INSTITUTO POLITÉCNICO
NACIONAL
CENTRO INTERDISCIPLINARIO DE
INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS SOBRE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO
Proc: P--19
Hoja: 01
De: 12
PROCEDIMIENTO:
ADMISIÓN DE ALUMNOS DE POSGRADO
DE PROGRAMAS PRESENCIALES
Elaboró
C.P. Jorge Raunel Segura Molina
Jefe de Dpto. Servicios Educativos
Revisó
. M. en C. Miguel Ángel Montes de Oca Martínez
Coordinador de Enlace y Gestión Técnica
Autorizó
Dra. Norma Patricia Muñoz Sevilla Directora del CIIEMAD- IPN Tiempo promedio del procedimiento:
90 días hábiles
Fecha de elaboración:
14-10-2011
Fecha de revisión:
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL Procedimiento: Proc: P-19 Hoja: 02 De: 12 Procedimiento:
Admisión de Alumnos de Posgrado de Programas Presenciales
OBJETIVO
Seleccionar a los aspirantes que cubran el perfil y los requisitos académica y profesionalmente solicitados por el Instituto Politécnico Nacional conforme a la normatividad indicada, con el fin de integrar su expediente y llevar a cabo la gestión para su inscripción a los programa de Maestría y de doctorado que este Centro de Investigación imparte de manera presencial sobre la materia ambiental.
NORMAS DE OPERACIÓN
Reglamento Interno del IPN (aprobado por consenso de los miembros del H. Consejo General Consultivo el día 29 de septiembre de 1998) en relación a lo dispuesto en el:
CAPITULO II DE LA INSCRIPCIÓN Y LA REINSCRIPCIÓN
La inscripción se realizará mediante los procesos de selección y admisión correspondientes, debiéndose satisfacer, además de los promedios mínimos establecidos para cada nivel, los requisitos que establezcan los reglamentos y convocatorias respectivos.
Artículo 83
La inscripción o reinscripción serán nulas de pleno derecho cuando el aspirante o alumno entregue documentación falsa o alterada. En este caso, el aspirante o alumno no podrá gestionar una nueva inscripción o reinscripción.
Artículo 88.
Reglamento Orgánico del IPN (aprobado por el H. XXV Consejo General Consultivo, en su Onceava Sesión Ordinaria celebrada el 31 de agosto de 2007 y última reforma aprobada por el Consejo General Consultivo el 30 de junio de 2009), en relación a lo dispuesto en el:
Al titular de la secretaría de investigación y posgrado le corresponde: . Artículo 19.
VIII. Regular y evaluar académicamente los requisitos para los procesos de selección, admisión e ingreso, acreditación, registro, certificación, otorgamiento de diplomas y grados académicos en las diversas modalidades educativas que imparta el Instituto, de acuerdo con las normas y políticas establecidas, así como coordinar el seguimiento a las trayectorias de los alumnos en coordinación con las dependencias competentes;
Reglamento de Estudios de Posgrado del Instituto Politécnico Nacional Aprobado por el H. XXIV Consejo General Consultivo en su Novena Sesión Ordinaria, celebrada el 30 de junio de 2006, en relación a lo dispuesto en el:
CAPÍTULO TERCERO DEL INGRESO Y LA REVALIDACIÓN
Para ser admitido como alumno en los programas de especialidad, especialidad médica y maestría, el aspirante deberá cumplir con los siguientes requisitos:
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL Procedimiento: Proc: P-19 Hoja: 03 De: 12 Procedimiento:
Admisión de Alumnos de Posgrado de Programas Presenciales
II. Aprobar el proceso de admisión diseñado para tal efecto;
III. Acreditar el examen de comprensión de lectura y traducción del idioma inglés o de aquel que el colegio de profesores considere adecuado, ya sea a través del Centro de Lenguas Extranjeras del Instituto o el equivalente en otro tipo de examen reconocido nacional o internacionalmente y aprobado por el colegio académico;
IV. No haber causado baja en algún posgrado del Instituto, salvo que le haya sido revocada por el colegio académico, y
V. Cubrir los derechos y cuotas correspondientes.
Solo en caso justificado los coordinadores de los programas de especialidad podrán solicitar a la Secretaría que se dispense el requisito señalado en la fracción III anterior.
Artículo 28.
