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La equidad de género dentro de la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de los Ríos

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(1)

UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES UNIANDES

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA

CARRERA DE DERECHO

PROYECTO DE EXAMEN COMPLEXIVO PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA

TEMA:

LA EQUIDAD DE GÉNERO DENTRO DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DE LOS RÍOS.

AUTORA: MACÍAS RAMOS TATIANA ELIZABETH

TUTORA: DEL POZO FRANCO PATTY ELIZABETH MSC.

(2)

APROBACION DEL TUTOR DEL TRABAJO DE TITULACION

Quien suscribe, legalmente CERTIFICA QUE: El presente Trabajo de Titulación realizado por MACÍAS RAMOS TATIANA ELIZABETH, estudiante de la Carrera de Derecho, Facultad de Jurisprudencia, con el tema “LA EQUIDAD DE GÉNERO DENTRO DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DE LOS RÍOS”, ha sido prolijamente revisado, y cumple con

todos los requisitos establecidos en la normativa pertinente de la Universidad

Regional Autónoma de Los Andes-UNIANDES, por lo que apruebe su

presentación.

Babahoyo, enero de 2019

(3)

DECLARACION DE AUTENTICIDAD

Yo, MACÍAS RAMOS TATIANA ELIZABETH, estudiante de la carrera de Derecho, de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad Regional Autónoma

de los Andes ``UNIANDES ``, declaro que todos los resultados obtenidos en el

presente trabajo de investigación, previo a la obtención de título de ABOGADO DE LOS TRIBUNALES DE LA REPUBLICA, son absolutamente originales, auténticos y personales; a excepción de las citas, por lo que son de exclusiva

responsabilidad y autorizo a la UNIANDES de hacer uso de la información que

en él se presente.

Babahoyo, enero del 2019

MACÍAS RAMOS TATIANA ELIZABETH C.I. 1207114560

(4)

CERTIFICACION DEL LECTOR DEL TRABAJO DE TITULACION

Yo, Ab. Alexandra Molina Manzo, Msc. En calidad de Lector del Proyecto de Titulación.

CERTIFICO:

Que el presente Trabajo de Titulación realizado por la estudiante TATIANA ELIZABETH MACÍAS RAMOS, sobre el tema: “LA EQUIDAD DE GÉNERO DENTRO DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DE LOS RÍOS”, ha sido cuidadosamente revisado por el suscrito,

por lo que he podido constatar que cumple con todos los requisitos de fondo y

forma establecidos por la Universidad Regional Autónoma de Los Andes, para

esta clase de trabajos, por lo que autorizo su presentación.

Babahoyo, enero de 2019

Ab. Alexandra Molina Manzo, Msc.

(5)

DERECHO DE AUTOR

Yo, MACÍAS RAMOS TATIANA ELIZABETH, declaro que conozco y acepto la disposición constante en el literal d) del Art. 85 del Estatuto de la Universidad

Regional Autónoma de los Andes, que en su parte pertinente textualmente dice:

El Patrimonio de la UNIANDES, está constituido por: La propiedad intelectual

sobre las investigaciones, trabajos científicos o técnicos, proyectos profesionales

y consultoría que se realicen en la Universidad o por cuenta de ella.

Babahoyo, enero del 2019

MACÍAS RAMOS TATIANA ELIZABETH C.I. 1207114560

(6)

DEDICATORIA

Dedico mi proyecto a:

A mis padres:

Con todo mi cariño a Jorge Agapito

Macías Peralta y Zoila Rufina Ramos Contreras

por haberme dado la vida y haber creído en mí

siempre, dándome su apoyo incondicional a

pesar de los duros momentos. Éste es también

un reconocimiento a su esfuerzo y lucha. Gracias

por ser los mejores padres del mundo.

A mi hermano e hijo:

Jorge Omar Macías Ramos, hermano gracias por tu

apoyo y ayuda para que yo pueda culminar está

etapa de mi vida. Y a mi hijo Mateo Daniel Leguisamo

Macías, que es una bendición de Dios que llego a mi

vida, que lo amo con todo mi corazón.

A mi docente:

A nuestra docente, Patty Elizabeth Franco del

Pozo, porque ha estado en sus mejores

momentos de dedicación en compartir sus

conocimientos para enseñarnos y poder

instruirnos con excelencia. Por sus buenas

deseos y palabras de aliento para motivarme a

ejercer mi profesión hacia mi buen futuro de vida.

¡A todos y cada uno de ellos les dedico cada una de estas páginas de mi

(7)

AGRADECIMIENTO

La autora deja constancia de mi agradecimiento principalmente a Dios, por

bendecirme y darme las fuerzas para alcanzar mi sueño anhelado. Además,

agradece a las instituciones y personas siguientes:

A la Universidad Regional Autónoma de Los Andes Uniandes Babahoyo,

Facultad de Jurisprudencia, Carrera de derecho, al personal Docente quienes de

manera generosa compartieron sus enseñanzas para una mejor formación

académica integral.

A mi docente, Patty del Pozo Franco, por su buen apoyo incondicional que me

brindo para la realización de mi tesis y poder orientarme cumpliendo con los

pasos a seguir y aprender mucho más de lo que he desarrollado para la

aprobación de mi tema.

A mis amistades por haber motivado a seguir adelante para así lograr mis

objetivos en ser una buena profesional y así tener mi propio trabajo y más aún

(8)

RESUMEN

La presente investigación realizada en el Consejo de la Judicatura de la provincia

de Los Ríos analiza la existencia de la Equidad de género en el ámbito salarial,

tomando en consideración las leyes que la rigen como La Constitución de la

República del Ecuador, Ley Orgánica de Servicio Público, Código Orgánico

Funcional Judicial, Código de trabajo y otros entes internacionales que

determinan los derechos de la mujer dentro de las instituciones públicas o

privadas; en este contexto de análisis institucional al Consejo de la Judicatura se

puede determinar que en algunos de los cantones de la provincia de Los Ríos

no existe equidad de género de una u otra manera, ya que en unos existe

igualdad de personal hombres y mujeres pero no existe igualdad de salarios al

personal de ambos sexos o viceversa. Con el análisis realizado se determina

que existe mejor remuneración económica para los hombres que para las

(9)

ABSTRACT

The present investigation carried out in the Judicial Council of the province of Los

Ríos analyzes the existence of Gender Equity in the salary field, taking into

consideration the laws that govern it as the Constitution of the Republic of

Ecuador, the Organic Law of Public Service, the Judicial Functional Organic

Code, the Labor Code and other international entities that determine the rights of

women within public or private institutions; In this context of institutional analysis

to the Judicial Council it can be determined that in some of the cantons of the

province of Los Ríos there is no gender equity in one way or another, since in

some places there is equality in the number of staff men and women but there is

no equality of salaries to the personnel of both sexes or vice versa. With the

analysis made it was determined that there is greater amount of economic

(10)

