UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES UNIANDES
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA
CARRERA DE DERECHO
PROYECTO DE EXAMEN COMPLEXIVO PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA
TEMA:
LA EQUIDAD DE GÉNERO DENTRO DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DE LOS RÍOS.
AUTORA: MACÍAS RAMOS TATIANA ELIZABETH
TUTORA: DEL POZO FRANCO PATTY ELIZABETH MSC.
APROBACION DEL TUTOR DEL TRABAJO DE TITULACION
Quien suscribe, legalmente CERTIFICA QUE: El presente Trabajo de Titulación realizado por MACÍAS RAMOS TATIANA ELIZABETH, estudiante de la Carrera de Derecho, Facultad de Jurisprudencia, con el tema “LA EQUIDAD DE GÉNERO DENTRO DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DE LOS RÍOS”, ha sido prolijamente revisado, y cumple con
todos los requisitos establecidos en la normativa pertinente de la Universidad
Regional Autónoma de Los Andes-UNIANDES, por lo que apruebe su
presentación.
Babahoyo, enero de 2019
DECLARACION DE AUTENTICIDAD
Yo, MACÍAS RAMOS TATIANA ELIZABETH, estudiante de la carrera de Derecho, de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad Regional Autónoma
de los Andes ``UNIANDES ``, declaro que todos los resultados obtenidos en el
presente trabajo de investigación, previo a la obtención de título de ABOGADO DE LOS TRIBUNALES DE LA REPUBLICA, son absolutamente originales, auténticos y personales; a excepción de las citas, por lo que son de exclusiva
responsabilidad y autorizo a la UNIANDES de hacer uso de la información que
en él se presente.
Babahoyo, enero del 2019
MACÍAS RAMOS TATIANA ELIZABETH C.I. 1207114560
CERTIFICACION DEL LECTOR DEL TRABAJO DE TITULACION
Yo, Ab. Alexandra Molina Manzo, Msc. En calidad de Lector del Proyecto de Titulación.
CERTIFICO:
Que el presente Trabajo de Titulación realizado por la estudiante TATIANA ELIZABETH MACÍAS RAMOS, sobre el tema: “LA EQUIDAD DE GÉNERO DENTRO DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DE LOS RÍOS”, ha sido cuidadosamente revisado por el suscrito,
por lo que he podido constatar que cumple con todos los requisitos de fondo y
forma establecidos por la Universidad Regional Autónoma de Los Andes, para
esta clase de trabajos, por lo que autorizo su presentación.
Babahoyo, enero de 2019
Ab. Alexandra Molina Manzo, Msc.
DERECHO DE AUTOR
Yo, MACÍAS RAMOS TATIANA ELIZABETH, declaro que conozco y acepto la disposición constante en el literal d) del Art. 85 del Estatuto de la Universidad
Regional Autónoma de los Andes, que en su parte pertinente textualmente dice:
El Patrimonio de la UNIANDES, está constituido por: La propiedad intelectual
sobre las investigaciones, trabajos científicos o técnicos, proyectos profesionales
y consultoría que se realicen en la Universidad o por cuenta de ella.
Babahoyo, enero del 2019
MACÍAS RAMOS TATIANA ELIZABETH C.I. 1207114560
DEDICATORIA
Dedico mi proyecto a:
A mis padres:
Con todo mi cariño a Jorge Agapito
Macías Peralta y Zoila Rufina Ramos Contreras
por haberme dado la vida y haber creído en mí
siempre, dándome su apoyo incondicional a
pesar de los duros momentos. Éste es también
un reconocimiento a su esfuerzo y lucha. Gracias
por ser los mejores padres del mundo.
A mi hermano e hijo:
Jorge Omar Macías Ramos, hermano gracias por tu
apoyo y ayuda para que yo pueda culminar está
etapa de mi vida. Y a mi hijo Mateo Daniel Leguisamo
Macías, que es una bendición de Dios que llego a mi
vida, que lo amo con todo mi corazón.
A mi docente:
A nuestra docente, Patty Elizabeth Franco del
Pozo, porque ha estado en sus mejores
momentos de dedicación en compartir sus
conocimientos para enseñarnos y poder
instruirnos con excelencia. Por sus buenas
deseos y palabras de aliento para motivarme a
ejercer mi profesión hacia mi buen futuro de vida.
¡A todos y cada uno de ellos les dedico cada una de estas páginas de mi
AGRADECIMIENTO
La autora deja constancia de mi agradecimiento principalmente a Dios, por
bendecirme y darme las fuerzas para alcanzar mi sueño anhelado. Además,
agradece a las instituciones y personas siguientes:
A la Universidad Regional Autónoma de Los Andes Uniandes Babahoyo,
Facultad de Jurisprudencia, Carrera de derecho, al personal Docente quienes de
manera generosa compartieron sus enseñanzas para una mejor formación
académica integral.
A mi docente, Patty del Pozo Franco, por su buen apoyo incondicional que me
brindo para la realización de mi tesis y poder orientarme cumpliendo con los
pasos a seguir y aprender mucho más de lo que he desarrollado para la
aprobación de mi tema.