Para ser admitido como alumno en los programas de doctorado en ciencias o doctorado en ingeniería, el aspirante deberá satisfacer los siguientes requisitos:
I. Poseer título profesional de licenciatura; II. Poseer el grado de maestro;
III. Aprobar el proceso de admisión diseñado para tal efecto;
IV. Obtener una calificación mínima de ocho en por lo menos dos habilidades del examen del idioma inglés o de aquel que el colegio de profesores considere adecuado, ya sea a través del Centro de Lenguas Extranjeras del Instituto o el equivalente en otro tipo de examen reconocido nacional o internacionalmente y aprobado por el colegio académico; (fe erratas 31-dic-2006 Gaceta 645 Bis)
V. No haber causado baja en algún posgrado del Instituto, salvo que le haya sido revocada por el colegio académico, y
VI. Cubrir los derechos y cuotas correspondientes. Artículo 29.
Para ser admitido al doctorado en ciencias o doctorado en ingeniería sin haber realizado estudios de maestría, además de ser propuesto por el colegio de profesores correspondiente, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
I. Del aspirante:
A. Poseer un promedio mínimo de ocho en escala de cero a diez, en los estudios de licenciatura, o su equivalente en otras escalas, y
B. Cumplir con los requisitos previstos por el artículo 29 del presente Reglamento, con excepción de lo dispuesto en la fracción II del mismo;
II. Del programa:
A. Que cuente con registro en el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología o que cumpla con las tasas de graduación requeridas por dicho organismo y contar con un cuerpo académico calificado reconocido por el Sistema Nacional de Investigadores, y
B. Que ofrezca líneas de investigación de actualidad y prioritarias.
En todos los casos los directores de tesis deberán ser profesores colegiados y pertenecer al programa de que se trate y acreditar que cuentan con fondos suficientes para sostener la investigación del alumno.
El tema de tesis del alumno deberá ser de tal calidad que permita la publicación de los resultados en una revista de la especialidad de circulación internacional, con registro en el ISI Data Base, o su equivalente, avalado por la Secretaría, a propuesta del colegio correspondiente.
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL Procedimiento: Proc: P-19 Hoja: 04 De: 12 Procedimiento:
Admisión de Alumnos de Posgrado de Programas Presenciales
Un estudiante de maestría podrá solicitar su migración a un programa de doctorado, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
I. Contar con el dictamen favorable y autorización del cuerpo académico y del colegio de profesores correspondiente del programa donde se encuentra inscrito;
II. Haber concluido su programa de asignaturas de maestría en un plazo máximo de tres semestres; III. Poseer un promedio de nueve o superior en su programa de maestría, y
IV. No haber causado baja en algún posgrado del Instituto, salvo que le haya sido revocada por el colegio académico.
Artículo 31.
El proceso de admisión para ingresar a un programa de posgrado deberá garantizar que el aspirante cuenta con los atributos necesarios para desarrollar adecuadamente el perfil de egreso definido por el programa y comprenderá, cuando menos, lo siguiente:
I. Exámenes escritos o asignaturas propedéuticas; II. Entrevistas colegiadas;
III. Análisis del currículo del aspirante, y
IV. Comprobación documental de los requisitos.
El proceso se iniciará a partir de la emisión de una convocatoria general aprobada por el colegio correspondiente, en la que se establecerán los requisitos particulares de cada programa.
Los cuerpos académicos que corresponda establecerán la matrícula máxima que se podrá admitir en cada programa, tomando en consideración el número de estudiantes que cada profesor está en posibilidad de atender, cuidando la proporción entre dicha matrícula y el número de profesores de tiempo completo, de manera que se garantice una eficiencia terminal satisfactoria.
El proceso de admisión será responsabilidad de la comisión de admisión nombrada para cada programa de posgrado y estará coordinado por el director de la unidad académica o el jefe de sección correspondiente, según sea el caso, quienes definirán los lineamientos generales de admisión.
Artículo 32
La Comisión de admisión de un programa podrá exigir al interesado la aprobación de asignaturas previas para ingresar al mismo, sin que ello implique que sea considerado como alumno del posgrado.
El colegio de profesores deberá solicitar el dictamen académico favorable de la Secretaría cuando el aspirante a un programa de especialidad, de especialidad médica, de maestría o doctorado, posea un título o grado académico otorgado por una institución de enseñanza superior ajena al Instituto, antes de su ingreso.
Los documentos académicos expedidos en el extranjero deberán ser validados de conformidad a los acuerdos internacionales vigentes.
Artículo 33
Cuando la comisión de admisión de un programa dictamine favorablemente la admisión de un aspirante, procederá a elaborar de manera inmediata el acta de admisión y el programa individual de estudios que el aspirante tendrá que cumplir para obtener su diploma o su grado.
