• No se han encontrado resultados

PROCEDIMIENTO: ADMISIÓN DE ALUMNOS DE POSGRADO DE PROGRAMAS PRESENCIALES

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "PROCEDIMIENTO: ADMISIÓN DE ALUMNOS DE POSGRADO DE PROGRAMAS PRESENCIALES"

Copied!
12
0
0

Texto completo

(1)

INSTITUTO POLITÉCNICO

NACIONAL

CENTRO INTERDISCIPLINARIO DE

INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS SOBRE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO

Proc: P--19

Hoja: 01

De: 12

PROCEDIMIENTO:

ADMISIÓN DE ALUMNOS DE POSGRADO

DE PROGRAMAS PRESENCIALES

Elaboró

C.P. Jorge Raunel Segura Molina

Jefe de Dpto. Servicios Educativos

Revisó

. M. en C. Miguel Ángel Montes de Oca Martínez

Coordinador de Enlace y Gestión Técnica

Autorizó

Dra. Norma Patricia Muñoz Sevilla Directora del CIIEMAD- IPN Tiempo promedio del procedimiento:

90 días hábiles

Fecha de elaboración:

14-10-2011

Fecha de revisión:

(2)

INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL Procedimiento: Proc: P-19 Hoja: 02 De: 12 Procedimiento:

Admisión de Alumnos de Posgrado de Programas Presenciales

OBJETIVO

Seleccionar a los aspirantes que cubran el perfil y los requisitos académica y profesionalmente solicitados por el Instituto Politécnico Nacional conforme a la normatividad indicada, con el fin de integrar su expediente y llevar a cabo la gestión para su inscripción a los programa de Maestría y de doctorado que este Centro de Investigación imparte de manera presencial sobre la materia ambiental.

NORMAS DE OPERACIÓN

Reglamento Interno del IPN (aprobado por consenso de los miembros del H. Consejo General Consultivo el día 29 de septiembre de 1998) en relación a lo dispuesto en el:

CAPITULO II DE LA INSCRIPCIÓN Y LA REINSCRIPCIÓN

La inscripción se realizará mediante los procesos de selección y admisión correspondientes, debiéndose satisfacer, además de los promedios mínimos establecidos para cada nivel, los requisitos que establezcan los reglamentos y convocatorias respectivos.

Artículo 83

La inscripción o reinscripción serán nulas de pleno derecho cuando el aspirante o alumno entregue documentación falsa o alterada. En este caso, el aspirante o alumno no podrá gestionar una nueva inscripción o reinscripción.

Artículo 88.

Reglamento Orgánico del IPN (aprobado por el H. XXV Consejo General Consultivo, en su Onceava Sesión Ordinaria celebrada el 31 de agosto de 2007 y última reforma aprobada por el Consejo General Consultivo el 30 de junio de 2009), en relación a lo dispuesto en el:

Al titular de la secretaría de investigación y posgrado le corresponde: . Artículo 19.

VIII. Regular y evaluar académicamente los requisitos para los procesos de selección, admisión e ingreso, acreditación, registro, certificación, otorgamiento de diplomas y grados académicos en las diversas modalidades educativas que imparta el Instituto, de acuerdo con las normas y políticas establecidas, así como coordinar el seguimiento a las trayectorias de los alumnos en coordinación con las dependencias competentes;

Reglamento de Estudios de Posgrado del Instituto Politécnico Nacional Aprobado por el H. XXIV Consejo General Consultivo en su Novena Sesión Ordinaria, celebrada el 30 de junio de 2006, en relación a lo dispuesto en el:

CAPÍTULO TERCERO DEL INGRESO Y LA REVALIDACIÓN

Para ser admitido como alumno en los programas de especialidad, especialidad médica y maestría, el aspirante deberá cumplir con los siguientes requisitos:

(3)

INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL Procedimiento: Proc: P-19 Hoja: 03 De: 12 Procedimiento:

Admisión de Alumnos de Posgrado de Programas Presenciales

II. Aprobar el proceso de admisión diseñado para tal efecto;

III. Acreditar el examen de comprensión de lectura y traducción del idioma inglés o de aquel que el colegio de profesores considere adecuado, ya sea a través del Centro de Lenguas Extranjeras del Instituto o el equivalente en otro tipo de examen reconocido nacional o internacionalmente y aprobado por el colegio académico;

IV. No haber causado baja en algún posgrado del Instituto, salvo que le haya sido revocada por el colegio académico, y

V. Cubrir los derechos y cuotas correspondientes.

Solo en caso justificado los coordinadores de los programas de especialidad podrán solicitar a la Secretaría que se dispense el requisito señalado en la fracción III anterior.

Artículo 28.

Para ser admitido como alumno en los programas de doctorado en ciencias o doctorado en ingeniería, el aspirante deberá satisfacer los siguientes requisitos:

I. Poseer título profesional de licenciatura; II. Poseer el grado de maestro;

III. Aprobar el proceso de admisión diseñado para tal efecto;

IV. Obtener una calificación mínima de ocho en por lo menos dos habilidades del examen del idioma inglés o de aquel que el colegio de profesores considere adecuado, ya sea a través del Centro de Lenguas Extranjeras del Instituto o el equivalente en otro tipo de examen reconocido nacional o internacionalmente y aprobado por el colegio académico; (fe erratas 31-dic-2006 Gaceta 645 Bis)

V. No haber causado baja en algún posgrado del Instituto, salvo que le haya sido revocada por el colegio académico, y

VI. Cubrir los derechos y cuotas correspondientes. Artículo 29.

Para ser admitido al doctorado en ciencias o doctorado en ingeniería sin haber realizado estudios de maestría, además de ser propuesto por el colegio de profesores correspondiente, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:

I. Del aspirante:

A. Poseer un promedio mínimo de ocho en escala de cero a diez, en los estudios de licenciatura, o su equivalente en otras escalas, y

B. Cumplir con los requisitos previstos por el artículo 29 del presente Reglamento, con excepción de lo dispuesto en la fracción II del mismo;

II. Del programa:

A. Que cuente con registro en el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología o que cumpla con las tasas de graduación requeridas por dicho organismo y contar con un cuerpo académico calificado reconocido por el Sistema Nacional de Investigadores, y

B. Que ofrezca líneas de investigación de actualidad y prioritarias.

En todos los casos los directores de tesis deberán ser profesores colegiados y pertenecer al programa de que se trate y acreditar que cuentan con fondos suficientes para sostener la investigación del alumno.

El tema de tesis del alumno deberá ser de tal calidad que permita la publicación de los resultados en una revista de la especialidad de circulación internacional, con registro en el ISI Data Base, o su equivalente, avalado por la Secretaría, a propuesta del colegio correspondiente.

(4)

INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL Procedimiento: Proc: P-19 Hoja: 04 De: 12 Procedimiento:

Admisión de Alumnos de Posgrado de Programas Presenciales

Un estudiante de maestría podrá solicitar su migración a un programa de doctorado, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

I. Contar con el dictamen favorable y autorización del cuerpo académico y del colegio de profesores correspondiente del programa donde se encuentra inscrito;

II. Haber concluido su programa de asignaturas de maestría en un plazo máximo de tres semestres; III. Poseer un promedio de nueve o superior en su programa de maestría, y

IV. No haber causado baja en algún posgrado del Instituto, salvo que le haya sido revocada por el colegio académico.

Artículo 31.

El proceso de admisión para ingresar a un programa de posgrado deberá garantizar que el aspirante cuenta con los atributos necesarios para desarrollar adecuadamente el perfil de egreso definido por el programa y comprenderá, cuando menos, lo siguiente:

I. Exámenes escritos o asignaturas propedéuticas; II. Entrevistas colegiadas;

III. Análisis del currículo del aspirante, y

IV. Comprobación documental de los requisitos.

El proceso se iniciará a partir de la emisión de una convocatoria general aprobada por el colegio correspondiente, en la que se establecerán los requisitos particulares de cada programa.