A mis amistades por haber motivado a seguir adelante para así lograr mis
objetivos en ser una buena profesional y así tener mi propio trabajo y más aún
RESUMEN
La presente investigación realizada en el Consejo de la Judicatura de la provincia
de Los Ríos analiza la existencia de la Equidad de género en el ámbito salarial,
tomando en consideración las leyes que la rigen como La Constitución de la
República del Ecuador, Ley Orgánica de Servicio Público, Código Orgánico
Funcional Judicial, Código de trabajo y otros entes internacionales que
determinan los derechos de la mujer dentro de las instituciones públicas o
privadas; en este contexto de análisis institucional al Consejo de la Judicatura se
puede determinar que en algunos de los cantones de la provincia de Los Ríos
no existe equidad de género de una u otra manera, ya que en unos existe
igualdad de personal hombres y mujeres pero no existe igualdad de salarios al
personal de ambos sexos o viceversa. Con el análisis realizado se determina
que existe mejor remuneración económica para los hombres que para las
ABSTRACT
The present investigation carried out in the Judicial Council of the province of Los
Ríos analyzes the existence of Gender Equity in the salary field, taking into
consideration the laws that govern it as the Constitution of the Republic of
Ecuador, the Organic Law of Public Service, the Judicial Functional Organic
Code, the Labor Code and other international entities that determine the rights of
women within public or private institutions; In this context of institutional analysis
to the Judicial Council it can be determined that in some of the cantons of the
province of Los Ríos there is no gender equity in one way or another, since in
some places there is equality in the number of staff men and women but there is
no equality of salaries to the personnel of both sexes or vice versa. With the
analysis made it was determined that there is greater amount of economic
INDICE GENERAL
APROBACION DEL TUTOR DEL TRABAJO DE TITULACION
DECLARACION DE AUTENTICIDAD
CERTIFICACION DEL LECTOR DEL TRABAJO DE TITULACION
DERECHO DE AUTOR
DEDICATORIA
AGRADECIMIENTO
RESUMEN
ABSTRACT
INDICE DE CONTENIDO
Problema de Investigación ... 1
Justificación de la necesidad actualidad e importancia. ... 2
OBJETIVOS... 4
Objetivo General ... 4
Objetivos Específicos ... 4
Fundamentación teórica ... 5
La equidad de género a nivel mundial ... 5
Ley Orgánica de Servicio Público ... 7
METODOLOGÍA ... 13
Tipo de investigación ... 13
Modalidad paradigmática cualitativa ... 13
Población y muestra ... 13
Población ... 13
Muestra ... 14
MÉTODO ... 14
Método Cuantitativo ... 14
Descriptivo ... 15
RESULTADOS ... 15
Consejo de la Judicatura del cantón Babahoyo ... 15
Consejo de la Judicatura del cantón Baba ... 16
Consejo de la Judicatura del Cantón Puebloviejo ... 17
Consejo de la Judicatura del Cantón Quevedo ... 19
Consejo de la Judicatura del Cantón Ventanas... 20
Consejo de la Judicatura del Cantón Urdaneta ... 21
Propuesta ... 23
Título de la Propuesta ... 23
Objetivos ... 23
Objetivo General ... 23
Objetivos Específicos ... 23
Justificación ... 23
FACTIBILIDAD ... 25
Factibilidad Social ... 25
Factibilidad Legal ... 25
PLAN DE TRABAJO ... 25
ACTIVIDADES ... 27
RECURSOS ... 28
IMPACTO ... 29
EVALUACIÓN ... 29
DISCUSIÓN ... 30
CONCLUSIONES ... 31
ÍNDICE DE TABLAS
Tabla 1. Remuneración por género en el cantón Babahoyo... 16
Tabla 2. Remuneración por género en el cantón Baba ... 17
Tabla 3. Remuneración por género en el cantón Puebloviejo ... 18
Tabla 4. Remuneración por género en el cantón Quevedo ... 20
Tabla 5. Remuneración por género en el cantón Ventanas... 21
Tabla 6. Remuneración por género en el cantón Urdaneta ... 22
Tabla 7. Análisis de remuneraciones del Consejo de la Judicatura de la provincia de Los Ríos ... 22
ÍNDICE DE FIGURAS
Figura 1. Incidencia de la Equidad de género en las políticas públicas en la
provincia de Los Ríos ... 2
Figura 2. Distribución de personal del Consejo de la Judicatura del Cantón
Babahoyo ... 15
Figura 3. Análisis de remuneración por género en el Consejo de la Judicatura del
Cantón Babahoyo ... 16
Figura 4. Distribución de personal del Consejo de la Judicatura del Cantón Baba
... 17
Figura 5. Análisis de remuneración por género en el Consejo de la Judicatura del
Cantón Baba ... 17
Figura 6. Distribución de personal del Consejo de la Judicatura del Cantón
Puebloviejo ... 18
Figura 7. Análisis de remuneración por género en el Consejo de la Judicatura del
Cantón Puebloviejo ... 18
Figura 8. Distribución de personal del Consejo de la Judicatura del Cantón
Quevedo ... 19
Figura 9. Análisis de remuneración por género en el Consejo de la Judicatura del
Cantón Quevedo ... 19
Figura 10. Distribución de personal del Consejo de la Judicatura del Cantón
Ventanas ... 20
Figura 11. Análisis de remuneración por género en el Consejo de la Judicatura
del Cantón Ventanas ... 20
Figura 12. Distribución de personal del Consejo de la Judicatura del Cantón
Urdaneta ... 21
Figura 13. Análisis de remuneración por género en el Consejo de la Judicatura
1 Problema de Investigación
Dentro del análisis contextual de la realidad en relación a la igualdad de género
en las entidades públicas, se antepone que en los concursos públicos de méritos
y oposición se reconoce que los requisitos que estos contienen no generan
discriminación entre hombres y mujeres, de hecho se reconoce la igualdad como
se evidencia en el artículo 55 del Código Orgánico de la Función Judicial
(Asamblea Nacional, 2015) y siguiendo las instrucciones que la entidad pone a
disposición de los postulantes en la plataforma digital dispuesta para esto
(Consejo de la Judicatura de Los Ríos, 2018).
En forma general, se podría asegurar que al final de los procesos, se cuenta con
un respeto a la igualdad manifestada claramente en la Constitución en el artículo
once que en el segundo numeral expone claramente que todos los ciudadanos
tienen los mismos derechos, deberes y oportunidades, pudiéndose adoptar
medidas de acción afirmativa cuando se evidencien situaciones de desigualdad.
En aras de manifestarse que existe igualdad y luego de la experiencia vivida por
esta autora en el año en que asistió a las prácticas pre profesionales en la
Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Los Ríos, se pudo observar
que dicha equidad es difusa, en el sentido de que existen departamentos enteros
en donde no hay por ejemplo un solo hombre y viceversa, por otro lado, es
también evidente que para ciertos cargos en donde la mayoría son mujeres y en
otros son ocupados por hombres, más allá de los factores técnicos, es necesario
reconocer si dentro de las políticas institucionales se considera la medición de la
equidad para así tomar acciones y de ser necesario implementar las medidas de
acción afirmativa que la Constitución promulga.
Siendo así cabe la pregunta científica: ¿Cómo incide el control de la equidad de
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Figura 1. Incidencia de la Equidad de género en las políticas públicas en la provincia de Los Ríos.
Justificación de la necesidad actualidad e importancia.
El determinar a través de sistemas de monitoreo y evaluación del ejercicio de
mantener la equidad de género, implementada directamente en los
procedimientos administrativos de las entidades públicas permitirán presentar de
manera ágil, resultados trascendentales que permitan motivar políticas públicas
y medidas de acción afirmativas conforme a la realidad particular de cada una
de las organizaciones.
¿Cómo incide el control de la equidad de género en las políticas públicas del Consejo de la Judicatura de Los Ríos?
Escaso monitoreo a la
equidad Meritocracia no
se limita por género.
Talento humano no está obligado a investigar la equidad.
Se presume que no existen motivos para
investigarlo. Se asume que
meritocracia es suficiente control.
Las condiciones de trabajo son iguales
para todos.
La equidad está presente porque hay
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El Plan Nacional de Desarrollo (SENPLADES, 2018) manifiesta que el Estado
perfeccionará el modelo de participación equitativa en el mercado laboral tanto
en el área pública como privada.
Mientras que dentro del Plan Estratégico Institucional de la Función Judicial
(Consejo de la Judicatura , 2013) se manifiesta que se fundamenta entre otros
principios en el principio de equidad e igualdad.
Respecto a la igualdad hay bastante por hacer, como lo manifiesta la ONG
mundial (Social Watch, 2012) se puede medir la diferencia que existe en una
sociedad entre hombres y mujeres por áreas como son la educación,
participación en áreas económicas y empleo así como el empoderamiento en
cargos parlamentarios y económicos. De hecho, en ese año Ecuador se
encontraba en un indicador de 72 sobre 100 siendo la nota más baja la
relacionado con empoderamiento de la mujer en cargos relevantes.
