Alumno.
HERNAN PARRA GERALDO
Carrera.ING. EN SISTEMAS COMPUTACIONALES
Profesora.LIC. MARICELA PULIDO
Institución.UNIVERSIDAD DEL DESARROLLO PROFESIONAL
LEGISLACION INFORMATICA
Historia De La Institución
La UNIDEP es una institución de educación superior de calidad, que ofrece programas presenciales y semipresenciales de bachillerato, Técnico Superior Universitario (TSU), Licenciaturas y Posgrados.
Fundada en 2003 en la ciudad de Hermosillo, Sonora, la UNIDEP responde a las necesidades laborales y de desarrollo de las regiones donde opera, ofreciendo educación de nivel medio superior y superior.
Misión
La misión de UNIDEP es formar profesionales de éxito que cuenten con las actitudes, habilidades y conocimientos que demanda el sector productivo de la región.
Visión
La Universidad del Desarrollo Profesional es una institución de educación superior de calidad, que ofrece programas presenciales y semipresenciales de bachillerato, profesional asociado, licenciatura, posgrado, diplomados y cursos en México y en el extranjero.
Se distingue por facilitar a sus egresados la incorporación al mercado de trabajo, apoyada en una estrecha vinculación con el sector productivo y en planes de estudio, pertinentes y dinámicos.
Es reconocida por su modelo educativo profesionalizante, por la flexibilidad de su oferta académica impartida en ciclos continuos y por horarios y cuotas accesibles, acordes a la disponibilidad de tiempo y recursos económicos del alumno.
Cuenta con profesores de amplia experiencia profesional y educativa. Sus instalaciones dentro de la ciudad permiten el fácil acceso.
Cuenta con un modelo de administración sistematizado, participativo, operado por personal que es recompensado por su desempeño efectivo que le permite maximizar las aportaciones de sus socios y mantener finanzas sanas.
Objetivo
El Modelo Educativo de la Universidad del Desarrollo Profesional, UNIDEP, representa una respuesta a la necesidad actual de los estudiantes y de los sectores sociales empleadores por contar con profesionistas que no sólo sean capaces de reconocer e identificar problemas y áreas de oportunidad en las empresas, organizaciones y comunidad a la que pertenecen, sino que sean sobre todo productores de alternativas de solución a los mismos.
Este modelo está centrado en el aprendizaje del estudiante y su orientación es hacia la adquisición de actitudes y valores; habilidades y destrezas, así como conocimientos que redundarán en una visión holística del aprendizaje, en donde la tarea más importante es formar alumnos egresados con una formación integral
Lealtad
Los Integrantes de la comunidad Universitaria consideramos la fidelidad como un valor excelso que enaltecemos en nuestro quehacer diario.
Justicia
Los integrantes de la comunidad Universitaria actuamos con la constante y perpetua voluntad de dar a cada cual lo que le corresponde conforme a sus méritos o actos.
Honestidad
Los integrantes de la comunidad universitaria actuamos con sinceridad y honradez en nuestras tareas y en congruencia entre los pensamientos, palabras y acciones.
Responsabilidad
Los integrantes de la comunidad universitaria llevamos a cabo nuestras actividades con integridad, con sentido del propósito y apegados a los objetivos institucionales.
Esfuerzo
Los integrantes de la comunidad universitaria usamos nuestra máxima energía para cumplir con los objetivos trazados.
Creatividad
Los integrantes de la comunidad universitaria resolvemos los problemas con imaginación, conocimientos y con un espíritu de mejora continua.
Contenido
1. Introducción
... 61.1. Definición del Derecho Informático...6
Necesidad Del Derecho Informático... 6
1.2. Clasificación del Derecho Informático... 6
Áreas De Estudio... 7
1.3. Características Generales Del Derecho Informático...7
1.4. Relación Entre El Derecho Y La Informática...8
1.5. Propuesta de Regulación... 9
1.6. Informática Jurídica Documentaria... 10
Partes de un Sistema Documental... 12
1.7. Usos Prácticos De La Informática Jurídica De Control Y De Gestión En Diferentes Ámbitos...14
Sistemas Expertos Legales... 16
2. Regulación Jurídica De La Información
...182.1. Importancia Económica De La Información...19
2.2. Régimen Jurídico Aplicable Y Protección De Los Datos Personales...19
2.3. Regulación Jurídica A Nivel Nacional E Internacional Del Acceso A La Información Y Protección De Datos...20
Destinación E Implicaciones... 22
Derechos... 22
Regulación Jurídica... 23
2.4. Delitos informáticos... 23
Características De Los Delitos Informáticos...24
Categorías De Ataques... 24
Tipos De Delitos Informáticos Reconocidos Por La Organización De Las Naciones Unidas...25
Formas De Control Preventivo... 28
3. Internet Y Su Impacto En La Normativa Global
...293.1. Regulación Jurídica De Internet... 29
Autorregulación En Internet... 29
Principales Problemas De Internet... 30
Regulación Existente... 31
3.2. Internet En México Y Su Posibilidad De Regulación...32
3.3. Prácticas Delictivas A Través De Internet...32
4. Propiedad Intelectual
... 354.1 Protección Jurídica Del Software... 36
Aspecto Técnico... 37
Aspecto Económico... 37
4.2. Derechos De Autor En Internet... 38
Políticas Generales De Nombre De Dominio .MX...41
4.4. Régimen Jurídico Aplicable... 43
4.5 Tendencias actuales de protección... 43
Formas De Protección Comúnmente Adoptadas...43
5. Contratos Informáticos y Aspectos Laborales
...465.1. Evolución De Los Contratos... 46
5.2 Bienes, Suministros Y Servicios Informáticos...47
Bienes Informáticos... 47
Suministros Informáticos... 48
Servicios Informáticos... 48
5.3 Características Y Clasificación De Los Contratos Informáticos...50
De Acuerdo Con El Objeto... 53
Por Grupos... 53
Relativos A Internet... 55
5.4 Riesgos Informáticos Y Los Seguros... 56
Los Seguros... 57
5.5 Aspectos Laborales De La Informática... 61
El Teletrabajo... 61
Outsourcing... 62
6. Comercio Electrónico
... 646.1 Tipos De Comercio Electrónicos... 67
6.3 Firma Digital... 70
Introducción
En el trabajo que se presenta a continuación te damos a
conocer todo lo referente a la Legislación en tema de
Informatica, sus conceptos bajo el criterio de sus normativas.
La relación jurídica que conlleva esta rama, asi como también
algunos delitos que se pueden cometer con respecto a la
informática y las penas para cada delito.
Tambien conoceras los aspectos técnicos y económicos que
contiene la informática y de igual forma los aspectos laborales
que conlleva. El impacto global que ha tenido la informática, la
jurisdicción bajo la que se trabaja y las normas con las que se
rige todo lo relacionado con la informática
1. Introducción
1.1. Definición del Derecho Informático
Derecho:
Conjunto de reglas o preceptos (Orden o mandato impuesto o establecido por una autoridad) de conducta de observancia obligatoria que el estado (gobierno) impone a sus súbditos. Conocimiento y aplicación de esas reglas de conducta.Informática:
Procesamiento de información de forma automatizada a través de la tecnología. Conjunto de reglasEl Derecho De La Informática:
se define como el conjunto de normas jurídicas que regulan la creación, desarrollo, uso, aplicación de la informática o los problemas que se deriven de la misma en las que existen algún bien que es o deba ser tutelado jurídicamente por las propias normas.Necesidad Del Derecho Informático
El progreso tecnológico.
