo N° 080-2020-PCM, se aprueba la reanudación de actividades económicas en forma gradual y progresiva dentro del marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de Nación a consecuencia del COVID-19.
• Decreto Supremo N° 083-2020-PCM, articulo 8 se actualiza las personas en grupo de riesgo para COVID-19
• Decreto Supremo N° 010-2020-TR, Decreto Supremo que desarrolla disposiciones para el Sector Privado, sobre el trabajo remoto previsto en el Decreto de Urgencia N° 026- 2020 Decreto de Urgencia que establece medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del COVID-19.
• Resolución Ministerial N° 452-2003-SA/DM, que aprueba el manual de Asilamiento Hospitalario.
• Resolución Ministerial N° 312-2011/MINSA, que aprueba la Directiva Sanitaria N° 095- MINSA/2020/DIGEMID, Directiva Sanitaria para el control y vigilancia de los dispositivos de diagnósticos in vitro: pruebas rápidas y moleculares para COVID-19.
• Resolución Ministerial N° 546-2011/MINSA, que aprueba la NTS N° 021-MINSA/DGSP- V.03: Norma Técnica de Salud “Categorías de Establecimientos del Sector Salud”
• Resolución Ministerial N° 506-2012-MINSA, que aprueba la Directiva Sanitaria N° 046- MINSA/DGE-V.01 que establece la Notificación de Enfermedades y Eventos Sujetos a Vigilancia Epidemiológica en Salud Publica.
• Resolución Ministerial N° 545-2012-MMINSA, que aprueba la Directiva Sanitaria N° 047- MINSA/DGE-V01: “Notificación de brotes, epidemias, y otros eventos de importancia para la salud pública”.
• Resolución Ministerial N° 773-2012/MINSA, que aprueban la Directiva Sanitaria N° 048- MINSA-DGPS-V.01, “Directiva Sanitaria para Promocionar el Lavado de Manos Social como Practica Saludable en el Perú”.
• Resolución Ministerial N° 571-2014/MINSA, que modifica el Documento Técnico
“Protocolos de Exámenes Médicos Ocupacionales y Guías de Diagnostico de los Exámenes Médicos Obligatorios por Actividad”, aprobado por Resolución Ministerial N°
312-2011/MINSA.
• Resolución Ministerial N° 021-2016/MINSA, que aprueba el perfil de competencias del médico ocupacional.
• Resolución Ministerial N° 255-2016-MINSA, que aprueba el documento “Guia para la implementación del proceso de higiene de manos en los establecimientos de salud”.
• Resolución Ministerial N° 850-2016-MINSA, que aprueba el documento denominado
“Normas para la elaboración de Documentos Normativos del Ministerio de Salud”.
• Resolución Ministerial N° 1295-2018-MINSA, que aprueba la Norma Técnica de Salud denominada “Gestión integral y manejo de residuos sólidos en establecimientos de salud, servicios médicos de apoyo y centros de investigación.
• Resolución Ministerial N° 463-2019-MINSA, que aprueba la Norma Técnica de Salud sobre preparación Embalaje y Documentación para el Transporte Seguro de Sustancias Infecciosas”.
• Resolución Ministerial N°135-2020/MINSA, Aprueban el Documento Técnico
“Especificación técnica para la confección de mascarillas faciales textiles de uso comunitario”
• Resolución Ministerial N° 145-2020-MINSA, que aprueba la Directiva Sanitaria N° 089- MINSA/2020/CDC, para la vigilancia Epidemiológica de la enfermedad por coronavirus (COVID-19) en el Perú.
• Resolución Ministerial N° 183-2020/MINSA, que aprueba la Directiva Sanitaria N° 287- MINSA/2020/DGIESP, Directiva administrativa que regula los procesos, registros y accesos a la información para garantizar el seguimiento integral de los casos sospechosos y confirmados de COVID-19 (Sistema Integrado para COVID-19-SISCOVID- 19).
• Resolución Ministerial N. º 193-2020-MINSA, Aprueban el Documento Técnico:
Prevención, Diagnóstico y Tratamiento de personas afectadas por COVID-19 en el Perú y su modificatoria.
• Resolución Ministerial N° 231-2020/MINSA, que aprueba la Directiva Sanitaria N° 095- MINSA/2020/DIGEMID, Directiva Sanitaria para el control y vigilancia de los dispositivos de diagnósticos in vitro: pruebas rápidas y moleculares para COVID-19.
• Resolución Ministerial N° 375-2020-MINSA, que aprueba el documento técnico: Manejo Ambulatorio de Personas Afectadas por COVID-19 en el Perú.
• Resolución Ministerial N° 055-2020-TR: Aprueban el documento denominado Guía para la prevención del Coronavirus en el ámbito laboral
• Resolución Ministerial N°084-2020/MINSA, Aprueban el Documento Técnico: Atención y Manejo Clínico de Casos de COVID-19 Escenario de Transmisión Focalizada.
• Resolución Ministerial N° 95-2020-MINSA: Aprueban el Documento Técnico: Plan Nacional de Reforzamiento de los Servicios de Salud y Contención del COVID-19
• Decreto Supremo N° 031-2020: Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias para reforzar los sistemas de prevención control vigilancia y respuesta sanitaria para la atención de la emergencia producida por el COVID-19.
• Resolución Ministerial N° 072-2020-TR. Aprueban documento técnico denominado
“Guía para la aplicación del trabajo remoto”
• Resolución Ministerial N°139-2020/MINSA, Aprueban el Documento Técnico:
“Prevención y atención de personas afectadas por COVID-19 en el Perú”.
• Resolución Ministerial N. º 448-2020-MINSA, Aprueban el Documento Técnico
“Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”.
5. AMBITO DE APLICACIÓN
El presente Documento Técnico contiene disposiciones de carácter general para todas las instalaciones de la empresa TELEMUSICA S.A.
6. DISPOSICIONES GENERALES 6.1 DEFINICIONES OPERATIVAS
6.1.1 Aislamiento COVID-19: Es la intervención de salud pública por la cual una persona con sintomatología, confirmada o no al COVID-19, se le restringe el desplazamiento y se le separa de las personas sanas para evitar la diseminación de la infección, por 14 días desde el inicio de los síntomas, suspendiendo todas las actividades que se realizan fuera del domicilio, incluyendo aquellas consideradas como servicios esenciales.
