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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES
“UNIANDES”
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA
CARRERA DE DERECHO
TESIS DE GRADO, PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE
MAGISTER EN DERECHO PENAL Y CRIMINOLOGÍA
TEMA: ADOLESCENTES INFRACTORES: IMPUTABILIDAD O
INIMPUTABILIDAD EN EL MARCO DEL NUEVO CÓDIGO
ORGÁNICO INTEGRAL PENAL EN ECUADOR
AUTOR: AB. RUBÉN LEONELO PÉREZ ORTEGA
ASESOR: AB. RAÚL HERRAEZ QUEZADA
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CERTIFICACION DEL TUTOR
Ab. Raúl Herráez Quezada, MSc. certifico: que el Ab. Rubén Leonelo Pérez Ortega, estudiante de Post grado de la Universidad Regional Autónoma de Los Andes “UNIANDES”, ha culminado con su trabajo de investigación cuyo tema es:
“ADOLESCENTES
INFRACTORES:
IMPUTABILIDAD
O
INIMPUTABILIDAD EN EL MARCO DEL NUEVO CÓDIGO
ORGÁNICO INTEGRAL PENAL EN ECUADOR”, el mismo que ha sido
revisado en todas sus partes, dado que reúne todos los requisitos de fondo y forma exigidos por la universidad, se recomienda continuar con el trámite correspondiente.Los tratados internacionales de Derechos Humanos y del Niño, La Constitución de la República del Ecuador, el derecho penal, las leyes internas destacan el interés superior del niño por su condición de vulnerabilidad, por un lado, por otro lado en la sociedad las bandas delictivas descubrieron sus condiciones de inimputabilidad y han secuestrado a los menores hasta incluirles en su organización a cambio de cariño, comprensión y dádivas típicas de las organizaciones.
Los pensadores siguiendo al derecho comparado recomiendan levantar la inimputabilidad del menor, de romper ese candado que impide juzgar por el delito cometido, por otro lado los familiares de las víctimas reclaman al Estado leyes más duras con las que pretenden frenar la delincuencia, sin pensar que el mismo Estado sigue fabricando los mecanismos delictivos.
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DECLARACIÓN DE AUTORÍA
Ab. Leonello Pérez Ortega, estudiante de Post grado de la Universidad Regional Autónoma de Los Andes “UNIANDES”, Quevedo, autor de la tesis cuyo tema es:
“ADOLESCENTES
INFRACTORES:
IMPUTABILIDAD
O
INIMPUTABILIDAD EN EL MARCO DEL NUEVO CÓDIGO
ORGÁNICO INTEGRAL PENAL EN ECUADOR”, declaro que el tema es
original, de mi autoría y por ende son de mi exclusiva responsabilidad todos los temas vertidos en ella, cualquier inquietud o reclamo estoy presto a atender con el mayor agrado y responder por ello.De conformidad al artículo 4 y 5 de la Ley de Propiedad Intelectual, autorizo expresamente a la Universidad para que mi tema sea empleado como bibliografía en futuras investigaciones, así mismo sobre mi tema se desarrollen nuevas investigaciones.
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AGRADECIMIENTO
En el presente tema de tesis titulado:
ADOLESCENTES INFRACTORES:
IMPUTABILIDAD O INIMPUTABILIDAD EN EL MARCO DEL NUEVO
CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL EN ECUADOR
, agradezco a Dios, conductor del universo y de la vida que me ha permitido abordar mis estudios superiores, capaz de convertirme en un profesional completo y desde mi lugar de trabajo ser útil y cooperar en la solución de los problemas.Agradezco a mis padres, a mi padre especialmente que se encuentra en el cielo, quienes supieron depositar en mí la semilla de la superación, que ella se gana en el día a día con esfuerzo y trabajo, a toda mi familia que siempre me ha estado apoyando.
A mis maestros que desinteresadamente supieron depositar en mí la semilla del conocimiento, desde las aulas escolares y ahora en post grado, adquiriendo con ello las herramientas para actual responsabilidad social y profesional.
Ab. Rubén Leonelo Pérez Ortega
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DEDICATORIA
.El presente tema de tesis
ADOLESCENTES INFRACTORES:
IMPUTABILIDAD O INIMPUTABILIDAD EN EL MARCO DEL
NUEVO CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL EN ECUADOR
, se la dedico a mis padres, quienes al darme el ser me dieron la fuerza, la confianza, el respeto por el servicio a los demás y será mío el eterno compromiso de trabajo y constancia para sacar adelante a la familia, la sociedad y la justicia.Ab. Rubén Leonelo Pérez Ortega
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ÍNDICE GENERAL
Temas
Pag.
Certificación del tutor II
Declaración de autoría III
Dedicatoria IV
Agradecimiento V
Índice general VI
Resumen ejecutivo VIII
Executive sumary IX
Introducción 10
INTRODUCCIÓN:
Antecedentes de la investigación 11
Planteamiento del problema 12
Formulación del problema 16
Delimitación del problema 16
Objetivos 16
Objetivos específicos 17
Idea a defender 17
Justificación 17
Breve explicación de la metodología investigativa a emplear 19
Población y muestra 20
Resumen de la estructura de la tesis 21
Elementos de novedad, aporte teórico y significación práctica 22
CAPÍTULO I. MARCO TEÓRICO:
Antecedentes investigativos 24
Origen y evolución del objeto de investigación 24
Análisis de las distintas posiciones teóricas 26
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La familia 32
Condicionantes delictivos 35
Derechos Humanos 41
Situación jurídica de los menores 46
Principio de inimputabilidad 48
Código Orgánico Integral Penal 58
Interés Superior del Niño 59
Medidas socio educativas 61
Delincuencia juvenil 65
Derecho comparado 72
Valoración crítica de los conceptos principales de las distintas
posiciones teóricas sobre el objeto de investigación 78
Conclusiones parciales del capítulo 80
CAPÍTULO II. MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA
Caracterización del sector 81
Descripción del procedimiento metodológico para el desarrollo
De la investigación 82
Población y muestra 87
Interpretación de resultados 87
Propuesta del investigador 97
Conclusiones parciales del capítulo 109
CAPÍTULO III. VALIDACIÓN Y/O EVALUACIÓN DE RESULTADOS DE SU APLICACIÓN
Procedimiento de la aplicación de los resultados 110 Análisis de los resultados finales de la investigación, Incluye
Validación, aplicación y evaluación de los resultados de la
Aplicación de la propuesta 112
Conclusiones parciales del capítulo 113
Conclusiones generales 113
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RESUMEN EJECUTIVO
Desde los inicios de la humanidad han existido adolescentes infractores, los que han ido en aumento conforme la sociedad va evolucionando y la irresponsabilidad o desatino de padres, el Estado y la sociedad, se han concentrado, capaz de permitir el crecimiento de un monstruo llamado delincuencia juvenil, que se ha apoderado en los países del primer mundo y que ha sido exportada a los países del tercer mundo.
Las legislaciones, los tratadistas y todos quienes han tratado el tema de los adolescentes, incluso las Naciones Unidas, por un lado han buscado proteger a los adolescentes para que sean inimputables, otras legislaciones, castigan igual que el adulto, cuando un adolescente es capaz de delinquir.
El crecimiento de adolescentes infractores se debe a la irresponsabilidad de los padres de los adolescentes, quienes buscando favorecer a sus intereses se divorcian y abandona a su suerte a sus hijos, quienes son presa de la delincuencia adulta que los reclutan y explotan. El Estado por otro lado ha sido incapaz de generar políticas a favor de los adolescentes, más bien ha aportado con legislaciones que no favorecen a los adolescentes, como el divorcio, las uniones de hecho y una paupérrima educación.
