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MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

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BOLETIN OFICIAL Nº 8 3 3

2da.Quincena de Abril

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MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

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DDRR.. AANNGGEELLGGUUSSTTAAVVOOPPOOSSSSEE

Sr. Secretario (Interino) de la Secretaría General

de Gobierno y Administración. Dr. Ricardo J. M. Rivas Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta Secretario de Inspecciones, R. Urbanos y Tránsito Cdor. Guillermo Sánchez Landa

Secretario de Desarrollo Social Sr. Mario Salvador Alonso Secretario de Salud Pública Dr. Gustavo César Hirsch Secretario de Obras Públicas Ing. Bernardo Landivar Secretario de Producción y Turismo Dr. Carlos Prassel Secretario de Servicios Públicos Sr. Alberto Trípoli Secretario Privado Sr. Juan Carlos Canal Secretario de Integración Comunitaria Lic. Arturo Isaac Flier

CONTENIDO DE ESTE NUMERO

ORDENANZAS: 8586 a 8588 página 4 a 5

DECRETOS: 774 a 941 página 6 a 283

RESOLUCIONES S.I.R.U. y T.

(Inspección General): 300 a 308 página 284 a 285 RESOLUCIONES S.I.R.U. y T.

(Tránsito):

184 a 197 página 286 a 288 RESOLUCIONES S.G.G. y A. (Rentas): --- página --- RESOLUCIONES S.G.G. y A.

(Obras Públicas): 59 a 78 página 289 a 291

RESOLUCIONES S.I.C.: 3 página 292

RESOLUCIONES (Obras Particulares): 92 a 101 página 293 a 294 RESOLUCIONES DE PERSONAL: 227 a 250 página 295 a 297 RESOLUCIONES DE SALUD PUBLICA: 409 a 461 página 298 a 303

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ORDENANZA Nº 8586:

CONVALIDACIONES Convenio de Partena-riado Proyecto Lecodenet

Página 4

ORDENANZA Nº 8587:

PUBLICADA EN EDICION EXTRA Nº 5 7 9 (del 11 de mayo de 2011)

---

ORDENANZA Nº 8588:

CONVALIDACIONES Comités Evaluadores de Impacto Ambiental

Página 5

DECRETO Nº 777/2011:

PUBLICADA EN EDICION EXTRA Nº 5 7 3 (del 18 de abril de 2011)

---

DECRETO Nº 784/2011:

PUBLICADA EN EDICION EXTRA Nº 5 7 5 (del 29 de abril de 2011)

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Ref. Expte. Nº 1762-L-2011.-

SAN ISIDRO, 25 de abril de 2011.-

Al Sr. Intendente Municipal Dr. Gustavo Angel Posse S / D

Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su SEGUNDA REUNION – SEGUNDA SESION ORDINARIA de fecha 20 de abril de 2011, ha sanciona-do la ORDENANZA Nº 8586, cuyo texto transcribo a continuación:

ORDENANZA Nº 8586

CONVALIDACIONES Convenio de Partenariado

Proyecto Lecodenet

ARTICULO 1º.- Convalídase el Convenio de Partenariado celebrado con la Intendencia de Colonia, Uruguay, respecto del Proyecto LECODENET: Latinoamérica-Europa-Red de Co-operación Descentralizada.-

ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.-

Sirva la presente de atenta nota de envío.-

p.b.

Honorable Concejo Deliberante de San Isidro

JOSÉ MARIA AMADO

Secretario

Honorable Concejo Deliberante San Isidro

JULIA RITA KUZIS

Presidente

Honorable Concejo Deliberante San Isidro

PROMULGADA POR DTO Nº 890

Del 28 de abril de 2011.

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Ref. Expte. Nº 12485-R-2000.-

SAN ISIDRO, 25 de abril de 2011.-

Al Sr. Intendente Municipal Dr. Gustavo Angel Posse S / D

Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su SEGUNDA REUNION – SEGUNDA SESION ORDINARIA de fecha 20 de abril de 2011, ha sanciona-do la ORDENANZA Nº 8588, cuyo texto transcribo a continuación:

ORDENANZA Nº 8588

CONVALIDACIONES

Comités Evaluadores de Impacto Ambiental

ARTICULO 1º.- Convalídase lo actuado por el Departamento Ejecutivo mediante Decreto Nº 39/2011, por el cual se incorporó a los Comités Evaluadores de Impacto Ambiental a dis-tintos funcionarios municipales.-

ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.-

Sirva la presente de atenta nota de envío.-

p.b.

Honorable Concejo Deliberante de San Isidro

JOSÉ MARIA AMADO

Secretario

Honorable Concejo Deliberante San Isidro

JULIA RITA KUZIS

Presidente

Honorable Concejo Deliberante San Isidro

PROMULGADA POR DTO Nº 892

Del 28 de abril de 2011.

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Ref. Expte. Nº 3770-S-11

San Isidro, 18 de Abril de 2011

DECRETO NUMERO:

774

VISTO la presentación efectuada por el Sr.

