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Municipalidad de Barva Secretaría Municipal Acta 24/ /04/2.014

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Acta Ordinaria 24-2.014

Acta número VEINTICUATRO de la Sesión ordinaria celebrada por el Concejo Municipal de Barva a las diecisiete horas del día 21 de abril del 2.014 con la asistencia de los siguientes miembros.

REGIDORAS Y REGIDORES PROPIETARIOS

Sr. Ulises Otárola Fallas–Presidente Municipal

Sr. Alberto Antonio Trejos Quirós Sra. Sylvia Elena Vargas Arguedas Sra. María de los Ángeles Solano Ramos

REGIDORAS Y REGIDORES SUPLENTES

Sr. Mariano Herlindo Sánchez Herra

Sr. Alexander Rojas Montero

Sr. Eduardo Enrique Zamora Montero (en propiedad) Sr. Carlos Alberto Villalobos Gutiérrez

SÍNDICAS Y SÍNDICOS PROPIETARIOS

Sra. Jenny Máyela Valverde Zamora

Sra. Efigenia María Vargas Vargas SÍNDICAS Y SÍNDICOS SUPLENTES Sra. Maritza Molina Camacho

Sr. Manuel Emilio Guevara Esquivel

ALCALDESA MUNICIPAL

Mercedes Hernández Méndez

AUSENTES

Sr. José Antonio Ramírez Aguilar Sr. Allan Espinoza Ramírez

Sra. Marianela Zárate González (con permiso) Sr. Mariano Alberto Zárate Carmona

Sr. Bryan Jesús Solano Aguilar (con permiso) Sr. José Eduardo Carballo Avendaño

Sra. Yancy Laurita Rodríguez Vargas Sr. Edwin Zárate Hernández

Sra. Olga María Carvajal Chávez

Sra. Patricia Campos Varela

Secretaria Municipal Preside

Sr. Ulises Otárola Fallas

ORDEN DEL DÍA

1. Articulo I. -Lectura y Aprobación de las Actas anteriores (Acta Ord. 22-2014 y Acta Ext. 23-2014)

2. Articulo II.-Correspondencia

3. Articulo III.- Asuntos de Presidencia

Solicitar informe referente a la reunió Empresa de Servicios Públicos – Santa Lucia Retomar el Informe de ejecución del periodo 2013 presentado por el Auditor

(2)

Retomar nombramiento de los representantes ante la Unión Nacional de Gobiernos Locales y la Federación de Municipalidades de Heredia

Retomar el Oficio PAT-MB-0143-2014-(Retomar Acuerdo Municipal 1643-2013 y subsanación del procedimiento de publicación para consulta pública de las modificaciones al Reglamento Ley regulación y comercialización de bebidas con contenido alcohólico de la Municipalidad de Barva) presentado por la Licda. Yorleny Díaz Zárate,

Retomar OFICIO: AJ-ARV- 0027-2014, referente a la “Activación de Patente-Manuel Villalobos Vindas

4. Artículo IV.- Dictámenes de Comisión (Informes)

5. Articulo V.- Asuntos de los Regidores (as) y Síndicos (as)

Regidor Suplente Eduardo Zamora Montero Sindico Bryan Solano Ramos

6. Articulo VI.- Asuntos de la Alcaldía

Puntos;

A. Para Presentar

A.1 Departamento Patentes. Sra. Yorleny Díaz Z, Jefa a.i. PAT-MB-0189-2014, Solicitud de retomar por el Concejo Municipal Acuerdo 1643-2013.

Trámite Urgente, Este apartado es por el hecho de que en el transcurso de la semana, fin de semana suceda algo o bien en el trascurso de lunes que debe ser conocido

CAPITULO I

APROBACIÓN DE ACTAS

Art. 01

Se somete a revisión el Acta Ordinaria 22-2014 y se aprueba sin modificaciones.

Aprueban el Acta Ord. 22-2014 los Regidores (as) Eduardo Zamora Montero, María de

los Ángeles Solano Ramos, Alberto Antonio Trejos Quiros y Silvia Elena Vargas Arguedas; el Regidor Ulises Otarola Fallas no aprueba dicha acta ya que se encuentra ausente en la misma.

El Concejo Municipal aprueba el Acta 22-2014 manteniéndose los votos negativos de la misma.

El Regidor Alberto Antonio Trejos Quiros externa que en la Sesión del próximo lunes él

hará referencia al Art. 04 del CAPITULO VI del Acta Ord. 22-2014 (en donde la

administración aclara que para la construcción de las canchas en San Bartolomé no existe contenido económico)

Art. 02

Se somete a revisión el Acta Extraordinaria 23-2014 y se aprueba sin modificaciones.

Aprueban el Acta Extraordinaria 23-2014 los Regidores (as) Eduardo Zamora Montero,

María de los Ángeles Solano Ramos, Ulises Otarola Fallas, Alberto Antonio Trejos Quiros y Silvia Elena Vargas Arguedas.

El Concejo Municipal aprueba el Acta 23-2014 manteniéndose los votos negativos de la misma.

(3)

CAPITULO II

CORRESPONDENCIA

Art. 01

Se recibe nota del señor Bernal Ramírez Herrera Auditor Municipal que a la letra dice:

Al contestar refiérase a: REMINV 1 137 03 -14

Por este medio y para su conocimiento de las labores que ejecuta esta Auditoria Interna , se le informa a este respetable Concejo Municipal que se ejecutó el informe de Control Interno Al INFCIACT CCDR 113303-14, el cual fue remitido al Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Barva en calidad de titular subordinado y con competencia para la valoración, implantación y cumplimiento de las recomendaciones propuestas por esta Auditoria Interna para la subsanación de las deficiencias detectadas.

El informe fue producto del estudio integral que está programado para ese Comité y se refiere específicamente al Control Interno en Libros de Actas, tomos revisados del 13 al 19. Las recomendaciones contenidas incluyen fecha de cumplimiento para su revisión y seguimiento al 09 de mayo de 2014, este plazo se brinda con el fin de mejorar el control del cumplimiento por parte de esta Auditoria Interna.

Sin mas por el momento y atento a sus consultas

(Copiado textualmente)

ACUERDO NO. 416-2014

EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA DAR POR RECIBIDA Y CONOCIDA DICHA NOTA. NOTA RECIBIDA Y CONOCIDA

VOTACIÓN UNANIME ( 5 VOTOS )

Art. 02

Se recibe copia de la nota enviada por la Dra. Karina Garita Montoya

Directora Regional Ministerio de Salud Dirección Regional de Rectoría de la Salud Central Norte a la Dra. Ana Lorena Sánchez Hernández Directora Aréa Rectora San Rafael-Barva que a la letra dice:

ASUNTO: Convocatoria a reunión.

Estimada señora:

Para su conocimiento y tramite respectivo se anexa nota suscrita por la señora Patricia Campos Várela, Secretaria Municipal de Barva en la que remite convocatoria a reunión relacionada con el Centro de Acopio ubicado en San Pedro de Barva.

Atentamente,

Dirección Regional de Rectoría de la Salud Central Norte (Copiado textualmente)

ACUERDO NO. 417-2014

EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA DAR POR RECIBIDA Y CONOCIDA DICHA COPIA DE LA NOTA.

COPIA DE NOTA RECIBIDA Y CONOCIDA VOTACIÓN UNANIME

( 5 VOTOS )

Art. 03

Se recibe nota de la señora Alcaldesa Municipal Mercedes Hernández Méndez que a la letra dice:

(4)

Dando respuesta al oficio SM-0039-2014 en la cual trasladan invitación al taller de Presentación del Reglamento para Inspectores Municipales de Tránsito.

Por lo anterior le comunico que se procedió a darle copia de la Invitación al Sr. Jimmy Zamora Ulloa para que asistiera al taller.

Sin más por el momento se despide (Copiado textualmente)

ACUERDO NO. 418-2014

EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA DAR POR RECIBIDA Y CONOCIDA DICHA NOTA. NOTA RECIBIDA Y CONOCIDA

VOTACIÓN UNANIME ( 5 VOTOS )

Art. 04

Se recibe nota de la señora Alcaldesa Municipal Mercedes Hernández Méndez que a la letra dice:

Oficio N° 0361-AMB-2014

Dando respuesta al oficio SM-0045-2014 en la cual trasladan nota del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Barva, en la que solicitan la fotocopia de la cédula de la Alcaldesa para tramitar permisos ante SENASA.

Por lo anterior le comunico que en días pasados se coordinó con la secretaria del Comité y se procedió a dar lo solicitado.