INDICE GENERAL

APROBACION DEL TUTOR DEL TRABAJO DE TITULACION

DECLARACION DE AUTENTICIDAD

CERTIFICACION DEL LECTOR DEL TRABAJO DE TITULACION

DERECHO DE AUTOR

DEDICATORIA

AGRADECIMIENTO

RESUMEN

ABSTRACT

INDICE DE CONTENIDO

Problema de Investigación ... 1

Justificación de la necesidad actualidad e importancia. ... 2

OBJETIVOS... 4

Objetivo General ... 4

Objetivos Específicos ... 4

Fundamentación teórica ... 5

La equidad de género a nivel mundial ... 5

Ley Orgánica de Servicio Público ... 7

METODOLOGÍA ... 13

Tipo de investigación ... 13

Modalidad paradigmática cualitativa ... 13

Población y muestra ... 13

Población ... 13

Muestra ... 14

MÉTODO ... 14

Método Cuantitativo ... 14

(11)

Descriptivo ... 15

RESULTADOS ... 15

Consejo de la Judicatura del cantón Babahoyo ... 15

Consejo de la Judicatura del cantón Baba ... 16

Consejo de la Judicatura del Cantón Puebloviejo ... 17

Consejo de la Judicatura del Cantón Quevedo ... 19

Consejo de la Judicatura del Cantón Ventanas... 20

Consejo de la Judicatura del Cantón Urdaneta ... 21

Propuesta ... 23

Título de la Propuesta ... 23

Objetivos ... 23

Objetivo General ... 23

Objetivos Específicos ... 23

Justificación ... 23

FACTIBILIDAD ... 25

Factibilidad Social ... 25

Factibilidad Legal ... 25

PLAN DE TRABAJO ... 25

ACTIVIDADES ... 27

RECURSOS ... 28

IMPACTO ... 29

EVALUACIÓN ... 29

DISCUSIÓN ... 30

CONCLUSIONES ... 31

(12)

ÍNDICE DE TABLAS

Tabla 1. Remuneración por género en el cantón Babahoyo... 16

Tabla 2. Remuneración por género en el cantón Baba ... 17

Tabla 3. Remuneración por género en el cantón Puebloviejo ... 18

Tabla 4. Remuneración por género en el cantón Quevedo ... 20

Tabla 5. Remuneración por género en el cantón Ventanas... 21

Tabla 6. Remuneración por género en el cantón Urdaneta ... 22

Tabla 7. Análisis de remuneraciones del Consejo de la Judicatura de la provincia de Los Ríos ... 22

(13)

ÍNDICE DE FIGURAS

Figura 1. Incidencia de la Equidad de género en las políticas públicas en la

provincia de Los Ríos ... 2

Figura 2. Distribución de personal del Consejo de la Judicatura del Cantón

Babahoyo ... 15

Figura 3. Análisis de remuneración por género en el Consejo de la Judicatura del

Cantón Babahoyo ... 16

Figura 4. Distribución de personal del Consejo de la Judicatura del Cantón Baba

... 17

Figura 5. Análisis de remuneración por género en el Consejo de la Judicatura del

Cantón Baba ... 17

Figura 6. Distribución de personal del Consejo de la Judicatura del Cantón

Puebloviejo ... 18

Figura 7. Análisis de remuneración por género en el Consejo de la Judicatura del

Cantón Puebloviejo ... 18

Figura 8. Distribución de personal del Consejo de la Judicatura del Cantón

Quevedo ... 19

Figura 9. Análisis de remuneración por género en el Consejo de la Judicatura del

Cantón Quevedo ... 19

Figura 10. Distribución de personal del Consejo de la Judicatura del Cantón

Ventanas ... 20

Figura 11. Análisis de remuneración por género en el Consejo de la Judicatura

del Cantón Ventanas ... 20

Figura 12. Distribución de personal del Consejo de la Judicatura del Cantón

Urdaneta ... 21

Figura 13. Análisis de remuneración por género en el Consejo de la Judicatura

(14)

1 Problema de Investigación

Dentro del análisis contextual de la realidad en relación a la igualdad de género

en las entidades públicas, se antepone que en los concursos públicos de méritos

y oposición se reconoce que los requisitos que estos contienen no generan

discriminación entre hombres y mujeres, de hecho se reconoce la igualdad como

se evidencia en el artículo 55 del Código Orgánico de la Función Judicial

(Asamblea Nacional, 2015) y siguiendo las instrucciones que la entidad pone a

disposición de los postulantes en la plataforma digital dispuesta para esto

(Consejo de la Judicatura de Los Ríos, 2018).

En forma general, se podría asegurar que al final de los procesos, se cuenta con

un respeto a la igualdad manifestada claramente en la Constitución en el artículo

once que en el segundo numeral expone claramente que todos los ciudadanos

tienen los mismos derechos, deberes y oportunidades, pudiéndose adoptar

medidas de acción afirmativa cuando se evidencien situaciones de desigualdad.

En aras de manifestarse que existe igualdad y luego de la experiencia vivida por

esta autora en el año en que asistió a las prácticas pre profesionales en la

Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Los Ríos, se pudo observar

que dicha equidad es difusa, en el sentido de que existen departamentos enteros

en donde no hay por ejemplo un solo hombre y viceversa, por otro lado, es

también evidente que para ciertos cargos en donde la mayoría son mujeres y en

otros son ocupados por hombres, más allá de los factores técnicos, es necesario

reconocer si dentro de las políticas institucionales se considera la medición de la

equidad para así tomar acciones y de ser necesario implementar las medidas de

acción afirmativa que la Constitución promulga.

Siendo así cabe la pregunta científica: ¿Cómo incide el control de la equidad de

(15)

2

Figura 1. Incidencia de la Equidad de género en las políticas públicas en la provincia de Los Ríos.

Justificación de la necesidad actualidad e importancia.

El determinar a través de sistemas de monitoreo y evaluación del ejercicio de

mantener la equidad de género, implementada directamente en los

procedimientos administrativos de las entidades públicas permitirán presentar de

manera ágil, resultados trascendentales que permitan motivar políticas públicas

y medidas de acción afirmativas conforme a la realidad particular de cada una

de las organizaciones.

¿Cómo incide el control de la equidad de género en las políticas públicas del Consejo de la Judicatura de Los Ríos?

Escaso monitoreo a la

equidad Meritocracia no

se limita por género.

Talento humano no está obligado a investigar la equidad.

Se presume que no existen motivos para

investigarlo. Se asume que

meritocracia es suficiente control.

Las condiciones de trabajo son iguales

para todos.

La equidad está presente porque hay

(16)

3

El Plan Nacional de Desarrollo (SENPLADES, 2018) manifiesta que el Estado

perfeccionará el modelo de participación equitativa en el mercado laboral tanto

en el área pública como privada.

Mientras que dentro del Plan Estratégico Institucional de la Función Judicial

(Consejo de la Judicatura , 2013) se manifiesta que se fundamenta entre otros

principios en el principio de equidad e igualdad.

Respecto a la igualdad hay bastante por hacer, como lo manifiesta la ONG

mundial (Social Watch, 2012) se puede medir la diferencia que existe en una

sociedad entre hombres y mujeres por áreas como son la educación,

participación en áreas económicas y empleo así como el empoderamiento en

cargos parlamentarios y económicos. De hecho, en ese año Ecuador se

encontraba en un indicador de 72 sobre 100 siendo la nota más baja la

relacionado con empoderamiento de la mujer en cargos relevantes.

