CONTRATO DE COMPRAVENTA DERIVADO DE LA SUBASTA PÚBLICA NÚMERO 01/2015 REALIZADA POR EL MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ EN FECHA ___ DE _____________ DE 2015, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, S. L. P., REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LOS CC. LIC. MARIO GARCÍA VALDEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL, MTRO. JUAN RAMÓN NIETO NAVARRO, SECRETARIO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO, LIC. MARÍA EUGENIA RIVERA FERNÁNDEZ, PRIMER SÍNDICO MUNICIPAL, A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE LES DENOMINARÁ COMO “EL VENDEDOR” Y POR LA OTRA ____________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA, COMO “EL COMPRADOR”, ASI MISMO, CUANDO COMPAREZCAN CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARA “LAS PARTES” Y COMO TESTIGO DE ASISTENCIA EL LIC. JESÚS JOSÉ BOLAÑOS GUANGORENA, TESORERO MUNICIPAL, MISMOS QUE SE SUJETAN A LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS.
D E C L A R A C I O N E S : I.- DECLARA “EL VENDEDOR”:
I.1.- Que es una entidad de carácter público dotada de personalidad jurídica y patrimonio
propio, autónomo en su régimen interior y con plena capacidad para administrar su hacienda de conformidad con los artículos 115, fracciones II y IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 114 fracciones II y IV de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luís Potosí, en relación con el artículo 3° de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luís Potosí.
I.2.- Que sus facultades devienen de lo establecido en los preceptos 70 fracciones IV y XXIX;
75 fracción VIII y 78 fracción VIII, de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí, 32 de la Ley de Bienes del Estado y Municipios de San Luis Potosí, 13 fracción VIII, 14 fracción X, 15 fracción I del Reglamento para la Enajenación de Bienes Municipales del Municipio de San Luis Potosí y acreditan su personalidad como Presidente Municipal, Primer Síndico y Secretario General para el período 2012-2015 con las copias certificadas del Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí de veintinueve de septiembre de dos mil doce, que contiene la declaratoria de validez de la elección e integración de los 58 Ayuntamientos de esta Entidad, para el período comprendido del uno de octubre de dos mil doce al treinta de septiembre de dos mil quince, del acta de sesión Solemne de Cabildo de primero de octubre del mismo año, para la instalación del Ayuntamiento de la Administración Municipal durante el período mencionado; y con el Acta de Sesión Ordinaria de Cabildo de trece de junio de dos mil trece.
I.3.- Qué es propietario de los bienes muebles que se describen en el listado que forma parte
integrante del presente contrato como anexo 1, e inserto en el contenido del decreto número 801 expedido por la Sexagésima Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de
San Luis Potosí, publicado en el Periódico Oficial el 01 de noviembre de 2014, que autoriza la enajenación de los aludidos bienes municipales.
I.4.- Que una vez realizado el procedimiento de Subasta Pública en la modalidad de
compraventa, autorizada por el Congreso del Estado de San Luis Potosí, se adjudican los bienes a “EL COMPRADOR”, conforme al fallo de adjudicación de fecha ___ de _____________ de 2015 que obra adjunto al presente contrato de compraventa como anexo
2.
I.5.- Que el lote de bienes muebles descritos en el anexo 1 del presente instrumento, se
enajena en calidad de Chatarra.
II.- DECLARA “EL COMPRADOR” (En caso de persona moral: se precisará el carácter de
Representante o Apoderado Legal)
II.1.- Que es una persona (en caso de ser persona física se precisarán sus generales y del
documento oficial con que se identifique; en el caso de moral se describirán los datos de su constitución y modificaciones).
II.-2- (En el caso de persona moral) Que su Apoderado Legal, quien se identifica con
credencial de elector numero de folio (00000), expedida por el Instituto Nacional Electoral, cuenta con las facultades necesarias para la celebración del presente acuerdo de voluntades, en su carácter de _________________ como consta en el testimonio número
________ de fecha ________________, pasado ante la fe del Lic.
_________________________, notario público número ___, con ejercicio en __________________, como se precisa en las cláusulas __________ de dicho instrumento, manifestando bajo protesta de decir verdad que tales facultades no le han sido restringidas o revocadas en tanto que su representado no tenga alguna en proceso de suspensión de pagos, liquidación o emplazamiento de huelga.
II.3.- (En el caso de persona moral) Que tiene como objeto social,
__________________________________________________________________________ _____________________________________________________________.