El uso actual de la informática en todas las actividades.
Adecuar la actividad jurídica al desarrollo tecnológico
Derecho nacional e internacional.
El hecho que una misma información sea accesible a un gran número de personas está cambiando radicalmente la forma de vida.
En el mundo tecnológico y en su relación con él se mueven diversos e importantes intereses que el derecho se ve obligado a regular
1.2. Clasificación del Derecho
Informático
El Derecho Informático es una rama de las ciencias jurídicas que contempla a la informática como instrumento (informática jurídica) y como objeto de estudio (derecho de la informática).
La clasificación del Derecho Informático obedece a dos vertientes fundamentales: 1. La informática Jurídica.
In
fo
rm
at
ic
a
Ju
rid
ic
a
• La aplicación
de
instrumentos
tecnológicos a
las
operaciones
que realizan
quienes
actúan en el
ámbito del
derecho
(abogados,
jueces,
peritos, etc).
• La aplicación
de
instrumentos
tecnológicos a
las
operaciones
que realizan
quienes
actúan en el
ámbito del
derecho
(abogados,
jueces,
peritos, etc).
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•
Conjunto
de leyes,
normas y
principios
aplicables
a los
hechos y
actos
derivados
de la
Informática
•
Conjunto
de leyes,
normas y
principios
aplicables
a los
hechos y
actos
derivados
de la
Informática
La informática aplicada a la documentación jurídica, a los servicios públicos, procesos legislativos y judiciales, así como a la actividad cotidiana profesional, asesoría, docencia e investigación, constituye la Informática Jurídica, es decir, la que se aplica en el campo del Derecho. Ni la informática en general, ni la informática jurídica en particular están totalmente elaboradas. Los cambios tecnológicos y la curiosidad e inventiva del ser humano suponen nuevos aspectos a considerar. Retos, apenas ayer inexistentes que requieren de una consideración jurídica, puesto que ya son una realidad y tienen consecuencias, es decir, una trascendencia individual y social que no puede pasarse por alto.
Áreas De Estudio
Protección Jurídica de la Información Personal.
Protección Jurídica del Software.
Flujo de Datos Fronterizos.
Convenios o Contratos Informáticos.
Delitos Informáticos (Robo de Identidad, Fraudes, Robo de Datos, Piratería, Virus, Hacker, etc.)
Valor de los Documentos Electromagnéticos (Firma Digital)
1.3. Características Generales Del
Derecho Informático
Las fuentes y estructura temática del Derecho Informático afectan a las ramas tradicionales del Derecho:
Derecho Publico
Derecho Publico
•
Flujo internacional de
datos informatizados
•
Libertad informática
(defensa frente a
eventuales
agresiones)
•
Delitos informáticos
(tienden a crear un
ámbito propio del
Derecho Penal)
Derecho Privado
Derecho Privado
•
Contratos
informáticos
(hardware, software)
•
Protección jurídica de
los programas
Este Derecho reúne tres características esenciales, que son:
1) No se encuentra sectorizado o ubicado en una sola actividad, sino que es amplio y general, debido a que la informática se aplica en numerosos sectores de la actividad socioeconómica;
2) Su unidad viene dada por la originalidad técnica, impuesta por el fenómeno informático;
3) Es un derecho complejo, porque los aspectos técnicos de la informática, en su interrelación con el Derecho, recaen sobre diversas ramas o especialidades jurídicas.
1.4. Relación Entre El Derecho Y La
Informática
La importancia del fenómeno informático es algo aceptado. El problema en cuanto a este fenómeno se traduce en buscar fórmulas efectivas de control, respecto a las cuales el Derecho ha de tener un marcado protagonismo, en su papel de regulador de las relaciones y mecanismos sociales para el mantenimiento de un orden social.
La legislación informática es un conjunto de reglas jurídicas de carácter preventivo y correctivo derivadas del uso (fundamentalmente inadecuado) de la informática, es decir, que aquí se trata de una reglamentación de puntos específicos.
Sea independiente de las consideraciones que sean, dicha reglamentación deberá contemplar las siguientes problemáticas:
Regulación De Los Bienes Informacionales:
esto es porque la información como producto informático requiere de un tratamiento jurídico en función de su innegable carácter económico.Protección De Datos Personales:
Se refiere al atentado a los derechos fundamentales de las personas provocado por el manejo inapropiado de informaciones nominativas.Regulación Jurídica De Internet:
Implica favorecer o restringir la circulación de datos a través de las fronteras nacionales.Propiedad Intelectual E Informática:
Debe abarcar los temas de protección de los programas de cómputo y regulación de nombres dominio, ambos derivados de las acciones de piratería.Delitos Informáticos:
Sancionar la comisión de verdaderos actos ilícitos en los que se tengan a las computadoras como instrumentos para realizarlos.Contratos Informáticos:
En función de esta categoría contractual sui generis con evidentes repercusiones fundamentalmente económicas.Comercio Electrónico:
Nueva forma de comercialización automatizada de bienes y servicios de todo tipo.Aspectos Laborales De La Informática:
Como aquellos problemas laborales suscitados por la informatización de actividades: ergonomía y teletrabajo.Valor Probatorio De Los Soportes Modernos De Información:
Provocado por la dificultad en la aceptación y apreciación de elementos de prueba derivados de estos soportes entre los órganos jurisdiccionales.
1.5. Propuesta de Regulación
Los temas de la informática jurídica comprenden como todas las legislaciones los siguientes puntos: Aspectos internacionales, Tratados internacionales, Declaraciones, Convenciones, Directivas, Arreglos, y otros aspectos legales.
La legislación generalmente comprenden los rubros siguientes:
Por su legislación de cada país, si bien es cierto también, que no todos los Estados han legislado sobre todas las materias que comprende esta temática. La legislación generalmente comprenden los rubros siguientes:
• Legislación federal y en algunos casos legislación estatal
• Legislación de la propiedad intelectual
• Legislación sobre derechos de autor
• Legislación sobre protección de datos
• Legislación sobre seguridad informática
• Legislación sobre competencia
• Legislación sobre comercio
• Legislación sobre contratos informáticos
• Legislación sobre telecomunicaciones
• Legislación sobre responsabilidad civil
En México:
Ley Federal De Derechos De Autor,
que protege los rubros de programas de computación (software) y las bases de datos, y establece los casos para obtener una copia legal de los programas correspondientes en sus artículos: 13, fracción XI, programas decómputo; artículos 101 a 114 (de los programas de computación y las bases de datos) asimismo se establecen excepciones en los artículos 27 fracción IV, 33, y limitaciones a los derechos patrimoniales en los artículos 148 y 151 y por otra parte del artículos 164 en lo referente a la obtención de copias.
El Código De Comercio,
comprende la regulación del Título Segundo denominado “del Comercio Electrónico” a partir de los artículos 89 a 95 y “Firma electrónica” del 97 al 113.Código Civil Federal,
El artículo 1803 del Código Civil Federal, menciona que el consentimiento de la voluntad puede ser expreso, se manifieste verbalmente, por escrito, por medios electrónicos, ópticos o cualquier otra tecnología.Ley Federal De Protección Al Consumidor,
fue modificada en el año 2000 con la finalidad de incluir disposiciones referentes al comercio electrónico, de esta forma fue incluido el capítulo VIII Bis titulado “de los derechos de los consumidores en lastransacciones efectuadas a través del uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología”.