De igual manera existe el indicador de igualdad de género de las Naciones

Unidas (Naciones Unidas, 2018) en donde el país se encuentra en el puesto 86

de 189 países.

Si se considera la relevancia de encontrar un mecanismo de monitoreo del

cumplimiento de la equidad de género este resalta al revisar la estadística

poblacional, específicamente del cantón Babahoyo al cual se dirige esta

investigación, según datos del (INEC, 2015) existe una proporción del 51.2% de

hombres sobre el 48.8% de mujeres, esto quiere decir que para poder determinar

una verdadera equidad esta proporción debería verse reflejada en los diferentes

puestos y departamentos de las entidades y de no ser el caso, determinar las

(17)

4 OBJETIVOS

Objetivo General

Desarrollar un instrumento metodológico que permita medir la equidad de género

dentro de la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Los Ríos.

Objetivos Específicos

1- Recopilar información de autores reconocidos en la temática de igualdad de género.

2- Construir un instrumento que permita valorar los niveles de equidad de género dentro de la Judicatura de Los Ríos.

3- Desarrollar un análisis de la situación en la que se encuentra la judicatura.

(18)

5 Fundamentación teórica

La (OIT) mediante la propuesta que realiza para promover la igualdad de

oportunidades para que acedan al trabajo tanto hombres como mujeres bien

remunerados, en el mandato de la OIT de acuerdo a la Constitución del Ecuador

realiza cuatro convenios Núm. 100, 111, 155, 183; en los cuales especifican la

equidad de género, la igualdad de oportunidades, el derecho de la mujer sobre

el trabajo y a la protección de la maternidad, mediante estos cuatro convenios la

Comisión de la Igualdad de Género incluyó una resolución relativa a la igualdad

de género como eje del trabajo decente, que propuso al Consejo de

Administración a que tuviera en cuenta dichas conclusiones a la hora de

planificar las acciones futuras en materia de igualdad de género.

La equidad de género a nivel mundial

Según la Estrategia de igualdad de la (ONU, 2014) La Declaración Universal de

Derechos Humanos en su preámbulo considera que la libertad, la justicia y la

paz en el mundo tiene por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de

los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana

es decir: sobre los derechos de la mujer, el hombre y la familia; es decir nacen

libres e iguales en dignidad y derechos, sin distinción alguna de raza, color, sexo,

opinión, política o de cualquier otra índole, de origen nacional o social, posición

económica, nacimiento o cualquier otra condición, el derecho a la vida, a la

seguridad de su persona prohibiendo su esclavitud o servidumbre; ninguno de

los dos géneros mujer y hombre puede ser arbitrariamente detenido, preso ni

desterrado, ser oído públicamente y con justicia ante los tribunales. Tienen

derecho a establecer su nacionalidad y a ejercer libremente su credo o religión.

Con los derechos y deberes que garantiza a la mujer y al hombre que se

encuentra previstos en la Constitución de la Republica y normas de leyes citadas,

incluso la Declaración Universal de Derechos Humanos, contiene el fundamento

sobre los derechos de equidad de género entre la mujer y el hombre y bajo estos

principios constitucionales y legales como internacionales la ONU mediante la

(19)

6

cual toda persona tiene derecho al trabajo , a las mismas condiciones igualitarias

que satisfaga las necesidades y las expectativa de los empleadores; además, a

la protección al desempleo. Mediante este apartado de la persona que trabaja

tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria que asegure a todos

los integrantes de la familia, que beneficie de manera sustentable al desarrollo

social.

Existe además patrocinado por la Corte Internacional de Derechos Humanos el

Sello de igualdad de género (Naciones Unidas, 217) el cual explica que se crea

de acuerdo al pacto mundial y las naciones unidas diez principios en los cuales

encierran los derechos humanos dentro del contexto del Pacto Mundial de la

ONU, en la cual promueven el trabajo justo y la practicas anti corrupción y la

sostenibilidad ambiental en conformidad con los derechos humanos.

De acuerdo a los Principios de Empoderamiento de la mujer en el área laboral

permiten que el sector público y privado integren a la mujer en el ámbito laboral

con los mismos derechos manteniendo la igualdad de género desde la cúspide

más alta: así también ayudan a promover el respeto, a defender los derechos

humanos y a que la mujer no sea discriminada; además, que sea integrada en

el desarrollo profesional llevando a cabo el empoderamiento de la mujer en las

practicas del desarrollo empresarial.

Por otra parte la Declaración universal de Derechos Humanos (ONU, 2008) En

los artículos 23.1., 23.2, 23.3, donde habla acerca del derecho humano, derecho

al trabajo de igual oportunidades; además todas las personas tenemos derecho

sin discriminación, a una remuneración equilibrada entre hombres y mujeres que

permita mejorar las condiciones del género en el aspecto laboral.

Dentro de los derechos Constitucionales y legales sobre la equidad de género

entre la mujer y el hombre, se encuentra garantizado en nuestra actual

Constitución de la República del Ecuador, en sus artículos 11 numeral 2 que

establece que todas las personas son iguales y gozaran de los mismos derechos,

(20)

7

En el Art. 65 de la Constitución de la República del Ecuador: establece que el estado garantizara a los funcionarios públicos en el área que se les atribuye el

derecho a integrarse en donde van desempeñar gestiones de trámites

correspondientes para atender a los usuarios en igualdad de condiciones.

El Art. 70 de la Constitución de la República vigente garantiza la igualdad de

género para alcanzar y ejecutar las políticas para la igualdad entre mujeres y

hombres, a través de mecanismos especializados de acuerdo con la ley.

En el Art. 176 de la misma Constitución para la designación del personal

mediante concurso de mérito y oposición deberán incluirse tanto hombres y

mujeres para desempeñar actividades dentro de la institución, siempre y cuando

la experiencia para ejercer el cargo sea idónea para ejercer dicha ejecución; de

igual manera en el art. 326 numeral 4 se establece que el derecho al trabajo de

igual proporción entre hombres y mujeres debe tener las mismas condiciones

económicas.

Ley Orgánica de Servicio Público

De acuerdo a la (LOSEP, 2010) en los artículos 53, 63, 65, nos indica sobre los

derechos, garantías, habilidades, conocimiento en los servidores públicos o

privados manteniendo su interculturalidad, igualdad y no a la discriminación; en

este contexto de genero también nos ayuda mantener a la inclusión de personas

con discapacidad y a grupos de atención prioritaria, la inserción a los servicios

públicos realizados con total transparencia en buen ambiente de trabajo con un

salario remunerado de manera equitativa manteniendo la idoneidad capacidad

para ocuparlos cargos específicos dentro de su área de trabajo.

El Código Orgánico de la Función Judicial en el Art. 16, 44 y 55 Determina que los dos géneros tienen las mismas posibilidades de ocupar cargos tanto

técnicos como administrativos manteniendo la integridad y la experiencia de

(21)

8

derechos, normas, procedimientos, reglamentos, requisitos en los que enmarcan

los derechos de las mujeres y los hombres están facultadas para ejercer inclusive

la integración de los más altos tribunales del Ecuador como es la Corte Nacional

de Justicia y la Corte Constitucional, existiendo aunque una débil igualdad de

género.