Sin más por el momento se despide (Copiado textualmente)

ACUERDO NO. 419-2014

EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA DAR POR RECIBIDA Y CONOCIDA DICHA NOTA. NOTA RECIBIDA Y CONOCIDA

VOTACION UNANIME ( 5 VOTOS )

Art. 05

Se recibe copia de la nota enviada por la Bach. Lilliam Gonzalez Carballo

Jefe a.i Regional Heredia al Ing. Pablo Rosales Apu Jefe Departamento de Regionales Concejo de Transporte Público que a la letra dice:

Se recibe en esta fecha, oficio SM-0229-2014 del 25 de marzo de 2014, suscrito por la señora Patricia Campos Várela, Secretaria Municipal de la Municipalidad de Barva de Heredia; el cual hace referencia al acuerdo tomado por el Consejo Municipal de Barva en su Sesión Ordinaria No. 17-2014 de fecha 17 de marzo de 2014; donde se conoce nota presentada por el Sindico Bryan Solano Aguilar, sobre la solicitud de buscar una alternativa para formalizar a un grupo de ciudadanos que brindan servicio de taxi informal en el distrito de San José de la Montaña en Barva de Heredia.

Se realiza traslado del oficio SM-0229 para que se proceda según corresponda. (Copiado textualmente)

ACUERDO NO. 420-2014

EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA DAR POR RECIBIDA Y CONOCIDA DICHA NOTA, SE TRASLADA AL SINDICO BRYAN SOLANO AGUILAR PARA SU CONOCIMIENTO.

NOTA RECIBIDA, CONOCIDA Y TRASLADADA VOTACIÓN UNÁNIME

(5)

( 5 VOTOS )

Art. 06

Se recibe nota de la señora Alcaldesa Municipal Mercedes Hernández Méndez que a la letra dice:

Oficio N° 0373-AMB-2014

Dando respuesta al oficio SM-0040-2014 en la cual trasladan petición de la Municipalidad de Flores referente a solicitud de colaboración para reparar y acondicionar el are circundante a la parada de autobuses costado norte de la Urbanización Las Flores,

Por lo anterior le comunico que el oficio se traslado al departamento de Obras para que procediera como le corresponda.

Sin más por el momento se despide (Copiado textualmente)

ACUERDO NO. 421-2014

EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA DAR POR RECIBIDA Y CONOCIDA DICHA NOTA, SE TRASLADA COPIA A LA MUNICIPALIDAD DE FLORES PARA SU CONOCIMIENTO.

NOTA RECIBIDA, CONOCIDA Y TRASLADADA VOTACIÓN UNÁNIME

( 5 VOTOS )

Art. 07

Se recibe nota de la señora Alcaldesa Municipal Mercedes Hernández Méndez que a la letra dice:

Oficio N° 0381-AMB-2014

Dando respuesta al oficio SM-0038-2014 en la cual trasladan formulario para que realice comentarios u observaciones a documentos del Ministerio de Salud.

Por lo anterior le comunico que el oficio se traslado al departamento de Gestión Ambiental para que realice las observaciones al respecto.

Sin más por el momento se despide (Copiado textualmente)

ACUERDO NO. 422-2014

EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA DAR POR RECIBIDA Y CONOCIDA DICHA NOTA. NOTA RECIBIDA Y CONOCIDA

VOTACIÓN UNANIME ( 5 VOTOS )

Art. 08

Se recibe nota del señor Bernal Ramírez Herrera Auditor Municipal que a la letra dice:

Por este medio se le comunica que se procedió por parte de esta Auditoria Interna en forma inmediata ante las debilidades detectadas en la Administración Municipal relacionado con la preparación y entrega del informe de inventario de armas de la Municipalidad de Barva. En efecto de lo anterior se procedió en fecha 17 de marzo de 2014 a advertir a la Alcaldía Municipal mediante el oficio AU SOLPRKP 1112 03-14, con el propósito de sentar un precedente en el cumplimiento de la Ley 7530 su reglamento y el Manual para el Control y Manejo de Armerías Estatales.

(Se adjunta oficio entregado)

Por ultimo creo que en adelante será necesario que exista una comunicación adecuada y periódica entre la Dirección General de Armamento, las Instituciones Administración Activa) y las Auditorias Internas, esto con el fin de conocer y ejecutar adecuadamente el

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marco regulativo correspondiente al tema de Armamentos, así como la implementación de "Armerías Inteligentes" que tengan un inventario de acuerdo a la realidad de la institución, que se cuente con una estructura adecuada , que se vigile la preparación de los funcionarios responsables para la custodia y uso de las armas, además que se ejerza conciencia y un control responsable en todos los niveles jerárquicos competentes.

Sin mas por el momento, a la orden en lo que pueda coadyuvar y atento a sus consultas,

(Copiado textualmente)

ACUERDO NO. 423-2014

EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA DAR POR RECIBIDA Y CONOCIDA DICHA NOTA. NOTA RECIBIDA Y CONOCIDA

VOTACIÓN UNÁNIME ( 5 VOTOS )

Art. 09

Se recibe solicitud de la señora Olga Martha Hernández que a la letra dice: En la presente le solicitamos una audiencia para presentarnos ante el Concejo Municipal y exponerles lo siguiente: Asunto en general sobre Agro Transportes Olmahlo SA, sobre fraccionamientos en esta propiedad ya presentados a ustedes atrás.

Les agradecería mucho una pronta respuesta. Gracias (Copiado textualmente)

El Presidente Municipal Ulises Otarola Fallas le concede audiencia para la Sesión Ordinaria del lunes 28 de abril l del 2014 a las 5:30 pm

Art. 10

Se recibe nota del señor Carlos Luis Arroyo Esquivel que a la letra dice: Reciban un saludo muy respetuosamente y a la vez aprovecho la oportunidad para solicitarle (s) una audiencia en una sesión municipal; para información pueden llamar a los teléfonos 85578201 o al 89196211.

Agradeciendo toda la buena colaboración que me puedan brindar. (Copiado textualmente)

El Presidente Municipal Ulises Otarola Fallas le concede audiencia para la Sesión Ordinaria del lunes 28 de abril del 2014 a las 6:00 pm

Art. 11

Se recibe nota de la señora María Eugenia Salas Mora del Concejo Nacional

de Rehabilitaciones y Educación Especial en la que invitan al curso “La Accesibilidad

en las políticas Municipales – Grupo de Discapacidad e Inclusión de Mercociudades” que se realizará en el Centro de Formación de Montevideo, Uruguay, del 8 de mayo al 9 de Mayo de 2014.nota de la que a la letra dice:

(Copiado textualmente)

ACUERDO NO. 424-2014

EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA DAR POR RECIBIDA Y CONOCIDA DICHA INVITACIÓN.

INVITACIÓN RECIBIDA Y CONOCIDA VOTACIÓN UNANIME

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Art.12

Se recibe información por parte de la señora Seidy Morales Pérez Encargada del

área de Comunicación de la Unión Nacional de Gobiernos Locales referente al

Seminario Internacional “Estrategias y tácticas de Marketing Municipal” a celebrarse el 15 de mayo 2014 de 8:00 am a 3:00 pm en el Colegio de Profesional en Ciencias Económica de Costa Rica, inversión US$160.00.

Organiza: SULZ CONSULTORES (Copiado textualmente)

ACUERDO NO. 425-2014

EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA DAR POR RECIBIDA Y CONOCIDA DICHA INVITACIÓN.

INVITACIÓN RECIBIDA Y CONOCIDA VOTACIÓN UNÁNIME

( 5 VOTOS )

Art. 13

Se recibe nota del Ing. Alberto Proveda Alvarado Director Órgano de

Normalización Técnica, referente a la DIRECTRIZ-ONT-01-2014

ASUNTO: Modificación Integral de la Disposición General No. 005-2000 y actualización del “Procedimiento Integrado de Registro de las declaraciones de Bienes Inmuebles presentadas por los sujetos pasivos, su aceptación administrativa y la certificación por parte interesada”

(Copiado textualmente)

ACUERDO NO. 426-2014

EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA DAR POR RECIBIDA DICHA NOTA, LA TRASLADAN A LOS SEÑORES (AS) REGIDORES (AS) PARA SU RESPECTIVO ANALISIS.

NOTA RECIBIDA Y TRASLADADA VOTACIÓN UNÁNIME

( 5 VOTOS )

Art.14

Se recibe por parte del IFAM, RECOMM, BANCO NACIONAL, UNGL Y

SINART invitación al Acto Inaugural del I Encuentro Municipal para el Desarrollo Social

y Económico” el día jueves 24 de abril, 2014 a las 8:30 am en la Instalaciones del IFAM, Moravia, confirmaciones: [email protected] o al teléfono 2507-1013.