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EXECUTIVE SUMARY
Since the beginning of mankind there have been juvenile offenders those who have been in increase as society will envolving and irresponsibility or folly of parents, the state and society, have focused, able to allow the growth of a monster called juvenile crime, which has taken in the countries of first world and has been exported to the third world countries.
The laws, writers and all who have tried the issue of adolescents, including the United Nations, on the one hand have sought protect teens to be ininputables, other legislation, punish as adults, when a teenager is able to commit crimes.
The growth of juvenile offenders is due to the irresponsibility of parents of teenagers who favor their interests seeking divorce and leave their fate to their children, who are prey to adult crime who recruit and exploit. The State on the other hand has been unable to generate policies for adolescents, rather they have brought with legislation that teenagers do not favor such as divorce, domestic partnerships and a very poor education.
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INTRODUCCIÓN
En la introducción.- Constan los antecedentes de la investigación, con los elementos convincentes se realiza el planteamiento del problema, para luego formular el problema en forma sintética, es necesario delimitar el problema junto con el objeto de investigación y el campo de acción, todo enmarcado en una línea de investigación, que nos lleva al planteamiento del objetivo general, en el que consta la tarea, los objetivos específicos nos orientan a la idea a defender, en breves líneas se justifica el tema, para explicar la metodología que se aplicará, para definitivamente presentar un resumen de la tesis y cerrar con los elementos de novedad, aporte teórico y significación práctica.
En el capítulo I. Marco teórico.- Se destaca lo valiosísimo del pensamiento de los diversos tratadistas que aclaran la existencia del problema, la importancia de sus opiniones para emitir un criterio respecto al problema.
En el Capítulo II. Marco metodológico y planteamiento de la propuesta.- La metodología comprende la modalidad, los tipos de investigación y los métodos, técnicas e instrumentos que utilizará en la investigación, para luego presentar la correspondiente propuesta de solución al problema.
En el Capítulo III. Validación y/o evaluación de resultados de su aplicación.-
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INTRODUCCIÓN
Antecedentes de la investigación
Desde la transición del Estado primitivo al esclavista ha surgido en el ser humano el descontento por el trato desigual, así sucedió con la principal civilización como la romana que entre patricios y plebeyos tuvieron que establecer acuerdos para que Roma siga su marcha.
La Revolución Francesa materializó una serie de aspiraciones de los seres humanos que a través de la historia habían sido relegadas, en donde fueron importantes los aportes de Montesquieu quien en su magistral obra La República, estableció o propuso que el poder en manos de uno solo es malo y sugirió la división de los poderes en legislativo, ejecutivo y judicial vigente en nuestro país hasta la constitución Política del año 1998.
Robespierre, Mirabeu, Danton y Marat ideólogos de la Revolución Francesa, después del asalto a la Bastilla, en donde se destruyó el símbolo del poder monárquico absolutista, que concluyó con la Declaración universal de los derechos del hombre y del ciudadano, que más tarde fueron acogidos por las diferentes legislaciones del mundo.
La conferencia de Yalta del año 1945 al término de la II Guerra Mundial, acordó la creación de la Organización de las Naciones Unidas, que sustituyó a la antigua Sociedad de Naciones, en el año 1948 adoptó la Declaración Universal de Los Derechos Humanos y con ellos los organismos mundiales como el CONSEJO DE SEGURIDAD, CORTE DE JUSTICIA DE LA HAYA, organismos especializados como: UNICEF., OIT., PMA. FAO. UNESCO., OMS., BM., La organización de las Naciones Unidas abrió una tremenda brecha que ahondó la guerra fría entre las potencias ganadoras de la II Guerra Mundial que se disputaban ahora por el dominio del mundo.
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Unidas. UNICEF tiene como objetivo promover la defensa de los derechos de los niños, suplir sus necesidades básicas y contribuir a su desarrollo.
La organización de las Naciones Unidas ha reconocido y proclamado la Declaración Universal de Los Derechos Humanos, en la que se reconoció que la infancia tienen derechos a cuidados y asistencia especiales, la familia es el grupo fundamental de la sociedad y medio natural para el crecimiento y bienestar en particular de los niños, que deben recibir la protección y la asistencia necesarias para ser seres útiles a la sociedad.
La Declaración de Ginebra del año 1924 sobre los derechos del niño y en la Declaración sobre los Derechos del Niño adoptada por la Asamblea General del 20 de noviembre de 1959, reconocida la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, elabora la Convención sobre los Derechos del Niño, reconocido por el Ecuador el 31 de octubre de 1990 y publicado en el Registro Oficial No. 31 del 22 de septiembre de 1992.
Planteamiento del problema
La condición jurídica de la infancia en el Ecuador se advierte desde tiempos del derecho indiano, donde éste apenas regulaba su situación mediante la creación de instituciones españolas, como ocurría con todo el derecho de las Colonias, en donde no se trataba este tema con autonomía, sino fusionado con la protección a mujeres pobres, viudas, niños abandonados, huérfanos.
El 2 de julio del año dos mil tres, entra en vigencia el Código de la Niñez y Adolescencia, el hasta entonces vigente Código de menores queda sin valor jurídico, esta nueva normativa legal, promulga la protección que el Estado, la sociedad y la familia deben brindar a los menores de edad.
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integral de las niñas, niños y adolescentes, y asegurarán el ejercicio pleno de sus derechos; se atenderá al principio de su interés superior y sus derechos prevalecerán sobre los de las demás personas (Constitución de la República del Ecuador, 2008)
El Estado, ha creado toda una política penal, que busca controlar, organizar, controlar y definir las relaciones sociales no armoniosas entre los miembros de una sociedad a través del sistema penal, pero en la presente investigación se enfoca el tema de adolescentes infractores, por el alto grado de complejidad en la aplicación de las leyes entorno a este grupo social.
La falta de oportunidades y los mecanismos de inserción, ya que el Estado aún no aporta con la suficiente ayuda y sobre todo el suficiente interés en mejorar la rehabilitación y las medidas socioeducativas. En el país no se cuenta con centros de reinserción para adolescentes infractores, donde se garantice su involucramiento en actividades productivas, para proporcionar una visión productiva del futuro de estos jóvenes.
El tema de los adolescentes infractores en la actualidad entró en otra etapa, con la promulgación del nuevo Código Orgánico Integral Penal, este posee reformatorias al Código de la Niñez y Adolescencia, en el país se ha capacitado a jueces sobre tipificación de las infracciones y delitos, existe gran cantidad de adolescentes que cometen delitos, propios de adultos y muchas veces se ven amparados por las leyes, pero existen opiniones y posiciones reales, que hacen referencia al contexto de esa conducta delictiva.
En estos tiempos la mayor cantidad de actividades ilegales o ilícitas que cometen los adolescentes son provocadas por la misma sociedad, convirtiéndose en un problema general que desvía la conducta del adolescente y que con el transcurso del tiempo se va agravando aún más hasta el punto de salirse de control.
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falta control de los horarios, vulnerabilidad, no respeto a jerarquías internas, ausencia de la autoridad paterna, lo que desencadena en las personas más vulnerables y propensas para adoptar conductas delictivas, a esto se suman la escases de planes, lineamientos y políticas gubernamentales, que prevean tales situaciones, el tema de bajo poder adquisitivo de las familias, condiciones de marginalidad de los pueblos, por la migración y el irrespeto a los derechos humanos, entre otros.