De igual manera existe el indicador de igualdad de género de las Naciones
Unidas (Naciones Unidas, 2018) en donde el país se encuentra en el puesto 86
de 189 países.
Si se considera la relevancia de encontrar un mecanismo de monitoreo del
cumplimiento de la equidad de género este resalta al revisar la estadística
poblacional, específicamente del cantón Babahoyo al cual se dirige esta
investigación, según datos del (INEC, 2015) existe una proporción del 51.2% de
hombres sobre el 48.8% de mujeres, esto quiere decir que para poder determinar
una verdadera equidad esta proporción debería verse reflejada en los diferentes
puestos y departamentos de las entidades y de no ser el caso, determinar las
4 OBJETIVOS
Objetivo General
Desarrollar un instrumento metodológico que permita medir la equidad de género
dentro de la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Los Ríos.
Objetivos Específicos
1- Recopilar información de autores reconocidos en la temática de igualdad de género.
2- Construir un instrumento que permita valorar los niveles de equidad de género dentro de la Judicatura de Los Ríos.
3- Desarrollar un análisis de la situación en la que se encuentra la judicatura.
5 Fundamentación teórica
La (OIT) mediante la propuesta que realiza para promover la igualdad de
oportunidades para que acedan al trabajo tanto hombres como mujeres bien
remunerados, en el mandato de la OIT de acuerdo a la Constitución del Ecuador
realiza cuatro convenios Núm. 100, 111, 155, 183; en los cuales especifican la
equidad de género, la igualdad de oportunidades, el derecho de la mujer sobre
el trabajo y a la protección de la maternidad, mediante estos cuatro convenios la
Comisión de la Igualdad de Género incluyó una resolución relativa a la igualdad
de género como eje del trabajo decente, que propuso al Consejo de
Administración a que tuviera en cuenta dichas conclusiones a la hora de
planificar las acciones futuras en materia de igualdad de género.
La equidad de género a nivel mundial
Según la Estrategia de igualdad de la (ONU, 2014) La Declaración Universal de
Derechos Humanos en su preámbulo considera que la libertad, la justicia y la
paz en el mundo tiene por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de
los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana
es decir: sobre los derechos de la mujer, el hombre y la familia; es decir nacen
libres e iguales en dignidad y derechos, sin distinción alguna de raza, color, sexo,
opinión, política o de cualquier otra índole, de origen nacional o social, posición
económica, nacimiento o cualquier otra condición, el derecho a la vida, a la
seguridad de su persona prohibiendo su esclavitud o servidumbre; ninguno de
los dos géneros mujer y hombre puede ser arbitrariamente detenido, preso ni
desterrado, ser oído públicamente y con justicia ante los tribunales. Tienen
derecho a establecer su nacionalidad y a ejercer libremente su credo o religión.
Con los derechos y deberes que garantiza a la mujer y al hombre que se
encuentra previstos en la Constitución de la Republica y normas de leyes citadas,
incluso la Declaración Universal de Derechos Humanos, contiene el fundamento
sobre los derechos de equidad de género entre la mujer y el hombre y bajo estos
principios constitucionales y legales como internacionales la ONU mediante la
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cual toda persona tiene derecho al trabajo , a las mismas condiciones igualitarias
que satisfaga las necesidades y las expectativa de los empleadores; además, a
la protección al desempleo. Mediante este apartado de la persona que trabaja
tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria que asegure a todos
los integrantes de la familia, que beneficie de manera sustentable al desarrollo
social.
Existe además patrocinado por la Corte Internacional de Derechos Humanos el
Sello de igualdad de género (Naciones Unidas, 217) el cual explica que se crea
de acuerdo al pacto mundial y las naciones unidas diez principios en los cuales
encierran los derechos humanos dentro del contexto del Pacto Mundial de la
ONU, en la cual promueven el trabajo justo y la practicas anti corrupción y la
sostenibilidad ambiental en conformidad con los derechos humanos.
De acuerdo a los Principios de Empoderamiento de la mujer en el área laboral
permiten que el sector público y privado integren a la mujer en el ámbito laboral
con los mismos derechos manteniendo la igualdad de género desde la cúspide
más alta: así también ayudan a promover el respeto, a defender los derechos
humanos y a que la mujer no sea discriminada; además, que sea integrada en
el desarrollo profesional llevando a cabo el empoderamiento de la mujer en las
practicas del desarrollo empresarial.
Por otra parte la Declaración universal de Derechos Humanos (ONU, 2008) En
los artículos 23.1., 23.2, 23.3, donde habla acerca del derecho humano, derecho
al trabajo de igual oportunidades; además todas las personas tenemos derecho
sin discriminación, a una remuneración equilibrada entre hombres y mujeres que
permita mejorar las condiciones del género en el aspecto laboral.
Dentro de los derechos Constitucionales y legales sobre la equidad de género
entre la mujer y el hombre, se encuentra garantizado en nuestra actual
Constitución de la República del Ecuador, en sus artículos 11 numeral 2 que
establece que todas las personas son iguales y gozaran de los mismos derechos,
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En el Art. 65 de la Constitución de la República del Ecuador: establece que el estado garantizara a los funcionarios públicos en el área que se les atribuye el
derecho a integrarse en donde van desempeñar gestiones de trámites
correspondientes para atender a los usuarios en igualdad de condiciones.
El Art. 70 de la Constitución de la República vigente garantiza la igualdad de
género para alcanzar y ejecutar las políticas para la igualdad entre mujeres y
hombres, a través de mecanismos especializados de acuerdo con la ley.
En el Art. 176 de la misma Constitución para la designación del personal
mediante concurso de mérito y oposición deberán incluirse tanto hombres y
mujeres para desempeñar actividades dentro de la institución, siempre y cuando
la experiencia para ejercer el cargo sea idónea para ejercer dicha ejecución; de
igual manera en el art. 326 numeral 4 se establece que el derecho al trabajo de
igual proporción entre hombres y mujeres debe tener las mismas condiciones
económicas.
Ley Orgánica de Servicio Público
De acuerdo a la (LOSEP, 2010) en los artículos 53, 63, 65, nos indica sobre los
derechos, garantías, habilidades, conocimiento en los servidores públicos o
privados manteniendo su interculturalidad, igualdad y no a la discriminación; en
este contexto de genero también nos ayuda mantener a la inclusión de personas
con discapacidad y a grupos de atención prioritaria, la inserción a los servicios
públicos realizados con total transparencia en buen ambiente de trabajo con un
salario remunerado de manera equitativa manteniendo la idoneidad capacidad
para ocuparlos cargos específicos dentro de su área de trabajo.
El Código Orgánico de la Función Judicial en el Art. 16, 44 y 55 Determina que los dos géneros tienen las mismas posibilidades de ocupar cargos tanto
técnicos como administrativos manteniendo la integridad y la experiencia de
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derechos, normas, procedimientos, reglamentos, requisitos en los que enmarcan
los derechos de las mujeres y los hombres están facultadas para ejercer inclusive
la integración de los más altos tribunales del Ecuador como es la Corte Nacional
de Justicia y la Corte Constitucional, existiendo aunque una débil igualdad de
género.
