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I.- DATOS GENERALES DEL PROYECTO, DEL PROMOVENTE Y DEL RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL.

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(1)

I.- DATOS GENERALES DEL PROYECTO, DEL PROMOVENTE Y DEL RESPONSABLE DEL ESTUDIO

DE IMPACTO AMBIENTAL.

I.1. PROYECTO.

Elaborar e insertar en éste apartado un croquis, donde se señalen las características de

ubicación del proyecto, las localidades próximas, rasgos fisiográficos e hidrológicos

sobresalientes y próximos, vías de comunicación y otras que permitan su fácil ubicación (Figura

I.1, Anexo 1).

I.1.1- Nombre del proyecto.

Empresario, en el municipio de Guadalupe, Nuevo León.

I.1.2.- Ubicación del proyecto.

El área donde se ubica el proyecto corresponde al municipio de Guadalupe, Nuevo León; sus

colindancias son las siguientes: al Norte con propiedad privada; al Sur con terrenos con Av. Ruiz

Cortinez; al Oriente con Av. Empresario y al poniente con propiedad privada.

Se tiene acceso por la Av. Ruiz Cortinez (rumbo a Dulces Nombres), al llegar al cruce con la Av.

Empresario se encuentra el predio del proyecto.

COORDENADAS DEL PREDIO DONDE SE DESARROLLARÁ EL PROYECTO.

Tabla I.1.- Coordenadas UTM NAD27 del polígono del proyecto “Empresario”, en el municipio de Guadalupe, Nuevo León

COORD_ID X_COORD Y_COORD COORD_ID X_COORD Y_COORD

1 381715 2843706 3 381762 2843619

2 381780 2843691 4 381702 2843658

(2)

N

E W

S

Polígono del proyecto. 378000 378000 379000 379000 380000 380000 381000 381000 382000 382000 383000 383000 384000 384000 385000 385000 2 84 30 00 2 84 30 00 2 84 40 00 284 40 00 2 84 50 00 284 50 00 2 84 60 00 284 60 00

Av. Ruiz Cortinez Av. del Empresario

Figura I.1.- Ubicación del área del proyecto “Empresario”, en el municipio de Guadalupe, Nuevo León.

(3)

Figura I.2.- Ubicación del área del proyecto “Empresario”, en el municipio de Guadalupe, Nuevo León.

(4)

I.1.3.- Tiempo de vida útil del proyecto.

Duración total (incluye todas las etapas).

5 años.

I.1.4 Presentación de la documentación legal.

En el Anexo 2, se encuentra una copia simple de la escritura del terreno y copia simple del

contrato de arrendamiento.

I.2 PROMOVENTE.

I.2.1.- Nombre o razón social.

Servicios Gasolineros de México, S. A. de C. V.

(Anexo 3.- Acta Constitutiva de la Empresa).

I.2.2.- Registro federal de contribuyentes del promoverte.

SGM950714 DC2

I.2.3.- Nombre y cargo del representante legal.

Ing. Rubén López González

(Anexo 4.- Poder e Identificación oficial del Representante Legal).

(5)

Edison #1301 esquina con Michelena

Colonia Talleres

Monterrey, Nuevo León.

C.P. 64480

I.2.5.- Nombre completo, teléfono y correo electrónico de contacto, de aquella persona con

alta jerarquía para la toma de decisiones, respecto al pero de labores del cambio de uso de

suelo y/o la realización de acciones de urgente aplicación, ello ante el riesgo potencial o

declaración de contingencia ambiental, emitida por la Autoridad competente.

Nombre: Ing. Rubén López González

Teléfono: (81) 8389 2121 ext. 2319

e-mail: [email protected]

I.3 RESPONSABLE DE LA ELABORACIÓN DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL.

I.3.1.- Nombre o razón social.

Ing. Olga Lidia López González.

I.3.2.- Registro Federal del contribuyente o CURP.

RFC: LOGO780817HV9

CURP: LOGO780817MNLPNL05

(Anexo 5 copia ID oficial).

I.3.3.- Dirección del responsable técnico del estudio.

(6)

Colonia La Petaca

Linares, Nuevo León.

C.P. 67750.

Teléfono:

01 (81) 8994 7521

045 (821) 104 3020.

(7)

II. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.

II.1 Información del proyecto.

II.1.1 Naturaleza del proyecto.

El proyecto consiste en el cambio de uso del suelo de un área de 4,028.94 m

2

para la

construcción de una gasolinera.

II.1.2 Selección del sitio.

Criterios para selección del sitio:

a)

Ambientales: El área del predio presenta elementos vegetales característicos de

matorral submontano en condición secundaria. Se trata de un área que anteriormente

ha sufrido cambios en su cubierta vegetal debido a las actividades que ahí se han

desarrollado. Actualmente posee una densidad en cobertura de alrededor del 90%.

b)

Técnicos: Las características topográficas, la pendiente, tipo de suelo, las características

geológicas y la ubicación permiten el desarrollo del mismo.

c)

Socioeconómicos: Primordialmente por ubicarse en un área de expansión de la

metrópoli y contar con los servicios requeridos como son electricidad, redes de gas

natural, agua, drenaje y telefónicas.

II.1.3 Ubicación física del proyecto y planos de localización.

a) Incluir un plano topográfico actualizado, en el que se detallen la o las poligonales

(incluyendo las de las obras y/o actividades asociadas y de apoyo, incluso estas últimas,

(8)

N

E W

S

Polígono del proyecto. 378000 378000 379000 379000 380000 380000 381000 381000 382000 382000 383000 383000 384000 384000 385000 385000 2 84 30 00 2 84 30 00 2 84 40 00 284 40 00 2 84 50 00 284 50 00 2 84 60 00 284 60 00

Av. Ruiz Cortinez Av. del Empresario

cuando se pretenda realizarlas fuera del área del predio del proyecto) y colindancias del

o de los sitios donde será desarrollado el proyecto, agregar para cada poligonal las vías

de acceso del sitio donde será desarrollado el proyecto, dibujar la hidrología del sitio,

incluyendo un recuadro en donde se indiquen las respectivas coordenadas Geográficas

con aproximación a décimas de segundo.

Figura II.1.- Ubicación del predio donde se llevará a cabo el proyecto “Empresario”, en el municipio de Guadalupe,

(9)

# # # # 1 2 3 4 N E W S

Polígono del proyecto.

# Vértice 381680 381680 381700 381700 381720 381720 381740 381740 381760 381760 381780 381780 381800 381800 2 84 36 20 2 84 36 20 2 84 36 40 2 84 36 40 2 84 36 60 284 36 60 2 84 36 80 284 36 80 2 84 37 00 284 37 00

b) Presentar un plano de conjunto del proyecto con la distribución total y la cuantificación

de las superficies para llevar a cabo el Cambio de Uso de Suelo donde se indiquen las

superficies destinadas a conservación, producción y restauración, a la misma escala que

el mapa de vegetación que se solicitará en la sección IV.2.2 inciso A.

Figura II.2.- Polígono del predio donde se llevará a cabo el CUS para el proyecto “Empresario”, en el municipio de

Guadalupe, Nuevo León.

Tabla II.1.- Coordenadas UTM NAD27 del polígono del proyecto “Empresario”, en el municipio de Guadalupe, Nuevo León

COORD_ID X_COORD Y_COORD COORD_ID X_COORD Y_COORD

1 381715 2843706 3 381762 2843619

(10)

Superficie: 4,028.94 metros cuadrados.

II.1.4 Inversión requerida.

a)

Reportar el importe total del capital total requerido (inversión + gasto de operación),

para el proyecto.