Dicho programa individual de estudios deberá cumplir con los lineamientos y requisitos establecidos en el plan de estudios del programa aprobado y deberá incluir todas las actividades académicas a realizar por parte del alumno. En el programa individual de estudios se especificará el consejero de estudios del alumno en cuestión.
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL Procedimiento: Proc: P-19 Hoja: 05 De: 12 Procedimiento:
Admisión de Alumnos de Posgrado de Programas Presenciales
La revalidación de los estudios de posgrado realizados en el Instituto o en otras instituciones, se llevará a cabo sobre las asignaturas acreditadas y no sobre los programas como tal.
En la revalidación de las asignaturas de posgrado, se considerará el nivel de equivalencia bajo los siguientes criterios:
I. El tiempo transcurrido entre el momento en que se cursó la asignatura y aquel en que se solicita la revalidación;
II. El nivel de la asignatura y el currículo del profesor que lo impartió; III. La equivalencia en el número de horas de la asignatura cursada;
IV. El contenido y nivel de profundidad de la asignatura cursada respecto de asignaturas vigentes en el plan de estudios del programa, y
V. Otras que el programa o el colegio de profesores considere convenientes por la orientación particular del programa.
El colegio de profesores de la unidad académica que corresponda dictaminará las asignaturas revalidadas, previa propuesta de la comisión de admisión y autorización del cuerpo académico. El máximo de créditos revalidables en cada programa será decidido por el colegio de profesores correspondiente.
En cada caso se levantará un acta que indicará cuales asignaturas del plan de estudios se revalidaron y los antecedentes en que se fundamentó dicho dictamen. El análisis deberá realizarse sobre documentos originales y el acta de revalidación deberá acompañarse de una copia cotejada de dichos documentos.
Artículo 35.
Para ser admitido como alumno de actividades de actualización, el aspirante deberá satisfacer los siguientes requisitos:
I. Poseer título profesional o carta oficial de terminación de estudios; II. Aprobar el procedimiento de admisión diseñado para tal efecto, y III. Cubrir los derechos y cuotas correspondientes.
Artículo 36.
Lineamientos Generales para el Control Escolar del Posgrado en el IPN División de Apoyo al Posgrado DAP‐DP‐SIP, Instituto Politécnico Nacional Secretaría de Investigación y Posgrado, Dirección de Posgrado
EXAMEN DE ADMISIÓN. Fundamento reglamentario
Artículo 28, 29, 32, 33, 81 y 92 del REP. EXAMEN DE
IDIOMA.-Fundamento reglamentario
Artículos 28, 29, 76, 79 y 81 del REP.
VALIDACIÓN DEL REGISTRO DE ALUMNO DE NUEVO INGRESO AL POSGRADO EN EL INSTITUTO.
Fundamento reglamentario Artículos 76, 81, 87 y 88 del REP.
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL Procedimiento: Proc: P-19 Hoja: 06 De: 12 Procedimiento:
Admisión de Alumnos de Posgrado de Programas Presenciales
POLÍTICAS DE OPERACIÓN
Para ser candidato a ingresar al programa de posgrado, los aspirantes deberán aprobar lo siguiente: a) Examen general de conocimientos (Exani III del Ceneval A.C.)
b) Examen general de inglés en el Cenlex del IPN ó mostrar evidencia de haber obtenido un mínimo de 450 puntos en el TOEFL escrito.
c) Entrevista con comisión de admisión.
Los aspirantes aceptados deberán obtener una calificación mínima de 80/100 en el examen general de inglés del Cenlex-IPN.
Los aspirantes aceptados deberán presentar comprobante de titulación o en su defecto, carta aprobatoria del examen profesional de licenciatura a más tardar en la fecha de inicio del semestre de ingreso.
El Colegio de Profesores será el órgano facultado para validar los resultados del proceso de selección de aspirantes.
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL Proc: P- 19 Hoja: 07 De: 12 Procedimiento:
Admisión de Alumnos de Posgrado de Programas Presenciales
RESPONSABLE
DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES
FORMATO Y/O
DOCUMENTO
Cuerpos
académicos y
Colegio de
Profesores
1. Define la capacidad de ingreso de
alumnos a los Programas vigentes en el
CIIEMAD y los lineamientos de la
Convocatoria a los Posgrados.
Acta de Colegio
Dirección del CIIEMAD
2.
Envía oficios y Convocatoria a la
Secretaria de Investigación y Posgrado y
a la de Coordinación de Comunicación
Social, para su revisión y Visto Bueno
para su publicación.
Oficios y Convocatoria
Secretaria de
Investigación y
Posgrado y
Coordinación de
Comunicación
Social
3. Recibe oficio y Convocatoria, revisa, si
tiene errores solicita correcciones, si está
correcta emite oficio autorizando su
publicación.