Adrián Gabriel Schwartz, en carácter de Propietario, y el Arquitecto James Donaldson, en carácter de Profesional actuante, respecto de la factibilidad de realizar la construcción, de una vivienda unifamiliar, en el inmueble designado catastralmente como Circunscripción III, Sección A, Fracción VI, Parcelas 10c y 27, ubicado en la calle Perú Nº 1287, de la loca-lidad de Acassuso, en Jurisdicción de este Partido; y

Considerando:

QUE el predio se ubica en Zona Rb2 conforme

lo establece el Código de Ordenamiento Urbano, de Uso Conforme, previo tratamiento parti-cular por tratarse de un predio sobre la barranca, (Punto 2.13.b de la Hoja de Zona);

QUE teniendo en cuenta la situación topográfica

del predio y su entorno, se deben evaluar los Retiros Laterales mínimos, (en este caso), de 3.00 metros hacia ambos lados de la parcela, a los efectos de mantener los actuales niveles del terreno respecto de sus linderos;

QUE según el relevamiento de cotas de nivel

presentado, la Altura Máxima para la vivienda y el quincho se deberá tomar a partir de una Cota de Nivel ± 0,00 metros que corresponde a la cota + 0,70 metros de dicho plano, con-forme lo establecido en el Art. 1.2.1.10.3 del Código de Ordenamiento Urbano;

QUE por lo expuesto, los Organismos Técnicos

que elaboraron los informes de fojas 27/29, opinan que, con el cumplimiento de los requisi-tos que mediante el presente se determinarán, puede otorgarse la factibilidad consultada, cri-terio que este Departamento Ejecutivo comparte, razón por la cual procede el dictado del acto administrativo que así lo haga saber;

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Ref. Expte. Nº 3770-S-11

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POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a

ARTICULO 1º.- Hácese saber al Sr. Adrián Gabriel Schwartz, en su carácter de propietario ************** que se autoriza la construcción de una vivienda unifamiliar, en el inmueble designado catastralmente como Circunscripción III, Sección A, Fracción VI, Parcelas 10c y 27, ubicado con frente a la calle Perú Nº 1287, de la localidad de Acassuso, según documen-tación de fojas 6/12 y 26, convenientemente corregida.

ARTICULO 2º.- Lo dispuesto en el artículo precedente, queda sujeto al cumplimiento de las ************** condiciones Urbanísticas, Ambientales, de Funcionamiento y Administra-tivas, para la aprobación del proyecto definitivo, que a continuación se detallan:

A. Condiciones Urbanísticas:

A1. Los valores de FOS y FOT se establecerán conforme lo determinado por la zona, en 0,45 y 0,90 respectivamente.

A2. El Terreno Absorbente verificará el 27,5% como mínimo de la superficie definitiva de la parcela.

A3. A fin de respetar las condiciones urbano-ambientales del lugar y conforme a lo estable-cido en el punto 2.13 de la Hoja de Zona, se deberá verificar:

Fondo Libre mínimo: 10,00 metros conforme al art. 1.2.1.2, Apartado A, Inciso 2 Ítem a del Código de Ordenamiento Urbano.

De plantearse cualquier edificación futura dentro del Fondo Libre reglamentario menciona-do, la misma deberá ser analizada en forma particular, teniendo en cuenta las características topográficas del predio y su entorno, debiendo mantener este sector con sus actuales niveles, sin modificaciones.

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Ref. Expte. Nº 3770-S-11

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Se deberá verificar lo establecido en el art. 1.2.1.4.1, Apartado B, Inciso 9 del Código de Ordenamiento Urbano relativo a cabinas de seguridad y control.

Retiros Laterales: 3,00 metros hacia ambos lados.

Ambos retiros no podrán ser ocupados por edificaciones ni realizarse ejecución de socava-dos, debiendo mantenerse el actual nivel del predio.

Altura Máxima: 8,50 metros.

Conforme a lo establecido en el art. 1.2.1.10.3 del Código de Ordenamiento Urbano y al Re-levamiento de Cotas de Nivel presentado, el nivel ±0,00 metros a partir del cual se tomará la Altura Máxima de la vivienda y el quincho se fijará en la cota +0,70 metros, medida en el centro geométrico de la planta, debiéndose incluir en los planos a presentar.

En caso de realizarse construcciones anexas a la pileta, se tomará como referencia la Cota de Nivel +1,20 metros para medir la Altura Máxima.

El Plano Límite será de 10,00 metros para cumbreras y de 12,00 metros para tanques de agua y chimeneas.

Conforme al art. 1.2.1.10.3 Apartado A del Código de Ordenamiento Urbano no se autoriza-rá el destino Bauleras para los locales ubicados por encima de la cota +5,80 metros.

A4. El Estacionamiento vehicular verificará como mínimo, un (1) módulo reglamentario, a razón de un (1) módulo por unidad de vivienda, de acuerdo al art. 1.2.2.1 Inciso 9 del Códi-go de Ordenamiento Urbano, más un (1) lugar reservado para estacionamiento.

B. Condiciones Ambientales:

B1. Se deberán mantener los niveles naturales del terreno, respetando su relación con los predios linderos, con excepción de las construcciones propuestas.

Se deberá cumplir con lo establecido en el art. 1.2.4.9 del Código de Ordenamiento Urbano, relativo a Modificaciones del nivel natural de predios.

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Ref. Expte. Nº 3770-S-11

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B2. Aceras públicas: se ejecutarán conforme lo reglamentado por el Código de Edificación, teniendo en cuenta el desnivel existente sobre la calle Perú. Las veredas no perderán su con-tinuidad en correspondencia de los accesos vehiculares, debiendo salvar los desniveles con rampas reglamentarias, señalizadas.

Se deberá presentar propuesta de acceso vehicular y peatonal ante la Dirección General de Ordenamiento Urbano previo al tratamiento del Permiso de Construcción.

B3. Forestación: Se deberá respetar la forestación existente dentro del predio y en la vía pú-blica.

Conforme a la propuesta presentada, se deberá solicitar la extracción de los árboles ubicados dentro del área a edificar, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 501/10, reglamenta-rio de la Ordenanza Nº 6610, a fin de evaluar su extracción y postereglamenta-rior transplante y con la consiguiente reposición de ejemplares dentro y/o fuera del predio de así corresponder.

