LICITACIÓN ABREVIADA N° 338261/1
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES QUE REGIRÁ EN EL LLAMADO A LICITACIÓN ABREVIADA PARA LA ADQUISICIÓN DE CALZADO DE SEGURIDAD,
PARA LA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO.
1 Normativa: a) En todo lo no previsto por el presente Pliego, rige lo dispuesto por el T.O.C.A.F. y el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios no Personales.
b) Anexo I ESPECIFICACIONES DE CONFECCIÓN c) Anexo II ESPECIFICACIONES TÉCNICAS d) Anexo III TALLES
e) Anexo IV ESPECIFICACIONES ESPECIALES f) Anexo V MODELO DE DECLARACIÓN JURADA g) Anexo VI ENTREGAS
2 Objeto: El objeto de la presente convocatoria es la adquisición de zapato y botín de seguridad con puntera, hasta las cantidades establecidas:
SE DEBERÁ COTIZAR POR RENGLÓN
RENGLON Cantidad ARTÍCULO
1 580 ZAPATO O BOTÍN DE SEGURIDAD
2 614 ZAPATO O BOTÍN DE SEGURIDAD
3 430 ZAPATO O BOTÍN DE SEGURIDAD
4 437 ZAPATO O BOTÍN DE SEGURIDAD
5 575 ZAPATO O BOTÍN DE SEGURIDAD
6 479 ZAPATO O BOTÍN DE SEGURIDAD
3 Presentación y retiro de la muestra:
Se deberá presentar por cada ítem:
- Muestra del calzado (par completo).
Cada una de las muestras deberá estar debidamente identificada con nombre de la empresa, número de compra/s e indicación clara del artículo (que deberá coincidir con lo expresado en la propuesta, y en los certificados de ensayos presentados), de manera tal que dicha identificación no se deteriore ni se separe de la misma.
No es necesario la presentación de muestras con logos de la Intendencia o Municipios. (No se aceptarán muestras con logos de otras empresas o Instituciones Públicas, ni Privadas).
Las mismas se entregarán en el Servicio de Compras, Unidad de Atención a Proveedores, Sector Santiago de Chile del Edificio Sede, de lunes a viernes en el horario: 10.15 a 15.45 hs.
Las muestras se entregarán antes de la hora fijada para la apertura de ofertas de la licitación.
En dicha ocasión se le entregará constancia de haber presentado la muestra.
De comprobarse que no fueron presentadas las muestras, la oferta podrá ser rechazada sin derecho a reclamación alguna.
Todas las muestras correspondientes a las ofertas adjudicadas quedarán en poder de la Administración en forma definitiva. Las mismas no se descontarán de la entrega.
Para los no adjudicatarios regirá un plazo de 30 (treinta) días calendario, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación para el retiro de las mismas. Vencido el plazo antes mencionado, los proponentes no tendrán derecho a reclamación alguna, quedando las mismas en poder de la Administración.
4 Condiciones de confección
Los artículos ofrecidos deberán cumplir como mínimo con las características de confección establecidas en el anexo I adjunto al presente pliego.
Sin perjuicio de ello se tendrá en cuenta además: terminación del calzado; resistencia de las costuras; calidad de los complementos; diseño cómodo y ergonómico; acabado de las telas.
Los proponentes deberán indicar las características del producto ofrecido, con agregación de todo otro dato que juzguen de interés para una mejor ilustración de las ofertas. Se sobreentenderá que todos los datos de esta manera tiene el carácter de compromiso, es decir, que en el momento de la recepción, la Intendencia de Montevideo exigirá una absoluta identidad entre lo establecido en
la propuesta y lo entregado, así como con la muestra presentada.
5 Condiciones técnicas del calzado y certificados de ensayos
El calzado de seguridad deberá cumplir como mínimo con las características técnicas establecidas en el anexo II adjunto al presente pliego.
Se indicará en la oferta nombre y dirección completa del fabricante del calzado, así como identificación del producto (nombre comercial de fábrica o código de fábrica).
Se agregarán los certificados o informes de los ensayos establecidos en el mencionado anexo, que deberán cumplir con las siguientes condiciones:
a) Se presentará un certificado de ensayo para cada una de las opciones ofertadas.
b) El certificado de ensayo deberá ser solicitado a nombre de alguno de los siguientes interesados:
i) fabricante del calzado ii) oferente
El oferente deberá indicar en los casos i) relación vinculante con el solicitante del ensayo.
c) La identificación de la muestra en el certificado de ensayo será la misma que declara en la oferta, y en las muestras entregadas.
d) El certificado deberá ser emitido por un laboratorio Nacional o Internacional reconocido e independiente y podrá tener una antigüedad máxima de doce 12 meses, a la fecha de apertura de ofertas de la licitación.