Adicionalmente se recomienda la restricción del contacto con los síntomas o confirmación del diagnóstico del COVID-19.
En el caso de las personas que presentan complicaciones y son internadas en un hospital para su tratamiento, se mantiene en un área separada de otros pacientes por un lapso de 14 días, contados a partir de la fecha de inicio de síntomas.
6.1.2 Alta Epidemiologia: Transcurridos 14 días luego del inicio de síntomas, el caso estará en condiciones de alta, desde el punto de vista epidemiológico, siempre y cuando clínicamente se haya recuperado, según el documento técnico “Prevención, Diagnóstico y Tratamiento de Personas afectadas por la COVID-19 en el Perú.
6.1.3 Barrera física para el trabajo: Son los elementos que disminuyen el riesgo de contacto directo entre dos personas o más personas y que contribuyen con el objetivo de reducir el riesgo de transmisión.
6.1.4 Caso Sospechoso: De acuerdo a la alerta epidemiológica emitida por el CDC del Ministerio de Salud vigentes
6.1.5 Caso confirmado: Caso sospechoso con una prueba de laboratorio positiva o reactiva para la COVID-19, sea una prueba de reacción de cadena de la polimerasa transcriptasa reserva en muestras respiratorias RT-PCR y/o una prueba rápida de detección de IgM/IgG.
Entendiendo que aquellos reactivos a la prueba han sido expuestos al virus, pudiendo estar cursando con la infección.
6.1.6 Distanciamiento social: Práctica de aumentar el espacio que separa a las personas y reducir la frecuencia de contacto, con el fin de reducir la transmisión de una enfermedad, en este caso tendrá un rango de 1.5 a 2 metros.
6.1.7 Centro de Trabajo: unidad productiva en el que se desarrolla la actividad laboral de una organización con la presencia de trabajadores.
6.1.8 CENTRO NACIONAL DE SALUD OCUPACIONAL Y PROTECCION DEL AMBIENTE PARA LA SALUD (CENSOPAS): Unidad Orgánica del Instituto Nacional de la Salud (INS) encargado de desarrollar y difundir la investigación y la tecnología, proponer políticas y normas y prestar servicios altamente especializados en el campo de la salud ocupacional y protección del ambiente centrado en la salud de las personas. Según Resolución Ministerial N° 377-2020- SA, se encarga de la administración del Registro del “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo”, en adelante el Plan, en el sistema Integrado para COVID-19 (SISCOVID-19) del Ministerio de Salud; así como su fiscalización posterior.
6.1.9 CENTRO NACIONAL DE EPIDEMIOLOGIA PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES (CDC): Encargado de conducir el sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica en la Salud Publica y Control de brotes epidémicos y otras emergencias sanitarias en el ámbito nacional.
6.1.10 Contacto Cercano/Directo: Se considera contacto cercano de un caso COVID-19 aquellas personas que:
- Comparte o compartió el mismo ambiente de un caso confirmado de COVID-19 en una distancia menor a 1 metro (incluyendo lugar de trabajo, aula, hogar, asilo, centros penitenciarios y otros) por al menos 60 minutos sin ninguna medida de protección.
- Tuvo contacto directo con secreciones infecciosas de un caso confirmado de COVID-19 - El personal de salud que no ha usado equipo de protección personal (EPP) o no ha
aplicado el protocolo para colocarse, quitarse y/o desechar el EPP durante la evaluación de un caso confirmado por COVID-19.
6.1.11 Higiene Respiratoria: Práctica que consiste en taparse la boca o nariz con la mano al toser o estornudar con ayuda de un tapa boca y, de no ser posible, con la manga del antebrazo o la flexura interna del codo. Los pañuelos deben arrojarse inmediatamente después de su uso, en el depósito/tacho implementado para tal fin.
6.1.12 Cuarentena COVID-19: Es el procedimiento por lo cual, a una persona asintomática se le restringe el desplazamiento fuera de su vivienda o alojamiento por un lapso de 14 días o menos según sea el caso y que se aplica cuando existe contacto cercano con un caso confirmado; a partir del último día de exposición con el caso, también se aplica a aquellos retornantes cuando arriban a una ciudad según criterio de la autoridad de salud.
6.1.13 Higiene de Manos: Práctica que consiste en lavarse las manos a menudo con agua y jabón (o solución recomendada) para evitar la transmisión o el contacto con los virus, sobre todo después de toser, estornudar y sonarse, se dispuso que el tiempo mínimo de lavado será de 20 segundos.
6.1.14 Desinfección: Reducción por medio de sustancias químicas y/o métodos físicos del número de microorganismos presentes en una superficie o en el ambiente, hasta un nivel que no ponga en riesgo la salud.
6.1.15 Empleador/a: Toda empresa o persona jurídica del sector público o privado, que emplea a uno o varios trabajadores.
6.1.16 EPP: Equipo de Protección Personal.
6.1.17 Higiene Ambiental: Práctica que consiste en mantener la limpieza de los lugares y superficies de trabajo con soluciones o productos desinfectantes.
6.1.18 Personal: Para efectos de los presentes Lineamientos, se considera personal a todos los/las trabajadores/as, cualquiera sea su vínculo contractual, que intervienen en la empresa TELEMUSICA S.A.
6.1.19 Sintomatología COVID-19: Signos y síntomas relacionados al diagnóstico de COVID-19, tales como: sensación de alza térmica o fiebre, dolor de garganta, tos seca, congestión nasal o rinorrea (secreción nasal), puede haber anosmia (pérdida del olfato), disgeusia (pérdida del gusto), dolor abdominal, náuseas y diarrea; en los casos moderados a graves puede presentarse falta de aire o dificultad para respirar, desorientación o confusión, dolor en el pecho, coloración azul en los labios (cianosis), entre otros.
6.1.20 Protector Respiratorio o Respirador Descartable: EPP destinado fundamentalmente a proteger al trabajador con muy alto riesgo y alto riesgo de exposición a COVID-19. Se consideran los siguientes respiradores de características equivalentes con aprobación en sus países respectivos indicados en la Norma Técnica Peruana N°329.201-2020 Del Instituto Nacional de Calidad (INACAL), ejemplos:
- N95 (United States NIOSH-42CFR84) - FFP2 (Europe EN 149-2001)
6.1.21 Grupo de Riesgo: conjunto de personas que presentan características individuales asociadas a mayor vulnerabilidad y riesgo de complicaciones por la COVID-19; para ello, la
autoridad sanitaria define los factores de riesgo como criterio sanitarios a ser utilizados por los profesionales de la salud para definir a las personas con mayor posibilidad de enfermar y tener complicaciones por el COVID-19, los mismos que según las evidencias que se vienen evaluando y actualizando permanentemente, se definen como: edad mayor de 65 años, comorbilidades como: hipertensión arterial, cáncer, otros estados de inmunosupresión y otros que establezca la Autoridad Nacional Sanitaria a las luces de futuras evidencias.