Si bien es cierto los adolescentes infractores tienen un proceso de juzgamiento especial, diferente al de los adultos infractores, esto produce que los derechos de las víctimas sean vulnerados. Recordemos que el Código de la Niñez y de la Adolescencia nos habla claramente sobre la protección integral que el Estado, la sociedad y la familia deben garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes, con el objetivo de lograr su desarrollo integral y el disfrute pleno de sus derechos establecidos en un marco de libertad, dignidad y equidad.
Empezamos diciendo que el Niño, Niña y Adolescente está revestido de muchos derechos que están consagrados en nuestra legislación. Al hablar del interés superior del niño hablamos de un principio encaminado a satisfacer el efectivo ejercicio del conjunto de derechos que posee este grupo, así las autoridades están obligadas a mantener un justo equilibrio entre estos derechos y a velar para que los mismos se cumplan de una manera más efectiva.
No es solo la nueva legislación, sino la práctica de medidas para evitar el cometimiento del delito, la educación y vigilancia desde los hogares, tan necesaria para que la transformación sea integral, con políticas gubernamentales e institucionales.
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Existe la controversia a nivel local, del irrespeto a sus derechos, lo que torna compleja la situación de los adolescente inmersos en la delincuencia juvenil, por cuanto la mayoría tienen sus valores morales en un punto que no les permite respetarse ni respetar a su entorno, sufren rechazo, marginación, y la no visión de maneras de insertarse correctamente en el tejido social.
El Código Orgánico Integral Penal, busca la implementación de normas, que de mano con la Constitución y del Código de la Niñez y Adolescencia, fortalecerá el marco de los derechos constitucionales de estas personas.
Varios proyectos presentados a la Asamblea Nacional demuestran una clara intención del Ejecutivo de disminuir la edad establecida para fijar la imputabilidad de menores de edad desde los 16 años y de establecer medidas socioeducativas como la privación de la libertad desde los 12 años.
Aparentemente la decisión de dar tratamiento de delincuentes adultos a niños/adolescentes de 16 y 17 años es una medida política ante la poca capacidad institucional del estado ecuatoriano de controlar la actual situación de seguridad ciudadana, propuesta que atenta contra el orden constitucional garantista de derechos, proteccionista de los grupos de atención prioritaria, por su alto grado de vulnerabilidad.
Para mejor explicación del problema se utiliza una herramienta práctica como es el árbol de problemas, que a continuación se analiza la relación causa-problema-efectos:
El abandono estatal en relación al problema, Son imputables o inimputables los adolescentes en relación a la normativa vigente y la realidad social?, produce el efecto legislaciones insensibles.
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La pobreza de la familia en relación al problema, Son imputables o inimputables los adolescentes en relación a la normativa vigente y la realidad social?, produce el efecto de movilidad humana.
La carencia de valores en relación al problema, Son imputables o inimputables los adolescentes en relación a la normativa vigente y la realidad social?, produce el efecto de rebeldía.
Formulación del problema
Son imputables o inimputables los adolescentes en relación a la normativa vigente y la realidad social?
Delimitación del problema:
Aunque la inimputabilidad y la imputabilidad de los adolescentes es no solo un tema nacional, sino internacional que ocupa dos polos opuestos, los unos que defienden el derecho de los menores y otros que defienden a la sociedad afectada por los hechos de los menores, por eso es necesario analizar en una de las ciudades más conflictivas y con mayor población.
Objeto de investigación y campo de acción Objeto de investigación Legislación penal
Campo de acción: Adolescentes infractores
lugar: Unidades judiciales de Guayaquil
Tiempo: Marzo – Julio 2016.
Identificación de la línea de investigación
Protección de derechos y garantías constitucionales
Objetivo general
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Objetivos específicos
Fundamentar bibliográficamente mediante consulta del Código Orgánico
Integral Penal, Constitución del Ecuador, Código de la Niñez y Adolescencia y autores nacionales y extranjeros que se pronuncien sobre la imputabilidad e inimputabilidad de menores con conductas delictivas, en relación al problema.
Diagnosticar las causas sobre los menores con conductas delictivas, la
imputabilidad e inimputabilidad de los menores con conductas delictivas. Construir las estrategias de la propuesta “Análisis socio jurídico sobre la
imputabilidad e inimputabilidad de los adolescentes infractores. Validar la propuesta por la vía de los expertos
Idea a defender
Realizando un análisis socio jurídico sobre la imputabilidad e inimputabilidad de los adolescentes con conductas delictivas, para que se establezca el grado de alarma social.
Justificación del tema
El tema de adolescentes infractores tal como lo denomina el Libro IV del Código de la Niñez y la Adolescencia, en una forma más refinada el neo constitucionalismo lo trata como adolescentes o menores con conductas delictivas, que en realidad son menores delincuentes.
El tema se justifica dado que en la degradación de la sociedad se ha alcanzado límites inconcebibles y que definitivamente ya no se puede seguir ocultando un fenómeno social que se les fue de las manos a los políticos, encargados de ejecutar políticas públicas que permitan evitar que los menores delincan.
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políticas prácticas de reeducación rehabilitación y reinserción social de los menores infractores, todos sabemos que las cárceles son escuelas del delito.
Vale la pena justificar la preocupación citando al famoso presocrático líder de la escuela pitagórica PITÁGORAS, quien en su tiempo de ver como se descuidaba en el trato de los menores manifestó “Educad a los menores y no será necesario castigar a los hombres” Está claro los menores son la esperanza de la Patria
decía otro crítico, pero se sigue aportando con políticas equivocadas, un menor que no esté estudiando y/o jugando es un menor que está en peligro
Entonces entran al juego los condicionantes delictivos insertados en la sociedad producto de las políticas equivocadas por los gobiernos de turno y no habrá nada que hacer si no se corrigen viejos procedimientos, que a la postre perjudica a la misma sociedad.
Las familias inestables, la migración, la deserción escolar, la pobreza, entre otros aportan a que los menores se conviertan en delincuentes, el padre poco o nada le interesa el estado de hijo, mucho más si la ha abandonado a su suerte, o ha migrado y lejos de la Patria ha formado otro hogar, dándole la espalda a su hijo, la pobreza que obliga a trabajar prematuramente impide que el menor siga con sus estudios, las trabas de la educación que no permite escoger al menor lo que el quiere hacer en el futuro.
El fenómeno que ha matado a la familia, lo ha pulverizado, es la institución del divorcio y de las uniones de hecho, mucho más si estas persisten solamente por la unión de cuerpos y no se cimentan sobre bases económicas sólidas sin formar sociedad de bienes o sociedad conyugal, que sea la garantía para que el menor abandonado por el padre o la madre pueda completar su formación hasta hacerse hombre útil socialmente.
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Metodología a emplear: métodos, técnicas y herramientas empleadas en la investigación
Modalidad:
- Cuali-cuantitativa - Cualitativa
- Cuantitativa
Tipos de investigación: Por su diseño:
- Teoría fundamentada - Investigación-acción
Por su alcance:
- Exploratoria - Descriptiva - Explicativa
Métodos
Métodos Empíricos
- Observación científica - Medición
- Experimento
- Análisis documental
- Recolección de la información (-) Entrevista
(-) Encuesta (-)Cuestionario
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Métodos Teóricos
- Histórico-lógico - Analítico-sintético - Inductivo-deductivo - Hipotético-deductivo - Modelación
- Enfoque sistémico
Métodos Matemáticos
- Matemática - Estadística - Otros métodos
Técnicas
- Entrevista - Encuesta - Fichaje
Instrumentos
- Guías de la entrevista - Formularios de la encuesta - Fichas bibliográficas
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Población y muestra
POBLACIÓN NO.