El costo estimado para la urbanización y construcción del proyecto es de $6,500,000.00

(seis millones quinientos mil de pesos 00/100).

b)

Precisar el período de recuperación del capital, justificándolo con la memoria de cálculo

respectiva.

El tiempo estimado para la recuperación de la inversión es de 6 años para la etapa

señalada.

c)

Especificar los costos necesarios para aplicar las medidas de prevención y mitigación.

Los costos necesarios para aplicar las medidas de prevención y mitigación es de es de

aproximadamente $ 540,000.00

II.1.5 Dimensiones del proyecto.

Especifique la superficie total requerida para el proyecto, desglosándola de la siguiente manera:

a)

Superficie total del predio (en m

2

).

4,028.94 m

2

.

b)

Superficie a afectar (en m

2

) con respecto a la cobertura vegetal del área del proyecto,

por tipo de comunidad vegetal existente en el predio (selva, manglar, tular, bosque,

etc.). Indicar, para cada caso su relación (en porcentaje), respecto a la superficie total del

proyecto.

(11)

El área total a desmontar es de 4,028.94 m

2

lo que representa el 100% de la superficie total del

predio del proyecto, a continuación se presenta la relación de acuerdo al tipo de vegetación

presente en el predio:

a)

Superficie (en m

2

) para obras permanentes. Indicar su relación (en porcentaje), respecto

a la superficie total.

Al igual que la anterior, ya que se contempla la totalidad a desarrollar:

b)

Superficie(s) del predio(s), de acuerdo con la siguiente clasificación: Conservación y

aprovechamiento restringido, producción, restauración y otros usos, además considerar

las dimensiones del proyecto, de acuerdo con las siguientes variantes:

Si el proyecto se encuentra dentro de un solo predio se deberá indicar el área del

proyecto y área total, en caso de estar inmerso en un predio mayor.

Si el proyecto se encuentra dentro de un conjunto predial se mencionará las

superficies totales del conjunto predial y/o de cada predio, además, especificar el

tipo de superficie en hectáreas y el porcentaje de las mismas (de acuerdo a la

siguiente tabla).

Tabla II.4.- Clasificación de superficies para proyectos que requieran el cambio de uso de suelo.

ZONAS CLASIFICACIONES SUP. EN HA. %

Zonas de Conservación Áreas Naturales Protegidas 0

Tabla II.2.- Superficies dentro del predio del Proyecto.

TIPO DE VEGETACIÓN SUPERFICIE CUBIERTA DENTRO DEL PREDIO PORCENTAJE CUBIERTO SUPERFICIE A DESMONTAR PORCENTAJE A DESMONTAR Matorral Submontano en condición secundaria. 4,028.94 m 2 100 % 4,028.94 m2 100 %

Tabla II.3.- Área a desarrollar.

m2 %

(12)

y aprovechamiento restringido

Superficie arriba de los 3,000 MSNM 0

Superficie con pendientes mayores al 100% o 45° 0 Superficies con vegetación de Manglar o Bosque

mesófilo de montaña 0

Superficie con vegetación en galería 0

Zona de producción Terrenos forestales o de aptitud preferentemente

forestal de productividad maderable alta 0 Terrenos forestales o de aptitud preferentemente

forestal de productividad maderable Media, 0 Terrenos forestales o de aptitud preferentemente

forestal de productividad maderable baja 00-40-28.94 100 Terrenos con vegetación forestal de zonas áridas 0

Terrenos adecuados para realizar forestaciones 0

Zonas de restauración Terrenos con degradación alta 0

Terrenos con degradación media 0

Terrenos con degradación baja 0

Terrenos degradados que ya estén sometidos a

tratamientos de recuperación y regeneración. 0

NOTA: LA TABLA ANTERIOR CORRESPONDE A LA ZONIFICACIÓN DE LOS TERRENOS FORESTALES Y DE APTITUD PREFERENTEMENTE

FORESTAL CON BASE EN EL INVENTARIO FORESTAL NACIONAL Y EL ORDENAMIENTO ECOLÓGICO DEL TERRITORIO NACIONAL.

II.1.6 Uso actual de suelo

Definir la categoría de uso de suelo que presenta el sitio del proyecto. Considerar lo siguiente:

El uso común o regular de suelo. Describir los usos actuales de suelo en el sitio A

manera de ejemplo se presentan las siguientes clasificaciones de uso de suelo:

agrícola, pecuario, forestal, asentamientos humanos, industrial, turismo, minería,

área natural protegida, corredor natural, sin uso evidente, etc.

El uso potencial considerando la cartografía existente y los criterios técnicos que

sustenten el o los posibles usos que pudiera dársele al terreno.

Indicar en caso de que el proyecto se localice en alguna condición especial como

son las zonas de atención prioritaria:

Las zonas de anidación, refugio, reproducción, conservación de especies en

alguna categoría de protección (de acuerdo con la normatividad vigente), o bien

las áreas de distribución de especies frágiles y/o vulnerables de vida silvestre y de

restauración del hábitat

(13)

Las zonas de aprovechamiento restringido o de veda forestal y de fauna

Los ecosistemas frágiles

El sitio del proyecto se encuentra actualmente sin un uso definido. No se encuentra dentro de

algún área de atención prioritaria.

II.1.7 Urbanización del área y descripción de servicios requeridos

Describir la disponibilidad de servicios básicos (vías de acceso, agua potable, energía eléctrica,

drenaje, etc.) y de servicios de apoyo (plantas de tratamiento de aguas residuales, líneas

telefónicas, etc.). De no disponerse en el sitio, indique cual es la infraestructura necesaria para

otorgar servicios y quien será el responsable de construirla y/u operarla (promovente o un

tercero).

El área del proyecto se encuentra en un área entre dos carreteras una con rumbo a Dulces

Nombres, por lo que posee caminos de acceso, así como los servicios de agua potable, red de

drenaje, electricidad, red de gas natural y telefonía ya que el predio colinda con un una empresa

y se encuentran cerca fraccionamientos habitacionales.

II.2 Características particulares del proyecto.

Se recomienda que se ofrezca información sintetizada de las obras principales, asociadas y/o

provisionales en cada una de las etapas que se indican en esta sección, debiendo destacar las

principales características de diseño de las obras y actividades en relación con su participación

en la reducción de las alteraciones al ambiente.

En este caso solo se realizará el retiro de la vegetación.

(14)

Presentar a través de un diagrama de Gantt, un programa calendarizado de trabajo de todo el

proyecto, desglosado por etapas (preparación del sitio, construcción, operación, mantenimiento

y abandono del sitio, en su caso), señalando el tiempo que llevará su ejecución, en términos de

semanas, meses o años, según sea el caso. Para el período de construcción de las obras, es

conveniente considerar el tiempo que tomará la construcción los períodos estimados para la

obtención de otras autorizaciones como licencias, permisos, licitaciones y obtención de créditos,

que puedan llegar a postergar el inicio de la construcción.

Tabla II.5.- Caldendarización para la etapa de desmonte y despalme.

ETAPA A Ñ O S

Preparación del sitio. 1 2 3

ACTIVIDAD Desmonte. Despalme. Construcción. Operación. Mantenimiento.

II.2.1.1 Estudios de campo y gabinete.

En este apartado se incluirán todos y cada uno de los estudios que fueron empleados para la

elaboración de la Manifestación de Impacto Ambiental, así como la justificación técnica para su

empleo.

Definir los tipos de vegetación que serían afectados, especificando la superficie de afectación

por cada tipo de vegetación y/o especie, detallando en número de individuos, volumen y/o

densidades de afectación con nombres comunes y científicos. A continuación se especifican los

resultados de los muestreos efectuados en el sitio.

En el área de estudio se realizó el conteo directo de las especies vegetales presentes debido a la

poca densidad y poca superficie.