Código Fiscal De La Federación,
Capítulo II “de los medios electrónicos”. En estos artículos se establece que cuando la institución Fiscal obligue a presentar documentos de manera electrónica, éstos deberán llevar la firma electrónica del autor. Para que los documentos digitalizados puedan tener validez, es importante que lleven un certificado vigente el cual sustituirá a la firma autógrafa del firmante, garantizando la integridad del documento y tendrá el mismo valor probatorio que la firma autógrafa.1.6. Informática Jurídica Documentaria
La Informática jurídica consiste en una ciencia que forma parte de la Informática, es la especie en el género, y se aplica sobre el Derecho; de manera que, se dé el tratamiento lógico y automático de la información legal.
Es una ciencia que estudia la utilización de los recursos informáticos (hardware y software) para la mejora de los procesos –análisis, investigación y gestión- en el ámbito jurídico.
No es una rama del derecho. Su temática es fundamentalmente tecnológica y carece de contenido jurídico.
La informática jurídica consiste en el uso de software y hardware informático como instrumentos del derecho, y nace cuando las computadoras evolucionan de ser máquinas que sólo facilitan el procesamiento de números a ser máquinas que posibilitan el almacenamiento y manipulación de textos.
La Informática Jurídica tuvo su comienzo cuando en los años cincuenta se desarrolla las primeras investigaciones para buscar la recuperación de documentos jurídicos en forma automatizada. De esta manera, se comienzan a utilizar las computadoras u ordenadores ya no para trabajos matemáticos, sino también para los lingüísticos.
Informatica Juridica
Documentaria
Informatica Juridica
Documentaria
Concepto
Concepto
Hace referencia a la rama de
la informatica juridica en la
cual se realiza el analisis de
la informacion contenida en
documentos juridicos para
formar bancos de datos
documentales
Hace referencia a la rama de
la informatica juridica en la
cual se realiza el analisis de
la informacion contenida en
documentos juridicos para
formar bancos de datos
documentales
En los sistemas de informática jurídica documentaria se trata de crear un banco de datos jurídicos (o corpus jurídico documentario) relativo a cualquiera de las fuentes del derecho (menos la costumbre) a efecto de interrogarlo con base en criterios propios acordes con esa información y su relevancia jurídica.
La finalidad de la informática en un sistema documentario consiste en encontrar lo más rápida y pertinentemente posible la información que ha sido almacenada. El conjunto de esas informaciones constituye el banco de datos La interface almacenamiento-recuperación de información jurídica se manifiesta a través del siguiente proceso:
1. La entrada de documentos (leyes, reglamentos, jurisprudencia, doctrina, acuerdos, etc.)
2. La búsqueda de documentos significativos.
La importancia de la informática jurídica documental se basa en el principio de que el ordenador facilite la información adecuada al jurista para ayudarle a adoptar una determinada decisión. Supone el tratamiento y recuperación de información jurídica por medio de los ordenadores.
Para que los operadores del derecho puedan conocer y absorber las grandes cantidades de información y documentación jurídica, es necesario que dispongan de instrumentos capaces de almacenarla sin el peligro de que se olvide o se confunda por las cantidades que se usen.
Partes de un Sistema Documental
•
Entrada del Documento:
Teclado: procesador de textos (lento).
Scanner: OCR (rápido, digitalización>>>transformación, errores).
• Tratamiento del Documento:
Almacenamiento Documento: cinta, disco magnético (flexible o duro), disco óptico (CD-ROM, CD-R, CD-RW, DVD, DVD-R).
Almacenamiento Índice: cinta, disco magnético (flexible o duro), disco óptico (CD-ROM, CD-R, CD-RW, DVD, DVD-R).
Comparación / Selección.
• Entrada de la Query:
Interfaz de entrada + Lenguaje de Interrogación.
• Salida del Documento:
Pantalla: orden de visualización. Impresora: orden de impresión.
Existen 3 Métodos De Búsqueda De Información Documental
Full-Text:
el criterio de búsqueda es aplicado a todo el texto. Implica un mayor uso de recursos de procesamiento, y el resultado es completo.Keywords:
el criterio de búsqueda es aplicado a un conjunto de palabras claves que se almacenan con el texto. Implica un uso económico de recursos de procesamiento, pero el resultado es menos completo.Abtract:
el criterio de búsqueda es aplicado sobre el resumen del texto. Es un método que se posiciona entre los dos anteriores, ya que podríamos decir que usa keywords ampliadas, o full-text restringido, y su ubicación también es intermedia tanto en uso de recursos como en la calidad de los resultados.Existen en el mundo varios sistemas en operación a nivel de informática jurídica documentaria, algunos de ellos son:
LEXIS
de la compañía Mead Data Central (Estados Unidos). Entró en funciones desde 1973 y se caracteriza por tener el banco de datos jurídicos más grande en el mundo con casi treinta billones de caracteres cargados y con una entrada anual den memoria de alrededor de 35000 sentencias estructuradas en texto integral. Actualmente opera en EE. UU., Inglaterra y Francia, donde se han almacenado las resoluciones del Consejo de Estado.AUTO-CITE
de la Lawyer's Cooperative Publishing Company (Estados Unidos). Desde 1970 brinda a los abogados norteamericanos la posibilidad de obtener en forma automática las citas de jurisprudencia, reconstruidas históricamente de un archivo automatizado que contiene más de cuatro millones de referencias.ITALGIRE FIND
de la Suprema Corte de Casación de Italia. Este sistema cuenta con casi cuatro billones de caracteres almacenados en 24 archivos en materia legislativa, jurisprudencial y doctrinaria.CELEX
de la Comunidad Económica Europea con sede en Bruselas, Bélgica. Contiene el Derecho Comunitario, tratados, acuerdos, jurisprudencia de la Corte de Justicia y decisiones del Parlamento Europeo, en una serie de archivos consultables en los idiomas oficiales de dicha comunidad.Nacionales
• UNAM-JURE (Legislación, Jurisprudencia, Libros y Revistas • CAMARA DE DIPUTADOS
• CAMARA DE SENADORES • SUPREMA CORTE DE JUSTICIA • INFOCEL LEGAL
• PEMSA
• UNAM-JURE (Legislación, Jurisprudencia, Libros y Revistas • CAMARA DE DIPUTADOS
• CAMARA DE SENADORES • SUPREMA CORTE DE JUSTICIA • INFOCEL LEGAL • PEMSA
Internacionales
• LEXIS (EUA) • WESTLAW (EUA) • ITALGIURE (Italia) • IDG (ITALIA)• CELEX (Union Europea) • PRODASEN (Brasil) • CREDOC (Belgica) • IRETIJ (Francia) • LEXIS (EUA) • WESTLAW (EUA) • ITALGIURE (Italia) • IDG (ITALIA)
• CELEX (Union Europea) • PRODASEN (Brasil) • CREDOC (Belgica) • IRETIJ (Francia)
Informatica Juridica De Gestión Y Control
Se compone de programas a través de los cuales se asiste en
la realización de actosy gestiones de tipo jurídicos, como
contratos, certificaciones,mandatos judiciales.