B4. Los muros divisorios y cercos de frente deberán ejecutarse conforme lo establece el art. 1.2.1.6 del Código de Ordenamiento Urbano. Éstos últimos estarán constituidos por elemen-tos que permitan transparencia conforme lo establece dicho artículo.

Se deberá presentar propuesta de tratamiento para muros divisorios (y/o de contención) y cercos de frente ante la Dirección General de Ordenamiento Urbano previo al tratamiento del Permiso de Construcción, con sus correspondientes niveles dentro del predio, en vereda y en relación a los predios linderos.

B5. Consideraciones generales para la etapa de Obra:

- Durante la etapa de construcción, se deberán adoptar todas las medidas necesarias a fin de mitigar los efectos que pudiesen generarse por emisión de ruidos molestos, contaminación del suelo, aire y agua.

- Se deberá controlar la conducta y comportamiento de los operarios y terceros contratados para la realización de la obra, en relación al cuidado de los factores ambientales aludidos y a la convivencia con los vecinos circundantes.

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Ref. Expte. Nº 3770-S-11

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- Se colocará cartel de obra en lugar visible, con número de expediente y datos del respon-sable de la ejecución de la misma. Se dispondrá de una copia del Permiso de Construcción en el lugar, para ser consultada por los agentes municipales en las inspecciones pertinentes. - Colocar protección perimetral o vallados a fin de aminorar ruidos y polvos.

- El horario de trabajo será de 8.00 a 17.00hs, de lunes a viernes, y sábados de 8.00 a 14.00hs.

- La modificación con respecto a los horarios de trabajo podrá ser considerada particular-mente, teniendo en cuenta las características de la zona. A tal efecto se realizará una solici-tud detallando los días, horarios y tipo de tarea para su evaluación.

- La utilización de maquinarias o herramientas que produzcan niveles superiores a los deci-beles autorizados para la zona, o considerados molestos por el sentido común, deberá efec-tuarse en horarios especiales, tratando de evitar molestias al vecindario y comunicando el horario y duración de los trabajos a la Municipalidad y a los vecinos afectados.

- La circulación de vehículos con materiales se realizará adoptando todas las medidas nece-sarias para evitar ruidos molestos y trastornos o alteraciones en el tránsito, teniendo especial cuidado por la ubicación del predio en una calle con fuerte pendiente, y debiendo prever un lugar dentro del predio para la maniobra de los vehículos de carga.

- Se deberá señalizar el acceso vehicular para mejorar las condiciones de circulación. Se coordinará la asistencia de la Dirección General de de Tránsito a fin de evitar inconvenientes en el tránsito.

- Los obradores y contenedores serán instalados dentro del predio, con sus correspondientes instalaciones sanitarias, depósitos de materiales y escombros, sin ocupación de la vía públi-ca.

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Ref. Expte. Nº 3770-S-11

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C. Condiciones Administrativas:

C1. Presentar Plano de Mensura y Unificación visado por la Dirección de Catastro para el otorgamiento del Permiso de Construcción. Deberá obtener la aprobación por parte de la Dirección Provincial de Geodesia para la gestión del Conforme y/o Final de Obra.

C2. Cumplimentará las disposiciones de los Códigos de Ordenamiento Urbano y de Edifica-ción y toda otra normativa que, en el orden Nacional, Provincial y/o Municipal resulten de aplicación.

C3. Se transcribirán en el Permiso de Construcción todas las Condicionantes Urbanísticas, Ambientales y Administrativas.

ARTICULO 3º.- La vigencia del presente decreto queda condicionada a que dentro de los ************* ciento veinte (120) días de notificado el mismo, se hubiere otorgado el per-tinente Permiso de Construcción.

ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

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Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario (Interino) de la Secretaría Gral. de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Inspecciones, R. Urbanos y Tránsito Cdor. Guillermo Sánchez Landa

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Ref. Expte. Nº 3.666-R-2011

SAN ISIDRO, 18 de Abril de 2011.-

DECRETO NUMERO:

7 7 5

Visto la nota obrante en autos presentada por el ROTARY CLUB DE VICTORIA; y

Considerando:

QUE por la misma solicita se declare de interés municipal el “SEMINARIO DE LIDERAZGO ROTARIO”, que bajo la organización del Distrito 4825 del ROTARY INTERNACIONAL se llevará a cabo en el mes de abril de 2011, en las instalaciones del Salón Francia del Colegio Carmen Arriola de Marín;

QUE la Secretaría de Desarrollo Social presta su conformidad, razón por la cual procede el dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Declárase de interés municipal, la realización del “SEMINARIO DE LIDE ************* RAZGO ROTARIO”, organizado por el Distrito 4825 del ROTARY IN- TERNACIONAL, que se llevará a cabo en el mes de abril de 2011, en las instalaciones del Salón Francia del Colegio Carmen Arriola de Marín.-

ARTICULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

mtb

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario (Interino) de la Secretaría Gral. de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Desarrollo Social Mario Salvador Alonso

(13)

13

Ref.: Expte. N° 7447-D-2010.-

SAN ISIDRO, 18 de Abril de 2011.-

DECRETO NUMERO:

7 7 6

VISTO la realización de los Torneos Juveniles Bonaerenses 2011 y Torneos Abuelos Bonaerenses 2011; y

Considerando:

QUE la Secretaría de Desarrollo Social solicita se designe a la Directora General de Educación Municipal, Profesora María de los Angeles BROGGI, como responsable de la operatoria de los mismos, autorizándola a percibir los fon dos correspondientes con imputación al evento, con oportuna rendición de cuentas;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1°.- DESIGNASE a la Directora General de Educación Municipal, Profesora ************** María de los Angeles BROGGI, como responsable de la operatoria de los Torneos Juveniles Bonaerenses 2011 y Torneos Abuelos Bonaerenses 2011, autorizándola a percibir los fondos correspondientes con imputación al evento, con oportuna rendición de cuentas.-

ARTICULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

mtb

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

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14

Ref.: Expte. 2159-J-2011.-Cuerpo nro. 2.-

DECRETO NUMERO: 7 7 7

PUBLICADA EN EDICION EXTRA Nº 5 7 3 (del 18 de abril de 2011)

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Ref. Expte. Nº 3444-P-2011.-

SAN ISIDRO, 18 de abril de 2011

DECRETO NUMERO:

7 7 8

VISTO el dictado del Decreto Nº 3.200 con fe-cha 4 de diciembre de 2006, mediante el cual se declaró el estado de emergencia sanitaria en el ámbito del Partido de San Isidro, en virtud de la situación creada entre la Asociación Pro-fesional que los nucléa y los médicos anestesiólogos, lo cual ha derivado en la suspensión de servicios de éstos profesionales; y

Considerando:

QUE, esta contingencia impide el normal desa-rrollo de las prácticas quirúrgicas, tanto las programadas como las de carácter urgente;

QUE, el municipio se encuentra imposibilitado de derivar a otros Hospitales Provinciales o a los ubicados en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, en virtud de la saturación en que éstos se encuentran;

QUE, resulta urgente solucionar ésta situación dado que de prolongarse, se encontraría en alta situación de riesgo la salud de la población;

QUE, se hace necesario designar profesionales “Médicos Anestesiólogos”, que dado a la situación de emergencia sanitaria descripta en el Decreto mencionado Ut Supra, y en el marco de dicha norma, percibirán honorarios superio-res a los que perciben otros profesionales de la salud en las mismas condiciones de labor;

QUE, en virtud de ello, se deberá designar en ca-rácter de “Personal Mensualizado”, a los Profesionales que se detallan a continuación, con-forme el artículo 92º de la Ley 11.757 (Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires),

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

/…

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16 Ref. Expte. Nº 3444-P-2011.- //…

ARTICULO 1º.- Desígnase en carácter de “Planta Temporaria – Personal Mensualizado”, ************* a los Profesionales que se detallan a continuación, con actividad de “Médi-cos Anestesiólogos”, por el periodo comprendido entre el 1 y el 31 de diciembre de 2010 inclusive, con las retribuciones y en las dependencias que en cada caso se especifican:

- Legajo Nº: 62030 - SCHULZE Wanda Gabriela, con la retribución de 8500 módulos (J:1.1.1.01.09.000-C:28-O:1.2.1.01) y actividad en el Servicio de Anestesiología del Hospital Materno Infantil.-

- Legajo Nº: 15929 - FOLINI Julio César, con la retribución de 6000 módulos, (J:1.1.1.01.000.09.000-C:28-O:1.2.1.01) y actividad en el Servicio de Anestesiología del Hospital Materno Infantil.-

ARTICULO 2º.- Las presentes designaciones por ser personal de Planta Temporaria, ************* carecen de estabilidad, por lo cual podrán ser limitadas – previo a la fecha citada - cuando razones de servicio así lo aconsejen (conforme lo establece el Artículo 101º de la Ley Nº 11.757).-

ARTICULO 3º.- Déjase expresa constancia que la aplicación de las disposiciones de la Ley ************* Nº 11.757, no importa la admisión por parte de este Municipio de la consti-tucionalidad de dicho cuerpo legal.-

ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

EC

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario (Interino) de la Secretaría Gral. de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Salud Pública Dr. Gustavo Hirsch

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Ref.: Expte. Nro. 1396-U-2009

SAN ISIDRO, 18 de abril de 2011

DECRETO NUMERO:

7 7 9

VISTO la nota presentada por la UNION VECINAL SOCIEDAD DE FOMENTO LA RIBERA; y

Considerando:

QUE, la citada Institución solicita un apoyo económico destinado a solventar los gastos que demande las reparaciones y reformas edilicias;

QUE, la Secretaría de Desarrollo Social estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000), con oportuna rendición de cuentas en un plazo de noventa (90) días corridos;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- OTORGASE el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental ************** por la UNION VECINAL SOCIEDAD DE FOMENTO LA RIBERA, por la suma de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000), destinado a solventar los gastos que demande las reparaciones y reformas edilicias, con oportuna rendición de cuentas en un plazo de no-venta (90) días corridos.-

ARTICULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debida- ************* mente autorizada/s a tal efecto.-

ARTICULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del decreto reglamentario ************** Nro.1444/85.-

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Ref.: Expte. Nro. 1396-U-2009

//…

ARTICULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente ************* decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos en vigencia.-

ARTICULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

EC

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario (Interino) de la Secretaría Gral. de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Desarrollo Social Mario Salvador Alonso

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Ref.: Expte. Nro. 5094-J-2005 Alc. Nro. 3

SAN ISIDRO, 18 de Abril de 2011.-

DECRETO NUMERO:

7 8 0

VISTO lo actuado en el presente expediente, y; Considerando:

QUE atento el estado del presente trámite, corresponde, a los efectos de dar continuidad al mismo, conforme lo dispone el Artículo 45 de la Ordenanza General 165, analizar las liquidaciones presentadas por la empresa constructora, las cuales obran a fs. 1518/1547;

QUE, a fs. 1550 se expide sobre el particular la Secretaría de Obras Públicas, considerando que habiéndose materializado las recepciones de la obra en forma parcial por la empresa Aguas y Saneamientos Argentinos S.A. a fs. 1548/1549, y de la correspondiente a pavimentos y veredas por parte de la Municipalidad a fs. 1517, y resultando correctas las liquidaciones aludidas en el considerando anterior, deben aprobarse las mismas;

QUE en consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 45 y 46 de la citada Ordenanza, corresponde el dictado del acto administrativo que apruebe las liquidaciones presentadas y disponga la publicación del pertinente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTICULO 1º: Apruébanse las liquidaciones presentadas por la empresa ************** FENCAR S.A. a fs. 1518/1547.