6.1.22 Limpieza: Eliminación de suciedad e impurezas de las superficies utilizando agua, jabón, detergente o sustancias químicas.
6.1.23 Lista de chequeo COVID-19: Instrumento que se utilizara para vigilar el riesgo de exposición al SARS-CoV-2 en el lugar de trabajo (ver anexo 4)
6.1.24 Mascarilla quirúrgica descartable: Dispositivo medico desechable que cuenta con una capa filtrante para evitar la diseminación de microorganismos normalmente presentes en la boca, nariz o garganta y evitar así la contaminación y propagación de enfermedades contagiosas.
6.1.25 Mascarilla Comunitaria: Equipo de barrera, generalmente de tela y reutilizable que cubre boca y nariz y cumple con las especificaciones descritas en la Resolución Ministerial N°135- 2020-MINSA para reducir la transmisión de enfermedades.
6.1.26 Plan para la vigilancia, prevención y control de la COVID-19 en el Trabajo: Documento de guía para establecer las medidas que se deberán tomar para vigilar el riesgo de exposición a la COVID-19 en el lugar trabajo, el cual deberá ser aprobado por el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo, Según corresponda.
6.1.27 Prueba rápida COVID-19: Prueba Inmunocromatografica que determina la activación de la respuesta inmune de una persona por medio de la presencia de anticuerpos en forma de Inmunoglobulinas (IgM e IgG). Puede identificar una infección actual, reciente o pasada, mas no diferenciarla. Si la prueba es reactiva, significa que la persona tiene o tuvo la enfermedad, por lo que es esencial complementar los resultados con la clínica del paciente.
6.1.28 Prueba RT-PCR en tiempo real: Por sus siglas en ingles de “Reacción en Cadena de la Polimerasa transcriptasa reversa en tiempo real”, es una prueba que permite amplificar un fragmento del material genético de un patógeno o microorganismo para el diagnóstico de una enfermedad; utilizada como prueba confirmada de COVID-19.
6.1.29 Profesional de la Salud: Es aquel que cumple la función de gestionar o realizar la vigilancia de salud de los trabajadores por exposición al COVID-19, de acuerdo al Anexo 01.
6.1.30 Puesto de trabajo con riesgo de exposición a SARS- CoV-2 (COVID-19): Son aquellos puestos con diferente nivel de riesgo, que dependen del tipo de actividad que realiza.
Sobre la base de los niveles de riesgo establecidos en el presente lineamiento, cada empresa, con la aprobación de su comité de seguridad y salud en el trabajo, cuando corresponda, determinara la aplicación concretada del riesgo específico del puesto de trabajo. La determinación de los niveles de riesgo se efectúa por los métodos de identificación del peligro biológico SARS-CoV2, se evalúen los riesgos para la salud y vida de las y los trabajadores y se establecen los controles, en función de la jerarquía establecida en el artículo 21 de la ley N° 29783, ley de seguridad y salud en el trabajo.
Los niveles de riesgo de los puestos de trabajo se clasifican en:
- Riesgo bajo de Exposición: Los trabajos con un riesgo de exposición bajo son aquellos que no requieren contacto con personas que se conozca o se sospeche que están infectados con SARS-CoV2, así como, en el que no se tiene contacto cercano y frecuente a menos de 1 metro de distancia con el público en general; o en el que, se puedan usar o establecer barreras físicas para el desarrollo de la actividad laboral.
- Riesgo Mediano de Exposición: Los trabajos con riesgo mediano de exposición son aquellos que requieren contacto cercano y frecuente a menos de 1 metro de distancia con el público en general; y que por las condiciones en el que se realiza no se pueda usar o establecer barreras físicas para el trabajo.
- Riesgo Alto de Exposición: trabajo con riesgo potencial de exposición a casos sospechosos o confirmados de COVID-19 u otro personal que debe ingresar a los ambientes o lugares de atención de pacientes COVID-19, pero que no se encuentran expuestos a aerosoles en el ambiente de trabajo.
- Riesgo Muy Alto de Exposición: trabajos con contacto, con casos sospechosos y/o confirmados de COVID-19 expuesto a aerosoles en el ambiente de trabajo (trabajadores del sector salud)
- Regreso al trabajo post cuarentena social obligatoria: Proceso de retorno al trabajo posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio (cuarentena) tas culminar el Estado de Emergencia Nacional dispuesto por el Poder Ejecutivo. Se deberán aplicar antes del inicio de las actividades los lineamientos establecidos en los numerales 7.1 y 7.2 del presente documento.
- Regreso al trabajo post cuarentena (por contrato): Proceso de retorno al trabajo luego de permanecer 14 días en su casa confinado, desde el contacto directo con la persona infectada o el inicio de los síntomas. Incluye al trabajador que declara que no sufrió la enfermedad, se mantiene clínicamente asintomático.
- Reincorporación al trabajo: Proceso de retorno a laborar cuando el trabajador que fue diagnosticado o declarado que tuvo la enfermedad por la COVID-19 y está de alta epidemiologia.
6.1.31 Responsable del Servicio de seguridad y salud en el trabajo: Profesionales de la salud u otro, que cumple la función de gestionar o realizar el Plan para la vigilancia de salud de los trabajadores en el marco de la ley 29783, ley de seguridad y salud en el trabajo, tiene entre sus funciones prevenir, vigilar y controlar el riesgo de COVID-19.
6.1.32 Servicio de seguridad y salud en el trabajo: De acuerdo a lo establecido en la ley de seguridad y salud en el trabajo, todo empleador organiza un servicio de seguridad y salud en el trabajo, cuya finalidad es esencialmente preventiva.
6.1.33 Evaluación de salud del trabajador: Actividad dirigida a conocer la condición de salud del trabajador al momento del regreso o reincorporación al trabajo; incluye el seguimiento al ingreso y salida del centro laboral a fin de identificar precozmente la aparición de sintomatología COVID-19 para adoptar las medidas necesarias.