( Bobbio, 2010) Determina que la discriminación de género se da por la distinción
que se hace de dos vías: la primera en relación a las desigualdades naturales
entre hombres y mujeres, las cuales en contexto son innegables, pero también
existen las sociales, que se dan por las suposiciones que en conjunto la sociedad
coloca a cada género.
(Cajas Córdova, 2011) En este aspecto cuestiona que mientras la sociedad
permita la existencia de criterios de superioridad del hombre por deidad divina o
por acción natural se pensará de igual manera que la aspiración de la igualdad se da por la conversión de un entorno social a una sociedad “feminizada” lo que
es totalmente contrapuesto a una verdadera equidad.
Por otra parte para (Palacios Palacios, 2014) la equidad de género es la
evolución social en la que se trata de igual manera a hombres y mujeres, sin
exclusiones de condición biológica, accediendo de la misma forma a los bienes
sociales y a las actividades que en ella se desarrollan sin que un sexo se
imponga sobre el otro, sin embargo también se cuestiona que las libertades que
se les da tanto a hombres y mujeres no pueden estar solamente definidas por el
sexo pues podrían generar otro tipo de discriminación a los grupos GLBTI que
también forman parte de la sociedad.
En relación al aspecto laboral (Diaz Valdez & Hidalgo Morales, 2017) en el estudio denominado “Discriminación Salarial y segregación ocupacional por razón de género en la ciudad de Quito” se determinó que la experiencia laboral
es más determinante en los hombres y que existen profesiones directamente
dispuestas a cada género lo que lleva a concluir que en la ciudad de Quito existe
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En el trabajo presentado por (Palacios Palacios, 2014) denominado “Análisis de
las políticas públicas implementadas por el Estado Ecuatoriano para promover,
proteger y garantizar el desarrollo de la equidad de las mujeres en la esfera pública y privada periodo 2007-2013” se concluye que los valores patriarcales
poco a poco van siendo diluidos por una perspectiva más igualitaria entre
hombres y mujeres.
(Ramírez, 2017) Expone en “Análisis de dos métodos de medición equidad de
género, aplicados en Latinoamérica; beneficios que obtienen las organizaciones y empresas” que en Ecuador no hay políticas o normativas que obliguen la
medición de equidad de género tanto en entidades públicas como privadas.
En el ámbito de la Función Judicial (Chávez Hidalgo, 2017) en el trabajo denominado “Las acciones afirmativas como mecanismo eficaz para la
participación de las mujeres en la judicatura: caso tribunales penales de Pichincha” propone que se debe de tener una igualdad tanto de oportunidades
como de manera formal encontrándose un limitado acceso de mujeres en esta
entidad.
Siendo todos estos antecedentes, elementos relevantes para poder reconocer
que, en el entorno judicial, la perspectiva de equidad de género requiere un
estudio más exhaustivo que permita demostrar de manera objetiva y científica el
cumplimiento de los lineamientos de la justa paridad que debe existir entre
hombres y mujeres y que permitirán tomar decisiones a mediano y largo plazo a
las autoridades del Consejo Provincial de la Judicatura de Los Ríos.
La equidad en el contexto constitucional en el art. 11 numeral 2, indica que todas
las personas son iguales que tenemos los mismos derechos, obligaciones,
deberes y oportunidades, sin importar el sexo la edad, género, formación cultural,
religiosa, política diferencias físicas, discapacidad entre otras. En caso que en el
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derechos y deberes de ley sancionara al departamento o institución por permitir
estos percances en la institución y en el ámbito laboral.
La equidad de género según (Ruiz, 2017) es cuando las dos personas de los dos
sexos tienen las mismas capacidades en todos los ámbitos, así como también
las mismas responsabilidades para llevar a cabo las actividades que se
presentan para ejecutarlas con veracidad y dedicación, de tal manera que tanto
hombres como mujeres gocen de los mismos derechos, en algunos casos de
que el sexo sea indistinto hay que respetarse como tanto del sexo masculino
como femenino ya que la ley , los derechos humanos y las personas merecemos
el mismo respeto con las mismas condiciones dependiendo del sexo que tenga.
Por su parte (Gebauer, 2017) explica en su discusión que mediante una
repartición equitativa del poder y de compromisos entre los dos sexos permite
llegar a una condición igualitaria, es decir que los dos gocen de los mismos
derechos, obligaciones en las diferentes área amparados por las leyes, la
igualdad entre la relación hombre/mujer se debe considerar como una destreza
para obtener una igualdad de género de forma equitativa.
Considerando la participación activa del sexo femenino en las diferentes áreas
estratégicas de trabajo y en el entorno social, laboral; de forma equilibrada
manteniéndose que las mujeres pueden realizar las mismas actividades que los
hombres de acuerdo a sus competencias técnicas, algunas instituciones tiene
que ser reformadas sus políticas ya que a la mujer le consideren en los mismos
trabajos que los hombres con las mismas condiciones en el cual la mujer pueda
ser remunerada de igual forma que un hombre en la misma área.
El mismo autor en su discusión menciona que los abusos sexuales y el maltrato
hacia la mujer son en gran magnitud y por una forma de ejercer poder en una
sociedad machista, que el desequilibrio social perdura en la misma, en muchos
de los casos estos delitos no llegan a ser denunciados; pero en la actualidad los
11
curva de crecimiento manteniéndole a la mujer con los mismos derechos que los
hombres.
Por su parte en relación a la igualdad para (Echebarria Miguel & Larrañaga
Sarriegui, 2004) en España la desigualdad entre hombres y mujeres en el
reparto de responsabilidades, nos indica de acuerdo a estadísticas y de forma
directamente, ya que la discriminación, acceso a la educación, las desigualdades
laborales existentes entre las mujeres hace que el país entre en un desequilibrio
constante debido a estas interrogantes que no permiten a la mujer integrarse en
el ámbito laboral estos hechos están dados de manera política, social o étnica
de los gobernantes y de los altos funcionarios que conllevan a que el género
femenino se adentre en un aspecto de discriminación total parcial.
Debido a que su principal responsabilidad de las mujeres sigue siendo ocuparse
del bienestar de la familia, esté también en la base de su desproporcionada
representación en el empleo flexible. A las mujeres, se las considera,
habitualmente, más aptas que a los hombres para moverse dentro y fuera de la
economía formal en una serie de trabajos temporales o eventuales, así como
para aceptar horarios reducidos o trabajos intermitentes y, asimismo, para
trabajar en el hogar. Y se las asocia menos, con el contrato estándar, a tiempo
completo, a partir del cual se han construido la regulación del mercado laboral y
las normas sociales.
En este contexto para (Tolentino, 1999) menciona que la igualdad de
oportunidades ayudan a mantener el equilibrio económico y social ya que la
mujer no es excluida de su derechos y sus obligaciones, con el avance de nuevas
políticas a la mujer la están considerando en todos los aspectos laborales cuyo
logros y rendimientos es igual que los hombres.