(15)

Descripción de la vegetación con base en algunos de sus componentes de su estructura. Este

parámetro fue determinado para el estrato arbóreo.

Estimación de parámetros ecológicos.

Para corroborar que la vegetación del área de estudio se ajuste a lo establecido en la literatura y

obtener datos cuantitativos sobre su composición y estructura, se realizaron recorridos en la

superficie arbolada que ocupa el predio con el fin de analizar los componentes florísticos se

realizó un conteo directo de todas y cada una de las especies forestales que se encuentran

dentro de la superficie sujeta a cambio de uso de suelo, el inventario se realizó en forma directa

con motivo que se facilitó a la poca superficie sujeta a cambio de uso de suelo y a la poca

densidad de individuos en el terreno, para efectuar posteriormente estimaciones de

Abundancia (A), Dominancia (D) y Frecuencia (F), utilizando las siguientes fórmulas:

A = (No. de individuos de la especie / No. total de todas las especies)*100

Se refiere a la relación de la densidad de las especies comparado con un total existente (Heiseke

et al., 1985 y Franco et al., 1991). Ar = (n / N) * 100

D = (Área de la copa de la especie / Área de la copa de todas las especies)*100

Parámetro que permite estimar el grado de participación de las especies en la comunidad

(Heiseke et al., 1985 y Franco et al., 1991).

Dr = (Área de copa de la especie “i” / Área de copa total) * 100

F = (No. de parcelas con la especie / No. de parcelas muestreadas)*100.

Parámetro que permite estimar la distribución de las especies, siendo fundamental para,

conocer la estructura de la comunidad (Heiseke, et al., 1985, citado por Rocha, 1995).

(16)

Fr = (n / N) * 100

El índice de valor de importancia (IVI) mide el valor de cada especie basados en la suma de los

tres parámetros señalados (A, D y F) en sus valores relativos.

Su descripción revela la diversidad e importancia ecológica de cada especie e particular y en

forma general la comunidad florística del sitio. Para el número de cuadrantes de muestreo

establecidas se calculó un diámetro promedio de 3 cm, en tanto su altura se estimó en una

media de 2.0 m.

La Tabla siguiente muestra los resultados de los parámetros ecológicos estimados.

Tabla II.6.- Abundancia, Frecuencia, Dominancia y Valor de Importancia de las Especies presentes en el área de estudio.

Especie Nombre Científico

Abundancia Relativa Frecuencia Relativa Dominancia Relativa Índice de Valor de Importancia

Anacahuita Cordia boissieri 6.66 9.09 11.77 27.52

Cenizo Leucophyllum frutescens 24.28 12.12 8.47 44.88

Chaparro amargoso Castella tortuosa 3.13 6.06 7.06 16.25

Chaparro prieto Acacea rigidula 38.64 18.18 9.65 66.47

Coyotillo Karwinskia humboldtiana 13.97 9.09 7.06 30.12

Guajillo Acacia berlandieri 1.83 9.09 9.41 20.33

Lantana Lantana sp. 4.70 9.09 8.24 22.03

Palo verde Cercidium macrum 1.31 12.12 15.89 29.31

Uña de gato Acacia wrigtii 3.26 3.03 7.06 13.35

Yucca Yucca filifera 0.78 9.09 14.83 24.70

Maguey Agave spp 1.44 3.03 0.56 5.03

Total 100.00 100.00 100.00 300.00

En la tabla se observa que en los valores de Abundancia Relativa la especie de chaparro prieto

presento el valor más alto y las especies de yucca, guajillo, palo verde y maguey los más bajos.

En cuanto a los valores de Frecuencia Relativa la especie de chaparro prieto presentó el valor

más alto y las especies de uña de gato y maguey los valores más bajos.

(17)

En los valores de Dominancia Relativa las especies de palo verde y yucca presentaron los valores

más altos y la especie de maguey el valor más bajo.

En los valores de Valor de Importancia la especie de chaparro prieto presentó el valor más alto y

la especie de maguey el valor más bajo.

A continuación se presentan gráficamente los resultados de la tabla anterior.

Figura II.2.- Abundancia Relativa en el área de estudio en el Municipio de Guadalupe, Nuevo León.

Figura II.3.- Frecuencia Relativa en el área de estudio en el Municipio de Guadalupe, Nuevo León.

0 5 10 15 20 25 30 35 40 45

ABUNDANCIA RELATIVA

0 2 4 6 8 10 12 14 16 18 20

FRECUENCIA RELATIVA

(18)

Figura II.4.- Dominancia Relativa en el área de estudio en el Municipio de Guadalupe, Nuevo León.

Figura II.5.- Valor de importancia en el área de estudio en el Municipio de Guadalupe, Nuevo León.

Estimación del Volumen.

El método utilizado en el muestreo fue el sistema de Conteo directo.

0 2 4 6 8 10 12 14 16 18

DOMINANCIA RELATIVA

0 10 20 30 40 50 60 70

(19)

El volumen es una forma de medir la masa forestal o bien un parámetro usado para estimar la

cantidad de madera existente en un ecosistema forestal.

El volumen se calculó de la siguiente forma:

Vol. = AB * h*CM

Donde:

Vol. = Volumen

AB = Área basal del tronco;

h = Altura total del árbol.

Cm: Coeficiente mórfico

Calculo del volumen promedio por especie.

Se realizó un recorrido por las áreas que presentaban cobertura vegetal, se contabilizó cada uno

de los individuos de manera directa.

Se registraron los parámetros de altura total de cada especie, diámetro y área basal de cada

especie y cobertura de copa. Se obtuvo el volumen de cada uno de los individuos registrados de

cada especie.

Una vez determinado el volumen (m

3

r.t.a.) de cada uno de los árboles registrados por especie,

y se sumó volumen de todos los individuos por cada especie.

Determinación de Volumen total de remoción.

Una vez determinado el volumen por especie, se sumo el volumen obtenido de todas y cada una

de las especies registradas en el predio.

(20)

En la siguiente tabla se registraron los parámetros obtenidos por especie, en el área del

proyecto ubicado en el Municipio de Guadalupe, Nuevo León.

Tabla II.7.- Parámetros medidos por especie en el área del Proyecto ubicado en el Municipio del Guadalupe, Nuevo León.

Especie Altura Diámetro Cobertura

Anacahuita 1.77 0.07 1.67 Cenizo 1.43 0.02 1.20 Chaparro amargoso 1.45 0.03 1.00 Chaparro prieto 2.13 0.05 1.37 Coyotillo 1.03 0.01 1.00 Guajillo 2.13 0.04 1.33 Lantana 1.57 0.03 1.17 Palo verde 2.43 0.09 2.25 Uña de gato 0.80 0.02 1.00 Yucca 6.00 0.38 2.10 Maguey 1.50 0.8

Tabla II.8.- Volumen por especie en el área del Proyecto ubicado en el Municipio del Guadalupe, Nuevo León.

