FORMALIZACÓN DE LA PROPIEDAD RURAL, ACCIÓN SIN DAÑO Y CONSTRUCCIÓN DE PAZ EN EL CAUCA.
ANDRÉS EDUARDO PAZ RAMOS.
CODIGO: 04868281
TRABAJO DE GRADO PRESENTADO PARA OPTAR EL TÍTULO DE:
ESPECIALISTA EN ACCIÓN SIN DAÑO Y CONSTRUCCIÓN DE PAZ
COORDINACIÓN ESPECIALIZACIÓN:
MARTHA NUBIA BELLO ALBARRACIN
UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA
FACULTAD DE CIENCIAS HUMANAS
DEPARTAMENTO DE TRABAJO SOCIAL
Tabla de contenido.
1. Introducción
2. Aportes conceptuales y de acción desde ASD-CP
3. El problema de la informalidad en la tenencia de la tierra en zonas campesinas. La respuesta del Gobierno y los retos frente a la
negociación de paz
4. La implementación del programa de formalización de la propiedad rural en el Cauca y el enfoque ASD-CP
4.1 Participación limitada
4.2 Mensajes centralizados y de “apropiación” del programa 4.3 Contextos locales invisibles en la ruta de formalización.
4.4 Necesidad de analizar y trabajar sobre impactos de la acción en contextos conflictivos a diferentes niveles.
4.5 Derechos de las mujeres dentro del proceso de formalización de la propiedad rural
1. Introducción
La informalidad en la tenencia de la tierra por campesinos colombianos es mencionada, dentro de los análisis de la problemática rural en Colombia, como una de las situaciones que obstaculiza el avance en el desarrollo humano.
Estudios sobre tenencia y concentración de la tierra en Colombia han encontrado que la informalidad de la tenencia ha facilitado el despojo e intensificado el conflicto (Ibañez, Muñoz, 2010: 5) y plantean a través de modelos econométricos que la formalidad en los derechos de propiedad influye de manera negativa en los grupos armados sobre su decisión de atacar (Velásquez, 2008:1). Han develado características de la situación, como la alta informalidad en los mercados de tierras, el perjuicio que la informalidad causa a la inversión en el campo, su vinculación con conflictos por la tierra, los altos costos de la formalización para familias campesinas pobres, dificultades de acceso a crédito y otros programas del gobierno y regulaciones inadecuadas (Helo e Ibañez, 2011:122)
El primer punto de la agenda del “Acuerdo general para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera”. Firmado por los delegados del gobierno de Colombia y de las FARC-EP, el 26 de agosto de 20121 plantea dentro de la política de desarrollo integral, acceso y uso de la tierra entre otros: Tierras improductivas.
1
Ver copia del acuerdo firmado en
Formalización de la propiedad. Frontera agrícola y protección de zonas de reserva.
2. Aportes conceptuales y de acción desde ASD-CP
El análisis, se hace desde el punto de vista de un participante en el proceso de implementación en su calidad de integrante del equipo de trabajo a cargo de la puesta en marcha de la guía de procedimiento del programa de formalización de la propiedad rural, en municipios del Cauca, lo que podría apodarse como un ejercicio “desde adentro” y desde el nivel local en la implementación.
El enfoque de Acción sin daño (ASD) en Colombia, aporta al original Do No Harm conceptos y metodologías que permiten adaptarlo a la realidad particular de nuestro país. A los componentes de análisis de contexto con base en divisores y conectores, valoraciones sobre mensajes éticos implícitos en las intervenciones y sobre la transferencia de recursos, agrega la necesidad de realizar análisis éticos, basados en los valores y principios que encaminan las actuaciones, a partir de mínimos éticos de autonomía, dignidad y libertad2. ASD propone que los análisis sobre los posibles daños infringidos con las intervenciones deben permear todo el ciclo de los proyectos y no solo en la etapa de planeación como lo sugiere el Do No Harm y además ofrece reflexiones sobre aspectos transversales como derechos humanos, políticas públicas enfoques diferenciales y enfoques psicosociales. (Vela y otras: 2011). Este trabajo aporta reflexiones en los tres primeros aspectos transversales con énfasis en la interpretación de una política pública en proceso de implementación.
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Pero solo la ASD no es suficiente, el aporte colombiano realizado desde la universidad nacional en colaboración con agencias de cooperación y organizaciones no gubernamentales plantea que en contextos conflictivos como el colombiano las acciones deben buscar además de no hacer daño, reforzar capacidades de paz de personas e instituciones y para ello se fundamenta en analizar entre otros conceptos como los de conflicto, violencia, paz, construcción de paz, transformación de conflictos, y elabora una propuesta para llevar a la práctica el enfoque de “Acción sin daño como aporte a la construcción de paz”. (ASD-CP) En cuanto a los aportes teóricos y prácticos para este trabajo, se acude al módulo sobre políticas públicas de la especialización (Urrego, 2011: 47-50) que revisa el proceso de construcción de políticas públicas en Colombia, con una mirada desde la acción sin daño. En la etapa de implementación, caracteriza tendencias y enfoques entre ellos el de “arriba hacia abajo” y el de “abajo hacia arriba” y presenta ejemplos y reflexiones sobre los daños: Reconoce la aplicación de enfoques de “arriba abajo”, con participación de operadores privados, cuestiona sus alcances en materia de derechos, impacto, el carácter de dominación político-ideológica y restricciones objetivas para la digna, autónoma y libre participación social. Recomienda intervenciones desde ASD que analicen las implicaciones de tales modalidades de implementación, que empoderen a los actores locales en el control social y en su interpretación crítica, buscando reformas con enfoque de derechos y de participación.
relación con los conflictos locales, consideración de particularidades sociales y culturales, enfoque de derechos con especial atención a los de las mujeres.
3. El problema de la informalidad en la tenencia de la tierra en zonas campesinas. La respuesta del Gobierno y los retos frente a la negociación de paz.