En los años 1999 y 2000 el sistema económico en el país no era favorable y la
dinámica de igualdad de género era restringida para las mujeres, debido las
políticas de estado y el apoyo de organismos internacionales ayudando crear
12
más dentro de las instituciones públicas o privadas, y así mantener a la mujer
dentro del sistema laboral y social.
El proyecto de ley de igualdad entre mujeres y hombres y personas de diversa
condición sexo-genérica presentado a la Asamblea Nacional según (Arroyo,
Sevilla, Esquembre, & Montaña, 2011), determina que la igualdad entre los dos
sexos o grupos GLBTI tienen las mismas oportunidades, los mismos derechos
para mantenerse en un cargo o en una institución ya sea pública o privada.
Las oportunidades laborales, la diferencia salarial, las horas de trabajo no
remunerado y no reconocido, las causas de ocupación hospitalaria, nos
muestran que se está lejos de vivir en un Ecuador en donde las niñas y las
mujeres tengan el pleno ejercicio de sus derechos, en el cual muestra que
vivimos en un país sexista.
( Herrera Aguirre, 2012) En relación a este proyecto de ley manifiesta que es
Imposible elaborar un documento definitivo que dé cuenta del estado del proceso
de constitucionalizarían de la igualdad entre géneros (hombre/mujer) y personas
de diversa condición sexo-genérica, a través de un proyecto de ley sin abordar
en el análisis tanto la dimensión jurídica, como la política. Ambas son ineludibles
en este tiempo en que desde las más altas instancias gubernamentales de
generación de la política pública de igualdad.
(Anzil, 2009) Conceptualiza que el término "sexo" se refiere a las diferencias
biológicas entre hombres y mujeres, por ejemplo, diferencias en la contextura
física, mientras que el término "género" se refiere a las funciones y derechos
definidos por la sociedad. Mientras que las diferencias de sexo no cambian con
el tiempo, las diferencias de género sí lo hacen a medida que las sociedades
evolucionan, obtienen más conocimientos y se desarrollan. Las diferencias de
género están relacionadas con las diferencias de sexo, en el sentido que las
diferencias biológicas, por ejemplo, la diferencia de fuerza física, colocó
históricamente a la mujer en una situación de inferioridad física y de menor poder
13
Las diferencias físicas entre el hombre y la mujer llevaron a las sociedades
primitivas a organizaciones sociales en las que la mujer no estaba en una
situación de equidad en relación al hombre, con menos derechos en la vida
familiar, económica y política. La opinión de la mujer era considerada inferior, y
usualmente se consideraba que la mujer debía obedecer las órdenes de su
pareja.
En relación al trabajo, era común (y aún lo es en muchos casos) que hombre se
dedique a obtener recursos mientras que la mujer se dedique a las tareas del
hogar.
METODOLOGÍA
Tipo de investigación
Modalidad paradigmática cualitativa
Para el desarrollo de este trabajo investigativo, se procederá a una metodología
de investigación de carácter cualitativa de un diseño no experimental del tipo
transversal permitirá definir las características específicas de la distribución por
género del personal del Consejo Provincial de la Judicatura de Los Ríos, siendo
la población investigada la que está registrada con un método de recolección de
datos de nivel empírico de análisis documental, siendo la herramienta a utilizar
la observación documental.
Población y muestra
Población
La población con la que se realizó la investigación fueron funcionarios públicos
del Consejo de la Judicatura en los distintos cantones de la Provincia de Los
Ríos. Además, se tomó como criterio la accesibilidad y que cumplieran con los
criterios de Equidad de Género para la investigación, los cuales son: el personal
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cantidad de hombres y mujeres y relacionando con la remuneración del
empleado de ambos sexos.
Muestra
La presente investigación se realiza en el Consejo de la Judicatura de la
provincia de Los Ríos, tomando en cuenta la diversidad de personal masculino y
femenino que labora en la institución, además la equidad de remuneración hacia
los hombres como las mujeres.
El muestreo utilizado para la presente investigación es muestreo no
probabilístico, debido a que no se cuenta con listados de alumnos de las
instituciones que se eligieron; por lo que no se puede utilizar el método al azar,
sino que por cuota dicha técnica permite que se apliquen el número de
instrumentos asignados a cada institución de acuerdo a la muestra obtenida.
MÉTODO
Método Cuantitativo
Mediante este método se encuentra respaldada en los valores numéricos, esto
facilita la precisión de sus resultados, mediante la investigación del tema dado,
para generar una base de datos con la cantidad de personas por género y por
remuneraciones.
Analítico
Este tipo de investigación permitió conocer más del objeto de estudio, con lo cual
se puede: explicar, hacer analogías, comprender mejor su comportamiento y
establecer nuevas teorías, además de analizar los resultados que se obtuvieron
mediante la observación directa, muestreo y cálculos matemáticos en el presente
15 Descriptivo
Esta investigación es de carácter descriptivo (diagnóstico) debido a que su
propósito es verificar la cantidad de personas por género en el Consejo de la
Judicatura de Los Ríos.
RESULTADOS
Mediante el análisis de datos en la página oficial del Consejo de la Judicatura se
puedo evaluar los datos por cantón en los que disponen en estas instituciones
en la provincia de Los Ríos.
Consejo de la Judicatura del cantón Babahoyo
Figura 2. Distribución de personal del Consejo de la Judicatura del Cantón Babahoyo.
En la institución del Consejo de la judicatura en el Cantón Babahoyo se
encuentran laborando 189 personas, de las cuales 71 personas son hombres y
118 son mujeres; por las cuales podemos determinar que en la institución en el
cantón laboran la mayor parte personas del género femenino.
0 100 200
Maculino Femenino
71 118
GENERO
DISTRIBUCION DE PERSONAL POR GÉNERO
Maculino
16
Figura 3. Análisis de remuneración por género en el Consejo de la Judicatura del Cantón Babahoyo.
En el análisis de valores o remuneraciones que el personal recibe
mensualmente, se puede determinar mediante el análisis de datos y con la
gráfica demostramos que la remuneración de los hombres se encuentra en un
rango de $ 675,00 a $ 5.011,00 y de las mujeres en un rango de $ 733,00 a $
5.011,00 en el consejo de la Judicatura del cantón Babahoyo.
Tabla 1. Remuneración por género en el cantón Babahoyo
CANTONES
MASCULINO FEMENINO
MÍNIMO MÁXIMO
MÍNIM O MÁXIM O BABAHOY O $ 675,00 $ 5.011,00 $
733,00 $ 5.011,00 Consejo de la Judicatura del cantón Baba
$ 0,00 $ 2.000,00 $ 4.000,00 $ 6.000,00
1 7 13 19 25 31 37 43 49 55 61 67 73 79 85 91 97
1 0 3 1 0 9 1 1 5
ANALISIS DE REMUNERACIONES POR GÉNERO EN EL CANTON BABAHOYO
MASCULINO
FEMENINO
Masculino ; 3
Femenino ; 3
17
Figura 4. Distribución de personal del Consejo de la Judicatura del Cantón Baba
En el siguiente gráfico podemos observar que la cantidad de hombres como de
mujeres que laboran en esta institución es de manera equitativa que tanto el
género masculino como femenino se encuentran por igual.