( Bobbio, 2010) Determina que la discriminación de género se da por la distinción

que se hace de dos vías: la primera en relación a las desigualdades naturales

entre hombres y mujeres, las cuales en contexto son innegables, pero también

existen las sociales, que se dan por las suposiciones que en conjunto la sociedad

coloca a cada género.

(Cajas Córdova, 2011) En este aspecto cuestiona que mientras la sociedad

permita la existencia de criterios de superioridad del hombre por deidad divina o

por acción natural se pensará de igual manera que la aspiración de la igualdad se da por la conversión de un entorno social a una sociedad “feminizada” lo que

es totalmente contrapuesto a una verdadera equidad.

Por otra parte para (Palacios Palacios, 2014) la equidad de género es la

evolución social en la que se trata de igual manera a hombres y mujeres, sin

exclusiones de condición biológica, accediendo de la misma forma a los bienes

sociales y a las actividades que en ella se desarrollan sin que un sexo se

imponga sobre el otro, sin embargo también se cuestiona que las libertades que

se les da tanto a hombres y mujeres no pueden estar solamente definidas por el

sexo pues podrían generar otro tipo de discriminación a los grupos GLBTI que

también forman parte de la sociedad.

En relación al aspecto laboral (Diaz Valdez & Hidalgo Morales, 2017) en el estudio denominado “Discriminación Salarial y segregación ocupacional por razón de género en la ciudad de Quito” se determinó que la experiencia laboral

es más determinante en los hombres y que existen profesiones directamente

dispuestas a cada género lo que lleva a concluir que en la ciudad de Quito existe

(22)

9

En el trabajo presentado por (Palacios Palacios, 2014) denominado “Análisis de

las políticas públicas implementadas por el Estado Ecuatoriano para promover,

proteger y garantizar el desarrollo de la equidad de las mujeres en la esfera pública y privada periodo 2007-2013” se concluye que los valores patriarcales

poco a poco van siendo diluidos por una perspectiva más igualitaria entre

hombres y mujeres.

(Ramírez, 2017) Expone en “Análisis de dos métodos de medición equidad de

género, aplicados en Latinoamérica; beneficios que obtienen las organizaciones y empresas” que en Ecuador no hay políticas o normativas que obliguen la

medición de equidad de género tanto en entidades públicas como privadas.

En el ámbito de la Función Judicial (Chávez Hidalgo, 2017) en el trabajo denominado “Las acciones afirmativas como mecanismo eficaz para la

participación de las mujeres en la judicatura: caso tribunales penales de Pichincha” propone que se debe de tener una igualdad tanto de oportunidades

como de manera formal encontrándose un limitado acceso de mujeres en esta

entidad.

Siendo todos estos antecedentes, elementos relevantes para poder reconocer

que, en el entorno judicial, la perspectiva de equidad de género requiere un

estudio más exhaustivo que permita demostrar de manera objetiva y científica el

cumplimiento de los lineamientos de la justa paridad que debe existir entre

hombres y mujeres y que permitirán tomar decisiones a mediano y largo plazo a

las autoridades del Consejo Provincial de la Judicatura de Los Ríos.

La equidad en el contexto constitucional en el art. 11 numeral 2, indica que todas

las personas son iguales que tenemos los mismos derechos, obligaciones,

deberes y oportunidades, sin importar el sexo la edad, género, formación cultural,

religiosa, política diferencias físicas, discapacidad entre otras. En caso que en el

(23)

10

derechos y deberes de ley sancionara al departamento o institución por permitir

estos percances en la institución y en el ámbito laboral.

La equidad de género según (Ruiz, 2017) es cuando las dos personas de los dos

sexos tienen las mismas capacidades en todos los ámbitos, así como también

las mismas responsabilidades para llevar a cabo las actividades que se

presentan para ejecutarlas con veracidad y dedicación, de tal manera que tanto

hombres como mujeres gocen de los mismos derechos, en algunos casos de

que el sexo sea indistinto hay que respetarse como tanto del sexo masculino

como femenino ya que la ley , los derechos humanos y las personas merecemos

el mismo respeto con las mismas condiciones dependiendo del sexo que tenga.

Por su parte (Gebauer, 2017) explica en su discusión que mediante una

repartición equitativa del poder y de compromisos entre los dos sexos permite

llegar a una condición igualitaria, es decir que los dos gocen de los mismos

derechos, obligaciones en las diferentes área amparados por las leyes, la

igualdad entre la relación hombre/mujer se debe considerar como una destreza

para obtener una igualdad de género de forma equitativa.

Considerando la participación activa del sexo femenino en las diferentes áreas

estratégicas de trabajo y en el entorno social, laboral; de forma equilibrada

manteniéndose que las mujeres pueden realizar las mismas actividades que los

hombres de acuerdo a sus competencias técnicas, algunas instituciones tiene

que ser reformadas sus políticas ya que a la mujer le consideren en los mismos

trabajos que los hombres con las mismas condiciones en el cual la mujer pueda

ser remunerada de igual forma que un hombre en la misma área.

El mismo autor en su discusión menciona que los abusos sexuales y el maltrato

hacia la mujer son en gran magnitud y por una forma de ejercer poder en una

sociedad machista, que el desequilibrio social perdura en la misma, en muchos

de los casos estos delitos no llegan a ser denunciados; pero en la actualidad los

(24)

11

curva de crecimiento manteniéndole a la mujer con los mismos derechos que los

hombres.

Por su parte en relación a la igualdad para (Echebarria Miguel & Larrañaga

Sarriegui, 2004) en España la desigualdad entre hombres y mujeres en el

reparto de responsabilidades, nos indica de acuerdo a estadísticas y de forma

directamente, ya que la discriminación, acceso a la educación, las desigualdades

laborales existentes entre las mujeres hace que el país entre en un desequilibrio

constante debido a estas interrogantes que no permiten a la mujer integrarse en

el ámbito laboral estos hechos están dados de manera política, social o étnica

de los gobernantes y de los altos funcionarios que conllevan a que el género

femenino se adentre en un aspecto de discriminación total parcial.

Debido a que su principal responsabilidad de las mujeres sigue siendo ocuparse

del bienestar de la familia, esté también en la base de su desproporcionada

representación en el empleo flexible. A las mujeres, se las considera,

habitualmente, más aptas que a los hombres para moverse dentro y fuera de la

economía formal en una serie de trabajos temporales o eventuales, así como

para aceptar horarios reducidos o trabajos intermitentes y, asimismo, para

trabajar en el hogar. Y se las asocia menos, con el contrato estándar, a tiempo

completo, a partir del cual se han construido la regulación del mercado laboral y

las normas sociales.

En este contexto para (Tolentino, 1999) menciona que la igualdad de

oportunidades ayudan a mantener el equilibrio económico y social ya que la

mujer no es excluida de su derechos y sus obligaciones, con el avance de nuevas

políticas a la mujer la están considerando en todos los aspectos laborales cuyo

logros y rendimientos es igual que los hombres.