CREDOC
de la Federación Real de Abogados y Notarios (Bélgica). Que funciona desde 1969 (el más antiguo de Europa) con una vasta red de datos de interés jurídico y un thesaurus bilingüe (francés y flamenco).UNAM-JURE
del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM (México). Con un banco de datos en materia legislativa a nivel federal, estatal y municipal, así como el sistema VALLARTA en materia jurisprudencial.1.7. Usos Prácticos De La Informática
Jurídica De Control Y De Gestión En
Diferentes Ámbitos
Aun cuando es el más importante y desarrollado dentro de la informática jurídica, el aspecto documentario no es definitivamente el único. Desde hace tiempo se desarrollan otros sectores en procesos de continua evolución. Uno de ellos es la llamada informática jurídica de control y gestión, que abarca los ámbitos juridico-administrativo, judiciales, registrales y despachos de abogados, fundamentalmente.
Dicha área tiene como antecedentes el tratamiento de textos jurídicos mediante el uso de procesadores de palabra y, por otra parte, las experiencias obtenidas en materia de automatización de registros públicos (en particular de bienes inmuebles).
• Se puede lograr un mejoramiento sustancial de
las estructuras jurídico-administrativas y los
sistemas de operación, medida indispensable
para que las entidades del sector público, por
medio de los poderes.Ejecutivo, Legislativo y
Judicial, alcancen sus objetivos ociales (justicia
y bien común) apoyados en la utilización de la
tecnología moderna.
En La
Administración
Pública
En La
Administración
Pública
De acuerdo al uso profesional que se le dé, la informática de gestión y control puede sub clasificarse en:
Informática Registral:
es la que la Administración Pública aplica para el tratamiento electrónico de información catalogada a su cargo. Es una clasificación que posee características de la modalidad documental y la de gestión, ya que implica el almacenamiento de información pero también su actualización.Informática de Gestión de Estudios Jurídicos:
administra la gestión del estudio jurídico, agilizando los procesos. Administra, entre otros aspectos, la agenda de plazos; los casos; la agenda de clientes; la facturación y cobranza; el procesamiento de textos; la consulta de legislación, doctrina y jurisprudencia; y la administración de recursos humanos.Informática Notarial:
con características compartidas con la gestión de estudios jurídicos, pero orientado a la generación de documentos y la interacción con la informática Registral.Sus usos son los siguientes:
En la administración pública se presenta un crecimiento extraordinario en el volumen y la complejidad de actividades en las dependencias gubernamentales debido, entre otras cosas, al pronunciado desarrollo demográfico, económico y tecnológico. Ello ha obligado a que dicho sector, en sus diferentes niveles (federal, estatal y municipal), esté capacitado para recibir, tramitar, analizar y difundir todo tipo de información jurídica para su correcto funcionamiento.
Sin lugar a dudas, uno de los principales beneficios en esta área, además de la agilización en la tramitación de asuntos jurídico-administrativos, es el descenso de la inercia burocrática y corrupción, lo cual alcanza niveles más significativos en el caso de la administración de la justicia, lo cual permite la impartición de una justicia realmente rápida. En los órganos jurisdiccionales, este tipo de aplicación ha dado lugar a la llamada informática judicial.
• Desde la formulación agendaria de jueces y
magistrados hasta la redacción automática de
textos jurídicos a manera de sentencias.
En Los Órganos
Jurisdiccionales
En Los Órganos
Jurisdiccionales
• Control de asuntos, honorarios, redacción y
verificación de escritos.
• Agenda, estado de asuntos, egistros, tarifas,
cálculo de impuestos.
En
Despachos
Y Notarías
En
Despachos
Y Notarías
Uno de los ejemplos más simples y concretos lo constituyen la aceptación, registro e indicación de competencia y seguimiento de los expedientes. Una causa nueva que debe ser radicada ante un tribunal pasa previamente por la inscripción automática, la cual le asigna un número y juzgado. Por otra parte, las diferentes fases del proceso pueden ser conocidas en cualquier momento, lo cual permite conocer el estado del juicio, así como el lugar donde se encuentra el expediente (con el secretario, actuario, juez, etc.).
En despachos y notarías este tipo de informática jurídica también ha ganado terreno en otro tipo de profesiones jurídicas como las de los notarios y abogados en aquello que se puede conceptualizar como una "ofimática jurídica" (automatización de oficinas con actividades de índole jurídica).
Sistemas Expertos Legales
Un tipo de aplicación muy especial lo constituye la informática jurídica metadocumentaria, llamada así porque trasciende más allá de la esencia de los fines documentarios propiamente dichos.
•
Ayuda a la decisión, educación, previsión
y redacción.
En
Despachos
Y Notarías
En
Despachos
Y Notarías
Ayuda A La Decisión:
En el área informática, la rama que se ocupa de estos temas recibe el polémico nombre de "inteligencia artificial", manifestada a través de los no menos discutidos "sistemas expertos" como aquellas herramientas que, a partir de ciertas informaciones dadas por un asesor, permiten resolver problemas en un dominio específico mediante la simulación de los razonamientos que los expertos del sistema harían si utilizaran los conocimientos adquiridos. Se suele esquematizar un sistema experto como un sistema informático que contiene:A. Una base de conocimientos en forma de banco de datos bien estructurado.
B. Un sistema cognoscitivo o mecanismo de inferencia que contiene la mayor parte de los esquemas de razonamiento válidos en ese dominio.
C. Una interface que comunica al usuario con la máquina.
Ayuda A La Enseñanza:
enseñanza del derecho con la utilización de medios informáticos.Ayuda A La Previsión:
La computadora facilita el análisis de bancos de datos multidimensionales que corresponden a una serie de objetos o individuos; no a un carácter sino a una serie de caracteres, de tal modo .que se puede derivar el orden de prioridad de factores explicativos de esos datos. El derecho es también una ciencia de observación que reposa sobre el registro de experiencias, por ejemplo: todas las decisiones jurisdiccionales concernientes a cierto punto de derecho complejo y que se reparten en varios grupos siguiendo las soluciones jurídicas tomadas en cuenta por los jueces y magistrados con base en una serie de factores; si el número de factores decisivos es restringido, el jurista que tenga que llevar un nuevo asunto caracterizado por la presencia de esos factores podrá "predecir" el desenlace probable del caso con buenas oportunidades de acierto.Ayuda A La Redacción:
Este tipo de aplicación requiere programas más elaborados que aquellos relativos a tratamientos de texto ordinarios. Deben poner en relieve la estructura lógica del texto considerada para que un simple vistazo permita resaltar las aberraciones, redundancias, lagunas o contradicciones; así, gracias a esta consulta permanente, es posible proceder a todas las correcciones de fondo para ajustar el texto a las intenciones legislativas y todas las modificaciones de forma (formato, ortografía, etc.) que faciliten la comprensión del texto.Información
De acuerdo a los conceptos antes expuestos, la información es el conjunto de datos
o conocimientos, a los que habiéndoseles dado forma y estructura determinada traen
consigo un mensaje. Informar es la acción de dar a conocer precisamente ese
conjunto de datos estructurados.
