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1.8 Distribución.- Todos los funcionarios responsables de la ejecución, control y supervisión.

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ESTA INFORMACION ES CONFIDENCIAL Y DE USO EXCLUSIVO DEL GAD MUNICIPAL PORTOVIEJO

1.

NORMAS GENERALES

1.1

Finalidad.-El presente documento tiene como objetivo regular el desarrollo de software para el GAD Municipal del Cantón Portoviejo y la adquisición de aplicativos, con lineamientos, metodologías y procedimientos, especificados en las normas de control interno, para el área de tecnología y reglamentados a través de este documento por la Dirección de informática de la institución.

1.2 Responsables de la

ejecución.-Director Informática. Usuarios.

1.3 Responsables del

Control.-Director de de Informática. Directores Organizacionales. 1.4 Responsables de la elaboración.-Dirección de Informática. 1.5 Responsables de la Supervisión.-Director de Informática 1.6 Aprobación.-Alcaldía 1.7 Responsables de la actualización.-Dirección de Informática 1.8

Distribución.-Todos los funcionarios responsables de la ejecución, control y supervisión.

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2.1. Recursos Tecnológicos.- Incluye, aunque no se limita a ello, lo siguiente: todos los recursos de hardware: servidores, computadoras escritorio, laptops, impresoras, scanner, módems, plotters, reguladores de voltaje, ups, relojes biométricos, lectores biométricos, cámaras fotográficas; equipos de comunicación y transmisión de datos: cableado estructurado de voz y datos, antenas, switches, access point, routers, dvrs, cámaras de video, centrales telefónicas, teléfonos, fax; equipos periféricos, equipos de redes y líneas telefónicas; todos los recursos de software: Sistemas y aplicaciones desarrolladas por la dirección de informática municipal, programas licenciados, y todos los archivos, correos electrónicos, archivos multimedia, video, contraseñas generados en la plataforma informática municipal. Adicionalmente elementos, accesorios y componentes electrónicos. 2.2. Usuarios.- Incluye, aunque no se limita a ello, lo siguiente: contribuyentes,

personal administrativo, y todos aquellos funcionarios o servidores de la Municipalidad que hagan uso de los Recursos Tecnológicos.

2.3. Usuario Interno.- Son los servidores o funcionarios de la Institución que de alguna manera están autorizados a realizar actividades dentro de la misma.

2.4. Usuario Externo.- Se considera cualquier entidad o persona ajena a la Institución. 2.5. Servicio.- Se entiende por servicio, los aplicativos y/o conjunto de programas

(software) que apoyan a la labor administrativa del

quehacer cotidiano de los usuarios que requieren y/o proveen información a través de la Red.

2.6. Hardware.- se refiere a todos lo componente físicos de una tecnología. (Todo lo que se puede tocar). Todo conjunto de dispositivos que, sin pertenecer al núcleo fundamental de la computadora, formado por la CPU y la memoria central, permitan realizar operaciones de entrada / salida (E/S) complementarias al proceso de datos que realiza la CPU.

2.7. Software.- Es intangible, existe como información, ideas, concepto, símbolos, pero no ocupa un espacio físico.

2.8. Intranet.- Una intranet es una red de ordenadores privados que utiliza tecnología Internet para compartir dentro de una organización parte de sus sistemas de información y sistemas operacionales. El término intranet se utiliza en oposición a Internet, una red entre organizaciones, haciendo referencia por contra a una red comprendida en el ámbito de una organización.

2.9. Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Portoviejo.- se lo conocerá como GAD Portoviejo o simplemente la Municipalidad.

2.10. Aplicativos.- Una aplicación es un tipo de programa informático diseñado como

herramienta, para permitir a un usuario realizar uno o diversos tipos de trabajos. Algunos ejemplos de programas de aplicación son los procesadores de textos, hojas de cálculo, y base de datos.

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2.11. Código Fuente.- Texto escrito en un lenguaje de programación específico y que

puede ser leído por un programador. Debe traducirse a lenguaje máquina para que pueda ser ejecutado por la computadora y pueda ser ejecutado por un intérprete, este proceso se denomina compilación, acceder al código fuente de un programa significa acceder a los algoritmos desarrollados por sus creadores. Es la única manera de modificar eficaz y eficientemente un programa.