En los años 1999 y 2000 el sistema económico en el país no era favorable y la

dinámica de igualdad de género era restringida para las mujeres, debido las

políticas de estado y el apoyo de organismos internacionales ayudando crear

(25)

12

más dentro de las instituciones públicas o privadas, y así mantener a la mujer

dentro del sistema laboral y social.

El proyecto de ley de igualdad entre mujeres y hombres y personas de diversa

condición sexo-genérica presentado a la Asamblea Nacional según (Arroyo,

Sevilla, Esquembre, & Montaña, 2011), determina que la igualdad entre los dos

sexos o grupos GLBTI tienen las mismas oportunidades, los mismos derechos

para mantenerse en un cargo o en una institución ya sea pública o privada.

Las oportunidades laborales, la diferencia salarial, las horas de trabajo no

remunerado y no reconocido, las causas de ocupación hospitalaria, nos

muestran que se está lejos de vivir en un Ecuador en donde las niñas y las

mujeres tengan el pleno ejercicio de sus derechos, en el cual muestra que

vivimos en un país sexista.

( Herrera Aguirre, 2012) En relación a este proyecto de ley manifiesta que es

Imposible elaborar un documento definitivo que dé cuenta del estado del proceso

de constitucionalizarían de la igualdad entre géneros (hombre/mujer) y personas

de diversa condición sexo-genérica, a través de un proyecto de ley sin abordar

en el análisis tanto la dimensión jurídica, como la política. Ambas son ineludibles

en este tiempo en que desde las más altas instancias gubernamentales de

generación de la política pública de igualdad.

(Anzil, 2009) Conceptualiza que el término "sexo" se refiere a las diferencias

biológicas entre hombres y mujeres, por ejemplo, diferencias en la contextura

física, mientras que el término "género" se refiere a las funciones y derechos

definidos por la sociedad. Mientras que las diferencias de sexo no cambian con

el tiempo, las diferencias de género sí lo hacen a medida que las sociedades

evolucionan, obtienen más conocimientos y se desarrollan. Las diferencias de

género están relacionadas con las diferencias de sexo, en el sentido que las

diferencias biológicas, por ejemplo, la diferencia de fuerza física, colocó

históricamente a la mujer en una situación de inferioridad física y de menor poder

(26)

13

Las diferencias físicas entre el hombre y la mujer llevaron a las sociedades

primitivas a organizaciones sociales en las que la mujer no estaba en una

situación de equidad en relación al hombre, con menos derechos en la vida

familiar, económica y política. La opinión de la mujer era considerada inferior, y

usualmente se consideraba que la mujer debía obedecer las órdenes de su

pareja.

En relación al trabajo, era común (y aún lo es en muchos casos) que hombre se

dedique a obtener recursos mientras que la mujer se dedique a las tareas del

hogar.

METODOLOGÍA

Tipo de investigación

Modalidad paradigmática cualitativa

Para el desarrollo de este trabajo investigativo, se procederá a una metodología

de investigación de carácter cualitativa de un diseño no experimental del tipo

transversal permitirá definir las características específicas de la distribución por

género del personal del Consejo Provincial de la Judicatura de Los Ríos, siendo

la población investigada la que está registrada con un método de recolección de

datos de nivel empírico de análisis documental, siendo la herramienta a utilizar

la observación documental.

Población y muestra

Población

La población con la que se realizó la investigación fueron funcionarios públicos

del Consejo de la Judicatura en los distintos cantones de la Provincia de Los

Ríos. Además, se tomó como criterio la accesibilidad y que cumplieran con los

criterios de Equidad de Género para la investigación, los cuales son: el personal

(27)

14

cantidad de hombres y mujeres y relacionando con la remuneración del

empleado de ambos sexos.

Muestra

La presente investigación se realiza en el Consejo de la Judicatura de la

provincia de Los Ríos, tomando en cuenta la diversidad de personal masculino y

femenino que labora en la institución, además la equidad de remuneración hacia

los hombres como las mujeres.

El muestreo utilizado para la presente investigación es muestreo no

probabilístico, debido a que no se cuenta con listados de alumnos de las

instituciones que se eligieron; por lo que no se puede utilizar el método al azar,

sino que por cuota dicha técnica permite que se apliquen el número de

instrumentos asignados a cada institución de acuerdo a la muestra obtenida.

MÉTODO

Método Cuantitativo

Mediante este método se encuentra respaldada en los valores numéricos, esto

facilita la precisión de sus resultados, mediante la investigación del tema dado,

para generar una base de datos con la cantidad de personas por género y por

remuneraciones.

Analítico

Este tipo de investigación permitió conocer más del objeto de estudio, con lo cual

se puede: explicar, hacer analogías, comprender mejor su comportamiento y

establecer nuevas teorías, además de analizar los resultados que se obtuvieron

mediante la observación directa, muestreo y cálculos matemáticos en el presente

(28)

15 Descriptivo

Esta investigación es de carácter descriptivo (diagnóstico) debido a que su

propósito es verificar la cantidad de personas por género en el Consejo de la

Judicatura de Los Ríos.

RESULTADOS

Mediante el análisis de datos en la página oficial del Consejo de la Judicatura se

puedo evaluar los datos por cantón en los que disponen en estas instituciones

en la provincia de Los Ríos.

Consejo de la Judicatura del cantón Babahoyo

Figura 2. Distribución de personal del Consejo de la Judicatura del Cantón Babahoyo.

En la institución del Consejo de la judicatura en el Cantón Babahoyo se

encuentran laborando 189 personas, de las cuales 71 personas son hombres y

118 son mujeres; por las cuales podemos determinar que en la institución en el

cantón laboran la mayor parte personas del género femenino.

0 100 200

Maculino Femenino

71 118

GENERO

DISTRIBUCION DE PERSONAL POR GÉNERO

Maculino

(29)

16

Figura 3. Análisis de remuneración por género en el Consejo de la Judicatura del Cantón Babahoyo.

En el análisis de valores o remuneraciones que el personal recibe

mensualmente, se puede determinar mediante el análisis de datos y con la

gráfica demostramos que la remuneración de los hombres se encuentra en un

rango de $ 675,00 a $ 5.011,00 y de las mujeres en un rango de $ 733,00 a $

5.011,00 en el consejo de la Judicatura del cantón Babahoyo.

Tabla 1. Remuneración por género en el cantón Babahoyo

CANTONES

MASCULINO FEMENINO

MÍNIMO MÁXIMO

MÍNIM O MÁXIM O BABAHOY O $ 675,00 $ 5.011,00 $

733,00 $ 5.011,00 Consejo de la Judicatura del cantón Baba

$ 0,00 $ 2.000,00 $ 4.000,00 $ 6.000,00

1 7 13 19 25 31 37 43 49 55 61 67 73 79 85 91 97

1 0 3 1 0 9 1 1 5

ANALISIS DE REMUNERACIONES POR GÉNERO EN EL CANTON BABAHOYO

MASCULINO

FEMENINO

Masculino ; 3

Femenino ; 3

(30)

17

Figura 4. Distribución de personal del Consejo de la Judicatura del Cantón Baba

En el siguiente gráfico podemos observar que la cantidad de hombres como de

mujeres que laboran en esta institución es de manera equitativa que tanto el

género masculino como femenino se encuentran por igual.

