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EUTANASIA DE UN PUNTO DE VISTA CONSTITUCIONAL

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Academic year: 2023

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Continúe explicando exactamente la importancia del derecho a la vida, incluida la eutanasia en el artículo 15 de la Constitución Española. Por ejemplo, en el caso de Andalucía, se encuentra en la Ley 2/2010 de Derechos y Garantías de la Dignidad de la Persona en el Proceso de Defunción. El derecho a la vida está recogido en el artículo 15 de la Constitución Española, y es uno de los más importantes e importantes derechos fundamentales regulados en la máxima norma de nuestro ordenamiento jurídico.

Esto surge de una protección absoluta del concepto del derecho a la vida en el artículo 15 de la Constitución. En consecuencia, el derecho a la vida choca con la libertad que tienen las personas en su esfera privada, mencionada en el artículo 17 de la Constitución. El derecho a la vida se trata más bien de la obligación del Estado de proteger contra ataques de terceros12.

El artículo 9 de la ley regula el caso de incapacidad real para el trabajo, donde el documento de instrucción preliminar debe ser seguido por el médico responsable. Asimismo, se aprobó el Reglamento por el que se establece el régimen interno de la Comisión en la Comunidad Autónoma de Andalucía. La Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia (LORE) permite la asistencia anticipada en caso de fallecimiento mediante testamento vital.

Más concretamente, el artículo 5 de la Ley Orgánica 3/2021 regula cuáles son los requisitos necesarios para poder solicitar la concesión de la asistencia en caso de fallecimiento.

Argumentos en contra

37 Contra la idea de que existe la vida y después de ella viene la muerte, que no es real, porque lo que es, si lo es, es que van juntas. Es una relación inseparable, ya que nacemos sabiendo que vamos a morir, y porque cuando nos encontramos en una situación incurable y con un gran sufrimiento, no podemos pedir la eutanasia, para no prolongar el sufrimiento tanto de los pacientes como de ellos. familiares25. 38 Además, pone en manos del Estado un arma que le permite promover los “asesinatos” de pacientes que normalmente se encuentran en un estado de depresión, lo que distorsiona la realidad y la voluntad del paciente, junto con la presión social y psicológica. que puede verse al servicio de los enfermos.

Contexto eutanásico

39 Un caso muy especial es el de las personas que padecen trastornos psíquicos o mentales graves, ya que la legislación española sobre eutanasia permite a quienes la padecen solicitar la eutanasia. Quienes defienden la eutanasia ven en esta situación un ejemplo de la autodeterminación y autonomía de un paciente con un trastorno mental para poder acabar con el insoportable sufrimiento de una enfermedad. En la prestación de la eutanasia se deben establecer una serie de garantías para que las decisiones se tomen con total libertad, autonomía y conocimiento, libres de cualquier presión social, económica o familiar.

Desde mi punto de vista, el área más importante a mejorar en la actual ley orgánica para la regulación de la eutanasia será la tramitación de la solicitud de eutanasia, porque es un proceso complicado y largo. Mi opinión coincide con la de Fernando Marín, vicepresidente de la asociación Derecho a Morir con Dignidad, quien considera que debido a los múltiples trámites que exige la ley, el tiempo desde la solicitud hasta su ejecución puede ser muy largo. e incluso si es una decisión muy importante como para solicitar la eutanasia, puede existir el riesgo de que la decisión final de la Comisión llegue demasiado tarde para estos pacientes que tienen una situación grave de deterioro y dolor. Dado que es prácticamente una ley nueva, puede tener fallas, donde los problemas que no funcionan muy bien se pueden solucionar o simplemente mejorar, por lo que la solicitud de eutanasia en el futuro será cada vez más efectiva para quienes la desean.

Resoluciones previas a la Ley Orgánica 3/2021

42 Este caso pone de manifiesto la necesidad de regular la eutanasia para comprobar que se cumplen los requisitos necesarios para poder ayudar a morir y evitar que se produzcan situaciones como la de este caso. Otro caso interesante a analizar previo a la promulgación de la ley orgánica, lo encontramos en la Sentencia del Juzgado de lo Penal nº 1 de Avilés 135/2016, de 24 de mayo de 2016. Se trata de un caso en el que dos personas fueron condenadas a una pena y medio años de prisión tras llegar a un acuerdo con la fiscalía por haber cometido el delito de complicidad en suicidio31.

Los dos condenados, así como otra persona fallecida que colaboró ​​en la comisión del crimen, formaban parte de la asociación “Derecho a morir con dignidad”, le suministraron a una mujer un fármaco llamado pentobarbital sódico, que le provocó la muerte. Ambos fueron condenados por un delito de suicidio asistido y un delito contra la salud pública. En la misma sentencia, una persona fue condenada a 6 meses de prisión por contactar con la misma asociación para ayudar a morir a su hermano, que se encontraba en situación terminal a causa del VIH y la hepatitis C.