(Copiado textualmente)

ACUERDO NO. 427-2014

EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA DAR POR RECIBIDA Y CONOCIDA DICHA INVITACIÓN.

INVITACION RECIBIDA Y CONOCIDA VOTACIÓN UNANIME

( 5 VOTOS )

CAPITULO III

ASUNTOS DEL PRESIDENTE MUNICIPAL

Art. 01

El Presidente Municipal Ulises Otárola Fallas solicita informe referente a la reunió Empresa de Servicios Públicos – Santa Lucia.

Recuerda el señor Presidente Municipal que se había creado una Comisión para tratar la situación que se esta dando con la ESPH en relación con las aguas en Santa Lucia.

El Regidor Eduardo Zamora Montero informa que él fue a la reunión que hubo en Santa

(8)

el Concejo, según tiene entendido no hubo ningún pronunciamiento por parte de la comunidad de Santa Lucia; sin embargo considera conveniente que la comisión brinde un informe ya que no se pueden tomar determinaciones en Santa Lucia sin conocimiento de la Administración y del Concejo Municipal porque es un aspecto que compete a la Municipalidad por ser un distrito del cantón.

Considera que es un proyecto caro y no muy claro para el aspecto económico de los lugareños de Santa Lucia ya que ellos cobran por el consumo de agua.

La señora Alcaldesa Municipal Mercedes Hernández Méndez consulta a don Eduardo

Zamora si él tiene conocimiento de un documento que dicen esta circulando en Buena Vista referente a que la Municipalidad va ha trasladar el Acueducto a la ESPH.

El Regidor Eduardo Zamora Montero responde que no tiene conocimiento de dicha nota. La Sindica Efigenia Vargas Vargas aclara que a la reunión llegaron como 30 personas y

que la gente esta contenta con lo que se va hacer; sin embargo a ella le preocupa la gente de Urbanización Don Álvaro ya que es gente de bajos recurso y se habla de un monto aproximado de 5 a 7 mil colones que va ha subir el recibo del agua.

El Presidente Municipal Ulises Otarola Fallas cree que Santa Lucia tiene una

característica especial en la parte baja y otra en la parte de arriba y es ahí donde la Municipalidad debe de velar por los munícipes; el asunto es si lo pueden hacer sin permiso municipal. Considera que la Administración ya debe de ir pensando en ofrecer una alternativa a los ciudadanos.

El Lic. Alonso Rodríguez Vargas Asesor Legal del Concejo externa que se debería de

hacer una investigación con el AyA ya que el encargado por Ley del alcantarillado sanitario es el AyA.

A su vez habría que ver la facultad para hacerlo obligatorio o no el pegarse a un sistema de esos

El Presidente Municipal Ulises Otarola Fallas considera que lo principal es comisionar al

Lic. Alonso Rodríguez para que haga un estudio sobre las posibilidades legales que tendría la ESPH para hacer un proyecto de esa envergadura sin el permiso municipal.

El Regidor Eduardo Zamora Montero menciona que ellos (ESPH) calcularon 7 mil

colones pero puede llegar a 12 o 15 mil colones por lo que cree que se debe de tener algo ¿Cómo van hacer ellos el cobro del proyecto?

La Sindica Efigenia Vargas Arguedas comunica que el próximo lunes presentará el

informe.

(Copiado textualmente)

ACUERDO NO. 428-2014

EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA SOLICITARLE A LA COMISIÓN ESPECIAL EL INFORME CORRESPONDIENTE A LA REUNIÓN Y COMISIONAN AL LIC. ALONSO

RODRIGUEZ VARGAS PARA QUE HAGA UN ESTUDIO SOBRE LAS POSIBILIDADES

LEGALES QUE TENDRÍA LA ESPH PARA HACER UN PROYECTO DE ESA ENVERGADURA SIN EL PERMISO MUNICIPAL EN EL CANTÓN. LO TRASLADAN A LA COMISION ESPECIAL Y AL LIC. ALONSO RODRIGUEZ VARGAS PARA LO QUE CORRESPONDA AL RESPECTO.

ACUERDO APROBADO Y TRASLADADO VOTACIÓN UNANIME

(9)

(5 VOTOS)

Art. 02

El Presidente Municipal Ulises Otárola Fallas retoma el Informe de ejecución del periodo 2013 presentado por el Auditor Municipal Bernal Ramírez Herrera.

El Regidor Eduardo Zamora Montero solicita a la Presidencia Municipal una semana más de tiempo para terminar con el análisis ya que hay cosas que supuestamente lo tienen en estudio los Regidores y él no tiene la certeza de que en realidad los tengan en esa posición.

(Copiado textualmente)

ACUERDO NO. 429-2014

EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA DAR UNA SEMANA MÁS DE TIEMPO PARA RETOMAR EL INFORME DE EJECUCIÓN DEL PERIODO 2013 PRESENTADO POR EL AUDITOR MUNICIPAL BERNAL RAMIREZ HERRERA.

ACUERDO APROBADO VOTACIÓN UNÁNIME ( 5 VOTOS )

El Regidor Eduardo Zamora Montero solicita a la Secretaria Municipal enviar los

Acuerdos que se encuentra en trámite según el Informe del Auditor Municipal.

Art. 03

El Presidente Municipal Ulises Otárola Fallas retoma el nombramiento de los representantes del Concejo Municipal ante la Federación de Municipalidades de Heredia.

El Presidente Municipal Ulises Otarola Fallas propone a las señoras Regidoras Silvia

Elena Vargas Arguedas y María de los Ángeles Solano Ramos como representantes del Concejo Municipal de Barva ante la Federación de Municipalidades de Heredia, una sería titular y la otra sería suplente.

El Regidor Alberto Antonio Trejos Quiros externa que viendo los problemas que se han

presentado a él le gustaría mucho estar en esa Federación.

El Regidor Suplente Alexander Rojas Montero menciona que viendo también la equidad

de género y viendo que hay dos mujeres sería importante que haya un hombre y una mujer; por lo que a él también le gustaría estar en la Federación.

El Presidente Municipal Ulises Otarola Fallas externa que el Partido que representa don

Alberto ya tiene cuatro años de estar ahí; o sea es justo que haya un cambio.

El Presidente Municipal Ulises Otarola Fallas nuevamente propone a la Regidora Silvia

Elena Vargas Arguedas y a la Regidora María de los Ángeles Solano Ramos.

El Regidor Alberto Antonio Trejos Quiros solicita que lo someta a votación por separado. El Presidente Municipal Ulises Otarola Fallas somete a votación el nombramiento de la

Regidora María de los Ángeles Solano Ramos como titular ante la Federación de Municipalidades de Heredia en representación del Concejo Municipal y se ACUERDA:

(Copiado textualmente)

ACUERDO NO. 430-2014

EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA APROBAR EL NOMBRAMIENTO DE LA REGIDORA MARÍA DE LOS ANGELES SOLANO RAMOS COMO TITULAR ANTE LA FEDERACIÓN DE MUNICIPALIDADES DE HEREDIA EN REPRESENTACIÓN DEL CONCEJO MUNICIPAL DE BARVA. LO TRASLADAN A LA FEDERACIÓN DE MUNICIPALIDADES DE HEREDIA Y A LA REGIDORA MARÍA DE LOS ANGELES SOLANO RAMOS PARA LO QUE CORRESPONDA AL RESPECTO.

NOMBRAMIENTO APROBADO Y TRASLADADO

VOTAN NEGATIVAMENTE LOS REGIDORES EDUARDO ZAMORA MONTERO Y ALBERTO ANTONIO TREJOS QUIROS.

(10)

( 3 VOTOS )

El Regidor Alberto Antonio Trejos Quirós solicita que conste en Actas lo siguiente que a

la letra dice:

Justificación de mi voto negativo sobre el nombramiento de la representante a la Federación de Municipalidades de Heredia en la que se propuso a la Regidora María Solano, mi voto fue negativo ya que:

1) De acuerdo con la ley de igualdad de género debe nombrarse a un hombre un a una

mujer y este nombramiento recayó sobre dos mujeres.

2) Estos puestos importantes deber ser nombrados y recaer sobre representantes de

algún partido político.

Si es cierto que el Movimiento Libertario lo ha representado anteriormente como lo manifiesta el Presidente del Concejo, Ulises Otárola.