OPERADORES DE JUSTICIA 8
JUNTA DE PROTECCIÓN DE MENORES 16
PADRES DE FAMILIA USUARIOS DEL SISTEMA JUDICIAL 70
TOTAL 94
Resumen de la estructura de la tesis
En la introducción.- Se detallan los antecedentes que mueven al problema de investigación específicamente el desarrollo evolutivo, para luego plantearlo en forma resumida, se ajusta a línea de investigación, es importante la estructura del objetivo general, porque en él está inmersa la tarea que mueve la investigación, junto con los objetivos específicos que lleva a la idea a defender, con la cita de la metodología explicamos una gama de métodos aplicables a la investigación científica en la rama jurídica. Un breve resumen de la tesis nos guía para establecer claramente lo que son el aporte teórico, la significación práctica y la novedad científica.
En el capítulo I. Marco teórico.- Se construye con la teoría que aportan diversos tratadistas referente al tema de los adolescentes infractores, porque realmente existen posiciones encontradas, pero que en nada aportan a la solución del problema, por eso es que jurídicamente queremos demostrar que existen fuertes condicionantes que está terminando con la conciencia limpia de los adolescentes. .
En el Capítulo II. Marco metodológico y planteamiento de la propuesta.- La metodología comprende la modalidad, los tipos de investigación y los métodos, técnicas e instrumentos que utilizará en la investigación hasta demostrar de qué manera se presenta el problema y la posible solución.
En el Capítulo III. Validación y/o evaluación de resultados de su aplicación.-
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aplicará rigurosamente la correspondiente evaluación de resultado, el mismo que nos permitirá establecer los correspondientes correctivos.
Elementos de novedad, aporte teórico, significación práctica.
Elementos de novedad.
Adquiere la categoría científica el tratamiento por separado los derechos de los menores, las obligaciones de quiénes deben cuidar por ellos por su condición de vulnerabilidad, garantizando los derechos establecidos por la Organización de las Naciones Unidas, que recogió la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
El neoconstitucionalismo requiere de tratamiento científico, porque es el mecanismo para la declaración de derechos, que en nuestra Constitución consta en el artículo 1, en que consta que el Ecuador es un Estado Constitucional de derechos y justicia, por lo tanto respalda científicamente el avance de los menores con conductas delictivas.
Aporte teórico
La investigación permitirá analizar, cotejar y clasificar información que se obtenga a través de la normativa jurídica constitucional vigente en el país, la legislación internacional de obligatorio cumplimiento, con la revisión de la doctrina se tendrá más conocimiento sobre el fenómeno de los menores con conductas delictivas.
El artículo 1 y el 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño, deja fuera todo comentario, pues se está refiriendo a la inimputabilidad, que viene dada desde afuera y con la rúbrica de la Organización de las Naciones Unidas, por lo que más que la teoría son los hechos.
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necesario para su edad, siendo esa la razón por la que los adolescentes se ven obligados a delinquir para satisfacer sus necesidades.
Por otro lado más alarmante es saber que 14.774 adolescentes fueron condenados, de los cuales el 81% de los adolescentes eran consumidores de drogas, la droga más usual es la canabis (marihuana), por ser la más barata, existe un número preocupante de mujeres adolescentes que delinquen, aunque menor a los varones.
Significación práctica.
La significación práctica pretendemos extraer del análisis socio jurídico, con el que se demostrará la realidad de los adolescentes con conductas delictivas, los condicionante sociales que mueven los hilos delictivos, no se pretende dar solución a la problemática de la imputabilidad o inimputabilidad del adolescente infractor, sino informar y recomendar para la mitigación del problema referido en el trabajo investigativo.
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CAPÍTULO I. MARCO TEÓRICO
ANTECEDENTES INVESTIGATIVOS:
El tema de la presente tesis: ADOLESCENTES INFRACTORES: IMPUTABILIDAD O INIMPUTABILIDAD EN EL MARCO DEL NUEVO CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL EN ECUADOR, ha sido convenientemente consultado en la base de datos y en la biblioteca de la Universidad Regional Autónoma de Los Andes, constatándose que no existe un tema similar o parecido que trate sobre los adolescentes con conductas delictivas, es por eso la importancia de investigar este tema que ha causado alarma social y ayudará a tomar las decisiones urgentes y oportunas en el tratamiento de los adolescentes.
Bibliográficamente es interesante destacar a dos autores: Pedro Elías Guzmán Pineda y José Joaquín Aguilar, que abordan el tema con la crudeza real, hasta denominar La niñez y la Adolescencia prostituida, es que para hablar de la niñez y la adolescencia hay que primero el aspecto sociológico, lugar de donde surgen los condicionantes delictivos tal como lo apunta José Joaquín Aguilar.
1.1. Origen y evolución del objeto de investigación
Mundialmente los menores han sido aprovechados por los adultos y el Estado, Esparta llegó a formar y hasta ahora ocupa el primer sitial de haber formado los mejores soldados del mundo basado en la formación de la niñez.
La crisis económica provoca el trabajo infantil obligatorio, en donde su falta de discernimiento provoca inseguridad en sus decisiones, poniendo en riesgo su vida, es fácil presa de los delincuentes adultos o simplemente un atractivo sexual, cuántos millones de niñas han sido desfloradas por este motivo y cuantos niños abusados por los pederastas.
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la I. Guerra Mundial, los organismos de la ONU, como la Organización Internacional del Trabajo (OIT), Organización Mundial de la Salud (OMS), Organización de las naciones Unidas para la educación, la ciencia y la cultura (UNESCO) y el Fondo Internacional de Emergencia de las Naciones Unidas para la infancia UNICEF (United Natio Children’s Emergency Fund).
Hasta ahora el mundo, las naciones, la sociedad no comprende la magnitud del peligro por el abandono de los menores, cabe volver a citar la sentenciosa frase del célebre Pitágoras “Educad a los niños y no será necesario castigar a los hombres” y han pasado más de dos mil años y no existe conciencia de la
gravedad del peligro, con los niños empieza: el analfabetismo, el trabajo infantil, tráfico de personas, tráfico de órganos, esclavitud, acoso sexual, abuso sexual, maltrato infantil, pornografía infantil, prostitución infantil y la Declaración Universal de Los Derechos Humanos y la Convención sobre los Derechos del Niño.
El neoconstitucionalismo dador de derechos destaca los derechos humanos, los derechos del niños y todos los derechos, pero es incapaz de dárselos, por eso es hora de un cambio de actitud social y estatal para ejecutar prácticas, que no requiere inversiones, sino ganas, tiempo y conciencia de ciudadano, solamente así podremos reducir el alto porcentaje de menores infractores o adolescentes con conductas delictivas.
El problema ha estado siempre presente la sociedad ha tenido que aprender a vivir con ella, las madres que soñaron ven convertidos a sus hijos en hombres de bien, tienen que cargar la cruz producto de sus propios errores, sea llorando a un hijo acribillado por las fuerzas del orden o por la guerra entre organizaciones delictivas o asumir la tarea de transportar todos los días hasta que las fuerzas le permitan el alimento para sus hijos que cumplen sentencia en algún reclusorio del país.
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estatales no para atender a todos los menores en condiciones de abandono, sino para no permitir que los mayores abandonen a sus hijos, que cumplan con su deber ciudadano tal como se dispone en los numerales 1, 2, 4, 5, 7, 12, 15 y 16 del artículo 83 de la Constitución de la República del Ecuador.