Figura 5. Análisis de remuneración por género en el Consejo de la Judicatura del Cantón Baba

Con el análisis de remuneración en el Consejo de la Judicatura en el cantón

Baba podemos encontrar que las mujeres se encuentren en un rango que va

desde $ 733,00 hasta $ 1.086,00 y los hombres de $ 675,00 hasta $ 4.164,00,

mediante el cual los hombres tienen mayor remuneración en las diferentes áreas

de trabajo dentro de la institución.

Tabla 2. Remuneración por género en el cantón Baba

CANTONES MASCULINO FEMENINO

MÍNIMO MÁXIMO MÍNIMO MÁXIMO

BABA $ 675,00 $ 5.011,00) $ 733,00 $ 1.086,00 Consejo de la Judicatura del Cantón Puebloviejo

0,00 1.000,00 2.000,00 3.000,00 4.000,00 5.000,00

1 2 3

M A SC U LI NO

ANALISIS DE REMUNERACIONES POR GÉNERO EN EL CANTÓN BABA

MASCULINO FEMENINO 0 5 MASCULINO FEMENINO 4 5

DISTRIBUCION DEL PERSONAL POR GENERO EN EL CANTÓN PUEBLOVIEJO

MASCULINO

(31)

18

Figura 6. Distribución de personal del Consejo de la Judicatura del Cantón Puebloviejo

En el gráfico se puede demostrar que existe más afluencia de personas de sexo

femenino que del sexo masculino; es decir que existe más mujeres que hombres

trabajando dentro de la institución.

Figura 7. Análisis de remuneración por género en el Consejo de la Judicatura del Cantón Puebloviejo

Con el análisis de remuneración en el Consejo de la Judicatura del Cantón

Puebloviejo determinamos que el rango de remuneración de los hombres que

laboran en esta institución va desde $ 1.086,00 hasta $ 4.164,00 y de las mujeres

de $ 733,00 hasta $ 4.164,00, por lo que evidenciamos que el género masculino

tiene más alto el salario que las mujeres.

Tabla 3. Remuneración por género en el cantón Puebloviejo

CANTONES MASCULINO FEMENINO

MÍNIMO MÁXIMO MÍNIMO MÁXIMO

PUEBLOVIEJO $ 1.086,00 $ 4.164,00 $ 733,00 $ 4.164,00

0,00 1.000,00 2.000,00 3.000,00 4.000,00 5.000,00

1 2 3 4 5

M

A

SC

U

LI

NO

ANÁLISIS DE REMUNERACIONES POR GÉNERO EN EL CANTÓN PUEBLOVIEJO

MASCULINO

(32)

19

Consejo de la Judicatura del Cantón Quevedo

Figura 8. Distribución de personal del Consejo de la Judicatura del Cantón Quevedo

En el gráfico nos indica que la mayor cantidad personas que laboran en la

institución son mujeres y en menor cantidad son hombres que laboran en el

Consejo de la Judicatura de Quevedo.

Figura 9. Análisis de remuneración por género en el Consejo de la Judicatura del Cantón Quevedo

Mediante el siguiente gráfico podemos determinar que los hombres tienen un

rango de remuneración que va desde $ 675,00 hasta $ 5.011,00 y las mujeres $

675,00 hasta $ 5.011,00, con el análisis podemos indicar que en el Consejo de

la Judicatura en el Cantón Quevedo existe igualdad de género y de

0,00 1.000,00 2.000,00 3.000,00 4.000,00 5.000,00 6.000,00

1 5 9 13 17 21 25 29 33 37 41 45 49 53 57 61 65 69 73 77 81

M

A

SC

U

LI

NO

ANÁLISIS DE REMUNERACIONES POR GÉNERO EN EL CANTÓN QUEVEDO

MASCULINO

FEMENINO

62

83

DISTRIBUCION DEL PERSONAL POR GENERO EN EL CANTÓN QUEVEDO

MASCULINO

(33)

20

oportunidades ya que se encuentran en el mismo rango de remuneraciones tanto

las personas del género masculino como femenino.

Tabla 4. Remuneración por género en el cantón Quevedo

CANTONES MASCULINO FEMENINO

MÍNIMO MÁXIMO MÍNIMO MÁXIMO

QUEVEDO $ 675,00 $ 5.011,00 $ 675,00 $ 5.011,00 Consejo de la Judicatura del Cantón Ventanas

Figura 10. Distribución de personal del Consejo de la Judicatura del Cantón Ventanas

Con el gráfico podemos mencionar que el personal que labora dentro de la

institución en el cantón Quevedo son de 17 mujeres y 11 hombres danto un total

de empleados de 28 personas.

Figura 11. Análisis de remuneración por género en el Consejo de la Judicatura del Cantón Ventanas

En el análisis de remuneración según el género en el cantón ventanas se

encuentra en el rango de $ 675,00 hasta $ 4.164,00 para los hombres y para

las mujeres en un rango de $ 733,00 hasta $ 4.164,00 por lo que podemos

determinar que en la institución de Ventanas las personas del sexo femenino

tienen mayor índice de salario que las personas degenero masculino.

0 20

MASCULINO FEMENINO

11 17

DISTRIBUCION DEL PERSONAL POR GENERO EN EL CANTÓN VENTANAS MASCULINO FEMENINO 0,00 1.000,00 2.000,00 3.000,00 4.000,00 5.000,00

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17

M A SC U LI NO

ANÁLISIS DE REMUNERACIONES POR GÉNERO EN EL CANTÓN VENTANAS

MASCULINO

(34)

21

Tabla 5. Remuneración por género en el cantón Ventanas

CANTONES MASCULINO FEMENINO

MÍNIMO MÁXIMO MÍNIMO MÁXIMO

VENTANAS $ 675,00 $ 4.164,00 $ 733,00 $ 4.164,00 Consejo de la Judicatura del Cantón Urdaneta

Figura 12. Distribución de personal del Consejo de la Judicatura del Cantón Urdaneta

Mediante el gráfico podemos identificar que existe mayor número de personas

de sexo femenino que labro en la institución en cantón Urdaneta.

Figura 13. Análisis de remuneración por género en el Consejo de la Judicatura del Cantón Urdaneta

Mediante el siguiente gráfico podemos encontrar que en el Consejo de la

Judicatura en el cantón Urdaneta, la remuneración de las personas masculino

Series1 0

5

MASCULINO

FEMENINO

2

5

DISTRIBUCION DEL PERSONAL POR GENERO EN EL CANTÓN URDANETA

MASCULINO

FEMENINO

1 4

0,00

2000,00 4000,00

6000,00

8000,00

M

asc

u

lin

o

ANÁLISIS DE REMUNERACIONES POR GÉNERO EN EL CANTÓN URDANETA

Masculino

(35)

22

se encuentra en el rango de $ 733,00 hasta $ 4.164,00, y del género femenino

de $ 675,00 hasta $ 2.308,00, lo que nos indica los hombres tienen mayor

salario que las mujeres.