6 Ensayos e Inspección
La Intendencia de Montevideo se reserva el derecho de inspeccionar y/o ensayar los artículos que se van adquirir, en cualquier momento que juzgue necesario. Para ello deberán ser proporcionadas todas las facilidades para el libre acceso a las dependencias donde están los artículos en cuestión, locales de embalaje, etc.
La imposibilidad al libre acceso a las dependencias podrá dar lugar a multas y/o sanciones de acuerdo a lo establecido en este pliego.
El proveedor deberá colaborar con el o los funcionarios durante la inspección.
La Intendencia de Montevideo seleccionara el o los laboratorios para realizar los ensayos.
El costo de los mismos serán de cargo de la Administración cuando los resultados coincidan con los declarados por el oferente en su propuesta. En caso contrario serán de cargo del adjudicatario.
El rechazo de los artículos en virtud de fallas constatadas a través de inspecciones y/o ensayos, o de discordancia con el material adjudicado, no eximen al adjudicatario de su responsabilidad en suministrar los mismos en la fecha de entrega prevista. Si el rechazo tornara impracticable la entrega en el plazo fijado, la Intendencia de Montevideo se reserva el derecho de rescindir el contrato y adquirir los artículos a otro proveedor, incurriendo el adjudicatario en incumplimiento del contrato y sujeto a las penalidades aplicables en el caso.
7 Talles del calzado
Los talles son los usuales al MERCOSUR, se detallaran en la orden de compra, anexo III.
8 Condiciones especiales del calzado
Los artículos ofrecidos deberán cumplir con las características establecidas en el anexo IV adjunto al presente pliego, con relación a instrucciones de uso, mantenimiento y almacenamiento.
9 Garantía de los artículos
El oferente establecerá en su oferta una garantía que no podrá ser inferior a 6 (seis) meses a contar desde la fecha de entrega de las prendas, por defectos del material o de fabricación.
En caso de no manifestarlo expresamente en su propuesta, se entenderá que la garantía es por 6 (seis) meses.
La reparación o sustitución de los artículos reclamados deberá ser a cargo del adjudicatario. Se deberá establecer además el tiempo de respuesta a las reclamaciones, no pudiendo superar los 15 (quince) días calendario.
10 Colores del calzado
Los colores del artículo, serán los establecidos en el Anexo IV.
11 Antecedentes
La Administración se reserva la potestad de no considerar aquellas ofertas presentadas por empresas que hayan incurrido en incumplimientos en contratos anteriores.
Los licitantes que posean antecedentes y/o referencias de contratos similares realizados en instituciones públicas y/o privadas en los últimos 3 (tres) años, podrán indicarlo en su propuesta, debiendo proporcionar todos los datos señalados en el cuadro de presentación de antecedentes, a efectos de que sean tenidos en cuenta en el momento del estudio de las propuestas por la Administración.
La presentación del listado de ventas realizadas, se documentará de acuerdo al formato adjunto:
Presentación de antecedentes.
Empresa
adquirente Año de la venta
Cantidad de prendas vendidas
Objeto Teléfono Referencias
En caso de constatase datos erróneos o falsos, se podrá desestimar la oferta, independientemente de otras acciones que puedan realizar la Administración.
La Administración podrá no tener en cuenta las ofertas de aquellos oferentes que tengan antecedentes de incumplimientos en los últimos 3 (tres) años.
12 Consultas y solicitud de prórroga
Los interesados en participar podrán realizar consultas o solicitar aclaraciones sobre el texto de este pliego, hasta 3 (tres) días hábiles antes del plazo fijado para la apertura de ofertas, no considerándose las realizadas con posterioridad al plazo señalado.
Las consultas se harán por escrito y se presentarán personalmente en el Servicio de Compras, Sector Santiago de Chile del Edificio Sede, con acceso sobre la Avenida 18 de Julio, en el horario de 10:15 a 15:30 horas o por e-mail a [email protected] o vía FAX 1950
1915.
Tales preguntas y sus correspondientes respuestas tendrán carácter vinculante y por ende, pasarán a formar parte de las bases de este llamado.