1.2. Análisis de las distintas posiciones teóricas sobre el objeto de investigación
1.2.1. Niño
Esta definición existió desde la antigüedad, dado que siempre ha sido un período por el que atraviesa el ser humano, durante el cual necesita que se le prodigue toda clase de atenciones propias de su edad, quienes deben hacerlo son sus padres, pero cuando ellos no lo hacen, los adolescentes mismo deben conseguirlo.
1.2.1.1. Definición
En el artículo 1 de la Convención sobre los Derechos del Niño, se anota “Para los
efectos de la presente convención se entiende por niño todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad”
El artículo 4 del Código de la Niñez y la Adolescencia, anota: “definición de niño, Niña y Adolescente.- Niño o niña es la persona que no ha cumplido doce años de edad. Adolescente es la persona de ambos sexos entre doce y dieciocho años de edad”
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él, además los numerales anterior tienen relación como causales para declaración judicial de la pérdida de la Patria Potestad.
Si se analiza estas tres disposiciones, la Convención Sobre los Derechos del Niño, deja libertad a la legislación interna para que se le declare mayor de edad a un menor por la institución de la Patria Potestad, en lo que respecta a la responsabilidad del menor de edad.
Existe otro tratamiento respecto a la cita de la Convención, en lo que se refiere al menor víctima, ahí si la legislación interna no acogió en contenido del artículo 1 de la Convención, al limitar la edad del delito de violación y estupro, si se considera el artículo 1 de la Convención solamente existiría el delito de violación mientras sea menor de dieciocho años, y estupro cuando ya es mayor, por el engaño, lo cual es contraproducente.
1.2.1.2. Derechos
Uno de los principales derechos es el de alimentos en el que se incluye a la educación y debemos referirnos a una educación permanente del ser humano, cabe reforzar con el proverbio “Todos los días aprendemos, no aprender significa no haber vivido”
El derecho de alimentos que tienen los menores se entiende a la educación, salud, vestimenta, recreación y comida, alimento es la comida y la bebida que el ser humano toma para subsistir (Lexus editores, 1997)
La educación está dada al ser humano capaz de convertirse en un ser productivo y está dada por diferentes etapas que inicia con el nacimiento y culmina con al muerte, vale la pena analizar las llamadas ciencias agógicas
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a) Paidología.- Ciencia que estudia todo lo relativo a la infancia y su buen desarrollo físico e intelectual, no ha sido aplicado para mejor aprovechamiento, se encarga del estudio desde la edad pre escolar de 3 a 6 años de edad. La ciencia prepara al ser humano para la enseñanza.
b) Pedagogía.- Ciencia que estudia la metodología y las técnicas que se aplican a la enseñanza y la educación, especialmente la infantil. La pedagogía contemporánea está relacionada con la psicología y con la sociología. La Pedagogía es el conjunto de saberes que como disciplina, organiza el proceso educativo de las personas, en los aspectos psicológico, físico e intelectual considerando los aspectos culturales de la sociedad en general, es aplicada generalmente desde los 6 años a los doce años de edad.
La ciencia enseña al ser humano, es la edad en la que se desarrollan todas las destrezas y está listo para trascender a la siguiente etapa.
c) Hebegogía.- Estudia la educación del adolescente en su etapa de Educación Media y Diversificada.
La Hebegogía es un concepto de la mitología griega, inspirándose en la
Diosa Hebe, doncella hija de Zeus y Hera, quien representaba para los griegos a la juventud o la flor de la vida. Su equivalente en la mitología romana es IUVENTAS.
A Hebe se le representa con el torso desnudo, porque se pretende resaltar la firmeza de los rasgos de la juventud. Le acompaña a Hebe el arquetipo de los sueños y las fantasías, de la pureza y la inocencia, pero así mismo la torpeza.
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formar, templar el espíritu con la esperanza de llegar a una humanidad adulta, más centrada, más coherente.
La ciencia pone al hombre práctico y apto para desarrollar las destrezas que aprendió en la etapa anterior.
d) Andragogía.- Estudia la educación de las personas adultas hasta la madurez,
Etimológicamente la palabra adulto, proviene de la voz latina adultus, que puede interpretarse como "ha crecido" luego de la etapa de la adolescencia. El crecimiento biológico del ser humano llega en un momento determinado al alcanzar su máximo desarrollo en sus aspectos fisiológicos, morfológicos y orgánicos; sin embargo desde el punto de vista psico-social, el crecimiento del ser humano, a diferencia de otras especies, se manifiesta de manera ininterrumpida y permanente.
Para algunos estudiosos la andragogía se divide en subgrupos:
Edad Adulta Temprana (entre los 20 y 40 años)
Edad Adulta Intermedia (de los 40 a los 65 años) y
Edad Adulta Tardía (después de los 65 años de edad)
Los adultos aprenden porque en ellos se encuentran reunidos los siguientes presupuestos:
Tiene un Auto-concepto
Tiene Experiencia
Prisa en Aprender
Orientación para Aprendizaje
Motivación para Aprender
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una organización que espera mejorar su posición competitiva, mejorando sus competencias laborales y profesionales, entendiendo como competencias al conjunto de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes orientadas a un desempeño superior en su entorno, que incluyen tareas, actividades y responsabilidades, que contribuyen al logro de los objetivos buscados.
La ciencia interviene en el ser humano de acuerdo a las necesidades y los problemas que debe solucionarlos.
Iturralde expresa “La andragogía es al adulto como la pedagogía es al niño”, porque en la
e) Gerontogogía.- Estudia la educación de los adultos mayores, desde los 65 años en adelante, es preparar al individuo que ha alcanzado la edad de oro, para alargar su vida y acortar su muerte, comprende los conocimientos para la cura de sus enfermedades mezclados con la actividad alcanzada en su vida.
En la contemporaneidad existen pensadores que coinciden con las declaraciones de la Unesco en el año 1998, la educación permanente para el siglo XXI. (Pelt, 1992)
1.2.1.3. Protección
La convención sobre los derechos del niño en los numerales 2 y 3 del artículo 3 encarga la protección y el cuidado de los menores a los padres, tutores, instituciones, servicios y establecimientos de cuidado de los niños, se atenderá el interés superior del niño, dispuesto en el numeral 1 del artículo 3 (publicaciones C. d., Convención sobre los derechos del niño, 2016)
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prioritaria el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, se atenderá el interés superior del niño y sus derechos prevalecerán sobre otros derechos.
El artículo 11 del Código de la Niñez y la Adolescencia, consta el interés superior del niño, como un principio orientado a satisfacer el ejercicio efectivo de los derechos de las niñas, niños y adolescentes. En el artículo 10 del citado Código consta el deber del Estado frente a la familia, que tiene para ejecutar políticas planes y programas que apoyen a la familia para que cumplan con su responsabilidad específica.
De lo citado se puede colegir que todos estamos obligados a cumplir con el cuidado de las niñas, niños y adolescentes, pero del articulado a la realidad existe mucha distancia, pues el Estado no ha cumplido con ese deber objetivo de ciudad a las niñas, niños y adolescentes, pues a través del aparato judicial ha permitido que los padres se divorcien y se rompa la familia, quedando en total abandono, las familias tanto padre o madre siempre pensaron en el fantasma de la felicidad cuando ha fracasado con su pareja, dándoles la espalda a su hijos, el código civil ha hecho también su parte con la venia del legislador que permitió las uniones de hecho, sustentadas sin una base económica.