Tabla 6. Remuneración por género en el cantón Urdaneta

CANTONES MASCULINO FEMENINO

MÍNIMO MÁXIMO MÍNIMO MÁXIMO

URDANETA $ 733,00 $ 4.164,00 $ 675,00 $ 2.308,00 Tabla 7. Análisis de remuneraciones del Consejo de la Judicatura de la provincia de Los Ríos

CANTONES MASCULINO FEMENINO

MÍNIMO MÁXIMO MÍNIMO MÁXIMO

BABAHOYO $ 675,00 $ 5.011,00 $ 733,00 $ 5.011,00

BABA $ 675,00 $ 4.164,00 $ 733,00 $ 1.086,00

PUEBLOVIEJO $ 1.086,00 $ 4.164,00 $ 733,00 $ 4.164,00

QUEVEDO $ 675,00 $ 5.011,00 $ 675,00 $ 5.011,00

VENTANAS $ 675,00 $ 4.164,00 $ 733,00 $ 4.164,00

URDANETA $ 733,00 $ 4.164,00 $ 675,00 $ 2.308,00

TOTAL $ 4.519,00 $ 26.678,00 $ 4.282,00 $ 21.744,00

MEDIA ARITMÉTICA $ 753,17 $ 4.446,33 $ 713,67 $ 3.624,00

(36)

23 Propuesta

Título de la Propuesta

Diseñar estrategias que permita en la Dirección Provincial del Consejo de la

Judicatura de Los Ríos equidad de género en los diferentes cargos y

remuneraciones institucionales.

Objetivos

Objetivo General

Elaborar una propuesta que permita en la Dirección Provincial del Consejo de la

Judicatura de Los Ríos equidad de género en los diferentes cargos y

remuneraciones institucionales.

Objetivos Específicos

 Proponer el Consejo de la Judicatura delegue al departamento

correspondiente el análisis organizacional y estructural haciendo énfasis

en la equidad de género.

 Considerar que en los concursos de méritos y oposición sean las mujeres

tomadas en cuenta, de acuerdo la experiencia.

 Generar políticas institucionales que favorezcan a las mujeres al derecho

de remuneraciones equitativas.

Justificación

La existencia de discriminación no sólo dificulta el acceso de algunos colectivos

al mercado de trabajo, sino que muchas veces obstaculiza la permanencia en el

empleo. Precisamente es el colectivo de las mujeres, y particularmente aquellas

(37)

24

su trabajo y se encuentra mayores obstáculos a la hora de reincorporarse a la

fuerza de trabajo, en comparación con los varones. (Cajas Córdova, 2011).

Según (Narváez Moreno, 2014) La situación laboral de los hombres y de las

mujeres presenta características diferentes. Los hombres tienen más

posibilidades de ocupar cargos clave, puestos fijos o mejor remunerados,

mientras que las mujeres suelen ocupar puestos periféricos, inseguros y menos

prestigiosos. Además, ellas quedan excluidas de ciertas clases de trabajos

debido a la existencia de prácticas de contratación favorables a los hombres o a

obstáculos para obtener ascensos o progresar profesionalmente. Por otro lado,

las mujeres representan un porcentaje elevado de trabajadoras a tiempo parcial.

Para (Ramírez, 2017) Los aspectos de igualdad en el trabajo, como hemos visto,

se refieren a cuestiones complejas y muy arraigadas en la sociedad. Por diversas

razones se han establecido a través del tiempo determinados patrones de

comportamiento y prejuicios. Las prioridades sociales que requieren que los

hombres trabajen y sustenten sus familias, mientras que las mujeres cuidan los

hijos y la casa, tendieron a limitar las oportunidades de empleo para las mujeres,

aun para aquéllas sin responsabilidades familiares.

Con esto queremos llegar a fomentar políticas que beneficien a las mujeres en

el ámbito laboral, para tener una sociedad equitativa en la que los derechos de

las mujeres sean similares a los derechos de los hombres y así poder mantener

un ámbito equilibrado dentro de las normas, leyes, decretos que beneficien a las

(38)

25 FACTIBILIDAD

Factibilidad Social

Mediante la aplicación de estas prácticas queremos determinar que la mujer se

reintegre a la sociedad equitativa donde la mujer tenga las mismas posibilidades

y se encuentre en la cumbre económica al mismo nivel, una vez aplicada esto el

sexo femenino será la protagonista al igual que los hombres.

Factibilidad Legal

En la Constitución del Ecuador en el artículo 331 el estado garantiza el acceso

al empleo en igualdad de condiciones de las mujeres y hombres a la formación

y promoción laboral y profesional, a la remuneración equitativa, y a la iniciativa

del trabajo autónomo.

El Código Orgánico de la Función Judicial en sus Arts. 55; 130; 132; 141 y 173

establece que la mujer y el hombre se encuentran en goce de los derechos de

participación dentro de la Función Judicial, como Juezas y ejercer las

atribuciones jurisdiccionales de acuerdo con la Constitución, los instrumentos

internacionales de derechos humanos y las leyes, incluso pueden imponer

multas compulsivas por el incumplimiento de sus decisiones.

PLAN DE TRABAJO

La propuesta se fundamenta en función del plan de trabajo descrito en la tabla,

estructurado con objetivo, localización, actividades propuestas, Metas,

responsable, costos (USD) asociados directamente a las actividades y actores

(39)

26

Tabla 2.- Plan de trabajo determinado para la propuesta

Proyecto Objetivos Localización Actividades

propuestas Meta

Costos

(USD) Responsable

Diseñar

estrategias que

permita en la

Dirección

Provincial del

Consejo de la

Judicatura de Los

Ríos equidad de

género en los

diferentes cargos

y remuneraciones

institucionales.

Elaborar una

propuesta que

permita en la

Dirección

Provincial del

Consejo de la

Judicatura de Los

Ríos equidad de

género en los

diferentes cargos

y remuneraciones

institucionales.

Dirección provincial del Consejo de la Judicatura de Los Ríos.

Evaluación y

elaboración del

organigrama

estructural

haciendo énfasis

en la equidad de

género del

Consejo de la

Judicatura de la

provincia de Los

Ríos.

Considerar que

en los concursos

de méritos y

oposición sean

conforme al

principio de

igualdad de

género.

Generar políticas

institucionales

que favorezcan la

igualdad

degenero en

relación a

remuneraciones

equitativas.

Para el año 2019 obtener el 100% de la reestructuración organizacional haciendo énfasis en la equidad de género.

Procurar que en los concursos de mérito y oposición el 50% de mujeres y el 50% de hombres sean tomados en cuenta para que exista equidad de género para el año 2019.

El 100% de las políticas

institucionales deben estar de acuerdo a la normativa,

leyes y

reglamentos constitucionales

de forma

equitativa para el año 2019.

15.000,00 USD

(40)

27 ACTIVIDADES

1.- Evaluación y elaboración del organigrama estructural haciendo énfasis en la equidad de género del Consejo de la Judicatura de la provincia de Los Ríos

Contratación del personal capacitado para la evaluación del organigrama estructural organizacional

Es necesario contratar al personal capacitado para la revisión y ejecución de

acuerdo a las leyes constitucionales donde a las mujeres les da el mismo

derecho que los hombres.