2. Regulación Jurídica De La
Información
La palabra información posee una connotación vinculada con una de nuestras más grandes libertades: la de opinión y expresión de informaciones e ideas por cualquier medio que sea. Por ello, la información se ha considerado un elemento susceptible de ser transmitido por un signo o combinación de signos; para los efectos informáticos que nos ocupa, la entenderemos como un proceso físico-mecánico de transmisión de datos, cuyo dato es el elemento referencial acerca de un hecho. En sentido general, un conjunto de datos constituye una información.
La Comisión Nacional de Derechos Humanos considera que la información consiste en dar forma, estructura o significación a algo, o bien, poner al corriente, hacer partícipe o instruir. Sea como sea, la información tiene como objetivo la transferencia de conocimientos, integrándose ésta por un conjunto de datos (elementos referenciales acerca de un hecho) o signos.
Hablar de una ausencia de información es hablar de una ausencia de libertad, de autodeterminación, de decisión, de derecho. No puede existir el ejercicio de un derecho, cualquiera que este sea, si no se tiene información incluso sobre la existencia o el contenido de este. Una sociedad sin información o con información manipulada o incompleta, es una sociedad incapacitada para ejercer sus derechos fundamentales. El justo, aunque retardado reconocimiento de un derecho a la información, es el instrumento que nos permitirá tener una mejor calidad de vida.
Diariamente estamos generando, emitiendo y recibiendo información, en algunas ocasiones llega a nosotros de manera natural, en otras ocasiones nos damos a la tarea de buscarla, siendo este el momento en que la calidad de la información recibida no depende solamente de nuestra capacidad de búsqueda, sino de la voluntad de quien ha de proporcionárnosla.
2.1. Importancia Económica De La
Información
En cualquier proceso en que intervenga la información, encontraremos las siguientes características:
A.
Clara E Inteligible.
Es decir, que su contenido y vehículo de significación debe estar dentro de las normas y lógica de comunicación, acordadas individual o socialmente.B.
Relevante.
Significa que debe revestir un carácter efectivo en el proceso de decisión en el que intervenga.C.
Completa.
Quiere decir que cubra el mayor rango de posibilidades existentes en el momento en que se le requiera.D.
Oportuna.
Es decir, que intervenga y se pondere en el momento en que sea menester.E.
Confiable.
Cuando cumpla satisfactoriamente con los elementos anteriormente enunciados.Las computadoras permiten, mediante la integración y disponibilidad de numerosos bancos de información, conseguir uno de los cometidos principales de la informática como lo es la adecuada toma de decisiones.
La capacidad de almacenamiento, tratamiento, transmisión y sobre todo uso de la información como elemento fundamental para la toma de decisiones con inevitables recubrimientos económicos, por personas e instituciones tanto en el sector público como privado, llegan a ser equiparadas, económicamente hablando, con elementos tales como la energía y las materias primas.
2.2. Régimen Jurídico Aplicable Y
Protección De Los Datos Personales
Independientemente del soporte material que le dé origen y que la ofrece en disponibilidad, la información es un bien en sí, inmaterial pero constitutivo de un producto autónomo que por su contenido económico requiere una tutela jurídica en razón de los diferentes derechos y obligaciones que genera, ya sea a nivel de una relación de posesión entre autor y objeto o a nivel de relación de transferencia entre aquel que la emite y aquel que la recibe.
El hecho de que la información sea un producto de la actividad humana sugiere una afirmación en dos sentidos: por un lado, la información es, en principio, susceptible de apropiación desde su origen y, por otro, pertenece originalmente a su autor, es decir, aquel que la pone en disponibilidad para los diferentes fines de que pueda ser objeto y que por esto permite concebir una relación de posesión entre autor e información como un verdadero derecho real.
Surgiendo así dos conceptos:
El derecho a la información- Comprende un conjunto de tres facultades vinculadas entre sí como lo son: difundir, investigar y recibir información; todas ellas, agrupadas en dos vertientes fundamentales como lo son:
Derecho a informar
Libertad de expresión
Derecho a ser informados.
El derecho sobre la información.
- Se conoce un derecho sobre su creador. Dichas creaciones gozan de una protección privativa a manera de un derecho de la propiedad intelectual oponible frente a terceros. A este respecto, es innegable que los derechos sobre la información proceden de una operación intelectual de creación o formulación.
2.3. Regulación Jurídica A Nivel
Nacional E Internacional Del Acceso A
La Información Y Protección De Datos
La persona, a lo largo de su vida, va dejando una estela de datos que se encuentran dispersos, pero que hoy en día con la ayuda de los modernos medios tecnológicos, es posible agrupar y tratar en forma conjunta estudiando a voluntad aquellos aspectos que de un determinado individuo nos interesa conocer.
La complejidad de la sociedad actual nos obliga a proporcionar más o menos voluntariamente determinados datos personales a instituciones públicas o privadas para facilitarnos un servicio determinado con mayores garantías de eficacia.
Datos como filiación, fecha y lugar de nacimiento, domicilio, estado civil, etcétera, hasta otro tipo de datos con caracteres aún más distintivos como raza, religión, inclinaciones políticas, ingresos, cuentas bancarias, historia clínica, etcétera. Dichos datos, al ser recopilados en diferentes centros de acopio, como lo son los registros censales, civiles, parroquiales, médicos, académicos, deportivos, culturales, administrativos, fiscales, bancarios, laborales, etcétera, ya no por medios exclusivamente manuales, sino con el apoyo de medios automatizados, provocan una gran concentración, sistematización e instantánea disponibilidad de ese tipo de información para diferentes fines.
Estos datos son introducidos en ordenadores donde pueden ser procesados y utilizados de forma que escapan a nuestro control.
Mediante la utilización de las técnicas informáticas y de la transmisión de datos entre ordenadores, se puede ejercer un control social y, sin que la persona llegue a enterarse, interferir en su vida.
Por otro lado, la ayuda que proporcionan las comunicaciones y la transferencia de datos entre ordenadores, permite el cruce de ficheros y registros informáticos de manera rápida y sencilla. No cabe duda por tanto, que la persona titular de los datos puede perder totalmente el control sobre la utilización de los mismos y el tratamiento que se los pueda someter.
Todos estos datos, organizados mediante los sistemas de almacenamiento y recuperación de la información deben estar protegidos contra el acceso malintencionado o no, de quienes no están autorizados para ello.
Protec
cion de
Datos
Amparo contra posible utilización por terceros, en forma no autorizada de sus datos personales, susceptibles de tratamiento automatizado, para de esta forma, confeccionar una información que identificable con él, afecte a su entorno personal, social o profesional, en los límites de su intimidad
Datos
Personales
Datos
Personales
Publico
Publico
Privado
Privado
Intimos
Intimos
Secretos
Secretos
Profundos
Profundos
Reservados
Reservados
Los datos personales pueden ser:
Públicos.
Aquellos datos personales que son conocidos por un número cuantioso de personas sin que el titular pueda saber, en todos los casos, la forma de difusión del dato ni puede impedir que, una vez conocido, sea libremente difundido, siendo frecuente su difusión como si no se tratara de datos personales (nombre, apellidos, edad).Privados.
Aquellos datos que tienen reguladas las situaciones en las que la persona seve obligada a darlos siendo la conciencia social favorable a impedir su difusión y respetar la voluntad de secreto de su titular.
Íntimos.