1.2.1.4. Efectos del abandono
En el numeral anterior está escrito la responsabilidad del estado, la sociedad y la familia que ninguno han cumplido y total las niñas, niños y adolescentes en transición a la mayoría de edad crecen desprotegidos y en ese ambiente se desarrollan los condicionantes delictivos:
a) Divorcio
b) Unión de hecho
c) Deserción escolar
d) Trabajo infantil
32 f) Alcoholismo
g) Migración
h) Prostitución
En todos estos fenómenos estamos conscientes que hemos fallado, sin embargo nos damos golpecitos de pecho y con un mea culpa parece solucionarse el problema, pero en el fondo constituyen grandes monstruos que están aniquilando a la sociedad.
1.2.2. La Familia
La familia es la principal institución que forma la sociedad, desde la familia romana se instituyeron las primeras estructuras con fundamento natural, social y jurídico.
1.2.2.1. Concepto
No existe un concepto general sobre lo que es la familia, se debe a diferentes concepciones de raza, credo, religión, pero socialmente La familia es un grupo social, organizado como un sistema abierto, constituido por un número variable de miembros, que en la mayoría de los casos conviven en un mismo lugar, vinculados por lazos ya sean consanguíneos, legales y/o de afinidad.
Etimológicamente, la palabra “familia” proviene del latín “familus” que significa “sirviente que pertenece a un amo”. La familia está estrechamente unida a un régimen de propiedad y a un sistema de producción; el esclavista, dentro de la familia había una esclava que era justamente la mujer.
1.2.2.2. Origen
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Los que estaban bajo el poder del pater era la mujer sometida al marido llamado manus, los descendientes de ambos sexos nacidos de legítimo matrimonio, las mujeres de los descendientes varones sometidos a la patria potestad (nueras, esposos y nietos), los esclavos, esclavos libertos y emancipados. Los esclavos eran considerados como cosas del cual el pater podía disponer de acuerdo a su voluntad.
El feudalismo arrojó otro tipo de organización social divido en nobles, clérigos y campesinos o villanos. Los nobles tenían a su cargo las tareas guerrera, los clérigos la vida religiosa y los villanos la labranza de la tierra, a la cual permanecían ligadas sus familias que dependían del jefe de familia.
Al entrar en la Modernidad, la familia se vuelve un espacio privado, lo que se relaciona con el surgimiento de la construcción de la noción de “individuo”. Es
interesante poder ver la privatización del espacio familiar a través del aparato jurídico, contrato social, Con el surgimiento del Estado – Nación vemos también la
complejización de las relaciones con la Iglesia.
La Revolución Industrial y los procesos de urbanización crecientes transformarán sustancialmente a la familia. Por otro lado, vemos como se reduce número de integrantes creándose la familia conyugal nuclear, caracterizada por vínculos más lábiles entre quienes pertenecen a ella. Individuos que en su condición nueva de libertad se integran masivamente a las leyes de la oferta y la demanda. La familia pasa a ser una unidad de consumo, antes que una unidad de producción (Liberati, 2005).
1.2.2.3. Significado
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crecer sano y útil en la sociedad, en cambio la mujer gerencia para que la economía sea distribuida equitativamente y nunc falte lo necesario, por eso se dice que detrás de un hombre hay una gran mujer, solamente así se crece con aptitudes, para ello se debe entonces escoger a la pareja porque se corre el riesgo de fracasar y eso lesiona las bases sociales
Todos los niños deben vivir en un lugar donde pueden amar a otros y pueden ser amados, aprendan a tratar a otros con respeto y amor y tienen esperanza para el futuro. Una casa no es solamente un lugar en donde se vive, pero, también es un lugar donde todo es cómodo y libre para ser la persona él que quiera ser (revista sociológica de la familia).
1.2.2.4. Protección
La organización de las Naciones Unidas cuenta con un Comité de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño (CDN): Es la organización internacional más importante para la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
Otro de los organismos es el Consejo de las Naciones Unidas sobre los Derechos Humanos (UNCHR), organización internacional más importante para la protección de los Derechos Humanos, es el guardián de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Tal como se ha anotado existen organizaciones, existe voluntad de ciertas personas por mantener intacta la institución familiar atendiendo a la globalización, pero la realidad de los Estados partes es diferente el legislador no tiene el mínimo escrúpulo para atentar contra la institución que fue sagrada cuando se instituía en base al matrimonio eclesiástico que era obligatorio.
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Aquí cabe la pregunta, la sociedad y el Estado está protegiendo la familia mediante la institución del divorcio?, aportan a la institución familiar las uniones de hecho?, sin sociedad de bienes ni sociedad conyugal.
1.2.2.5. Amenazas
El pensamiento de Juan Pablo II ha sido relanzado por el Papa Benedicto XVI quien, en sus intervenciones, ha hablado de la familia como de una "cuestión neurálgica, que requiere nuestra mayor atención pastoral"; (la familia) "está profundamente arraigada en el corazón de las jóvenes generaciones y se hace cargo de múltiples problemas, ofreciendo apoyo y remedio a situaciones, de otro modo, desesperadas. Y, sin embargo, la familia está expuesta, en el actual clima cultural, a muchos riesgos y amenazas que todos conocemos. A la fragilidad e inestabilidad interna se añade, en efecto, la tendencia, difusa en la sociedad y en la cultura, a contestar el carácter único y la misión propia de la familia fundada en el matrimonio
1.2.2.6. Sociedad.
La definición de sociedad proviene de dos voces: latina socius y griega logos, que significa estudio o tratado de la sociedad.
La sociedad está formada por la familia, en el primitivismos la familia formaba el ayllu, en la Roma la unión de familias formaba la gens, en el medioveo las familias se dividieron la aristócrata y la villana, en el contemporanismo las familias se limitaron a esperar los cambios que originaban las luchas y en la modernidad, la familia es el centro consumista. (Océano, 1986)
1.2.3. Condicionantes delictivos
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1.2.3.1. Divorcio
Debemos saber que desde el inicio de la era cristiana los cristianos vivían muy unidos, aislados de la sociedad pagana que comprendía sus creencias ni costumbres, entre ellos se consideraban hermanos y contribuían con donativos para atender a sus compañeros enfermos o pobres, ajustaban su conducta a las normas que les había dado Jesús, llevaban una existencia retirada y humilde, contraían matrimonio exclusivamente entre ellos y no aceptaban el divorcio.
Sería ocioso desentrañar la historia del divorcio, pues todos sabemos que los apetitos políticos especialmente en el gobierno del señor Eloy Alfaro Delgado se instituyó el divorcio, más adelante el matrimonio civil, dejó de ser un sacramento el matrimonio y el laicismo hizo su parte.
El artículo 106 del Código Civil se refiere a la disolución del vínculo matrimonial y deja a los cónyuges en condiciones de establecer nuevo matrimonio, pero el legislador jamás pensó en el grado de vulnerabilidad en la que se encuentran los hijos.
El artículo 67 de la Carta Magna reconoce a la familia en sus diversos tipos, no explica a qué tipos se refiere pero asegura que el estado protegerá como núcleo fundamental de la sociedad.
En el numeral1 del artículo 69 de la Constitución de la república del Ecuador se señala que se promoverá la maternidad y paternidad responsables, la madre y el padre estarán obligados al cuidado, crianza, educación, alimentación, desarrollo integral y protección de los derechos; en el numeral 4 del mismo artículo señala que el Estado protegerá a las madres y a los padres que sean jefes de familia, prestando especial atención a las familias disgregadas.
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utopía es un sueño bonito que jamás será realidad. Si los padres están obligados pues entonces no deben abandonar a sus hijos por ningún motivo, al referirse que el Estado protegerá, la pregunta surge con qué se protege a los menores?, señalando una pensión miserable de $ 101,00 mensual, porcentaje de un salario básico unificado, que no representa ni el 50% del valor de la canasta básica.