La Intendencia de Montevideo, responderá las solicitudes que reciba y enviará copia escrita de sus respuestas al proveedor que hizo la consulta, incluyendo la pregunta sin identificar su origen.
Las consultas y respuestas podrán ser visualizadas además, en la página web de la Intendencia de Montevideo (www.montevideo.gub.uy entrar en Empresas - Cartelera de Compras y buscar el número de la licitación) y en el sito web de Compras Estatales www.comprasestatales.gub.uy.
En el mismo plazo y de la misma forma indicada para las consultas, los adquirentes del pliego, podrán solicitar prórroga de fecha de apertura de ofertas.
13 Presentación de las ofertas
Las ofertas serán redactadas en idioma español, en forma clara y precisa, estarán firmadas por el oferente o su representante y foliadas en el margen inferior.
El texto deberá ser impreso a través de cualquier medio idóneo, NO en forma manuscrita, y se agregará a la oferta una copia simple en papel, con excepción del material gráfico que la empresa suministre, el cual podrá ser presentado en una sola vía.
Las ofertas podrán presentarse personalmente en el Servicio de Compras, o enviarse por correo no electrónico contra recibo, o por FAX al 19501915, no siendo aceptadas si llegaren con posterioridad a la hora dispuesta para el comienzo del acto de apertura. Las ofertas que se presenten antes del acto de apertura, deberán dejarse en el buzón en el día correspondiente a la apertura.
Las ofertas y los sobres deberán venir correctamente identificados con nombre del oferente, número proveedor y/o número de R.U.T., tipo y número de licitación, fecha y hora de apertura.
14 Forma de Cotización
Para cada prenda se deberá cotizar, en moneda nacional y condición plaza, un precio único con independencia de los talles y colores, debiéndose detallar los impuestos correspondientes. En caso que no se aclare se entenderá que dichos impuestos se encuentran incluidos en el precio cotizado.
El precio comprenderá, en todos los casos, el flete y descarga de la mercadería cotizada en el
lugar de entrega previsto en el presente pliego.
Se deberá establecer el precio unitario por renglón, considerando el mismo precio firme para cualquier cantidad.
El oferente podrá cotizar por la totalidad del objeto o por renglón.
Tasa de descuento por pronto pago: Los proponentes podrán establecer en sus ofertas una tasa de descuento pronto pago para el caso de cobrar dentro de los primeros 10 días, y entre los 11 y los 20 días de presentada cada factura, lo que será evaluado en cada pago por el departamento de Recursos Financieros.
Los precios serán firmes, no correspondiendo ajustes de ningún tipo
15 Pagos
El pago de las facturas que hayan sido presentadas o se presenten al cobro por proveedores de bienes y servicios cumplidos, se realizará por transferencia a cuentas en la institución de intermediación financiera autorizada por el BCU, elegida por el proveedor o acreedor.
A tales efectos los proveedores deberán, suscribir el “Contrato de Adhesión a sistema de pagos por transferencia bancaria” y el “Complemento obligatorio para la IM”, ambos documentos incluídos en el instructivo de inscripción en el RUPE .
En caso de no haber cumplido con lo establecido en el apartado anterior el pago será retenido no siendo responsabilidad de la IM la demora que dicho atraso ocasione.
Los pagos se realizarán de la siguiente forma:
Forma de facturación: por cada entrega, a partir de la recepción definitiva de las mercaderías.
La Intendencia de Montevideo abonará en un plazo de (30) treinta días calendario, contados a partir de la presentación de cada factura en la Contaduría General. Al momento del pago la Intendencia de Montevideo podrá realizar el mismo con cheque de pago diferido, acordándose en su momento con el adjudicatario, las condiciones de los mismos.
En caso que el pago en moneda nacional se realice pasados los treinta (30) días
calendario, contados desde la presentación de la factura en la Contaduría General, se
aplicará el 50% de la tasa media de interés para empresas grandes y medianas, moneda
nacional no reajustable, para operaciones con plazos menores de un año, publicada por el
Banco Central del Uruguay vigente en el mes de vencimiento de los antes referidos treinta días y solamente por los días que superen dicho plazo.
16 Regímenes de Preferencia
Para la presente licitación, rigen los siguientes regímenes de preferencia:
Preferencia de Industria Nacional
De acuerdo a lo establecido en el Art. 58 del TOCAF, y el Decreto reglamentario 13/2009 del 13/1/2009, el oferente que desee acogerse al Régimen de Preferencia de Industria Nacional, deberá solicitarlo en la oferta.