Sentencias tras la Ley Orgánica 3/2021

Es una de las principales precursoras de la ley orgánica para la regulación de la eutanasia, pero no pudo gozar de este derecho porque su dolor era insoportable y planeó su muerte con su marido suministrándole un fármaco que le provocó la muerte. Sin embargo, el Juzgado de lo Penal número 34 de Madrid absolvió finalmente a Ángel Hernández cuando la fiscalía retiró los cargos contra él tras la entrada en vigor de la LO 3/2021. 44 La fiscalía ha retirado la acusación con efecto retroactivo por los cambios al código penal por la ley orgánica de eutanasia.

Finaliza el proceso judicial que se inició tras la muerte de María José Carrasco en su domicilio de Madrid el 3 de abril de 2019, cumpliendo así su deseo de morir de esclerosis múltiple, que padecía desde 1989, según un escrito de la fiscalía. oficina. En la Sentencia 392/2021 de 5 de julio de 2021 del Juzgado de lo Penal nº 34 de Madrid, una persona fue acusada de ayudar a morir a su mujer enferma. Al igual que en la sentencia anteriormente analizada, tras la entrada en vigor de la LO 3/2021, el Ministerio Fiscal retira la acusación contra los imputados por la comisión de dicho delito.

Países Bajos

Una de las principales características de la legislación holandesa sobre eutanasia es que no hay necesidad de expresar los deseos del paciente por escrito, ni hay un período de espera necesario que deba transcurrir después de que se haya dado la declaración de voluntad36. Después de asistir a la muerte, el médico responsable está obligado a notificar a la comisión regional de verificación para evaluar el trabajo del médico. En el modelo holandés, la principal crítica se debe a la pendiente resbaladiza de las posibles consecuencias negativas que puede causar la regulación de la eutanasia.

En el caso de los Países Bajos, se ha visto a lo largo de los años cómo se ha flexibilizado la regulación de la prestación de ayuda al morir, pasando “del suicidio asistido a la eutanasia, de los enfermos terminales a los crónicos, de los voluntarios a los no voluntarios”. eutanasia y de la enfermedad física al sufrimiento psicológico (y casi existencial)”37. Hubo una iniciativa en 2016, que permitiría a las personas solicitar el final de su vida que no se encuentren en una situación grave, terminal o incurable, crean que vivieron tiempo suficiente, lo que a mi juicio es consecuencia de la pendiente resbaladiza que crea la solicitud para situaciones que dañan la imagen real de lo que significa la eutanasia, así como de los pacientes que la solicitan.48 Asimismo, llama la atención que en 2001, incluso sin la vigencia del Korthalstwet, pero con la posibilidad de realizar la eutanasia, hubo más de cien muertes neonatales.

Bélgica

Esto condujo al desarrollo del Protocolo de Groningen en 2005, que reguló la práctica de la eutanasia en recién nacidos. 49 La ley también obliga a los médicos a participar en la eutanasia de forma voluntaria y les obliga a informar claramente a los pacientes sobre su estado de salud y esperanza de vida, la posibilidad de tratamientos alternativos y debe garantizar que la enfermedad no tiene solución. Cifras del Ministerio de Sanidad aseguran que desde que se reguló la eutanasia se ha practicado a 22.081 personas en Bélgica.

La primera fue la Ley de Cuidados Paliativos y la otra fue la Ley de Derechos de los Pacientes. Por tanto, podemos decir que la normativa belga es mucho más completa que la holandesa, aunque no se regula el suicidio asistido, que sigue siendo un delito en el ámbito penal. Al igual que en los Países Bajos, la verificación se realiza para determinar si la eutanasia se ha realizado correctamente, después de haber brindado asistencia en caso de muerte, y no antes, por lo que "todos los casos de eutanasia deben ser notificados por los médicos de acuerdo con un procedimiento establecido". "40.

Luxemburgo

50 Comisión Nacional de Control y Evaluación para verificar si el paciente ha tomado medidas en la última fase de su vida.

Canadá

Primero: si analizamos la situación de la eutanasia en España antes de 1986, no existe una opción similar o lejana a la prestación de asistencia a la muerte, tan solo la lucha de la asociación creada dos años antes para empezar a trabajar en la regulación de este derecho. Comité Español de Bioética, Informe del Comité Español de Bioética sobre el Fin de la Vida. SÁNCHEZ CARO, Javier: "Objeción de Conciencia" en: Sobre Salud Sexual - Interrupción Voluntaria del Embarazo: Cuatro Estudios.

Ley 41/2002, por la que se regula la autonomía del paciente y los derechos y obligaciones en relación con la información y documentación sanitaria. Ley 2/2010, de 8 de abril, sobre los derechos y garantías de la dignidad de la persona en proceso de muerte. Resolución de 6 de diciembre de 2021, por la que se publican diversas órdenes relativas a la Comisión de Garantía y Evaluación de la prestación de asistencia al moribundo, Comunidad Autónoma de Andalucía.

Referencias

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