Creo yo que primero hay que sentarse y tirar número, para luego pensar en formar familias sin sustento, entonces aquí los menores, las madres no les queda más remedio que ser presa fácil delos malandrines que les prestan en bandeja alguna dádiva, que después quiere salir es imposible, porque los condicionantes delictivos que se han señalado son verdaderas mafias y la mafia no perdona.
1.2.3.2. Uniones de hecho
En el artículo 68 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que la unión estable y monogámica entre personas libres de vínculo matrimonial que formen hogar de hecho genera los mismos derechos del matrimonio, aquí vale recordar que el artículo 83 prohíbe el matrimonio de los menores de edad, pero en las uniones de hecho se dan casos de menores de doce años que ya son madres, quedando en inseguridad jurídica, los padres y los hijos.
Las uniones de hecho forman familias satélite, como dicen los marinos un amor en cada puerto, entonces cuál es el sostén jurídico que ampara a los menores, si no existe el mínimo interés de formar sociedad de bienes porque está contrario a sus fines personales.
1.2.3.3. Sociedad conyugal vs. Sociedad de bienes
Los matrimonios forman sociedad conyugal de conformidad al artículo 139 del Código Civil, por ende existe o subsiste la esperanza de que al presentarse la posibilidad del divorcio, por lo menos habrá que repartir.
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más si son menores de edad, que en muchas ocasiones tratando de escapar del conflicto violencia del hogar se refugian en brazos que no garantizan nada, así saliendo de la adolescencia ya han experimentado por lo menos tres compromisos, cada uno con un hijo, para quienes tiene que demandar alimentos.
La mayoría de uniones de hecho se celebran entre menores de edad, como no se sustentan en una base económica, deben acudir ante los padres de cualquiera de los involucrados, no pasado mucho tiempo surgen los desacuerdos y como no tienen nada que perder se termina la relación, luego vendrá la consabida demanda de alimentos, ella madre soltera ha interrumpido sus estudios y con una economía paupérrima tratará de salir adelante con su hijo, a quien le faltará todo principalmente el calor paterno.
No pasado mucho tiempo se despiertan las ganas de volver a casa, pero la consabida pareja ya tiene dueño, surgen las discusiones, para en no por mucho tiempo convertirse en víctima del femicidio.
1.2.3.4. Migración
La migración, llamada también movilidad humana, aporta mayoritariamente u obligatoriamente a la destrucción de la familia, el Estado ha contribuido a que las familias permanezcan divididas, hasta les dio representación legislativa, una fiesta completa ante la destrucción familiar por el sueño europeo u americano, que pienso yo, la familia no merece ninguno de los sacrificios, pues los guambras abandonados a su suerte con familiares distantes sin que nadie responda por ellos, terminan siendo víctimas de las condicionantes delictivas.
La movilidad humana, tomada como grupos de atención prioritaria, más bien son de atención prioritaria los que no han sido movilizados, a quienes más se les debería asegurar y garantizar la movilidad con sus padres.
1.2.3.5. Violencia intrafamiliar e infantil
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física, el artículo 157 se refiere a la violencia psicológica, el artículo 158 se refiere a la violencia sexual y el artículo 159 se refiere a las contravenciones contra la violencia a la mujer o miembros del núcleo familiar.
Las sanciones son primero a través del artículo 558, que a más de la boleta de auxilio expedida en el numeral 4, el 5 ordena la salida del agresor de la vivienda o morada, si la convivencia significa riesgo, pero cuando saber si la convivencia significa riesgo, quien califica, por qué no es posible conciliar para permitir el sostén de la familia, porque no aplicar primeramente el artículo 9 como primera instancia para tratar de rescatar la familia, o desarrollar como en toda sanción, amonestación, hasta llegar a la separación.
El Estado a través de la autoridad lo que trata de demostrar es su poder, sin consultar si los hijos, están de acuerdo que se le desaloje a su padre o madre, recordemos que para que existe violencia existe un sujeto activo y un pasivo, en el cual los dos tienen participación y deben tener conocimiento pleno de los resultados futuros.
Debe tenerse presente que es un tema muy delicado, que mueve los sentimientos de las parejas se pierden por los celos al ver a su pareja en otros brazos, la autoridad debe prever y asegurar que el caso no se convierta en femicidio. (Forum, 2007).
1.2.3.6. Deserción escolar
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1.2.3.7. Política estatal
Entonces es una total desorganización social que venimos arrastrando desde que nos invadieron los incas, nos remataron los españoles, nos aprovecharon en la Gran Colombia, nuestro vecino el Perú se llevó más de un millón de kilómetros cuadrados, toda nuestra herencia y nuestra riqueza, los españoles nos esclavizaron más de tres siglos, ante la falta de esclavitud nos vamos a ofrecer en España con el pretexto de migrante sacrificando nuestra familia, aquí surgen las palabras sentenciosas de Tomas Hobbes “Esto es una lucha de todos contra todos”, el Estado es el temible Leviatán, el único responsable de todo lo que se
haga o deje de hacer.
1.2.3.8. Pobreza
Las condiciones de pobreza ecuatoriana está asociada a las condiciones de desigualdad, lo que requiere la consolidación de políticas que brinden oportunidades, garantías y derechos que garanticen no solamente la inclusión social, sino la inclusión económica, dado que de acuerdo al Plan Nacional del Buen vivir las cifras son alarmantes, que se aspira disminuir considerablemente en el año 20117, año en que el Plan nacional del Buen Vivir debe demostrar el cumplimiento de las metas esperadas esto es el fin de la pobreza.
1.2.3.9. Trabajo infantil
Las estadísticas del trabajo infantil de acuerdo al Plan Nacional del Buen Vivir, son altas en consideración al año 2007, entre la población urbana y rural y en población menor de 5 a 14 años y 15 a 17 años, cuyas perspectivas son de reducirles considerablemente, pero en la actualidad el país se encuentra sumido en una recesión y una fuerte depresión económica, entonces serán imposible de cumplir con las proyección para el año 2017, lo que significaría incremento de la población infantil en el trabajo y por consiguiente el incremento de los índices de adolescentes infractores.
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1.2.3.10. Micro tráfico
El micro tráfico se ha convertido hasta la actualidad en un grave problema para el control, primeramente la tenencia de droga en menor escala se le ha considerado como consumidor, consintiendo la ley y permitiendo el micro tráfico, por otra parte la droga como marihuana y cocaína no son tan letales como la famosa H y otras igual de temerosas, en las que intervienen la sociedad, los padres de familia y hasta ciertos docentes que son imposible detectar, puesto que con la revisión de la mochila de los menores se están violando derechos, vigentes y atribuido en el Estado Constitucional de Derechos y Justicia, establecidos en el artículo 1 de la Constitución de la República del Ecuador.
La revista debe hacerlo el propio padre, pero si sucede que el mismo es el proveedor a través de sus hijos, o si en la institución educativa existen consumidores o red de micro traficantes, que no se puede actuar con ellos porque el sistema de derechos lo impide, “Los padres están en todo el derecho de revisar las pertenencias de sus hijos, no está vulnerando ningún derecho, el padre tiene
toda la potestad, la facultad legal y moral, porque lo único que está haciendo es
previniendo, a las drogas también se suman las bebidas con contenido alcohólico
y el cigarrillo, pero que padre sería capaz de entregar a su hijo a las autoridades
Los padres deben partir por los cambios de comportamiento repentinos de sus
representados, alejamiento de la familia y ojos rojos o vidriosos, y descuidado en
la presentación personal, incumplimiento de las tareas escolares, que son
síntomas de cambios en la conducta e incrementará la población de adolescentes
infractores.
