CONSULTORÍA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE HERRAMIENTAS ESPECIALIZADAS PARA USO DE LA SUPERVISIÓN GENERAL DE TRIBUNALES EN MATERIA DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y DE ADOLESCENTES EN CONFLICTO CON LA LEY
PENAL.
Antecedentes.
Guatemala es un país joven, con una población estimada de 15.1 millones de habitantes para 2012, de los cuales 7.2 millones es decir, el 47.7% de la población, son niñas, niños y adolescentes.
En el año 2013 un total de 40 denuncias diarias fueron presentadas por delitos cometidos contra niñas, niños y adolescentes, las que han ido en aumento teniendo un promedio diario en el año 2014 de 71 denuncias.1 Además en los años 2010 al 2012 se registraron 1,954 muertes violentas de personas menores de edad.2
En respuesta a los números anteriores el Organismo Judicial solamente en el área metropolitana en los últimos siete años (2008-2014) ha conocido más de 13,128 casos de niñas, niños y adolescentes amenazados o violados en sus derechos, así como 6,320 casos de adolescentes en conflicto con la Ley Penal.
En este complejo contexto, cada día en todas las regiones de Guatemala, los niños, niñas y adolescentes, entran en contacto con el Sistema de Justicia, ya sea porque se encuentran amenazados o violados en uno de sus Derechos Humanos (Ramo Niñez, Familia o Penal), por lo que se debe proteger la vida, la integridad física y la seguridad de los niños, niñas y adolescentes víctimas; o cuando el adolescente comete un hecho que viola la ley penal (Conflicto con la Ley Penal).
Esta relación “sistema de justicia – niñez y adolescencia”, es un verdadero reto para el Organismo Judicial, ya que su intervención, debe fundamentarse en el nuevo paradigma que considera a los niños, niñas y adolescentes sujetos de derechos, lo que les demanda seguir fortaleciendo la trasformación institucional para readecuar sus acciones y programas a la luz de este nuevo enfoque, dejando atrás las viejas prácticas que consideran a la niñez como un objeto pasivo de protección.
En el año 2007 la Corte Suprema de Justicia emitió el Acuerdo 42-2007 que contiene el
“Reglamento General de Juzgados y Tribunales con Competencia en Materia de la Niñez y Adolescencia Amenazada o Violada en sus Derechos Humanos y Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal”, que plantea el modelo de gestión del despacho judicial a partir de audiencias como metodología de trabajo.
1 Fuente Ministerio Público, datos SICOMP.
2 En el año 2010: 806 muertes violenta, en el año 2011: 493 muertes violentas. En el año 2012: 654 muertes violenta. Fuente, Ministerio Publico, SICOMP .
Dicho Modelo de gestión se estructuró partiendo de considerar que “la audiencia” constituía el ámbito que permitía tornar operativo el sistema de garantías y reducir los trámites que debían agotarse para la emisión y notificación de resoluciones judiciales. De esa forma, la audiencia se constituyó en el ámbito dentro del cual la jueza y el juez, debía conocer los requerimientos de las partes, emitir las resoluciones judiciales y notificar las mismas para que surtieran los efectos jurídicos que el marco normativo establece. Lo anterior implicó:
Redefinir la función que en la práctica judicial cumplían juezas y jueces, ajustándola a las disposiciones establecidas en la ley.
Modificar la estructura orgánica y funcional de los juzgados, asignando al personal auxiliar las funciones de apoyo a la gestión de audiencias.
Redimensionar las prácticas del litigio referidas a la presentación de solicitudes, la intervención en las audiencias y la recepción de notificaciones y comunicaciones.
Modificar la documentación de los actos, resoluciones y notificaciones judiciales.
La redefinición de las funciones que desempeñaban juezas y jueces se sustentó en lo dispuesto en el artículo 203 de la Constitución Política de la Republica que les otorga, con exclusividad, la función de juzgar y promover la ejecución de lo juzgado.
A partir de dicha disposición, se establece que para cumplir con el mandato constitucional las juezas y jueces deben conocer directamente las pretensiones de las partes procesales, decidir frente a ellas y comunicarles la decisión.
Para que el conocimiento de las pretensiones de las partes, la emisión de resoluciones judiciales y la notificación de las mismas pudiera practicarse en un solo acto se estableció que el medio idóneo de comunicación debía ser la oralidad.
De esa forma se materializan en la práctica judicial 4 principios básicos que tornan operativa la garantía del debido proceso: la inmediación, la concentración, el contradictorio y la oralidad.
En esa línea se hace necesario fortalecer a la Supervisión General de Tribunales del Organismo Judicial con el objeto de que pueda contar con herramientas que permitan realizar las supervisiones preventivas y reactivas no solamente con objetividad sino tomando en cuenta la gestión por audiencias como un mecanismo para hacer operativas las garantías y estándares sobre derechos humanos, principalmente los relacionados a la niñez y adolescencia, para lo cual se hace necesario una consultoría para dicho apoyo.