2.12. Licencia Software.- Una licencia de software es un contrato entre el licenciante

(autor/titular de los derechos de explotación/distribuidor) y el licenciatario del programa informático (usuario consumidor /usuario profesional o empresa), para utilizar el software cumpliendo una serie de términos y condiciones establecidas dentro de sus cláusulas. Las licencias de software pueden establecer entre otras cosas: la cesión de determinados derechos del propietario al usuario final sobre una o varias copias del programa informático, los límites en la responsabilidad por fallos, el plazo de cesión de los derechos, el ámbito geográfico de validez del contrato e incluso pueden establecer determinados compromisos del usuario final hacia el propietario, tales como la no cesión del programa a terceros o la no reinstalación del programa en equipos distintos al que se instaló originalmente.

2.13. Software desarrollado a la medida.- El software desarrollado a la medida es un

producto de Ingeniería de Software diseñado o especialmente para un cliente en particular, teniendo en cuenta sus propios requerimientos y la política de su empresa u organización. Por otro lado, los productos de software hechos a medida cuentan con un soporte técnico que incluye adaptaciones, mejoras, inclusión de nuevos requerimientos y mantenimiento por parte de la empresa o ingenieros proveedores de tal sistema de software.

2.14. IEPI.- Instituto Ecuatoriano de la propiedad intelectual.

3. GENERALIDADES

3.1. Todos los “Recursos Tecnológicos” son de propiedad del GAD Portoviejo.

3.2. El no cumplimiento por parte de los funcionarios responsables del control y la ejecución,

será causal para la determinación de sanciones y responsabilidades en conformidad con las leyes y normas vigentes

3.3. Este Instructivo se encuentra sujeto a actualización permanente, con el propósito de

incluir en él los cambios que se produzcan, como efecto de la actualización de las leyes, normas y políticas que se emitan o las necesidades administrativas que surjan en el GAD Portoviejo.

3.4. En todo lo que no estuviere establecido en el presente Instructivo, se estará a lo

dispuesto por la Dirección de Informática, en los Reglamentos Internos de Administración de Recursos Humanos, en las Normas de Control Interno de la Contraloría General del Estado y en la Ley, Reglamento de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de datos, y, normas internacionales reconocidas sobre desarrollo de software, Ingeniería de software, seguridad informática, delito informático, entre otros.

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4. PROCEDIMIENTO

4.1. La Dirección de informática, deberá considerar que las adquisiciones de software

o soluciones tecnológicas, se realizarán sobre la base de integración y estructura del

portafolio de productos de software existentes en el GAD Portoviejo, y servicios priorizados en el plan estratégico institucional y el plan operativo anual, y considerando las políticas públicas establecidas por el Estado, caso contrario serán autorizadas por la

máxima autoridad previa justificación técnica documentada por parte de la

Dirección de Informática.

4.2. En el caso de software adquirido se obtendrá las respectivas licencias de uso. Para la adquisición de Licenciamiento de programas de computación (paquetes de Software, utilitarios, ofimática) se tendrán las siguientes consideraciones:

4.2.1. Se preverán tanto en la documentación del proceso de compra, como en la

elaboración de los contratos respectivos, mecanismos que aseguren el cumplimiento satisfactorio de los requerimientos de la Dirección de Informática del GAD Portoviejo.

4.2.2. Para el caso de los requerimientos de licenciamiento de software, la Dirección de

Informática presentará, adjunto al requerimiento inicial, toda la documentación que incluirá el suficiente nivel de detalle, los aspectos técnicos de la licencia a adquirir tales como: objetivos generales, objetivos específicos, áreas beneficiadas, integración con otras estructuras tecnológicas del GAD Portoviejo, vigencia de la licencia a adquirir, certificado de distribuidor autorizado, certificado IEPI si lo amerita y cualquier otro documento que por el motivo de algún requerimiento en especial, necesite que realice el producto.

4.2.3. Para garantizar el cumplimiento satisfactorio de los requerimientos establecidos

en la adquisición, la Dirección de Informática validará y brindará su asesoría

tecnológica permanente al departamento Jurídico Municipal en el diseño y elaboración del contrato, con la finalidad de que en el contrato, en sus cláusulas, se consideren los aspectos técnicos establecidos en el punto 4.2.2, adicionales a las responsabilidades del contratista tales como garantías técnicas del producto,

formatos de actas de entrega, recepción de las licencias, cronogramas de

implementación, manuales, entregables, versiones, etc.