6.1.34 Trabajador: Este concepto incluye: a) A los trabajadores de la empresa; b) Al personal de las contratas, sub contratas, o de cualquier tercero, destacado o desplazado a la empresa principal; c) A las personas que, sin vínculo laboral, prestan servicios dentro del centro de trabajo.
En el caso del inciso a) la empresa remite la información que ha registrado en la Planilla Mensual – PLAME.
El término trabajador, usado para el objeto del presente lineamiento, comprende situaciones no laborales – los incisos b) y c)- únicamente para el objeto del presente lineamiento
7. DISPOSICIONES ESPECIFICAS
El presente Plan se aplicará a todas las instalaciones de la empresa TELEMUSICA S.A la cual se realizará los seguimientos del presente plan ante el COVID-19.
7.1 LINEAMIENTOS PRELIMINARES
7.1.1 TELEMUSICA S.A. implementará en sus instalaciones todas las medidas de seguridad y bioseguridad para el desarrollo de nuestras actividades tomando todas las medidas preventivas ante el COVID-19.
7.1.2 Dentro de las instalaciones de la empresa TELEMUSICA S.A se ha implementado nuestro Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID-19 en el trabajo, el mismo que fue aprobado por el Comité de Seguridad y salud en el trabajo.
7.1.3 Toda empresa con hasta cinco (5) trabajadores que no se encuentren incluidas dentro del Decreto Supremo N° 003-98-SA, podrá cumplir con la obligación de registrar su Plan mediante el Formato Simplificado de chequeo (Anexo 6).
7.1.4 El “Plan para la vigilancia, prevención y control de Covid-19 en el trabajo”, debe incluir una guía breve de actividades, acciones e intervenciones que aseguren el cumplimiento de los lineamientos específicos establecidos en el numeral 7.2, los que serán detallados en la lista de chequeo básico (Anexo 5). La lista de chequeo básico podrá ser digitalizada por el centro laboral para su control.
7.1.5 El “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo” debe especificar: a) el número de trabajadores; b) la nómina de trabajadores según el riesgo de exposición a COVID-19 por puesto de trabajo (Muy Alto, Alto, Mediano o Bajo); c) las características de vigilancia, prevención y control por riesgo de exposición a SARS-CoV-2.
7.1.6 El empleador debe registrar el “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo “ante el Ministerio de Salud.
7.1.7 El “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo” (anexo 5) y
“la lista de chequeo de vigilancia” (anexo 4) serán accesibles mediante el panel de control SIS-COVID19 que está a disposición de las entidades de supervisión y fiscalización, como SUSALUD, SUNAFIL, OEFA, gobiernos regionales, gobiernos locales, y otras entidades fiscalizadoras, para las acciones de su competencia en el ámbito
nacional y regional, igualmente, todos los sectores tendrán acceso a la información agregada del SIS-COVID19, tales como, el ubigeo, clasificación por sector, ámbito público y privado, fase de reanudación, lista de empresas aprobadas, entre otras. Las entidades públicas remiten el listado de sus responsables de acceso a la información al CENSOPAS, la que autoriza el acceso de información.
7.1.8 Todo plan recibido en las instancias antes mencionadas es verificable, este debe contener los siete (7) lineamientos básicos que resumen las actividades, acciones e intervenciones planteadas por el lugar de trabajo.
7.2 LINEAMIENTOPARALAVIGILANCIA,PREVENCIÓNYCONTROLDELCOVID-19ENELTRABAJO
• Este lineamiento busca asegurar superficies libres de COVID-19 por lo cual la limpieza y desinfección de todos los ambientes de trabajo. Previo al inicio de labores diarias:
Ambientes /oficinas/ Almacén
Servicios higiénicos
Equipos de computo
Herramientas
Útiles de escritorios
Vehículos
7.2.1 LINEAMIENTO 1: LIMPIEZA Y DESINFECCION DE LOS CENTROS DE TRABAJO (AMBIENTES Y OFICINAS)
• EPP’S Y SUMINISTROS ANTES DE LIMPIAR Y DESINFECTAR
- El personal responsable de limpieza deberá estar capacitado sobre el siguiente procedimiento, el uso de los productos a utilizar y el riesgo de contagio.
- El trabajador deberá realizar la limpieza cuando el ambiente se encuentre despejado (sin trabajadores)
- El trabajador deberá lavarse las manos previamente para colocarse los EPP’s.
- El personal de limpieza deberá usar los siguientes EPP’S:
Guantes impermeables, como los de nitrilo o los guantes para lavar platos.
Los cuales protegerán de ser expuestos al virus y a los productos químicos de limpieza, es importante utilizar guantes que sean de su talla, muy grandes hacen difícil sostener objetos y facilitan entrada de bacterias y virus.
Los guantes pequeños pueden romperse o desgarrarse.
Respirador N95, FPP2 o comunitario ante la exposición a los productos químicos y la contaminación.
Lentes 3M
Jabón o detergente, papel toalla, agua, bolsas plásticas para basura.
- El trabajador deberá usar los siguientes desinfectantes:
Solución de lejía. Para preparar una solución de lejía, mezclar 1 cucharada de lejía con 1 cuarto de galón de agua (4tazas). Para más suministro, agregar ¼
de taza de lejía a 1 galón (16 tazas) de agua. Use la solución dentro de 20 minutos.
Para las superficies que se corroen o se dañan con la lejía, usar productos como alcohol líquido o en gel, efectivos contra virus/bacterias específicas, clasificados como no agresivos para este tipo de superficie.
Pueden usarse otros desinfectantes aprobados por el MINSA.
- Se colocará alcohol en gel en los ingresos de oficinas, almacén y áreas de trabajo y comedores según corresponda.
- Se atenderá la limpieza de las áreas comunes del centro laboral, especialmente los pasamanos de escaleras, manijas y otros dispositivos de uso colectivo.
- Se garantizará la provisión de agua, jabón y papel toalla en los servicios higiénicos.
Lavado de manos frecuentemente como mínimo 20 segundos y hacer uso de alcohol gel o antiséptico para manos o agua y jabón.
Cubrir las vías respiratorias cuando tose y estornuda
Evitar tocarse los ojos, la nariz y la boca
Depositar en la basura, se dispondrá de tachos para los pañuelos de papel usados.