Especie Nombre Científico

Superficie de CUS (ha)

Coeficiente

mórfico Vol. Total

Anacahuita Cordia boissieri 0.402894 0.5 0.186611

Cenizo Leucophyllum frutescens 0.402894 0.5 0.026209

Chaparro

amargoso Castella tortuosa

0.402894 0.5

0.008506

Chaparro prieto Acacea rigidula 0.402894 0.5 1.101900

Coyotillo Karwinskia humboldtiana 0.402894 0.5 0.004347

Guajillo Acacia berlandieri 0.402894 0.5 0.020947

Lantana Lantana sp. 0.402894 0.5 0.016918

Palo verde Cercidium macrum 0.402894 0.5 0.077817

Uña de gato Acacia wrigtii 0.402894 0.5 0.003142

Yucca Yucca filifera 0.402894 0.5 2.085237

Total 0.402894 0.5 3.531634

A continuación se presentan los datos registrados por especie durante el inventario que se

realizó de manera directa:

Especie numero altura diámetro cobertura

volumen unitario volumen total chaparro prieto 72 2.4 0.06 1.7 0.00339293 0.24429082 chaparro prieto 22 1.7 0.04 1 0.00106814 0.02349917

(21)

chaparro prieto 85 2.8 0.08 2 0.00703718 0.59816064

chaparro prieto 52 1.7 0.04 1 0.00106814 0.05554349

chaparro prieto 45 2.5 0.06 1.5 0.0035343 0.1590435

chaparro prieto 20 1.7 0.04 1 0.00106814 0.02136288

Total 296 2.13333333 0.05333333 1.36666667 0.00286147 1.10190049

Especie numero altura diámetro cobertura

volumen unitario volumen total Cenizo 55 1.6 0.02 1.3 0.00025133 0.01382304 Cenizo 37 1.2 0.02 1 0.0001885 0.00697435 Cenizo 62 1.5 0.01 1 5.8905E-05 0.00365211 Cenizo 32 1.4 0.01 1.5 5.4978E-05 0.0017593 Total 186 1.425 0.015 1.2 0.00013843 0.0262088

Especie numero altura diámetro cobertura

volumen unitario volumen total Anacahuita 27 1.9 0.08 2 0.00477523 0.12893126 Anacahuita 11 1.7 0.06 1.5 0.00240332 0.02643656 Anacahuita 13 1.7 0.06 1.5 0.00240332 0.03124321 Total 51 1.76666667 0.06666667 1.66666667 0.00319396 0.18661104

Especie numero altura diámetro cobertura

volumen unitario volumen total palo verde 2 2.5 0.1 2.5 0.0098175 0.019635 palo verde 3 3 0.1 3 0.011781 0.035343 palo verde 2 2.5 0.1 2.5 0.0098175 0.019635 palo verde 3 1.7 0.04 1 0.00106814 0.00320443 Total 10 2.425 0.085 2.25 0.00812104 0.07781743

Especie numero altura diámetro cobertura

volumen unitario volumen total Coyotillo 48 1 0.01 1 0.00003927 0.00188496 Coyotillo 37 1.1 0.01 1 4.3197E-05 0.00159829 Coyotillo 22 1 0.01 1 0.00003927 0.00086394 Total 107 1.03333333 0.01 1 4.0579E-05 0.00434719

Especie numero altura diámetro cobertura

volumen unitario volumen total Lantana 6 1.6 0.04 1.5 0.00100531 0.00603187 Lantana 12 1.5 0.03 1 0.00053015 0.00636174 Lantana 18 1.6 0.02 1 0.00025133 0.0045239 Total 36 1.56666667 0.03 1.16666667 0.0005956 0.01691752

(22)

Especie numero altura diámetro cobertura volumen unitario volumen total chaparro amargoso 13 1.5 0.02 1 0.00023562 0.00306306 chaparro amargoso 11 1.4 0.03 1 0.0004948 0.00544282 Total 24 1.45 0.025 1 0.00036521 0.00850588

Especie numero altura diámetro cobertura

volumen unitario volumen total guajillo 4 2.5 0.06 1.5 0.0035343 0.0141372 guajillo 2 2.7 0.05 1.5 0.00265073 0.00530145 guajillo 8 1.2 0.02 1 0.0001885 0.00150797 total 14 2.13333333 0.04333333 1.33333333 0.00212451 0.02094662

especie numero altura diámetro cobertura

volumen unitario volumen total uña de gato 25 0.8 0.02 1 0.00012566 0.0031416 total 25 0.8 0.02 1 0.00012566 0.0031416

especie numero altura diámetro cobertura

volumen unitario volumen total yucca 2 6 0.35 2.5 0.2886345 0.577269 yucca 4 6 0.4 1.7 0.376992 1.507968 total 6 6 0.375 2.1 0.33281325 2.085237 maguey 11 1.5 0.8 total 11 1.5 0.8

Presentar un Programa de Protección para aquellas especies que se distribuyen en el sitio del

proyecto que estén consideradas en alguna categoría de protección según la

NOM-059-ECOL-2001, en dicho programa deberá de identificar aquellas áreas que presenten mayor densidad

poblacional de estas especies y su posible segregación de las obras y actividades en dichas

áreas.

En el área del proyecto NO se registraron especies de cactáceas, pero no se descarta la

presencia de ellas; por lo que se implementará un programa de rescate de cactáceas (Anexo 6) y

las cuales serán reubicadas en otro lugar, en primera instancia se tiene donarlas al municipio de

Guadalupe, N. L.

(23)

Presentar un Programa de Rescate de Flora y Fauna que deberá instrumentarse previamente a

las actividades de despalme, desmonte y/o remoción, en dicho programa se identificarán

aquellas especies arbóreas que deberán preferentemente conservarse in situ o bien, sean

integradas al diseño de áreas verdes de a cuerdo al proyecto de que se trate, de igual manera se

identificarán aquellas especies biológicas de especial interés como cactus, bromelias y

orquídeas, susceptibles de trasplante, así como de especies que cuenten con algún tipo de valor

regional o biológico.

Para el trasplante de estas especies se deberá presentar las técnicas a emplear para su

reubicación y seguimiento e indicar los sitios específicos para su reubicación y que se

consideraran como vegetación permanente y las superficies de los mismos.

Presentar un Programa de Conservación de Suelos para aquellas áreas en las que pueda

presentarse problemas de erosión en donde se llevarán a cabo acciones de conservación y/o

restauración de suelos con el propósito de evitar su pérdida en el área del proyecto.

Dicho programa deberá contener cuando menos:

• Estimación de la pérdida de suelos del área propuesta para el proyecto en el estado actual.

• Pronóstico de la pérdida de suelo al remover la cubierta vegetal, sin medidas de mitigación.

• Medidas de protección y conservación de suelos que se propone realizar y programa de

ejecución.

• Pronóstico de la pérdida de suelo con la realización del proyecto, incluyendo las medidas de

mitigación.

Durante la realización de los muestreos NO se encontraron ejemplares de cactáceas, en caso de

que se encontrasen durante la etapa de desmonte y despalme; éstos serán rescatados y

reubicados; así mismo, no se detectaron excretas, madrigueras, huellas, ni ejemplares de fauna

(24)

silvestre (mamíferos y/o reptiles) a excepción de algunas especies de aves: Aún asi se anexa

programa de rescate de fauna.

II.2.2 Preparación del sitio.

Se recomienda que en éste apartado se haga una descripción concreta y objetiva de las

principales actividades que integran esta etapa, señalando características, diseños o

modalidades.

En esta etapa se removerá la vegetación presente y se quitará parte del suelo. El retiro de la

vegetación se hará con motoconformadora o traxcavo de manera paulatina permitiendo en

caso de que se encontrase fauna, esta se retire a tiempo del sitio, evitando sea dañada durante

las operaciones.

II.2.3 Descripción de obras y actividades provisionales del proyecto.

Es importante que en este apartado se incluya una descripción completa pero resumida de las

principales obras (apertura o rehabilitación de caminos de acceso, campamentos, almacenes,

talleres, oficinas, patios de servicio, comedores, instalaciones sanitarias, regaderas, obras de

abastecimiento y almacenamiento de combustible, etc.) y actividades (mantenimiento y

reparaciones del equipo y maquinaria, apertura de préstamos de material, tratamiento de

algunos desechos, etc) de tipo provisional y que se prevea realizar como apoyo para la

construcción de la obra principal. Es necesario destacar dimensiones y temporalidad de las

mismas. También es importante destacar las características de su diseño que favorezcan la

minimización o reducción de los impactos negativos al ambiente.