El problema es la Informalidad en la tenencia de la tierra en zonas campesinas. El informe nacional de Desarrollo Humano 2011 “Colombia rural razones para la esperanza”, reconoce que no existe información suficiente disponible en el país sobre el grado de formalidad e informalidad de los derechos de propiedad rural (184), señala que la informalidad sobre los derechos de propiedad en una estructura de tenencia de la tierra cuya discusión centra entre minifundio y latifundio, es uno de los aspectos que crea dificultades para el desarrollo humano (209). Dentro del capítulo sobre los efectos del conflicto armado incluye un apartado sobre despojo e informalidad sobre los derechos de propiedad y presenta cifras de la encuesta publicada a finales de 2010 por la comisión de seguimiento a la política pública sobre desplazamiento forzado (cerca de las cuatro quintas partes de los encuestados se consideraban propietarios de sus predios, pero de estos solo el 21.5% tenía escritura debidamente registrada) y datos del anterior programa gubernamental de protección de tierras y patrimonio (según este, el 54% de los bienes protegidos tanto por la ruta individual como colectiva tienen relación de informalidad en la tenencia de la tierra) (279).
Como respuesta, el gobierno colombiano ha formulado el programa de formalización de la propiedad rural3 que contempla la elaboración y
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Presentación resumida disponible en
validación de una ruta de formalización masiva por barrido que es objeto de revisión en este trabajo.
El Ministerio de Agricultura y desarrollo rural inició a finales de 2011 un programa de formalización de la pequeña propiedad rural4, dirigido a familias campesinas. Se trata, en una primera etapa, de validar una metodología de barrido con propósitos de formalización masiva en 20 municipios de diferentes departamentos, entre los cuales están cinco en el Cauca.
Entre las motivaciones expresadas por el gobierno para la elaboración del programa de formalización de la propiedad rural están: la vulnerabilidad de campesinos ante eventuales despojos, promover la propiedad como estrategia de consolidación y legitimación del Estado, la inflexibilidad en el mercado de tierras causado por la informalidad, lo considera además mismo como un mecanismo de reparación a víctimas, razones económicas sociales y ambientales, la inequidad social y de género, Además, la informalidad obstaculiza la lucha antinarcóticos, al final, la pobreza y limitado desarrollo rural campesino en Colombia.
Aunque no se trata del mismo problema que el despojo de tierras en el marco del conflicto armado, y no obstante que el programa de formalización de la propiedad rural se dirige a zonas donde no se ha
baldías y el saneamiento de la propiedad priva, desarrollando daun mercado de tierras rurales con seguridad jurídica que funcione de manera abierta, ágil y transparente” Disponible en:
http://www.minagricultura.gov.co/archivos/memorias_congreso_2010-2011.pdf 4
Ppresentación resumida disponible en
presentado despojo, si existe una relación con este, porque uno de los problemas de los campesinos despojados para recuperar sus tierras, es la informalidad que han mantenido en la tenencia de sus predios, por tal razón parte del proceso de restitución tendrá que ocuparse de la formalización de la propiedad de las personas que serán restituidas. Una revisión al proceso de diseño y aplicación de la ruta permite señalar algunos componentes problemáticos que son analizados aquí desde ASD-CP: La participación de comunidades locales (personas, familias), el desconocimiento de las diversas realidades y contextos locales, la ocurrencia de conflictos entre comunidades o colectivos y su eventual transformación, la emergencia de nuevos marcos normativos, la compleja coordinación interinstitucional, la aplicación local del programa y su ruta.
Por ejemplo, se percibe la existencia de un discurso de derechos y participación frente a un diseño “de arriba hacia abajo” con personas, familias y comunidades “beneficiarios” y no tanto sujetos de derecho y actores principales del proceso.
tierra a las transnacionales y conglomerados financieros, mencionando además el asunto de la extranjerización de la tierra.
La reivindicación del acceso a tierras por parte de los campesinos ha sido uno de los puntos importantes del discurso de la guerrilla, su inclusión en los puntos de la agenda de negociación para la terminación del conflicto así lo evidencia.
Argumentaciones y análisis en esa misma línea son comunes entre representantes de organizaciones no gubernamentales y movimientos sociales en el departamento del Cauca, que abogan también por una economía campesina, soberanía alimentaria, mercados internos, agroecología, titulaciones colectivas, “territorios” como concepto de mayor alcance que “tierras”, que aparece en diversos comunicados y publicaciones de organizaciones sociales del Cauca. (Caballero 2011). Algunos más, en particular en el Cauca, pueden interpretar el programa de formalización de la propiedad rural como una manera de establecer cortapisas a los procesos de titulación colectiva a favor de grupos étnicos.
Así, una revisión de la política de formalización de la propiedad rural, basada en principios de complejidad, permite identificar un debate entre modelos de desarrollo y no solo como la posibilidad de acceso jurídico a la propiedad sobre una finca.
recreación, crédito, comunicaciones, comercialización de los productos, asistencia técnica y empresarial, con el fin de mejorar el ingreso y calidad de vida de los campesinos.
No es suficiente el acceso a la propiedad y en la citada norma constitucional y su aplicación puede estar parte de la respuesta a las inquietudes sobre eventual despojo legal que se estaría abonando con la política de formalización de la propiedad rural.
El gobierno nacional 2010-2014 ha propuesto varios programas y políticas tendientes a la “formalización" de diversas actividades, por ejemplo formalización laboral y formalización empresarial. En el tema de acceso a tierras para comunidades campesinas, ha establecido un programa de formalización de la propiedad rural en cabeza del ministerio de agricultura y desarrollo rural, a través de una metodología por barrido en proceso de validación e implementación.
Se crea el programa de formalización de la propiedad rural y la unidad coordinadora nacional a través de la Resolución 0452 Diciembre 2010 del Ministerio de Agricultura y Desarrollo rural y se conformó un grupo de trabajo dentro del ministerio. La inclusión del tema en la agenda de paz ha hecho que se revise si es necesario ajustar el diseño institucional dentro del Ministerio, para convertir tal unidad coordinadora en una dirección o crearla como Unidad administrativa especial. Esto en buena medida dependerá de las negociaciones a iniciarse a mediados de noviembre de 2012 en La Habana.
modificaciones legislativas y reglamentarias. La aplicación de esta ley será fundamental dentro del programa de formalización de la propiedad rural en Colombia.