ARTICULO 2º: Apruébase el edicto que obra a fs. 1551 y dispónese su publi- ************** cación en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires.

(20)

20

Ref. Expte. Nro. 5094-J-2005 Alc. Nro. 3

/////

ARTICULO 3°: Regístrese, Notifíquese y Publíquese.

DESPACHO Y LEGISLACION

DM

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

(21)

21

Ref.: Expte. Nº 3912-P-2011.-.

SAN ISIDRO, 18 de abril de 2011

DECRETO NUMERO:

7 8 1

VISTO lo solicitado mediante nota de la Direc-ción General de EducaDirec-ción, obrante a fojas 1; y

Considerando:

QUE la Docente María de los Milagros BENZ, con funciones de Maestra turno tarde, en la Escuela Municipal Malvinas Argentinas, fue reubicada en el turno mañana de la misma Escuela;

QUE se hace necesario cubrir dicho cargo; QUE en virtud de ello se deberá, designar provi-sionalmente a la Docente Alicia María TAJANI (Legajo Nº 61551), conforme lo establece el artículo 7º de la Ley Nº 11.757 (Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Pro-vincia de Buenos Aires);

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Desígnase provisionalmente a la Docente Alicia María TAJANI ************* (Legajo Nº 61551), a partir del 11 de febrero de 2011, en la categoría de Maestra (J:1.1.1.01.06.000 – C:21 – O:1.1.1.08) y, funciones de Maestra turno tarde, en la Escuela Municipal Malvinas Argentinas, por reubicación de la Docente María de los Mila-gros BENZ, en el turno mañana de la misma Escuela.-

ARTICULO 2º.- Déjase expresa constancia que la aplicación de las disposiciones de la ************* Ley Nº 11.757, no importa la admisión por parte de este Municipio de la constitucionalidad de dicho cuerpo legal.-

ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

(22)

22

Ref. Expte. Nro

SAN ISIDRO, 18 de abril de 2011

DECRETO NUMERO:

7 8 2

VISTO los presentes actuados; y Considerando:

QUE, se inició el expediente por nota obrante a fojas 1/2 presentada por el Sr. Dardo Stagi, donde se manifestaba que los contratantes de Servicios Turísticos, -en un programa de Acción Social para Jubilados-, algunos de los via-jes, se debieron cancelar, habiéndolos pagados y no se reintegraba en tiempo y forma el di-nero. Dicha nota fue firmada por una gran cantidad de personas entre las cuales figuraban las señaladas a fojas 41 y 42 donde se explica que es lo que sucedió con ellas, y otras de las fir-mantes no viajaron nunca dado que no se habían anotado para viajar, no obstante firmaron la nota. Se certifica en autos, que de los viajes cancelados las señas depositadas fueron todas devueltas, no quedando saldo alguno que pudiera reclamarse;

QUE a fojas 8, y con solo la nota de presentación se ordenó por Decreto Nº 11 de fecha 5 de enero de 2010 la instrucción de un sumario admi-nistrativo, interviniendo conforme fojas 26 como sumariante el Dr. Roberto Gabriel Mateo, suspendiéndose preventivamente en el ejercicio de su cargo a la agente Silvia Isabel Meirot-ti. Posteriormente a ello se fue aclarando que la nota de fojas 1 no era exacta respecto a las personas que realizaron viajes habiendo firmado gente que nunca se anotó para los mismos y devolviéndose el dinero a las personas que se le cancelaron viajes o se atrasaron los mismos. Esto significa que no existió mala fe en la intervención de la denunciada, siendo que algunos de esos viajes no se realizaron por razones ajenas a su voluntad, devolviéndoles las señas que habían dejado, sin haber saldo pendiente alguno en la actualidad;

QUE entiende la Asesoría Legal Municipal que no existe responsabilidad administrativa en cuanto al proceder de la denunciada y por ello debe darse por finalizado el presente sumario administrativo y proceder al archivo de autos;

QUE, en un todo de acuerdo con los argumentos citados, este Departamento Ejecutivo promueve el dictado del acto administrativo pertinente;

(23)

23

Ref.: Expte. Nro

13019-S-2009.-//...

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTICULO 1º.- Dese por finalizadas las actuaciones sumariales ordenadas en el presente ************* expediente, por no existir elementos probatorios que permitan imputar falta alguna a la Silvia Isabel Meirotti, y procédase al archivo de las mismas, en un todo de acuer-do con lo expuesto por la Asesoría Legal Municipal a fojas 63.-

ARTICULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

EC

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

(24)

24

Ref.: Expte. Nro. 2444-R-2010.-

SAN ISIDRO, 18 de abril de 2011

DECRETO NUMERO:

7 8 3

Visto la necesidad de proceder a la evaluación del material existente en el Archivo General, tendiente a su decomiso; y

Considerando:

Que, la Dirección General de Rentas, ha solicita-do se disponga la destrucción de toda solicita-documentación obrante en el Departamento de Procu-ración de Cobro, que esté fechada hasta el 31 de diciembre de 2001 inclusive, de acuerdo al detalle que obra a fs. 23 autos, referente a todas las tasas, derechos y gravámenes incluidos en las ordenanzas municipales y;

Que, dada su antigüedad y características, la misma no reviste interés histórico, bibliográfico o estadístico, no resultando necesaria su conservación para amparar derechos del Estado Municipal contra terceros;