Evaluación del organigrama estructural y funcional del Consejo de la judicatura

Mediante la verificación del organigrama estructural organizacional de la

institución verificamos si la estructura organizativa está de acuerdo a la equidad

de género, en caso de que no exista recolectamos observaciones necesarias

para la reestructuración del mismo.

Elaboración del organigrama estructural organizacional haciendo énfasis en la equidad de género

Mediante las observaciones obtenidas de la evaluación reestructuramos el

nuevo organigrama estructural organizacional donde las mujeres como los

hombres tenemos los mismos derechos, las mismas obligaciones, la misma

remuneración y la misma participación dentro de la institución.

(41)

28

Con el análisis de las experiencias tanto de los hombres como las mujeres

tenemos el mismo derecho y debemos ser tomadas en cuenta durante los

concursos que las instituciones emite para los diferentes cargos dentro de ella,

existimos personas con grandes capacidades y experiencias pero por ser

mujeres muchas de las veces no somos tomadas en cuenta; para ello en esta

propuesta queremos romper ese paradigma en el que el hombre es superior a la

mujer y demostrar que la mujer también somos capaces de ejecutar actividades

similares a la de los hombres y ocupar cargos con las mismas remuneraciones.

3.- Generar políticas institucionales que favorezcan a las mujeres al derecho de remuneraciones equitativas

Mediante la generación de políticas institucionales en las que la mujer también

sea inmiscuida dentro de una sociedad paritaria de acuerdo a los derechos

constitucionales.

Para ello es necesario elaborar un documento institucional en las que a las

mujeres tengamos los mismos derechos que los hombres.

RECURSOS

Los recursos requeridos para la implementación de la propuesta de equidad de

género son:

Recurso Humano

Se requerirá de personal capacitado de desarrollar políticas institucionales y

revisión y elaboración de documentación técnica y organizacional y estructural

de acuerdo a la normativa vigente y a la Constitución del Ecuador.

Recurso material y financiero

Los materiales y los costos para la implementación de la propuesta se describen

(42)

29 IMPACTO

La implementación de la propuesta generara impactos económicos, y sociales

positivos fundamentalmente en la estructuración organizacional del Consejo de

la Judicatura de la Provincia de Los Ríos y la creación de políticas institucionales

que permitan que la mujer ocupe cargos con igual remuneración de acuerdo a

su experiencia.

EVALUACIÓN

La evaluación se realizará en base a los informes de avance de las actividades

cumplidas, presentadas por equipo asignado contratado para la ejecución de

actividades.

Tabla 8. Recursos y costos requeridos para la ejecución de la propuesta

CONCEPTO PERFIL

PROFESIONAL UNIDA D CANT IDAD VALOR TOTAL

Contratación del personal capacitado para la evaluación del organigrama estructural organizacional

SOCIOLOGA TÉCNICO 1,00 3.000,00

ADMINISTRACIÓN

DE EMPRESAS TÉCNICO 1,00 3.000,00

Elaboración del organigrama estructural organizacional haciendo énfasis en la equidad de género

DOCUMENTO UNIDAD

1,00 500,00

Generar políticas

institucionales que favorezcan a las mujeres al derecho de remuneraciones equitativas

GUBERNAMETACIÓN TÉCNICO 1,00 4.000,00

JURÍDICO TÉCNICO

1,00 4.500,00

TOTAL

(43)

30 DISCUSIÓN

El conocimiento acerca de la equidad de género mediante el contexto nacional

e internacional es bastante extenso pero el menos aplicado dentro de las

instituciones públicas y privadas, en el análisis de equidad de género dentro del

Consejo de la Judicatura de Los Ríos en el cual en algunos cantones existe una

desigualdad de género y participación de la mujer dentro de la institución entre

lo que podemos mencionar está el cantón Babahoyo existe 71 hombres y 118

mujeres, y la igualdad de remuneración que llega hasta $ 5.011,00; en el cantón

Baba existe equidad de género pero no igualdad de remuneraciones ya que

llegan a una máxima de remuneraciones para los hombres de $ 4.164,00 y para

las mujeres una remuneración máxima de $ 1.086,00; de igual manera sucede

en los demás cantones de la provincia de Los Ríos en los que cuenta con el

consejo de la Judicatura, haciendo un análisis total institucional se llega a

determinar que existe una total desigualdad de remuneraciones dentro de

institucionalidad en la provincia ya que los hombres ganan mucho más que las

mujeres.

Al igual que en la Constitución del Ecuador en sus artículos 70, 176 nos habla

acerca de la equidad de género y la igualdad de oportunidades en el ámbito

laboral no se la está ejecutando dentro de las instituciones; además en la misma

constitución nos hace hincapié sobre la incorporación de la mujer en el ámbito

laboral y desempeñar funciones de acuerdo a su experiencia.

Mediante el análisis de (Montenegro, 2001) sobre la discriminación de género en

Chile con los datos obtenidos de la plataforma CASEN en algunos años, en el

cual mediante estadísticas planteadas en el estudio haciendo énfasis en la

brecha salarial determina que la diferencia salarial esta dependida del nivel de

educación y la experiencia pero eso no es limitante para ocupar cargos con igual

remuneración, ya que la capacidad de una mujer puede ser mucho mayor que la

(44)

31 CONCLUSIONES

La equidad de género en las instituciones es un factor limitante para las mujeres

al desarrollar su trabajo, ya que son consideradas de baja importancia tanto

dentro de una institución, en las remuneraciones y por ende dentro de la

sociedad, a pesar que exista leyes, normas que establezcan al sexo femenino

de manera igualitaria que el sexo masculino muchas de ellas no acatan dichas

normativas.

Mediante el análisis de genero dentro del Consejo de la Judicatura de la provincia

de los Ríos podemos determinar la equidad de género y remuneración en el

Cantón Babahoyo en el Consejo de la Judicatura existen 71 hombres y 118

mujeres y la remuneración máxima entre los dos sexos llegan al mismo nivel ($

5.011,00), lo que no sucede en el cantón Baba aunque existe la misma cantidad

de funcionarios públicos tanto hombres como mujeres, la remuneración para los

hombres llega hasta $ 4.164,00 y de las mujeres a una máxima de $ 1.086,00,

de igual manera en el cantón Puebloviejo los hombres y las mujeres llegan a una

remuneración de $ 4.164,00, lo que no pasa en Quevedo que existe más

personal del género masculino que femenino dentro de la institución pero llegan

al mismo nivel de remuneración ($ 5.011,00), en cambio en el cantón Ventanas

existe laborando en el Consejo de la Judicatura más mujeres que hombres pero

llegan a una remuneración equitativa; en el cantón Urdaneta existen laborando

más mujeres que hombres pero si existe una diferencia significativa en la

remuneración económica al personal femenino, ya que los hombres llegan a una

remuneración máxima de $ 4.164,00, en cambio las mujeres llegan a una

remuneración máxima de $ 2.308,00 en el Consejo de la Judicatura.

En base al cálculo estadístico podemos determinar que no existe equidad de

género en la remuneración en el Consejo de la Judicatura de la provincia de Los

Ríos ya que los hombres cuentan con mayores proporciones de sueldos que las

mujeres, lo que conlleva a una explotación del género femenino dentro de la

(45)

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