Elaborado por:
Ing. José Mallqui Alvarado Presidente de la Comisión Permanente
de Currículo
Revisado por:
Ing. Guadalupe Ramírez Reyes Presidente del Comité Interno de
Acreditación
Aprobado por:
Ing. Nérida Pastrana Díaz Representante de la Dirección
Fecha : 05-05-2016
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1. OBJETIVO:
Establecer los lineamientos para definir, reglamentar e implementar el plan curricular, estableciendo los procedimientos para la creación, apertura y modificación de planes de estudio, realizando seguimiento permanente para garantizar su pertinencia y mejoramiento continuo, cumpliendo los requisitos establecidos en la normatividad vigente.
2. ALCANCE:
Es de aplicación para a todos los docentes de la Escuela Profesional de Ingeniería Industrial, desde la planificación curricular hasta la aprobación y seguimiento curricular.
3. BASE LEGAL Y NORMATIVA 3.1. Calendario Académico 3.2. Plan de estudios 3.3. Plan Estratégico FIIS 3.4. Ley universitaria 30220 3.5. Estatuto de la UNHEVAL 3.6. Reglamento de Estudios
4. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS: 4.1. Comunidad EPII
La comunidad EPII está conformada por todos los alumnos, docentes y personal administrativo de la Escuela Profesional de Ingeniería Industrial.
4.2. Comunidad UNHEVAL
La comunidad UNHEVAL está conformada por todos los alumnos, docentes y personal administrativo de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán.
4.3. Currícula o Plan Curricular
Documento integral que debe contener la justificación de la carrera profesional, los perfiles del ingresante y del egresado, el plan de estudios y los contenidos de cursos y asignaturas, incluyendo principios y argumentos que justifican la carrera profesional sobre la base de la demanda social.
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5. LINEAMIENTOS GENERALES:
Los miembros de la Comisión Permanente de Currículo de la Escuela Profesional de Ingeniería Industrial son los responsables del presente procedimiento asegurando su implementación y control respectivo.
La Comisión Permanente de Currículo de la Escuela Profesional de Ingeniería Industrial está conformada por docentes designados en Consejo de Facultad.
La currícula deberá ser revisada cada 3 años, como plazo máximo; en dicha revisión se identificará la necesidad de reformulación de la misma, de acuerdo a lo establecido en el Estatuto de la Universidad Nacional Hermilio Valdizan.
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DESARROLLO:
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6.1. Gestión Curricular – Cuadro de actividades
Nº DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD REGISTRO
1. .
Anualmente, se debe realizar la Evaluación de la Currícula, para lo cual se forma la “Comisión Permanente de Currículo de EPII”, cuyos miembros son designados en Consejo de Facultad.
Resolución de nombramiento de la Comisión Permanente de Currículo de EPII
2.
La Comisión formada planifica la evaluación en base a los lineamientos establecidos en:
-
Plan Estratégico-
Ley universitaria 30220-
Estatuto de la UNHEVAL---
3.
La Comisión Permanente de Currículo de EPII evalúa el desempeño de la Currícula de acuerdo al Instructivo de Diseño y Desarrollo de la Currícula
Como resultado de la evaluación curricular, la Comisión determinará la necesidad de ratificación, modificación o rediseño de la Currícula y lo plasmará en el “Informe de la Evaluación de la Currícula”.
Informe de Evaluación
4.
Elevar el Informe de Evaluación al Decano, el cual previa evaluación emite una resolución de aprobación del documentoResolución de Aprobación del
Informe de Evaluación
5.
En caso se requiera modificación o rediseño del Plan curricular la “Comisión Permanente de Currículo de EPII” inicia las coordinaciones para la elaboración de la nueva estructura curricular, de acuerdo a los Lineamientos del Instructivo de Diseño y Desarrollo de la Currícula en la cual se considera de forma detallada las actividades del diseño y desarrollo curricular, las etapas de revisión, verificación y validación, así como los responsables y autoridades.
---
6.
Una vez finalizada la nueva currícula es entregado al Decano para aprobación del consejo de facultad.
Consejo de Facultad revisa y aprueba la nueva Currícula emitiendo una resolución de aprobación y envía mediante Oficio al Vicerrectorado Académico
Nota: En caso hayan observaciones se envía a la Comisión para la subsanación de las observaciones. Ir Actividad 6.
Solicitud de aprobación de nueva currícula Resolución de consejo de Facultad de aprobación de Currícula
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Oficio de
entrega de la nueva currícula
7.
Vicerrectorado Académico eleva la nueva currícula a consejo universitario para su ratificación
En caso haya observaciones, Vicerrectorado académico devuelve la Currícula al Decanato medio de un oficio.
Oficio con observaciones
8.
Si todo es conforme, consejo universitario emite resolución de ratificación.
Envía la resolución de aprobación de la Currícula al Decanato para su aplicación. Resolución de ratificación de currícula por Consejo universitario
9.
La “Comisión Permanente de Currículo de EPII” debe coordinar la publicación de la Currícula nueva o modificada en la página web. Nota: Los documentos específicos de publicación e interés del alumno son: Malla curricular, Tabla de Convalidación, Directiva de Aplicación de la Tabla de convalidación.
Currícula publicada en la Plataforma virtual (Indicar si se publicará de esta manera)
10.
Una vez aprobada la currícula se inicia su aplicación, para lo cual el Director de Departamento Académico debe revisar y actualizar el perfil de docentes de acuerdo a la Currícula actual.
Matriz de competencias
por área
11.
El Director de Departamento Académico debe verificar el Proceso de Enseñanza-Aprendizaje. ---12.
La Dirección de Departamento Académico debe ejecutar las Acciones de Medición y Control, por medio de la medición de los indicadores de proceso.
Indicadores de proceso
13.
La Dirección de Departamento Académico debe informar el desarrollo del nuevo plan curricular.
Deberá elaborar un Informe de Gestión una vez culminada la Aplicación de la nueva currícula.
Informe de Gestión de Aplicación de
Currícula
7. REGISTROS
- Resolución de nombramiento de la Comisión Permanente de Currículo de EPII - Informe de Evaluación de Currícula
- Acta de Consejo de Facultad aprobando el Informe de Evaluación de Currícula - Resolución de aprobación de la nueva currícula por consejo de Facultad - Oficio con observaciones
- Resolución de ratificación de currícula por Consejo universitario - Currícula publicada en la Plataforma virtual
- Matriz de competencias por área - Indicadores de proceso
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8. ANEXOS No aplica