Habiendo representación de únicamente tres partidos, debería recaer el nombramiento en la persona de don Alexander Rojas (por el PAC) y de don Eduardo Zamora por Barba Unida. La señora María Solano, por haber renunciado al PAC desde hace más de cuatro años, no representa a ningún partido.

El Presidente Municipal Ulises Otarola Fallas somete a votación el nombramiento de la

Regidora Silvia Elena Vargas Arguedas como suplente ante la Federación de Municipalidades de Heredia en representación del Concejo Municipal y se ACUERDA:

ACUERDO NO. 431-2014

EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA APROBAR EL NOMBRAMIENTO DE LA REGIDORA SILVIA ELENA VARGAS ARGUEDAS COMO SUPLENTE ANTE LA FEDERACIÓN DE MUNICIPALIDADES DE HEREDIA EN REPRESENTACIÓN DEL CONCEJO MUNICIPAL DE BARVA. LO TRASLADAN A LA FEDERACIÓN DE MUNICIPALIDADES DE HEREDIA Y A LA REGIDORA SILVIA ELENA VARGAS ARGUEDAS PARA LO QUE CORRESPONDA AL RESPECTO.

NOMBRAMIENTO APROBADO Y TRASLADADO

VOTA NEGATIVAMENTE EL REGIDOR EDUARDO ZAMORA MONTERO (4 VOTOS)

Art. 04

El Presidente Municipal Ulises Otárola Fallas retoma el nombramiento del representante del Concejo Municipal y la l Alcaldía Municipal ante la Unión Nacional de Gobiernos Locales.

La Regidora María de los Ángeles Solano Ramos propone al Regidor Ulises Otarola

Fallas como representante del Concejo Municipal de Barva ante la Unión Nacional de Gobiernos Locales.

El Presidente Municipal Ulises Otarola Fallas menciona que por parte de la Alcaldía

Municipal se nombre a la señora Mercedes Hernández Méndez Alcaldesa Municipal.

El Presidente Municipal somete a votación dicho nombramiento y se ACUERDA:

(Copiado textualmente)

ACUERDO NO. 432-2014

EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA APROBAR EL NOMBRAMIENTO DEL REGIDOR ULISES OTAROLA FALLAS EN REPRESENTACIÓN DEL CONCEJO MUNICIPAL DE BARVA Y EL NOMBRAMIENTO DE LA SEÑORA MERCEDES HERNÁNDEZ MÉNDEZ ALCALDESA MUNICIPAL EN REPRESENTACIÓN DE LA ALCALDÍA MUNICIPAL ANTE LA UNIÓN NACIONAL DE GOBIERNOS LOCALES. LO TRASLADAN A LA UNIÓN NACIONAL DE

(11)

GOBIERNOS LOCALES, AL REGIDOR ULISES OTAROLA FALLAS Y A LA SEÑORA MERCEDES HERNÁNDEZ MÉNDEZ PARA LO QUE CORRESPONDA AL RESPECTO.

NOMBRAMIENTO APROBADO Y TRASLADADO

VOTAN NEGATIVAMENTE LOS REGIDORES EDUARDO ZAMORA MONTERO Y ALBERTO ANTONIO TREJOS QUIROS.

( 3 VOTOS )

Art.

05 El Presidente Municipal Ulises Otárola Fallas retoma el Oficio

PAT-MB-0143-2014-(Retomar Acuerdo Municipal 1643-2013 y subsanación del procedimiento de publicación para consulta pública de las modificaciones al Reglamento Ley regulación y comercialización de bebidas con contenido alcohólico de la Municipalidad de Barva) presentado por la Licda. Yorleny Díaz Zárate, mismo que a la letra dice:

Al contestar favor referirse al Oficio NºPAT-MB-0093-2014 13 de marzo del 2014

Reciba un respetuoso y cordial saludo. En esta ocasión le recomiendo interponer sus buenos oficios para que el Concejo Municipal, tome una determinación respecto a retomar el Acuerdo N° 1643-2013 y la subsanación del procedimiento de publicación y consulta pública respecto a las modificaciones al Reglamento a la Ley para la regulación y comercialización de bebidas con contenido alcohólico de la Municipalidad de Barva, con base en lo siguiente:

1. Que en fecha 08 de agosto del 2012, mediante el Alcance N° 109 del Diario Oficial la Gaceta N° 152, se publico la nueva Ley 9047 “ Ley para regulación y comercialización de Bebidas con contenido alcohólico”.

2. Que mediante Acuerdo Municipal N° 1551-2012 de la Sesión Ordinaria N° 82-2012, del 17 de diciembre del 82-2012, aprueba la propuesta de reglamento a la ley para regulación y comercialización de bebidas con contenido alcohólico de la municipalidad de Barva.

3. Que en el Alcance N° 16 del Diario Oficial La Gaceta N° 17 del día 24 de enero del 2013, se publico el Proyecto de Reglamento a la Ley para regulación y comercialización de Bebidas con contenido alcohólico de la Municipalidad de Barva.

4. Que mediante el Acuerdo del Concejo Municipal N° 175-2013, de la Sesión Ordinaria N° 09-2013, del 11 de febrero del 2013, aprueba de manera definitiva Reglamento a la Ley para regulación y comercialización de Bebidas con contenido alcohólico de la Municipalidad de Barva.

5. Que el acuerdo donde se aprueba de manera definitiva fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 40 del 26 de febrero del 2013.

6. Que la Sala Constitucional resolvió las acciones de inconstitucionalidad interpuestas mediante la sentencia N° 2013 011499 de las 16.00 horas del 28 de agosto del 2013 a la Ley 9047.-

Asunto: Solicitud de retomar por el Concejo Municipal Acuerdo Nº 1643-2013 y subsanación del procedimiento de publicación para consulta pública de las modificaciones al Reglamento a la Ley para la regulación y comercialización de Bebidas con contenido alcohólico de la Municipalidad de Barva.

(12)

7. Que la Sala Constitucional emitió el voto N° 2013-14669 de las 14.30 horas del 06 de noviembre del 2013, cuya parte dispositiva dimensiona el Voto principal (N° 2013-11499) respecto a la situación jurídica de los pagos realizados por los patentados o licenciatarios.

8. Que en atención a lo dispuesto por la Sala Constitucional en la Sentencia N° 2013 011499, se plantearon modificaciones al Reglamento a la Ley para regulación y comercialización de Bebidas con Contenido alcohólico de la Municipalidad de Barva, mismas que fueron aprobadas mediante el Acuerdo Municipal N° 1643-2013, de la Sesión Ordinaria N° 75-2013, del 16 de diciembre del 2013,

9. Que las reformas contenidas en dicho acuerdo respecto al Reglamento a la Ley para regulación y comercialización de Bebidas con Contenido alcohólico de la Municipalidad de Barva, fueron publicadas en la Gaceta N° 26 del 06 de febrero del 2014.

10. Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 7794 Código Municipal, el cual procedo a transcribir de manera textual:

Artículo 43. — Toda iniciativa tendiente a adoptar, reformar, suspender o derogar disposiciones reglamentarias, deberá ser presentada o acogida para su trámite por el Alcalde Municipal o alguno de los regidores.

Salvo el caso de los reglamentos internos, el Concejo mandará publicar el proyecto en La Gaceta y lo someterá a consulta pública no vinculante, por un plazo mínimo de diez días hábiles, luego del cual se pronunciará sobre el fondo del asunto.

11- Que en razón de reclamos administrativos de algunos patentados de licores, se ha realizado un proceso de valoración y revisión del procedimiento desarrollado por esta Corporación Municipal y se ha determinado que se debe subsanar el proceso de publicación y consulta pública, esto de conformidad con lo establecido en la Sección Sexta artículos 187 al 189 de la Ley 6267, Ley General de la Administración Pública.

12- Que el mecanismo para corregir este vicio corresponde a la aprobación como proyecto de reforma al Reglamento y su debida publicación para el plazo de consulta pública no vinculante dispuesto en el artículo 43 del Código Municipal. 13- Que analizando la jurisprudencia vigente mediante Dictamen C-248-2013 del 14 de

noviembre del 2013, la Procuraduría General de la República, se pronuncio respecto al cobro de una licencia de licores otorgada mediante la Ley N° 10, el cual procedo a , transcribir de manera textual:

(..) “II. Sobre el momento de cobro de una licencia de licores otorgada

mediante la Ley N010.

Hechas las consideraciones anteriores, es preciso hacer referencia a la consulta plateada sobre el momento en que la Administración debe comenzar a cobrar el impuesto respectivo al titular de una licencia de licores otorgada bajo la vigencia de la Ley N010.