Aquellos datos que el individuo pueda proteger de su difusión frente a cualquiera, pero que de acuerdo a un fin determinado esté obligado –por mandato legal- a dar periódica o regularmente de sus obligaciones cívicas. (p.ej: Datos bancarios).
Secretos.
Aquellos datos que el individuo no está obligado a dar a nadie, salvo casos excepcionales, expresamente tasados y regulados en las leyes (p.ej: sólo en presencia de mi abogado).Destinación E Implicaciones
Este tipo de datos no son vulnerables per se, sino según la destinación de que puedan ser objeto, pudiendo ser variada. De esta forma, dicha información pueden ser empleadas para fines publicitarios, comerciales, fiscales, policiacos, etcétera, convirtiéndose de esta manera en un instrumento de opresión y mercantilismo. La variedad de los supuestos posibles de
indefensión frente al problema provoca que los individuos estén a merced de un sinnúmero de situaciones que pudieran alterar sus derechos fundamentales en sociedad, provocados por discriminaciones, manipulaciones, persecuciones, presiones, asedios, etcétera, todo ello al margen de un control jurídico adecuado.
Derechos
Es evidente que si se habla de una regulación jurídica, ésta engendra, a su vez, determinados derechos y excepciones. Este problema, por su misma singularidad, motiva asimismo derechos muy especiales, entre los que podemos contar:
A.
Derecho De Acceso.
Es aquel que permite a los interesados conocer las instituciones y el tipo de información que dispongan sobre su persona.B.
Derecho De Rectificación O Cancelación.
Complementario del anterior, dicho derecho permite solicitar al interesado una modificación en los términos de alteración o ampliación, o una supresión o cancelación de aquellos datos que, referidos a su persona, considere inexactos o irrelevantes.C.
Derecho De Uso Conforme Al Fin.
Éste consiste en que el interesado pueda exigir que su información nominativa sea destinada para los objetivos por la cual se proveyó, que no trasciende a niveles más allá de los planteados en un principio.D. Derecho Para La Prohibición De Interconexión De Archivos.
Por medio de este derecho instrumental se imponen limitantes para que diferentes archivos referidos a áreas diversas puedan ser interconectados entre sí.
Regulación Jurídica
A. Ley Federal de Protección de Datos Personales.
Su objetivo es garantizar que el tratamiento de los datos personales se realice con apego a las garantías individuales.B. La Ley Federal de Protección al Consumidor.
Protege como confidencial la información que éste proporcione al proveedor, prohibiendo su difusión a otros proveedores ajenos, salvo autorización expresa e imponiendo al proveedor la obligación de utilizar los elementos técnicos disponibles para brindar confidencialidad y seguridad a la información proporcionada. Artículos: 16, 18 y 18bis.C. La Ley de Instituciones de Crédito.
Sanciona con prisión y multa al que "obtenga o use indebidamente la información sobre clientes u operaciones del sistema bancario sin contar con las autorización correspondiente…". El Código Penal Federal sanciona al que indebidamente utilice información confidencial reservada a la institución o a persona facultada, con el objeto de producir, alterar o enajenar tarjetas o documentos utilizados para el pago de bienes o servicios o para disposición de efectivo, por lo que como se ve, la disposición no va encaminada a proteger laprivacidad, sino sólo en la medida en que se evita el fraude. Artículos: 142, 112 Quáter
D. Código Penal Federal.
Sanciones por Revelación de secretos y acceso ilícito a sistemas y equipos de informática. Título noveno, Capítulo I.2.4. Delitos informáticos
Por delito informático, suele entenderse toda aquélla conducta ilícita susceptible de ser sancionada por el derecho penal, consistente en el uso indebido de cualquier medio informático.
También se puede definir como cualquier conducta, no ética o no autorizada, que involucra el procesamiento automático de datos y/o la transmisión de datos.
Mientras que el término Fraude puede ser definido como engaño, acción contraria a la verdad o a la rectitud.
Tal parece que el eje central de los delitos informáticos se da en la manipulación de los datos de entrada, programas y salidas de computadoras, así como la falsificación de los sistemas informáticos, y el espionaje de información, esa conjunción de elementos produce en el sujeto pasivo un daño en su patrimonio; por ello estimamos que los ilícitos cometidos a través de Internet en su mayoría causan una afectación al patrimonio de los pasivos.
Características De Los Delitos Informáticos
Son conductas criminógenas de cuello blanco (white collar crimes), en tanto que sólo determinado número de personas con ciertos conocimientos (en este caso técnicos) pueden llegar a cometerlas.
Son acciones ocupacionales, en cuanto que muchas veces se realizan cuando el sujeto se encuentra trabajando.
Son acciones de oportunidad, en cuanto que se aprovecha una ocasión creada o altamente intensificada en el mundo de funciones y organizaciones del sistema tecnológico y económico.
Provocan serias pérdidas económicas.
Ofrecen facilidades de tiempo y espacio, ya que en milésimas de segundo y sin una necesaria presencia física pueden llegar a consumarse.
Son muchos los casos y pocas las denuncias, y todo ello debido a la misma falta de regulación por parte del derecho.
Presentan grandes dificultades para su comprobación, debido a su mismo carácter técnico.
Categorías De Ataques
Una amenaza es una condición del entorno del sistema de información (persona, máquina, suceso o idea) que, dada una oportunidad, podría dar lugar a que se produjese una violación de la seguridad (confidencialidad, integridad, disponibilidad o uso legítimo).
Interrupción
La información del sistema es destruida o llega a ser inutilizable. Este es un ataque sobre la disponibilidad. En este ataque se pueden incluir ejemplos de destrucción de una pieza hardware, como un disco duro o el corte de una línea de comunicación.
Intercepción
Una participación sin autorización por parte de una persona, computadora o programa en una comunicación. Éste es un ataque sobre la confidencialidad. Un ejemplo incluido podría ser la copia ¡legal de programas o archivos.
Modificación
Una participación sin autorización, pero no sólo accediendo a la información sino que también alterándola. Este es un ataque sobre la integridad. Los ejemplos incluidos podrían ser los cambios de valores en archivos y programas o la modificación de mensajes transmitidos en una red.
Fabricación
Introducción de objetos falsificados en un sistema sin autorización. Este es unataque sobre la autenticidad. Un ejemplo sería la introducción de mensajes falsosen una red.
- Cambiar la identidad del emisor o receptor - Manipulación de datos
- Repetición
La política de seguridad y el análisis de riesgos identifican las amenazas que han de ser contrarrestadas. Un ataque no es más que la realización de una amenaza.
Las cuatro categorías generales de amenazas o ataques son las siguientes:
Tipos De Delitos Informáticos Reconocidos Por La
Organización De Las Naciones Unidas
Las conductas o acciones que considera las Naciones Unidas como delitos informáticos son las siguientes:
Los Fraudes Cometidos Mediante Manipulación De Los
Datos De Entrada:
Este tipo de fraude informático conocido también comosustracción de datos, representa el delito Informático más común ya que es fácil de cometer y difícil de descubrir. Este delito no requiere de conocimientos técnicos de informática y puede realizarlo cualquier persona que tenga acceso a las funciones normales de procesamiento de datos en la fase de adquisición de los mismos.
La Manipulación De Programas.