El Ministerio ha elaborado una guía de procedimiento para la implementación del programa, instrumento que está en validación y ajuste, e incluye 10 procesos, cada uno de ellos con descripción de actividades y productos (Ver gráfico 1)
Gráfico 1. Procedimiento del Programa de Formalización de la propiedad rural
:
A noviembre de 2012, en 6 municipios, de Valle, Cauca y Huila, el programa ha avanzado en la realización de actividades de los procesos 0 a 4 de la guía reseñada, que en este trabajo identificamos como la ruta
3. Comunicación del Programa a autoridades locales y comunidad
4. Recepción de solicitudes en jornadas comunitarias
6. Trabajo de campo y actualización sistema de información
7. Preparación de informes técnico jurídicos y documentos para la formalización
8. Exposición publica de resultados preliminares
10. Registro y Acompañamiento local
9. Acompañamiento y gestión casos de formalización - baldíos y predios privados 0. Establecimiento acuerdos interinstitucionales y Zona de Formalización Masiva
2. Recopilación y sistematización de información institucional sobre la ZFM 1. Organización del Grupo Técnico de
Formalización
de formalización sobre la cual se ha realizado el análisis desde el enfoque ASD-CP.
Se han presentado debates en el congreso de la república y organismos de control por los pocos avances en la restitución de tierras (una de las políticas que mayor atención ha despertado entre los políticos y la sociedad en general) y el señalamiento al gobierno por que presenta resultados de formalización sin restitución (por ejemplo, titulación de baldíos) como si fueran avances en la restitución a víctimas del conflicto. El Senador Robledo del polo democrático, en particular, señala al gobierno de presentar resultados de titulación de predios como expresiones de restitución de tierras despojadas5
Lo anterior puede ser un reflejo de la confusión existente entre la política de restitución de tierras y la de formalización de la propiedad rural, esta última se ha iniciado en zonas donde no ha existido despojos en el marco del conflicto armado colombiano, pero de otro lado se ha reconocido que el proceso de restitución debe culminar con la formalización de la propiedad a favor de los campesinos restituidos. Es claro que en aquellos casos donde se identifican despojos o abandonos de predios en el marco del conflicto armado, el proceso será adelantado bajo las reglas de la restitución de predios.
No se conocen balances o evaluaciones de la implementación, sería un ejercicio un tanto prematuro, pero si se identifican elementos fuertes y débiles en las primeras etapas de implementación, estos últimos son el objeto del presente trabajo.
5 Ver
Una vez revisados los documentos y guías elaboradas por el programa de formalización de la propiedad rural y después de participar en jornadas de comunicación del programa a las comunidades locales se pueden identificar como una de sus fortalezas, el que se trata de un programa dirigido a campesinos poseedores de pequeños predios rurales. De otra parte, en el Cauca en alguna medida el programa es presentado, como una respuesta a la demanda de los campesinos por disponer de políticas públicas que los tengan en cuenta, frente a su eventual desventaja frente a grupos étnicos, que han avanzado en lograr reconocimientos y atención diferenciada. Otro aspecto positivo es que las primeras jornadas de socialización y recibo de solicitudes, muestran un interés muy alto de los campesinos por formalizar los títulos de sus predios
El programa de formalización de la propiedad rural presenta como uno de los fundamentos normativos de la política (parte considerativa de la Resolución 452 del 23 de diciembre de 2010 del Ministerio de Agricultura y Desarrollo rural) el derecho al acceso a la propiedad de la tierra que tienen los campesinos en Colombia consagrado en el Artículo 64 de la Constitución Política, en tal sentido, la política pública tendría el objetivo de asegurar la realización de un derecho de los campesinos colombianos y aporta al reconocimiento de la dignidad, la autonomía y la libertad de los trabajadores agrarios, lo cual está muy bien.
locales. Las dificultades de adecuación a contextos locales diversos, y las complejidades derivadas del surgimiento de nuevos marcos normativos y de la necesaria pero difícil coordinación interinstitucional, temas que serán abordados en el punto 4 de este trabajo..
4. La implementación del programa de formalización de la propiedad rural en el Cauca y el enfoque ASD-CP
Este que se considera el punto central del presente trabajo se ha realizado a partir del diseño y aplicación de un instrumento (Ver tabla 1) que permitió revisar y analizar tres criterios, 1. Algunas preguntas elaboradas desde el enfoque ASD-CP, 2. Lo que prevé o deja ver la guía de procedimiento (ruta) del programa de formalización de la propiedad rural y el propio proceso de implementación y 3. Algunas valoraciones u observaciones desde el enfoque de ASC-CP. Entrevistas a personas interesadas en la formalización y la observación participante en actividades de aplicación de la ruta, aportaron también información para el análisis.
Un primer grupo de preguntas que orientaron la revisión documental y la observación de actividades del programa de formalización en al menos 5 veredas, indagaron acerca de si el programa de formalización de la propiedad rural promueve o debilita los mínimos éticos (dignidad, autonomía y libertad) de las personas o familias campesinas interesadas en la formalización de sus predios.
Tabla 1. Revisión del programa de formalización de la propiedad rural frente a criterios del enfoque ASD-CP.
Pregunta o criterio a considerar Lo que prevé, o deja ver
el Programa de formalización de la propiedad rural -PFPR
Observacio nes desde ASD-CP
Enfoque ASD-CP
¿El PFPR promueve o debilita los mínimos éticos en general?
¿En que forma se pueden exacerbar los conflictos a causa del PFPR?
¿La planificación ejecución y seguimiento de la intervención del PFPR tiene en cuenta e incorpora las particularidades sociales y culturales de cada una de las comunidades locales?
Pertinencia
¿El PFPR responde a las particulares de las necesidades locales frente a la formalización?
¿Se respetan los principios de participación real en todo el ciclo, de la intervención?
Impacto
¿Los resultados previstos del PFPR contribuyen a la realización de los derechos de los participantes?
¿El PFPR para el Cauca, ha tenido en cuenta los posibles conflictos por acceso a tierra que podría exacerbar?
Enfoque de DDHH y género
¿El diseño y ejecución del PFPR proyecto tiene en cuenta y atiende a necesidades diferentes de mujeres frente a los de los varones?
¿Cuales son las contribuciones que puede hacer el PFPR en refuerzo de la capacidad local para asegurar y restablecer los derechos de las mujeres?
¿El PFPR contribuye de alguna manera a establecer relaciones equitativas entre hombres y mujeres involucrados?
Sostenibilidad
¿El PFPR puede generar dependencia?
¿Pueden contribuir a la independencia económica de las familias a las que se les formaliza?
Dentro de los mínimos éticos de dignidad autonomía y libertad, este trabajo se ocupa de la autonomía y en particular de la participación como práctica que incorpora valores presentes en las tres categorías.