Se instalará 2 sanitarios portátiles ya que se trabajara con un buldózer o en su defecto una retro

excavadora, no habrá ningún campamento ni bodega para esta etapa de urbanización, el

material producto de la limpieza y desmonte será retirado en camiones subcontratados que

(25)

solo servirán para el transporte del material al tiradero mas cercano. El acceso al predio se

efectuará por los caminos preexistentes.

II.2.4 Etapa de construcción.

En este rubro se describirá al menos lo siguiente: obras permanentes, asociadas y sus

correspondientes actividades de construcción, de ser el caso, tanto sobre tierra firme como en

el medio acuático. Es recomendable se describan someramente los procesos constructivos, y en

cada caso, señalar las características de estos que deriven en la generación de impactos al

ambiente así como las modificaciones previstas, cuando estas procedan, a dichos procesos para

reducir sus efectos negativos. No es útil incluir el catálogo de los conceptos de la obra, sino

únicamente la parte o etapa constructiva más representativa.

No aplica.

II.2.5 Etapa de operación y mantenimiento.

Con la misma orientación de los rubros anteriores, se recomienda describir los programas de

operación y mantenimiento de las instalaciones, en los que se detalle lo siguiente: a)

descripción general del tipo de servicios que se brindarán en las instalaciones. b) tecnologías

que se utilizarán, en especial las que tengan relación directa con la emisión y control de residuos

líquidos, sólidos o gaseosos; c) tipo de reparaciones a sistemas, equipos, etc.; d) especificar si se

pretende llevar a cabo control de malezas o fauna nociva, describiendo los métodos de control.

No aplica

(26)

Como obra asociada se identifica a toda aquella obra que complemente a cualquiera de las

obras principales como podrían ser: los edificios de áreas administrativas, de servicios, etc. El

tratamiento a desarrollar en este caso es similar al de los rubros anteriores.

No se harán obras asociadas, se instalarán 2 sanitarios portátiles ya que se trabajara con un

buldózer o en su defecto una retro excavadora, no habrá ningún campamento ni bodega para

esta etapa de urbanización, el material producto de la limpieza y desmonte será retirado en

camiones subcontratados que solo servirán para el transporte del material al tiradero mas

cercano. El acceso se efectuará por los caminos preexistentes.

II.2.7 Etapa de abandono del sitio.

Presentar todos aquellos planes y/o programas que serán tomados en cuenta para la

rehabilitación, compensación y restitución de todas las obras y/o actividades del proyecto.

Presentar un Programa detallado del abandono del sitio, en el que se defina el destino que se

dará a las obras (provisionales y/o definitivas) una vez concluida la vida útil del proyecto.

Una descripción de las actividades de rehabilitación, restitución o compensación de las

superficies intervenidas.

Una descripción de los posibles cambios en toda el área del proyecto como consecuencia

del abandono.

No se pretende abandonar el sitio, una vez que se retire la vegetación se comenzará con la

etapa de construcción de la gasolinera.

II.2.8 Generación, manejo y disposición de residuos sólidos, líquidos y emisiones a la

atmósfera.

(27)

Resulta conveniente identificar los residuos que habrán de generarse en las diferentes etapas

del proyecto y describir su manejo y disposición, considerando al menos lo siguiente: tipo de

residuos (sólido o líquido, orgánico o inorgánico) y emisión a la atmósfera.

Los residuos que se generaran durante la etapa de preparación del sitio y operación son:

Material vegetal producto del desmonte (SO),

Tierra o suelo producto del despalme (SO e I),

Residuos de la alimentación de los trabajadores (SO e I),

Aguas residuales de la operación de los sanitarios portátiles (LO) y

Residuos de operaciones de mantenimiento menor de la maquinaria y equipo, (esto

último solo en casos fortuito). (RPO)

Los primeros 4 residuos serán de tipo no peligrosos y los últimos podrían resultar peligrosos.

Los residuos sólidos orgánicos serán colectados en tambos de 200 lts y posteriormente llevados

al relleno sanitario municipal para disposición definitiva, los residuos líquidos orgánicos

producto de las aguas residuales del sanitario portátil serán recogidos por la empresa que

presta el servicio de renta, al cual cuenta con la autorización respectiva para su manejo, y

dispondrán de ellos de acuerdo a su protocolo de manejo autorizado, en el caso de generar

residuos peligrosos (caso fortuito), serán enviados a empresas autorizadas para su disposición y

manejo.

Abreviaturas. SO e I = Sólido orgánico e inorgánico, LO e I = Líquido orgánico e inorgánico, RPO =

Residuo peligroso orgánico.

Tanto el parque vehicular como la maquinaria generaran emisiones a la atmósfera producto de

la combustión interna de los motores, para atenuar su producción, deberán de estar en

condiciones optimas de operación.

(28)

II.2.9 Infraestructura para el manejo y la disposición adecuada de los residuos.

Es necesario identificar y reportar la disponibilidad de servicios de infraestructura para el

manejo y disposición final de los residuos, en la localidad y/o región, tales como: rellenos

sanitarios, plantas de tratamiento de aguas residuales municipales, servicios de separación,

manejo, tratamiento, reciclamiento o confinamiento de residuos, entre otros.

En caso de hacer uso de ellos indicar si estos servicios son suficientes para cubrir las demandas

presentes y futuras del proyecto y de otros proyectos presentes en la zona.

En el caso de Nuevo León cuenta con una amplia infraestructura tanto para el manejo de

residuos sólidos como de residuos peligrosos, específicamente para este proyecto los residuos

serán enviados al basurero municipal.

(29)

III. VINCULACIÓN CON LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS APLICABLES EN MATERIA

AMBIENTAL Y EN SU CASO, CON LA REGULACIÓN DEL USO DEL SUELO

Con base en las características del proyecto propuesto, a continuación se identifican y analizan

los diferentes instrumentos de planeación que ordenan la zona donde se pretende establecer, a

fin de sujetarse a los instrumentos con validez legal que rigen el desarrollo de actividades que

contemplan procesos de cambio de uso de suelo.

De acuerdo a las disposiciones contenidas en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la

Protección al Ambiente y la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, así como en sus

respectivos reglamentos, corresponde a la Federación las ordenaciones ambientales para la

remoción de la vegetación.

El sitio proyectado se caracteriza por situarse en una zona de crecimiento urbano, que cuenta

con poca vegetación nativa, por lo que deberán establecerse una serie de medidas restrictivas

encaminadas a prevenir o mitigar los impactos adversos causados por la ejecución del proyecto

en el componente arbustivo del ecosistema.

Planes de Ordenamiento Ecológico del Territorio decretados

A nivel nacional se cuenta con una serie de criterios de ordenamiento ecológico, mismos que no

existen a nivel municipal ni para el estado de Nuevo León (Figura III.1), los cuales abarcan temas

que van desde el control de la contaminación sobre los recursos naturales (agua, aire y suelo),

hasta la reglamentación de ciertas actividades sectoriales.

De los que se encuentran disponibles para su consulta, ninguno incide directamente sobre el

predio donde se pretende desarrollar el proyecto; sin embargo, por la naturaleza de su

contenido se recomienda aplicar los siguientes criterios durante las diferentes fases de

implementación, teniendo como propósito lograr el aprovechamiento racional y sostenido de

los recursos naturales, así como aminorar los impactos adversos sobre el ambiente.

(30)

Figura III.1.- Estado de los Programas de ordenamiento ecológico regional en la República Mexicana, 2004

(www.semarnat.gob.mx).