Es muy difícil de descubrir y a menudo pasa inadvertida debido a que el delincuente debe tener conocimientos técnicos concretos de informática. Este delito consiste en modificar los programas existentes en el sistema de computadoras o en insertar nuevos programas o nuevas rutinas. Un método común utilizado por las personas que tienen conocimientos especializados en programación informática es el denominado Caballo de Troya, que consiste en insertar instrucciones de computadora de forma encubierta en un programa informático para que puedo realizar una función no autorizada al mismo tiempo que su función normal.
La Manipulación De Datos De Salida.
se efectúa fijando un objetivo al funcionamiento del sistema informático, el ejemplo más común es el fraude que se hace objeto a los cajeros automáticos mediante la falsificación de instrucciones para la computadora en la fase de adquisición de datos.
Fraude efectuado porManipulación Informáticas De Los Procesos
De Cómputo.
Falsificaciones informáticas.
cuando se alteran datos de los documentosalmacenados en forma computarizada.
Sabotaje Informático.
Es el acto de borrar, suprimir o modificar sin autorización funciones o datos de computadora con intención de obstaculizar el funcionamiento normal del sistema.
Los Virus.
Es una serie de claves programáticas que pueden adherirse a los programas legítimos y propagarse a otros programas informáticos.
Los Gusanos.
Se fabrica de forma análoga al virus con miras a infiltrarlo en programas legítimos de procesamiento de datos o para modificar o destruir los datos, pero es diferente del virus porque no puede regenerarse. Las consecuencias del ataque de un gusano pueden ser tan graves como las del ataque de un virus: por ejemplo, un programa gusano que subsiguientemente se destruirá puede dar instrucciones a un sistema informático de un banco para que transfiera continuamente dinero a una cuenta ilícita. La Bomba lógica o cronológica; la cual exige conocimientos especializados ya que requiere la programación de la destrucción o modificación de datos en un momento dado del futuro.
Bomba Lógica.
Exige conocimientos especializados ya que requiere la programación de la destrucción o modificación de datos en un momento dado del futuro. Ahora bien, al revés de los virus o los gusanos, las bombas lógicas son difíciles de detectar antes de que exploten; por eso, de todos los dispositivos informáticoscriminales, las bombas lógicas son las que poseen el máximo potencial de daño. Su detonación puede programarse para que cause el máximo de daño y para que tenga lugar mucho tiempo después de que se haya marchado el delincuente. La bomba lógica puede utilizarse también como instrumento de extorsión y se puede pedir un rescate a cambio de dar a conocer el lugar en donde se halla la bomba.
Acceso No Autorizado A Servicios U Sistemas Informáticos.
Esto es por motivos diversos desde la simple curiosidad, como en el caso de muchos piratas informáticos (hackers) hasta el sabotaje o espionaje informático. Ver art. 211 bises del 1 al 211, bis 7 del código penal federal.
Reproducción No Autorizada De Programas Informáticos De
Protección Legal.
La cual trae una pérdida económica sustancial para lospropietarios legítimos.
El bien jurídico protegido en generales la información, pero está considerada en diferentes formas, ya sea como un valor económico, como uno valor intrínseco de la persona, por su fluidez y tráfico jurídico, y finalmente por los sistemas que la procesan o automatizan; los mismos que se equiparan a los bienes jurídicos protegidos tradicionales tales como:
El Patrimonio.
en el caso de la amplia gama de fraudes informáticos y lasmanipulaciones de datos que da a lugar.
La Reserva, La Intimidad Y Confidencialidad De Los Datos.
E
n el caso de las agresiones informáticas a la esfera de la intimidad en forma general, especialmente en el caso de los bancos de datos.
La Seguridad O Fiabilidad Del Tráfico Jurídico Y Probatorio.
En el caso de falsificaciones de datos o documentos probatorios vía medios informáticos.
El Derecho De Propiedad.
En este caso sobre la información o sobre los elementos físicos, materiales de un sistema informático, que es afectado por los de daños y el llamado terrorismo informático.Por tanto el bien jurídico protegido, acoge a la confidencialidad, integridad, disponibilidad de la información y de los sistemas informáticos donde esta se almacena o transfiere.
Formas De Control Preventivo
Preventivo
Este tipo de ilícitos requieren un necesario control, que, al no encontrar en la actualidad un adecuado entorno jurídico, ha tenido que manifestarse, en su función preventiva, mediante diversas formas de carácter administrativo, normativo y técnico, entre las que se cuentan las siguientes:
A. Elaboración de un examen psicométrico previo al ingreso al área de sistemas en las empresas.
B. Inclusión de cláusulas especiales en los contratos de trabajo con el personal informático que así lo requiera por el tipo de labores a realizar.
C. Adopción de estrictas medidas en el acceso y control de las áreas informáticas de trabajo.
D. Establecimiento de un código ético de carácter interno en las empresas Capacitación adecuada del personal informático, a efecto de evitar actitudes negligentes.
E. Identificación y, en su caso, segregación del personal informático descontento. F. Rotación en el uso de claves de acceso al sistema (passwords).
Correctivo
Éste podrá aplicarse en la medida en que se incluya un conjunto de dis- posiciones jurídicas en los códigos penales sustantivos.
Cabe mencionar que una adecuada legislación al respecto traería consigo efectos no sólo correctivos sino eventualmente preventivos, de tal forma que se reducirían en gran número este tipo de acciones que tanto daño causan a los intereses individuales y sociales.
3. Internet Y Su Impacto En La
Normativa Global
Debido a que Internet es una red mundial de redes, ubicadas en diferentes partes del mundo, la posibilidad de poder regularla parece por ahora difícil y compleja, pero actualmente se han iniciado ya algunos pasos siguiendo los modelos y las recomendaciones de la organización de las naciones unidas, a través de sus diversos organismos para lograr algunos resultados muy concretos, se ha podido constatar cómo en diversos países del mundo, se ha iniciado ya un movimiento liderado por los países más avanzados y tendientes a lograr establecer las bases para iniciar una legislación modelo para todos los problemas de la informática.
El ámbito global de la red genera una dificultad añadida a la hora de perseguir los delitos en Internet.
Imaginemos la siguiente hipótesis: un usuario de Internet brasileño que introduce una copia no autorizada de un programa americano en un servidor en las Islas Caimán con el fin de que lo copie un italiano.
La proliferación de bancos de datos personales, anónimos y centros de distribución de copias no autorizadas de software, han hecho que los servidores situados en los países que no han ratificado los convenios internacionales de propiedad intelectual o de auxilio a la administración de justicia, aparezcan como refugio para los actos de todo tipo de delitos.
3.1. Regulación Jurídica De Internet
Autorregulación En Internet
Iniciativas provenientes de la misma sociedad civil y de las empresas que marcaron la pauta en internet y que han comenzado a adaptar políticas de "Autocensura", como la mayoría de las compañías que ofrecen portales gratuitos y prohíben la publicación de imágenes pornográficas y grupos de discusión "desalientan" el uso de lenguaje impropio, ambos en términos de su uso, con miras a desarrollar y estructurar la red de modo armónico y equilibrado para que responda a vitales intereses de la comunidad y a las necesidades esenciales del hombre actual.