- Se coordinará con el personal de limpieza de la empresa TELEMUSICA S.A. el tiempo a realizar la higiene adecuada que deben tener los útiles de escritorio, ambientes de trabajo y servicios higiénicos.
- La frecuencia de limpieza y desinfección de las zonas de trabajo y oficinas, almacén, servicios higiénicos será diaria.
- Seleccionar las herramientas en función de los trabajos a realizar para evitar la contaminación de las mismas. El personal estará provisto de guantes látex para su manipulación.
- Limpiando, almacenando correctamente los equipos, herramientas y útiles de escritorio.
PROCESO DE LIMPIAR Y DESINFECTAR AMBIENTES MOBILIARIOS/OFICINA ALMACEN, AREAS COMUNES, SERVICIOS HIGIENICOS
• Practicas Generales Recomendadas:
Usar guantes mientras limpia las áreas del centro laboral
Usar los productos químicos en las áreas bien ventiladas. Nunca mezcle los productos químicos de limpieza entre sí, esto puede producir gases peligrosos.
Evitar el contacto del producto químico con productos de consumo humano mientras se limpia.
• La limpieza se realizará 3 veces al día durante la jornada laboral.
PORCEDIMIENTO PARA LIMPIEZA Y DESINFECCION DE EQUIPOS Y HERRAMIENTAS PRESONALES:
• Practicas generales recomendadas:
Usar guantes de nitrilo, mascarilla o respirador N95, FPP2 o comunitario, gafas 3M o careta facial mientras se limpia.
• Limpieza y desinfección de equipos y útiles de escritorios:
Los equipos eléctricos y electrónicos deberán estar apagados y desconectados al momento de su limpieza.
Para los equipos eléctricos y electrónicos de usaran alcohol gel para su desinfección.
Cada trabajador deberá limpiar y desinfectar las superficies de entono laboral previo al inicio de las labores, aplicando a los objetos de uso personal: equipos, herramientas, laptops, pc de escritorios, teclados, teléfonos celulares etc.
• Pasos para limpiar y desinfectar:
Aplicar la solución desinfectante o alcohol gel (según sea el caso) en papel toalla
Frotar la superficie para eliminar todos los residuos y manchas visibles
Dejar secar la superficie del equipo y/o útiles de escritorio
Desinfectar sus guantes, dejarlos en remojo con agua y jabón por 5 minutos enjuagarlos, y ponerlos a secar en un lugar ventilado y sin contaminación
Lavarse las manos luego de sacarse los guantes por lo menos 20 segundos.
• Limpieza y desinfección de herramientas:
Las herramientas de trabajo deberán ser limpiadas y desinfectadas después de su uso.
Pasos para limpiar y desinfectar:
- Aplicar la solución jabonosa (o con detergente) sobre la superficie para quitar la suciedad
- Secar con un paño hasta quedar sin rastro de agua
- Aplicar la solución desinfectante o alcohol en gel (según sea el caso) con papel toalla
FRECUENCIA DE LIMPIEZA Y DESINFECCION
• La limpieza y desinfección se realizará por el trabajador de manera diaria al inicio (por la mañana), durante (antes del almuerzo) y al final (antes de salir) de la jornada laboral.
• Evitar prestar o traspasar equipos, útiles de oficina o herramientas manuales. En caso sea inevitable el traspaso o préstamo, el equipo, útiles o herramientas, estas deberían ser desinfectadas antes y después de su uso.
• Tomar especial consideración los puntos de contacto para la limpieza y desinfección.
PROCEDIMIENTO PARA LIMPIEZA DE VEHICULOS (Camioneta)
• Ventilación del vehículo si se encuentra en las instalaciones de la empresa, el conductor debe mantener el vehículo constantemente ventilado, abriendo las puertas y ventanas por un lapso de 20 minutos mientras esta estacionada.
• Limpieza del vehículo debe ser realizada con un trapo húmedo, usando toallitas húmedas con cloro desinfectante, para las zonas de alto contacto por muchas personas (pasadizos, pasamanos).
• El personal debe usar los EPP’S adecuados establecidos, para realizar esta labor de limpieza y desinfección en los vehículos.
• Bajo ningún concepto se debe aplicar desinfectantes sobre las personas. Los desinfectantes son productos irritantes para la piel y ojos. (COMUNICADO 001 – 2020 – DIGESA/MINSA)
• Desinfección de los vehículos cuando retornen a las instalaciones de la empresa para esta etapa se realizará la fumigación externa se le agregara la siguiente solución de cloro (lejía) al 0.01%el cual se fumigará fuera del vehículo.
• Después de fumigar ventilar el vehículo, abriendo puertas y ventanas por un lapso de 20 minutos.
• Después de sacarse los guantes lavarse las manos por lo menos 20 segundos.
• Se colocará carteles en los baños, preferentemente plastificados, en el que se explica la forma correcta de lavado de las manos según indicaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS)
• Se realizarán difusiones sobre la importancia de lavado de manos.
7.2.2 LINEAMIENTO 2: EVALUACIÓN DE LA CONDICIÓN DE SALUD DEL TRABAJADOR PREVIO AL REGRESO O REINCORPORACIÓN AL CENTRO DE TRABAJO
1. La empresa TELEMUSICA S.A, llevara a cabo un control riguroso, al ingreso y salida del centro laboral. Al identificar el riesgo de exposición al COVID-19, de hallarse cualquiera de los síntomas o signos relacionados al diagnóstico de COVID-19, tales como: sensación de alza térmica o fiebre, dolor de garganta, tos seca, congestión nasal o rinorrea (secreción nasal), puede haber anosmia (perdida del olfato), disgeusia (perdida del gusto), dolor abdominal, náuseas y diarrea; en los casos moderados a graves pueden presentarse falta de aire o dificultad para respirar, desorientación o confusión, dolor en el pecho, coloración azul en los labios (cianosis), entre otros.
• Los trabajadores con exposición a Bajo Riesgo al COVID-19 sin atención al público, y frecuente menos de 1 metro de distancia, o con medidas de protección colectiva que eviten el contacto, sin exposición a contacto con caso sospechoso o confirmado de COVID-19.
• Trabajadores con exposición a Riesgo Medio al COVID-19 con atención al público, y frecuente a menos de 1 metros de distancia, estableciendo medidas de protección
colectiva que eviten el contacto, con exposición o contacto con caso sospechoso o confirmado de COVID-19.