4.1. Participación limitada
Las limitaciones surgen al analizar los instrumentos para la aplicación del programa gubernamental, que si bien anuncian el procedimiento como masivo integrado y participativo y menciona el énfasis en la participación de las comunidades en todas las etapas del proceso (punto b de la guía, descripción de procedimiento) la exposición detallada del proceso y la forma como se ha iniciado su aplicación, permiten ver restricciones a una pretendida participación efectiva.
La participación prevista se refleja en varios momentos: Dentro del punto 0 de la guía de procedimiento “establecimiento acuerdos interinstitucionales y zona de formalización masiva”, después de la definición preliminar del alcance, diseño y costeo preliminar del proyecto (número 0.1), a cargo del nivel nacional, viene la presentación y acuerdo con autoridades locales (número 0.2) en la cual la unidad coordinadora nacional visita la localidad y presenta los objetivos y alcances a funcionarios locales y regionales y representantes de la comunidad local entre ellos líderes comunitarios y representantes de organizaciones no gubernamentales presentes en la región.
autoridades locales para explicar su alcance, implicaciones, cobertura y características, con el fin de informar ampliamente, ganar apoyo y darle legitimidad.
Enseguida (punto 4 del procedimiento) se convoca a todos los eventuales interesados de la vereda, a jornadas de recibo de solicitudes, usando los métodos más efectivos para desplegar información, se coordina con los representantes comunitarios locales sobre el sitio y la mejor forma de animar y promover la convocatoria, previamente se ha capacitado a algunos agentes locales (delegados de la vereda, el municipio o facilitadores de otros programas gubernamentales) en el manejo del formulario de solicitud que será tramitado con su ayuda en cada vereda.
El paso siguiente es realizar la jornada de recibo de solicitudes, día en el cual cada uno de los interesados aporta información en el formulario previsto y entrega copias de los documentos que tenga en relación con el o los predios que pretende formalizar. Otros representantes comunitarios locales apoyan en el buen desarrollo de la actividad y en la ubicación de los predios solicitados en un mapa veredal previsto para ello.
recogen la información para elaborar un informe técnico-jurídico. Se levantan actas de la visita incluyendo las oposiciones que se formulen. El punto 8 del procedimiento se ocupa de la exposición pública de resultados preliminares, diagnóstico y rutas de formalización correspondientes a cada caso, previa convocatoria como en pasos anteriores, los responsables del programa realizarán audiencias públicas en las cuales se presentan a la comunidad, los listados de los solicitantes y los predios en proceso de formalización, los actos de aceptación y rechazo de solicitudes de adjudicación de baldíos, los planos e informes técnico-jurídicos resultantes del trabajo de campo y del análisis de datos en oficina, siendo esta la más importante etapa de publicidad del proceso.
Al final, el punto 10 de la ruta, registro y acompañamiento local, prevé otra actividad con la comunidad local, la entrega masiva de títulos, “Los títulos ya registrados se entregan en jornadas masivas para dar publicidad al Programa y ganar confianza acerca de las ventajas que tiene la comunidad cuando se vincula al mismo” (punto 10.2 de la guía de procedimiento).
Las funciones principales de los “sociales” dentro del programa son Apoyar a la Unidad Coordinadora del Programa y al Coordinador Regional en la planeación y desarrollo de actividades de difusión, sensibilización, socialización y capacitación del programa de Formalización de la Propiedad Rural.
solicitudes u oposiciones si las tuvieren. En síntesis, a aportar publicidad y legitimidad al programa.
Las buenas intenciones sobre garantía de derechos, transparencia, participación y pertinencia del programa de formalización de la propiedad rural, expresadas en la propia guía y en la estructura de los equipos locales y regionales que incluyen profesionales y asistentes del área social, se diluyen en su alcance restringido descrito en la ruta de formalización.
Según la descripción anterior, no estamos entonces en este caso ante una propuesta de participación efectiva que aporte al refuerzo de los mínimos éticos en clave de ASD-CP, si bien el acceso a los títulos individuales de sus predios por los campesinos es el camino para la realización de su derecho a la propiedad consagrado en la constitución política, el proceso para lograrlo podría aportar más a la autonomía de campesinos y comunidades locales.
El ex ministro de Salud de Colombia Gustavo de Roux (1993) propuso hace años una especie de taxonomía de la participación vista desde las relaciones de poder, como colaboración, cogestión, autogestión y negociación.
ciudadanos de debatir sobre las razones que sustentan las acciones ni de intervenir en el diseño y selección de las opciones, podrá convertirse en una forma de manipulación. Tampoco contribuye al establecimiento de relaciones simétricas que humanicen y enriquezcan a los sujetos. Además tiende a volverse infructuosa y a desdibujarse en el tiempo si no sigue siendo impulsada por la institución que la promueve.
La participación como cogestión en cambio es un avance hacia la participación autónoma, implica intervención en decisiones, supone descentralización, democratización del poder y de los mecanismos de acceder a él. Esta sería una forma de participación deseable para el programa institucional y con mayor cercanía al enfoque de ASD-CP. Es necesario reconocer que en la aplicación del procedimiento en el terreno en el Cauca, se realizan acciones en cuanto a participación local que van más allá de las previsiones de la guía de procedimiento, por ejemplo ejercicios de concertación de la zonas de formalización con autoridades y comunidades locales o al menos de las veredas por las cuales se inician los trabajos, alguna flexibilidad frente a la programación de actividades con la comunidad, teniendo en cuenta fechas y horarios más convenientes para los locales, mayores niveles de interlocución con representantes comunitarios.
4.2. Mensajes centralizados y de “apropiación” del programa
envían mensajes que buscan capitalizar en su favor las acciones del programa.
Lo anterior produce situaciones problemáticas, que hacen necesario revisar en el proceso de implementación los mensajes que se envían a sectores involucrados en el mismo, como gobiernos y comunidades locales. Es válido y sano el interés por “blindar” el proceso de las influencias de políticos locales y se hacen esfuerzos por señalar lo que “no es” el programa con el objetivo de precisar sus contornos y evitar interpretaciones equivocadas. Se nota así entre los representantes del gobierno nacional (aun en las regiones) un excesivo celo por mantener el control del proceso sin dejar mayor espacio a lo local (institucional, comunitario y de la sociedad civil) situación que es interpretada como una excesiva centralización del programa.