Con apego a estos principios, uno de los primeros países en introducir códigos de ontología o de buena conducta en la red es Francia con sus "netiquettes" o reglas de etiqueta en la red; asimismo, en Inglaterra se han adoptado mecanismos de autorregulación, en los que se han elaborado códigos de conducta y creado organismos independientes como la Safety NetFoundation que mantienen una línea directa en la cual se pueden recibir denuncias de aquellos contenidos, ideologías o actividades que se consideren ilícitos.
También se ha hecho común lo que denominamos "programas filtro" o cerrojo, o de selección de contenidos que bloquean el acceso a determinados sitios web y que para nosotros es el mecanismo técnico más adecuado para evitar la existencia de contenidos ilícitos, lo cual limita o impide el acceso a dichos contenidos mas no a otros. De esa forma es
plenamente factible permitir la libre circulación de ideas que reclaman la libertad de expresión, pero al mismo tiempo se bloquea el acceso a determinados contenidos expuestos en sitios web, respetándose así la diferencia de criterios, valores y costumbres morales. De esa forma se configuraría una censura (más bien autocensura que no tendría por fuente una restricción o prohibición legal, administrativa o judicial, sino que el control o filtrado se produce a nivel del proveedor que ofrece acceso a la información o a nivel del usuario final en la computadora donde se recibe la información.
Esto haría que fuésemos "legisladores digitales" de nuestros actos, sin que por ello tal idea sea romántica. Claro está, no podemos dejar a un lado y de modo absoluto la participación del Estado en la elaboración de políticas y campañas que contribuyan a alcanzar este propósito.
Principales Problemas De Internet
Control De Información.
La red fue pensada para que la información fluyese libre, ese es su espíritu original. Internet hace posible tanto la difusión genérica de información como su distribución a destinatarios específicos, lo que incrementa su importancia comercial pero genera riesgos adicionales de responsabilidad civil, por el contenido de la información. El conflicto se da entre la ausencia de regulación de contenidos de imágenes, de audio o de textos, o bien la restricción de acceso a través de los poderes públicos o de órganos de control autorizados con respecto a determinados contenidos digitales, en forma análoga a lo que sucede con la difusión audiovisual.Derecho A La Intimidad.
Es el derecho de la persona a que su intimidad no sea vulnerada por un abuso de los medios informáticos. En el espectro mundial, los gobiernos de E.U., Canadá y la Unión Europea han venido desarrollando políticas para la protección de la privacidad en materia de Internet, identificando algunos principios básicos para desarrollar el lineamiento de la regulación jurídica emergente sobre esta materia.Hacking.
Es la técnica consistente en acceder a un sistema informático sin autorización. Entendemos que existe autorización cuando el sistema está conectado a una red pública y no dispone de un control de acceso mediante el uso de identificadores de usuario y passwords. Los hackers son personas que por su amplia experiencia en el manejo de software y su elevado nivel de conocimientos técnicos, son capaces de superar determinadas medidas de protección.Remailers Anónimos.
Los remailers constituyen uno de los medios utilizados para garantizar el anonimato en las transmisiones por parte de los usuarios de Internet que intercambian software ilegal, cracks o cualquier otra información de contenido ilícito.Reciben los mensajes de correo
electrónico y los vuelven a enviar
desprovisto de la dirección del
remitente.
Cookies (Aspectos Jurídicos De Su Uso).
Los cookies son pequeños ficheros de datos que se generan a través de las instrucciones que los servidores webenvían a los programas navegadores, y que se guardan en un directorio específico del ordenador del usuario. Estos han llegado a ser un poderoso instrumento de obtención de información para el administrador de un servidor y para los departamentos de marketing de empresas que hacen publicidad en Internet o simplemente disponen de una página web.
Regulación Existente
El veintitrés de noviembre de dos mil uno, el Consejo de Ministros de Europa, compuesto por los ministros del interior de los estados que conforman la Unión Europea, conjuntamente con Estados Unidos, Sudáfrica, Canadá y Japón, firmaron en Budapest, la convención sobre delitos informáticos, cuyos objetivos fundamentales fueron los siguientes:
1. Armonizar las leyes penales sustantivas aplicables a las conductas delictivas que tienen como escenario el entorno informático.
2. Proveer reglas de procedimiento penal que brinden a las autoridades nacionales competentes las facultades necesarias para la investigación y persecución de tales conductas delictivas.
3. Establecer un régimen dinámico y efectivo de cooperación internacional.
En nuestro sistema jurídico se incluyó a los delitos informáticos justamente con las reformas que se publicaron en el Diario Oficial de la Federación el diecisiete de mayo de mil novecientos noventa y nueve. Los novedosos ilícitos se ubicaron dentro de Título Noveno del código penal federal, al que se denominó “Revelación de Secretos y Acceso Ilícito a Sistemas y Equipos de Informática”, para sancionar al que sin autorización acceda a sistemas y equipos informáticos protegidos por algún mecanismo de seguridad, con el propósito de conocer, copiar, modificar o provocar la pérdida de información que contenga, por lo que se pretende tutelar la privacidad y la integridad de la información.
3.2. Internet En México Y Su Posibilidad
De Regulación
Cuando se trata de una conducta lesiva cometida a través del Internet ¿debe comprenderse que la competencia corresponde a los tribunales de la federación o recae en la de las entidades federativas? y de obtenerse una respuesta en tal o cual sentido ¿existe algún motivo jurídico para establecer por qué debe ser uno u otro?
Como un primer argumento a favor de establecer que las conductas delictuosas ejecutadas a través de Internet se comprendan en la legislación federal, obedece a que con regular frecuencia se ejecutan por personas que físicamente se encuentran en un país extranjero, situación que desde luego dificulta en gran medida no tan sólo su identificación, sino también su enjuiciamiento.
Debe corresponder a los tribunales de la federación, por lo que lo ideal no es contemplar una serie de figuras jurídicas diseminadas a lo largo de diversos ordenamientos que conformen el sistema jurídico mexicano, sino que deben incluirse en una ley especial en la que de modo sistematizado aglutinen las diferentes conductas lesivas, esa clasificación y distinción no deberá ser determinante y terminal, porque el desarrollo y la innovación tecnológica, de modo irremediable conduce a que día a día, surjan nuevas y variadas conductas que generen afectación a terceros.
Se considera de especial relevancia, la formación del juez de instrucción que deba conocer de los delitos de dicha índole, su preparación debe ser acorde a las nuevas tecnologías que se aplican en materia de informática, sabido es que el juez es un conocedor de derecho, un experto en la materia, pero además de ello debe estar apoyado en un panel de expertos en informática que le provean de las aclaraciones a las dudas que surjan dentro de un proceso jurisdiccional, con independencia de los diferentes dictámenes periciales que las partes ofrezcan para clarificar los puntos en controversia; tal aportación sería de gran utilidad y beneficio para el mejor desarrollo y eficaz impartición de justicia.
3.3. Prácticas Delictivas A Través De
Internet
El ciberespacio es un mundo virtual en el que los defectos, miserias y malos hábitos del ser humano se reproducen con la misma fidelidad que las virtudes. El efecto de aldea global generado por el entramado de redes y la proliferación de nodos en todo el planeta ayudan a la difusión inmediata de los mensajes y permite el acceso a cualquier información introducida en la red. A las reconocidas ventajas que ello supone se unen las distorsiones y los malos usos que pueden tener lugar en el sistema y que confirman una vez más que el mal no está en el medio utilizado sino en la persona que lo utiliza.
A.