II.4- Que cuenta con Registro Federal de Contribuyentes número ______________, como lo
acredita con la Cedula de Identificación Fiscal.
II.5.- Que tiene capacidad y solvencia económica, financiera, jurídica, técnica, de
organización y elementos necesarios para contratar y obligarse en los términos de este instrumento.
II.6.- Que tiene establecido su domicilio fiscal en ________________ número,
II.7.- Que cumplió con cada uno de los requisitos solicitados en las bases de participación
para la subasta pública para la enajenación de bienes muebles municipales en la modalidad de compraventa, que “EL VENDEDOR” efectuó el día 07 de septiembre de 2015, participando con la mejor propuesta económica, (ver anexo 3) que en este momento ratifica en cada una de sus partes.
II.8.- Que ha inspeccionado debidamente en el sitio en el que se encuentran depositados los
bienes muebles enajenables, y conoce la naturaleza del presente contrato, por lo que ha considerado todos los factores que intervendrán en la disposición de los mismos a fin de obligarse a su cumplimiento en los términos pactados en el capítulo de cláusulas de este instrumento.
Atentas “LAS PARTES” a las declaraciones formuladas con anterioridad, manifiestan su libre voluntad al tenor de las siguientes:
C L Á U S U L A S :
PRIMERA.- “LAS PARTES” establecen que el objeto del presente contrato es la
compra-venta de los bienes descritos en el anexo 1 e inserto en el contenido del decreto numero 801 expedido por la Sexagésima Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, publicado en el Periódico Oficial el 01 de noviembre de 2014, que autoriza la enajenación de los aludidos bienes municipales.
SEGUNDA.- “LAS PARTES” señalan que del lote adjudicado mediante la Subasta Pública
de antecedentes, se enajena en calidad de Chatarra; por lo que, respecto de los vehículos y maquinaria incluidos en el anexo 1, “EL VENDEDOR” se reserva el derecho de entregar a
“EL COMPRADOR” las facturas que lo acreditan como propietario de los mismos, debido a
la condictio juris relativa a la destrucción del chasis de los vehículos automotrices y la prohibición de que sean emplacados y puestos en circulación.
También se establece la condición relativa a la prohibición de “EL COMPRADOR” para la utilización de las insignias y logotipos adheridos a las unidades y uniformes que se enajenan, con cualquier finalidad.
Los bienes correspondientes a mobiliario y equipo de oficina y equipo de cómputo, se transfieren en calidad de desecho por lo que no se entregarán facturas respectivas.
Para la entrega del lote de bienes muebles enajenados, “EL COMPRADOR” se obliga a retirar, en primer termino y en su totalidad, los bienes descritos en los párrafos anteriores, dentro del plazo establecido en el punto 2.9 de las bases de subasta.
TERCERA.- “LAS PARTES” señalan como precio del lote de bienes muebles municipales, adjudicado en la Subasta Pública realizada el día __ de __________ de 2015, la cantidad de
$____________ (_________________________ pesos 00/100 M. N.)que corresponde a la
Propuesta Económica que “EL COMPRADOR” entregó al “EL VENDEDOR”, conforme al
procedimiento establecido en bases de participación, como mejor precio de subasta, tal como se acredita en el anexo 3 del presente instrumento.
CUARTA.- “EL COMPRADOR”, se compromete a depositar el pago de la cantidad señalada
en la cláusula anterior, en efectivo, cheque certificado o cheque de cajas dentro de las 24 veinticuatro horas siguientes después del fallo, en la cuenta ________, clabe interbancaria
______________ de la Institución de Crédito ______________, a favor del Municipio de San
Luis Potosí de conformidad con el punto 2.9 de las bases de la subasta.
En caso de que “EL COMPRADOR” no cumpla con el pago en la fecha estipulada, se hará acreedor a la penalización establecida en el párrafo primero de la cláusula séptima del presente contrato.
QUINTA.- “LAS PARTES” establecen que la entrega de los bienes muebles adjudicados, se
llevará a cabo durante los cinco días hábiles siguientes a la fecha de pago prevista en la cláusula anterior, ya que en dicho lapso de tiempo deberán quedar totalmente retirados de los inmuebles de cuyas direcciones le proporcionara “EL VENDEDOR”.
En caso de exceder el periodo previsto en el párrafo anterior, “EL COMPRADOR” se hará acreedor a la penalización establecida en el párrafo primero de la cláusula séptima del presente contrato.