Que, resulta necesaria su destrucción para evitar una utilización indebida de la documentación en manos de personas no pertenecientes a esta Administración;

Que, vista la estructuración actual de los siste-mas de computación implementados, las modificaciones realizadas en los registros de las cuentas corrientes, quedan indebidamente reflejadas, detectándose asimismo los agentes que han producido los movimientos, por las claves de acceso utilizadas;

Que, por cuestiones fundamentales de falta de espacio físico, resulta imprescindible generar nuevos lugares de guarda;

Que, por Decreto nro. 2716/92 se instituyera la Comisión Revisora “Ad honorem” del Archivo Municipal, integrada por representantes de las distintas Secretarías que, al momento de concretar su tarea, deberán ser designados por las mismas juntamente con el titular de la Dirección General de Despacho y Legislación, para llevar a cabo su cometido;

Que, corresponde en consecuencia convocar la aludida Comisión, debiendo cada Secretaría disponer designar un representante, a tales fines; Que, en tal sentido, corresponde dictar el perti-nente acto administrativo;

(25)

25

Ref.: Expte. Nro. 2444-R-2010.-

/////

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTICULO 1º.- Convócase a la Comisión Revisora “Ad-honorem” del Archivo Muni-cipal, integrada por un representante de cada una de las secretarías, a los fines de emitir dic-tamen respecto de la solicitud de la Dirección General de Rentas, para disponer la destruc-ción de la documentadestruc-ción que a fs. 23 se detalla, todo ello en acuerdo con los términos del Decreto 2716/92.-

ARTICULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y Publíquese.-

ESPACHO Y LEGISLACIÓN

DM

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

(26)

26 Ref. Expte Nro. 2-R-2011

DECRETO NUMERO:

7 8 4

PUBLICADA EN EDICION EXTRA Nº 5 7 5 (del 29 de abril de 2011)

(27)

27

Ref. Expte. Nro. 4630-A-2010

SAN ISIDRO, 18 de abril de 2011

DECRETO NUMERO:

7 8 5

VISTO la presentación efectuada en autos por Aquilino ALVAREZ solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Re-construcción de la Vía Pública; y

Considerando:

QUE habiéndose comprobado que existe imposi-bilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado;

QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100 % año/s 2011;

POR ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y *************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100 %, año/s 2011, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Aquilino ALVAREZ con domicilio en Gervasio Posadas 2028 de la ciudad de Beccar, jurisdiccion de este Partido, Cta. Cte. 720.208.-

ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas Inmobiliarias.-

ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISL

RT

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario (Interino) de la Secretaría Gral. de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta

(28)

28

Ref. Expte. Nro. 1631-D-2000

SAN ISIDRO, 18 de abril de 2011

DECRETO NUMERO:

7 8 6

VISTO la presentación efectuada en autos por Gabriel DESVARD solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Re-construcción de la Vía Pública; y

Considerando:

QUE habiéndose comprobado que existe imposi-bilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado;

QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50 % año/s 2011;

POR ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y *************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 50 %, año/s 2011, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Gabriel DESVARD con domicilio en Matheu 1565 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte. 640.235.-

ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas Inmobiliarias.-

ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISL

RT

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario (Interino) de la Secretaría Gral. de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta

(29)

29

Ref. Expte. Nro. 8136-D-2001

SAN ISIDRO, 18 de abril de 2011

DECRETO NUMERO:

7 8 7

VISTO la presentación efectuada en autos por Onorina LUPO Vda. de DEL DONNO solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Con-servación y Reconstrucción de la Vía Pública; y

Considerando:

QUE habiéndose comprobado que existe imposi-bilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado;

QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100 % año/s 2011;

POR ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y *************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100 %, año/s 2011, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Onorina LUPO Vda. de DEL DONNO con domicilio en Ipiranga nº 562 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte. 641.637.-

ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas Inmobiliarias.-

ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISL

RT

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario (Interino) de la Secretaría Gral. de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta

(30)

30

Ref. Expte. Nro. 8689-G-2003

SAN ISIDRO, 18 de abril de 2011

DECRETO NUMERO:

788

VISTO la presentación efectuada en autos por Hector GOMEZ solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, res-pecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Recons-trucción de la Vía Pública; y

Considerando:

QUE habiéndose comprobado que existe imposi-bilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado;

QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50 % año/s 2011;

POR ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y *************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 50 %, año/s 2011, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Hector GOMEZ con domicilio en Washington 102 de la ciudad de Beccar, jurisdiccion de este Partido, Cta. Cte. 821.228.-

ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas Inmobiliarias.-

ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISL

RT

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario (Interino) de la Secretaría Gral. de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta

(31)

31

Ref. Expte. Nro. 1619-C-2003

SAN ISIDRO, 18 de abril de 2011

DECRETO NUMERO:

789

VISTO la presentación efectuada en autos por Domingo CARRIZO solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Re-construcción de la Vía Pública; y

Considerando:

QUE habiéndose comprobado que existe imposi-bilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado;

QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100 % año/s 2011;

POR ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y *************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100 %, año/s 2011, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Domingo CARRIZO con domicilio en Bulnes 1336 de la ciudad de Boulogne, jurisdiccion de este Partido, Cta. Cte. 620.375.-

ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas Inmobiliarias.-

ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISL

RT

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario (Interino) de la Secretaría Gral. de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta

(32)

32

Ref. Expte. Nro. 2193-A-2009

SAN ISIDRO, 18 de abril de 2011

DECRETO NUMERO:

790

VISTO la presentación efectuada en autos por Martha ALONSO (usufructuaria) solicitando su inclusión dentro de los alcances de las nor-mas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conser-vación y Reconstrucción de la Vía Pública; y