En materia de aire:

Prohibir la descarga o emisión de contaminantes que alteren la atmósfera o que

provoquen degradación en perjuicio del ecosistema.

Prohibir la emisión de contaminantes por energía térmica y ruido en contravención de

las disposiciones legales relativas.

Tomar medidas técnicas preventivas para evitar efectos nocivos en la salud de la

población.

(31)

Prohibir la descarga, depósito o infiltración de contaminantes en los suelos sin el

cumplimiento de las normas reglamentarias y los lineamientos técnicos

correspondientes.

Todos los contaminantes que se depositen o se infiltren en el suelo deberán contar con

un tratamiento previo a efecto de reunir las condiciones necesarias para evitar o

prevenir su contaminación, alteraciones nocivas en el proceso biológico y alteraciones

en el aprovechamiento, uso y explotación.

En materia forestal (considerando forestal toda cubierta vegetal constituida por árboles,

arbustos y vegetación espontánea que tenga influencia directa contra la erosión normal en el

régimen hidrográfico, sobre las condiciones climatológicas y que pueda además desempeñar

funciones de producción y de recreo. Se excluyen los terrenos con fines agrícola, hortícola o

ganadero):

Prohibir el uso del fuego en forma que pueda propagarse en los terrenos forestales y sus

colindancias.

Observar las recomendaciones emanadas de la aplicación del procedimiento de impacto

ambiental, con objeto de mitigar los efectos negativos al medio ambiente.

Utilizar la vegetación natural y fijadores de suelo en áreas afectadas por los movimientos

de tierra.

Disponer adecuadamente los desechos resultantes de movimientos de tierra, de la

remoción de la cubierta vegetal y de materiales de construcción excedentes.

(32)

Seleccionar las áreas de depósito que permitan la incorporación de dichos materiales al

suelo sin efectos colaterales adversos al medio ambiente, o bien utilizar los materiales

para la restauración de los bancos explotados.

Planes y Programas de Desarrollo Urbano Estatales y Municipales o en su caso, del Centro de

Población.

a) Plan Estatal de Desarrollo, Nuevo León, 2004-2009

En este se definen los objetivos y estrategias en materia de vivienda, ecología y medio

ambiente, desarrollo urbano y su equipamiento, agua, carreteras y caminos, transporte,

tenencia de la tierra y el desarrollo regional, buscando mejorar el nivel y calidad de vida de la

población urbana y rural entre otros aspectos, mediante:

- La vinculación del desarrollo urbano con la concertación social de la población;

- La adecuada interrelación socioeconómica de los centros de población, el desarrollo urbano

sustentable de Estado;

- El impulso del desarrollo de los centros de población estratégicos;

- La concertación de las zonas metropolitanas;

- La concertación y concertación de la inversión pública y privada.

En la sección “Por un desarrollo ordenado y sustentable”, el Plan establece como uno de sus

objetivos estratégicos la promoción de una nueva cultura para la protección del ambiente y los

recursos naturales en el ámbito estatal, mediante 10 grandes estrategias que abordan los temas

prioritarios de la agenda ambiental: nuevo marco jurídico y administrativo, mejora en la gestión

(33)

ambiental, manejo integral del agua, educación e información ambiental, manejo integral de los

residuos y fomento del reciclaje, aprovechamiento y desarrollo sustentable de los recursos

forestales y la vida silvestre, gestión para el desarrollo tecnológico sustentable, fomento a la

participación ciudadana, aprovechamiento del patrimonio ecológico de la entidad y

ordenamiento ecológico regional y local.

El Plan Estatal de Desarrollo recoge la legítima inquietud de la sociedad por contar con un

entorno habitable y armonioso, propio al desarrollo de las actividades de quienes la integran.

De ahí se señala la necesidad de afrontar los retos y problemas que entrañan los centros

urbanos como necesarios generadores de contaminación bajo una forma planificada y

coherente con una visión de conjunto, con el propósito de lograr un desarrollo ordenado y

sustentable.

b) Plan de Desarrollo Urbano Municipal.

Se presenta en el Anexo 7, la Factibilidad otorgada por el municipio de Guadalupe, Nuevo León.

Normas Oficiales Mexicanas

NOM-041-SEMARNAT-1993. Que establece los niveles máximos permisibles de emisión de gases

contaminantes provenientes del escape de vehículos automotores en circulación que usan

gasolina como combustible.

NOM-044-SEMARNAT-1993. Que establece los niveles máximos permisibles de emisión de

hidrocarburos no quemados, bióxido de carbono, óxidos de nitrógeno, partículas suspendidas

totales y opacidad de humo provenientes del escape de motores nuevos que usan diesel como

combustible y que se utilizan para la propulsión de vehículos automotores con peso bruto

vehicular mayor de 3,857 Kg.

(34)

NOM-059-SEMARNAT-2001. Que determina las especies y subespecies de flora y fauna silvestre

y acuática en peligro de extinción, amenazadas, raras y las sujetas a protección especial y que

establece especificaciones para su protección.

NOM-080-SEMARNAT-1994. Que establece los límites máximos permisibles de emisión de ruido

proveniente del escape de los vehículos automotores, motocicletas y triciclos motorizados en

circulación y su método de medición.

Decretos y Programas de Manejo de Áreas Naturales Protegidas

Tal como ha sido citado en el contenido de este Estudio, la ubicación del proyecto no concuerda

con los límites de las Áreas Naturales Protegidas (ANP´s) de regulación federal o estatal.

Leyes y Reglamentos

a) Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (publicada en el Diario

Oficial de la Federación el 28 de enero de 1988).

De acuerdo a la actividad a desarrollar (cambio de uso del suelo), y que lleva implícita el retiro

de la vegetación forestal en un área mayor a 1000 m

2

, la actividad queda comprendida en las

actividades que requieren presentar una Manifestación de Impacto Ambiental modalidad

Particular ante la Federación, siendo de competencia federal en materia de evaluación del

impacto ambiental, de acuerdo a lo establecido en el artículo 28 de la Ley General del Equilibrio

Ecológico y la Protección al Ambiente, en su fracción VII, que al calce dice:

SECCION V. Evaluación del Impacto Ambiental

ARTICULO 28.- La evaluación del impacto ambiental es el procedimiento a través del cual la Secretaría establece las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el ambiente. Para ello,

(35)

en los casos que determine el Reglamento que al efecto se expida, quienes pretendan llevar a cabo algúna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaría:

I a VI...

VII.- Cambios de uso del suelo de áreas forestales, así como en selvas y zonas áridas;

El Reglamento de la presente Ley determinará las obras o actividades a que se refiere este artículo, que por su ubicación, dimensiones, características o alcances no produzcan impactos ambientales significativos, no causen o puedan causar desequilibrios ecológicos, ni rebasen los límites y condiciones establecidos en las disposiciones jurídicas referidas a la preservación del equilibrio ecológico y la protección al ambiente, y que por lo tanto no deban sujetarse al procedimiento de evaluación de impacto ambiental previsto en este ordenamiento.

Para los efectos a que se refiere la fracción XII del presente artículo, la Secretaría notificará a los interesados su determinación para que sometan al procedimiento de evaluación de impacto ambiental la obra o actividad que corresponda, explicando las razones que lo justifiquen, con el propósito de que aquellos presenten los informes, dictámenes y consideraciones que juzguen convenientes, en un plazo no mayor a diez días.

Una vez recibida la documentación de los interesados, la Secretaría, en un plazo no mayor a treinta días, les comunicará si procede o no la presentación de una manifestación de impacto ambiental, así como la modalidad y el plazo para hacerlo. Transcurrido el plazo señalado, sin que la Secretaría emita la comunicación correspondiente, se entenderá que no es necesaria la presentación de una Manifestación de Impacto Ambiental.