Según se indicó el transitorio Ide la Ley N° 9047,los titulares de patentes de licores adquiridas al amparo de la Ley N010, deben ajustarse a lo dispuesto en la Ley N° 9047 y a los reglamentos respectivos, y concretamente en cuanto al pago, los

(13)

titulares de la patente deben ajustarse a la categoría que corresponda según la actividad desarrollada en el establecimiento y formalizarlo en un plazo de 180 días naturales, para lo cual deben apersonarse a la municipalidad respectiva para realizar los trámites correspondientes. Consecuentemente la municipalidad puede comenzar a cobrar el impuesto a un titular de una licencia de licores otorgada al amparo de la Ley N010 una vez transcurridos los 180 días previsto en el transitorio I de la Ley N° 9047, y según la categoría que le corresponda.

V. Conclusiones

De conformidad con lo expuesto, es criterio de la Procuraduría General de la República

que: La Municipalidad puede comenzar a cobrar el impuesto respectivo al titular de una licencia de licores otorgada al amparo de la Ley N010 una vez transcurridos los 180 días naturales dispuesto en el transitorio I de la Ley N°9047.(..)”

1. Con fundamento en lo dispuesto en el Dictamen 248 del 14 de noviembre del 2013 y a lo ordenado por la Sala en la Sentencia N° 2013 011499 de las 16.00 horas del 28 de agosto del 2013; se recomienda que el cobro de las patentes de licores empiece a regir una vez vencido el plazo de los 180 días naturales establecidos en el Transitorio I de la Ley para regulación y comercializac ión de bebidas con contenido alcohólico, entiéndase a partir del 08 de febrero del 2013.

14- Que producto de la revisión de lo indicado en el punto 7 y el punto 13, se recomienda retomar la aprobación de las siguientes modificaciones al Reglamento de la Ley para regulación y comercialización de bebidas con contenido alcohólico de la Municipalidad de Barva.

Para ello proponemos la siguiente redacción de esos artículos del reglamento municipal:

Artículo 23. — Cantidad de licencias a autorizar. En cada distrito del cantón, y

exclusivamente para las actividades descritas en las categorías A (Licoreras) y B (cantinas, bares, tabernas, salones de baile, discotecas, clubes nocturnos y cabarés) solo podrá autorizarse una licencia de licores por cada trescientos habitantes. Para ello solo será válido, el último estudio de población realizado por el INEC (Instituto Nacional de Estadística y Censo).

Dentro de la estadística deberá incorporarse la cantidad total de licencias autorizadas, tanto por la Ley N° 10 del 7 de octubre de 1936, como por la Ley N° 9047 del 8 de agosto del 2012.

Las patentes de licores que hayan sido adquiridas o concedidas para un distrito no podrán utilizarse en otro.

Artículo 24. Procedimiento para la asignación de licencias tipo A y tipo B. Las

licencias tipo A y tipo B al estar sometidas a restricciones de cantidad en relación a la población cantonal, requieren de un proceso de asignación concursado, el cual se encargará de seleccionar al patentado que reúna mejores condiciones para la explotación del derecho.

Con este fin, cuando exista la disponibilidad de algún derecho, la Municipalidad le dará la publicidad necesaria a través de medios locales disponibles y emitirá un pliego de condiciones, el cual contendrá además de los aspectos que se consideren pertinentes, el siguiente cuadro de evaluación:

(14)

A. Propiedad del inmueble (33%).

a. Si el solicitante cuenta con un inmueble propio y construido se asignará un 30%. b. Si el solicitante cuenta con un contrato suscrito de arrendamiento o préstamo de un inmueble construido se asignará un 20%.

c. Si el solicitante cuenta con planos aprobados y permiso de construcción para la edificación un inmueble propio y este estará listo en un plazo menor a 180 días se asignará un 10%

B. Ubicación del inmueble (45%)

Se asignarán los siguientes puntajes tomando en cuenta la distancia de ubicación del inmueble respecto a zonas demarcadas como de uso residencial, centros educativos públicos o privados, centros infantiles de nutrición, instalaciones donde se realicen actividades religiosas que cuenten con el permiso correspondiente de funcionamiento, centros de atención para adultos mayores, hospitales, clínicas y EBAIS:

a. Si el inmueble se ubica a más de mil metros lineales, se asignará un 40%.

b. Si el inmueble se ubica entre los setecientos y mil metros lineales, se asignará un 25%.

c. Si el inmueble se ubica entre los cuatrocientos y seiscientos noventa y nueve metros lineales, se asignará un 10%.

C. Tamaño del inmueble (22%)

a. Si el inmueble posee un área superior a los cien metros cuadrados, se asignará un 20%.

b. Si el área del inmueble se ubica entre los ochenta y cien metros cuadrados, se asignará un 10%.

c. Si el inmueble posee un área inferior a los ochenta metros cuadrados, se asignará un 5%.

En caso de empate entre dos o más solicitantes este se resolverá de la siguiente manera:

a. Se asignará el derecho a quien cumpliendo con todos los requisitos necesarios obtuvo mayor puntaje en los antecedentes del solicitante.

b. Si el empate persiste se resolverá asignando el derecho al solicitante que cumpliendo con todos los requisitos necesarios obtuvo mayor puntaje en el aspecto de ubicación del inmueble.

c. Si el empate persiste se resolverá asignando el derecho al solicitante que cumpliendo con todos los requisitos necesarios obtuvo mayor puntaje en el aspecto de propiedad del inmueble.

d. En caso de persistir el empate se resolverá mediante la suerte, proceso que se dará mediante el lanzamiento al aire de una moneda en presencia de los solicitantes que se encuentran en estado de igualdad, siendo eliminado aquel que no haya seleccionado el lado que la moneda muestra una vez ubicada inmóvil en el suelo, y así sucesivamente hasta que quede un único participante quien será el adjudicatario del derecho.

(15)

Si a la convocatoria hecha solo se presentara un solicitante, y este cumpliera con todos los requisitos necesarios para la asignación del derecho, será este el adjudicatario directo del mismo.

Artículo 31. Pago de derechos trimestrales. De conformidad con el artículo 10 de la Ley,

se establecen los siguientes derechos que deberán pagar los patentados de forma trimestral por anticipado, según el tipo de licencia:

a. Licencia clase A: Establecimientos de esta categoría que se ubiquen en la cabecera del cantón (distrito central) deberán cancelar medio salario base por trimestre; los establecimientos de esta categoría que se ubiquen en las demás poblaciones del cantón (distritos San Pedro, San Pablo, San Roque, Santa Lucía y San José de la Montaña) deberán cancelar una cuarta parte de salario base por trimestre.

b. Licencia clase B: Establecimientos de esta categoría que se ubiquen en la cabecera del cantón (distrito central) deberán cancelar medio salario base por trimestre; los establecimientos de esta categoría que se ubiquen en las demás poblaciones del cantón (distritos San Pedro, San Pablo, San Roque, Santa Lucía y San José de la Montaña) deberán cancelar una cuarta parte de salario base por trimestre.

c. Licencia clase C: Los establecimientos de esta clase con capacidad de atender hasta 40 personas simultáneamente y que están localizados en la cabecera del cantón (Distrito Barva) pagarán medio salario base y los Establecimientos con capacidad de atender una

cantidad superior a 40 personas simultáneamente y que están localizados en la cabecera del cantón (Distrito Barva) pagarán un salario base. Los establecimientos de esta clase con capacidad de atender hasta 40 personas simultáneamente y que están localizados las demás poblaciones del cantón (distritos San Pedro, San Pablo, San Roque, Santa Lucía y San José de la Montaña) pagarán un cuarto de salario base y los Establecimientos con capacidad de atender una cantidad superior a 40 personas simultáneamente y que están localizados en las demás poblaciones del cantón (distritos San Pedro, San Pablo, San Roque, Santa Lucía y San José de la Montaña) pagarán medio salario base.

d. Licencias clase D1 o clase D2: Establecimientos de esta categoría que están localizados en la cabecera del cantón (Distrito Barva) pagarán medio base, establecimientos de esta categoría que están localizados en las demás poblaciones del cantón (distritos San Pedro, San Pablo, San Roque, Santa Lucía y San José de la Montaña) pagarán un cuarto de salario base.

e. Licencia clase E1a: Un salario base. f. Licencia clase E1b: Dos salarios base. g. Licencia clase E2: Tres salarios base. h. Licencia clase E3: Dos salarios base. i. Licencia clase E4: Tres salarios base. j. Licencia clase E5: Un salario base.