Otros mensajes que viene enviando el programa hablan de que las decisiones principales se toman en Bogotá (en la zonas solo se ratifican o valida aunque hay algún espacio para hacer ajustes). Y todo el proceso está bajo el control del ministerio. Pero más que centralización, se trata como se ha esbozado de esfuerzos por mantener la orientación general y el control del proceso por parte de los representantes del programa en la región y los municipios. Es necesario reconocer la apertura del nivel central por incorporar los aportes del trabajo y la experiencia del Cauca y otras regiones en las guías y protocolos que se elaboran sobre el procedimiento para acompañar a los campesinos en su interés por la formalización de la propiedad rural.
baldíos) pero no tanto de los campesinos a los que se dirige el programa que en su mayoría no tienen la condición de víctimas ni de ocupantes de baldíos nacionales.
La forma como se han realizado las actividades iniciales de lanzamiento y visitas a las comunidades locales (con apoyo de organismos internacionales) con visibles jornadas acompañadas por un buen número de representantes nacionales, regionales y locales del programa así como la realización de talleres y jornadas patrocinadas que permiten atenciones adicionales a los participantes pueden ser interpretadas de forma equívoca, en relación con la disponibilidad de fondos para él programa.
Tres ejemplos de situaciones ocurridas en las actividades en terreno pueden ilustrar de alguna manera la realidad local diversa y llamar la atención también sobre la adecuación de las ofertas a las particularidades locales.
En un municipio del Cauca con mayores niveles de pobreza, que ha recibido atención con proyectos de cooperación internacional las personas se han acostumbrado a que en las reuniones se les suministre refrigerios y almuerzo y si esto falta habrá dificultades en la asistencia a próximos eventos
En otro municipio, cafetero y con otra dinámica comunitaria, los habitantes de la vereda recogen una pequeña cuota para brindar un “tinto” con pan a los representantes institucionales que les acompañan ese día y no esperan que se les dé alguna atención alimentaria.
ellos, se averió y fue necesario conseguir en el sector otra copiadora cuya dueña la tiene para prestar ese servicio en la propia vereda. Las personas que tenían pendiente tomar sus copias no expresaron objeción alguna en pagar cada uno las copias requeridas en su caso, y así lo hicieron.
4.3. Contextos locales invisibles en la ruta de formalización.
Otra de las preguntas para el análisis comparativo de la ruta de formalización de la propiedad con el enfoque ASD-CP indaga acerca de si aquella tiene en cuenta el contexto local y la forma como el programa puede impactar en dicho contexto.
Al respecto se ha encontrado que la guía de procedimiento consultada para la elaboración de este trabajo, no menciona la palabra contexto. Es posible que la estandarización de procesos unificados para la implementación, dificulte una mejor consideración y adecuación a los contextos locales y una valoración sobre los impactos que se van a producir.
El enfoque ASD-CP hace énfasis en los aspectos éticos de las intervenciones, en su relación con el contexto y considera fundamental el análisis de la dinámica sociocultural de la comunidad, la identificación de actores sus posiciones, sus intereses y necesidades, la expresión de su poder (económico, político, social, técnico) los roles de mujeres y hombres, si su participación es equitativa o no. Las relaciones existentes entre esos actores. Los conectores y divisores teniendo en cuenta los sistemas e instituciones, las actitudes y acciones, los valores e intereses compartidos, las experiencias comunes. El enfoque sensible a los conflictos por su parte incluye una observación y comprensión del contexto con un análisis de la dinámica sociocultural de la comunidad local y un análisis del conflicto y de las capacidades y necesidades de paz. (Vela y otras)
Los equipos de trabajo de la regional Sur del programa de formalización de la propiedad rural, con sede en Popayán pero con cobertura en municipios de Valle, Cauca, Huila y Nariño, y en particular el coordinador y el asesor social de la regional se han preocupado por incorporar el análisis de los contextos locales y adecuar el acompañamiento ofrecido a las particularidades de tales contextos, algunos ejemplos están en la relación horizontal y respetuosa que establecen con las comunidades locales y sus representantes, la adecuación de la oferta de acompañamiento a las particularidades locales de las veredas, como la concertación de horarios de encuentro o de realización de actividades conjuntas, la preocupación por disponer de información precisa y actual sobre las características socio culturales de las comunidades.
4.4. Necesidad de analizar y trabajar sobre impactos de la acción en contextos conflictivos a diferentes niveles.
Acerca de los eventuales impactos sobre el contexto conflictivo local en municipios del Cauca, es necesario hacer referencia a la realidad vigente en dos niveles: el interpersonal entre vecinos o familiares por diferencias frente los derechos pretendidos sobre los predios, que pueden ser avivados de alguna manera por la aplicación del programa de formalización.
La guía de procedimiento del programa tiene en cuenta la posibilidad de que este tipo de diferencias se presenten y ha hecho previsiones en varios momentos: Desde las jornadas de socialización del programa (punto 3.3) se promoverá el uso de mecanismos alternativos de solución de conflictos, dentro las visitas de campo (punto 6.4) en las que se recaudan datos para el informe técnico jurídico se incluye la promoción de procesos de mediación y preparación para la conciliación y luego dentro del propio informe se incluya como una opción la vía de conciliación (mecanismos de solución alternativa de conflictos) como uno de los caminos a seguir para lograr la formalización. Finalmente dentro de las audiencias públicas de exposición de resultados se ha previsto que se promueva la solución alternativa de conflictos, para lo cual se dispondrá de mediadores y conciliadores.
Será necesario en aquellas veredas que lo requieran reforzar capacidades locales para la transformación de conflictos en el nivel correspondiente, superando la orientación hacia la resolución de conflictos que se aprecia en la ruta de formalización. Una referencia más amplia a la transformación de conflictos se hará mas adelante.
El otro nivel de mayor envergadura y complejidad tiene que ver con los conflictos por tierras entre grupos sociales dentro del departamento del Cauca, indígenas y afrocolombianos, indígenas nasas con indígenas misak, campesinos con indígenas y entre estos y los grandes propietarios.