2. PREVIO AL REGRESO AL CENTRO LABORAL
• Los trabajadores previo al retorno a sus labores llenara la ficha Sintomatológica COVID-19 la cual será de carácter declarativo (declaración jurada) RM 448-2020- MINSA (ANEXO 2)
3. LA METODOLOGIA DE IDENTIFICACION DE SINTOMATOLOGIA EN LOS TRABAJADORES La metodología que se empleará para la identificación de sintomatología en los trabajadores del centro laboral será el siguiente:
• Se determinará un área segura para que el personal de vigilancia, y/o el responsable que la empresa designe, pueda efectuar el tamizaje, de temperatura, tos etc. para autorizar el ingreso al personal a las instalaciones de la empresa.
• En las instalaciones del centro laboral se contará con un termómetro digital infrarrojo, el cual el personal de seguridad y salud en el trabajo o personal asignado por la empresa realizará la toma de la temperatura corporal al ingreso y salida de cada uno de los trabajadores en el centro laboral.
• El personal Técnico, ordenadamente, se colocarán en fila, manteniendo una separación de 1 metro de distancia.
• Cada trabajador contará con la Ficha de Sintomatología COVID-19 de regreso al centro laboral el cual será una DECLARACION JURADA (RM 448-2020-MINSA) Anexo 2
• La verificación correcta al ingreso del centro laboral (uno a uno), debiendo ingresar con su mascarilla o respirador (N95, FFP2 o su equivalente), realizando la desinfección de manos con alcohol en gel al 70%.
4. CRITERIOS DE CASOS SOSPECHOSOS
• El trabajador que presente una temperatura corporal mayor a 37.5°C, no podrá ingresar a las instalaciones del centro laboral, se separa del resto del personal. El responsable de la seguridad y salud en el trabajo (SST) o personal asignado por la empresa verificara las condiciones del personal y tomara las acciones necesarias acorde a los procedimientos establecidos por las autoridades del MINSA.
5. APLICACIÓN DE PRUEBAS SEROLOGICAS Y MOLECULARES
• Si el personal es sospechoso de contagio de COVID-19 o personal con síntomas de fiebre y tos, dolor de garganta, dificultad para respirar, congestión nasal, dolor de pecho, confusión, en cualquiera de estos casos TELEMUSICA S.A. mediante el responsable de la seguridad y salud en el trabajo (SST) o personal asignado por la empresa comunicara al MINSA para luego indicar a realizar la prueba Serológicas o Molecular inmediatamente para descartar malestar por COVID-19.
• Los costos generados por la evaluación de la condición de salud de algún trabajador contagiado por COVID-19, será asumido en su totalidad por la empresa TELEMUSICA S.A.
6. LA EMPRESA TELEMUSICA S.A.
• Aceptará la periodicidad de aplicación de pruebas para COVID-19, determinada por el profesional de salud la cual será del día (1) de la primera muestra y 14 días después, según los grupos determinados y de mediano riesgo y/o incidencia.
7. En el caso de que el trabajador haya contraído el virus COVID-19, será evaluado por el profesional de la salud para determinar si el trabajador puede retornar a su puesto de trabajo, para lo cual contara con el alta correspondiente, según la norma establecida por el Ministerio de Salud, y el área de seguridad y salud en el trabajo apruebe su reincorporación al centro laboral.
7.2.2.1 DE IDENTIFICARSE UN CASO SOSPECHOSO O DEL CONTACTO CON UN CASO CONFIRMADO, SE PROCEDERA CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS:
1. Si se identificara un caso sospechoso en trabajadores de puesto de Bajo Riesgo y/o Medio Riesgo se procederá con las siguientes medidas:
Aplicación de la ficha epidemiológica COVID-19 establecida por el MINSA
Aplicación de prueba serológica o molecular COVID-19 según norma MINSA.
Identificación de contactos en domicilio.
2. La empresa TELEMUSICA S.A. Está comprometida con la vigilancia permanente de la salud de los trabajadores ante el riesgo de exposición al COVID-19, evaluándolos para que quienes se encuentren aptos continúen con sus actividades, y tras identificar al trabajador como sospechoso de derivan a los establecimientos de salud del MINSA/ESSALUD para completar su evaluación según protocolo de actuación preventiva frente al COVID-19.
3. Comunicar a la autoridad de salud para el seguimiento del caso correspondiente para el tratamiento (RM 193-2020-MINSA)
LISTA DE CONTACTOS
CONTACTO NUMERO TELEFONICO
Línea gratuita Infosalud 107 - 113 WhatsApp del Ministerio de Salud 95284-2623 Correo electrónico del Ministerio de Salud [email protected]
4. TELEMUSICA S.A. mediante el representante de seguridad y salud en el trabajo (SST) o personal designado brindara información a través de medios tecnológicos (celulares) y afiches sobre el cuidado ante el COVID-19 en casa
• Si el trabajador presenta síntomas leves, optara por el aislamiento en casa y comunicara a la empresa o jefe inmediato.
• realizaran el seguimiento diario mediante medios tecnológicos (celulares) la estabilidad del trabajador durante todo su tratamiento y recuperación hasta su retorno al centro laboral.
• PROCESO PARA EL REGRESO AL TRABAJO
• Inicia con los trabajadores que estuvieron en cuarentena y no presentaron, ni presentan sintomatología COVID-19, ni fueron caso sospechoso o positivo de COVID-19
• Identificación del riesgo de exposición a Sars-Cov-2 (COVID-19) de cada puesto de trabajo según las definiciones operativas -puesto de trabajo con riesgo de exposición a COVID-19-.
• El Medico Ocupacional, determinará el seguimiento clínico que corresponda.
• El informe clínico emitido por el médico ocupacional, después de valorar determinará la reincorporación y regreso del trabajador al centro laboral.
• Como parte de las medidas excepcionales de carácter transitorio ante la emergencia sanitaria por el COVID-19 y ante un caso sospechoso de COVID-19 o contacto con caso confirmado, la empresa TELEMUSICA S.A. procederá con otorgar el descanso medico con la firma del médico tratante a través del representante de la empresa, por el tiempo de aislamiento o cuarentena para
proteger y resguardar la salud e integridad del trabajador, así como del resto del personal de la empresa.