TRANSITORIO I

Los titulares de patentes de licores adquiridas mediante la Ley Nº 10, Ley sobre Venta de Licores, del 7 de octubre de 1936, deberán solicitar a la Municipalidad la clasificación

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de su patente de licores dentro del plazo establecido en el Transitorio I de la Ley; en caso de no apersonarse en tiempo, la Municipalidad podrá reclasificarlas de oficio.

No obstante, el pago del los derechos contemplados en el artículo 10 de la Ley así como el cobro de intereses moratorios procederá una vez transcurridos los 180 días naturales previsto en el transitorio I de la Ley 9047, según la categoría que corresponda, entiéndase a partir del 08 de febrero del 2013.

Los titulares de patentes de licor adquiridas a la luz de la Ley Nº 10 (parcialmente derogada), mantienen el derecho de traspasarla a un tercero hasta que expire su plazo de 2 años de vigencia. A partir de ese momento, quien sea titular de dicha licencia no podrá venderla, canjearla, arrendarla, transferirla, traspasarla ni enajenarla en forma alguna, ya que deberá ajustarse a todas y cada una de las disposiciones contenidas en la nueva Ley de Licores Nº 9047

TRANSITORIO II

“A la entrada en vigencia de la Ley, las licencias para la venta de bebidas con

contenido alcohólico adquiridas mediante la Ley N°10 del 7 de octubre de 1936 que se encuentren en estado de inactividad, sea, que no estén ligadas a ninguna actividad comercial en particular tendrán un plazo de seis meses a partir de la entrada en vigencia de la reforma al Reglamento a la Ley para la regulación y comercialización de bebidas con contenido alcohólico de la Municipalidad de Barva para iniciar actividad; caso contrario, conforme al inciso b) del artículo 6 de la ley Nº9047 dicha licencia será cancelada. Dentro de este mismo plazo podrán ser traspasadas por una única vez a un tercero.”

14. Recomiendo se aclare que durante el periodo que se encuentre en estado de inactividad las patente de licor adquiridas con la Ley N° 10 y hasta tanto se defina una de la categorías señaladas en el artículo 4 de la ley 9047, mismo que no podrá ser superior a los seis meses establecido en el transitorio II de este Reglamento, el cobro se hará en función a la ley N° 10, ósea ciento cincuenta colones (¢150; 00) por trimestre. Las justificaciones a estas modificaciones ya son de conocimiento por este Concejo Municipal en el proceso de adopción del Acuerdo N° 1643-2013, salvo lo correspondiente en el párrafo segundo del Transitorio I.

15. Que en virtud de la subsanación contenida en los incisos sétimo al noveno del presente oficio recomendamos que se efectué la revisión del Acuerdo Municipal N° 88-2014 de la Sesión Ordinaria N° 06-88-2014 del 27 de enero del 88-2014, para que exista una concordancia con lo que se dispone en el proyecto de reforma al reglamento, con lo que por vía de acuerdo disponga el Concejo Municipal.

Que a su disposición para aclarar cualquier consulta de su parte o del Órgano Colegiado.

Sin más por el momento se despide,

(Copiado textualmente)

El Presidente Municipal Ulises Otarola Fallas pregunta si hay alguna observación. El Regidor Eduardo Zamora Montero le queda algunas dudas ya que hay partes donde

dice que las decisiones que tomen de ese reglamento no son vinculantes con las decisiones que hay; eso le preocupa, porque entonces para que se hace un documento y si hay una consulta no es vinculante

(17)

El Lic. Alonso Rodríguez Vargas aclara que esas son modificaciones que se hicieron

prácticamente por las sentencias de la Sala Cuarta.

ACUERDO NO. 433-2014

EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA DEROGAR LOS ACUERDOS NO. 1643-2013 Y 88-2014 Y APRUEBAN LAS MODIFICACIONES AL REGLAMENTO A LA LEY PARA LA REGULACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE BEBIDAS CON CONTENIDO ALCOHÓLICO DE LA MUNICIPALIDAD DE BARVA Y QUE SE PROCEDA CON LA PUBLICACIÓN Y SE SOMETA A CONSULTA PUBLICA. LO TRASLADAN AL DEPARTAMENTO DE PATENTES PARA QUE PROCEDA A REALIZAR LA PUBLICACIÓN CORRESPONDIENTE.

ACUERDOS NO. 1643-2013 Y 88-2014, DEROGADOS.

MODIFICACIONES AL REGLAMENTO A LA LEY PARA LA REGULACIÓN Y

COMERCIALIZACIÓN DE BEBIDAS CON CONTENIDO ALCOHÓLICO DE LA

MUNICIPALIDAD DE BARVA, APROBADO Y TRASLADADO

QUE SE PROCEDA CON LA PUBLICACIÓN Y SE SOMETA A CONSULTA PUBLICA, APROBADO.

VOTACIÓN UNÁNIME ( 5 VOTOS )

El Regidor Eduardo Zamora Montero recuerda que la aprobación de este acuerdo queda

opcional de que el próximo lunes puedan presentar observaciones sobre ese aspecto.

Art. 06

El Presidente Municipal Ulises Otarola Fallas retoma el OFICIO: AJ-ARV-

0027-2014, referente a la “Activación de Patente-Manuel Villalobos Vindas, presentado por el Lic. Alonso Rodríguez Vargas Asesor Legal del Concejo, mismo que a la letra dice:

Barva, 04 de abril de 2014. Sobre lo solicitado mediante Acuerdo N° 349-2014 sobre la activación de una Patente propiedad del señor Manuel Villalobos Vindas manifiesto lo siguiente.

Como es conocido por todos se ha promulgado una nueva ley de licores, misma que trajo una serie de confusiones e incertidumbres sobre la aplicación de la nueva ley y en especial sobre los derechos que mantenían los patentados que adquirieron sus patentes bajo el amparo de la antigua ley de Licores N°10. La Sala Constitucional bajo la vía de Amparos ha venido aclarando las dudas acerca de los derechos de los patentados. La Sala ha sido del criterio que no se puede despojar a los antiguos patentados de sus derechos de una forma abrupta que los perjudique directamente. La Sala ha direccionado sus resoluciones a respetar los derechos que venían gozando los patentados.

La antigua normativa sobre las distancias se aplica al local comercial en donde se explotan las patentes y no a la patente misma, ya que recordemos, puede que no exista coincidencia entre el titular del local comercial y el titular de la patente de licor, por lo que los derechos sobre las distancias, repetimos según la ley anterior, los conservan los propietarios del local comercial con la condición que no hayan ininterrumpido el ejercicio de la actividad de venta de licor.

Recordemos que las antiguas patentes se podían alquilar, vender, traspasar, trasladar, mantener activas o inactivas, etc., la nueva ley de licores eliminó muchos de esos derechos o privilegios al eliminar el concepto de “patente” y sustituirlo por el de “licencias”,

REFERENCIA: ACTIVACIÓN DE PATENTE-

(18)

sin embargo como dijimos, dichos derechos no fueron eliminados de forma abrupta, mediante los Transitorios, que son normas que rigen una situación de transición, permite ejecutar algunos actos pero por un plazo establecido y por una única vez. Por ejemplo los antiguos patentados podrán dentro del plazo de vigencia de sus patentes, lo que se llama plazo bianual (dos años), los patentados podrá traspasar, alquilar, trasladar o reactivar sus patentes pero solo por una vez, este período finaliza en octubre de este año 2014.

En el cantón de Barva así como en todo el país existen cientos de locales destinados a bar o cantina que no cumplen con las distancias que rigen actualmente, pero que sin embargo son locales que funcionas desde hace décadas y antes de que entraran a rigen las leyes que regulan las distancias. La jurisprudencia al tratar el tema de las distancias estableció que se trata de derechos adquiridos que se deben respetar, así existen muchos ejemplos de locales comerciales a los que se les debe respetar su ubicación, por ejemplo, Bar El Chaquetazo, Bar La Calidad, Chago´s, El Caracol, El Italia, etc. Pero, debemos aclarar que estos derechos de su ubicación tampoco son ilimitados, así cualquier cambio, traspaso, reactivación o traslado de patentes deben de hacerlo antes de que se cumpla el plazo bianual que más adelante explicaremos.