El margen de preferencia será aplicable cuando exista comparación de precios entre oferta nacional y no nacional, siempre que exista paridad de calidad o aptitud con los bienes y servicios que no califiquen como nacionales
La preferencia será del 8% y se aplicará sobre el precio del servicio o bien nacional puesto en almacenes.
Para acreditar el carácter nacional del bien o servicio, el oferente que, habiéndose acogido a la preferencia, hubiere sido preseleccionado como adjudicatario por aplicación de la misma, deberá presentar el correspondiente certificado expedido por la Cámara de Industrias del Uruguay, Cámara Mercantil o Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay, dentro del plazo de quince días hábiles a partir de la comunicación correspondiente que le hiciere la Comisión Asesora de Compras.
Preferencia MIPYMES
De acuerdo con lo dispuesto por el Art. 59 del TOCAF, y el Decreto reglamentario 371/2010 del 14/12/2010, el oferente que desee acogerse al Régimen de Preferencia MIPYMES, deberá presentar el certificado expedido por la DINAPYME del Ministerio de Industria, Energía y Minería
(art. 5º del Decreto 371/010), conjuntamente con su oferta.
La mera presentación del certificado otorgado por DINAPYME implica la declaración expresa del oferente, prevista por el Art. 2º del Decreto Reglamentario.
Cuando se trate de servicios que incluyan el suministro de bienes, a los efectos de obtener la preferencia el proponente deberá obligatoriamente presentar una Declaración Jurada que acredite el porcentaje de integración nacional de los mismos conforme a lo dispuesto en el Art. 8 del Decreto 371/010. En el anexo V se incluye un modelo de Declaración Jurada.
De no brindarse la información requerida, la Administración no aplicará la preferencia.
De resultar pre-adjudicatario por aplicación de los mecanismos de preferencia, el oferente dispondrá de un plazo no mayor a quince (15) días hábiles contados a partir de la notificación del dictamen de la Comisión Asesora de Compras, para presentar el certificado de origen emitido por las Entidades Certificadoras. En caso de que el certificado no fuera presentado dentro del plazo previsto o fuera denegado se dejará sin efecto la aplicación del mecanismo de preferencia.
La Intendencia de Montevideo se reserva el derecho de aplicar el referido beneficio para las contrataciones, adquisiciones de bienes, servicios u obras públicas que se encuentren acogidas al Subprograma de Contratación para el Desarrollo, hasta el monto máximo fijado para cada ejercicio por el Poder Ejecutivo. (Art.3 del decreto 371/010 y Art.43 de la ley 18362).
Para ambos regímenes, los porcentajes de preferencia será aplicados exclusivamente sobre el precio cotizado, sin perjuicio de la existencia de otros criterios de evaluación incluidos en el llamado, y que determinen el valor comparativo final.
Se deja constancia que el régimen de preferencia de industria nacional no es acumulable con el de preferencia de MIPYME, debiendo la Intendencia de Montevideo optar por aquel que resulte más beneficioso para el oferente.
17 Plazo de entrega y Cronograma
Los oferentes deberán establecer el plazo de entrega de la mercadería, el cual no podrá ser superior a 130 (ciento treinta) días calendario.
Dichos plazos serán contabilizados a partir del día siguiente a la notificación de la resolución de adjudicación. En caso de no incluirse en la oferta, se entenderá que es el máximo admitido.
Cronograma
El oferente deberá presentar junto con su oferta un cronograma tentativo donde se establecerá los plazos para:
Importación del calzado Embalaje
Entrega
El plazo total no podrá superar el establecido en el presente articulo.
18 Alternativas o variantes
Los oferentes podrán presentar soluciones alternativas así como variantes o modificaciones, de acuerdo con las definiciones establecidas en el art. 10.2 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
19 Vigencia de la oferta
Las ofertas serán mantenidas por un plazo mínimo de 40 (cuarenta) días calendario contados a partir del siguiente al acto de apertura de ofertas. Los oferentes pueden establecer en sus ofertas un plazo mayor.
20 Evaluación de propuestas
Antes de proceder a la evaluación detallada, la IM determinará si cada oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la licitación.
De no ajustarse será rechazada, no admitiéndose correcciones posteriores que modifiquen la misma.
Siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable, la IM podrá solicitar otorgar un plazo de acuerdo al Art. 65 del TOCAF a efectos de salvar los defectos.