El proyecto está vinculado con la Fracción VII del Artículo 28; Cambios de uso de suelo de áreas

forestales, así como en selvas y zonas áridas, ya que presenta vegetación de matorral.

b) Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en

Materia del Impacto Ambiental (Diario Oficial de la Federación del 30 de mayo del 2000)

(36)

Y dicha actividad queda reafirmada de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la LGEEPA

en materia de Evaluación del Impacto Ambiental, en su artículo 5, inciso O, fracción I que al

calce dice:

Capítulo II. De las obras o actividades que requieren autorización en materia de impacto

ambiental y de las excepciones.

Artículo 5o.- Quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización de la Secretaría en materia de impacto ambiental:

A) a N) ...

O) Cambios de uso del suelo de áreas forestales, así como en selvas y zonas áridas:

I. Cambio de uso del suelo para actividades agropecuarias, acuícolas, de desarrollo inmobiliario, de infraestructura urbana, de vías generales de comunicación o para el establecimiento de instalaciones comerciales, industriales o de servicios en predios con vegetación forestal, con excepción de la construcción de vivienda unifamiliar y del establecimiento de instalaciones comerciales o de servicios en predios menores a 1,000 metros cuadrados, cuando su construcción no implique el derribo de arbolado en una superficie mayor a 500 metros cuadrados, o la eliminación o fragmentación del hábitat de ejemplares de flora o fauna sujetos a un régimen de protección especial de conformidad con las normas oficiales mexicanas y otros instrumentos jurídicos aplicables;

II a III…..

c) Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (Diario Oficial de la Federación del 25 de

febrero de 2003)

Así mismo, para realizar el retiro de vegetación forestal, se requiere autorización de la

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) mediante la presentación de

(37)

un Estudio Técnico Justificativo de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Desarrollo

Forestal Sustentable (LGDFS) de acuerdo a lo establecido en los artículos:

58 fracción I ya que corresponde a la SEMARNAT otorgar su autorización,

ARTICULO 58. Corresponderá a la Secretaría otorgar las siguientes autorizaciones:

I. Cambio de uso de suelo en terrenos forestales, por excepción

117 el cual establece el procedimiento para otorgar la autorización,

ARTICULO 117. La Secretaría sólo podrá autorizar el cambio de uso del suelo en terrenos forestales, por excepción,

previa opinión técnica de los miembros del Consejo Estatal Forestal de que se trate y con base en los estudios técnicos justificativos que demuestren que no se compromete la biodiversidad, ni se provocará la erosión de los suelos, el deterioro de la calidad del agua o la disminución en su captación; y que los usos alternativos del suelo que se propongan sean más productivos a largo plazo. Estos estudios se deberán considerar en conjunto y no de manera aislada.

En las autorizaciones de cambio de uso del suelo en terrenos forestales, la autoridad deberá dar respuesta debidamente fundada y motivada a las propuestas y observaciones planteadas por los miembros del Consejo Estatal Forestal.

No se podrá otorgar autorización de cambio de uso de suelo en un terreno incendiado sin que hayan pasado 20 años, a menos que se acredite fehacientemente a la Secretaría que el ecosistema se ha regenerado totalmente, mediante los mecanismos que para tal efecto se establezcan en el reglamento correspondiente.

Las autorizaciones que se emitan deberán atender lo que, en su caso, dispongan los programas de ordenamiento ecológico correspondiente, las normas oficiales mexicanas y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

La Secretaría, con la participación de la Comisión, coordinará con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, la política de uso del suelo para estabilizar su uso agropecuario, incluyendo el sistema

(38)

de roza, tumba y quema, desarrollando prácticas permanentes y evitando que la producción agropecuaria crezca a costa de los terrenos forestales.

Las autorizaciones de cambio de uso del suelo deberán inscribirse en el Registro.

La Secretaría, con la participación de la Comisión, coordinará con diversas entidades públicas, acciones conjuntas para armonizar y eficientar los programas de construcciones de los sectores eléctrico, hidráulico y de comunicaciones, con el cumplimiento de la normatividad correspondiente.

y 118, que da cuenta de la acreditación del depósito al Fondo Forestal Nacional, como

compensación:

ARTICULO 118. Los interesados en el cambio de uso de terrenos forestales, deberán acreditar que otorgaron

depósito ante el Fondo, para concepto de compensación ambiental para actividades de reforestación o restauración y su mantenimiento, en los términos y condiciones que establezca el Reglamento.

d) Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (Diario Oficial de la

Federación del 21 de febrero de 2005)

El artículo 120 de Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable indica el

procedimiento que el promoverte debe seguir con el fin solicitar la autorización

Artículo 120. Para solicitar la autorización de cambio de uso del suelo en terrenos forestales, el interesado deberá solicitarlo

mediante el formato que expida la Secretaría, el cual contendrá lo siguiente:

I. Nombre, denominación o razón social y domicilio del solicitante; II. Lugar y fecha;

III. Datos y ubicación del predio o conjunto de predios, y

IV. Superficie forestal solicitada para el cambio de uso de suelo y el tipo de vegetación por afectar.

Junto con la solicitud deberá presentarse el estudio técnico justificativo, así como copia simple de la identificación oficial del solicitante y original o copia certificada del título de propiedad, debidamente inscrito en el registro público que corresponda o, en su caso, del documento que acredite la posesión o el derecho para realizar actividades que impliquen el cambio de uso del suelo en terrenos forestales, así como copia simple para su cotejo. Tratándose de ejidos o comunidades agrarias, deberá

(39)

presentarse original o copia certificada del acta de asamblea en la que conste el acuerdo de cambio del uso del suelo en el terreno respectivo, así como copia simple para su cotejo.

El derecho para realizar actividades que impliquen el cambio de uso del suelo, con motivo del reconocimiento, exploración superficial y explotación petrolera en terrenos forestales, se podrá acreditar con la documentación que establezcan las disposiciones aplicables en materia petrolera.

y el artículo 121 el contenido del Estudio Técnico Justificativo que se elabore para solicitar la

autorización:

Artículo 121. Los estudios técnicos justificativos a que hace referencia el artículo 117 de la Ley, deberán contener la información

siguiente:

I. Usos que se pretendan dar al terreno;

II. Ubicación y superficie del predio o conjunto de predios, así como la delimitación de la porción en que se pretenda realizar el

cambio de uso del suelo en los terrenos forestales, a través de planos georeferenciados;

III. Descripción de los elementos físicos y biológicos de la cuenca hidrológico-forestal en donde se ubique el predio;

IV. Descripción de las condiciones del predio que incluya los fines a que esté destinado, clima, tipos de suelo, pendiente media,

relieve, hidrografía y tipos de vegetación y de fauna;

V. Estimación del volumen por especie de las materias primas forestales derivadas del cambio de uso del suelo; VI. Plazo y forma de ejecución del cambio de uso del suelo;

VII. Vegetación que deba respetarse o establecerse para proteger las tierras frágiles;

VIII. Medidas de prevención y mitigación de impactos sobre los recursos forestales, la flora y fauna silvestres, aplicables durante

las distintas etapas de desarrollo del cambio de uso del suelo;

IX. Servicios ambientales que pudieran ponerse en riesgo por el cambio de uso del suelo propuesto;

X. Justificación técnica, económica y social que motive la autorización excepcional del cambio de uso del suelo;

XI. Datos de inscripción en el Registro de la persona que haya formulado el estudio y, en su caso, del responsable de dirigir la

ejecución;

XII. Aplicación de los criterios establecidos en los programas de ordenamiento ecológico del territorio en sus diferentes

categorías;

XIII. Estimación económica de los recursos biológicos forestales del área sujeta al cambio de uso de suelo; XIV. Estimación del costo de las actividades de restauración con motivo del cambio de uso del suelo, y XV. En su caso, los demás requisitos que especifiquen las disposiciones aplicables.