4.2.4. Se deberá adjuntar documentos de la garantía formal de soporte, mantenimiento y

actualización ofrecida por el proveedor de la licencia, y documento certificado que es proveedor autorizado de la marca o del producto a adquirir.

4.2.5. La implementación de software aplicativo a adquirir, incluirá los

procedimientos de configuración, aceptación y prueba personalizados e

implantados. Se incluyen la validación contra los términos contractuales, la

interoperabilidad con las aplicaciones existentes del GAD Portoviejo y los sistemas de bases de datos, la documentación y los manuales de usuario.

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4.3. En caso de desarrollo de software realizado a la medida se tendrán las siguientes

consideraciones:

4.3.1. En los contratos realizados con terceros para el desarrollo de Software a la

medida, deberá constar claramente definido en documento notariado que los derechos de autor del producto terminado son propiedad del GAD Portoviejo, en la definición de los derechos de autor se aplicarán las disposiciones de la Ley de Propiedad Intelectual. Las excepciones serán técnicamente documentadas y aprobadas por la máxima autoridad o su delegado. Para tal efecto se deberá estipular mediante un documento o acta para salvaguardar al GAD Portoviejo, así mismo las prohibiciones y responsabilidades legales a las que se someten al proveedor, en el caso que se infrinja esta disposición legal.

4.3.2. Los servidores de la Dirección de Informática del GAD Municipal del cantón

Portoviejo, quienes dentro de sus funciones tienen el desarrollo de software a la medida, deberán cumplir con la normativa legal correspondiente y reglamentos internos de la Institución, en los que se aclara que todos los códigos fuente y aplicaciones compiladas (para el caso derechos de autor del producto terminado) son de propiedad del GAD Portoviejo, donde se especifican las prohibiciones y responsabilidades legales a las que se someten los desarrolladores del software, en caso que se infrinja esta disposición legal.

4.3.3. Para terceras personas autorizadas a realizar trabajos de desarrollo de software

en la Institución, deberá generarse una acta o documento legal de confidencialidad en el que se indique que los derechos de autor del producto terminado son propiedad del GAD Portoviejo, en la definición de los derechos de autor se aplicarán las disposiciones de la Ley de Propiedad Intelectual, así mismo las prohibiciones y responsabilidades legales a las que se someten, en el caso que se infrinja esta disposición legal. En caso de ser autorizados por el Director de Informática o su delegado cumplirán con los puntos detallados desde el 4.3.4. al 4.3.7.

Para los dos numerales anteriores 4.3.1 y 4.3.2, deberán cumplir con lo detallado a continuación:

4.3.4. Para todos los productos desarrollados a la medida se deberá entregar:

• Análisis de Requerimientos.

• Cronograma.

• Todo el código fuente del software desarrollado a la medida.

• Diccionario de datos, Manuales de usuario, Manuales de programador.

• Diseño de interfaces y funcionalidad.

• Diseño conceptual, lógico y físico de la base de datos.

• Requerimientos de Hardware

• Diario de Ingeniería o Bitácora

• Otros.

4.3.5. Los derechos de autor del software desarrollado a la medida para el GAD

Portoviejo, pertenecerán a la Municipalidad y serán registrados obligatoriamente en el Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual IEPI por la Dirección de

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4.3.6. Se deberá generar un archivo con las actas de capacitación y de aceptación

(FORMA 1 ACTA DE CAPACITACIÓN Y ACEPTACIÓN) por parte de los usuarios finales, de los sistemas probados y aprobados desde el ambiente de desarrollo/prueba al de producción y su revisión en la post implantación.

4.3.7. Se deberá entregar los manuales técnicos, de instalación y manuales de

configuración; así como manuales de usuario, los cuales serán difundidos, publicados en la intranet del GAD Portoviejo y actualizados de forma permanente

por la Dirección de Informática

.

5.

FORMULARIOS

Todos los formularios presentados en este Instructivo están sujetos a cambios o modificaciones por parte de la Dirección de Informática, sin que esto amerite el cambio o actualización del presente Instructivo. De darse el caso de modificación de un formulario debido a las necesidades Institucionales bastará con su publicación y difusión a través de cualquiera de los canales de comunicación que posea el GAD Portoviejo, tales como correo corporativo, página web institucional, intranet, comunicaciones circulares, entre otros.

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