Considerando:

QUE habiéndose comprobado que existe imposi-bilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado;

QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50 % año/s 2011;

POR ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y *************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 50 %, año/s 2011, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Martha ALONSO (usufructuaria) con domicilio en Malabia nº 20 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte. 695.084.-

ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas Inmobiliarias.-

ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISL

RT

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario (Interino) de la Secretaría Gral. de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta

(33)

33

Ref. Expte. Nro. 718-A-1991

SAN ISIDRO, 18 de abril de 2011

DECRETO NUMERO:

791

VISTO la presentación efectuada en autos por Maria Celeste AFFINITO solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vi-gentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y

Considerando:

QUE habiéndose comprobado que existe imposi-bilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado;

QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100 % año/s 2011;

POR ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y *************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100 %, año/s 2011, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Maria Celeste AFFINITO con domicilio en Cosme Argerich 1604 de la localidad de Villa Adelina, jurisdiccion de este Partido, Cta. Cte. 521.312.-

ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas Inmobiliarias.-

ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISL

RT

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario (Interino) de la Secretaría Gral. de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta

(34)

34

Ref. Expte. Nro. 10750-D-1994 y agreg.

SAN ISIDRO, 18 de abril de 2011

DECRETO NUMERO:

792

VISTO la presentación efectuada en autos por Maria Malaga MAURO Vda. de DAGUANNO solicitando su inclusión dentro de los alcan-ces de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Lim-pieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y

Considerando:

QUE habiéndose comprobado que existe imposi-bilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado;

QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100 % año/s 2007;

POR ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y *************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100 %, año/s 2007, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Maria Malaga MAURO Vda. de DAGUANNO con domicilio en Pedro de Mendoza 285 de la ciudad de San Isidro, jurisdiccion de este Partido, Cta. Cte. 111.025.-

ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas Inmobiliarias.-

ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISL

RT

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario (Interino) de la Secretaría Gral. de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta

(35)

35

Ref. Expte. Nro. 11-P-2003

SAN ISIDRO, 18 de abril de 2011

DECRETO NUMERO:

793

VISTO la presentación efectuada en autos por Bartolomé PIGNATELLI solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vi-gentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y

Considerando:

QUE habiéndose comprobado que existe imposi-bilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado;

QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100 % año/s 2011;

POR ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y *************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100 %, año/s 2011, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Bartolomé PIGNATELLI con domicilio en Velez Sarsfield 533 de la ciudad de Martinez, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte. 380.751.-

ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas Inmobiliarias.-

ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISL

RT

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario (Interino) de la Secretaría Gral. de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta

(36)

36

Ref. Expte. Nro. 5208-H-2003

SAN ISIDRO, 18 de abril de 2011

DECRETO NUMERO:

794

VISTO la presentación efectuada en autos por Dánica HRELJA solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Re-construcción de la Vía Pública; y

Considerando:

QUE habiéndose comprobado que existe imposi-bilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado;

QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100 % año/s 2011;

POR ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y *************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100 %, año/s 2011, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Dánica HRELJA con domicilio en Fondo de la Legua 2476 - Edificio 2 - 4º Piso Depto. 41 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte. 411.043.-

ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas Inmobiliarias.-

ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISL

RT

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario (Interino) de la Secretaría Gral. de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta

(37)

37

Ref. Expte. Nro. 662-P-2002

SAN ISIDRO, 18 de abril de 2011

DECRETO NUMERO:

795

VISTO la presentación efectuada en autos por Susana PARODI Vda. de MINUTOLO solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Con-servación y Reconstrucción de la Vía Pública; y

Considerando:

QUE habiéndose comprobado que existe imposi-bilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado;

QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100 % año/s 2011;

POR ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y *************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100 %, año/s 2011, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Susana PARODI Vda. de MINUTOLO con domicilio en Ucrania 1953 de la localidad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte. 541.817.-

ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas Inmobiliarias.-

ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISL

RT

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario (Interino) de la Secretaría Gral. de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta

(38)

38

Ref.: Expte. N° 1943-O-2011.-

SAN ISIDRO, 19 de abril de 2011

DECRETO NUMERO:

796

VISTO la Ordenanza N° 8107, la cual dispone la condonación del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, a los inmuebles ubicados dentro del ámbito del Partido que hayan sido adquiridos mediante el régimen de regularización dominial, establecido por la Ley N° 24.374; y

Considerando:

QUE dicha norma establece diversos requisitos en orden a la propiedad y el aspecto socio económico del/los adquirente/s, autorizando al Departamento Ejecutivo a disponer la condonación requerida, aplicable a tasas vencidas has-ta el momento en que se celebre el acto de escrituración;

QUE por Disposición N° 100/2003 la Dirección de Tierras establece el visado previo del cumplimiento de los requisitos, por parte de la Sub-secretaría Provincial de Tierras, quien emite un acta de visación en su faz técnica y social, y en cumplimiento de la ley y sus decretos reglamentarios –en carácter de autoridad de aplica-ción-, aprueban el expediente de otorgamiento;

QUE en el presente caso, corresponde acceder al beneficio antes citado al inmueble individualizado mediante cuenta corriente N° 610.464, ubicado en Luis María Campos N° 2185 de la Ciudad de Boulogne, adquirido por María Inés Ochoa, por escritura N° 350 de fecha 30 de julio de 1999, por el período 1999/4 A in-clusive, con excepción de las cuotas abonadas a la fecha sobre las cuales no recae beneficio alguno;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

(39)