En esa línea la alianza entre Organismo Judicial, UNICEF y IEPADES permitirá fortalecer los modelos de gestión por audiencias y de atención interinstitucional en los Juzgados de Niñez y Adolescencia con el objeto de que se traduzca en el goce de derechos y libertades de las niñas, niños y adolescentes amenazados o violados en sus derechos, que permita
interés superior sea una consideración primordial y el cumplimento de las garantías del debido proceso.
Objetivo.
Construir herramientas especializadas para la supervisión preventiva y reactiva que realiza la Supervisión General de Tribunales en los Juzgados de la Niñez y Adolescencia y de Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal, basado en la gestión por audiencias como herramienta para operativizar las garantías y estándares internacionales en materia de derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes.
Atribuciones.
a) Velar por mantener una comunicación constante con la Supervisión General de Tribunales, a través de la unidad enlace del Organismo Judicial.
b) Informar debidamente a IEPADES el avance técnico.
c) Desarrollar acciones concretas que permitan una construcción conjunta de las herramientas especializadas de supervisión.
Calificaciones.
Se debe cumplir los siguientes requisitos:
1. Profesional de las ciencias jurídicas y sociales, abogado y notario, de preferencia con maestría en gestión o derechos humanos.
2. Conocimientos en género, derechos de las mujeres y de la niñez y adolescencia. 3. Experiencia profesional en trabajo con profesional del sistema de justicia,
especialmente en la temática de niñez y adolescencia.
4. Experiencia comprobable en implementación de procesos, de preferencia en apoyo a implementación para favorecer la gestión por audiencias.
5. Experiencia comprobable en participación en procesos de coordinación entre las entidades del sistema de justicia.
6. Experiencia comprobable en desarrollo de procesos de implementación, así como de formación con operadores del sistema de justicia.
7. El trabajo se desarrollará en español por lo que su dominio, tanto oral como escrito es imprescindible.
8. Conocimiento y manejo de aplicaciones informáticas de Office (Word, Excel, Power Point, etc).
9. Sin causas de incompatibilidad que comprometan la independencia de trabajo de IEPADES con las instituciones, entre ellas el litigio de casos.
Obligaciones.
La o el profesional llevará a cabo las funciones encomendadas en los presentes términos de referencia con dedicación completa leal e imparcialmente y de acuerdo con las mejores prácticas profesionales.
La o el profesional no podrá divulgar, ni utilizar en provecho propio o en provecho de terceros, las informaciones que pudiera recibir en relación con la ejecución del presente contrato.
Duración.
La consultoría se prevé empiece el 1 de septiembre y concluya el 15 de diciembre 2015.
Productos. PRODUCTO No.
ESPECIFICACIÓN FECHA
1 Plan de Trabajo que incluya metodología y cronograma.
14 septiembre 2015
2 Análisis de la situación de la Supervisión General de Tribunales en cuanto a su función de supervisión preventiva y reactiva en los juzgados de niñez y adolescencia y de adolescentes en conflicto con la ley penal, detectando las herramientas necesarias por construir.
Talleres
14 octubre 2015
3 Borrador de herramientas priorizadas para la supervisión preventiva y reactiva de la Supervisión General de Tribunales para los Juzgados de la Niñez y Adolescencia y de Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal.
14 noviembre 2015
4 Herramientas validadas para el uso de la Supervisión General de Tribunales para realizar supervisiones preventivas y reactivas en los Juzgados de la Niñez y Adolescencia y de Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal.
Talleres
5 Análisis de avances realizados en el acompañamiento a la Supervisión General de Tribunales, indicando hallazgos y propuesta de acciones a seguir en el proceso de implementación de las herramientas construidas y futuros ejes de intervención en temáticas de niñez y adolescencia.
Informe Final.
15 diciembre 2015
Todos los productos desarrollados en el marco de esta consultoría, incluyendo documentos de diseño, manuales, programas fuente, programas objeto, etc. son propiedad de IEPADES y UNICEF.
Observación.
La consultoría debe realizarse tomando en cuenta la sede central de la Supervisión General de Tribunales y las sedes ubicadas en Quetzaltenango y Chiquimula.
Proceso de selección.
Las personas que estén interesadas, deberán presentar la siguiente documentación:
Carta manifestando interés para realizar la asistencia técnica
Currículo resumido (máximo 3 páginas) donde conste su experiencia comprobable en acompañamiento a implementación de procesos, especialmente de gestión del despacho judicial.
Copia de DPI o pasaporte
La documentación deberá remitirse como documento adjunto al correo electrónico:
[email protected], la papelería deberá enviarse como última fecha el martes 25 de agosto 2015 y escribir en el asunto del mensaje “CONSULTORIA D:
HERRAMIENTAS SUPERVISIÓN GENERAL DE TRIBUNALES PARA JUZGADOS DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y DE ADOLESCENTES EN CONFLICTO CON LA LEY PENAL”.
Sólo serán informados los candidatos que sean seleccionados para la fase de entrevista, a quienes se les requerirá presentar la documentación que acredite lo contenido en su currículo y, eventualmente, alguna información adicional.