Figura 5. Análisis de remuneración por género en el Consejo de la Judicatura del Cantón Baba
Con el análisis de remuneración en el Consejo de la Judicatura en el cantón
Baba podemos encontrar que las mujeres se encuentren en un rango que va
desde $ 733,00 hasta $ 1.086,00 y los hombres de $ 675,00 hasta $ 4.164,00,
mediante el cual los hombres tienen mayor remuneración en las diferentes áreas
de trabajo dentro de la institución.
Tabla 2. Remuneración por género en el cantón Baba
CANTONES MASCULINO FEMENINO
MÍNIMO MÁXIMO MÍNIMO MÁXIMO
BABA $ 675,00 $ 5.011,00) $ 733,00 $ 1.086,00 Consejo de la Judicatura del Cantón Puebloviejo
0,00 1.000,00 2.000,00 3.000,00 4.000,00 5.000,00
1 2 3
M A SC U LI NO
ANALISIS DE REMUNERACIONES POR GÉNERO EN EL CANTÓN BABA
MASCULINO FEMENINO 0 5 MASCULINO FEMENINO 4 5
DISTRIBUCION DEL PERSONAL POR GENERO EN EL CANTÓN PUEBLOVIEJO
MASCULINO
18
Figura 6. Distribución de personal del Consejo de la Judicatura del Cantón Puebloviejo
En el gráfico se puede demostrar que existe más afluencia de personas de sexo
femenino que del sexo masculino; es decir que existe más mujeres que hombres
trabajando dentro de la institución.
Figura 7. Análisis de remuneración por género en el Consejo de la Judicatura del Cantón Puebloviejo
Con el análisis de remuneración en el Consejo de la Judicatura del Cantón
Puebloviejo determinamos que el rango de remuneración de los hombres que
laboran en esta institución va desde $ 1.086,00 hasta $ 4.164,00 y de las mujeres
de $ 733,00 hasta $ 4.164,00, por lo que evidenciamos que el género masculino
tiene más alto el salario que las mujeres.
Tabla 3. Remuneración por género en el cantón Puebloviejo
CANTONES MASCULINO FEMENINO
MÍNIMO MÁXIMO MÍNIMO MÁXIMO
PUEBLOVIEJO $ 1.086,00 $ 4.164,00 $ 733,00 $ 4.164,00
0,00 1.000,00 2.000,00 3.000,00 4.000,00 5.000,00
1 2 3 4 5
M
A
SC
U
LI
NO
ANÁLISIS DE REMUNERACIONES POR GÉNERO EN EL CANTÓN PUEBLOVIEJO
MASCULINO
19
Consejo de la Judicatura del Cantón Quevedo
Figura 8. Distribución de personal del Consejo de la Judicatura del Cantón Quevedo
En el gráfico nos indica que la mayor cantidad personas que laboran en la
institución son mujeres y en menor cantidad son hombres que laboran en el
Consejo de la Judicatura de Quevedo.
Figura 9. Análisis de remuneración por género en el Consejo de la Judicatura del Cantón Quevedo
Mediante el siguiente gráfico podemos determinar que los hombres tienen un
rango de remuneración que va desde $ 675,00 hasta $ 5.011,00 y las mujeres $
675,00 hasta $ 5.011,00, con el análisis podemos indicar que en el Consejo de
la Judicatura en el Cantón Quevedo existe igualdad de género y de
0,00 1.000,00 2.000,00 3.000,00 4.000,00 5.000,00 6.000,00
1 5 9 13 17 21 25 29 33 37 41 45 49 53 57 61 65 69 73 77 81
M
A
SC
U
LI
NO
ANÁLISIS DE REMUNERACIONES POR GÉNERO EN EL CANTÓN QUEVEDO
MASCULINO
FEMENINO
62
83
DISTRIBUCION DEL PERSONAL POR GENERO EN EL CANTÓN QUEVEDO
MASCULINO
20
oportunidades ya que se encuentran en el mismo rango de remuneraciones tanto
las personas del género masculino como femenino.
Tabla 4. Remuneración por género en el cantón Quevedo
CANTONES MASCULINO FEMENINO
MÍNIMO MÁXIMO MÍNIMO MÁXIMO
QUEVEDO $ 675,00 $ 5.011,00 $ 675,00 $ 5.011,00 Consejo de la Judicatura del Cantón Ventanas
Figura 10. Distribución de personal del Consejo de la Judicatura del Cantón Ventanas
Con el gráfico podemos mencionar que el personal que labora dentro de la
institución en el cantón Quevedo son de 17 mujeres y 11 hombres danto un total
de empleados de 28 personas.
Figura 11. Análisis de remuneración por género en el Consejo de la Judicatura del Cantón Ventanas
En el análisis de remuneración según el género en el cantón ventanas se
encuentra en el rango de $ 675,00 hasta $ 4.164,00 para los hombres y para
las mujeres en un rango de $ 733,00 hasta $ 4.164,00 por lo que podemos
determinar que en la institución de Ventanas las personas del sexo femenino
tienen mayor índice de salario que las personas degenero masculino.
0 20
MASCULINO FEMENINO
11 17
DISTRIBUCION DEL PERSONAL POR GENERO EN EL CANTÓN VENTANAS MASCULINO FEMENINO 0,00 1.000,00 2.000,00 3.000,00 4.000,00 5.000,00
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17
M A SC U LI NO
ANÁLISIS DE REMUNERACIONES POR GÉNERO EN EL CANTÓN VENTANAS
MASCULINO
21
Tabla 5. Remuneración por género en el cantón Ventanas
CANTONES MASCULINO FEMENINO
MÍNIMO MÁXIMO MÍNIMO MÁXIMO
VENTANAS $ 675,00 $ 4.164,00 $ 733,00 $ 4.164,00 Consejo de la Judicatura del Cantón Urdaneta
Figura 12. Distribución de personal del Consejo de la Judicatura del Cantón Urdaneta
Mediante el gráfico podemos identificar que existe mayor número de personas
de sexo femenino que labro en la institución en cantón Urdaneta.
Figura 13. Análisis de remuneración por género en el Consejo de la Judicatura del Cantón Urdaneta
Mediante el siguiente gráfico podemos encontrar que en el Consejo de la
Judicatura en el cantón Urdaneta, la remuneración de las personas masculino
Series1 0
5
MASCULINO
FEMENINO
2
5
DISTRIBUCION DEL PERSONAL POR GENERO EN EL CANTÓN URDANETA
MASCULINO
FEMENINO
1 4
0,00
2000,00 4000,00
6000,00
8000,00
M
asc
u
lin
o
ANÁLISIS DE REMUNERACIONES POR GÉNERO EN EL CANTÓN URDANETA
Masculino
22
se encuentra en el rango de $ 733,00 hasta $ 4.164,00, y del género femenino
de $ 675,00 hasta $ 2.308,00, lo que nos indica los hombres tienen mayor
salario que las mujeres.