Cumplida esta etapa se evaluarán las ofertas que se ajusten a los documentos de la licitación, de acuerdo al siguiente criterio:
A) Precio comparativo sin considerar el descuento de pronto pago………... 60 Puntos Puntaje: (Pm/Po)*70, donde Pm es el menor precio ofertado y Po es el precio ofertado
B) Antecedentes...10 Puntos
Se asignará un punto a cada antecedente válidos según el art. 11, hasta un máximo de 10 pts.
C) Terminación del calzado: …...30 Puntos Se considerara que el calzado es Excelente, cuando los factores de comodidad, eficacia, ergonomía e Inocuidad del mismo. Sean perfectos (30 puntos).
Muy buena cuando cuando los factores de comodidad, eficacia, ergonomía e Inocuidad del mismo. Sean muy buenos (20 puntos )
Aceptable cuando cuando los factores de comodidad, eficacia, ergonomía e Inocuidad del mismo.
Sean aceptables (10 puntos )
Mala cuando cuando los factores de comodidad, eficacia, ergonomía e Inocuidad del mismo, sean no aceptables no se considerará la oferta.
Total: 100 puntos 21 Adjudicación
La Intendencia de Montevideo se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier oferta, así como de anular el proceso de licitación en cualquier momento con anterioridad a la adjudicación, sin que por ello incurra en responsabilidad alguna frente a los oferentes.
La adjudicación se podrá realizar a uno o más oferentes de acuerdo al articulo 2.
En el caso de similitud entre las propuestas presentadas podrá recurrirse a los institutos de mejora de ofertas y de negociación (art. 66 del T.O.C.A.F.).
22 Notificación
El contrato se entenderá perfeccionado con la notificación de la Resolución de Adjudicación, previa intervención del Tribunal de Cuentas.
La notificación del acto de adjudicación se operará según el caso, de la siguiente forma:
a) Con la recepción de la orden de compra en el domicilio del adjudicatario.
b) Con la recepción de la Resolución de adjudicación y/o la orden de compra, en el Servicio de Compras, Unidad de Atención a Proveedores.
En caso que corresponda notificar por el Servicio de Compras, el adjudicatario deberá concurrir a esta dependencia, Unidad de Atención a Proveedores, dentro de los tres días hábiles contados a partir de la fecha en que reciba la citación o fax que se le remitirá. Si así no lo hiciera, la Intendencia de Montevideo podrá, sin perjuicio de la revocación de la adjudicación, aplicar las sanciones que correspondan, así como iniciar las acciones por incumplimiento y/o daños y perjuicios que estime pertinentes.
A estos efectos, y ante la imposibilidad de la notificación personal, se admitirá el telegrama colacionado.
En caso que el adjudicatario no cumpla con sus obligaciones, se rescinda el contrato o se revoque la resolución de adjudicación, la Intendencia de Montevideo podrá adjudicar el contrato entre los oferentes que hubieren calificado favorablemente, siguiendo el orden de prelación.
Junto a la orden de compra el adjudicatario recibirá el “REPORTE DE COMPRAS CON ENTREGA EN ALMACENES”, (en el cual se establece la empresa adjudicataria y el número de compra. También se establece en dicho reporte, para cada unidad destinataria: la descripción y cantidad de cada artículo adjudicado y sus respectivos talles).
23 Garantía de fiel cumplimiento de contrato
En caso de adjudicaciones por importes superiores al previsto por el artículo 64 del TOCAF, se deberá presentar garantía de fiel cumplimiento del contrato. El adjudicatario ya notificado, dispondrá de un plazo de cinco días hábiles para realizar el referido depósito. El mismo será el equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado, pudiendo efectuarse en cualquiera de las formas establecidas en el art. 19 del Pliego Único. Si el depósito se realiza mediante cheque, el mismo deberá estar certificado por la entidad bancaria correspondiente.
La garantía deberá estar vigente durante todo el plazo del suministro o contrato y hasta la extinción definitiva de todas y cada una de las obligaciones emergentes del contrato. Si se estableciere un plazo, deberá preverse la renovación automática del mismo por periodos
sucesivos, salvo manifestación en contrario de la Administración mediante la entrega del documento al adjudicatario.