Los cuerpos académicos que corresponda establecerán la matrícula máxima que se podrá admitir en cada programa, tomando en consideración el número de estudiantes que cada profesor está en posibilidad de atender, cuidando la proporción entre dicha matrícula y el número de profesores de tiempo completo, de manera que se garantice una eficiencia terminal satisfactoria.

El proceso de admisión será responsabilidad de la comisión de admisión nombrada para cada programa de posgrado y estará coordinado por el director de la unidad académica o el jefe de sección correspondiente, según sea el caso, quienes definirán los lineamientos generales de admisión.

Artículo 32

La Comisión de admisión de un programa podrá exigir al interesado la aprobación de asignaturas previas para ingresar al mismo, sin que ello implique que sea considerado como alumno del posgrado.

El colegio de profesores deberá solicitar el dictamen académico favorable de la Secretaría cuando el aspirante a un programa de especialidad, de especialidad médica, de maestría o doctorado, posea un título o grado académico otorgado por una institución de enseñanza superior ajena al Instituto, antes de su ingreso.

Los documentos académicos expedidos en el extranjero deberán ser validados de conformidad a los acuerdos internacionales vigentes.

Artículo 33

Cuando la comisión de admisión de un programa dictamine favorablemente la admisión de un aspirante, procederá a elaborar de manera inmediata el acta de admisión y el programa individual de estudios que el aspirante tendrá que cumplir para obtener su diploma o su grado.

Dicho programa individual de estudios deberá cumplir con los lineamientos y requisitos establecidos en el plan de estudios del programa aprobado y deberá incluir todas las actividades académicas a realizar por parte del alumno. En el programa individual de estudios se especificará el consejero de estudios del alumno en cuestión.

(5)

INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL Procedimiento: Proc: P-19 Hoja: 05 De: 12 Procedimiento:

Admisión de Alumnos de Posgrado de Programas Presenciales

La revalidación de los estudios de posgrado realizados en el Instituto o en otras instituciones, se llevará a cabo sobre las asignaturas acreditadas y no sobre los programas como tal.

En la revalidación de las asignaturas de posgrado, se considerará el nivel de equivalencia bajo los siguientes criterios:

I. El tiempo transcurrido entre el momento en que se cursó la asignatura y aquel en que se solicita la revalidación;

II. El nivel de la asignatura y el currículo del profesor que lo impartió; III. La equivalencia en el número de horas de la asignatura cursada;

IV. El contenido y nivel de profundidad de la asignatura cursada respecto de asignaturas vigentes en el plan de estudios del programa, y

V. Otras que el programa o el colegio de profesores considere convenientes por la orientación particular del programa.

El colegio de profesores de la unidad académica que corresponda dictaminará las asignaturas revalidadas, previa propuesta de la comisión de admisión y autorización del cuerpo académico. El máximo de créditos revalidables en cada programa será decidido por el colegio de profesores correspondiente.

En cada caso se levantará un acta que indicará cuales asignaturas del plan de estudios se revalidaron y los antecedentes en que se fundamentó dicho dictamen. El análisis deberá realizarse sobre documentos originales y el acta de revalidación deberá acompañarse de una copia cotejada de dichos documentos.

Artículo 35.

Para ser admitido como alumno de actividades de actualización, el aspirante deberá satisfacer los siguientes requisitos:

I. Poseer título profesional o carta oficial de terminación de estudios; II. Aprobar el procedimiento de admisión diseñado para tal efecto, y III. Cubrir los derechos y cuotas correspondientes.

Artículo 36.

Lineamientos Generales para el Control Escolar del Posgrado en el IPN División de Apoyo al Posgrado DAP‐DP‐SIP, Instituto Politécnico Nacional Secretaría de Investigación y Posgrado, Dirección de Posgrado

 EXAMEN DE ADMISIÓN. Fundamento reglamentario

Artículo 28, 29, 32, 33, 81 y 92 del REP.  EXAMEN DE

IDIOMA.-Fundamento reglamentario

Artículos 28, 29, 76, 79 y 81 del REP.