7.2.3 LINEAMIENTO 3: LAVADO Y DESINFECCIÓN DE MANOS OBLIGATORIO
• La empresa TELEMUSICA S.A. colocara uno de los puntos de lavado y/o dispensador de alcohol gel al ingreso del centro de trabajo, estableciéndose el lavado de manos y desinfección previo al ingreso e inicio de sus actividades laborales, en lo que sea posible con mecanismos para que el trabajador evite el contacto de las manos con grifos o manijas, contara con jabón líquido, papel toalla y un punto de alcohol gel o líquido el cual estará libre de lavado y desinfección.
• Colocará puntos de lavado en el ingreso de los servicios higiénicos y comedores.
• En la parte superior de cada punto de lavado y desinfección deberá indicarse mediante carteles, la ejecución adecuada del método de lavado correcto o uso del alcohol en gel para la higiene de manos
• Los Puntos de lavado de manos estarán conectados en caños abastecidos de agua potable.
• Deberá verificarse el reabastecimiento permanente de dichos insumos en los puntos donde se encuentren.
• Es obligatorio el lavado de manos y desinfección con una duración de veinte (20) segundos al ingresar y salir de las instalaciones del centro laboral, servicios higiénicos y comedor bajo metodología indicada en los afiches.
• Todo trabajador obligatoriamente antes y después de iniciar sus labores. Deberá lavarse las manos con agua y jabón durante al menos veinte (20) segundos.
• Así mismo, todo trabajador deberá lavarse las manos antes y después de comer, después de ir al baño, después de toser estornudar o cuando crean que existe riesgo de contagio.
• Secarse con papel toalla y antes de desecharlo abrir las perillas de las puertas con el mismo papel para luego desecharlo en un tacho de basura de color rojo de Bioseguridad.
• En ausencia de agua y jabón disponible, usen un desinfectante para manos a base de alcohol gel con un mínimo del 70% de alcohol.
• Si las manos están visibles sucias, siempre lavarse con agua y jabón.
7.2.4 LINEAMIENTO 4: SENSIBILIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN DEL CONTAGIO EN EL CENTRO DE TRABAJO
• Para lograr un mayor grado de concientización, formación y responsabilidad en la totalidad de nuestros colaboradores, en la empresa TELEMUSICA S.A. Realizaremos campañas continuas sobre el cuidado y prevención ante el COVID-19, de forma virtual y presencial (boletines):
PRESENCIAL: Se hace uso de equipos multimedia o electrónicos y se hará uso de material impreso Y/o digital y se dictaran charlas de seguridad tomando el distanciamiento social correspondiente de 1 metro a 2 metros de distancia, referente a temas de cómo prevenir el contagio y la propagación de la pandemia.
VIRTUAL: se enviará videos informativos acerca de la importancia de aplicar los controles de higiene para evitar la propagación del COVID-19, en los grupos de WhatsApp y a los grupos internos de la empresa.
Las inspecciones en las instalaciones de la empresa las realizara el responsable designado por la empresa a fin de asegurar el cumplimiento, con apoyo del encargado de
administración en el centro laboral.
La sensibilización comprende los siguientes temas importantes:
Lavado y desinfección de manos
Uso adecuado de respiradores o mascarillas
Formas de contagio
Reporte de presencia de sintomatología del COVID-19
Mantener la distancia social de 1 metro a 1.5 metro
Difusión del protocolo anticovid
Difusión del presente plan de prevención
En las instalaciones del centro laboral se contará con material informativo tipo afiches los mismos que educarán al personal técnico para evitar el contagio ante el COVID-19 los cuales también serán difundidos de forma digital a través del WhatsApp grupal de la empresa a todos los colaboradores.
7.2.5 LINEAMIENTO 5: MEDIDAS PREVENTIVAS DE APLICACIÓN COLECTIVA
Cualquier medida de protección debe anteponer la protección colectiva, protección que deberá ser proporcionada para su utilización cuando los riesgos para la salud y seguridad no puedan evitarse o limitarse lo suficiente mediante la utilización de los medios de protección colectiva o adopción de medidas de organización del trabajo.
Medidas de Protección Colectiva:
• No permitir el acceso a las instalaciones del área de trabajo de personal ajeno salvo autorización correspondiente, ni aglomeraciones al ingreso y salida del centro laboral.
• Disponer de geles hidroalcohólicos que deben ser utilizados sistemáticamente por todas las personas tras rebasar la puerta del centro laboral.
• Reducción de aforo: (oficinas, almacén, centro laboral)
• Demarcación de distanciamiento social 1 metro entre trabajadores (lugares donde se formen colas “ingreso a las instalaciones del centro laboral”)
• En los comedores incrementaremos el distanciamiento social en 2 metros (debido a no usar mascarilla)
• Áreas de trabajo ventiladas (ventilación natural), se recomienda mantener puertas y ventanas abiertas de oficinas, almacén, áreas comunes, comedor.
• El vehículo de la empresa mientras estén estacionado mantendrán puertas y ventanas abiertas.
• Uso permanente de protector respiratorio, mascarillas o mascarilla comunitaria.
• Divulgar informativos en el centro laboral el contenido de las indicaciones de seguridad que deben observarse.
• Desinfección de equipos y superficies en el área de trabajo.
• Limpieza y desinfección de calzado antes de ingresar a las instalaciones de la empresa.
• Intensificar las actuaciones de limpieza en puestos y equipos de trabajo.
• Colocación de barreras protectoras (pantallas o mamparas) en ventanillas de despacho de almacén.
• Ordenamiento y eliminación de materiales, equipos innecesarios en las instalaciones del centro laboral y almacén central.
• Protocolo de desinfección a los vehículos que ingresen en el centro laboral.
• Establecer puntos estratégicos del espacio para el acopio de residuos sólidos de material y de equipos de protección personal usados posiblemente contaminados con COVID-19.
• Establecer la utilización de tachos rojos el cual contara con rotulación de Bioseguridad.
7.2.6 LINEAMIENTO 6: MEDIDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL
La empresa TELEMUSICA S.A. Genera la divulgación diaria de la importancia del uso y cuidado de los EPP´S a los trabajadores en especial los que indirectamente pueden minimizar el riesgo de contagio del COVID-19 en las actividades diarias de transporte público tales como son los respiradores (mascarillas) y guantes (ANEXO 3)
MEDIDAS PARA EL USO CORRECTO:
LAS MASCARILLAS Y RESPIRADORES O EQUIVALENTES: Son una barrera entre el elemento agresor y las fosas nasales o bucal, no imposibilita que haya contagio del COVID-19 en los respiradores o mascarillas. Ante el uso de protección respiratoria (FFP2, N95 o equivalente) estos deben desinfectarse periódicamente con gel antibacterial o aplicar agua jabonosa con un spray, esto con el fin de no desechar el respirador, las mascarillas desechables o quirúrgicas deben ser cambiadas diariamente.