Comunidades afro colombianas, indígenas y campesinas conviven, junto a otros grupos humanos, en el departamento del Cauca. Tal convivencia ofrece diferencias que pueden derivar en conflictos. El acceso a la tierra, los proyectos económicos extractivos, las mayores o menores posibilidades o garantías de realización de derechos, la acción de grupos armados, son algunos asuntos que generan tensiones. La compra de tierras para titulaciones colectivas en zonas de formalización individual masiva puede producir disputas entre campesinos y otras comunidades que pretenden recibir los títulos colectivos.
encuentran comunidades indígenas, afro y campesina, en disputa entre sí”, intentando desvirtuar tal denominación y presentándolos como “no principales”, porque dependen de la no resolución del conflicto histórico por la tenencia y propiedad de la tierra en el Cauca. Advierte sobre la presentación desfavorable e instrumentalizada que se ha hecho de estas tensiones entre grupos sociales diversos en el Cauca y cita al INCODER en el sentido de que 91 predios, que suman alrededor de 6.300 hectáreas, se encuentran en esta situación en el Cauca.
En tal contexto es necesario hacer referencia al caso de la compra de un par de fincas por parte del Incoder en la Vereda La Mota de Popayán, para entregarlas a comunidades indígenas Yanaconas del sur del Cauca. Esta vereda hace parte de las zonas de formalización masiva definidas por el Ministerio de agricultura, las primeras reacciones de los campesinos habitantes de la vereda han planteado los cuestionamientos de estos vecinos a la llegada de los indígenas a la zona. Informes de prensa local de octubre de 2012 dan cuenta de la situación tensa vigente y del inicio de mesas de concertación con participación del Incoder, la defensoría del pueblo y acompañamiento internacional (MAPP OEA).6
La guía de procedimiento del programa de formalización de la propiedad rural incluye dentro de los criterios de selección de las zonas de formalización masiva, la existencia de bajo porcentaje de áreas con: restricciones ambientales, resguardos indígenas o territorios colectivos de comunidades negras (punto 0.1 de la guía). Luego, en la clasificación
6 Pueden consultarse en
http://www.agendapropia.com/index.php/hoy/1450-incoder-intervendra-en-conflicto-de-tierras-entre-indigenas-y-campesinos-en-popayan y
de solicitudes al programa previa al concepto jurídico sobre la ruta de formalización a realizar, se pide hacer una análisis de la solicitud presentada, frente a la información institucional existente para revisar si el predio está o no dentro de las zonas en donde no se puede adelantar procesos de formalización o tienen restricciones, entre ellas, territorios indígenas o de comunidades negras (punto 5.3), buscando evaluar la viabilidad o no de continuar con el trámite de formalización solicitado. Después, durante la visita de campo prevista en el procedimiento, requerida para elaborar un informe técnico jurídico que tendrá valor probatorio en algunos procesos judiciales (punto 6.4) se hará una verificación de las zonas que no pueden ser adjudicadas o que presenta restricciones, entre las que se mencionan de nuevo aquellas donde se encuentran comunidades indígenas, o estén destinadas a la titulación colectiva a favor de las comunidades negras.
La ley 1561 de 2012, que inicia su vigencia en enero de 2013 establece un proceso judicial verbal de duración no mayor de 6 meses ante jueces civiles municipales para predios de pequeña entidad económica, en la zona rural no mayores a una unidad agrícola familiar (UAF), es decir para favorecer a campesinos, aplicable a quien demuestre, en unos casos la posesión material (entendiéndose por esta la explotación económica, la vivienda y la conservación ambiental, certificada por autoridad competente) de un predio durante un período de 5 años o 10 años según el fundamento de la posesión alegada, en otros casos se aplicará a quien tenga un título registrado a su nombre con falsa tradición.
propiedad colectiva de las comunidades negras u otros grupos étnicos, en zonas de cantera que hayan sufrido grave deterioro físico, que las construcciones no se encuentren, en terrenos afectados por obra pública, que el inmueble no se encuentre sometido a procedimientos administrativos agrarios de titulación y aquellos que están dentro del régimen de propiedad parcelaria establecido (Ley 160 de 1994), que no se encuentre en zonas declaradas de inminente riesgo de desplazamiento o de desplazamiento forzado, y que no esté destinado a actividades ilícitas.
Las disposiciones reseñadas sirven de fundamento a los representantes institucionales para argumentar las buenas intenciones que les asisten, y refutar parte de las acusaciones sobre eventuales intenciones de formalización para favorecer a grandes propietarios o a despojadores. En resumen, el programa de formalización de la propiedad rural se dirige a campesinos poseedores de pequeños predios y no se aplica en territorios colectivos de indígenas ni de afrocolombianos, establecidos o en proceso de constitución.
Casos como el reciente de la finca la vereda la Mota en Popayán y los otros 91predios, son en la práctica un ejemplo de la complejidad en la aplicación de normas que pretenden reparar o reconocer derechos a sectores históricamente marginados como campesinos, indígenas y afrocolombianos y representan oportunidades para estudiar y aplicar enfoques de Acción sin daño y construcción de paz
ministro Andrés Arias, que señalaba a los indígenas del Cauca como los nuevos terratenientes del Cauca, para argumentar que otros grupos como afrocolombianos y desplazados por la violencia tenían también derecho a las tierras.
lado, casos como los de Poblazón también en Popayán (indígenas y campesinos) y las Mercedes en Caldono (indígenas nasa e indígenas misak) mencionados en el trabajo sobre conflictividad territorial en el Cauca (Caballero 2011) muestran el rechazo de indígenas a la compra de tierra para otros indígenas y para campesinos, en predios considerados territorio histórico por los nativos asentados en el entorno. Realidades locales de alta complejidad, comunes en el Cauca, como las descritas, deberán ser asumidas por el programa de formalización de la propiedad rural, y abordajes como el de transformación de conflictos y construcción de paz que nos enseña el enfoque de acción sin daño aportan orientaciones fundamentales para hacerlo
Una interpretación general, resumida de la conflictividad interétnica desde tales abordajes puede ofrecer ilustración al respecto. Según las interpretaciones de involucrados directos, el gobierno, en una primera etapa (Presidencia de Uribe) de manera intencional generó los conflictos (entregar fincas a los indígenas para producir el enfrentamiento con los campesinos y con los afrocolombianos). Esto debe tenerse en cuenta en la perspectiva de la búsqueda de causas condiciones y contextos en varios ámbitos, que debe animar al investigador y constructor de paz (Galtung: 2003:19).