Tabla 6. Remuneración por género en el cantón Urdaneta
CANTONES MASCULINO FEMENINO
MÍNIMO MÁXIMO MÍNIMO MÁXIMO
URDANETA $ 733,00 $ 4.164,00 $ 675,00 $ 2.308,00 Tabla 7. Análisis de remuneraciones del Consejo de la Judicatura de la provincia de Los Ríos
CANTONES MASCULINO FEMENINO
MÍNIMO MÁXIMO MÍNIMO MÁXIMO
BABAHOYO $ 675,00 $ 5.011,00 $ 733,00 $ 5.011,00
BABA $ 675,00 $ 4.164,00 $ 733,00 $ 1.086,00
PUEBLOVIEJO $ 1.086,00 $ 4.164,00 $ 733,00 $ 4.164,00
QUEVEDO $ 675,00 $ 5.011,00 $ 675,00 $ 5.011,00
VENTANAS $ 675,00 $ 4.164,00 $ 733,00 $ 4.164,00
URDANETA $ 733,00 $ 4.164,00 $ 675,00 $ 2.308,00
TOTAL $ 4.519,00 $ 26.678,00 $ 4.282,00 $ 21.744,00
MEDIA ARITMÉTICA $ 753,17 $ 4.446,33 $ 713,67 $ 3.624,00
23 Propuesta
Título de la Propuesta
Diseñar estrategias que permita en la Dirección Provincial del Consejo de la
Judicatura de Los Ríos equidad de género en los diferentes cargos y
remuneraciones institucionales.
Objetivos
Objetivo General
Elaborar una propuesta que permita en la Dirección Provincial del Consejo de la
Judicatura de Los Ríos equidad de género en los diferentes cargos y
remuneraciones institucionales.
Objetivos Específicos
Proponer el Consejo de la Judicatura delegue al departamento
correspondiente el análisis organizacional y estructural haciendo énfasis
en la equidad de género.
Considerar que en los concursos de méritos y oposición sean las mujeres
tomadas en cuenta, de acuerdo la experiencia.
Generar políticas institucionales que favorezcan a las mujeres al derecho
de remuneraciones equitativas.
Justificación
La existencia de discriminación no sólo dificulta el acceso de algunos colectivos
al mercado de trabajo, sino que muchas veces obstaculiza la permanencia en el
empleo. Precisamente es el colectivo de las mujeres, y particularmente aquellas
24
su trabajo y se encuentra mayores obstáculos a la hora de reincorporarse a la
fuerza de trabajo, en comparación con los varones. (Cajas Córdova, 2011).
Según (Narváez Moreno, 2014) La situación laboral de los hombres y de las
mujeres presenta características diferentes. Los hombres tienen más
posibilidades de ocupar cargos clave, puestos fijos o mejor remunerados,
mientras que las mujeres suelen ocupar puestos periféricos, inseguros y menos
prestigiosos. Además, ellas quedan excluidas de ciertas clases de trabajos
debido a la existencia de prácticas de contratación favorables a los hombres o a
obstáculos para obtener ascensos o progresar profesionalmente. Por otro lado,
las mujeres representan un porcentaje elevado de trabajadoras a tiempo parcial.
Para (Ramírez, 2017) Los aspectos de igualdad en el trabajo, como hemos visto,
se refieren a cuestiones complejas y muy arraigadas en la sociedad. Por diversas
razones se han establecido a través del tiempo determinados patrones de
comportamiento y prejuicios. Las prioridades sociales que requieren que los
hombres trabajen y sustenten sus familias, mientras que las mujeres cuidan los
hijos y la casa, tendieron a limitar las oportunidades de empleo para las mujeres,
aun para aquéllas sin responsabilidades familiares.
Con esto queremos llegar a fomentar políticas que beneficien a las mujeres en
el ámbito laboral, para tener una sociedad equitativa en la que los derechos de
las mujeres sean similares a los derechos de los hombres y así poder mantener
un ámbito equilibrado dentro de las normas, leyes, decretos que beneficien a las
25 FACTIBILIDAD
Factibilidad Social
Mediante la aplicación de estas prácticas queremos determinar que la mujer se
reintegre a la sociedad equitativa donde la mujer tenga las mismas posibilidades
y se encuentre en la cumbre económica al mismo nivel, una vez aplicada esto el
sexo femenino será la protagonista al igual que los hombres.
Factibilidad Legal
En la Constitución del Ecuador en el artículo 331 el estado garantiza el acceso
al empleo en igualdad de condiciones de las mujeres y hombres a la formación
y promoción laboral y profesional, a la remuneración equitativa, y a la iniciativa
del trabajo autónomo.
El Código Orgánico de la Función Judicial en sus Arts. 55; 130; 132; 141 y 173
establece que la mujer y el hombre se encuentran en goce de los derechos de
participación dentro de la Función Judicial, como Juezas y ejercer las
atribuciones jurisdiccionales de acuerdo con la Constitución, los instrumentos
internacionales de derechos humanos y las leyes, incluso pueden imponer
multas compulsivas por el incumplimiento de sus decisiones.
PLAN DE TRABAJO
La propuesta se fundamenta en función del plan de trabajo descrito en la tabla,
estructurado con objetivo, localización, actividades propuestas, Metas,
responsable, costos (USD) asociados directamente a las actividades y actores
26
Tabla 2.- Plan de trabajo determinado para la propuesta
Proyecto Objetivos Localización Actividades
propuestas Meta
Costos
(USD) Responsable
Diseñar
estrategias que
permita en la
Dirección
Provincial del
Consejo de la
Judicatura de Los
Ríos equidad de
género en los
diferentes cargos
y remuneraciones
institucionales.
Elaborar una
propuesta que
permita en la
Dirección
Provincial del
Consejo de la
Judicatura de Los
Ríos equidad de
género en los
diferentes cargos
y remuneraciones
institucionales.
Dirección provincial del Consejo de la Judicatura de Los Ríos.
Evaluación y
elaboración del
organigrama
estructural
haciendo énfasis
en la equidad de
género del
Consejo de la
Judicatura de la
provincia de Los
Ríos.
Considerar que
en los concursos
de méritos y
oposición sean
conforme al
principio de
igualdad de
género.
Generar políticas
institucionales
que favorezcan la
igualdad
degenero en
relación a
remuneraciones
equitativas.
Para el año 2019 obtener el 100% de la reestructuración organizacional haciendo énfasis en la equidad de género.
Procurar que en los concursos de mérito y oposición el 50% de mujeres y el 50% de hombres sean tomados en cuenta para que exista equidad de género para el año 2019.
El 100% de las políticas
institucionales deben estar de acuerdo a la normativa,
leyes y
reglamentos constitucionales
de forma
equitativa para el año 2019.
15.000,00 USD
27 ACTIVIDADES
1.- Evaluación y elaboración del organigrama estructural haciendo énfasis en la equidad de género del Consejo de la Judicatura de la provincia de Los Ríos
Contratación del personal capacitado para la evaluación del organigrama estructural organizacional
Es necesario contratar al personal capacitado para la revisión y ejecución de
acuerdo a las leyes constitucionales donde a las mujeres les da el mismo
derecho que los hombres.