1.2.4. Derechos humanos
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1.2.4.1. Definiciones
La definición de derechos humanos es universal así encontramos algunas definiciones:
a) Derechos humanos, son las libertades, reivindicaciones y facultades propias de cada individuo por el sólo hecho de pertenecer a la raza humana, son derechos de carácter inalienable, ya que nadie puede quitarle, independientes del orden jurídico que puede estar establecido, raza, nacionalidad, religión o sexo.
b) El diccionario Lexus define: “Conjunto de derechos y libertades consideradas, inherentes a la naturaleza humana”
c) Guillermo Cabanellas define: “La admisión de derecho divino, impone por antítesis la existencia de otro derecho, aquel que obra para los hombres y regulador de sus acciones al margen de la divinidad, sin existir un laicismo absoluto o un ateísmo integral.
Desde la declaración Universal de Los Derechos del hombre dados tras la Revolución Francesa, con el aporte de Mirabeu, Danton Marat y Robespierre que destruyen el poder absoluto francés bajo los principios de libertad, igualdad y fraternidad, el ser humano tiene fundamento para reclamarlos cuando sus derechos no le son reconocidos (Ecuador, 2006)
1.2.4.2. Conceptos de derecho
El derecho natural define a derecho como “El proceder correcto del individuo”,
adoptado por la mayoría de pensadores, especialmente los que reconocen el origen divino del derecho, que tiene su origen en los defensores caritativos de los hebreos y la ley Mosaica de los Diez Mandamientos.
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relaciones del individuo en la sociedad, siempre dependiendo de la clase que gobierna”
1.2.4.3. Origen
El sueño de la democracia viene desde los griegos, cuando Pericles logró consolidar definitivamente en Atenas, cunado Pericles después de doblegar a Esparta, se refirió a la Constitución que sirve de modelo para los demás pueblos, sentenció su nombre es democracia y funciona en beneficio del mayor número y no al servicio de una minoría, cuyo principio fundamental es la igualdad, en donde la ley no hace diferencia, lo que le permitió vivir el Siglo de Oro, el Siglo V, el Siglo de Pericles, en donde surgieron las figuras de: Esquilo, Sófocles, Eurípides, Aristófanes, Sócrates, la Constitución de Atenas se constituyó en una democracia en la que todos los ciudadanos tenían los mismos derechos.
La expulsión de los etruscos de Roma trajo consigo la creación de una república oligárquica dominado por los patricios, mientras que los plebeyos formaban el grupo mayoritario que exigía igualdad de los derechos, por el año 494 a.C., se retiraron al monte Aventino y amenazaron con fundar una nueva Roma, lo que obligó a los patricios el reconocimiento de la igualdad de derechos de los plebeyos, que se completó en el año 300 a. C.
La Ley de las XII Tablas dadas en el año 451, constituye uno de los avances de las aspiraciones de los plebeyos, pues ya se regían por un derecho escrito conocido por todos y no un derecho oral escondido que sabían solamente los del gobierno.
Ya entrada la Edad Media, Justiniano ordenó al jurista Triboniano, el reconocimiento de los derechos y la recopilación de las leyes denominado Corpus iuris civil (cuerpo de derecho civil), que consta de:
44 b) Instituciones o institutas
c) Código Justiniano o nuevo código d) Las novelas
Juan sin Tierra era un rey desproporcionado por lo que se ganó el descontento de todas las clases del reino de Inglaterra, los barones de Inglaterra le obligaron a firmar un documento que le obligaba a respetar las libertades fundamentales, a respetar los derechos feudales, le obligaron a evitar los abusos judiciales y exigir contribuciones, todo esto obligó al origen del parlamento, que se hizo costumbre de consultar al parlamento, más tarde este parlamento se dividió en dos cámaras la cámara de los lores y la cámara de los comunes.
Así llegamos con los rezagos feudales convertidos en absolutismo con la venia de la iglesia que protegía al rey, con el derrumbe de la bastilla en 1789 se declaran los derechos del hombre y del ciudadano.
1.2.4.4. Vigencia
Los derechos humanos empezaron a tener vigencia a raíz de la terminación de la II Guerra Mundial, cuando se reunieron los cinco grandes del mundo, Estados Unidos de Norte América, Inglaterra, Rusia, Francia y China, en Yalta y formaron la Organización de las naciones Unidas, que sustituyó a la Sociedad de Naciones formada en el Tratado de Versalles al final de la I. Guerra Mundial.
En el año 1948, la Organización de las Naciones Unidas en su Asamblea mundial puso en vigencia la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que es de obligatorio cumplimiento por todos los países parte.
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1.2.4.5. Principios universales de Libertad, igualdad y Fraternidad
El numeral 2 del artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos declara: “La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social”
El artículo 1 de la Convención sobre los Derechos del Niño anota: “Para los
efectos de la presente Convención, se entiende por niño todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad.
¿Qué pretende la convención al dejar al libre albedrío, al anotar “en virtud de la ley que le sea aplicable”, pero analicemos nuestra ley que le sea aplicable:
a) El artículo 83 del Código Civil prohíbe el matrimonio entre menores de edad.
b) El artículo 283 señala que: La Patria Potestad es el conjunto de derechos que tienen los padres sobre sus hijos no emancipados.
c) El artículo 310 del Código Civil en cuatro literales se refiere a la emancipación legal, en el numeral 4 del citado artículo señala por haber cumplido la edad de dieciocho años.
d) El artículo 222 del Código Civil cuando se refiere a la unión de hecho señala que es la unión estable y monogámica entre dos personas libres de vínculo matrimonial mayores de edad, generan los mismos derechos y obligaciones que tienen las familias constituidas mediante matrimonio, lo que es contrario a la realidad, porque los menores desde los doce años, especialmente en el campo y los que se encuentran fuera de la patria potestad, sin consultar a nadie y como una forma de autonomía entablan unión de hecho quedando al margen de la protección jurídica.
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Tampoco el principio universal de igualdad no es aplicable, porque no tiene igualdad física, no tiene igualdad económica, sus derechos prevalecen sobre los demás.
El principio de fraternidad proviene del latín fraternitas, fraternidad es el afecto y el vínculo entre hermanos o entre quienes se tratan como tales. El concepto es sinónimo de hermandad, amistad y camaradería. Filosóficamente la fraternidad nace de una sólida correspondencia entre las personas por un fuerte vínculo afectivo, este principio aparece como dogma religioso en la biblia y es enseñado desde los estoicos griegos y romanos, que fue adoptado por la república afrancesa, como: “Libertad, Igualdad y Fraternidad”
1.2.5. Situación jurídica de los menores
Es menester estudiar la situación jurídica de los adolescentes desde el punto de vista del artículo 2221 del Código Civil, por el cual los padres son responsables de los delitos y cuasidelitos cometidos por sus hijos, de igual forma de acuerdo al artículo 83 del Código Civil los menores persiste la prohibición de matrimonio a los menores, cuál sería la situación jurídica de los hijos de los menores de edad en unión de hecho, cuando se quiera aplicar el artículo 222 del Código Civil, para que surtan los mismos efectos del matrimonio (publicaciones C. d., 2015)
1.2.5.1. Definición del Código de la Niñez y la Adolescencia
En el artículo 2 del Código de la Niñez y la Adolescencia se hace constar, que todo ser humano estará protegido desde su concepción hasta que cumpla dieciocho años de edad, pero hace una excepción expresa a lo señalado en el código