 VALIDACIÓN DEL REGISTRO DE ALUMNO DE NUEVO INGRESO AL POSGRADO EN EL INSTITUTO.

Fundamento reglamentario Artículos 76, 81, 87 y 88 del REP.

(6)

INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL Procedimiento: Proc: P-19 Hoja: 06 De: 12 Procedimiento:

Admisión de Alumnos de Posgrado de Programas Presenciales

POLÍTICAS DE OPERACIÓN

Para ser candidato a ingresar al programa de posgrado, los aspirantes deberán aprobar lo siguiente: a) Examen general de conocimientos (Exani III del Ceneval A.C.)

b) Examen general de inglés en el Cenlex del IPN ó mostrar evidencia de haber obtenido un mínimo de 450 puntos en el TOEFL escrito.

c) Entrevista con comisión de admisión.

Los aspirantes aceptados deberán obtener una calificación mínima de 80/100 en el examen general de inglés del Cenlex-IPN.

Los aspirantes aceptados deberán presentar comprobante de titulación o en su defecto, carta aprobatoria del examen profesional de licenciatura a más tardar en la fecha de inicio del semestre de ingreso.

El Colegio de Profesores será el órgano facultado para validar los resultados del proceso de selección de aspirantes.

(7)

INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL Proc: P- 19 Hoja: 07 De: 12 Procedimiento:

Admisión de Alumnos de Posgrado de Programas Presenciales

RESPONSABLE

DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES

FORMATO Y/O

DOCUMENTO

Cuerpos

académicos y

Colegio de

Profesores

1. Define la capacidad de ingreso de

alumnos a los Programas vigentes en el

CIIEMAD y los lineamientos de la

Convocatoria a los Posgrados.

Acta de Colegio

Dirección del CIIEMAD

2.

Envía oficios y Convocatoria a la

Secretaria de Investigación y Posgrado y

a la de Coordinación de Comunicación

Social, para su revisión y Visto Bueno

para su publicación.

Oficios y Convocatoria

Secretaria de

Investigación y

Posgrado y

Coordinación de

Comunicación

Social

3. Recibe oficio y Convocatoria, revisa, si

tiene errores solicita correcciones, si está

correcta emite oficio autorizando su

publicación.

Oficios y Convocatoria

Dirección del CIIEMAD

4. Recibe oficio y entrega a la Subdirección

Académica y de Investigación para que

proceda a la publicación de la

Convocatoria

Oficios y Convocatoria

Departamento de

Servicios

Educativos.

5. Recibe de aspirantes los documentos

establecidos en la Convocatoria, en 2

tantos

Formato de ingreso y

documentos

señalados en la

convocatoria.

6. Solicita por oficio al Centro de Lenguas

Extranjeras Zacatenco (CENLEX)

solicitando la aplicación de exámenes de

inglés a aspirantes.

Oficio

CENLEX

7. Recibe oficio, programa, aplica exámenes

y envía oficios individuales con resultados

del examen de inglés, obtenidos por los

aspirante.

Oficios

Departamento de

Servicios

Educativos

8.

Recibe del Centro de Lenguas

Extranjeras Zacatenco (CENLEX) oficios

individuales con resultado de los

exámenes de inglés aplicados a los

aspirantes.

(8)

INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL Proc: P- 19 Hoja: 08 De: 12 Procedimiento:

Admisión de Alumnos de Posgrado de Programas Presenciales

RESPONSABLE

DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES

FORMATO Y/O

DOCUMENTO

Coordinador del Programa

9. Propone al Colegio de Profesores, las

Comisiones de Admisión y calendario de

actividades académicas de acuerdo a lo

establecido en la convocatoria y al

número de solicitudes de ingreso.

Colegio de

Profesores.

10.

Aprueba el Colegio de Profesores

Comisiones de Admisión y calendario de

actividades académicas.

Acta de Colegio.

Departamento de

Servicios

Educativos

11.