Evaluación del organigrama estructural y funcional del Consejo de la judicatura
Mediante la verificación del organigrama estructural organizacional de la
institución verificamos si la estructura organizativa está de acuerdo a la equidad
de género, en caso de que no exista recolectamos observaciones necesarias
para la reestructuración del mismo.
Elaboración del organigrama estructural organizacional haciendo énfasis en la equidad de género
Mediante las observaciones obtenidas de la evaluación reestructuramos el
nuevo organigrama estructural organizacional donde las mujeres como los
hombres tenemos los mismos derechos, las mismas obligaciones, la misma
remuneración y la misma participación dentro de la institución.
28
Con el análisis de las experiencias tanto de los hombres como las mujeres
tenemos el mismo derecho y debemos ser tomadas en cuenta durante los
concursos que las instituciones emite para los diferentes cargos dentro de ella,
existimos personas con grandes capacidades y experiencias pero por ser
mujeres muchas de las veces no somos tomadas en cuenta; para ello en esta
propuesta queremos romper ese paradigma en el que el hombre es superior a la
mujer y demostrar que la mujer también somos capaces de ejecutar actividades
similares a la de los hombres y ocupar cargos con las mismas remuneraciones.
3.- Generar políticas institucionales que favorezcan a las mujeres al derecho de remuneraciones equitativas
Mediante la generación de políticas institucionales en las que la mujer también
sea inmiscuida dentro de una sociedad paritaria de acuerdo a los derechos
constitucionales.
Para ello es necesario elaborar un documento institucional en las que a las
mujeres tengamos los mismos derechos que los hombres.
RECURSOS
Los recursos requeridos para la implementación de la propuesta de equidad de
género son:
Recurso Humano
Se requerirá de personal capacitado de desarrollar políticas institucionales y
revisión y elaboración de documentación técnica y organizacional y estructural
de acuerdo a la normativa vigente y a la Constitución del Ecuador.
Recurso material y financiero
Los materiales y los costos para la implementación de la propuesta se describen
29 IMPACTO
La implementación de la propuesta generara impactos económicos, y sociales
positivos fundamentalmente en la estructuración organizacional del Consejo de
la Judicatura de la Provincia de Los Ríos y la creación de políticas institucionales
que permitan que la mujer ocupe cargos con igual remuneración de acuerdo a
su experiencia.
EVALUACIÓN
La evaluación se realizará en base a los informes de avance de las actividades
cumplidas, presentadas por equipo asignado contratado para la ejecución de
actividades.
Tabla 8. Recursos y costos requeridos para la ejecución de la propuesta
CONCEPTO PERFIL
PROFESIONAL UNIDA D CANT IDAD VALOR TOTAL
Contratación del personal capacitado para la evaluación del organigrama estructural organizacional
SOCIOLOGA TÉCNICO 1,00 3.000,00
ADMINISTRACIÓN
DE EMPRESAS TÉCNICO 1,00 3.000,00
Elaboración del organigrama estructural organizacional haciendo énfasis en la equidad de género
DOCUMENTO UNIDAD
1,00 500,00
Generar políticas
institucionales que favorezcan a las mujeres al derecho de remuneraciones equitativas
GUBERNAMETACIÓN TÉCNICO 1,00 4.000,00
JURÍDICO TÉCNICO
1,00 4.500,00
TOTAL
30 DISCUSIÓN
El conocimiento acerca de la equidad de género mediante el contexto nacional
e internacional es bastante extenso pero el menos aplicado dentro de las
instituciones públicas y privadas, en el análisis de equidad de género dentro del
Consejo de la Judicatura de Los Ríos en el cual en algunos cantones existe una
desigualdad de género y participación de la mujer dentro de la institución entre
lo que podemos mencionar está el cantón Babahoyo existe 71 hombres y 118
mujeres, y la igualdad de remuneración que llega hasta $ 5.011,00; en el cantón
Baba existe equidad de género pero no igualdad de remuneraciones ya que
llegan a una máxima de remuneraciones para los hombres de $ 4.164,00 y para
las mujeres una remuneración máxima de $ 1.086,00; de igual manera sucede
en los demás cantones de la provincia de Los Ríos en los que cuenta con el
consejo de la Judicatura, haciendo un análisis total institucional se llega a
determinar que existe una total desigualdad de remuneraciones dentro de
institucionalidad en la provincia ya que los hombres ganan mucho más que las
mujeres.
Al igual que en la Constitución del Ecuador en sus artículos 70, 176 nos habla
acerca de la equidad de género y la igualdad de oportunidades en el ámbito
laboral no se la está ejecutando dentro de las instituciones; además en la misma
constitución nos hace hincapié sobre la incorporación de la mujer en el ámbito
laboral y desempeñar funciones de acuerdo a su experiencia.
Mediante el análisis de (Montenegro, 2001) sobre la discriminación de género en
Chile con los datos obtenidos de la plataforma CASEN en algunos años, en el
cual mediante estadísticas planteadas en el estudio haciendo énfasis en la
brecha salarial determina que la diferencia salarial esta dependida del nivel de
educación y la experiencia pero eso no es limitante para ocupar cargos con igual
remuneración, ya que la capacidad de una mujer puede ser mucho mayor que la
31 CONCLUSIONES
La equidad de género en las instituciones es un factor limitante para las mujeres
al desarrollar su trabajo, ya que son consideradas de baja importancia tanto
dentro de una institución, en las remuneraciones y por ende dentro de la
sociedad, a pesar que exista leyes, normas que establezcan al sexo femenino
de manera igualitaria que el sexo masculino muchas de ellas no acatan dichas
normativas.
Mediante el análisis de genero dentro del Consejo de la Judicatura de la provincia
de los Ríos podemos determinar la equidad de género y remuneración en el
Cantón Babahoyo en el Consejo de la Judicatura existen 71 hombres y 118
mujeres y la remuneración máxima entre los dos sexos llegan al mismo nivel ($
5.011,00), lo que no sucede en el cantón Baba aunque existe la misma cantidad
de funcionarios públicos tanto hombres como mujeres, la remuneración para los
hombres llega hasta $ 4.164,00 y de las mujeres a una máxima de $ 1.086,00,
de igual manera en el cantón Puebloviejo los hombres y las mujeres llegan a una
remuneración de $ 4.164,00, lo que no pasa en Quevedo que existe más
personal del género masculino que femenino dentro de la institución pero llegan
al mismo nivel de remuneración ($ 5.011,00), en cambio en el cantón Ventanas
existe laborando en el Consejo de la Judicatura más mujeres que hombres pero
llegan a una remuneración equitativa; en el cantón Urdaneta existen laborando
más mujeres que hombres pero si existe una diferencia significativa en la
remuneración económica al personal femenino, ya que los hombres llegan a una
remuneración máxima de $ 4.164,00, en cambio las mujeres llegan a una
remuneración máxima de $ 2.308,00 en el Consejo de la Judicatura.
En base al cálculo estadístico podemos determinar que no existe equidad de
género en la remuneración en el Consejo de la Judicatura de la provincia de Los
Ríos ya que los hombres cuentan con mayores proporciones de sueldos que las
mujeres, lo que conlleva a una explotación del género femenino dentro de la
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