39

Ref.: Expte. N° 1943-O-2011.-

ARTICULO 1°.- CONDONASE la deuda de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conserva- ************* ción y Reconstrucción de la Vía Pública, de la Cta. Cte. N° 610.464, que recae sobre la propiedad sita en Luis María Campos N° 2185 de la Ciudad de Boulogne, ju-risdicción de este Partido, adquirida por María Inés Ochoa, por escritura N° 350 de fecha 30 de julio de 1999.-

ARTICULO 2°.- Dicho beneficio comprenderá hasta la cuota 1999/4 A inclusive, a excep- ************* ción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno.-

ARTICULO 3°.- Tome intervención el Departamento de Tasas Inmobiliarias a fin de dar ************* cumplimiento a lo dispuesto en el artículo precedente.-

ARTICULO 4°.- Regístrese. Comuníquese y

publíquese.-DESPACHO Y LEGISLACION

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario (Interino) de la Secretaría Gral. de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta

(40)

40

Ref. Expte. nro. 3519-C-2011.-

SAN ISIDRO, 19 de Abril de

2011.-DECRETO NUMERO:

7 9 7

VISTO la solicitud de prescripción efectuada a fojas 1 por el señor Julio César CLERICI, respecto de la deuda de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, correspondiente a la cuenta nro. 370.057; y

Considerando:

QUE se requirieron antecedentes existentes en la referida cuenta corriente;

QUE a fojas 4/7 se agregan notificaciones cursa das al domicilio del contribuyente;

QUE a fojas 8 el Departamento de Procuración de Cobro informa al respecto que, los ejercicios fiscales 1992 a 1994 se encontraban pres-criptos cuando fueron entregadas dichas actuaciones;

QUE la Asesoría Legal informa a fojas 3 que el Certificado incoado por ese período, no ha sido promovido, no generando gastos;

QUE atento a la normativa legal vigente (Ley nro. 12.076, artículo 278°), la cual rige en la materia, corresponde hacer lugar a la liberali dad pretendida;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1o.- Hácese lugar a la solicitud de prescripción solicitada por el señor Julio Cé- ************* sar CLERICI, DNI 4.601.714, respecto de la deuda de la Tasa Por Alumbra do, Limpieza y Conservación de la Vía Pública que recae sobre el inmueble sito en Benja- mín Sáenz Valiente nro. 45, de la ciudad de Martínez, cuenta corriente nro. 370.057, por el período 1992 a 1994 inclusive.-

ARTICULO 2°.- Por conducto del Departamento de Tasas Inmobiliarias adecúense los regis

(41)

41 ///…

Ref. Expte. nro. 3519-C-2011.-

tros de

deuda.-ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y

publíquese-DESPACHO Y LEGISLACION

mtb

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario (Interino) de la Secretaría Gral. de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta

(42)

42

Ref.: Expte. Nro. 3669-A-2011-

SAN ISIDRO, 19 de Abril de 2011.-

DECRETO NUMERO

: 7 9 8

VISTO la nota presentada por la ASOCIACION CIVIL QUERUBINES; y

Considerando:

QUE la citada Institución solicita un apoyo eco- nómico destinado al pago del alquiler;

QUE la Secretaría de Desarrollo Social estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS CUARENTA Y OCHO MIL ($ 48.000,00), pagadero en una (1) cuota de PESOS DOCE MIL ($ 12.000,00) y nueve (9) cuo-tas iguales y consecutivas de PESOS CUATRO MIL ($ 4.000,00) cada una, con oportuna rendición de cuentas;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- OTORGASE el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental ***************por la “ASOCIACION CIVIL QUERUBINES”, por la suma de PESOS CUARENTA Y OCHO MIL ($ 48.000,00), pagadero en una (1) cuota de PESOS DOCE MIL ($ 12.000,00) y nueve (9) cuotas iguales y consecutivas de PESOS CUATRO MIL ($ 4.000,00) cada una, destinado al pago del alquiler;

ARTICULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debida- *************** mente autorizadas a tal efecto.-

ARTICULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del decreto reglamen- ************** tario Nro.1444/85.-

(43)

43

Ref.: Expte. Nro. 3669-A-2011.-

ARTICULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el pre- ***************sente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida corres-pondiente del Presupuesto General de Gastos en vigencia.-

ARTICULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.

DESP Y LEGISL

A.P.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario (Interino) de la Secretaría Gral. de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Desarrollo Social Mario Salvador Alonso

(44)

44

Ref.: Expte. Nro. 3668-A-2011-

SAN ISIDRO, 19 de Abril de 2011.-

DECRETO NUMERO

: 7 9 9

VISTO la nota presentada por la ASOCIACION CIVIL QUERUBINES; y

Considerando:

QUE la citada Institución solicita un apoyo eco- nómico destinado al pago del servicio de transporte;

QUE la Secretaría de Desarrollo Social estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS TREINTA Y SEIS MIL ($ 36.000,00), pagadero en una (1) cuota de PESOS NUEVE MIL ($ 9.000,00) y nueve (9) cuotas iguales y consecutivas de PESOS TRES MIL ($ 3.000,00) cada una, con oportuna rendición de cuentas;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- OTORGASE el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental ***************por la “ASOCIACION CIVIL QUERUBINES”, por la suma de PESOS TREINTA Y SEIS MIL ($ 36.000,00), pagadero en una (1) cuota de PESOS NUEVE MIL ($ 9.000,00) y nueve (9) cuotas iguales y consecutivas de PESOS TRES MIL ($ 3.000,00) cada una, destinado al pago del servicio de transporte;

ARTICULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debida- *************** mente autorizadas a tal efecto.-

ARTICULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del decreto reglamen- ************** tario Nro.1444/85.-

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