SEXTA.- “LAS PARTES” están conformes en que los gastos de acarreo o pagos de
impuestos o derechos que deriven del retiro y traslado de los bienes enajenados, así como de la destrucción del chasis de los vehículos automotrices descritos en la declaración número I.5 de “EL VENDEDOR” y el retiro de las insignias y logotipos oficiales adheridos a las unidades en comento, correrán a cargo de “EL COMPRADOR”.
De igual forma, “EL COMPRADOR” se obliga a realizar la destrucción del chasis de los vehículos automotrices a que se refiere el párrafo anterior, así como el retiro o desprendimiento de las insignias y logotipos adheridos a éstos, será obligatoria al momento de la entrega de los bienes adjudicados.
SÉPTIMA.- PENAS CONVENCIONALES.- En caso de que “EL COMPRADOR” no cumpla
la condición del pago prevista en la CLÁUSULA CUARTA o incumpla la recolección de
los bienes como lo estipula la CLAUSULA QUINTA, se hará acreedor a una penalización
consistente en el 10% del importe total del precio y quedara sin validez la adjudicación realizada y por tanto, sin efecto la obligación de “EL VENDEDOR” para la entrega de los bienes muebles descritos en el anexo 1 del presente contrato.
En consecuencia “EL COMPRADOR” acepta la facultad de “EL VENDEDOR” para cancelar la adjudicación en su totalidad, por lo que el “EL VENDEDOR” tendrá la facultad inmediata para convocar a una segunda convocatoria.
OCTAVA- Para el caso de incumplimiento de las obligaciones contenidas en el presente instrumento, “LAS PARTES” podrán optar por la rescisión del contrato, con independencia de hacer efectiva la pena convencional contenida en la CLÁUSULA SÉPTIMA del presente contrato.
NOVENA.- “LAS PARTES” manifiestan que en la celebración del presente contrato no
existe dolo, error, lesión, mala fe, coacción, o la existencia de algún vicio en el consentimiento que en este acto otorgan y que pudiese invalidar el presente contrato.
DECIMA.- Serán causas de rescisión del presente contrato, cualquier acto que realicen “LAS PARTES” en contravención a lo establecido en las cláusulas que preceden, así como
los casos que señala la Legislación Civil en el Estado de San Luis Potosí.
DECIMA PRIMERA.- Para todo lo relacionado con la interpretación y cumplimiento del
presente contrato, “LAS PARTES” se sujetan a las Leyes y Tribunales de la ciudad de San Luis Potosí, S. L. P., renunciando al que les pudiere corresponder por sus domicilios presentes o futuros.
DECIMA SEGUNDA.- para todos los efectos legales a que haya lugar, las partes señalan los
domicilios que a continuación se mencionan:
“EL VENDEDOR”.- La Unidad Administrativa Municipal, ubicado en Avenida Salvador Nava
Martínez 1580 Colonia Santuario, C.P. 78380 de esta Ciudad Capital.
“EL COMPRADOR”.- _____________ número ____, fraccionamiento de la ciudad de
__________________, CP. _____.
Ambas partes son conformes con el contenido y clausulado del presente contrato y lo firman el día __ de _____________ de 2015, al margen en cada una de sus hojas y al final, en tres tantos, para todos los efectos legales a que haya lugar.
“EL VENDEDOR”
LIC. MARIO GARCÍA VALDEZ
PRESIDENTE MUNICIPAL MTRO. JUAN RAMÓN NIETO NAVARRO SECRETARIO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO
LIC. MARÍA EUGENIA RIVERA FERNÁNDEZ PRIMER SÍNDICO MUNICIPAL
“EL COMPRADOR”.-
SR. __________________________
“TESTIGO”
LIC. J. JOSÉ BOLAÑOS GUANGORENA TESORERO MUNICIPAL
HOJA DE FIRMAS DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA DERIVADO DE LA SUBASTA PÚBLICA NÚMERO 01/2015 REALIZADA POR EL MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ EN FECHA ___ DE _____________ DE 2015, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, S. L. P., REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LOS CC. LIC. MARIO GARCÍA VALDEZ, PRESIDENTA MUNICIPAL, MTRO. JUAN RAMÓN NIETO NAVARRO, SECRETARIO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO, LIC. MARÍA EUGENIA RIVERA FERNÁNDEZ, PRIMER SÍNDICO MUNICIPAL, A QUIENES COMO “EL VENDEDOR” Y POR LA OTRA ____________________________, COMO “EL COMPRADOR”.