En una segunda fase (Santos) el gobierno exhibe una respuesta de paz negativa buscando una salida que permita “terminar hostilidades” en los casos concretos, evaluando la posibilidad de comprar otras fincas o asignarlas de entre los bienes de la Dirección de estupefacientes en liquidación.
haya comprado la finca en cuestión, de la otra, con posturas también cercanas al concepto de paz negativa. Endurecimiento de la posición de los nuevos vecinos, a raíz de las descalificaciones y la violencia padecida (en algunos casos con muertes ocurridas como en el caso de la finca San Rafael en el norte del Cauca). Como postura general al inicio los indígenas anuncian que irán hasta el final haciendo valer sus escrituras (títulos privados que por lo general en otras circunstancias rechazan). De otra parte, posiciones al estilo del “todo o nada” de los habitantes históricos de la zona (campesinos o afrocolombianos), tales como rechazar una alternativa de convivencia basada en un trabajo conjunto sobre las fincas bajo acuerdos concretos y reglas de respeto con los indígenas. (Fernández, 2010: 32).
Las alternativas que al final, en algunos casos, se han concretado se reducen a la compra de otras fincas para entregar a los indígenas y dejar o adjudicar las de la discordia a los vecinos del entorno.
encuentro llevado a cabo en Corinto (Cauca), con participación de representantes del CRIC y la ACIN, se resalta la conformación de la mesa intercultural dentro del encuentro, que debatió sobre los conflictos étnico territoriales entre indígenas, afro descendientes y campesinos en el Cauca y sobre la posibilidad de establecer conjuntamente territorios interculturales que rompan con la lógica de separar, aislar y dividir a estas comunidades.
Así, el dialogo interétnico se mantiene, con altibajos, en la búsqueda de un cambio constructivo, transformar el conflicto (Lederach, 2007:3), por ejemplo que el proceso inter étnico se fortalezca a partir de las situaciones conflictivas, o al menos que las diferencias no produzcan nuevos hechos de violencia directa (la paz negativa puede ser insuficiente, pero es también necesaria).
Vela y otras (2011) siguiendo a Lederach, resumen la transformación de conflictos como un “enfoque que busca tanto el desmonte gradual de los conflictos, como el compromiso de buscar un cambio constructivo más allá de la solución del problema que los desata. La visión de la transformación incluye algunos aspectos propuestos por la resolución de conflictos, pero no se limita a ellos. La transformación propone un cambio, de acuerdo con Lederach (2008): ¿cómo se da el tránsito de una cosa a otra? En este enfoque la pregunta guía es: ¿cómo acabar con algo indeseado y construir algo que sí deseamos? De esta manera el énfasis está en «el contexto» de las relaciones a partir del hecho de que el conflicto está enmarcado en una red y sistema de patrones relacionales”.
la construcción de paz, respetar los procesos comunitarios, tomar decisiones que no aviven potenciales conflictos, reconocer y reforzar la participación de comunidades locales, adoptar estrategias desde la transformación de conflictos, evitar la transmisión de mensajes que permitan interpretaciones negativas (como aquella de la formalización como paso previo al despojo legalizado), comunicarse y coordinarse entre las instituciones responsables de las políticas públicas y los programas, tales como titulación de baldíos, restitución de tierras, formalización de la propiedad rural, atención a grupos étnicos.
4.5. Derechos de las mujeres dentro del proceso de formalización de la propiedad rural
Sobre los derechos de las mujeres rurales en general.
población rural, el estímulo a la producción de alimentos y los derechos de las mujeres rurales.
El informe nacional de desarrollo humano (PNUD 2011,33) por su parte identifica los rasgos del modelo de desarrollo rural así: a. No promueve el desarrollo humano y hace más vulnerada a la población rural. b. Es inequitativo y no favorece la convergencia. c. Invisibiliza las diferencias de género y discrimina a las mujeres. d. Es excluyente. e. No promueve la sostenibilidad. f. Concentra la propiedad rural y crea condiciones para el surgimiento de conflictos. g. Es poco democrático. h. No afianza la institucionalidad rural.
Acerca de la invisibilidad de las diferencias de género y la discriminación, muestra que han sido pocos, fragmentarios y débiles los esfuerzos por incorporar la perspectiva de género en las políticas públicas e identifica tres tipos de discriminación que golpean a las mujeres rurales “la tradicional originada en el papel culturalmente asignado a las mujeres en la sociedad; la que surge por el hecho de vivir en el campo, frente a las oportunidades de la ciudad y, más recientemente, la que se deriva del efecto desproporcionado que el conflicto tiene sobre sus capacidades y sobre la posibilidad de realizar sus proyectos de vida”.
relacionadas con la reforma agraria. Dentro de estas últimas autoriza la titulación de predios de reforma agraria a nombre del cónyuge o compañera (o) permanente dejado en estado de abandono, autoriza la titulación de predios de reforma agraria a empresas comunitarias o grupos asociativos de mujeres y reconoce la participación equitativa de las mujeres en los procedimientos de adjudicación y uso de los predios de reforma agraria. Las valoraciones de los informes citados sobre la aplicación efectiva de esta ley registran su limitado alcance y abogan por un efectivo cumplimiento.
Derechos de las mujeres rurales en el programa de formalización de la propiedad rural.
La ley 1561 de 2012 ya reseñada en este trabajo, sustento importante para el programa de formalización de la propiedad rural, ordena que el juez profiera el fallo a favor de ambos cónyuges o compañeros permanentes, aun en caso de que uno solo de ellos sea el que accede al proceso especial regulado por la misma ley, la sociedad conyugal debe estar vigente y la sociedad patrimonial de los compañeros permanentes debe estar legalmente declarada o reconocida (Parágrafo del Artículo 2º).
ley 54 de 1990)7 : 1. Por escritura pública ante Notario por mutuo consentimiento de los compañeros permanentes. 2. Por Acta de Conciliación suscrita por los compañeros permanentes, en centro legalmente constituido. 3. Por sentencia judicial, mediante los medios ordinarios de prueba consagrados en el Código de Procedimiento Civil, con conocimiento de los Jueces de Familia de Primera Instancia.
En algunos casos será difícil para la mujer campesina, primero convencer a su compañero para ir a una notaría o centro de conciliación legalmente constituido a realizar la declaración y segundo acceder a tales oficinas (por la distancia, las limitaciones o el propio desconocimiento del trámite) o algo más difícil aun, adelantar todo un proceso judicial ante un juez de familia.