Como dijimos, la Sala IV ha seguido la línea de respetar los derechos de los antiguos patentados, pero por un lapso de tiempo (dos años), este respeto a esos derechos adquiridos se aplica también a los locales en que se explotan las patentes nacidas bajo el amparo de la Ley N° 10, en este sentido las llamadas cantinas o bares tradicionales se les deberá respetar su ubicación y sus derechos adquiridos hasta que se cumpla el mismo plazo que se le dio a las patentes, a saber, octubre de 2014. Es decir, los locales comerciales en que se explotan actualmente las antiguas patentes de licores conservan sus derechos de ubicación y distancias, así una vez que se cumpla el plazo bianual dado a las patentes de licores, los locales comerciales que explotan dichas patentes ya no podrán hacer ningún cambio, traspaso, alquiler, reactivación o traslado de patente. Hasta no se cumpla dicho plazo si podrán hacer los cambios que requieran para adecuarse a las disposiciones de la nueva ley, cambios que los podrán realizar solamente por una vez, ya que después de esos cambios se les aplicará la nueva ley de licores.

En el caso del señor Villalobos no encuentro inconveniente en que active su patente N° 12094 tal y como lo solicita, no sobra indicar que tendría plazo hasta el mes de octubre para ejecutar la activación y cualquier otro trámite que le interese.

(Copiado textualmente)

ACUERDO NO. 434-2014

EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA DAR POR RECIBIDO Y CONOCIDO DICHO INFORME, Y BASADOS EN EL MISMO APRUEBAN LA REACTIVACIÓN DE LA PATENTE NO. 12094 DEL SEÑOR MANUEL VILLALOBOS VINDAS EN EL BAR LA CALIDAD. LO TRASLADAN AL DEPARTAMENTO DE PATENTES Y AL SEÑOR MANUEL VILLALOBOS VINDAS PARA QUE PROCEDAN CON EL TRAMITE CORRESPONDIENTE.

INFORME RECIBIDO Y CONOCIDO

REACTIVACIÓN DE LA PATENTE NO. 12094 DEL SEÑOR MANUEL VILLALOBOS VINDAS EN EL BAR LA CALIDAD, APROBADO Y TRASLADADO

VOTACIÓN UNÁNIME (5 VOTOS)

ESTE ACUERDO QUEDA SIN EFECTO SEGÚN EL ACTA ORDINARIA 25-2014

Art. 07

El Presidente Municipal Ulises Otárola Fallas recuerda a los miembros del

Concejo Municipal la Sesión Extraordinaria del 01 de mayo del 2014 a las 12:00 md para hacer el cambio de elección del Directorio Municipal y presentar el informe.

Art. 08

El Regidor Alexander Rojas Montero consulta sobre los usos de cambio de

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1. William Gonzalez Garita 2. Mayra Blanco Villareal

La Secretaria Municipal aclara que esos usos de suelo quedaron para estudio y se

trasladaron a los Regidores y a la Comisión de Obras

Presidente Municipal Ulises Otárola Fallas informa que mañana tienen reunión de

Comisión de Obras y que seguro mañana los ven.

Además informa que el día de hoy llegó una nota del INVU en donde dice que el cambio de uso de suelo en Urbanizaciones es competencia única y exclusiva de la Municipalidad; lo que se tiene que hacer es tomar el acuerdo y comunicárselo al INVU que tal propiedad sufrió un cambio de uso de suelo.

El Regidor Alexander Rojas Montero externa tener cierta diferencia con respecto a eso,

porque también los vecinos como ellos compraron un derecho, un terreno, una casa, ellos ya venían con una normativa de la urbanización y que de repente la Municipalidad haga un cambio de uso de suelo puede generar problemática y ellos vallan a demandar fácilmente a la Municipalidad en ese caso; considera que es un tema que no se puede tomar tan a la ligera.

El Presidente Municipal menciona que ese es el problema de administrar, se debe de tomar

decisiones y correr riesgos; el INVU es muy claro en donde dice que en Urbanizaciones no es competencia del INVU es competencia de la Municipalidad.

La señora Alcaldesa Municipal Mercedes Hernández Méndez aclara que los cambios no

se pueden dar porque la Municipalidad diga si; se le solicita a todos los colindantes que estén a 50 metros de la redonda estar de acuerdo y las firmas deben de ser autenticadas por un abogado.

El Regidor Alexander Rojas Montero consulta si en la Municipalidad existe un

Reglamento Especifico para el cambio de uso suelo

Le surge la duda en el caso de Puente Salas donde se van hacer algunos locales comerciales, los cuales ya se habían rechazado con un dictamen del MINAET y lo están solicitando de nuevo, abría que ver si esta dentro del área y la zona de protección.

La señora Alcaldesa Municipal menciona que hay que aclarar que son dos usos de suelo

diferentes: una cosa es el uso de suelo de una Urbanización y otra cosa es del que él esta hablando; eso aplica ya leyes diferentes.

El Presidente Municipal Ulises Otarola Fallas informa que lo que se sigue es lo del INVU;

pero eso hay que reglamentarlo.

CAPITULO IV

INFORMES

Art. 01

La Comisión de Cultura presentan el siguiente informe que a la letra dice:

Lunes 14 de abril del 2014 Al ser las 7:00 pm

Asistencia:

María Solano Ramos Oscar Quiroz

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Marcela Otarola Esmeralda Sánchez

1. Se recibe a la señora Esmeralda Sánchez: encargada de realizar el Diagnostico Cultural de Barva. Es la persona designada por el Ministerio de Cultura.

- Se tiene una amplia conversación con la señora Sánchez, donde menciona puntos importantes, uno de los objetivos de su trabajo en Barva es enseñar a los Distritos a realizar sus propios diagnósticos, indica además, que necesitará personas que le ayuden a aplicar el instrumento encuestador (Ayuda de Concejos de Distrito, Asociaciones de Desarrollo, Adultos Mayores entre otros).

- Comenta que es importante la Difusión de la Elaboración de Diagnostico por medio de comunicación.

Se acuerda informar al Concejo que se iniciará a partir del mes de abril con dicho diagnostico el cual es una necesidad para el Cantón de Barva.

(Copiado textualmente)

ACUERDO NO. 435-2014

EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA DAR POR RECIBIDO Y CONOCIDO DICHO INFORME. INFORME RECIBIDO Y CONOCIDO

VOTA NEGATIVAMENTE EL REGIDOR ALBERTO ANTONIO TREJOS QUIROS (4 VOTOS)

2. Se acuerda informar al Concejo y a la Administración que la gira que fue aprobada para recorrer los Distritos con la comisión de Cultura iniciara este Domingo 27 de abril en las instalaciones Deportivas de San Pablo de Barva, para tal efecto se ha coordinado con la Asociación de Desarrollo del lugar, la actividad se llevará a cabo de 8 – 12 md; por lo tanto solicitamos a la Alcaldía 2 toldos y transporte (bus) y al Concejo el pago de una Cimarrona de gastos de representación por un monto de ¢50.000. Aquí se llevarán a cabo actividades culturales, charlas, juegos tradicionales, actividades deportivas, entre otras. La Comisión toma del decisión de llamar esta gira Senderos Culturales de Barva.

ACUERDO NO. 436-2014

EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA DAR POR RECIBIDO Y CONOCIDO DICHO INFORME. INFORME RECIBIDO Y CONOCIDO

VOTA NEGATIVAMENTE EL REGIDOR ALBERTO ANTONIO TREJOS QUIROS (4 VOTOS)

El Presidente Municipal Ulises Otarola Fallas le consulta a doña Mercedes Hernández

con relación a la actividad de la Feria del Agua.

La Señora Alcaldesa Municipal Mercedes Hernández Méndez aclara que la misma se

va hacer sin agua; lo principal de esta Feria son las charlas, los reconocimientos, la información que se le da a la gente de cómo economizarla.

Es simplemente la realización de la Feria en concientización a la gente ya que realmente se necesita esa particularidad. A su vez se está abriendo un espacio para que las personas hagan las consultas y se va ha brindar información con relación a las cosas que se han estado haciendo.

Art. 02

El Lic. Alonso Rodríguez Vargas Asesor Legal del Concejo presenta el

siguiente informe que a la letra dice:

(21)

REFERENCIA: Reforma al Reglamento de

mantenimiento de Parques

Barva, 21 de abril de 2014. Como producto del trabajo de la Comisión Especial nombrada para estos efectos se recomienda de forma consensuada al Concejo Municipal que se aprueben las siguientes reformas al Reglamento de Cobro de tasas de mantenimiento de parques, dicha recomendación es producto del trabajo conjunto de la Comisión y se presenta como solución a los problemas de cobro de la tasa y buscando una mayor equidad en la determinación del monto que deberá cancelar cada propietario. Se recomienda tomar el siguiente Acuerdo:

El Concejo Municipal del Cantón de BARVA, en uso de las atribuciones establecidas en los artículos 169 y 170 de la Constitución Política, en relación con los numerales 4, inciso a), 12, 13, incisos c) y d), 43 y 50 del Código Municipal, aprueba las siguientes reformas al REGLAMENTO PARA EL COBRO DE LA TASA SOBRE MANTENIMIENTO DE PARQUES, ZONAS VERDES Y SUS RESPECTIVOS SERVICIOS EN EL CANTÓN DE BARVA DE HEREDIA.