Y por último el artículo 123 establece lo referente al otorgamiento de la autorización por parte

de la SEMARNAT, previo depósito al Fondo Forestal Mexicano:

(40)

Artículo 123. La Secretaría otorgará la autorización de cambio de uso de suelo en terreno forestal, una vez que el interesado haya realizado el depósito a que se refiere el artículo 118 de la Ley, por el monto económico de la compensación ambiental determinado de conformidad con lo establecido en el artículo 124 del presente reglamento.

El trámite será desechado en caso de que el interesado co acredite el depósito a que se refiere el párrafo anterior dentro de los treinta días hábiles siguientes a que surta efecto la notificación.

Una vez acreditado el depósito, la Secretaría expedirá la autorización correspondiente dentro de los diez días hábiles siguientes. Transcurrido el plazo sin que la Secretaría otorgue la autorización, ésta se entenderá concedida.

En términos generales, de acuerdo a lo establecido en los criterios normativos analizados

durante la elaboración de los estudios ambientales y a las medidas recomendadas, se concluye

que la ejecución del proyecto es congruente con la regulación federal en materia de cambio de

uso de suelo, acorde a los diferentes instrumentos jurídicos y de planeación examinados.

Como fue citado anteriormente, además de la presentación de esta Manifestación de Impacto

Ambiental Modalidad Particular, se ha sujetado a la SEMARNAT de manera paralela la

correspondiente se presenta el Estudio Técnico Justificativo.

(41)

IV. DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA AMBIENTAL Y SEÑALAMIENTO DE LA PROBLEMÁTICA

AMBIENTAL DETECTADA EN EL ÁREA DE INFLUENCIA DEL PROYECTO. INVENTARIO

AMBIENTAL

IV.1 Delimitación del área de estudio.

La zona de estudio se delimitó con respecto a la ubicación y amplitud de los componentes

ambientales con los que el proyecto tendrá alguna interacción, aplicando los siguientes criterios

para el establecimiento del área de estudio:

a) Dimensiones del proyecto.

La superficie total del proyecto es de 4,028.94 m

2

, la superficie donde se efectuará el cambio de

uso del suelo es de 4,028.94 m

2

.

b) Conjunto y tipo de obras a desarrollar.

En este caso solo se efectuará el cambio de uso del suelo (CUS) por lo que se retirará la

vegetación únicamente dentro del área del proyecto, limitándose al polígono del mismo.

c) Factores sociales y económicos (poblados, mano de obra, etcétera).

La ubicación del área del proyecto se encuentra en crecimiento habitacional, contando con la

disponibilidad de todos los servicios públicos y medios de transportes.

El centro poblado más cercano y donde se prevé se tenga el mayor impacto en demanda de

mano de obra serán las colonias del municipio de Guadalupe, las cuales se sitúan en los

alrededores del área del proyecto.

(42)

El área del proyecto se encuentra ubicada en un valle en el municipio de Guadalupe, Nuevo

León.

Se establecen como límites del área bajo estudio las cotas 440 m. Así como la provincia de

Llanura Costera del Golfo Norte y subprovincia fisiográfica de Llanuras y Lomeríos y sistema de

Topoformas de Lomerío con llanuras.

Dentro del estado de Nuevo León se encuentran áreas que corresponden a tres provincias

fisiográficas: La Llanura Costera del Golfo Norte, La Sierra Madre Oriental, La Gran Llanura

Norteamericana.

Tabla IV.1- Regiones Fisiográficas del estado de Nuevo León.

Provincia % de superficie en el

estado de Nuevo León

Clave Nombre Clave Nombre

V Sierra Madre Oriental

7 Sierras y Llanuras Coahuilenses 13.56 5 Pliegues Saltillo – Parras 4.50 2 Sierras Tranversales 0.54 4 Gran Sierra Plegada 16.16 3 Sierras y Llanuras Occidentales 15.09 VI Gran Llanura de Norteamérica Llanura de Coahuila y Nuevo león 35.08 VII Llanura Costera del Golfo Norte Llanuras y Lomeríos 15.07

El área pertenece a la Provincia de la Llanura Costera del Golfo Norte y está localizado en la

Sub-Provincia de Llanuras y Lomeríos.

Llanura Costera del Golfo Norte.

Esta provincia fisiográfica se extiende sobre la costa del Golfo desde el río Bravo –en el tramo

que va de Reynosa, Tamaulipas, a su desembocadura - hasta la zona de Nautla, Veracruz. Dentro

del territorio nacional, limita al noroeste con la provincia de la Gran Llanura de Norteamérica, al

oeste con la Sierra Madre Oriental, al este con el Golfo de México y al sur con la provincia del

Eje Neovolcánico.

(43)

Figura IV.1.- Provincias fisiográficas del estado de Nuevo León.

Subprovincia de Llanuras y lomeríos.

La parte de esta subprovincia que penetra en el estado de Nuevo León –que está incluida en la

región conocida como Llanura Costera o Plano Inclinado- ocupa 9,602.69 km2 del área de

Monterrey, Montemorelos y Linares.

En ella quedan englobados los municipios de Apodaca, Cadereyta Jiménez, El Carmen, Ciénega

de Flores, General Zuazua, Hualahuises, Marín, Pesquería y San Nicolás de los Garza; y parte de

los de Allende, General Escobedo, General Terán, Juárez, Linares, Montemorelos, Monterrey,

# N E W S Provincias fisiográficas:

GRANDES LLANURAS DE NORTEAMÉRICA LLANURA COSTERA DEL GOLFO NORTE SIERRA MADRE ORIENTAL Ubicación del Predio del Proyecto 300000 300000 350000 350000 400000 400000 450000 450000 500000 500000 550000 550000 26 00 00 0 26 00 00 0 26 50 00 0 26 50 00 0 27 00 00 0 27 00 00 0 27 50 00 0 27 50 00 0 28 00 00 0 28 00 00 0 28 50 00 0 28 50 00 0 29 00 00 0 29 00 00 0 29 50 00 0 29 50 00 0 30 00 00 0 30 00 00 0 30 50 00 0 30 50 00 0

(44)

Los Ramones y Salinas Victoria. En términos generales, la Subprovincia está constituida por una

pequeña sierra baja, la Sierra de las Mitras, lomeríos suaves con bajadas y llanuras de extensión

considerable.

Figura IV.2.- Subprovincias fisiográficas del estado de Nuevo León.

Respecto a la composición de suelo el tipo corresponde a E + I / 2 / PC (Rendzina + Regosol

calcárico + Litosol / Clase Textural media / Fase Física Petrocálcica.

# N E W S Subprovincias fisiográficas: GRAN SIERRA PLEGADA

LLANURAS DE COAHUILA Y NUEVO LEÓN LLANURAS Y LOMERÍOS

SIERRA DE SAN CARLOS SIERRAS TRANSVERSALES SIERRAS Y LLANURAS COAHUILENSES SIERRAS Y LLANURAS OCCIDENTALES PLIEGUES SALTILLO PARRAS Ubicación del predio del Proyecto. 300000 300000 350000 350000 400000 400000 450000 450000 500000 500000 550000 550000 26 00 00 0 26 00 00 0 26 50 00 0 26 50 00 0 27 00 00 0 27 00 00 0 27 50 00 0 27 50 00 0 28 00 00 0 28 00 00 0 28 50 00 0 28 50 00 0 29 00 00 0 29 00 00 0 29 50 00 0 29 50 00 0 30 00 00 0 30 00 00 0 30 50 00 0 30 50 00 0

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