Otra de las situaciones problemáticas que deberá enfrentar la aplicación de estas normas favorables a las mujeres tiene que ver con lo dispuesto en el parágrafo del artículo 3º de la Ley 54 de 1990: “No formarán parte del haber de la sociedad, los bienes adquiridos en virtud de donación, herencia o legado, ni los que se hubieren adquirido antes de iniciar la unión marital de hecho, pero sí lo serán los réditos, rentas, frutos o mayor valor que produzcan estos bienes durante la unión marital de hecho.”
A pesar de que los hombres no dispongan de la propiedad plena de los bienes que pretenden (por eso su interés en la formalización de sus predios), ya se han escuchado de parte de algunos solicitantes,
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argumentos para dejar por fuera del título a sus mujeres, indicando que ellos adquirieron sus derechos sobre el predio por donación (caso bastante frecuente) o por compra realizada antes de iniciar la unión marital de hecho con su actual compañera.
La inclusión de acciones favorables a los derechos de las mujeres dentro de la ruta de formalización (guía de procedimiento del programa) no es tan contundente frente al reto de reconocer derechos de las mujeres, solo plantea dos tipos de medidas: el que la solicitud y el título sea otorgado a los dos integrantes de la pareja ( esto se aprecia en el formulario de solicitud y en la citada ley 1561 de 2012, con las dificultades que se indicaron) y la orientación a que en las jornadas en las que se reciben solicitudes y otras actividades de concurrencia numerosa dentro del programa, se atienda de manera prioritaria a mujeres y personas mayores. Dentro de las jornadas de socialización del programa a la comunidad y autoridades locales, “se anunciará en forma explícita la prioridad que da el Programa a las mujeres, y adultos mayores y la forma en que se aplicarán mecanismos especiales para estimular la participación de estos grupos poblacionales en el Programa (reuniones dedicadas, atención preferencial en la recepción de documentos, etc.). El Programa diseñará piezas de comunicación específicas para estos grupos, las cuales deben ser aplicadas de manera extensiva” (punto 3.3)
731 de 2002 al respecto y de las debilidades expresadas en los informes citados sobre derechos de las mujeres rurales (Dejusticia y PNUD-INDH8) en cuanto a registros estadísticos.
Pero es necesario advertir que no se han diseñado otras estrategias para promover la participación de las mujeres, como las reuniones dedicadas o las piezas de comunicación específicas dirigidas a ellas.
Una revisión general de información sobre actividades del programa en el municipio de Timbío en el Cauca indica que, de 308 personas que entre septiembre y octubre de 2012 participaron en jornadas de comunicación del programa a la comunidad, 131 (43%) fueron mujeres y 177 (57%) hombres, y luego, de 311 personas que presentaron solicitudes de formalización en 4 veredas de Timbío, 140 (45%) son mujeres y 171 (55%) son hombres.
Una lectura desprevenida de estos guarismos indica que ha sido relativamente efectiva la convocatoria a las mujeres y algo mejor su participación como solicitantes de apoyo para la formalización de la propiedad rural.
En las mismas 4 veredas del municipio de Timbio, de 309 solicitantes, 156 (el 50%) se registraron como casados (26%) o en unión libre (24%) y de estos, 143 (92% de los 156) reportaron información sobre su compañera(o) permanente en el formulario de solicitud. Es decir, 13
solicitantes (8% de los 156) no dieron información sobre su cónyuge o compañera(o) permanente.
Es importante advertir que de los 309 solicitantes, 108 (el 35%) indicó que su estado civil es soltero(a). Es posible que a pesar de que la solicitud se presenta bajo la gravedad del juramento, algún porcentaje de estos no haya dicho la verdad sobre su estado civil, ocultando la existencia de su compañera(o) permanente.
Los datos presentados permiten llamar la atención del programa de formalización de la propiedad rural en el sentido de que la revisión, clasificación de solicitudes y elaboración de los conceptos jurídicos preliminares que, dentro de la ruta o procedimiento, siguen al recibo de los formularios presentados por los campesinos deberían, ya desde este momento, ocuparse de revisar y analizar la información de los formularios y documentos presentados que tienen relación con los derechos de las mujeres, planteando acciones necesarias de acompañamiento a ellas, que les permitan cumplir requisitos legales como los presentados (situaciones problemáticas o trámites difíciles de cumplir) y no limitarse a la clasificación jurídica general, sin diferenciación entre hombres y mujeres, de las solicitudes y la elaboración de un concepto jurídico preliminar que indica la ruta a seguir en cada solicitud analizada sin ocuparse de manera particular de la situación de la mujer en cada caso, en especial cuando ella es la compañera permanente del solicitante o una madre, abuela, hija o hermana, dentro de una comunidad familiar que pretende la formalización de su predio.
5. Conclusiones.
La comparación de los documentos y procesos de aplicación metodológica del programa de formalización de la propiedad rural, del Ministerio de Agricultura y desarrollo rural, a la luz de conceptos y elementos del enfoque ASD-CP, ha ofrecido una aproximación crítica al procedimiento previsto y a la ejecución inicial de actividades dentro de tal política pública en el departamento del Cauca.
El trabajo permitió señalar situaciones problemáticas o limitaciones en el diseño y la aplicación del programa institucional y avanzó en sugerencias de ajuste, en asuntos cruciales desde ASD-CP como la, hasta ahora, limitada participación de las familias campesinas y sus organizaciones, el sesgo centralista identificado, el poco desarrollo de las previsiones sobre derechos de las mujeres, el descoordinado abordaje de conflictos por tierras y territorios en contextos multiétnicos y de diversidad cultural como los del Cauca, los obstáculos que ofrece la intención de estandarizar una ruta única para todo el país. Ante semejantes desafíos, el enfoque ASD-CP aporta reflexiones y prácticas que valoran el análisis de contextos, el dialogo de saberes, la participación y la conversa efectiva, el enfoque de derechos, la transformación de conflictos.
oportunidades para brindar respuestas de fondo y contundentes a las prevenciones y desconfianza sobre los propósitos finales del programa de formalización de la propiedad rural. Existe hoy gran atención política y mediática a la restitución de tierras como parte del proceso de atención a víctimas del conflicto armado colombiano, pero la formalización de la propiedad rural de campesinos no víctimas directas del conflicto, ganará atención en la agenda pública en los próximos años.
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