Cuando se constate el cese de actividades o la suspensión de la habilitación o autorización para funcionar otorgada por el Banco Central de las empresas de intermediación financiera y/o aseguradoras que fueron otorgantes de la garantía, el Adjudicatario deberá sustituir la misma, en un plazo perentorio de treinta (30) días calendarios, quedando suspendidos todos los derechos que pudieran corresponderle hasta tanto ello suceda. Su incumplimiento podrá dar lugar a sanciones por incumplimiento.
24 Entrega de la mercadería
Las prendas deberán ser entregadas en el Servicio de Almacenes, ubicado en Maldonado 1877, en el horario de 9:00 a 15:00 horas.
Se deberá acordar la entrega con el Servicio Central de Almacenes (tel. 1950 internos 8975, 8976 y 8981), con al menos 10 (diez) días calendario de antelación de la fecha prevista para la entrega.
Se aceptaran entregas parciales.- La misma se realizará de acuerdo al Reporte de Compras con entrega en el Servicio de Almacenes. El reporte esta dividido por Unidades, con el número y nombre de cada una de ellas. La entrega parcial solo sera aceptada con la totalidad de los artículos correspondientes a cada Unidad. Ver anexo VI.
El adjudicatario o quien éste designe, deberá permanecer en el Servicio de Almacenes mientras la Comisión Asesora de Ropa y Elementos de Protección Personal recibe y controla la mercadería entregada.
Las prendas deberán embalarse en envases individuales, en las que se especificará el talle.
A su vez se dispondrán las prendas en cajas de cartón, cuyas dimensiones máximas serán 0,80 x 1,00 x 0,80. Las mismas deberán venir selladas con cinta de embalaje y en una de las caras laterales se pegará:
El “Reporte de Compras con Entrega en Almacenes” entregado conjuntamente con la orden de Compra, y número de bulto (Ej. 1 de 1, 1 de 2, etc. para el caso de que un listado ocupe más de una caja).
No se admitirá más de un listado por cada caja. Para el caso de que un listado ocupe menos de
una caja, no se admitirán prendas de diferentes Unidades en una misma caja.
La falta de cumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas de embalaje será pasible de la no recepción de la mercadería. Esto no implica la suspensión de los plazos de entrega.
La entrega de las mercaderías deberá verificarse dentro de los plazos establecidos en la oferta o en las condiciones del llamado, y estará sujeto a la aceptación técnica de la Intendencia de Montevideo, la que tendrá un plazo de 5 días hábiles para realizarla.
25 Recepción de la mercadería
Se entiende por mercadería de recibo, aquella entregada en destino libre de todo otro gasto.
La recepción definitiva se realizará dentro de los cinco días hábiles siguientes a cada entrega.
La Intendencia de Montevideo podrá seleccionar en presencia de un representante del adjudicatario, un articulo al azar del 0.2% de la totalidad de los artículos entregados por ítem, o una unidad como mínimo, y proceder al envío de ésta para ser ensayada por un Laboratorio Nacional acreditado, a fin de corroborar el cumplimiento de las especificaciones ofertadas. El costo de los mismos serán de cargo de la Administración cuando los resultados coincidan con los declarados por el oferente en su propuesta. En caso contrario serán de cargo del adjudicatario.
El adjudicatario será responsable por los defectos que presente la mercadería entregada, siendo de su cargo la reposición de la misma.
El proveedor está obligado a reponer, corregir, etc., por su cuenta y a su exclusivo cargo, cualquiera de los artículos suministrados que resulte defectuoso, así como la mercadería que fuera destinada al ensayo.
La falta de cumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas en este pliego, será pasible de la no recepción de la mercadería. Esto no implica la suspensión de los plazos de entrega.
26 Multa por incumplimiento
Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 27 de este Pliego de Condiciones Perticulares se establecen las siguientes multas por incumplimiento:
a) Entrega fuera de plazo: Cuando por razones imputables a la empresa adjudicataria, las entregas se realicen vencido el plazo establecido en la oferta, se aplicará una multa equivalente al 5% del monto del ítem adjudicado, entregado fuera de plazo. A la misma, se acumulará una multa
diaria (días calendario) de 0,5 % sobre el monto referido hasta tanto se efectivice la entrega. Las referidas multas se descontarán del pago de las mercaderías adquiridas.
b) Entrega rechazada: Cuando la mercadería fuera rechazada por no cumplir con las condiciones presentadas en la oferta, la Administración podrá a su solo juicio:
i) Cuando se trate de apartamientos no sustanciales, aceptar la mercadería, aplicando un descuento de hasta el 10% sobre el valor de la misma, dándose vista al adjudicatario.