MASCARILLA COMUNITARIA: Generalmente de tela y reutilizable que cubre boca y nariz y debe cumplir con las especificaciones descritas en la Resolución Ministerial N° 135-2020- MINSA la cual reducirá la transmisión de la enfermedad.
LOS GUANTES: son una barrera entre el elemento agresor y las manos, no imposibilita que haya contagio del guante por COVID-19 por lo tanto deben desecharse después de su uso en aquellos casos que se usan para manipulación de herramientas, materiales, dinero, etc.
LAS GAFAS: son una barrera entre el elemento agresor y los ojos, no imposibilita que haya contagio de las gafas por COVID-19. Deben desinfectarse periódicamente con gel antibacterial o aplicar agua jabonosa con un spray, esto con el fin de no desechar la gafa cada día.
7.2.7 LINEAMIENTO 7: VIGILANCIA DE LA SALUD DEL TRABAJADOR EN EL CONTEXTO COVID- 19
La empresa TELEMUSICA S.A. realizara la vigilancia de salud durante la emergencia sanitaria nacional de los colaboradores de manera permanente:
7.2.7.1 La empresa TELEMUSICA S.A. Está comprometida con la realización permanente de la vigilancia de la salud de los trabajadores ante el riesgo de exposición al COVID-19, evaluando a quienes se encuentren aptos para que continúen con sus actividades, al identificar a un trabajador como caso sospechoso será derivado a los establecimientos de salud del MINSA/ESSALUD para completar su evaluación según protocolo de actuación preventiva frente al COVID-19.
7.2.7.2 Se realizará el control de temperatura al ingreso y al final de la jornada laboral, a través del responsable designado por la empresa para lo cual se contará con un termómetro infrarrojo en el centro laboral.
7.2.7.3 Contaremos con un registro de toma de temperatura en el centro laboral para los casos sospechosos, el personal apto no será registrado.
7.2.7.4 La empresa TELEMUSICA S.A. a través del supervisor de seguridad y salud en el trabajo o personal asignado por la empresa se encargará de la toma de temperatura y el seguimiento de cada trabajador con temperatura mayor a 37.5°C.
7.2.7.5 Todo trabajador que presente temperatura mayor a 38°C y evidencia de sintomatología COVID-19 que haya sido identificado y se considera como caso sospechoso y se realizara:
Aplicación de la ficha epidemiológica COVID-19 establecida por el MINSA.
Toma de las pruebas serológicas o molecular COVID-19.
Comunicar a la autoridad de salud para el seguimiento del caso correspondiente.
Comunicar a los contactos declarados por el trabajador para informar del retorno del colaborador a su domicilio
• Para el personal con mayor exposición de alto riesgo, se mide tres veces al día la temperatura.
• Si hubiera un trabajador con síntomas de sospecha se comunicará a las autoridades de salud.
7.2.7.6 EXPOSICION A OTROS FACTORES DE RIESGO:
ERGONOMICOS: los trastornos musculo esqueléticos abarcan una extensa gama de problemas de salud. Se les puede dividir en dos grupos principales: dolor y lesiones dorso lumbares y lesiones causadas por esfuerzo repetitivos. Pueden afectar tanto a las extremidades superiores como inferiores, y está demostrado que tienen una estrecha relación con el trabajo:
• Facilitar que los trabajadores sigan las instrucciones, según las restricciones exigidas en cada momento por parte de las autoridades de salud.
• Evaluación técnica con que cuenta cada trabajador dentro y fuera del centro laboral para el desempeño de su trabajo evitando el menor contacto social posible.
• Infraestructura ergonómica en los espacios dentro y fuera del centro laboral.
• Buena postura para la conducción de buses, utilizando asientos ergonómicos
• Proporcionar un espacio en oficinas para relajación y pausas activas
• Generar la capacitación de pausas activas a los colaboradores de la empresa.
• Instalaciones adecuadas para la alimentación, descanso y servicios higiénicos respetando el distanciamiento social
• Facilitar las recomendaciones sanitarias para la prevención y reacción ante el COVID-19, difusión de las medidas recomendadas (higiene, confinamiento) dictadas por el MINSA.
• Planificación de los trabajos en exposición en las áreas comunes evitando la aglomeración en el centro laboral.
• Monitoreo ergonómico.
• Difusión de boletines y afiches informativos.
PSICOSOCIAL: El impacto de realizar labores durante la pandemia, generando incertidumbre, desorientación y sensibilidad al dolor:
• Promover el autocuidado dentro y fuera de las instalaciones de la empresa.
• Promover el autocuidado en los colaboradores en los buses cuando estén circulando.
• Minimizar el tiempo de exposición al mirar, leer o escuchar noticias que causen ansiedad o angustia.
• Divulgación de afiches con contenido positivos y alentadores.
• Adoptando estrategias útiles de respuesta, descansar adecuadamente, alimentación saludable.
• Respetando el distanciamiento social, aforo de personas dentro y fuera en el centro laboral.
7.2.7.7 PLAN MEDIDAS DE SALUD MENTAL.
La inseguridad laboral es una fuente de estrés constante, considerar las pautas en el cuidado de la salud mental de los colaboradores en la empresa:
• Áreas de trabajo cómodas y desinfectadas para el buen desempeño de las labores y tránsito de los colaboradores de la empresa.
• Material de seguridad disponible de forma continua y de acuerdo con las necesidades y grado de exposición ante el riesgo al COVID-19.
• Alimentación saludable, es una medida de seguridad y salud en el trabajo. Debe garantizarse la información sobre las mejores alternativas en la empresa.
• Descanso saludables y adecuados para los colaboradores después de la jornada laboral diaria.
• Organizar y planificar los trabajos de oficina, y dentro de las instalaciones de la empresa.
• Elaborar y difundir material informativo, a fin de recomendárselo al personal de la empresa.
• Promover el compañerismo dentro de las instalaciones de la empresa.
• Promover la educación vial de los colaboradores.