Oficios y Convocatoria
Dirección del CIIEMAD
4. Recibe oficio y entrega a la Subdirección
Académica y de Investigación para que
proceda a la publicación de la
Convocatoria
Oficios y Convocatoria
Departamento de
Servicios
Educativos.
5. Recibe de aspirantes los documentos
establecidos en la Convocatoria, en 2
tantos
Formato de ingreso y
documentos
señalados en la
convocatoria.
6. Solicita por oficio al Centro de Lenguas
Extranjeras Zacatenco (CENLEX)
solicitando la aplicación de exámenes de
inglés a aspirantes.
Oficio
CENLEX
7. Recibe oficio, programa, aplica exámenes
y envía oficios individuales con resultados
del examen de inglés, obtenidos por los
aspirante.
Oficios
Departamento de
Servicios
Educativos
8.
Recibe del Centro de Lenguas
Extranjeras Zacatenco (CENLEX) oficios
individuales con resultado de los
exámenes de inglés aplicados a los
aspirantes.
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL Proc: P- 19 Hoja: 08 De: 12 Procedimiento:
Admisión de Alumnos de Posgrado de Programas Presenciales
RESPONSABLE
DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES
FORMATO Y/O
DOCUMENTO
Coordinador del Programa
9. Propone al Colegio de Profesores, las
Comisiones de Admisión y calendario de
actividades académicas de acuerdo a lo
establecido en la convocatoria y al
número de solicitudes de ingreso.
Colegio de
Profesores.
10.
Aprueba el Colegio de Profesores
Comisiones de Admisión y calendario de
actividades académicas.
Acta de Colegio.
Departamento de
Servicios
Educativos
11.
Proporciona a los Coordinadores de
programa los expedientes de los
aspirantes al programa que cumplieron
en tiempo y forma con lo establecido en
la convocatoria vigente (1 copia).
Memorándum y
Expedientes que
contiene la
documentación
establecida en la
Convocatoria y oficio
del CENLEX
Coordinadores de
Programa
12. Recibe expedientes y los proporciona a
integrantes de la Comisión de Admisión.
Memorándum y
Expedientes.
Comisiones de
Admisión
13.
Procede a las entrevistas, elaborando
como resultado escrito en el que indica si
el aspirante es aceptado o rechazado, en
caso de ser aceptado se propone
Consejero de Estudios y entregan
expediente al Coordinador del programa.
Escrito
Coordinadores de
Programa
14. Recibe expediente prepara y presenta a
Colegio de Profesores documento que
contiene relación de aspirantes
aprobados y rechazados. En el caso de
los aprobados en la relación se incluye el
nombre del Consejero de Estudios
propuesto y las asignaturas a estudiar en
el primer semestre.
Relación
Colegio de
profesores
15. Aprueba relación presentada por los
Coordinadores de Programa.
Acta de Colegio
Departamento de
Servicios
16.
Elabora SIP 4 una vez aprobada la
propuesta de alumnos aceptados, por el
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL Proc: P- 19 Hoja: 09 De: 12 Procedimiento:
Admisión de Alumnos de Posgrado de Programas Presenciales
RESPONSABLE
DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES
FORMATO Y/O
DOCUMENTO
Educativos
Colegio de profesores y entrega a los
Coordinadores de los programas
Coordinadores de
programa.
17.
Recibe SIP 4, solicita firmas a los
integrantes de las comisiones y entrega
al Departamento de Servicios Educativos
conjuntamente con los expedientes de los
aspirantes al programa que cumplieron
en tiempo y forma con lo establecido en
la convocatoria vigente (1 copia).
Quedando en su poder la propuesta de
investigación. También entrega los
expedientes de aspirantes rechazados.
SIP-4 y Expedientes
de aspirantes
Propuesta de
Investigación
Departamento de
Servicios
Educativos
18.
Recibe de los Coordinadores de
programas expedientes de los aspirantes
aceptados y rechazados, los archiva para
llevar a cabo la gestión de su inscripción
a los que cubrieron todos los requisitos..
Expedientes de
aspirantes
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL Proc: P- 19 Hoja: 10 De: 12 Procedimiento:
Admisión de Alumnos de Posgrado de Programas Presenciales
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL Proc: P- 19 Hoja: 11 De: 12 Procedimiento:
Admisión de Alumnos de Posgrado de Programas Presenciales
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL Proc: P- 19 Hoja: 12 De: 12 Procedimiento:
Admisión de Alumnos de Posgrado de Programas Presenciales