Para el caso de no aceptación por parte del adjudicatario, la Administración procederá de acuerdo a los numerales siguientes.
ii) Aceptar una nueva entrega, sin perjuicio de aplicar la multa desde la fecha correspondiente al vencimiento del plazo indicado en la propuesta.
iii) Revocar la adjudicación, pudiendo aplicar una multa de hasta 10% (diez por ciento) del monto adjudicado y la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento.
En cualquiera de los casos de revocación de la adjudicación por responsabilidad del adjudicatario, se aplicarán las multas y sanciones correspondientes. Asimismo, transcurridos sesenta días calendario a partir de la intimación para el retiro de las mercaderías rechazadas, si el adjudicatario no lo efectivizara, la misma quedará en poder de la Administración.
27 Rescisión y Sanciones
La falta de cumplimiento parcial o total de cualesquiera de las obligaciones contraídas por el adjudicatario, habilitará a la Intendencia de Montevideo a proceder a la anulación de la adjudicación o rescisión del contrato en su caso, sin perjuicio de las sanciones genéricas que podrá aplicar, en razón de los daños causados o los antecedentes del proveedor, y que podrán ser: desde un apercibimiento hasta la eliminación del Registro de Proveedores.
La rescisión por incumplimiento del Contratista aparejará su responsabilidad por los daños y perjuicios ocasionados a esta Administración, sin perjuicio del pago de las multas correspondientes.
28 Registro de Proveedores
Los oferentes deberán estar inscriptos en el Registro de Proveedores de la IM para poder presentarse a la licitación. Si ya estuvieran inscriptos en el RUPE, en estado “Activo”, se migran al Registro de la Intendencia, con solo mencionar dicha situación en la oficina de Atención a Proveedores de la Intendencia. De no hallarse registrados en ninguno de los dos Registros al momento de la presentación de las ofertas, se les adjudicará un número de registro provisorio.
Para ser adjudicatarios, necesariamente deberán estar inscriptos en el RUPE (Registro Único de Proveedores Estatales).
Una vez en estado “ACTIVO” en RUPE quedarán en condiciones de ser migrados en el Registro de Proveedores de la I.M..
Si al momento de la adjudicación, el proveedor propuesto no hubiese adquirido el estado
"ACTIVO" en RUPE, la Administración otorgará un plazo de 5 días hábiles a fin de que el
mismo adquiera dicho estado, bajo apercibimiento de adjudicar el llamado al siguiente mejor oferente en caso de no cumplirse este requerimiento en el plazo mencionado.
Para obtener más información sobre la inscripción RUPE visitar el portal de la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado (ACCE), responsable del funcionamiento del RUPE.
De lo contrario podrá consultar via mail o personalmente en el Servicio de Compras- Atención a Proveedores, Edificio Sede, Planta Baja, Sector Santiago de Chile, e-mail:
29 Cesión del Contrato
El contratista no podrá ceder su contrato en todo o en parte sin el consentimiento expreso, por escrito de la Intendencia de Montevideo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 75 del T.O.C.A.F. y los artículos R 1010 a R 1013 y R 159.8 del Digesto Municipal.
Debe entenderse que el consentimiento mencionado no lo exime de sus obligaciones y responsabilidades.
30 Certificado Único Municipal
La IM exigirá a toda persona física o jurídica que con ella haya contratado, en el momento de hacer efectivo los haberes que se le adeuden, tener al día el Certificado Único Municipal o Certificado Único de Proveedor expedido a su nombre y en el que conste que dicho proveedor no
tiene deudas tributarias con la IM.
Dicho certificado será expedido por el Servicio de Gestión de Contribuyentes, piso 1 ½ del Edificio Sede (artículo 24 Decreto 27.803 de la Junta Departamental).
31 Lugar y forma de presentación de las ofertas
La recepción y apertura de propuestas se realizará en el local del Servicio de Compras, ubicado en el Sector Santiago de Chile, del Edificio Sede, el día y hora establecidos en la publicación del presente llamado en el Sitio Web de Compras Estatales.
CALZADO DE SEGURIDAD Clasificación
CLASE I: Calzado provisto de puntera de seguridad.
Modelo del calzado
Botín: calzado que cubre totalmente el pie y el tobillo Zapato: calzado que cubre totalmente el pie
Detalles de confección El calzado deberá tener:
- Pieza interna de suela o material sintético para refuerzo de la puntera. Impacto 200J y una compresión hasta 1.500kg.