Se Reforman los artículos 1°, 2°, 3°, 7° y 8° para que en adelante se lean así:

Artículo 1º—Objeto. El presente reglamento tiene por objeto desarrollar el servicio de mantenimiento de parques y zonas verdes en cada uno de los distritos del cantón de Barva, regular su funcionamiento y el comportamiento de los administrados dentro de los parques con el fin de mantener el Aseo y Ornato de los mismos, y evitar las molestias que puedan alterar el orden público; además el presente Reglamento tiene como objeto regular el cobro de la tasa correspondiente, de conformidad con el artículo 74 de la Ley 7794 Código Municipal.

Artículo 2º—Definiciones. Para los efectos de este Reglamento, se entenderá por: - Cantón: El Cantón de Barva.

- Concejo: El Concejo Municipal de la Municipalidad de Barva. - Ley 7794: Código Municipal.

Mantenimiento de parques y zonas verdes: aquellas actividades técnicas y artesanales, así como el costo financiero que realiza la Municipalidad a través de sus distintas dependencias para la atención de los parques y zonas verdes ubicadas en cada uno de los distritos que componen el cantón.

- Municipalidad: La Municipalidad del Cantón de Barva.

- Parque: Área de uso público con fines de recreación, descanso y ornamentación.

- Sujeto pasivo: Toda aquella persona que sea propietaria de un inmueble, que por tal condición está obligada al pago de la tasa que cobra la Municipalidad por mantenimiento de parque y zonas verdes, en los distritos del cantón; aunque no muestre interés en el servicio.

- Tarifa: Tasa.

- Tasa: Tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva o potencial del servicio de mantenimiento de parques y zonas verdes que brinda la Municipalidad, cuyo producto no puede tener un destino ajeno al servicio.

(22)

- Zona verde: Son los espacios libres enzacatados o arborizados, de uso público comunal, destinados a la recreación y ornamentación de la comunidad.

- INVENTARIO DE PARQUES Y AREAS VERDES: La Municipalidad a afectos de aplicar este reglamento realizará y mantendrá al día un inventario de la localización y cabida de los parques y áreas verdes. Para tal efecto de utilizará el inventario de las propiedades municipales elaborado por el Departamento de Catastro, Bienes Inmuebles y Valoraciones. Dicho inventario deberá actualizarse una vez al año antes del mes de julio de cada período anual e incluirá las áreas verdes y parques en los que la Municipalidad brinde los servicios que abarca este Reglamento.

Artículo 3º——Del servicio de mantenimiento de parques y zonas verdes. Los respectivos servicios que presta la Municipalidad, en relación con el mantenimiento de parques y zonas verdes relacionados con los bienes inmuebles ubicados en cada uno de los distritos del cantón corresponden a recolección, transporte y disposición de residuos sólidos así como de la limpieza de la zona, además incluye siembra, cuido y sustitución de césped, plantas y árboles; colocación y mantenimiento de mobiliarios urbano, señalización, senderos, calzadas, asientos, bancas, drenajes, caños, postes, iluminación y cualquier otra labor directamente relacionada con el cuido y ornato de los parques y zonas verdes.

Artículo 5º—Deberes de la Municipalidad: La Municipalidad procurará el mantenimiento adecuado de los parques y áreas verdes, mediante la realización de las obras y labores de mantenimiento, indicadas en el artículo tres, limpieza, recolección, transporte y disposición de residuos sólidos, acciones que garanticen su mejor y más adecuado uso. Además trabajará para generar una debida conciencia en los administrados, respecto del debido uso de los parques y áreas verdes, con el objeto de que se les dé el uso autorizado y no uno distinto, que ponga en peligro su conservación.

Artículo 7º—Determinación del costo del servicio de mantenimiento de parques y áreas verdes. Estos servicios se determinan conforme al costo anual efectivo invertido para su mantenimiento por la Municipalidad en cada uno de los distritos, adicionándose un diez por ciento de utilidad para su desarrollo.

Artículo 8º—Tasa. Para el mantenimiento de los servicios indicados en este Reglamento, la Municipalidad cobrará una tasa a cada uno de los sujetos pasivos, tasa que distribuirá equitativamente el costo total efectivo más el 10% de utilidad del servicio y se cobrará proporcionalmente entre cada uno de los contribuyentes del distrito, según el valor de su propiedad que conste en la base de datos municipal. Su cálculo se rige de conformidad con el modelo establecido en el artículo 74 de la Ley 7794.

Adiciónese un nuevo artículo 11° que establece lo siguiente:

Artículo 11.-Del procedimiento de determinación de la tarifa. En el estudio que realice la Administradora Tributaria Financiera o en su defecto el encargado (a) que designe la Alcaldía Municipal al respecto, una vez determinados los costos efectivamente realizados que demanda la prestación del servicio de mantenimiento de parques y zonas verdes, mismo que deberá incluir al menos los dispuestos en el artículo 9 del presente reglamento, adicionándose el 10 de utilidad para el desarrollo; se segregará dicho costo total anual de manera distrital (en función del área realmente atendida en cada distrito). Este costo distrital anual se dividirá entre la sumatoria total del imponible o valor registrado en la Municipalidad para todas las propiedades del distrito; esta división nos da como resultado

(23)

un factor o porcentaje de cobro, mismo que será aplicado a cada una de las fincas que el propietario tenga en el mencionado distrito.

La fórmula que se aplica en el caso del servicio de mantenimiento de parques, zonas verdes y obras de ornato a cada una de las propiedades de cada distrito es la siguiente:

Tasa a pagar = Costo total del servicio en el distrito

________________________________________ X Valor de cada propiedad Valor total de propiedades en el distrito

Conforme las reformas anteriores y producto de las mismas se aprueba correr la numeración de los artículos del reglamento a partir del artículo once; para que ahora en adelante tenga así: el antiguo artículo 11, será ahora Artículo12, el antiguo artículo 12 ahora será Artículo 13 y así sucesivamente hasta finalizar el articulado en el Artículo 19. Publíquese. Rige a partir del día hábil siguiente a su publicación.

(Copiado textualmente)

El Presidente Municipal Ulises somete a votación las reformas al Reglamento de

mantenimiento de Parques y a la su vez felicita a la Comisión ya que fue un trabajo muy bonito, ojala que todas las Comisiones trabajaran así.

El Regidor Eduardo Zamora Montero manifiesta que solo tiene una inquietud y es el

procedimiento que han estado solicitando hace ya más de un mes y que es el procedimiento de cobro y el informe de las áreas verdes que aun no le ha llegado a la Comisión y así poder tener la base suficiente para ir haciendo los análisis de las zonas.

El Lic. Alonso Rodríguez Vargas aclara que Karla ocupa que se aprueben estas reformas

para después hacer la parte presupuestaria.

El Presidente Municipal Ulises Otarola Fallas somete a votación las Reformas al

Reglamento de mantenimiento de Parques y se ACUERDA:

ACUERDO NO. 437-2014

EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA APROBAR LAS REFORMAS AL REGLAMENTO DE MANTENIMIENTO DE PARQUES Y QUE SE PRECEDA CON LA PUBLICACIÓN CORRESPONDIENTE EN EL DIIARIO OFICIAL LA GACETA. LO TRASLADAN AL DEPARTAMENTO DE SECRETARIA PARA QUE PROCEDA CON LA PUBLICACIÓN CORRESPONDIENTE, A LA ADMINISTRACIÓN Y A LA ADMINISTRADORA TRIBUTARIA Y FINANCIERA PARA LO QUE CORRESPONDA AL RESPECTO.

REFORMAS AL REGLAMENTO DE MANTENIMIENTO DE PARQUES, APROBADAS VOTACIÓN UNANIME

ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO

(5 VOTOS)

El Presidente Municipal Ulises Otarola Fallas reitera la felicitación a la Comisión

CAPITULO V

INFORMES DE REGIDORES Y SÍNDICOS

Art. 01

El Regidor Suplente Carlos Alberto Villalobos Gutiérrez presente el

Proyecto “Petición declaración de las máscaras como un símbolo nacional”.

El Presidente Municipal Ulises Otarola Fallas le solicita al Regidor Carlos Villalobos

que para efectos de orden lo presente; el mismo se recibe y se retoma en la sesión de hoy en ocho.

Referencias

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