Proporciona a los Coordinadores de

programa los expedientes de los

aspirantes al programa que cumplieron

en tiempo y forma con lo establecido en

la convocatoria vigente (1 copia).

Memorándum y

Expedientes que

contiene la

documentación

establecida en la

Convocatoria y oficio

del CENLEX

Coordinadores de

Programa

12. Recibe expedientes y los proporciona a

integrantes de la Comisión de Admisión.

Memorándum y

Expedientes.

Comisiones de

Admisión

13.

Procede a las entrevistas, elaborando

como resultado escrito en el que indica si

el aspirante es aceptado o rechazado, en

caso de ser aceptado se propone

Consejero de Estudios y entregan

expediente al Coordinador del programa.

Escrito

Coordinadores de

Programa

14. Recibe expediente prepara y presenta a

Colegio de Profesores documento que

contiene relación de aspirantes

aprobados y rechazados. En el caso de

los aprobados en la relación se incluye el

nombre del Consejero de Estudios

propuesto y las asignaturas a estudiar en

el primer semestre.

Relación

Colegio de

profesores

15. Aprueba relación presentada por los

Coordinadores de Programa.

Acta de Colegio

Departamento de

Servicios

16.

Elabora SIP 4 una vez aprobada la

propuesta de alumnos aceptados, por el

(9)

INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL Proc: P- 19 Hoja: 09 De: 12 Procedimiento:

Admisión de Alumnos de Posgrado de Programas Presenciales

RESPONSABLE

DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES

FORMATO Y/O

DOCUMENTO

Educativos

Colegio de profesores y entrega a los

Coordinadores de los programas

Coordinadores de

programa.

17.

Recibe SIP 4, solicita firmas a los

integrantes de las comisiones y entrega

al Departamento de Servicios Educativos

conjuntamente con los expedientes de los

aspirantes al programa que cumplieron

en tiempo y forma con lo establecido en

la convocatoria vigente (1 copia).

Quedando en su poder la propuesta de

investigación. También entrega los

expedientes de aspirantes rechazados.

SIP-4 y Expedientes

de aspirantes

Propuesta de

Investigación

Departamento de

Servicios

Educativos

18.

Recibe de los Coordinadores de

programas expedientes de los aspirantes

aceptados y rechazados, los archiva para

llevar a cabo la gestión de su inscripción

a los que cubrieron todos los requisitos..

Expedientes de

aspirantes

(10)

INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL Proc: P- 19 Hoja: 10 De: 12 Procedimiento:

Admisión de Alumnos de Posgrado de Programas Presenciales

(11)

INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL Proc: P- 19 Hoja: 11 De: 12 Procedimiento:

Admisión de Alumnos de Posgrado de Programas Presenciales

(12)

INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL Proc: P- 19 Hoja: 12 De: 12 Procedimiento:

Admisión de Alumnos de Posgrado de Programas Presenciales

Referencias

Documento similar

Products Management Services (PMS) - Implementation of International Organization for Standardization (ISO) standards for the identification of medicinal products (IDMP) in

Products Management Services (PMS) - Implementation of International Organization for Standardization (ISO) standards for the identification of medicinal products (IDMP) in

This section provides guidance with examples on encoding medicinal product packaging information, together with the relationship between Pack Size, Package Item (container)

Package Item (Container) Type : Vial (100000073563) Quantity Operator: equal to (100000000049) Package Item (Container) Quantity : 1 Material : Glass type I (200000003204)

Debido al riesgo de producir malformaciones congénitas graves, en la Unión Europea se han establecido una serie de requisitos para su prescripción y dispensación con un Plan

Cedulario se inicia a mediados del siglo XVIL, por sus propias cédulas puede advertirse que no estaba totalmente conquistada la Nueva Gali- cia, ya que a fines del siglo xvn y en

No había pasado un día desde mi solemne entrada cuando, para que el recuerdo me sirviera de advertencia, alguien se encargó de decirme que sobre aquellas losas habían rodado

[r]