- Capellada y caña forradas con tratamiento antimicótico - Acordonado o con elástico
- Borde superior de la caña acolchado
- Plantilla anatómica removible con tratamiento antimicotico.
- Cambrillón de polipropileno u otro material no metálico.
- Suela en poliuretano bidensidad inyectada directamente a la capellada.
- No puede contener partes metálicas, (puntera, cambrillón, ojalillos)
ANEXO II ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Normativa general
Al momento de la entrega por parte del adjudicatario, la fecha de fabricación del calzado no deberá ser anterior a 6 (seis) meses.
Todo el calzado deberá fabricarse conforme a la norma UNIT- ISO 20345:2011, (o sus análogas del MERCOSUR o europeas (EN)
El “calzado de seguridad con puntera” deberá ser un epp de pies contra riesgos mecánicos CLASE I y a su vez dieléctrico (sin partes metálicas). Deberá cumplir con la norma UNIT 734:2016.
ANEXO III TALLES
Los talles deberán ser los usuales al MERCOSUR, se adjuntaran en la orden de compra.
ANEXO IV ESPECIFICACIONES ESPECIALES
Inocuidad del calzado
Ausencia de riesgo y demás factores de molestia “endógenos”
- Materiales constitutivos adecuados
Factores de comodidad y eficacia
- Adaptación del calzado a la morfología del usuario - Ligereza y solidez de fabricación
- Compatibilidad entre el calzado y los epp que el usuario vaya a llevar al mismo tiempo
Folleto informativo del fabricante
El folleto informativo se encuentra entre los requisitos del alcance general a todos los calzados. Será elaborado en idioma español y entregado obligatoriamente por el proveedor con los calzados comercializados; incluirá además el nombre y la dirección del fabricante, toda la información útil sobre:
- Instrucciones de almacenamiento, uso, limpieza, mantenimiento, revisión y desinfección.
- Rendimientos alcanzados en los exámenes técnicos dirigidos a la verificación de los grados o clases de protección del calzado.
- Accesorios y características de las piezas de repuesto.
- Clase de protección adecuadas a los diferentes niveles de riesgo y limites de uso correspondiente.
- Fecha o plazo de caducidad de los calzados y de alguno de los componentes - Tipo de embalaje adecuado para transportar el calzado y alguno de sus componentes
Color de las prendas:
Calzado de seguridad sera de color negro
Ante dudas sobre el color de las prendas comunicarse con la Coordinadora de la Comisión Asesora de Ropa y Elementos de Protección Personal Tel. 1950 1886.
Instrucciones de uso, mantenimiento y almacenamiento de las prendas.
Se adjuntará a la oferta un instructivo especificando las condiciones de uso, mantenimiento de la prenda (lavado, secado) y almacenamiento de la misma.
Se indicará además las limitaciones de uso de la misma.
ANEXO V: MODELO DE DECLARACIÓN JURADA
El que suscribe (nombre de quien firme y tenga poderes suficientes para representar a la empresa oferente) en representación de (nombre de la empresa oferente) declara que la empresa oferente califica como MIPyME según Certificado adjunto expedido por DINAPYME, y por tanto el/los servicio/s ofertado/s califica/n como nacional/es de acuerdo a la normativa legal vigente (Dec. 371/2010, Art. 8°).
Declaro, asimismo, que el/los servicio/s que ofrezco incluye/n el suministro de bienes o materiales, y que los bienes que NO CALIFICAN COMO NACIONALES representan el XX % del precio ofrecido. (Si se trata de varios servicios ofrecidos se deberá detallar el porcentaje en cada caso).
Por lo tanto, solicito la aplicación del beneficio que consagra el Art. 10 del Decreto 371/2010 de fecha 14/12/2010.
Reporte con entrega en el Servicio Central de Almacenes, de la compra Nº 100001, para las Unidades 4222 JARDIN BOTANICO y 4226 ZOOLOGICO DE VILLA DOLORES.
Para realizar una entrega parcial el adjudicatario deberá entregar el total de la Unidad 4222 JARDIN BOTANICO o el total de la Unidad 4226 ZOOLOGICO DE VILLA DOLORES.
No se podrá entregar parte de los artículos de la Unidad 4222 JARDIN BOTANICO y parte de la Unidad 4226 ZOOLOGICO DE VILLA DOLORES.